PROGRAMA DE AGUA Y SANEAMIENTO CON ATENCIÓN EN ZONAS VULNERABLES Programa Por Resultados EVALUACIÓN DE SISTEMAS AMBIENTALES Y SOCIALES Versión Final 19 de enero 2021 TABLA DE CONTENIDOS Siglas y Abreviaturas ..................................................................................................................................... 4 Resumen Ejecutivo........................................................................................................................................ 5 Capítulo 1: Introducción ............................................................................................................................. 12 Descripción del Programa por Resultados .............................................................................................. 14 Resultados Clave del Programa........................................................................................................... 17 Descripción de las intervenciones físicas del Programa ..................................................................... 19 Capítulo 2: Análisis de Beneficios, Riesgos e Impactos Sociales y Ambientales ......................................... 21 Capítulo 3: Sistemas de Gestión Ambiental y Social Existentes ................................................................. 25 Marco Regulatorio e Institucional........................................................................................................... 25 Marco Ambiental ................................................................................................................................ 25 Marco Nacional ................................................................................................................................... 25 Marco Provincial y Municipal .............................................................................................................. 27 Marco relativo al vertido de efluentes ................................................................................................ 30 Marco de Patrimonio Cultural............................................................................................................. 30 Marco Laboral y de Higiene y Seguridad en el Trabajo....................................................................... 31 Marco Social ........................................................................................................................................ 32 Marco Nacional ................................................................................................................................... 32 Marco Provincial y Municipal .............................................................................................................. 35 Marco Sectorial del Sector de Agua y Saneamiento ........................................................................... 36 Sistemas de Gestión Ambiental y Social de otros Multilaterales ........................................................... 37 Capítulo 4: Evaluación del Sistema – Capacidad y Desempeño.................................................................. 38 Sistemas de Gestión Ambiental y Social Corporativos de AySA ............................................................. 38 Sistemas de Gestión Ambiental y de Higiene y Seguridad.................................................................. 38 Sistemas de Gestión Social.................................................................................................................. 57 Efectividad en la Implementación de Programas y Esquemas ............................................................... 64 Capacidad de mitigar los riesgos identificados para el Programa .......................................................... 65 Capítulo 5: Evaluación de los Principios Básicos de la ESAS........................................................................ 68 Principio 1 – Manejo ambiental y social general .................................................................................... 68 Aplicabilidad (Sí) .................................................................................................................................. 68 Fortalezas ............................................................................................................................................ 74 Brechas, Inconsistencias y Riesgos...................................................................................................... 75 Principio 2 – Recursos de hábitats naturales o patrimonio cultural físico ............................................. 76 2 Aplicabilidad (Sí) .................................................................................................................................. 76 Fortalezas ............................................................................................................................................ 77 Brechas, Inconsistencias y Riesgos...................................................................................................... 77 Principio 3 – Seguridad pública y de los trabajadores ............................................................................ 78 Aplicabilidad (Sí) .................................................................................................................................. 78 Fortalezas ............................................................................................................................................ 78 Brechas, Inconsistencias y Riesgos...................................................................................................... 80 Principio 4 – Adquisición de tierras ........................................................................................................ 82 Aplicabilidad (No) ................................................................................................................................ 82 Principio 5 – Pueblos indígenas y grupos vulnerables ............................................................................ 82 Aplicabilidad (Sí) .................................................................................................................................. 82 Fortalezas ............................................................................................................................................ 83 Brechas, Inconsistencias y Riesgos...................................................................................................... 84 Principio 6 – Conflictos sociales .............................................................................................................. 84 Aplicabilidad (No) ................................................................................................................................ 84 Capítulo 6: Plan de Acción del Programa y Recomendaciones ................................................................... 85 Acciones del Plan de Acción –Ambiental ................................................................................................ 85 Recomendaciones Ambientales .......................................................................................................... 87 Acciones del Plan de Acción - Social ....................................................................................................... 87 Recomendaciones Sociales ................................................................................................................. 88 Anexos......................................................................................................................................................... 90 Anexo 1a: Preparación de la ESAS – Listado de Personas Consultadas y Lugares Visitados .................. 90 Anexo 1b: Preparación de la ESAS – Consulta de la ESAS ....................................................................... 92 Anexo 2: Marco Normativo e Institucional y Políticas Relevantes para la Gestión de Riesgos Ambientales y Sociales en el Sector Agua y Saneamiento .................................................................... 103 Anexo 3: Sistemas de Gestión Ambiental y Social de otros Multilaterales .......................................... 124 Anexo 4: Lista de áreas de valor de conservación dentro del Ã?rea de Concesión de AySA ................. 130 Anexo 5: Organigrama General de AySA .............................................................................................. 133 3 SIGLAS Y ABREVIATURAS ABC Ã?reas de Baja Consolidación ACUMAR Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo ANC Agua No Contabilizada APLA Agencia de Planificación AR Ã?rea de Resultados ART Aseguradoras de Riesgos del Trabajo A+T Agua + Trabajo AySA Agua y Saneamientos Argentinos BP Barrios Populares C+T Cloacas + Trabajo CABA Ciudad Autónoma de Buenos Aires COMIREC Comité de Cuenca del Río Reconquista DCAyR Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición DLIs Indicadores vinculados a desembolsos EIA Evaluación de Impacto Ambiental EPPs Elementos de Protección Personal ERAS Ente Regulador de Agua y Saneamiento ESAS Evaluación de Sistemas Ambientales y Sociales ETAs Especificaciones Técnicas Ambientales GBA Gran Buenos Aires H&S Higiene y Seguridad en el Trabajo IdO Inspección de Obra IFM(s) Instituciones Financieras Multilaterales INAI Instituto Nacional de Asuntos Indígenas KPI Indicadores Clave de Performance MAyDS Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MRAPyDC Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales MTSS Ministerio de Trabajo y Seguridad Social OPDS Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible PBA Provincia de Buenos Aires PByCG Pliego de Bases y Condiciones Generales de AySA PforR Programa por Resultados PISA Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Matanza-Riachuelo PMOEM Plan de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento PPA Programa de Participación Accionaria PRER Plan de Respuesta a la Emergencia y Recuperación de AySA ReNaBaP Registro Nacional de Barrios Populares SAS Servicios de Agua y Saneamiento SGA Sistema de Gestión Ambiental SGBATOS Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias SGSST Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo SIPH Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica UOCRA Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina UNIREC Unidad de Coordinación del proyecto Río Reconquista UREM Ã?reas de Urbanizaciones Emergentes RESUMEN EJECUTIVO 1. El Banco Mundial (BM), de acuerdo con su Política Operativa y Directiva de Financiamiento Programa por Resultados (PforR), llevó a cabo una Evaluación de los Sistemas Ambientales y Sociales (ESAS) para el sector de agua y saneamiento de Argentina y de la Empresa responsable de la prestación de Servicios de Agua y Saneamiento (SAS), para el desarrollo e implementación del Programa de “Programa de agua y saneamiento con atención en zonas vulnerablesâ€? de Buenos Aires (P172689, en adelante el Programa) bajo la operatoria PforR. El alcance de la ESAS fue evaluar los sistemas que promueven la sostenibilidad ambiental y social, que permiten: evitar, minimizar o mitigar los potenciales impactos adversos asociados con el Programa sobre los hábitats naturales y los recursos culturales físicos; proteger a los ciudadanos y la seguridad del trabajador; considerar temas relacionados con grupos vulnerables y evitar el conflicto social. Además, la ESAS identificó las acciones necesarias para mejorar y fortalecer los sistemas de SAS y mitigar los potenciales riesgos ambientales y sociales. 2. Los objetivos de la ESAS son: (1) identificar los posibles beneficios, como así también los riesgos e impactos ambientales y sociales adversos asociados a las actividades del Programa e inherentes a las mismas, es decir, sin considerar cualquier medida de mitigación que ya pudiera estar siendo implementada; (2) analizar el marco legal y de políticas para la gestión de impactos ambientales y sociales existentes en el país que aplican al Programa propuesto; (3) evaluar la capacidad institucional de la agencia implementadora, Aguas y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA), y de los mecanismos de control del marco regulador, para gestionar los impactos ambientales y sociales del Programa; (4) realizar un análisis comparado los sistemas de gestión ambiental y social aplicables al Programa con los Principios Básicos del PforR1 e identificar las brechas; y (5) presentar las recomendaciones y acciones propuestas para mejorar o fortalecer los sistemas de gestión de los riesgos y potenciales impactos ambientales y sociales identificados y abordar las brechas durante la implementación del Programa. 3. La ESAS fue realizada entre julio-noviembre de 2020, siguiendo básicamente dos métodos: (i) una revisión exhaustiva de las políticas gubernamentales y corporativas de AySA, marcos jurídicos y documentos del Programa; así como informes y otra documentación relevante que fue requerida de la agencia implementadora, AySA, y (ii) entrevistas a funcionarios de las diferentes agencias involucradas, tanto nacionales como regionales, autoridades, y expertos2. Objetivos del Programa, Ã?reas de Resultados y DLIs 4. Argentina enfrenta una brecha considerable en el acceso al agua corriente, la red cloacal y el tratamiento de aguas residuales. Se estima que 7,5 millones de habitantes (17% de la población) carecen de acceso a sistemas mejorados de agua corriente, y 21 millones (48%) no están conectados a las redes de cloacas. El impacto económico combinado de estas brechas en los servicios se estima en un 1,32 por 1 Principios básicos establecidos en la Política y elementos de planificación establecidos en la Directiva de Financiamiento Programa por Resultados del Banco Mundial. Los principios básicos son: 1) Manejo ambiental y social general; 2) Recursos de hábitat naturales y patrimonio cultural físico; 3) Seguridad pública y de los trabajadores; 4) Adquisición de tierras; 5) Pueblos indígenas y grupos vulnerables; 6) Conflictos sociales. 2 Dado el contexto de pandemia de la COVID-19 durante la realización de la ESAS y la declaración de Emergencia Sanitaria en Argentina, que estableció como medida excepcional el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), el proceso de entrevistas se realizó virtualmente mediante videoconferencias, comunicaciones telefónicas e intercambios de correo electrónico. 5 ciento del PIB3, incluyendo los daños a la salud y la educación, que son esenciales para construir el capital humano de Argentina. A nivel país sólo se trata el 11% del total de las aguas residuales generadas4, lo que tiene graves repercusiones en el medio ambiente y la salud, especialmente en las poblaciones que viven cerca de vías fluviales urbanas contaminadas. 5. El Gran Buenos Aires (GBA) 5 alberga la mayor concentración de personas sin acceso a los servicios de agua y saneamiento de Argentina. Aproximadamente el 66 % de los habitantes sin agua corriente en Argentina (3,7 millones) y el 39% sin acceso a saneamiento (6,8 millones) viven en esta área. El hecho de que gran cantidad de residentes en el GBA no dispongan de cloacas, unido a los bajos niveles de tratamiento de las aguas residuales, plantea graves problemas ambientales y de salud pública, un problema que se ve agravado por la elevada densidad de población, en particular en los barrios de bajos ingresos de esta región. 6. AySA es una sociedad comercial en la cual el 90% del capital social le corresponde al Estado Nacional y el 10% restante al personal a través de un programa de participación accionaria. Es una de las mayores empresas de servicios de agua y saneamiento del mundo y es el concesionario responsable de la prestación de SAS en la mayor parte del GBA, para una población total de 14,4 millones de habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y 26 municipios de la Provincia de Buenos Aires (PBA)6. 7. El Plan de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento (PMOEM) de AySA es por defecto el plan maestro y la herramienta que guía las inversiones del Estado Nacional en el área de concesión de la empresa. El actual PMOEM cubre el período 2019-2023 y comprende tres subprogramas diferentes: (i) el Plan Director de Expansión y Mejoras; (ii) el Plan de Director de Mejora y Mantenimiento; y (iii) el Plan Director de Operaciones. 8. El Programa apoyará la implementación del PMOEM 2019-2023 de AySA y su próxima versión en el período 2024-2028, como así también los gastos de operación y mantenimiento correspondientes a la infraestructura de las plantas de potabilización y de tratamiento de efluentes cloacales cuyas mejoras y expansión se prevén bajo el Programa.7 3 Análisis económico utilizando los costos evitados, el excedente del consumidor y los precios hedónicos, realizado a partir de los niveles de cobertura de los servicios estimados a partir del INDEC, 2010, actualizados hasta 2018 por el equipo del Banco Mundial 4 Plan Nacional de Agua Potable y Saneamiento, PNAPyS (2017) y datos sobre cobertura proyectados desde el Censo 2010 y la Encuesta Permanente de Hogares. 5 Desde el año 2003 el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) define en sus estadísticas como el Gran Buenos Aires (GBA) al área que está comprendida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los partidos circundantes de la provincia de Buenos Aires (24 municipios): Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López. 6 Almirante Brown, Avellaneda, Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, Florencio Varela, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero, y Vicente López. 7 El Programa incluye las actividades bajo el PMOEM que se lleven a cabo entre el 16 de julio de 2020 hasta el 26 de mayo de 2026. 6 9. Los Objetivos de Desarrollo del Programa son aumentar el acceso a servicios gestionados en forma segura8 de agua y saneamiento con atención a las zonas vulnerables de Buenos Aires9, y mejorar la eficiencia y capacidad de AySA para responder a las necesidades de emergencia de abastecimiento de agua y saneamiento. El Programa está firmemente alineado con el PMOEM y se estructura alrededor de tres Ã?reas de Resultados (AR) clave: (AR1) Expansión de los servicios de agua y saneamiento, con foco en las áreas vulnerables; (AR2) Mejora de la eficiencia de AySA; y (AR3) Aumento de la capacidad de AySA para responder a las necesidades de emergencia en materia de abastecimiento de agua y saneamiento. 10. El AR1 tiene dos sub-áreas de resultados: (i) AR 1.1. Acceso a servicios de suministro de agua gestionados en forma segura y (ii) AR 1.2. Acceso a servicios de saneamiento gestionados en forma segura. 11. El AR2 contiene dos sub-áreas de resultados: (i) AR 2.1: Mejora de la eficiencia operacional de AySA (ii) AR 2.2: Mejora de la eficiencia de la gestión comercial de AySA. 12. El AR3 fortalecerá el Plan de Emergencia de AySA y apoyará su estrategia para racionalizar los procesos internos y de gestión para ser más ágiles en la respuesta a las emergencias (incluyendo epidemiológicas, climáticas o financieras). Al mismo tiempo, esta AR promoverá el aumento de la transparencia y la participación ciudadana, como así también apoyará la participación de mujeres en puestos de liderazgo. 13. El Programa posee 7 (siete) Indicadores vinculados a desembolsos (en inglés, DLI): (i) DLI1 Número de hogares que obtienen acceso a servicios de agua gestionados de forma segura. Incluye: (i) DLI 1.1. Número de hogares de barrios vulnerables que tendrán acceso a servicios de agua gestionados de forma segura; y (ii) DLI 1.2 Número de hogares de barrios formales no vulnerables que obtienen acceso a servicios de agua gestionados de manera segura. (ii) DLI 2 Número de hogares que obtienen acceso a servicios de saneamiento gestionados de forma segura. Escalable. Incluye: (i) DLI 2.1 Número de hogares de barrios vulnerables que tendrán acceso a servicios de saneamiento gestionados de forma segura y (ii) DLI 2.2 Número de hogares de barrios formales no vulnerables que obtienen acceso a servicios de saneamiento gestionados de manera segura. (iii) DLI 3 Preparación de un Plan de Acción para la Mejora de la Eficiencia de AySA (PAME). 8 En este contexto, el agua potable gestionada de forma segura se define como el uso de una fuente mejorada de agua potable que se encuentra en instalaciones, disponible cuando es necesario, y libre de contaminación química o fecal; el saneamiento gestionado de forma segura se define como el uso de una instalación de saneamiento mejorada que no se comparte con otros hogares y donde las excretas se eliminan de forma segura in situ o se transportan a una planta de tratamiento. 9 Estas áreas pertenecen a municipios periurbanos dentro de la jurisdicción de AySA donde los hogares no tienen acceso a servicios de agua y saneamiento administrados de manera segura. Los habitantes de estas áreas se definen como personas que viven por debajo del umbral de pobreza, utilizando las definiciones y metodologías de normas nacionales (INDEC, https://www.indec.gob.ar/ftp/cuadros/sociedad/EPH_metodologia_22_pobreza.pdf). Dentro de estas áreas vulnerables, también hay barrios socialmente vulnerables, donde la mayoría de la gente vive por debajo del umbral de pobreza extrema. Estos barrios están debidamente registrados por AySA en bases de datos nacionales que se actualizan periódicamente. 7 (iv) DLI 4 Implementación de un Plan de Acción para la Mejora de la Eficiencia de AySA (PAME). Incluye: (i) DLI 4.1 Aumento en la Eficiencia Operativa (US$/día); y (ii) DLI 4.2 Aumento del porcentaje de pago digital. (v) DLI 5 Implementación y refuerzo del Plan de Prevención y Emergencias de AySA (PPE). Incluye: (i) DLI 5.1 Medidas de contingencia implementadas en el marco del COVID-19; y (ii) DLI 5.2 Preparación del plan de contingencia de riesgo epidemiológico. (vi) DLI 6 Implementación de soluciones digitales. Incluye: (i) DLI 6.1 Implementación de soluciones digitales para Sistemas Internos; y (ii) DLI 6.2 Estrategia digital para Participación Ciudadana. (vii) DLI 7 Aumento de la participación de las mujeres en posiciones de liderazgo en AySA. Riesgos y potenciales impactos ambientales y sociales 14. La presente ESAS identifica riesgos y posibles impactos ambientales y sociales tanto positivos como negativos asociados a las actividades del Programa e inherentes a las mismas, es decir, sin considerar cualquier medida de mitigación que ya pudiera estar siendo implementada. Se considera que el Programa traerá numerosos impactos positivos para la salud de la población conectada, mejoras en el ambiente urbano (disminución de olores por cegado de pozos sépticos y reducción de tránsito de camiones atmosféricos, reducción de contaminación de aguas subterráneas, etc.), una mayor sostenibilidad del servicio de agua y saneamiento, un aumento de la resiliencia para el manejo de crisis futuras, generación de empleo, y fortalecimiento de la transparencia y participación ciudadana. Además, se generan oportunidades para crear conciencia en el uso adecuado y cuidado del agua y del sistema cloacal, especialmente en aquellos sitios donde se produzca la primera conexión a la red. 15. Entre los riesgos y potenciales impactos negativos ambientales y sociales inherentes a las actividades del Programa, básicamente asociados a las intervenciones físicas elegibles para su financiamiento bajo el mismo, se identifican los siguientes: incremento de riesgos para la salud de los operarios y los beneficiarios debido a la pandemia del COVID-19 y epidemia de dengue; molestias ocasionadas a la comunidad como resultado de la ejecución de obras (por ejemplo: cortes temporarios de calles, obstrucción de aceras, generación de polvo y ruido, emisiones de gases; restricción de acceso temporal a negocios comerciales, o posibles impactos negativos temporales las actividades económicas informales); riesgos vinculados a higiene y seguridad durante la construcción, en particular los asociados con la manipulación y desecho de asbestos durante la ejecución de algunas obras; posibles daños al patrimonio arqueológico, antropológico, cultural o paleontológico en la excavaciones de obra; posible exclusión de beneficiarios por incapacidad de pagar las tarifas asociadas a los nuevos servicios; y aumento de probabilidad de violencia a las mujeres en las obras y sus alrededores. 16. Se identifican además algunos riesgos adicionales a considerar, derivados de las responsabilidades y recursos existentes en AySA para respaldar el funcionamiento de los sistemas de gestión ambiental y social durante la implementación del Programa. En particular: (i) la necesidad de coordinar diversas áreas dentro de la empresa, y a su vez que éstas articulen con los varios organismos gubernamentales que operan a tres niveles de gobierno (nacional, provincial y municipal) lo cual involucra una cierta complejidad institucional y organizativa; y (ii) la sobrecarga sobre la operación de estos sistemas de gestión debido a las posibles situaciones contingentes derivadas de la pandemia del COVID-19. Evaluación de los sistemas de gestión ambiental y social para esta operación 8 17. La presente evaluación identificó riesgos y potenciales impactos negativos inherentes a las actividades del Programa que pueden ser mitigados adecuadamente con los sistemas de gestión ambiental y social aplicables existentes, tanto considerando el marco normativo de la Argentina, como la capacidad institucional y operacional de AySA. 18. El marco legal, normativo e institucional de la Argentina con respecto a la gestión de riesgos ambientales y sociales identificados por esta ESAS es adecuado, tanto a nivel nacional como provincial y de CABA. Existe un marco normativo para la protección del medio ambiente, que incluye realización de Estudios de Impacto Ambiental, y participación de interesados, tanto a nivel nacional como de PBA y CABA, y órganos de fiscalización de los mismos. El marco normativo vigente en los tres niveles de gobierno garantiza también el derecho al acceso a la información y, como parte de la protección de los derechos de los consumidores, dispone el establecimiento de mecanismos para la realización de reclamos, independientemente de los sistemas con los que cuente cada empresa de servicios. La legislación sobre higiene y seguridad en el trabajo es adecuada y tiene una larga trayectoria en el país, con diversos órganos de fiscalización, y fuertes organizaciones sindicales, especialmente en el sector de la construcción en PBA y CABA. Hay políticas para cubrir adecuadamente los riesgos contra el COVID-19 y el dengue, así también como políticas de tarifas sociales que mitigan los riesgos de exclusión de los vulnerables en el uso de los servicios de agua y saneamiento. 19. Las capacidades institucionales de AySA para la gestión de riesgos ambientales y sociales también son adecuadas, aunque se identificaron algunas áreas donde pueden introducirse mejoras. AySA es una empresa sólida, con un total de 7.841 personas, que cuenta con diversas Gerencias y Departamentos dedicados a o con incumbencias en la gestión de riesgos ambientales, de higiene y seguridad, y sociales. Posee un sistema de protocolos y normativas que se utiliza, entre otras cosas, para requerir a sus contratistas el cumplimiento de la legislación vigente, y la aplicación de las buenas prácticas de la actividad. Posee además un sistema de supervisión para la aplicación de dichos protocolos y normativas y varias certificaciones internacionales en algunas de sus Gerencias y Departamentos, entre ellas ISO 9001, ISO 14001, ISO 45001 y OHSAS 18001. Por otra parte, AySA tiene una larga historia de implementación de proyectos con el Banco Mundial, durante la cual mostró una performance satisfactoria. 20. La comparación entre los sistemas de gestión ambiental y social tanto considerando el marco normativo de la Argentina, como la capacidad institucional de AySA, por un lado; y los principios de PforR por el otro, muestran que los mismos son consistentes y adecuados, aunque se identificaron algunos aspectos que pueden ser mejorados. Se analizaron los principios 1, 2, 3 y 5 dado que los mismos son los que se aplican a los riesgos y potenciales impactos ambientales y sociales identificados para el Programa. Consultas a partes interesadas 21. Dado el actual contexto de pandemia del COVID-19 y la declaración de Emergencia Sanitaria en Argentina, que declaró como medida excepcional el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) el proceso de consulta ha sido realizado completamente en forma virtual. Para la preparación del ESAS se realizaron consultas con partes interesadas que involucraron 10 funcionarios de AySA; la Secretaria de Género e Igualdad de Oportunidades y Trato del Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS); y la directora del Instituto Tecnológico Leopoldo Marechal. 22. En el marco de la preparación de la ESAS se identificó además a una serie de actores institucionales del sector público y privado y de la sociedad civil que también son considerados partes 9 interesadas en el Programa. En función de esa identificación, se implementó un nuevo proceso de consulta virtual con estos actores, el cual tuvo lugar durante el mes de enero de 2021. Acciones propuestas para ser incluidas en el Plan de Acción del Programa 23. En base a la identificación de riesgos y potenciales impactos ambientales y sociales adversos inherentes a las actividades del presente Programa, y la evaluación efectuada de los marcos normativos aplicables y las capacidades de AySA para la gestión de riesgos ambientales y sociales, se proponen ciertas acciones para ser incorporadas en el Plan de Acción del Programa (para más detalle ver Capítulo 6) y otras recomendaciones para mejorar los sistemas aplicables al Programa. Acciones ambientales: (i) Mapear y georreferenciar las áreas de valor de conservación10 dentro del área de concesión de AySA. Actualizar el mapa de áreas con alta sensibilidad arqueológica y paleontológica dentro del área de concesión de AySA. (ii) Mejorar los procedimientos y procesos para la gestión de materiales con asbestos. Acciones sociales: (i) Preparar un código de conducta para cooperativas y un modelo o listado de requisitos mínimos que se exigirá a los códigos que presenten las contratistas. Preparar un modelo de nota de adhesión de conformidad de los beneficiarios. (ii) Incorporar en el manual operativo los requisitos mínimos a exigir a los contratistas en la instancia de aprobación del PGAS en los casos en que se identifiquen afectaciones temporales de actividades económicas informales no ilegales o afectación temporal a espacios de uso comunitario, tomando como base las medidas adoptadas por AYSA hasta el momento en situaciones de este tipo. 24. Asimismo, hay 2 (dos) acciones sociales adicionales que constituyen DLIs del Programa: (i) Implementación de una aplicación móvil y sistema CRM (gestión de relacionamiento con el cliente, por su sigla en Inglés) para mejorar la relación de AySA con el cliente y la participación ciudadana; y, (ii) Incrementar la participación de mujeres en puestos de liderazgo en AySA. 25. Recomendaciones propuestas para mejorar el sistema de gestión de riesgos ambientales de AySA: (i) Establecer circuitos de comunicación con las áreas técnicas para incorporar la consideración de los aspectos ambientales y sociales identificados en los EIA u otros estudios en el diseño de las obras y protocolizarlos. (ii) Desarrollar protocolos para la integración de los Contratistas en los planes de preparación y respuesta a emergencias de AySA, tanto para los trabajos en las plantas donde intervendrá el Programa como para los trabajos en vía pública, hasta donde resulte necesario. (iii) Desarrollar un flujograma que visualice la interacción e integración de los sistemas de gestión ambiental y de salud y seguridad ocupacional -desde el diseño, construcción y hasta la operación y mantenimiento de infraestructura-, e identificar las oportunidades de mejora para consolidar la integración y optimizar dichos sistemas. (iv) Actualizar el registro de lodos que generan las plantas a medida que se mejoran los procesos de las mismas, indicando la caracterización de los lodos y el tipo de gestión en cada caso. 10Areas sensibles bien definidas, con diferentes tipos de protección legal en base a normativa provincial y municipal, o en proyecto de serlo. 10 (v) Mantener actualizada la información y los links de acceso a los documentos públicos pertinentes a la gestión ambiental y social en el sitio web de AySA. 26. Recomendaciones propuestas para mejorar el sistema de gestión de riesgos sociales de AySA: (i) incorporar el análisis de presencia de comunidades indígenas como parte del Plan de Estudios de Impacto Ambiental y Social de AySA a fin de poder asegurar el acceso de estas comunidades a los beneficios del Programa; (ii) Evaluar la necesidad de incorporar acciones de comunicación específicas enfocadas en grupos vulnerables que puedan requerir un abordaje particular (por ejemplo, pueblos indígenas11 que pueden requerir la preparación de materiales en sus propios idiomas, población migrante, personas con discapacidad que pueden requerir la preparación de materiales de comunicación accesibles). 11Es importante destacar que existe un grupo estructuralmente vulnerable que está presente en el área de implementación del Programa y que ha sido históricamente invisibilizado. Este grupo es el conformado por comunidades indígenas urbanas o periurbanas, las cuales se encuentran identificadas y registradas por el Consejo Provincial de Asuntos Indígenas de la PBA. 11 CAPÃ?TULO 1: INTRODUCCIÓN 27. Este capítulo presenta una introducción a la situación relacionada con el abastecimiento de agua y saneamiento en Argentina, y los desafíos existentes en el Gran Buenos Aires (GBA) que dio lugar a la elaboración del Programa por Resultados (en inglés PforR). Luego expone la descripción del Programa propuesto, explica los objetivos y el alcance, las principales actividades que se desplegarán para lograrlos, sus Indicadores vinculados a Desembolsos (en inglés, DLI). Situación de abastecimiento de Agua y Saneamiento en Argentina. 28. Argentina enfrenta una brecha considerable en el acceso al agua corriente, la red cloacal y el tratamiento de aguas residuales. Se estima que 7,5 millones de habitantes (17% de la población) carecen de acceso a sistemas mejorados de agua corriente, y 21 millones (48%) no están conectados a las redes de cloacas. El nivel de tratamiento de aguas residuales es de alrededor del 20%. El impacto económico combinado de estas brechas en los servicios se estima en un 1,32 por ciento del PIB12, incluyendo los daños a la salud y la educación, que son esenciales para construir el capital humano de Argentina. Además, a nivel país sólo se trata el 11% del total de las aguas residuales generadas13, lo que tiene graves repercusiones en el medio ambiente y la salud, especialmente en las poblaciones que viven cerca de vías fluviales urbanas contaminadas. 29. El Gran Buenos Aires (GBA) alberga la mayor concentración de personas sin acceso a los servicios de agua y saneamiento de Argentina. Aproximadamente el 66 % de los habitantes sin agua corriente en Argentina (3,7 millones) y el 39% sin acceso a saneamiento (6,8 millones) viven en esta área. El hecho de que gran cantidad de residentes en el GBA no dispongan de cloacas, unido a los bajos niveles de tratamiento de las aguas residuales, plantea graves problemas ambientales y de salud pública, un problema que se ve agravado por la elevada densidad de población, en particular en los barrios de bajos ingresos de esta región. 30. Agua y Saneamientos Argentinos (AySA) es el concesionario responsable de la prestación de Servicios de Agua y Saneamiento (SAS) en la mayor parte del GBA. Es una de las mayores empresas de servicios de agua y saneamiento del mundo, prestándolos a una población total de 14,4 millones de habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y 26 municipios de la Provincia de Buenos Aires (PBA)14. 31. Los niveles generales de acceso al servicio de AySA son del 75% para el agua y del 53% para cloacas15. Sin embargo, hay diferencias considerables entre las jurisdicciones. Mientras que la CABA tiene una tasa de cobertura del 97,2% en el agua y del 96,2% en cloacas, el acceso en los municipios de la PBA es inferior al 20%. Muchos de estos residentes sin servicios viven en barrios vulnerables de bajos 12 Análisis económico utilizando los costos evitados, el excedente del consumidor y los precios hedónicos, realizado a partir de los niveles de cobertura de los servicios estimados a partir del INDEC, 2010, actualizados hasta 2018 por el equipo del Banco Mundial 13 Plan Nacional de Agua Potable y Saneamiento, PNAPyS (2017) y datos sobre cobertura proyectados desde el Censo 2010 y la Encuesta Permanente de Hogares. 14 Los 26 municipios de la PBA que forman parte del área de servicio de AySA son: Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre, Malvinas Argentinas, San Martín, Tres de Febrero, Hurlingham, Morón, Ituzaingó, La Matanza, Ezeiza, Esteban Echeverría, Almirante Brown, Lomas de Zamora, Lanús, Avellaneda, Quilmes, Moreno, Escobar, San Miguel, José C. Paz, Presidente Perón, Merlo, Florencio Varela y Pilar. 15 Los niveles medios de acceso en el área de servicio de AySA han disminuido desde que incorporaron nuevos municipios en su área de concesión en 2016. ingresos16, y la incorporación de nueve nuevos municipios desde 2016 ha reducido las tasas de acceso promedio de AySA. Mientras que los 17 municipios originales del área de prestación de servicio presentan tasas de cobertura del 80% en agua y del 49% en cloacas, los municipios recientemente incorporados muestran tasas de cobertura considerablemente inferiores: 40% para el agua y 23% para las cloacas17. 32. Uno de los desafíos que enfrenta AySA tiene que ver con las roturas de la red. La empresa tiene un 35% más de roturas de red y pierde un 8% más de agua que sus homólogos regionales18. AySA produce más de 550 L/persona/día19, en comparación con un promedio regional de 345, lo que indica la necesidad de reducir el agua no contabilizada (ANC), que AySA estima en un 41%20 (37% de pérdidas físicas y 4% de pérdidas comerciales). La baja cobertura de micro-medición también plantea un problema (23% frente al 83% de los principales prestadores de SAS regionales)21. En similar sentido, respecto de la red cloacal AySA registra un 361% más de bloqueos y un 194% más de roturas en la red que los comparadores regionales22. Estos indicadores muestran un margen considerable para reducir los costos de operación y mantenimiento. 33. La crisis de COVID-19 ha aumentado la presión sobre los ya frágiles operadores del sector del agua, y AySA no es una excepción. Los ingresos cayeron entre un 30 y un 40% en promedio en las primeras semanas de cuarentena (iniciada el 20 marzo de 2020). Los operadores son responsables de suministrar agua potable a las zonas vulnerables no atendidas, y su personal trabaja bajo la amenaza de contraer el virus. 34. Plan de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento (PMOEM) de AySA. El PMOEM es el plan director de AySA y la herramienta que guía las inversiones del gobierno nacional en el área de concesión de la empresa. El actual PMOEM cubre el período 2019-2023 y comprende tres planes diferentes: (i) el Plan Director de Expansión y Mejoras, en el que se da prioridad al aumento de los niveles de servicio de los municipios recientemente incluidos llevándolos a los del resto de la zona de concesión, la expansión de las redes de cloacas a las zonas ya atendidas por las redes de agua, con la inclusión de servicios desvinculados a medida que se vayan completando las obras primarias; (ii) el Plan de Director de Mejora y Mantenimiento, que actualmente se centra en el aumento de la eficiencia de la red de agua mediante la rehabilitación de la red, la gestión de la demanda mediante la instalación de medidores de consumo y la sectorización, y la eficiencia energética mediante la rehabilitación y la sustitución de la infraestructura; y (iii) el Plan Director de Operaciones, que procura aumentar la eficiencia de los procesos internos mediante la mejora y la integración de los sistemas y el aumento de la transparencia mediante la realización de mejores campañas de comunicación con el público y los interesados, como así también 16 Según la Encuesta Nacional de Bajos Ingresos (Decreto 358/2017), de los más de 1.000 barrios de bajos ingresos (comúnmente denominados asentamientos informales o barrios marginales o villas) de esas zonas, sólo 153 barrios (15 por ciento) tienen acceso al agua potable y 38 barrios (4 por ciento) cuentan con servicio de cloacas. Cabe mencionar que los hogares que no están conectados a las cloacas dependen de otras soluciones en el sitio, no siempre bien construidas o mantenidas, ya que los servicios de gestión de residuos sépticos no están formalmente regulados ni cubiertos por AySA. 17 Niveles de cobertura de servicios estimados a partir del INDEC, 2010, y actualizados hasta 2018 por el equipo del Banco Mundial. 18 Fuente: basado en un conjunto de empresas prestadoras de SAS, incluido en informes de benchmarking elaborados por ERAS. 19 Fuente: Plan de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento (PMOEM) 2019-2023, TOMO II Plan Director de Mejora y Mantenimiento (AySA) 20 Esta es una estimación de AySA sobre la base de “tasasâ€? o “nivelesâ€? de macro y micro medición. 21 Tarifas de micromedición en los principales proveedores de SAS regionales: AYSA-Buenos Aires (23%), Acueducto-Bogotá (45%), IDAAN-Panamá (52%), SEDAPAL-Lima (87%), Aguas Andinas- Santiago de Chile (96%), EPMAPS-Quito (99%), SABESP-Sao Paulo (99%) 22 Fuente: Informe 2018 del ERAS, usando datos de 2017. 13 el aumento del acceso a la información. El PMOEM también incluye los gastos operacionales asociados a la aplicación de estos Planes. Descripción del Programa por Resultados 35. El Programa por Resultados propuesto (el Programa) tiene por objeto apoyar la implementación de las áreas más relevantes del PMOEM de AySA, para los períodos 2019-2023 y 2023-2027, incluyendo los gastos operativos correspondientes a la nueva infraestructura construida bajo el Programa23. El PMOEM incluye todas las intervenciones para ampliar y mejorar los servicios de agua y saneamiento y aumentar la eficiencia operativa y la transparencia de AySA en la CABA los 26 municipios atendidos de la PBA. El Programa fue definido seleccionando aquellas áreas del PMOEM que son prioridad para AySA; esta priorización se evidencia en las inversiones que AySA ha venido desarrollando en algunas áreas específicas en el pasado, y en las que va a continuar en el futuro, más allá de las correspondientes a las operaciones bajo este Programa. 36. Los Objetivos de Desarrollo del Programa son aumentar el acceso a servicios gestionados en forma 24 segura de agua y saneamiento con atención a las zonas vulnerables de Buenos Aires y mejorar la eficiencia y la capacidad de AySA para responder a las necesidades de emergencia. 37. El Programa tiene tres Ã?reas de Resultados (AR) clave, con límites temáticos y geográficos bien diseñados y definidos como se presentan a continuación25, que se alinean con el PMOEM de AySA: (i) Expansión de los servicios de agua y saneamiento, con enfoque en las áreas más vulnerables; (ii) Aumento de la eficiencia de AySA; y (iii) Fortalecimiento de la capacidad de AySA para responder a las necesidades de emergencia de suministro de agua y saneamiento. Cada área de resultados tiene varias subactividades y los correspondientes indicadores vinculados a los desembolsos (DLI por sus siglas en inglés), que a su vez tienen indicadores clave de desempeño (KPI por sus siglas en inglés). 38. El Programa se centra en las zonas vulnerables del Gran Buenos Aires. Estas zonas pertenecen a municipios periurbanos dentro de la jurisdicción de AySA donde las viviendas no tienen acceso a servicios de agua y saneamiento gestionados en forma segura. Los habitantes de estas zonas sin acceso se consideran vulnerables ya que se definen como personas que viven por debajo del umbral de pobreza26. Dentro de estas áreas vulnerables, también hay barrios socialmente vulnerables, que se definen en el contexto de este Programa como aquellos en los que la mayoría de las personas viven por debajo de la línea de pobreza extrema27, y que también se caracterizan por los altos niveles de informalidad, los 23 El Programa incluye las actividades bajo el PMOEM que se lleven a cabo entre el 16 de julio de 2020 hasta el 26 de mayo de 2026. 24 En este contexto, el agua potable gestionada de forma segura se define como el uso de una fuente mejorada de agua potable que se encuentra en las instalaciones, disponible cuando es necesario, y libre de contaminación química fecal; el saneamiento gestionado de forma segura se define como el uso de una instalación de saneamiento mejorada que no se comparte con otros hogares y donde las excretas se eliminan de forma segura in situ o se transportan a una planta de tratamiento. 25 El Programa no financiará la construcción de infraestructura de gran escala. 26 El umbral de pobreza se define aquí utilizando normas nacionales (INDEC). Considera el consumo mínimo de alimentos más otros consumos básicos. https://www.indec.gob.ar/ftp/cuadros/sociedad/EPH_metodologia_22_pobreza.pdf 27 El concepto de extrema pobreza se define mediante normas nacionales (INDEC). Equivale a la "Línea de Indigencia", que busca establecer si los hogares tienen ingresos suficientes para cubrir una canasta alimentaria capaz de satisfacer un umbral mínimo de necesidades energéticas y proteicas, denominada Canasta Básica Alimentaria (CBA). De esta manera, los hogares que no superan ese umbral o línea son considerados indigentes. 14 problemas sociales y las condiciones de vida precarias. Estos barrios están bien definidos geográficamente y registrados por AySA en bases de datos nacionales que se actualizan de forma periódica28. 39. Ã?rea de Resultados 1 del Programa (AR1) – Expansión de los servicios de agua y saneamiento, con enfoque en las áreas más vulnerables comprende: 40. AR 1.1 el Programa ampliará los servicios de suministro de agua gestionados de forma segura a 140.000 personas en municipios seleccionados de la zona periurbana de Buenos Aires mediante: (i) la mejora de la oferta y la calidad del agua suministrada a 100.000 personas residentes del municipio de Florencio Varela; (ii) conexiones intradomiciliarias en vecindarios de bajos ingresos, promoviendo la “conectividad de última millaâ€?, que beneficiarán a las restantes 40.000 personas. Esta intervención se llevará a cabo a través del modelo A+T de AySA que consiste en una serie de trabajos técnico-sociales coordinados entre cada municipio, las cooperativas municipales de trabajo y los profesionales seleccionados para ejecutar y supervisar las obras. 41. AR 1.2 el Programa ampliará el acceso a servicios de saneamiento gestionados de forma segura a 305.000 personas en municipios seleccionados de la zona periurbana de Buenos Aires mediante: (i) implementación de conexiones intra domiciliarias de saneamiento en hogares vulnerables. Esta intervención se llevará a cabo a través del modelo A+C de AySA; (ii) actividades participativas con el fin de establecer una relación de confianza y responsabilidad mutua entre las comunidades de bajos ingresos y los servicios públicos aumentando la conciencia social de la importancia de las conexiones intra domiciliarias; como así también capacitación para cooperativas locales; y (iii) la rehabilitación, mejora y/o construcción de módulos en dos plantas de tratamiento de aguas residuales existentes y las redes y conexiones domésticas correspondientes. 42. El Programa también financiará los costos de operación y mantenimiento correspondientes a la infraestructura de las plantas de potabilización y de tratamiento de efluentes cloacales cuyas mejoras y expansión se prevén bajo el Programa. 43. Ã?rea de Resultados 2 del Programa (AR2) – Mejora de la eficiencia de AySA comprende: 44. AR 2.1 Aumentar la eficiencia operacional de AySA mediante: (i) Reducción de las fugas mediante la rehabilitación y sustitución de las redes de agua críticas. Las intervenciones prioritarias incluirán, entre otras cosas, la sectorización y el control de la presión, el aumento de la micromedición y la sustitución de las redes de reticulación, las tuberías y las conexiones de agua; (ii) Mejoras en la eficiencia energética, mediante la mejora de la supervisión y la eficiencia energética de las estaciones de bombeo y los pozos profundos, y la instalación de paneles de energía solar en instalaciones seleccionadas de AySA. 45. AR 2.2 Mejorar la eficiencia de la gestión comercial de AySA mediante la informatización del almacenamiento de datos, telemedición de grandes clientes y automatización del centro de atención al cliente. 28 Estas zonas incluyen: (i) Ã?reas de Urbanizaciones Emergentes (UREM), que incluyen villas, asentamientos y otros conjuntos habitacionales sociales; (ii) Ã?reas de Baja Consolidación (ABC), un segmento de la traza urbana que, sin formar parte de las UREM, presentan problemáticas sociales similares; y (iii) Barrios registrados en el Registro Nacional de Barrios Populares-ReNaBaP (BP), comunidades que viven en situación de vulnerabilidad social y económica en territorios informales y de mayor complejidad. La identificación de las obras dentro de cada municipio se hace a través del sistema informático corporativo de georreferenciación Despliegue GisWeb, que contiene la localización de las Ã?BC, UREM y BP dentro del área de la concesión. El Programa también incluye acciones en áreas residenciales tradicionales donde haya viviendas no conectadas. 15 46. Ã?rea de Resultados 3 del Programa (AR3) - Fortalecimiento de la capacidad de AySA para responder a las necesidades de emergencia de suministro de agua y saneamiento comprende: 47. Las acciones bajo este AR comprenden: (i) Contribuir a mitigar los impactos de la crisis de COVID- 19 tanto en el área de servicio de AySA como en sus operaciones, mediante el suministro de agua a través de camiones, barcos y agua embotellada y desinfectante a zonas no servidas con especial atención a las zonas vulnerables, y mediante la aplicación de técnicas de epidemiología basada en aguas residuales (WBE) para la detección de virus SARS-CoV-2; (ii) Recopilación de las lecciones aprendidas durante el brote de COVID-19, y las consiguientes medidas de aislamiento y preparación del Plan de Contingencia de COVID-19; (iii) implementación de soluciones digitales para: a) consolidar los sistemas de recursos humanos; b) permitir la modalidad de trabajo a distancia de manera continua; c) permitir el mantenimiento predictivo de los principales activos; d) digitalizar los procesos comerciales en la red de oficinas comerciales de AySA; y e) optimizar el sistema de gestión de las reclamaciones de los clientes mediante la adopción de soluciones móviles y digitales ; (iv) el desarrollo de una estrategia digital de participación ciudadana de AySA; y (v) Incorporación de metas para la promoción de mujeres en puestos gerenciales, capacitaciones específicas para mujeres para fomentar las promociones de las mujeres y el crecimiento profesional; y la incorporación de campañas mensuales para alentar a las mujeres a aplicar a las vacantes existentes. 48. Beneficiarios. Se prevé que al término del Programa se habrán beneficiado directamente del acceso a servicios de agua y saneamiento gestionados de forma segura unas 445.000 personas (Ã?rea de Resultados 1), de las cuales el 98 % se consideran económicamente vulnerables (viviendo por debajo de la línea de pobreza) y 165.000 viven en barrios socialmente vulnerables29. De forma indirecta, 312.000 personas también se beneficiarán de la reducción de las pérdidas de agua. Se espera que toda la población efectivamente atendida por AySA (10,7 millones de personas) se beneficie indirectamente de servicios más eficientes, sostenibles y resilientes derivados de los resultados obtenidos en las Ã?reas de Resultados 2 y 3. También se espera que el Programa genere alrededor de 6000 puestos de trabajo (directos e indirectos, asociados a las obras de construcción previstas). 49. Límites del Programa. Para el AR1, que está alineada con el subprograma 1 del PMOEM referido a la expansión de los servicios, se adoptó un enfoque geográfico teniendo en cuenta las áreas vulnerables en las que AySA ha ampliado la infraestructura desde 2015 y los municipios influenciados por las intervenciones propuestas. En cuanto a conexiones intradomiciliarias de agua potable y saneamiento, se incluirán 16 municipios: Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, Tigre y Tres de Febrero. Por otra parte, las actividades relacionadas con la mejora de infraestructura primaria de los servicios de agua y saneamiento se llevarán a cabo en 9 municipios: (a) Para la ampliación de las plantas de tratamiento de líquidos cloacales Planta Norte y Jagüel se consideran los municipios de Escobar, Esteban Echeverría, Ezeiza, San Fernando, San Isidro, San Martín y Tigre; y (b) Para el mejoramiento de la calidad de abastecimiento de agua potable sólo se consideran los municipios de Florencio Varela y Quilmes. En total, las actividades del AR 1 se llevarán a cabo en 18 municipios. 29En el contexto del Programa se consideran ‘barrios socialmente vulnerablesâ€? a aquellos en los que la mayoría de las personas viven en la pobreza extrema, así definida por el INDEC. AySA clasifica a estos barrios como ‘Urbanizaciones Emergentesâ€? (UREM), que incluyen a los barrios reconocidos por el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) (Decreto 358/2017). Algunas áreas periféricas identificadas como ABC (Ã?rea de Baja Consolidación) también se han identificado como socialmente vulnerables por presentar bajos niveles educativos, altos niveles de dependencia y baja inserción en el mercado de trabajo formal, aspectos que llevan a configurarlos como de vulnerabilidad socioeconómica general. 16 50. Para las AR2 y AR3, se tomó un criterio de delimitación temática. El Programa apoyará las actividades de mejoramiento de las redes y operaciones vinculadas al suministro de agua potable en toda el área de concesión de AySA, como así también todas las intervenciones en eficiencia energética, lo cual está en concordancia con los subprogramas 2 y 3 del PMOEM de AySA (Plan de Mejora y Mantenimiento y el Plan de Operaciones de AySA) 30. Resultados Clave del Programa 51. Los principales resultados medidos por el Programa están en consonancia con el ODP y se agrupan por las tres áreas de resultados mencionadas anteriormente: (i) Mejorar el acceso a los servicios de agua potable y saneamiento, centrándose en las zonas más vulnerables, (ii) Mejorar la eficiencia de AySA, (iii) Fortalecer la capacidad de AySA para responder a las necesidades de emergencia en materia de abastecimiento de agua y saneamiento. 52. Indicadores vinculados a desembolsos (DLIs). En la Tabla a continuación se incluyen los 7 DLIs que proporcionarán incentivos para promover el logro de los objetivos fijados para cada Ã?rea de Resultados. Los DLIs enumerados bajo el AR1 se refieren a la expansión de los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento, centrándose en las zonas más vulnerables. Los DLIs bajo el AR2 se relaciona con una mejora en el desempeño de AySA desde una perspectiva operacional, comercial y de participación ciudadana. Los DLIs bajo el AR3 se relaciona con el fortalecimiento de la capacidad de AySA para responder a las necesidades de emergencia en materia de saneamiento y abastecimiento de agua, la implementación de soluciones digitales (incluyendo el fortalecimiento de la participación ciudadana) y el incremento de mujeres en posiciones de liderazgo en AySA. Tabla 1: Indicadores vinculados a desembolsos DLIs Definición de DLIs Ã?REA DE RESULTADOS 1 - EXPANSIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO, CON ENFOQUE EN LAS Ã?REAS VULNERABLES DLI 1. Número de hogares que obtienen acceso a servicios de aguas administrados de forma segura. Escalable DLI 1.1. Número de hogares Hogares en barrios vulnerables que tendrán acceso al suministro de agua de barrios vulnerables31 que gestionado de forma segura, ya sea mediante: (i) la construcción de las tendrán acceso a servicios de conexiones intradomiciliarias en áreas de 16 municipios de GBA donde ya existe agua gestionados de manera la red de agua y provisión de servicio; o (ii) la mejora de la calidad del agua en el segura Municipio de Florencio Varela. DLI 1.2 Número de hogares en barrios no vulnerables32 que Hogares de barrios no vulnerables / barrios formales que obtendrán acceso al tendrán acceso a servicios de suministro de agua gestionada de manera segura mejorando la calidad del agua agua gestionados de manera en el Municipio de Florencio Varela segura 30 Los gastos recurrentes en los que incurre la compañía para implementar el programa están excluidos del Programa. 31 Se consideran hogares en barrios vulnerables los que se encuentran en las denominadas ABC, UREM y RENABAP, que son áreas bien definidas geográficamente por AySA. 32 Los barrios no vulnerables o formales son aquellos que se encuentran en zonas residenciales tradicionales, con urbanizaciones regulares con título de propiedad y acceso a al menos dos de los servicios básicos (red de agua corriente, red eléctrica con medición domiciliaria y/o red de cloacas). 17 DLIs Definición de DLIs DLI 2 Número de hogares que obtienen acceso a servicios de saneamiento administrados de forma segura. Escalable Hogares en barrios vulnerables que tendrán acceso a saneamiento gestionado de DLI 2.1 Número de hogares de forma segura mediante la construcción de las conexiones intradomiciliarias en 16 barrios vulnerables que municipios de GBA, donde las redes de saneamiento y las tuberías de servicio ya tendrán acceso a servicios de existen y están conectadas a una planta de tratamiento. En 7 de esos municipios saneamiento gestionados de también se necesitarán obras adicionales para ampliar la infraestructura primaria manera segura de aguas residuales. DLI 2.2 Número de hogares de Hogares en barrios no vulnerables que tendrán acceso a saneamiento gestionado barrios no vulnerables que de forma segura mediante la expansión de la infraestructura primaria de aguas tendrán acceso a servicios de residuales (tratamiento de aguas residuales y tendido de red cloacal) en 7 saneamiento gestionados de municipios del área periurbana de Buenos Aires33. manera segura. Ã?REA DE RESULTADOS 2 – MEJORA DE LA EFICIENCIA DE AYSA El PAME incluirá un contenido mínimo aceptable para el Banco que implica la identificación de iniciativas y objetivos de mejora de la eficiencia incluyendo aquellos con efectos esperables sobre la sustentabilidad financiera de AySA. Cubrirán, como mínimo: (i) Reducción de Agua no Contabilizada (implementación DLI 3. Preparación de un Plan de los Distritos de Medición y Control - DMAs, por su sigla en Inglés); instalación de Acción para la Mejora de de medidores de consumos, etc.); (ii) Eficiencia energética (renovación de la Eficiencia de AySA (PAME) equipamiento; instalación de medidores de velocidad variable; corrección por factores de potencia, etc.); (iii) Mejora de la Eficiencia en otras áreas (automatización, monitoreo y operación remotos, y (iv) Eficiencia comercial (mejora en la facturación y en el recupero, etc.). No escalable DLI 4. Implementación del Plan de Acción para la Mejora de la Eficiencia de AySA (PAME). El PAME tiene dos indicadores clave de desempeño (KPI) que miden el progreso en su implementación. Estos se presentan en los sub DLIs 4.1 and 4.2 Mide las mejoras de AySA en agua no contabilizada (en m3 ahorrados/día) y en DLI 4.1 Aumento en la eficiencia energética (medida en kWh ahorrados/m3). El KPI está normalizado a Eficiencia Operacional (EO) fin de homogeneizar los ahorros de distinta naturaleza con el fin de monitorear (US$/día) el logro del objetivo, midiéndolo en US$/día. Escalable Incremento en puntos porcentuales del uso en AySA de Canales (Digitales) de DLI 4.2 Aumento del Pago Eficientes en comparación con los canales de pago menos eficientes. Los porcentaje de pago digital canales de pago eficientes son aquellos que implican menores comisiones (PD-KPI) cobradas a AySA, menores costos en recursos logísticos, y tiempos y costos menores para los usuarios. Escalable Ã?REA DE RESULTADOS 3 – INCREMENTO DE LA CAPACIDAD DE AYSA PARA RESPONDER A LAS NECESIDADES DE EMERGENCIA EN MATERIA DE SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO DE AGUA. DLI 5. Implementación y fortalecimiento del Plan de Prevención y Emergencias de AySA (PPE) 33 El Programa no financiará conexiones intradomicilarias en estos barrios, y se respaldará en las referencias sobre proporciones de conectividad estimadas para cada localidad en base a la experiencia de AySA. 18 DLIs Definición de DLIs Este sub-DLI supervisará la implementación de medidas relacionadas con la respuesta ante COVID-19, que se reconocerán como resultados previos, incluyendo: (i) Hacer operativo el Comité de Crisis; (ii) Entregar 60, 163 m3 de agua, y 370 m3 de desinfectante a 23 municipios dentro de la PBA; (iii) facilitar el DLI 5.1 Medidas de trabajo remoto para el personal de AySA; (iv) desarrollar campañas de contingencia implementadas concientización para los empleados de AySA sobre las precauciones a tener en en el marco del COVID-19 cuenta en el marco de la pandemia de COVID-19; (v) implementar protocolos de seguridad para los programas de A+T y C+T; y (vi) emplear el método WBE para el monitoreo de la presencia de COVID-19 en aguas residuales. Se realizará un desembolso de suma fija una vez que se hayan verificado estas medidas, de acuerdo con el Protocolo de Verificación. Preparar un Plan de Contingencia para hacer frente a los riesgos epidemiológicos, a partir de las lecciones aprendidas en la respuesta frente a la DLI 5.2 Preparación del plan pandemia de COVID-19. Este plan impulsará la eficacia de la respuesta de AySA de contingencia de riesgo frente a los incidentes y ayudará a minimizar los impactos de una amplia epidemiológico variedad de peligros epidemiológicos potenciales, incluida la epidemia COVID-19. Las características del Plan de Contingencia se incluyen en el Protocolo de Verificación. No escalable. DLI 6. Implementación de soluciones digitales Implementación de 5 soluciones tecnológicas digitales e innovadoras para mejor anticipar, mitigar, preparar y recuperar los efectos de un peligro de manera DLI 6.1 Implementación de oportuna y eficiente, así como continuar con las actividades críticas durante soluciones digitales para situaciones de emergencia. La lista de medidas verificables se incluye en el Sistemas Internos Protocolo de Verificación. Escalable de manera proporcional al número de medidas alcanzadas. Implementación de una aplicación móvil y sistema CRM (gestión de relacionamiento con el cliente, por su sigla en Inglés) para mejorar la relación de AySA con el cliente y la participación ciudadana, ampliando los canales de DLI 6.2 Estrategia digital para comunicación digital, incorporando la retroalimentación de los usuarios, Participación Ciudadana brindando información a medida de los usuarios y mejorando la recepción y gestión de reclamos, preguntas y sugerencias, terminando en la mejora de tiempos de respuesta. El desembolso es escalable relacionado con los 5 hitos de la estrategia detallada en el Protocolo de Verificación El DLI medirá el incremento de la representación de las mujeres en las posiciones DLI 7. Incrementar la de nivel gerencial, incluso en los departamentos técnicos, reflejando de esta participación de mujeres en forma los esfuerzos de AySA para promover la igualdad de oportunidades de puestos de liderazgo en AySA desarrollo de carrera para las mujeres y para mejorar las condiciones laborales de todos los empleados de AySA. Escalable Descripción de las intervenciones físicas del Programa 53. El cuadro a continuación resume la tipología de intervenciones / trabajos a ser apoyados por el Programa, bajo cada área de resultados. 19 Ã?rea de Tipo de intervenciones / trabajos Resultados Conexiones intradomiciliarias de Agua. Abarca: conexión y tendido de cañería hasta baño/cocina lavadero o tanque de reserva, recambio tanque de reserva y nuevo colector, AR1 instalación bajadas del tanque. Conexiones intradomiciliarias de Cloaca. Abarca: conexión, cámara de inspección, cañería y cegado de pozo. Mejorar la infraestructura primaria de los Servicios de Agua. Abarca: obra civil y electromecánica para estación de bombeo, línea de impulsión y línea de conducción, como así también redes de distribución. Mejorar la infraestructura primaria de los Servicios de Saneamiento. Abarca: estación de bombeo, red primaria/colector, red secundaria, línea de impulsión. Construcción de nuevo módulo de tratamiento, readecuación de módulo de tratamiento, modernización de módulo de tratamiento (las obras pueden incluir, según el caso: desbaste fino, desarenado, tratamiento de arenas, tratamiento de grasas, sedimentadores primarios, tratamiento biológico, Local de Compresores, Deshidratación de barros, Clarificación, Estación de Bombeo, Canaleta Parshall). Reducción de pérdidas de Agua. Abarca: renovación red primaria, renovación red secundaria, cierre de malla, renovación canal auxiliar. Renovación de cañerías incluye AR2 AR 2.1 cañerías de asbesto cemento y acero (sustitución total, con o sin remoción/destrucción de cañería vieja). Rehabilitación de cañerías de hierro fundido con revestimiento de resina (sin remoción de cañerías). Reducción del consumo de Energía. Abarca: ajustes de las bombas, reducción de rondines, mediciones de caudal y presión precisas, Instalación de Equipos de Monitoreo, ahorros de combustible y mantenimiento de vehículos, Energy shifting o desplazamiento temporal del consumo de la energía, reemplazo de grupos electrógenos, Renovación de motores, Renovación de tableros de media y baja tensión. Autogeneración Distribuida (construcción de parques solares de pequeña escala, no más de 200kW (aproximadamente unos 1600 m2 o 40x40 m), en instalaciones seleccionadas de AySA). 54. De acuerdo con los límites geográficos y temáticos establecidos para el Programa descriptos más arriba, las diferentes intervenciones bajo el AR1 tendrán lugar en 18 municipios del área de concesión de AySA. Las intervenciones bajo el AR2 podrán tener lugar en toda el área de concesión de AySA (CABA y 26 municipios de la PBA). 55. El Programa ha excluido todas las actividades que fueron consideradas de alto riesgo, por lo tanto, el Programa no apoyará la construcción de nuevas Plantas de Potabilización, ni nuevas Plantas de Tratamiento de Líquidos Cloacales, como así tampoco financiará la construcción de nuevas obras de descarga de efluentes tratados en Plantas de Tratamiento de Líquidos Cloacales existentes. 56. Asimismo, el programa tampoco financiará ninguna obra que puedan requerir la adquisición y/o toma de tierras que derive en el desplazamiento o la pérdida de vivienda, la pérdida de activos o del acceso a activos, o la pérdida de las fuentes de ingresos o de los medios de subsistencia, ya sea que los afectados deban trasladarse a otro lugar o no. 20 CAPÃ?TULO 2: ANÃ?LISIS DE BENEFICIOS, RIESGOS E IMPACTOS SOCIALES Y AMBIENTALES 57. Este capítulo presenta un análisis de los beneficios y los riesgos y potenciales impactos sociales y ambientales que fueron identificados para el Programa. Dicho análisis está basado en una evaluación de los impactos y beneficios asociados con cada Ã?rea de Resultados del Programa y de las actividades que se realizarán bajo las mismas, según se presentaron en el capítulo precedente. 58. Es importante subrayar que no se espera que el Programa tenga impacto en receptores sensibles ni genere impactos adversos diversos o sin precedentes en el medio ambiente y/o las personas afectadas. El Programa tiene como objetivo promover su sostenibilidad y mejorar sus impactos positivos, particularmente entre los segmentos más pobres de la población, incluidos los grupos vulnerables. De tal modo, que el Programa puede financiarse bajo la modalidad de PforR. 59. Adicionalmente, vale resaltar que, si bien existen comunidades indígenas en los municipios en los que tiene lugar el Programa, las intervenciones no generan impactos negativos sobre estas comunidades ni implican explotación de recursos culturales y conocimiento de pueblos indígenas. AySA no cuenta actualmente con una política específica enfocada en la provisión de agua potable y/o cloacas para las comunidades indígenas que están presentes en su área de concesión. No obstante, existen oportunidades en el contexto del Programa para el relevamiento y análisis de información relevante para la incorporación de comunidades indígenas como usuarios y para la adecuación de acciones de comunicación y participación que tengan como destinataria a población indígena34. Esto último está en línea con el desarrollo de estrategias específicas adaptadas a cada barrio y situación. 60. En términos globales se han identificado los siguientes impactos sociales y ambientales POSITIVOS del Programa: (i) Impacto positivo sobre la salud de la población que será conectada al suministro de agua potable y saneamiento (AR 1), Los hogares del área de implementación del Programa, especialmente aquellos vulnerables, tendrán acceso a la red de agua potable. El acceso al agua potable permitirá mejorar las condiciones de salud de las poblaciones más vulnerables, en particular de mujeres y jóvenes. El acceso al agua potable permitirá que puedan tomar las medidas que fueron recomendadas para prevenir el contagio del virus COVID-19, y otras enfermedades o infecciones. De este modo, el Programa aumentará no sólo su resiliencia a la corriente pandemia, sino también a futuras emergencias. (ii) Mejora en el ambiente urbano con efectos ambientales positivos (AR1 y AR2), Esto se dará a través del cegado de pozos sépticos (eliminación de olores, eliminación potencial de la contaminación del suelo y aguas subterráneas, disminución del tránsito de camiones atmosféricos y con riesgo de disposición de efluentes de forma no segura), la disminución de la presión de la extracción en acuíferos, la disminución de pérdidas de agua y encharcamientos. (iii) Mayor sustentabilidad del servicio de agua y saneamiento (AR2), 34 No obstante, cabe destacar que AySA, en la intervención social que realiza hacia la comunidad implementa estrategias adaptadas a cada barrio y situación, donde las comunidades indígenas no son la excepción. Es decir, AySA considera también a las comunidades indígenas en las estrategias. 21 Se esperan impactos positivos de la ejecución del AR2, como la reducción en el consumo de agua dulce debido a la disminución de pérdidas de agua en la red, y la reducción de gases de efecto invernadero por la instalación de energías alternativas y la propia reducción de pérdidas de agua. (iv) Aumento de la resiliencia de las poblaciones, sobre todo las poblaciones vulnerables a futuros eventos de crisis, como la que se presenta en la actualidad con la pandemia de COVID-19, tanto por la expansión de los servicios de agua y saneamiento gestionados de forma segura como por el fortalecimiento de la capacidad de AySA para responder a necesidades de emergencia de suministro de agua y saneamiento ante crisis de diversas índoles (sanitarias, climáticas, financieras) (AR1, AR3) (v) Generación de empleo, sobre todo para poblaciones vulnerables, a través de la participación en cooperativas de trabajo que serán las que realicen las conexiones intra-domiciliarias (AR1), (vi) Fortalecimiento de la transparencia y la participación ciudadana, sobre todo a través de la creación de un aplicativo para la comunicación entre AySA y los usuarios (AR3), 61. Al mismo tiempo, se identificaron los siguientes riesgos y potenciales impactos sociales y ambientales NEGATIVOS del Programa35: (i) Efectos potenciales negativos sobre la salud de los operarios y beneficiarios, tanto por la exposición a la presente pandemia del COVID-19, como por la exposición a la epidemia de dengue, que afecta a las áreas en las cuales se realizarán las actividades (AR1 y AR2). Los riesgos de exposición al COVID-19 se incrementan sobre todo con la instalación de conexiones intra- domiciliarias. La exposición tanto al COVID-19 como el dengue se presentan también como consecuencia de la ejecución de obras de infraestructura tanto en AR1 como AR2. Estos riesgos se encuentran mitigados debido a que AySA posee protocolos de prevención para su propio personal, como así también una guía operativa para el seguimiento y control de los mismos. Asimismo, en parte el AR3 está dirigida a mitigar estos impactos, con la implementación de las medidas de contingencia en el marco del COVID-19 que llevará a cabo AySA, (ii) Debido a la ejecución de obras en AR1 y AR2 también fueron identificados los posibles siguientes impactos adversos con respecto a la salud y seguridad de las comunidades, y al medio ambiente: (i) generación y manipulación de escombros y otros residuos sólidos (incluyendo potencial contenido de asbestos en tareas de reemplazo y conexión de cañerías preexistentes); (ii) emisión de gases por uso de maquinaria pesada36; (iii) impactos negativos asociados a la instalación de obradores; (iv) posibles fugas de combustibles o lubricantes; (v) incremento del volumen de efluentes tratados en las plantas existentes que pueden afectar el cuerpo receptor y generar cambios hidrológicos con posibles modificaciones de parámetros ambientales (reducción de oxígeno disuelto, modificación de temperatura, mayor turbiedad y sólidos suspendidos, alteraciones en la flora y fauna, cambios en la hidrología y la hidráulica). En particular, en el AR1, la 35 Como se indicara en apartados anteriores, los riesgos y potenciales impactos adversos identificados son los inherentes a las actividades bajo el Programa, es decir, ANTES de aplicar cualquier medida de mitigación potencialmente ya existente. Complementariamente, se analizan los sistemas de gestión aplicables existentes y se evalúa la medida de su aptitud para la gestión de tales riesgos. 36 Principalmente CO2, SOx, NOx (dióxino de carbono, y óxidos de azufre y nitrógeno) 22 mejora de infraestructura en las plantas de tratamiento de efluentes cloacales tiene impactos ambientales potencialmente sustanciales, que se encuentran reducidos en el Programa por el hecho de que estas obras son de una escala acotada, promueven una mejora sustantiva del nivel de tratamiento de efluentes, se realizarán en predios de AySA y no involucran nuevos conductos ni puntos de descarga. (iii) Diversos impactos negativos en el ambiente urbano y molestias a las comunidades, asociados con la ejecución de las obras, por ejemplo, los cortes temporarios de calles, o de servicios públicos, incluyendo la recolección de residuos; la obstrucción de aceras; la generación de polvo, gases y ruido (y olores, para el caso de estaciones de bombeo de líquidos cloacales); el manejo de materiales y desechos peligrosos (AR1 y AR2), (iv) Impacto negativo sobre usuarios vulnerables, que podrían verse excluidos del servicio de agua y saneamiento, por no tener capacidad de pago para las nuevas tarifas, que serán aplicadas como consecuencia de las nuevas conexiones. Este potencial impacto negativo está mitigado por la existencia de una Tarifa Social, un subsidio a los servicios de agua y saneamiento, diseñado especialmente para poblaciones vulnerables que también incluye la conexión gratuita. El Programa Tarifa Social consiste en un subsidio para aquellos usuarios residenciales de bajos recursos (criterios establecidos por el ERAS) que no se encuentran en condiciones de afrontar el pago de la factura correspondiente a los servicios de agua potable y desagües cloacales. Adicionalmente, la reglamentación permite incluir las deudas y los costos de conexión para conexiones únicas y estándar, dentro de los beneficios del programa, propendiendo de este modo a minimizar la conflictividad con los usuarios, favorecer el cumplimiento de metas de ampliación al servicio, disminuir la morosidad y las restricciones del servicio. El Programa de Tarifa Social se desarrolla mediante un modelo participativo basado en la conformación de un grupo de trabajo integrado por AySA, el ERAS, la Comisión de usuarios del ERAS, las Comisiones de usuarios locales y las Organizaciones no gubernamentales, (v) Impacto negativo si las obras causan el desplazamiento temporal de actividades económicas informales, o el acceso temporal a negocios comerciales (AR2), (vi) Impacto negativo sobre la salud y higiene de los trabajadores por los riesgos asociados al trabajo en construcción, y se destaca en particular, el riesgo asociado con la manipulación de asbestos en AR2 (tareas de reemplazo, conexión con ductos existentes y reparaciones sobre cañería de asbesto-cemento), dado que se trata de una sustancia cancerígena, (vi) Impacto potencial negativo por la probabilidad de ocurrencia de violencia contra las mujeres, acoso y/o abuso en y alrededor de las áreas de construcción, provocado por la afluencia de mano de obra a las comunidades para la ejecución de las obras, (vii) Impacto potencial negativo al patrimonio arqueológico y/o antropológico que podría perderse durante las excavaciones realizadas por las obras del Programa. Este riesgo está mitigado por el hecho de que AySA cuenta con protocolos en el caso de que estos hallazgos se produzcan. 62. El riesgo asociado a que estos impactos se materialicen se juzgan entre bajos y moderados, debido a la naturaleza de las obras, o la existencia de diversas medidas de mitigación que provienen ya sea de la aplicación de los marcos normativos para la gestión de riesgos sociales y ambientales en Argentina, que 23 serán examinados más adelante en detalle, la capacidad para gestionar dichos riesgos de AySA que se juzga adecuada, y algunas políticas y planes implementados por el gobierno de Argentina, como la medidas de respuesta a la pandemia del COVID-19 o la implementación de la tarifa social para el acceso a los servicios de agua y saneamiento que serán discutidos más adelante. 63. Se han identificado, al mismo tiempo, algunos riesgos relacionados con el contexto que podrían afectar la capacidad de gestión de riesgos ambientales y sociales que, en general, se juzga adecuada37. Dichos riesgos son: (a) la complejidad de la coordinación institucional, y (b) el contexto político. Se identificó que en la implementación del AR 1.1., es decir, las conexiones intra-domiciliarias, puede haber un riesgo moderado, en la implementación adecuada de la gestión de riesgos ambientales y sociales, debido a que AySA debe coordinarse con los municipios, cuya capacidad puede ser moderada o baja, desconocida, o verse afectada por factores políticos. Por otra parte, se consideran sustanciales los riesgos asociados con la complejidad de la coordinación institucional para la gestión de los riesgos ambientales y sociales vinculados con el Programa. Ello se debe a que, para el éxito de la implementación del Programa, es necesario que varias áreas de AySA se encuentren involucradas activamente y coordinadas. Además de AySA como organismo ejecutor, las diferentes intervenciones físicas del Programa implican la participación articulada de otros organismos gubernamentales en el contexto de sistemas jurídicos e institucionales aplicables que abarcan tres niveles de gobierno (nacional, provincial y municipal) además del nivel sectorial (sector de agua y saneamiento). Existen también riesgos asociados con la implementación del Programa en condiciones políticas y de economía política desafiantes. Como la agencia implementadora, AySA, es una empresa pública, la misma podría sufrir recortes presupuestarios en el área de gestión de riesgos ambientales y sociales, que afecte su capacidad de gestión, en particular en el contexto de la presente crisis financiera del Estado, agravada por la pandemia de COVID-19. No obstante, este riesgo se considera moderado debido a que la planificación del PMOEM cada cinco años, implica la priorización de acciones a implementar y el aseguramiento de las fuentes de financiamiento. 37Con respecto a la adecuación relevada de esta gestión, es de destacar que AySA lleva 16 años funcionando articuladamente con diferentes áreas internas y con los municipios, logrando buenos resultados comprobados con los Planes A+T/C+T 24 CAPÃ?TULO 3: SISTEMAS DE GESTIÓN AMBIENTAL Y SOCIAL EXISTENTES 65. En este capítulo se examinan los sistemas de gestión ambiental y social existentes en Argentina, que son relevantes para los potenciales impactos ambientales y sociales identificados para el Programa. Es decir, se describen: (i) los marcos normativos e institucionales con relación a los aspectos ambientales y los aspectos sociales respectivamente; (ii) los aspectos normativos referidos a condiciones laborales, y de seguridad e higiene laboral; y (iii) a las normas de protección de patrimonio cultural. Se describen asimismo los marcos normativos e institucionales que aplican específicamente al sector agua y saneamiento, dado que el Programa se inscribe en dicho sector. Finalmente, se presenta una apreciación de los sistemas de gestión ambiental y social de otra Institución Multilateral de Crédito, como es el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ya que también se encuentra financiando operaciones en el PMOEM y específicamente actividades bajo el Programa (Información más detallada puede encontrarse en los Anexos 2 y 3) 66. Este capítulo está organizado de la siguiente manera. Primero se presenta la descripción de los marcos normativos e institucionales que corresponden a la preservación del medio ambiente. En este caso, dado que la Constitución Nacional establece que las provincias tienen el dominio de los recursos naturales, y la Nación sólo establece leyes de presupuestos mínimos que luego son complementadas por legislaciones provinciales, se presentan los marcos normativos nacionales y luego los provinciales (PBA y CABA). Se presentan además las legislaciones relativas al vertido de efluentes, en donde se presentan superposiciones entre legislaciones nacionales y provinciales. En esta primera parte, también se integran las legislaciones relativas al patrimonio cultural que igualmente presentan superposiciones en lo nacional y provincial. Segundo, se presenta la descripción de los marcos normativos e institucionales con referencia a las cuestiones laborales y de higiene y seguridad ocupacional. En este caso, la legislación es de carácter nacional y rige para todo el territorio, aunque hay aspectos descentralizados en su fiscalización. Esta legislación tiene una larga tradición en la Argentina, donde además existe una fuerte representación sindical. Tercero, se presenta la descripción de los marcos normativos e institucionales con referencia a cuestiones sociales tanto a nivel nacional como a nivel provincial. Aquí se tratan temas como pueblos indígenas, integridad, igualdad de género, violencia contra la mujer, y derechos humanos. Además, se presenta el marco normativo e institucional que corresponde al sector agua donde el Programa se inserta. 67. Como se observa en este capítulo todos los aspectos a los que se refieren los impactos ambientales y sociales identificados para este Programa, se encuentran regulados por legislaciones a nivel nacional y/o provincial, incluyendo las Constituciones Nacionales y Provinciales. En algunos casos los marcos normativos e institucionales tienen una larga tradición y aplicación en la práctica, como en el caso de las legislaciones laborales o de seguridad e higiene laboral, mientras que otras son más recientes como las que se refieren al patrimonio cultural. En este capítulo, no se evalúa, sin embargo, el grado de implementación y aplicación de estas leyes, ni sus aspectos de fiscalización. Es decir, que el capítulo se focaliza fundamentalmente en la descripción de los aspectos normativos e institucionales de los sistemas de gestión de aspectos y riesgos ambientales y sociales. Marco Regulatorio e Institucional Marco Ambiental Marco Nacional Constitución Nacional (CN) 25 68. La última Reforma Constitucional de 1994 incorporó la cuestión ambiental en su Artículo 41 que trata la temática ambiental. De acuerdo con el tercer párrafo de dicho artículo resulta necesario el dictado de las Leyes de presupuestos (estándares) mínimos que aplican a todo el territorio argentino, a fin de armonizar las legislaciones ambientales provinciales. Leyes de Presupuestos Mínimos 69. La Ley Nacional Nº 25.675 es la ley básica de la Política Ambiental Nacional también llamada Ley General del Ambiente establece al ambiente como un bien jurídicamente protegido, definiendo Presupuestos Mínimos a nivel nacional para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. 70. La Ley Nacional Nº 25.612, de Presupuestos Mínimos de Gestión integral de residuos industriales y de servicios. Regula la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios. 71. La Ley Nº 25.688, de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas. Esta ley establece los presupuestos mínimos ambientales, para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. 72. La Ley Nº 25.831, de Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental. Garantiza el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la CABA, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas. 73. La Ley Nº 25.916, de Gestión integral de residuos domiciliarios, establece presupuestos mínimos para la gestión de residuos domiciliarios en todo el territorio de la Nación. 74. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS) es la máxima autoridad nacional ambiental para la aplicación de todas las leyes de Presupuestos Mínimos y posee a su cargo organismos de fiscalización para ciertas materias. También actúa como órgano consultivo y rector, habiendo, por ejemplo, desarrollado instructivos para realizar los Estudios de Impacto Ambiental (Resolución 337/19). 75. La Brigada de Control Ambiental (BCA) es uno de sus órganos de fiscalización y depende de la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del MAyDS. Entre sus funciones tiene (i) ejercer el control efectivo y permanente de los establecimientos y actividades que puedan ocasionar algún riesgo o daño para el ambiente; (ii) aplicar medidas preventivas; (iii) asistir a las distintas jurisdicciones, organismos provinciales, locales, y regionales en todo lo referente a control ambiental, capacitación, monitoreo y soporte en materia de inspecciones ambientales y brindar apoyo cuando estos así lo soliciten, entre otras. 76. La Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición (DCAyR) tiene el poder de fiscalización de los vuelcos efectuados por establecimientos industriales y especiales sobre la red cloacal. En el Decreto 776/92, se le otorga a esta dependencia el poder de policía en materia de control de la contaminación hídrica. 77. El MAyDS también es la autoridad de aplicación de posibles infracciones al medio ambiente, y tiene a su cargo la Red Federal de Control Ambiental (RE.FE.CO.A), y la Red Nacional de Laboratorios Ambientales bajo la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental. Son miembros de la Red Federal de 26 Control Ambiental, los organismos públicos nacionales o provinciales que tengan a su cargo tareas de fiscalización y control ambiental. Otras Leyes Nacionales de alcance ambiental 78. Ley Nº 26.221 que establece el “Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacalesâ€? para el área de concesión de AySA y establece la obligatoriedad de la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental para las obras proyectadas y a ejecutar cuya construcción u operación puedan ocasionar un significativo impacto al ambiente. Los Estudios mencionados serán presentados ante las Autoridades locales correspondientes a los efectos de su evaluación y posterior aprobación. Dada la importancia de esta normativa, se trata con mayor detalle más adelante. 79. La Ley N° 24.051 de residuos peligrosos regula la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos. Dado que se promulgó en forma previa a la reforma constitucional de 1994, no es una ley de principios mínimos; no obstante, muchas provincias la tomaron como base para sus propias legislaciones. Derecho al acceso a la información pública 80. Ley de Presupuestos mínimos N° 25.831 (descrita arriba) legisla sobre el acceso a la información ambiental en poder del Estado, 81. La Ley N° 26.899 crea los Repositorios Digitales Institucionales de Acceso Abierto. 82. La Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública. 83. La Ley N° 27.566 ratificó el Acuerdo de Escazú, de Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales. Marco Provincial y Municipal 84. Tanto la Provincia de Buenos Aires (PBA) como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) tienen establecido en sus Constituciones provinciales, artículos referidos a la preservación del medio ambiente. Estas provincias poseen además leyes específicas referentes a distintos temas medio ambientales, que se presentan brevemente a continuación. Constitución de la PBA 85. En el artículo 28 se establece que "Los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras.â€? Constitución de la CABA: 86. Artículo 27.- “La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple 27 su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueveâ€?. Provincia de Buenos Aires 87. La ley provincial N° 11.723, Ley Integral del Medio Ambiente, de Protección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente de la PBA define la política ambiental de la PBA y regula la realización de estudios de impacto ambiental para los emprendimientos “susceptibles de producir efectos negativos sobre el ambienteâ€?. El OPDS es su autoridad de aplicación. 88. La ley prevé que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) debe ser expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal. Entre las obras que requieren declaración provincial se encuentran la administración de aguas servidas urbanas y suburbanas; la conducción y tratamiento de aguas, entre otras. El Certificado de Aptitud Ambiental será otorgado por la Autoridad de Aplicación como consecuencia de la evaluación de impacto ambiental. 89. La ley 11.723 prevé además una amplia participación municipal para el control de los preceptos ambientales establecidos, ya que establece el poder de policía de los municipios para la “fiscalización y cumplimiento de las normas ambientalesâ€? y para la realización de “inspecciones y constataciones a efectos de reclamar la intervención de la autoridad competenteâ€? o en caso de emergencia “tomar decisiones de tipo cautelar o precautorio dando inmediato aviso a la autoridad que correspondaâ€?. 90. El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) es la autoridad ambiental de la PBA, y tiene como función planificar, coordinar y fiscalizar la ejecución de la política ambiental de la PBA. 91. El OPDS mantiene registros referidos a su incumbencia ambiental38. También regula el Ruido Ambiente39, al establecer medidas para evaluar “la incidencia o riesgo de la contaminación causada por ruido que … distintas actividades … provocan en el medio ambiente circundante y respecto de la salud de la poblaciónâ€?, a través de las mediciones de ruido aplicando normas técnicas nacionales40. 92. La Ley N° 5.96541 cuyo texto fue actualizado sucesivamente con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 7846, 8772, 10408 y 15078 se refiere a la Protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y a la atmósfera. 93. La Ley N° 11.72042 de Residuos Especiales regula la generación, manipulación almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales43. 94. La Ley 14.343 de Pasivos Ambientales de la PBA regula la identificación de pasivos ambientales y la obligación de recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población. Derecho al acceso a la información pública en la PBA 38 http://www.opds.gba.gov.ar/contenido/registros 39 Resolución 159/96 (modificada por Resolución OPDS 94/02) 40 Norma IRAM 4062 “Ruidos Molestos al vecindario, Método de medición y calificaciónâ€? (4ta. Edición 2016) 41 La ley N° 5.965 fue promulgada en 1958 (con modificatorias posteriores por las leyes 7846, 8772,10408 y 15078). Decretos reglamentarios 2009/1960 y 3970/1990. 42 La ley 11.720 fue promulgada en 1995 43 La denominación de “Residuos Especialesâ€? corresponde a aquellos con características de peligrosidad conforme lo establece la ley en su Anexo I (Características de desechos que hay que controlar) y en su Anexo II (Lista de Características Peligrosas) 28 95. La Ley N° 11.723 Ley de Ambiente y Recursos Naturales promueve el acceso a la información especialmente en el Marco del Sistema Provincial de Información Ambiental coordinando su implementación con los municipios. 96. La Ley N° 12.475 otorga el reconocimiento a toda persona humana o jurídica que tenga interés legítimo, el derecho al acceso a todos los documentos administrativos. Competencias a nivel Provincial y Municipal en PBA 97. En cuanto a las competencias municipales en materia ambiental, si bien los municipios cuentan con jerarquía constitucional, y disfrutan de cierta autonomía institucional, política, económica y financiera, el grado de intensidad de esa autonomía está determinado por los preceptos de las constituciones provinciales y sus normas reglamentarias, siendo atribución de los poderes constituyentes provinciales y de la legislación local establecer las facultades de los municipios. 98. Por ejemplo, la Ley Orgánica de las Municipalidades de la PBA44 reglamenta las competencias y deberes de los municipios de la provincia tanto las que debe encarar por su propia parte como aquellas a realizar en coordinación con las autoridades provinciales o nacionales. Las reglamentaciones emanadas del gobierno municipal son los Decretos del Poder Ejecutivo Municipal y las “Ordenanzasâ€? que dicta el organismo colegiado de la municipalidad (Consejo Deliberante)45. 99. A fin de descentralizar alguna de las funciones provinciales, ciertas leyes de la PBA han delegado algunas competencias ambientales en los municipios. Tal es el caso de la implementación y aprobación de Estudios de Impacto Ambientales (EIA) para determinadas actividades46, o la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) en caso de industrias consideradas de riesgo ambiental medio o bajo47. Ciudad Autónoma de Buenos Aires 100. La Agencia de Protección Ambiental del Gobierno de CABA es la autoridad de aplicación de la Ley N° 3.29548 de CABA que regula la gestión ambiental del agua de dominio público de la CABA. Implementa sistemas de acceso a la información, educación, consulta previa, recepción de denuncias y demás mecanismos de participación pública. 101. La Ley Nº 1.54049 de CABA tiene el objetivo prevenir, controlar y corregir, la contaminación acústica que afecta tanto a la salud de las personas como al ambiente. Derecho al acceso a la información pública en la CABA 102. La Ley N° 104 y sus modificatorias Ley N° 5.784 y Ley N° 5.926 establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información veraz, completa y oportuna. 44 PBA, Decreto-ley 6769/1958, “Ley Orgánica de las Municipalidadesâ€? con sus modificatorias. 45 PBA, Decreto-ley 6769/1958, Capítulo II, Atribuciones y Deberes (Artículo 24° y siguientes). 46 PBA LP 11.723 Anexo II 47 PBA LP 11459 Artículo 3° 48http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley3295.html#:~:text=La%20presente%20ley%20regula%20la,Art%C 3%ADculo%202%C2%B0.&text=Asegurar%20una%20calidad%20ambientalmente%20adecuada,equitativos%20y%20sostenibles %20del%20agua. 49 http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley1540.html 29 103. La Ley N° 303 es la Ley de Información Ambiental y establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información sobre el estado y la gestión del ambiente y de los recursos naturales. Marco relativo al vertido de efluentes 104. El área de influencia el Programa se encuentra enclavado en el GBA. Dentro de este territorio coexisten legislaciones de alcance nacional, provincial, municipal y de cuenca, cada una con su respectivo organismo de fiscalización y criterios de vertido. Esto conlleva superposiciones en materia de control. Existen casos donde un mismo establecimiento puede ser fiscalizado por hasta cinco organismos de control y estar sujeto a cuatro normativas con límites de vuelco diferentes50. 105. La operadora de la red cloacal, AySA, como parte del control operativo de su red, realiza muestreos y análisis a fin de identificar descargas de establecimientos industriales y de servicios que pudieran afectar su normal funcionamiento. Los organismos con poder de policía de los vertidos, en función de la normativa descripta anteriormente, son: a nivel Nacional la Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición (DCAyR), que depende del MAyDS, por la CABA la Agencia de Protección Ambiental (ApRA), y por la PBA es OPDS. Tanto la ACUMAR como el COMIREC también efectúan controles rutinarios. Marco de Patrimonio Cultural 106. Ley N° 25.743, es una ley nacional de preservación, protección y tutela del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, preserva, protege y tutela el Patrimonio Arqueológico y Paleontológico como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y el aprovechamiento científico y cultural del mismo. El Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, es el organismo nacional competente a dichos efectos, y el responsable de establecer las correspondientes relaciones de coordinación y colaboración con los organismos competentes en la materia, existentes en las provincias y la CABA. 107. El marco legal de la PBA para la protección del patrimonio cultural se complementa con la Ley Nº 10.419 que creó la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural, y sus normas complementarias y modificatorias Ley Nº 12.739 y Nº 13.056. Este marco tiene la función de la planificación, ejecución y control de las políticas culturales de conservación y preservación de los bienes muebles o inmuebles declarados como bienes del patrimonio cultural, que se consideren de valor testimonial o de esencial importancia para la historia, arqueología, arte, antropología, paleontología, arquitectura, urbanismo, tecnología, ciencia, así como su entorno natural o paisajístico. 108. La Comisión Provincial del Patrimonio Cultural promueve acciones en el marco de la Ley Nº 25.743 (Nacional) de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, especialmente en materia de rescate en obras de infraestructura proyectadas y en ejecución, tanto públicas como privadas. 109. La Ley Nº 1.227 es la norma Marco de Patrimonio Cultural de CABA que en el ámbito de la arqueología y paleontología urbana realiza tareas de rescate, registro, conservación y restauración de yacimientos y objetos arqueológicos, así como de restos Paleontológicos localizados en la trama urbana. 50 “Sistematización de lanormativa argentina relacionada con el control de la contaminación hídrica, aplicable a establecimientos industriales y comercialesâ€? INIA Informe Final – 2016. https://www.ina.gob.ar/sitionaye/docs/Informe_Proyecto_Normativa_Primera_Etapa.pdf 30 110. El Decreto Nº 2423-GCBA-2005, del área de Arqueología y Paleontología, opera según la Ley Nº 25.743 (Nacional) de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, y pone en práctica el Registro de Yacimientos, Colecciones y Objetos Arqueológicos y Colecciones y Restos Paleontológicos de todo material proveniente de colecciones particulares; y de excavaciones y rescates llevados a cabo en esta Ciudad. 111. La Sub Gerencia Operativa de Patrimonio y Arqueología del Gobierno de CABA aplica una política de rescate en obras de infraestructura proyectadas y en ejecución, tanto pública como privada. Marco Laboral y de Higiene y Seguridad en el Trabajo Trabajo y Condiciones Laborales 112. Argentina tiene una larga historia de movimientos laborales y sociales, y fue uno de los primeros países de América Latina en sancionar regulaciones laborales en varias áreas, a principios del siglo XX. Por ejemplo, en 1912, la Ley Nº 8.999 crea el Departamento Nacional de Trabajo, y se aprueban muchas leyes laborales, en relación con diversos temas como los períodos de descanso, el trabajo de mujeres y niños y los accidentes laborales. Sin embargo, la gran transformación en cuanto a leyes laborales, reglamentos y organización sindical se produjo entre 1943-55 y muchos de los reglamentos aprobados durante este período perduraron hasta hoy. La ley de Contrato de Trabajo, Ley Nº 20.744, regula muchos de los aspectos vinculados con el contrato de trabajo en el sector privado, aunque existen otras leyes que regulan aspectos particulares de la relación de trabajo. Higiene y Seguridad en el Trabajo 113. La Ley Nº 19.587, Higiene y Seguridad en el Trabajo. Emitida en 1973 y reglamentada en 197951, establece, entre otras cosas, la obligación de todo empleador de poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores (artículo 8), como así también denunciar accidentes y enfermedades del trabajo, instalar los equipos necesarios para afrontar los riesgos en caso de incendio o cualquier otro siniestro. 114. En 1999 la Ley N° 24.557, Ley de Riesgos del Trabajo (y su complementaria la Ley N° 27.348), establece un nuevo régimen de accidentes laborales y enfermedades profesionales; introduce operadores públicos y privados con fines de lucro llamados Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), aunque las normas de higiene y seguridad en el trabajo siguieron siendo las del decenio de 1970, las cuales se fueron actualizando, acompañando los cambios tecnológicos. Además, en 1999 se descentralizó la organización de la inspección, vigente hoy en día. 115. Los organismos encargados de hacer cumplir la legislación laboral dependen de la jurisdicción y del tipo de asunto que se trate. En el ámbito nacional, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social es responsable de la inspección de los "trabajadores registrados" (trabajadores formales) junto con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que se ocupa básicamente de fiscalizar el aporte de impuestos laborales por parte de los empleadores. 116. A nivel provincial y de la CABA, los organismos encargados de las cuestiones laborales son responsables de la supervisión de cualquier otra cuestión relacionada con las condiciones laborales y el empleo. También cubren la seguridad y la salud ocupacional, junto con las ART. 51 Decreto reglamentario Nº 351/79 31 117. Las ART son controladas y supervisadas por una entidad nacional, la Superindentencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Si bien la capacidad de supervisión varía entre las jurisdicciones, tanto en la PBA como en la CABA es alta, sumada a la fuerte presencia de las diferentes uniones gremiales. 118. La Resolución Nº 230/2003 de la SRT menciona la obligación de los empleadores asegurados y de los empleadores autoasegurados de denunciar todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a su ART y a la SRT. Obligación de investigar los accidentes mortales, enfermedades profesionales y los accidentes graves. 119. Los tribunales laborales, tanto a nivel nacional como provincial, se encargan de resolver los juicios específicos de las cuestiones laborales. Mientras que los tribunales penales se encargan de castigar a cualquier empleador que contrate mano de obra infantil, y los tribunales civiles se encargan de las cuestiones relacionadas con la discriminación en el mercado laboral. 120. Dado que uno de los impactos negativos sobre la salud de los trabajadores del presente Programa podría ser la manipulación de asbestos, mencionamos que la Resolución Nº 577/9152 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) aprobó las normas para el uso, manipuleo y disposición del amianto53 (asbestos) y sus desechos. 121. Por Decreto Nº 658/96 el asbesto fue incorporado al Listado de Enfermedades Profesionales por su capacidad de producir mesotelioma y cáncer de pulmón en trabajadores expuestos. Además, la Resolución Nº 163/2017 y su modificatoria Nº 190/2018 del Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista crea el Registro de Experto en Asbesto. Y el sindicato Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) dispone de un Manual de Buenas Prácticas Asbestos –Amiantos54 que utiliza con sus afiliados. 122. La Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos, también identifica al amianto/asbesto como un residuo peligroso, categoría Y36, “Categorías sometidas a controlâ€? asbesto (polvos y fibras) en el Anexo I. Esta norma establece que cualquier generador u operador de residuos peligrosos debe estar en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos. Además, requiere se informe de manera precisa qué tipo de material manipula, qué cantidad, transporte y qué tipo de tratamiento y disposición final se le dará. 123. Por último, y debido que uno de los impactos negativos identificados para el Programa, es un riesgo mayor de exposición al COVID-19, mencionamos que recientemente el Decreto DNU N° 367/20 COVID 19 incorpora a la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2, por lo que se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional. Marco Social Marco Nacional 124. En materia de normativa de aplicación relevante a nivel social, debemos mencionar la legislación relativa a derechos humanos, protección de la propiedad, inclusión social, prevención de toda forma de 52 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/23589/norma.htm 53 En Español se emplean como sinónimos los vocablos amianto y asbestos (Título VI de la Resolución 577/91 MTySS). 54 https://www.uocra.org/images/sst/cuadernillos/Asbestos_2016_INDD.pdf 32 discriminación, equidad de género, participación ciudadana y planeamiento urbano, considerando particularmente las zonas más vulnerables55. 125. Derechos sociales: El artículo 14 bis de la Constitución Nacional (CN) indica que el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable, incluyendo la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna. 126. Derecho a la propiedad: El artículo 17 de la CN establece que la propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. 127. Derecho a la Información: El artículo 42 de la CN reconoce el acceso a la información de usuarios y consumidores y consagra su derecho a “una información adecuada y verazâ€?, y “a condiciones de trato equitativo y dignoâ€?. 128. Judicialización de los derechos individuales: El artículo 43 de la CN establece que toda persona puede interponer acción de amparo contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional, un tratado o una ley. Indica que podrán interponer esta acción, inter alia, contra cualquier forma de discriminación. 129. Tratados Internacionales sobre derechos humanos y sociales: El artículo 75 de la CN en su inciso 22 señala que los tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede tienen jerarquía superior a las leyes. Argentina ha ratificado números Tratados Internacionales vinculados con derechos humanos, y sociales. 130. Derechos de los Pueblos Indígenas: En la República Argentina existe un cuerpo normativo que protege y garantiza la identidad y los derechos colectivos de los pueblos indígenas, tanto en la Constitución Nacional como a través de Leyes Nacionales, Provinciales y Convenios Internacionales suscriptos por el Gobierno. Las principales disposiciones legales a nivel nacional sobre derechos de pueblos indígenas son las que siguen: • Ley Nº23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes. • Decreto Nº155/89 Reglamentario de la Ley Nº23.302 · • Ley Nº24.071 ratificatoria del Convenio Nº169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. • Ley Nº24.375 Convenio de diversidad Biológica. • Resolución del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Nº4811/96 que establece los requisitos para la inscripción de las Comunidades Indígenas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI). • Resolución INAI Nº152/2004 y su modificatoria Nº301/2004 que establece la conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI). 55Si bien la legislación no contempla específicamente la asistencia en casos en que actividades económicas informales se vean afectadas por una obra, el marco normativo nacional e internacional al que la Argentina adhiere, define las obligaciones del Estado con respecto a la promoción del bienestar de sus ciudadanos, acceso a la salud y progreso económico con justicia social y acceso a la vivienda digna. Esta base permite instrumentar las acciones tendientes a gestionar impactos temporales sobre actividades económicas informales 33 • Ley Nº24.071 (ratificación Convenio Nº169 OIT), artículo 6 afirma que se debe "consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente". 131. Participación de las partes interesadas: La participación de las partes interesadas está contemplada por la legislación argentina en distintos instrumentos jurídicos. Principalmente a través de la Ley Nº27.275 y la Ley Nº25.675 (Ley General de Ambiente). 132. Derechos Humanos y Sociales: El Código Civil y Comercial de la Nación sancionado por Ley Nº26.944 actualizó la legislación civil en vigencia desde el siglo XIX. Incorporó una referencia amplia a los derechos humanos y a la tutela de los intereses colectivos, y refuerza la tutela a los derechos constitucionales de tercera generación, entre los cuales cabe consignar el derecho a la vivienda digna. 133. Género: Las siguientes leyes refieren a cuestiones de género: • En relación con la equidad de género, es importante destacar la Ley Nº20.744 de Contrato de Trabajo, rige todo lo relativo a la validez, derechos y obligaciones de las partes, sea que el contrato de trabajo se haya celebrado en el país o fuera de él; en cuanto se ejecute en su territorio. • Asimismo, el Decreto Nacional Nº254/98 establece un Plan para igualdad de oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral. • La Ley Nº26.485/2009, de protección integral a las mujeres para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. • El Decreto Nº936/2011, de protección integral a las mujeres, promueve la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual. 134. Discapacidad: La Ley Nacional Nº22.431 de protección de personas con discapacidad. 135. Integridad. Las acciones desarrolladas por AySA y, en particular, por la Dirección de Integridad y Buenas Prácticas, en torno a la implementación de un Programa de Integridad, se encuentran enmarcadas y reguladas dentro de normativa nacional e internacional, entre otras, las que se detallan a continuación: • Ley Nº24.759 que aprueba la Convención Interamericana contra la Corrupción. • Ley Nº25.319 que aprueba la Convención sobre la lucha contra el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales. • Ley Nº25.632 que aprueba la Convención Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional. • Ley Nº16.097 que aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. • Decreto Nº304/06, ratificado por Ley Nº26.100. Constitución de AySA como Sociedad Anónima. • Ley Nº26.221 de Aprobación Convenio Tripartito Agua Potable y Desagües Cloacales. • Ley Nº27.401 de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica, cuyos artículos 22 y 23 establecen los elementos que debería contener un Programa de integridad ajustado a la dimensión de la organización, a su capacidad económica y los riesgos a los que potencialmente pudiera estar expuesta. En relación con la misma, es importante destacar también la resolución 27/2018 de la Oficina Anticorrupción que ofrece lineamientos de integridad para el mejor cumplimiento de dichos artículos. • Ley Nº25.188 de Ética en el ejercicio de la función pública. • Decreto Nº202/17 sobre Conflicto de Intereses. 34 • Decreto Nº258/19 que aprueba el Plan Nacional Anticorrupción 2019-2023. Marco Provincial y Municipal Provincia de Buenos Aires: 136. Derecho a la propiedad: El Artículo 31 de la Constitución de la PBA define a la propiedad como inviolable, y ningún habitante de la Provincia puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. 137. Derecho a la vivienda: La Ley Nº14.449 Acceso Justo al Hábitat establece en su artículo 1° los siguientes objetivos específicos: (i) promover la generación y facilitar la gestión de proyectos habitacionales, de urbanizaciones sociales y de procesos de regularización de barrios informales; (ii) abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional; y (iii) generar nuevos recursos a través de instrumentos que permitan, al mismo tiempo, reducir las expectativas especulativas de valorización del suelo. 138. Descentralización de servicios a municipios: El Decreto-Ley Nº6.769/58 y la Ley Orgánica de las Municipalidades establecen las funciones de los municipios. Indican que corresponde al Concejo Deliberante disponer la prestación de los servicios públicos de barrido, riego, limpieza, alumbrado, provisión de agua, obras sanitarias y desagües pluviales, inspecciones, registro de guías, transporte y todo otro tendiente a satisfacer necesidades colectivas de carácter local, siempre que su ejecución no se encuentre a cargo de la Provincia o de la Nación. 139. Regulación del tránsito: La Ley Nº6.312 de la PBA aplicable en materia de vialidad establece las previsiones para la seguridad y rapidez del tránsito en la PBA, aplicable a rutas nacionales y provinciales. 140. Discapacidad: La Ley Provincial Nº10.592 sobre protección de personas con discapacidad. 141. Derechos de Poblaciones Indígenas: Decreto N° 3.631/07, que da creación al Consejo Provincial de Asuntos Indígenas (CPAI), un órgano de codecisión56 perteneciente a la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la PBA, cuyo objetivo es cumplir, fomentar y gestionar políticas públicas destinadas a la población indígena radicada en el actual territorio bonaerense, para proteger, respetar y garantizar los derechos humanos consagrados en las normas provinciales, nacionales e internacionales57. 56 El carácter de órgano de codecisión del CPAI es porque está integrado por cuatro funcionarios del Estado provincial y por el Consejo Indígena de la Provincia de Buenos Aires (CIBA), conformado por representantes de pueblos que habitan la provincia que tengan al menos tres comunidades inscriptas en el RENACI o REPROCI (Decreto Nº 3631/07). De esta forma, se procura materializar el derecho a la participación y consulta en la elaboración y gestión de las políticas públicas a través de asambleas periódicas. Participan en el CIBA los pueblos Mapuche-Tehuelche, Kolla, Qom y Guaraní. Cada uno cuenta con dos representantes elegidos en asamblea de las máximas autoridades comunitarias, de acuerdo a su propia cosmovisión, sin la intervención del Estado. Sus mandatos duran dos años. El CIBA se reúne en asamblea de forma ordinaria cada dos meses y se pueden pautar reuniones extraordinarias en caso de requerirlo. 57 El CPAI tiene entre sus atribuciones organizar el Registro Provincial de Comunidades Indígenas (REPROCI), creado por Decreto N° 3.225/04, arbitrando los medios para la obtención de la personería jurídica por parte de las comunidades indígenas, además de establecer y adoptar todas las medidas y normas generales para el cumplimiento y objetivos establecidos en dicho Registro. 35 Marco Sectorial del Sector de Agua y Saneamiento 142. La Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica (SIPH)58 es la autoridad nacional en materia de política hídrica y la formula y planifica a través de la Dirección nacional de agua potable y saneamiento. 143. Específicamente para el área del Programa aplica el Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales (MRAPyDC) que integra al gobierno Nacional, al de la PBA y al de la CABA, establecido por la Ley Nº 26.221 (ver más abajo). 144. La empresa “Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónimaâ€? (AySA) que es la que ejecuta el Programa que el Banco Mundial está financiando, se crea mediante el Decreto 304/2006 y la Ley Nº 26.100 para la prestación del servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales en un área del GBA (área regulada o área de la concesión). 145. Con la sanción de la Ley Nº 26.221 se aprobó el Convenio Tripartito entre el Gobierno Nacional (representado por el Ministerio responsable de la política hídrica nacional), la PBA y el Gobierno de la CABA, y se establece a AySA como concesionaria de la prestación del servicio de provisión de agua potable y de la colección de desagües cloacales en el área regulada. La ley también aprueba un Marco Regulatorio específico para la prestación del servicio en el área regulada, que es el área de mayor concentración urbana de Argentina. Asimismo, la ley crea dos organismos tripartitos para el seguimiento de las operaciones de la concesionaria AySA: el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) y la Agencia de Planificación (APLA). 146. El ERAS es un organismo autárquico e interjurisdiccional que controla el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Concesionaria (AySA), regula y controla la prestación de los servicios de agua potable y desagües prestados en el área de la CABA y los 26 partidos del Conurbano Bonaerense. 147. La APLA tiene a su cargo la coordinación integral de la planificación de las obras de expansión y mejoramiento de los servicios de agua potable y desagües cloacales a cargo de AySA. 148. El esquema de fiscalización de AySA es realizado por el ERAS y la APLA complementado con una Comisión Fiscalizadora integrada por el Estado Nacional con dos representantes de la Sindicatura General (SIGEN) y uno del Programa de Participación Accionaria de los empleados (PPA). Además, la Auditoría Externa es ejercida por la Auditoría General de la Nación (AGN) y por auditores externos, técnicos y económicos. 149. Para finalizar, en el área de concesión de AySA existen dos órganos especiales que administran y regulan la Cuenca del Rio Reconquista (COMIREC) y la Cuenca del rio Matanza Riachuelo (ACUMAR). 150. Mediante la Ley N° 12. 653 y su modificatoria 14.854 se crea el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la PBA. 151. La Ley Nº 26.168 crea la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional en el ámbito del actual Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación que conjuga el trabajo con los tres gobiernos que tienen competencia en el 58 Dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica. 36 territorio: Nación, PBA y CABA. La ACUMAR ejerce su competencia en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la CABA y 14 partidos59 la PBA. Sistemas de Gestión Ambiental y Social de otros Multilaterales 152. En el PMOEM participan otras Instituciones Financieras Multilaterales (IFMs) apoyando diversos aspectos de su implementación. En el caso del Programa el BID actúa como co-financiador. A esos respectos, se realizó un análisis de sus sistemas de gestión ambiental y social. En términos generales, se concluyó que dichos sistemas son robustos, y se inscriben sobre los sistemas de gestión ambiental y social ya existentes a nivel nacional, y provincial, que como describimos anteriormente abarcan todos los aspectos identificados como posibles impactos para el presente Programa. Estos sistemas de gestión ambiental y social son compatibles con los principios de gestión ambiental y social que se aplican a los Programas por Resultados del Banco Mundial. Para mayores detalles, referirse al Anexo 3. 59 Municipios de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente y General Las Heras. 37 CAPÃ?TULO 4: EVALUACIÓN DEL SISTEMA – CAPACIDAD Y DESEMPEÑO Sistemas de Gestión Ambiental y Social Corporativos de AySA 153. En este capítulo se presentan primero los aspectos esenciales de las políticas, prácticas y procedimientos establecidos por AySA como organismo ejecutor del Programa para la gestión de los aspectos ambientales (incluyendo la protección del patrimonio cultural); de higiene y seguridad; y de aspectos sociales y participativos en el proceso de: diseño, licitaciones, contratos, permisos, y supervisión de la ejecución de los proyectos, así como su operación. Luego se presentan los aspectos esenciales de las políticas, prácticas y procedimientos establecidos por AySA para la gestión de otros aspectos sociales. Para concluir, se realiza una evaluación de la capacidad institucional de AySA para gestión de riesgos y mitigación de los potenciales impactos negativos al Programa, identificados en el capítulo 2, junto con el marco normativo e institucional identificado en el capítulo 3. Sistemas de Gestión Ambiental y de Higiene y Seguridad 154. AySA tiene un sistema de manejo consolidado para gestionar los impactos y riesgos ambientales, de higiene y seguridad ocupacional y otros aspectos claves de sus operaciones a través de su estructura organizativa, constituida por Direcciones y Gerencias. El organigrama de AySA se incluye en el Anexo 5. La empresa cuenta con una Política Ambiental que plantea compromisos para el cumplimiento de la normativa, de prevención y control ambiental y de la salud pública, y una Política de Salud, Higiene y Seguridad para el cuidado de los trabajadores. Aspectos de diseño y evaluación temprana de los potenciales impactos 155. La protección del ambiente en sus actividades surge del marco regulatorio de AySA60 que establece la necesidad de que la empresa cumpla con todas las leyes aplicables y prevé la obligatoriedad del desarrollo de una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)61 cada vez que se realicen obras o servicios que pueden afectar al medio ambiente62, y en cualquier otro caso según lo exija la normativa aplicable. El marco regulatorio define aspectos específicos del alcance para los estudios63. La Planificación es aprobada por APLA (MRAPyDC64). AySA elabora los EIA de sus proyectos de obra65. Está prevista la realización de EIA para ciertos tipos de proyectos, como las plantas de tratamiento de efluentes, estaciones de bombeo de líquidos cloacales, plantas de potabilización, estaciones elevadoras y redes66. Para estas obras también se realizan estudios por pasivos ambientales. A fines de 2017, AySA cambió la metodología de 60 Capítulo XIV Protección del Medio Ambiente, LN 26.221, Anexo 2 “Marco Regulatorioâ€? (2007) 61 Capítulo XIV, Art 121°, LN 26.221, Anexo 2 “Marco Regulatorioâ€? (2007) 62 “Las obras proyectadas y a ejecutar a partir de la prestación del servicio a cargo de la empresa, relacionadas con los servicios cuya construcción u operación puedan ocasionar un significativo impacto al ambiente, tales como Plantas de Tratamiento y Estaciones de bombeo de Líquidos Cloacales, Obras de Descarga de Efluentes, obras de Regulación, Almacenamiento y Captación de Agua, deberán contar previo a su ejecución con el correspondiente Estudio de Impacto Ambientalâ€? 63 “(El EIA) identificará, describirá y evaluará los efectos directos e indirectos de los proyectos en las etapas de construcción y operación, sobre el medio físico (aire, suelos, agua), el medio biótico (cobertura vegetal y fauna) y el medio antrópico (infraestructura, usos del suelo, salud y seguridad, calidad de vida); la interacción de los factores mencionados y en los bienes materiales y el patrimonio culturalâ€?. 64 Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales (MRAPyDC) Ley Nº 26.221. 65 AySA reporta la realización de 329 EIA desde 2006 a 2018 correspondientes a 1477 proyectos 66 El “Procedimiento Específico de Solicitud y Elaboración de EIAsâ€? de AySA (CODIGO E -AMB-EA.001) detalla cuales son las obras que requieren EIAs: Plantas de tratamiento de efluentes cloacales; Plantas de tratamiento de agua; Estaciones de bombeo cloacal; Obras de descarga de efluentes; Obras de regulación, almacenamiento y captación de agua, y Grandes conductos de agua o de cloaca. 38 elaboración de los EIA a pedido de la Autoridad de Aplicación provincial, por la cual se realiza un estudio por cada cuenca hidráulica67, y se analizan las obras a realizarse en el período 2017-2023. Aproximadamente el 90% de las obras proyectadas a 2018 ya contaban con EIA68. Los documentos de los EIA son accesibles al público69, en particular se encuentran on-line los correspondientes a obras financiadas por organismos internacionales de préstamo (BID, Banco Mundial y CAF). Las intervenciones físicas a realizarse bajo el Programa, correspondientes a ampliaciones y mejoras en las plantas de tratamiento de líquidos cloacales contarán con el marco de un EIA70. 156. En el marco de la actual Dirección de Sustentabilidad71, la Gerencia de Medio Ambiente tiene entre sus funciones elaborar y gestionar estudios de Impacto Ambiental de proyectos de AySA según los procedimientos y normativas vigentes 72. 157. Todas las obras que ejecuta AySA que son contratadas por medio de licitaciones y concursos de precios73 emplean un “Pliego de Bases y Condiciones Generalesâ€? (PByCG)74 que contiene consideraciones ambientales para el Contratista y hace referencia expresa al cumplimiento de los “Procedimientos para la Protección y Control Ambientalâ€?, que son aplicables aún cuando la obra no requiera de un EIA75. 158. Este podría ser el caso de algunas de las tipologías de obras bajo el Programa, como la renovación o rehabilitación de cañerías existentes, y la construcción de parques solares de pequeña escala (autogeneración), y si las contrataciones de cada obra en particular se realizan bajo el PByCG. Por otro lado, en el caso de obras que sí requieren de la realización de un EIA queda expreso en el PByCG que las medidas de mitigación a desarrollar comprenden además las que fueron identificadas en el EIA. 159. Para el caso de obras de montos bajos que no se contratan por el PByCG, obras de muy baja escala y con tiempos de ejecución breves, no se realiza una evaluación ambiental estrictamente hablando, pero se requiere al contratista la elaboración de un PGA sujeto a la revisión y aprobación de la Gerencia de Medio Ambiente.76 67 Cuenca hidráulica se refiere a cuencas artificiales establecidas por AySA, que comprenden el área atendida por cada determinado Sistema de provisión de agua y de tratamiento, con sus respectivos conductos de transporte y distribución/colección. 68 Reporte de Sustentabilidad 2018 - AySA 69 https://www.aysa.com.ar/Que-Hacemos/Estudios-de-impacto-ambiental 70 Los EIAs integran solamente los aspectos ambientales, los aspectos eminentemente sociales se manejan por separado en estudios específicos (Informes Sociales). No obstante, Los EIAs integran, en el apartado aspectos antrópicos, cuestiones relacionadas con los aspectos sociales como el Ã?ndice de Riesgo Sanitario, y el relevamiento de actividades de interés. 71 La Dirección de Sustentabilidad cuenta actualmente con tres gerencias: Gerencia de Medio Ambiente; la Gerencia de Sustentabilidad en Obras (GSO) y la Gerencia de gestión Sustentable 72 Se mencionan “procedimientos correspondientesâ€? en el “Procedimiento de Solicitud y Elaboración de EIAs (Código E-AMB- EA.001)â€? que compartió AySA. 73 La utilización de pliegos PByCG aplica en casos de contrataciones mayores a AR$ 550.000, según se establece en la Tabla 5.1 de Selección de Proveedores del “Manual de Procedimientos de Gestión de Contrataciones de Obras, Bienes y Serviciosâ€? (Versión Directorio, Sept 2020) 74 “Pliego de bases y condiciones Generales para licitaciones Y concursos de precio para Contratación y ejecución de Obrasâ€? (AyS A) Versión Directorio (2017), Parte III, Capítulo IV, apartado 50 Seguridad y Protección del Ambiente. 75 Los procedimientos mencionados son de 2006 y estarían superados por otro instrumento de requisitos ambientales de AySA (las ETAs) que no se mencionan en el pliego – ver siguiente punto 76 La implementación del PGA aprobado es supervisada por la Inspección de Obra (IdO). 39 160. Para el caso de la tipología de obras de los programas Agua más Trabajo y Cloacas más Trabajo (A+T y C+T) de AySA, la Dirección de Desarrollo de la Comunidad (DDC) ha desarrollado documentación específica77 para identificar y evaluar los impactos asociados a dichas obras, clasificando los aspectos ambientales y otros impactos78 y generando un Plan de acción con medidas para minimizar los mismos, que incluye también contenidos para la capacitación sobre los aspectos ambientales específicos de este tipo de obras. Esa documentación se desarrolló a partir de la inspección a 20 obras en ejecución entre los meses de mayo y septiembre de 2019, y entrevistas con actores clave. Sobre la base de este relevamiento y sus resultados, la DDC se encuentra desarrollando un programa para el seguimiento de la gestión ambiental de los programas A+T y C+T. Entre otros aspectos, se desarrollará una lista de verificación que contempla los aspectos del Plan de Gestión Ambiental para dar seguimiento a los requisitos ambientales, las acciones propuestas y los requisitos legales aplicables a esta tipología de obras. Este programa y procedimientos de seguimiento de la gestión ambiental, como así también los modelos de Convenio y Contratos79 que actualmente se utilizan para los programas A+T y C+T, están siendo adaptados en paralelo para la tipología de obras de conexiones intradomiciliarias que serán implementadas bajo el Programa. 161. Durante la etapa de diseño de los proyectos relevantes (Plantas Depuradoras/Plantas de Tratamiento) las áreas respectivas comparten la información necesaria para la realización de los EIAs con la Gerencia de Medio Ambiente sobre las mejores opciones tanto técnicas como ambientales. En el caso de los EIAs de proyectos más frecuentes (Redes, Estaciones Elevadoras, Estaciones de Bombeo) se consideran como base los proyectos similares ya realizados anteriormente, con el análisis de los requerimientos puntuales, que se evalúan entre las áreas técnicas y la Gerencia de Medio Ambiente. Aspectos de Higiene y Seguridad y Ambientales en los procesos Licitatorios y en los Contratos 162. La estructura organizativa de AySA promueve el abordaje de medidas de seguridad y salud ocupacional para los trabajadores y la comunidad en las obras que licita y contrata como en sus propias operaciones. 163. La Dirección de Recursos Humanos cubre los aspectos de higiene y seguridad de la compañía a partir de sus tres áreas de gestión, la Gerencia de Higiene y Seguridad, la de Medicina Laboral y la de Comunicaciones Internas. Cuenta con un Sistema de Gestión de Calidad certificado bajo la norma ISO 9001. Entre sus objetivos incluye asesorar y capacitar a todas las Direcciones que forman parte de AySA, y a los terceros que trabajen en su nombre, en materia de Salud, Seguridad e Higiene Ocupacional. 164. En el marco de esta Dirección, AySA tiene implementado un “Procedimiento General para la Gestión de Higiene y Seguridad en el Trabajoâ€?80 que define el alcance de los servicios que brinda la empresa para preservar la integridad física del personal; y establece las responsabilidades que tiene la Gerencia de Higiene y Seguridad para ello (entre otras, establecer las metodologías para la identificación periódica de riesgos laborales, su evaluación y control, las pautas del plan anual de capacitación, el control de los contratistas y la gestión de accidentes, en este caso, a realizarse en conjunto con la Gerencia de 77 “Informe de Aspectos e impactos Ambientales para Obras de Cooperativasâ€?, Dirección de Desarrollo de la Comunidad, AySA (2019). 78 Los impactos identificados incluyen: Contaminación vehicular; contaminación del suelo; generación de enfermedades; contaminación del aire; daños a la propiedad; daños por las interferencias; contaminación de suelo y agua, etc. Los impactos se identifican como de corto plazo y reducido espacio de impacto; como zanjeos, movimientos de suelo. 79 Los Convenios y Contratos establecen los roles y responsabilidades de AySA, Municipios y Cooperativas, incluyendo los aspectos de gestión ambiental, y de higiene y seguridad y de la comunidad. 80 Procedimiento General para la Gestión de Higiene y Seguridad en el Trabajo - CODIGO: G-DRH-HS-001 40 Medicina Laboral). El documento incluye un listado de procedimientos, instructivos y registros para el cumplimiento por parte de las empresas contratistas81. Atendiendo a las condiciones de pandemia han incorporado adicionalmente un “Protocolo de Prevención del Coronavirus en Obras contratadas por AySA S.A.â€?82. 165. Dentro de los requisitos para contratistas se destaca el “Procedimiento Específico de Condiciones Básicas de Higiene y Seguridadâ€?83 que describe pautas de Higiene y Seguridad (H&S) de cumplimiento obligatorio. Incluye aspectos de trabajo seguro en distintos ámbitos; según distintos tipos de riesgos generales (eléctricos, trabajos en altura, trabajo en espacios confinados; en excavaciones y zanjas, etc.) y otros riesgos específicos (transporte de líquidos combustibles, trabajo con oxiacetileno, traslado e izado de cargas, etc.); cuidado en el uso de máquinas y herramientas manuales; medición de ruido; aspectos de generales de trabajos en vía pública, etc. Define las responsabilidades para que las gerencias, jefaturas y áreas de supervisión de AySA verifiquen el cumplimiento de los instructivos relacionados; como también para las auditorías a realizar por parte de los responsables de H&S de las áreas respectivas. En particular el procedimiento hace referencia expresa a las responsabilidades del “Ã?rea o Sector que contrate, requiera o solicite tareas realizadas por tercerosâ€?. Es importante mencionar, como se retomará más adelante, que la compra de bienes y servicios está en parte descentralizada a lo largo de la estructura organizativa de AySA84, quedando por fuera de la Dirección de Compras de Almacenes (a cargo de la mayor parte de las Obras y Servicios en redes de agua y saneamiento). Por ejemplo, en el caso de las obras de Expansión (a cargo de la Dirección de Contratos y Control de Gestión), o cuando se trata de montos inferiores a AR$7.500.000 en que están descentralizadas en distintas Direcciones incluso regionales, y de este mismo modo está descentralizada la intervención de los Responsables de H&S de cada área según las respectivas obras. 166. Entre otros, el listado incluye una Matriz Legal85 que documenta las normas legales aplicables en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en relación con las actividades de AySA y de requisitos para los Contratistas. 167. El cumplimiento del procedimiento general como de los respectivos documentos listados es aplicable a todas las intervenciones físicas del Programa, ya sea en las ampliaciones en el ámbito de las plantas de tratamiento, o en la vía pública para la instalación, las renovaciones y las rehabilitaciones de cañerías. Como también se aplican a las obras las denominadas A+T y C+T que se desarrollan a través de Cooperativas, y en vista del objetivo de AySA de mantener altos los estándares en la materia, también se aplicarán requisitos equivalentes para el caso de las conexiones intradomiciliarias, aunque incorporando las particularidades por el tipo de trabajo específico. Para el caso de obras en vía pública, AySA mantiene coordinación con las autoridades municipales para incorporar normas o algún requisito particular cuando existan (por colocación de avisos de obra, cartelería específica, etc.). En particular, en los pliegos se incluye la normativa municipal que corresponda para trabajos en vía pública para conocimiento y cumplimiento de los contratistas. 81 Listado de procedimientos para empresas Contratistas – CODIGO: D-DRH-HS-010 (v02) (Mayo – 2020) 82 Protocolo de Prevención del Coronavirus en Obras contratadas por AySA S.A. – CODIGO: D-DRH-HS-014 83 Procedimiento Específico de condiciones Básicas de Higiene y Seguridad – CODIGO: E-DRH-HS-002 84 “Manual de Procedimientos de Gestión de Contrataciones de Obras, Bienes y Serviciosâ€? (AySA), Versión: DIRECTORIO 07/09/2020, Fecha Vigencia: 08/09/2020 85 Matriz Legal – CODIGO: D-DRH-CA-001 41 168. La identificación de las cuestiones ambientales y las medidas para mitigar los impactos y riesgos ambientales de las obras que AySA licita y contrata, están contemplados en los distintos instrumentos que AySA ha generado a esos fines a partir de áreas específicas. 169. La Dirección de Sustentabilidad cuenta con una Gerencia de Sustentabilidad en Obras (GSO) y en su marco se han desarrollado las “Especificaciones Técnicas Ambientales para obras ejecutadas por AySAâ€?86 (ETAs) cuyo alcance comprende a todas las obras a ejecutar por AySA contratadas con el PByCG de AySA. El objetivo de las ETAs es establecer las buenas prácticas, normas y procedimientos ambientales obligatorios que deberán ser considerados para la ejecución de las obras; específicamente aquellas medidas de prevención, control y mitigación que minimicen los efectos negativos en el ambiente/entorno. Las ETAs establecen las características del Plan de Gestión Ambiental (PGA) que debe presentar el Contratista, con un detalle de los planes, programas y procedimientos que deben considerarse (Plan de Monitoreo Ambiental, Procedimiento de Gestión de Derrames de Sustancias Peligrosas o Residuos Peligrosos, Programa de Capacitación Ambiental y Procedimiento de Gestión de Quejas y Reclamos). Se detallan los aspectos ambientales a considerar en las obras (temas administrativos referentes a la gestión ambiental; instalación de obradores, vehículos y maquinaria, insumos y materiales de obra; límites de obra y afectación a terceros (personas y/o bienes ajenos a la obra); residuos; protección del ambiente; patrimonio histórico y arqueológico/paleontológico; y desmovilización de obradores). Describe las herramientas de seguimiento ambiental de la obra y control de desvíos ambientales que debe implementar el Contratista; en particular la obligación de mantener un “legajo ambientalâ€? auditable en la obra con la documentación ambiental requerida. 170. Las ETAs (Versión 4.0 - Mayo 2019) incluyen la previsión de acciones para el caso de que las obras se ejecuten dentro de un área con alta sensibilidad arqueológica y/o paleontológica. La prospección a realizarse queda a cargo del Contratista y ésta deberá estar disponible a pedido de la IdO. AySA por su parte es la encargada de notificar a la autoridad competente en caso de algún descubrimiento87, quien a su vez deberá evaluar el hallazgo. Las operaciones de rescate quedan a cargo de un profesional competente que debe emplear el Contratista. 171. Para el caso de las obras que requieren EIA, AySA dispone de mapas con la identificación de áreas con alta sensibilidad arqueológica y paleontológica dentro de parte del área de concesión de AySA, que se incluyen en los EIA88. En el caso de haberse identificado en el EIA que la Obra se encuentra en un área de Alta Sensibilidad Arqueológica, la Contratista deberá realizar obligatoriamente una prospección previa. 172. En caso de un descubrimiento fortuito durante las obras se encuentra vigente el “Procedimiento en Caso de Descubrimiento de Vestigios Arqueológicos, Paleontológicos o Culturales durante Excavaciones y Movimientos de Sueloâ€? incluido en los EIA correspondientes. Las ETAs presentan también requisitos para el Contratista ante hallazgos fortuitos, aunque no con el detalle obrante en el procedimiento menciondado. 173. La supervisión de la implementación de las ETAs en las obras la realiza la Inspección de Obra (IdO) de AySA, con el apoyo de GSO como asesoramiento técnico. Estas ETAs son aplicables a todas las obras a 86 “Especificaciones Técnicas Ambientales para obras ejecutadas por AySAâ€? versión 4.0 (mayo 2019) 87 Para las obras que se ejecutan en la Provincia de Buenos Aires, la Autoridad de Aplicación ante descubrimientos arqueológicos, paleontológicos o culturales es la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, perteneciente al Instituto de Cultura de la Provincia de Buenos Aires. 88 Se identifica la conveniencia de actualizar dichos mapas para toda el área de concesión vigente, como también que los mismos esté disponibles para las obras que no son requeridas de EIA (es decir, su inclusión en las ETAs). 42 ejecutar por AySA contratadas con el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la empresa, que incluirían la mayor parte de las intervenciones físicas del Programa. 174. Para el caso de las actividades con Cooperativas existe un documento “Modificaciones a las especificaciones técnicas Generales y sus anexos y a las particulares para la provisión de agua y desagües cloacalesâ€? que incluye mencionadas en un Anexo las ETAs, aplicables también al tipo de obras bajo la denominación A+T y C+T. Para el caso de las intervenciones de conexiones intradomiciliarias bajo el Programa, la DDC de AySA se encuentra ajustando las ETAs para que responda a las particularidades de este tipo de trabajos. 175. Puntualmente respecto a los contratos, AySA contempla la posibilidad de la descentralización en la compra de bienes y servicios a lo largo de su estructura organizativa, lo que impacta en las responsabilidades de los distintos sectores intervinientes, y/o en las delegaciones que pueden corresponder, entre otras cosas en materia de seguimiento y control de los aspectos de medioambientales y de Higiene y Seguridad, e incluso en sus incumbencias en algunos aspectos puntuales, como por ejemplo la gestión municipal de permisos de trabajo en vía pública, tal como se plantea en los propios pliegos. El “Manual de Procedimientos de Gestión de Contrataciones de Obras, Bienes y Serviciosâ€?89 establece la operatoria de AySA para estos fines, desde la confección del Requerimiento de Compra hasta la emisión de la Orden de Compra y/o Contrato. Define cuáles son las áreas responsables para llevar adelante cada uno de los procesos90. En particular, las consideraciones más relevantes respecto de las contrataciones que formarían parte de las intervenciones físicas bajo el Programa son91: • “Obras de expansiónâ€?: la única responsable de la contratación es la Dirección de Expansión e Infraestructura (DEeI), a través de su Dirección de Contratos y Control de Gestión (DCyCG). • “Obras y Servicios en redes de agua y saneamientoâ€?92: la tramitación de los requerimientos de contratación de obras y servicios es por los departamentos de administración descentralizada, o bien a través de la Dirección de Compras y Almacenes, según corresponda por los montos93. • “Construcciones edilicias nuevas, ampliaciones, remodelaciones y mantenimiento de edificios y/o plantas, y/o provisión y/o reemplazo de instalaciones electromecánicasâ€?94: la tramitación de los requerimientos de contratación de obras y servicios es por los departamentos de administración descentralizada, o bien a través de la Dirección de Compras y Almacenes, según corresponda por los montos95. 176. Las áreas de la empresa identificadas en el Manual que pueden gestionar compras y contrataciones de servicios de forma descentralizada son: las Direcciones Regionales; la Dirección de 89 La última actualización es Versión: DIRECTORIO; 07/09/2020 Fecha Vigencia: 08/09/2020 90 “Manual de Procedimientos de Gestión de Contrataciones de Obras, Bienes y Serviciosâ€? (2020), Capítulo IV Normas Generales 91 También se mencionan las incumbencias específicas de otras direcciones (Dirección de Sistemas, Dirección de Apoyo Logístico). Las denominadas “compras centralizadasâ€? las lleva adelante la Gerencia de Compras (detalladas en el Anexo 5 del Manual), corresponden, entre otros, a adquisiciones que deban efectuarse a proveedores del exterior (Importaciones) y al Servicio de vigilancia. 92 Obras que NO correspondan a Expansión del Servicio. 93 Cuando el monto no supere los AR$ 7.500.000.- se puede tramitar de forma descentralizada. 94 Que NO correspondan a la Expansión del Servicio y/o a la ampliación de plantas 95 Cuando el monto no supere los AR$ 7.500.000.- se puede tramitar de forma descentralizada 43 Agua; la Dirección de Saneamiento; la Dirección Técnica y de Desarrollo Tecnológico96; la Dirección de Mantenimiento y Talleres; la Dirección de Grandes Conductos97; la Dirección de Apoyo Logístico; la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección Comercial. 177. El Manual incluye el Pliego de Bases de Condiciones Generales, con las obligaciones del Contratista en materia de seguridad y medio ambiente98 con referencia a las Normas de Protección Ambiental (en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares (ETP) (en algunos casos de pliegos más recientes también aparecen denominadas como “Condiciones particularesâ€? incluyendo las ETAs). 178. La Dirección de Desarrollo a la Comunidad (DDC) tiene como misión proyectar e implementar un plan de obras en conjunto con los Municipios, para lograr dar servicio de Agua y Cloaca a los sectores con menores recursos económicos. En el marco de esta Dirección AySA ha desarrollado el abordaje para la contratación de este tipo de trabajos99 que, en parte, incluyen algunas de las intervenciones físicas bajo el Programa, aunque con un alcance mucho más acotado (las conexiones intradomiciliarias a las redes existentes)100. Si bien AySA adaptará sus procedimientos de contratación a este tipo de intervenciones bajo el Programa, existen antecedentes en la empresa de convenios específicos para trabajos en viviendas de similares características101, que en su momento fueron estructurados sobre la base de Convenios AySA-Municipios con pautas específicas para el desarrollo de cada una de las intervenciones. Bajo esta modalidad, la implementación operativa del Plan C+ T y A+T estuvo a cargo de AySA y la coordinación se articulaba con el Ente Ejecutor (Municipio), correspondiéndole entre otras cosas a AySA la elaboración de los estudios pertinentes para el desarrollo de los proyectos; y gestionar y coordinar las capacitaciones necesarias para los miembros de las Cooperativas y/o Unidades ejecutoras; designar un profesional de su plantel como Inspector de Obra encargado de supervisar que la obra se ejecute en un todo de acuerdo al proyecto elaborado102. El Seguimiento ambiental y de H&S de estas obras está a cargo de la DDC, con personal de la propia Dirección en coordinación con un especialista en H&S de la Dirección de Recursos Humanos. Los Convenios con los municipios, además, involucran la contratación por parte de éstos de un responsable en H&S para la supervisión permanente en obra. 179. Atento a la descentralización de los procesos de compras antes mencionado, habrá distintas áreas encargadas de llevar adelante las varias intervenciones físicas bajo el Programa. Con respecto a las 96 La Dirección Técnica y de Desarrollo Tecnológico es la responsable de homologar técnicamente los materiales de línea (aquellos destinados a redes de agua y cloaca), como así también de efectuar – cuando considere o sea detectada la necesidad por otra área -, el control de calidad de dichos bienes. Estos materiales, solo podrán ser adquiridos si cuentan con la homologación correspondiente 97 La Dirección de Grandes Conductos es la responsable de los contratos de rehabilitación de grandes cañerías. Tiene certificación ISO 9000, cuyo alcance comprende la Operación y mantenimiento de cañerías de agua de diámetro > 300 mm en Ciudad Autónoma de Buenos Aires y > 500 mm en el resto del área regulada. Mantenimiento de cañerías cloacales de diámetro > 400 mm e impulsiones cloacales de diámetro > 100 mm y rastreo > 150 mm en toda el área regulada y el Mantenimiento de modelos pluvio cloacales en el radio antiguo de Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 98 “Manual de Procedimientos de Gestión de Contrataciones de Obras, Bienes y Serviciosâ€? (Sept. 2020), Anexo 10, Pliego de Bases y Condiciones Generales para Licitaciones y Concursos de Precio para Contratación y Ejecución de Obras, Capítulo 4 “Obligaciones del Contratistaâ€?, 50 Seguridad y Protección del Ambiente. 99 https://www.aysa.com.ar/Que-Hacemos/Plan-de-obras/A-T_C-T/Documentacion_general 100 Las conexiones intradomiciliarias bajo el Programa se podrán realizar en domicilios seleccionados de 16 municipios de la PBA: Almirante Brown, Avellaneda, Esteban Echeverría, Ezeiza, Hurlingham, Ituzaingó, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Morón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, Tigre y Tres de Febrero. 101 Convenios específicos con los Municipios denominados “Conectar Viviendas LM01â€? 102 Si bien este tipo de intervenciones bajo el Programa serán de menor envergadura, hay aspectos de calidad que son de vital importancia, entre otras cosas para evitar posibles impactos ambientales durante la operación por malas conexiones de las viviendas a las cloacas 44 licitaciones, en las obras las licitaciones se realizan en la Dirección de Contratos y Control de Gestión y los bienes y servicios en la Dirección de Compras y Almacenes. I. Gestión de Habilitaciones y de permisos ambientales y de higiene y seguridad 180. Para aquellas actividades que lo requieren, una vez realizados los EIA son remitidos a las Autoridades de Aplicación para su evaluación y otorgamiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). En algunos casos, el municipio también recibe el EIA para visado y/o para habilitar las obras y verificar el cumplimiento de alguna(s) observaciones para la implementación de las obras conforme lo defina la autoridad competente. La Gerencia de Medio Ambiente es la encargada de las presentaciones ante los organismos correspondientes y de las gestiones hasta la obtención de las DIA. 181. Los municipios son responsables de otorgar los permisos de obra y, para el caso de tareas que implican trabajos, aperturas y/o roturas en la vía pública, las ETP de los pliegos de AySA incluyen en algunos casos un apartado con la normativa municipal correspondiente103 para conocimiento y cumplimiento por parte del Contratista104. Atento a las múltiples obras que realiza en la vía pública, AySA ha desarrollado un documento denominado “Sistema Integrado de señalética de Obras en la Vía Públicaâ€? que describe la cartelería, cuñas, vallados, etc. para ser implementada en distintas situaciones de trabajos en la vía pública. El Contratista es responsable de prevenir y mitigar la afectación a terceros105, que entre otras cosas los requisitos contemplan que debe implementar todas las medidas para la correcta señalización y delimitación de la obra con vallados, carteles indicadores y señales luminosas en acuerdo con las disposiciones municipales, con la señalética necesaria para la redistribución del tránsito vehicular; identificar la zona de obra y balizamiento nocturno; proveer accesibilidad a los inmuebles frentistas, tanto vehiculares como peatonales, etc. 182. Por su parte, AySA aparece por pliego en algunos casos como responsable de la gestión de los permisos de trabajo en la vía pública, siendo esa una particular obligación del área que haya desarrollado el pedido de las obras y el pliego. Asimismo, conforme lo establecen las ETP de los pliegos, “previo al inicio de todo trabajo de apertura calzada/vereda, la Contratista y la supervisión de AYSA S.A. deberán contar con la ubicación en planimetría de todas interferencias de otras empresas de servicios públicosâ€?. II. Supervisión Ambiental y de Higiene y Seguridad en la ejecución de las obras 183. Complementando las consideraciones ya hechas en algunos apartados anteriores respecto de las instancias de supervisión, a modo general podemos resumir que en relación con el seguimiento ambiental de las obras en ejecución106, las grandes obras107 son relevadas con personal propio de AySA (más allá de que alguna obra pueda contar además con una Inspección Independiente), generando informes de visita 103 En el caso de trabajos en CABA la ley 5901 (2017) regula la apertura y roturas en vía pública (reglamentada por decreto 081/18). (la anterior 2634 fue derogada) era más abarcativa, traía procedimientos de apertura de veredas, señalética, etc. 104 Conforme lo establece la LN de Tránsito 24.449 (Punto 2 Anexo L “Competenciaâ€?), “El señalamiento, en cada cas o, lo deberá autorizar el organismo nacional, provincial o municipal responsable de la estructura vial, ajustándose a lo que establece la normativaâ€?. 105 “Especificaciones Técnicas Ambientales para obras ejecutadas por AySAâ€? versión 4.0 (mayo 2019), 5.3 Límites de obra y afectación a terceros (personas y/o bienes ajenos a la obra) 106 AySA reporta la realización en 2016 de 2655 inspecciones ambientales de las obras en ejecución; 2084 en 2017 (1527 a grandes obras o las que cuentan con financiamiento internacional y el resto en CABA, redes, plantas de ósmosis inversa); y 653 inspecciones en 2018 (422 correspondientes a obras s/Art 121 y 231 a obras de grandes conductos o redes). 107 Se consideran grandes obras las identificadas en el Art 121 del Marco Regulatorio, es decir las que requiere de Estudio de Impacto Ambiental (Por ej. Plantas de tratamiento, Estaciones de Bombeo de Líquidos Cloacales, Obras de descarga de Efluentes, obras e Regulación, Almacenamiento y Captación de Agua) 45 y fotográfico, siendo susceptibles de relevamientos aéreos y relevamientos sociales programados. En el caso de obras del Plan Director de AySA se requiere de los contratistas una “Planilla de Seguimiento de Desempeño Ambientalâ€? (PDSA) con las mediciones (mensuales y acumuladas) sobre cinco variables: Residuos, Subproductos de Procesos de Obra, Reclamos, Energía Eléctrica y Capacitación. La información de esta planilla permite confeccionar Indicadores Ambientales, estableciendo un estándar ambiental para todas las obras del Plan Director. 184. AySA es responsable de la organización y supervisión108 de la implementación de las distintas herramientas de Gestión Ambiental de los proyectos en ejecución. En particular, la Gerencia de Sustentabilidad en Obras (GSO) tiene entre sus funciones controlar el cumplimiento del Plan de Gestión Ambiental de los Contratistas asociado a las ETAs e identificando eventuales desvíos ambientales e informar a la Inspección de Obra (IdO) de los desvíos ambientales detectados recomendando las diferentes acciones correctivas. 185. La GSO realiza la supervisión de las obras que están en el marco del art 121 del Marco Regulatorio y de las obras financiadas por los organismos financieros internacionales, como por ejemplo, redes de expansión. Las ETAs son un lineamiento paras las demás contrataciones. La responsabilidad primaria de las obras siempre está en cabeza de la IdO. GSO es apoyo de la IdO, prestando colaboración y asesoramiento. GSO también es la encargada de establecer indicadores ambientales para el seguimiento del desempeño ambiental, y evaluar el desempeño ambiental de los contratistas a través del análisis de esos indicadores. Desde un punto de vista práctico, los aspectos de la gestión social de las obras son considerados dentro de las inspecciones ambientales dado que se incluyen dentro del Plan de Gestión Ambiental de los Contratistas asociado a las ETAs y por lo tanto el control de su cumplimiento es responsabilidad de la GSO. Asimismo, la Dirección de Desarrollo a la Comunidad trabaja en coordinación con los otros sectores de AySA involucrados en la ejecución de las obras para identificar y evaluar los impactos asociados a las mismas, clasificando los aspectos ambientales y otros impactos109 e implementando un plan de comunicación social que incluye la gestión de preguntas, quejas, reclamos y sugerencias. 186. Complementariamente, AySA informa que desde 2021 la GSO será auditora de la implementación de las ETAs y PGAs, dejando de realizar el tipo de inspecciones tradicionales que venía realizando. El cambio de modalidad de Inspección a Auditoría se basa en hacer eficiente la tarea, ya que cada Obra tiene un Responsable Ambiental provisto por la Contratista que debe implementar correctamente el PGA. La GSO auditará el desempeño Ambiental de las obras basándose en los informes del Responsable Ambiental. 187. En las contrataciones de obras menores fuera del PByCG, AySA solicita a la Contratista la presentación de un PGA, sujeto a la evaluación y aprobación de la Gerencia de Medio Ambiente. La supervisión de la correcta implementación del PGA aprobado queda a cargo de la IdO. 108 En2017, AySA realizó 2.084 inspecciones ambientales, de las cuales 1.527 corresponden a obras contempladas en el artículo 121 del Marco Regulatorio o cuentan con financiamiento de organismos de crédito internacionales. El resto de las inspecciones corresponden a obras en la Ciudad de Buenos Aires, redes, estaciones de bombeo y plantas de osmosis inversa (Reporte de Sustentabilidad 2017), y durante 2018 se realizaron 653 inspecciones ambientales (422 del artículo 121 y aquellas que cuentan con financiamiento de organismos de crédito internacionales y 231 corresponden a obras de grandes conductos o redes (Reporte de Sustentabilidad 2018). 109 Los impactos identificados incluyen: Contaminación vehicular; contaminación del suelo; generación de enfermedades; contaminación del aire; daños a la propiedad; daños por las interferencias; contaminación de suelo y agua, etc. Los impactos se identifican como de corto plazo y reducido espacio de impacto; como zanjeos, movimientos de suelo. 46 188. El seguimiento ambiental de las obras que se realizan en el marco de la DDC se lleva a cabo por parte de esta misma dirección. En particular, este enfoque se ha aplicado al conjunto de obras realizadas en conjunto con Municipios, y las Cooperativas, para dar servicio de Agua y Cloaca a sectores con menores recursos económicos 189. La Gerencia de Higiene y Seguridad (GHyS) es responsable110 de establecer los requerimientos obligatorios en materia de H&S para Contratistas, de verificar y efectuar el seguimiento de la documentación y del cumplimiento legal de los contratistas en materia de H&S111 y de la gestión de la planificación y la inspección a los contratistas112 a este respecto. Por su parte, el personal de H&S de las distintas áreas son responsables de auditar113 el cumplimiento de los procedimientos de H&S de cumplimiento obligatorio, y de seguir los lineamientos de responsabilidades de los Higienistas114. Asimismo, el personal de cualquier área o sector que contrate tareas a realizar por terceros es responsable de hacer cumplir las condiciones de H&S disponiendo interrupciones de tareas y sanciones ante incumplimiento previstas en las condiciones de contratación. Es decir que la descentralización de las contrataciones también impacta en la definición de los sectores encargados de auditar el cumplimiento de las cuestiones de H&S de las obras. III. Gestión y Monitoreo Ambiental en las operaciones de AySA 190. Los sistemas para el manejo y el monitoreo de las operaciones de AySA se dividen básicamente según las características de los servicios, es decir provisión de agua y tratamiento de efluentes cloacales, existiendo asimismo un área transversal a la compañía cuyo objetivo es proveer servicios básicos a toda la empresa denominada de “Dirección de Apoyo Logísticoâ€?. 191. La Dirección de Agua cuenta con un Sistema Integrado de la Calidad, Medio Ambiente y Seguridad y Salud en el Trabajo con el propósito de gestionar el servicio de potabilización y transporte de Agua, con el compromiso de producir agua con calidad, con regularidad y continuidad; promover la protección del medio ambiente mediante una administración responsable de los recursos, con foco en la prevención de la contaminación y en la reducción de los impactos ambientales y proporcionado condiciones de trabajo seguras y saludables eliminando peligros y reduciendo riesgos el personal y otras partes interesadas. Las plantas de potabilización Manuel Belgrano115 y San Martin116, donde tendrán lugar algunas intervenciones del Programa, cuentan certificados sus sistemas de gestión ambiental bajo los estándares internacionales ISO 14001, y también cuentan certificados sus Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo bajo los estándares internacionales ISO 45001. Las certificaciones también aplican a una cantidad de estaciones elevadoras y otras unidades de potabilización incluyendo pozos al agua subterránea operados por AySA para su servicio de provisión de agua. 110 Procedimiento Código: G-DRH-HS-001, Gestión de Higiene y Seguridad en el Trabajo 111 Procedimiento Código: E-DRH-HS-005, Control de Documentación Empresas Contratistas 112 Procedimiento Código: I-DRH-HS-018, Informe de visitas 113 Procedimiento Código: G-DRH-HS-002, Condiciones Básicas de Higiene y Seguridad 114 Procedimiento Código: D-DRH-HS-018, Responsabilidades de los Higienistas 115 Certificado de Registro 14000-523/II (IRAM). Potabilización de agua superficial desde la torre ubicada en el Río de la Plata hasta la cámara de enlace con el río subterráneo. Elevación del agua potabilizada por la Estación Elevadora Bernal I, desde la reserva hasta el conducto de salida. Elevación de agua potabilizada por las Estaciones Bernal II y Bernal III desde el río subterráneo hasta el conducto de salida. 116 Certificado de Registro 14000-Potabilización desde la torre No3 ubicada en el Río de la Plata hasta las salidas norte y sur del río subterráneo. Elevación del agua potabilizada por las Estaciones Elevadoras Impelentes principales y Ribereño desde la reserva hasta el conducto de salida. 47 192. En vista de la imposibilidad de realizar una visita presencial a las plantas en la coyuntura del ASPO, se solicitó a AySA información sobre últimas auditorías realizadas en el marco de los Sistemas de Gestión Ambiental (SGA) y de los sistemas de Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo (SGSST) y algunos de los últimos informes de visita de al menos una de dos plantas potabilizadoras certificadas (Planta San Martín y Manuel Belgrano) como una muestra de la implementación y seguimiento de los sistemas de gestión. En tal sentido, AySA proporcionó documentación apropiada, la cual sirvió como input para realizar dicha evaluación. 193. El Sistema de Gestión Integrado (SGI) auditado comprende en su alcance a 35 unidades de la Dirección de Agua117, y el informe de auditoría externa revisado (noviembre 2020) indica que se cumplió el objetivo correspondiendo la recertificación. Asimismo, expresa que los hallazgos de las auditorías previas (2018 y 2019) se consideran cerrados (resueltos). En relación con la actual auditoría destacan algunas fortalezas, entre ellas la continuidad del servicio en el marco de la pandemia COVID-19, como también del proceso de auditorías internas. La próxima auditoría está planificada para el año 2021. 194. También pudimos relevar un Informe de auditoría interna118 (remota) a la Planta Manuel Belgrano (PMB) (15-04 al 08-05 de 2020) básicamente enfocado al proceso de potabilización, con un amplio esquema de evaluación (Requisitos de las Normas de Referencia y los procedimientos aplicables; Requisitos Legales y Reglamentarios; Requisitos del SGE; Política; Objetivos y Requisitos de Plan de Prevención y Emergencias). Se indica que todos los hallazgos de la anterior auditoría se encuentran cerrados (resueltos). 195. Para la Planta San Martin (PSM), accedimos a un informe de auditoría interna (29-07-20)119 dirigido al Proceso principal: Producción de agua superficial Planta San Martín y Estación Elevadora Impelentes y a los Principales Procesos soporte: Servicio Médico, Higiene y Seguridad, Compras, RRHH. El esquema de evaluación es equivalente al de la PMB. 196. También se revisaron varios informes de visita, (i) de control de H&S, uno a la planta San Martin para control de trabajos en altura (Visita N°107/2020 del 2-12-20), y otro a la Planta Manuel Belgrano (Relevamiento de Riesgos en el sector de Herrería del Taller de Mantenimiento) (Visita N°115 /2020, del 1-12-20); (ii) de seguimiento a la Planta Manuel Belgrano (Visita N°03/2020 del 8-09-20). 197. Adicionalmente pudimos relevar algunos documentos de los sistemas de gestión120. 117 Planta Potabilizadora San Martín; Control Centralizado de Agua; Planta Potabilizadora Manuel Belgrano; Estación Elevadora Caballito; Estación Elevadora Constitución; Estación Elevadora Villa Adelina; Estación Elevadora Saavedra; Planta de Tratamiento de agua subterránea Barrio Uno; Planta de Tratamiento de agua subterránea La Celia; Planta de Tratamiento de agua subterraÌ?nea La Morita; Planta de Tratamiento de agua subterraÌ?nea Spegazzini; Pozos de Agua Norte; Pozos de Agua San Miguel; Rebombeo Norte; Planta Potabilizadora Juan Manuel de Rosas; Estación Elevadora Tres de Febrero; Estación Elevadora Centro; Estación Elevadora Devoto; Estación Elevadora Floresta; Estación Elevadora Lanús; Estación Elevadora Quilmes; Estación Elevadora Morón; Estación Elevadora La Matanza; Planta de Tratamiento de agua subterránea Virrey del Pino; Planta de Tratamiento de agua subterránea Ituzaingó; Planta de Tratamiento de agua subterránea 9 de Abril; Planta de Tratamiento de agua subterránea Santa Catalina; Pozos de Agua Oeste; Pozos de Agua Adrogué; Pozos de Agua Merlo – Moreno; Pozos de Agua Florencio Varela; Rebombeo SudEste; Pozos de Agua Matanza Oeste; Rebombeo SudOeste y Rebombeos Oeste. Los indicados en negrita corresponden a una ampliación de alcance. 118 R-SGE-014 Informe de Auditoría Interna PMB Abril 2020 VF 119 R-SGE-014 PSM 120 Procedimientos generales aplicables a la Dirección de Agua (Procedimiento de Identificación de Aspectos, Evaluación y control de Impactos, Código G-AGU-12; el Procedimiento de Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos, Código G-AGU- 10, e información parcial y solo de la Planta San Martín (Registro de la Matriz de Aspectos Ambientales y Matriz de Riesgos) 48 198. AySA cuenta con un sistema121 para monitorear la calidad del agua suministrada combinando tres tipos de controles sistemáticos, simultáneos y complementarios: la medición continua de parámetros clave, la determinación de diferentes parámetros in-situ y la extracción diaria de muestras para su posterior análisis en laboratorio. Los controles de calidad se aplican a todas las etapas del proceso de depuración del agua. AySA cumple con 59 estándares de calidad del agua para el agua suministrada; estos parámetros están definidos en el Marco Regulatorio122, y se basan en los requisitos del Código Alimentario Argentino (CAA)123, así como en los principales lineamientos y estándares de referencia internacionales, como los de la Organización Mundial de la Salud (OMS). AySA también monitorea la calidad de la fuente de captación de agua (Río de la Plata) y de otras áreas de influencia de manera preventiva y planificada realizando campañas de toma de muestras con barcos laboratorios propios124. AySA dispone de un Control Centralizado del Recurso125, que funciona en la planta Gral. San Martín y que a través del análisis de datos proporciona los medios para hacer ajustes al proceso de potabilización en caso de ser necesario. AySA forma parte asimismo de la Red de Monitoreo de la Cuenca del Plata126. 199. La gestión de lodos de potabilización se realiza bajo la normativa aplicable y los sistemas de gestión de las plantas certificadas. No se cuenta con detalles de la gestión aplicada a dichos lodos. 200. Algunas de las actividades previstas para el Programa promueven el mejoramiento de la calidad del agua en algunas localidades127, y pueden considerarse en sí mismas medidas de mitigación de los impactos ambientales del servicio de AySA (si se considera el impacto sobre la salud de la población que usaba solo fuentes de agua subterránea con altos niveles de Nitratos). Estas actividades comprenden básicamente la construcción de obras primarias de transporte que permiten un aporte de agua potabilizada de fuente superficial para compensar en parte la provisión única desde fuentes de agua subterránea en estos distritos. 201. La Dirección de Saneamiento cuenta con tres Gerencias: la Gerencia de Plantas Depuradoras de la que dependen las plantas depuradoras de líquido cloacal (Sudoeste, Hurlingham, Norte, Jagüel, Santa Catalina, Lanús y las nuevas incorporaciones: Escobar, Bella Vista, Garín y Presidente Perón); la Gerencia de transporte de la que dependen las Estaciones de Bombeo Cloacal, Gestión de Redes, Establecimientos Wilde y Berazategui, y la Gerencia de Ingeniería y Puesta en Marcha. La Dirección de Saneamiento cuenta con un Sistema de Gestión Integrado (SGI) que incluye un sistema de la calidad bajo ISO 9001 128, un sistema de gestión ambiental bajo ISO 14001129 (ambos con sello IQNet) y un sistema de Seguridad y 121 Programa “Agua Seguraâ€? (https://www.aysa.com.ar/Que-Hacemos/Calidad-del-agua) 122 Normas Mínimas de Calidad de Agua Producida y Distribuida, LN 26.221, Anexo 2 “Marco Regulatorioâ€? (2007), Anexo A. 123 Código Alimentario Argentino (https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-18284-21841) 124 Dos Barcos laboratorios ORION propiedad de AySA 125 Con un equipo multidisciplinario (calidad de agua, meteorología, imágenes satelitales, biología e hidrogeología) este centro de control tiene como principal función la vigilancia de las condiciones hidrometeorológicas y de calidad. Con esta información, emite un parte diario que contiene el resumen del estado de situación de las condiciones de calidad de las plantas potabilizadoras y un pronóstico de marea, calidad y meteorológico para las 72 horas posteriores, así como también alertas basadas en modelos matemáticos 126 La Red de Monitoreo de la Cuenca del Plata está organizada en forma conjunta con el Consejo Federal de Entidades de Servicios Sanitarios (COFES) y la Asociación Latinoamericana de Operadores de Agua y Saneamiento (ALOAS), con la participación de otros operadores de servicios sanitarios y organismos vinculados a esta temática 127 El municipio que verá mejorada la calidad del agua en este sentido es Florencio Varela. 128 Certificado de Registro 9000-8977 (IRAM) Dirección de Saneamiento-Operaciones. Operación y mantenimiento de los establecimientos de bombeo y de las plantas depuradoras, así como el monitoreo, medición caudal y diagnóstico continuo del escurrimiento por el sistema cloacal troncal compuesto por los conductos de diámetro mayor a 400 mm. En Anexo al Certificado se incluyen las unidades alcanzadas. 129 Certificado de Registro 14000-1022 (IRAM) Idem alcance. 49 Salud Ocupacional bajo OHSAS 18001130. El alcance de este SGI cubre distintas áreas y actividades del servicio: gestión de redes; control centralizado (de monitoreo de redes cloacales troncales y comunicación de cortes de servicio); estaciones de bombeo cloacal; y a algunas Plantas Depuradoras (Planta Oeste, el Jagüel; Hurlingham; Santa Catalina; Norte; Establecimiento Wilde)131. El sistema también incluye un procedimiento para la identificación de los requisitos legales aplicables ya sea para el producto como para el medio ambiente y la seguridad y salud ocupacional e indica además la forma de llevar a cabo la evaluación del cumplimiento legal. El SGI Incluye procedimientos para las auditorías internas, para acciones correctivas y preventivas; y retroalimentación con el cliente y reclamos. Se incluyen asimismo procedimientos para la identificación de peligros y evaluación de los riesgos laborales y los aspectos y la evaluación de los impactos ambientales asociados. Está excluido del alcance del SGI el diseño y desarrollo. 202. La Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) es una dependencia dentro de la estructura de AySA adscrita en forma directa al Directorio de la compañía, que tiene entre sus funciones la participación de varias formas en los procesos de las contrataciones132, como también la verificación y seguimiento del cumplimiento de los requisitos legales ambientales y de H&S de las instalaciones133. En particular, durante el desarrollo de esta ESAS tuvimos acceso a los Registros de Evaluación de Cumplimiento legal por parte de la DAJ de dos plantas depuradoras que tienen sus sistemas de gestión certificados (Planta Norte y El Jagüel)134. 203. Al momento de la presente Evaluación, AySA ha compartido información sobre los sistemas de gestión de las plantas de cloacales135, tanto respecto de dos de las plantas certificadas (Planta Depuradora Norte y Planta Depuradora El Jagüel)136 seleccionadas como muestra, como de la Planta Berazategui137 (no certificada). La información fue relevada y convenientemente tenida en cuenta para la presente Evaluación de los Sistemas Ambientales y Sociales del Programa. 204. El control de calidad de los efluentes en los diferentes puntos del sistema de saneamiento comienza con los líquidos que ingresan al sistema de desagües, abarca las etapas intermedias del proceso de tratamiento hasta los puntos de descarga. El monitoreo incluye controles en línea y análisis en el 130 Certificado de Registro 18000-728 (IRAM) Idem alcance. 131 El sistema incluye también a los llamados “Procesos de soporteâ€?, con procedimientos y competencias para cada puesto y para los requerimientos de capacitación de cada uno; para la gestión de la compra y la evaluación de los proveedores de bienes y servicios críticos; Soporte Operativo (correspondiente a los servicios brindados a la Dirección de Saneamiento por las distintas Direcciones de AySA), que incluyen sistemas, apoyo logístico de flota, energía, comunicaciones, etc.; y la calibración de los equipos de monitoreo 132 La DAJ se debe expedir con dictamen en caso de contrataciones directas por la Gerencia de Compras; debe participar en la Apertura de Ofertas en el caso de Licitaciones o Concursos superiores a AR$ 8.500.000, como también debe participar en la Comisión de Recomendación de Preadjudicación, para adjudicaciones superiores a AR$ 8.500.000 o de AR$ 11.000.000, para bienes y servicios, o para obras, respectivamente (Manual de Procedimientos de Gestión de Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios Versión: Directorio 07/09/2020, Capítulos 4. Modalidad de compra; 9. Apertura de Ofertas y 10. Preadjudicación ). 133 De los registros revisados surge que “no le corresponde a la DAJ la verificaciónâ€? en el caso, por ejemplo, de las verificaciones vehiculares vinculadas al transporte de residuos peligrosos. De la presente Evaluación no surgió si hay otros requisitos que quedan fuera de la verificación de la DAJ, y en tal caso quien los controla. 134 R-SAN-018 Evaluación de Cumplimiento Legal DAJ-S&H PDJ, y R-SAN-018 Evaluación del cumplimiento Legal DAJ - S&H-PDN. 135 Solo pudimos acceder al Procedimiento General de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos, Código G-SAN-007, al Registro de Evaluación de Cumplimiento Legal, Código R-SAN-018 (que incluye las normas de HYS y Ambientales), y al Registro de la Matriz de Aspectos Ambientales, Código R-SAN-020 de la Dirección de Saneamiento. 136 Respecto de la Planta El Jagüel y Planta Norte se recibió información particularizada sobre dos Registros puntuales de un Plan de Reducción de Siniestralidad (PRS) y un Plan de Acción de El Jagüel derivado de la aplicación de la Matriz de Identificación de peligros y Evaluación de Riesgos, Código R-SAN-021. 137 Respecto de la Planta de Berazategui, recibimos aplicado el Registro R-SAN-021 y un Informe de Visita de H&S (a Taller Mecánico) que refiere la realización de un Estudio de carga de Fuego. 50 laboratorio. Las normas de calidad de los vertidos están definidas en el Marco Regulatorio138 y en las regulaciones adicionales que podrían corresponder según las distintas cuencas. 205. Respecto de los lodos generados en las 20 plantas depuradoras, AySA menciona que 4351 toneladas al año139 (entendemos que este número corresponde a los lodos secos) tendrán una disposición ambientalmente responsable, aunque no se identifica cuál es esa disposición 140. 206. También hace referencia a la “valorización de biosólidosâ€? en el marco de una nueva normativa para el manejo sustentable de barros y biosólidos de plantas depuradoras141, y que en ese marco AySA hizo un convenio de trabajo142 para realizar una prueba piloto de valorización de biosólidos (barros cloacales estabilizados), en el relleno sanitario Norte III (CEAMSE). El piloto consiste en enviar los biosólidos generados en la Planta Depuradora Norte143 de AySA al CEAMSE, para que sean utilizados como cobertura final del relleno sanitario y, así, evaluar las propiedades físicas, químicas y biológicas del biosólido aplicado al terreno. El proyecto habría iniciado en octubre de 2018. 207. En la Planta Depuradora Sudoeste se encuentra en construcción un módulo de tratamiento de barros por digestión anaeróbica, para lograr que los lodos resultantes del proceso de depuración tengan estabilidad y un mínimo contenido de humedad144. Actualmente esos lodos son bombeados a la 3ª cloaca máxima. Según la última información disponible, a Noviembre 2020 se tiene que el avance físico certificado de esta obra es del 71,12% y que se espera esté finalizada para Septiembre 2021145. 208. No encontramos referencia en los Reportes de AySA a la producción anual de barros de las restantes plantas depuradoras más allá de Planta Norte. 209. El Marco Regulatorio también establece la necesidad de que AySA cumpla con las normas frente a la contaminación del agua146 y otras obligaciones reguladas por la autoridad ambiental del gobierno federal147. AySA desarrolla un Plan de Monitoreo de Contaminación148 complementario a lo largo de la red de aguas residuales (en puntos de descarga identificados) como herramienta de gestión para controlar y detectar posibles vertidos industriales ilegales o fuera de norma, y como medio para la identificación de eventuales nuevos vertidos a la red. Estas actividades de monitoreo pueden incluir el muestreo de los efluentes directamente de las salidas de ciertas instalaciones industriales. 138 Normas para desagües cloacales, Anexo B, LN 26.211 (Anexo 2, Marco Regulatorio) 139 Informe de Sustentabilidad AySA 2018 140 En la actualidad se estudian todas las alternativas posibles para la implementación más adecuada de los barros generados y/o a generar en cada planta. 141 Resolución 418/10 “Manejo Sustentable de Barros y Biosólidos Generados en Plantas Depuradoras de Efluentes Líquidos Cloacales y Mixtos Cloacales-Industrialesâ€? del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, cuyo Anexo es la “Norma técnica para el manejo sustentable de barros y biosólidos generados en plantas depuradoras de efluentes líquidos cloacales y mixtos cloacales-industrialesâ€?. 142 El Convenio de trabajo fue entre AySA y la empresa Benito Roggio que es quien opera el Relleno Sanitario Norte III de CEAMSE . 143 En el Informe Anual 2018 de AySA (Capítulo 1.2.1 Planillas) se indica para la Planta Norte una Producción total de Biosólidos de 16.250 toneladas; entendemos que este número corresponde a los lodos sin deshidratar. 144 Financiado por el Banco Mundial bajo el Proyecto de Gestión Sustentable de la Cuenca Matanza-Riachuelo 145 Matanza-Riachuelo Basin Sustainable Development Project (P105680), Implementation Status and Result Report, November 19, 2020 (Public) 146 Capítulo XIV, Art 122°, LN 26.221, Anexo 2 “Marco Regulatorioâ€? (2007) 147 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable (www.argentina.gob.ar/ambiente) 148 Control Integral de la Contaminación (CIC), Anexo C Sistema y Frecuencia de Extracción de Muestras, LN 26.211 (Anexo 2, Marco Regulatorio) 51 210. Las campañas de monitoreo del recurso superficial que realiza la Dirección de Sustentabilidad incluyen a las principales descargas a los ríos de la Plata y Luján149; al río Reconquista, Luján y Paraná de la Palmas150 y a la cuenca Matanza-Riachuelo151. En 2017 AySA (Dirección Técnica y de Desarrollo Tecnológico, DTyDT) comenzó a evaluar la calidad del agua de la cuenca del río Reconquista con el objetivo de modelar su comportamiento y contribuir a futuros estudios152. Desde 2010 se realizan campañas de Monitoreo del Recurso Subterráneo153 y desde fines de 2018 se amplió este estudio para incluir la calidad del agua subterránea (específicamente de la napa freática) dentro del área de acción de AySA, a través de análisis fisicoquímicos y microbiológicos dividiendo el estudio en varios grupos en el área servida154. 211. AySA gestiona su propio laboratorio (Laboratorio Central)155 que se encarga del control de calidad del agua que la empresa produce, transporta y distribuye, y también realiza el muestreo y análisis de los efluentes de aguas residuales en los diferentes puntos del sistema de saneamiento urbano. Para lograr estos objetivos, las unidades de laboratorio tienen una capacidad instalada para recibir más de 70.000 muestras, que normalmente requieren alrededor de un millón de determinaciones al año. Para realizar las determinaciones analíticas, el laboratorio cuenta con tecnología de punta operada por personal calificado capacitado tanto localmente como en el extranjero. El laboratorio también brinda soporte para el control analítico de los productos químicos utilizados durante el proceso de potabilización del agua. Las misiones y funciones del laboratorio incluyen tener capacidad de respuesta de frente a las necesidades del Plan de Monitoreo de Contaminación. El Laboratorio Central está certificado bajo ISO 9001: 2015, ISO 14001: 2015, OHSAS 18001: 2007 y acreditado como laboratorio de pruebas bajo ISO 17025: 2005156. Algunas de las operaciones del Laboratorio Central se han descentralizado en cuatro Laboratorios Regionales para atender a tiempo las necesidades de monitoreo en toda el área de servicio; estas determinaciones analíticas son auditables para control de calidad. 212. La Dirección de Apoyo Logístico es la encargada de asegurar, entre otras cosas, la disponibilidad y confiabilidad de los suministros de energía para todas las instalaciones de AySA, con una gestión eficiente y fluida con los proveedores de servicio eléctrico en caso de cortes de energía (eventos programados y de emergencia); y para brindar una gestión calificada de las necesidades de energía eléctrica de la empresa. Este Departamento ha obtenido una certificación bajo la norma ISO 9001157 que cubre entre otras cosas la gestión de suministros eléctricos existentes y nuevos. 213. AySA ha desarrollado un Plan de Energía a largo plazo “con un nivel de inversiones que se ajuste a las demandas actuales y futuras de la organizaciónâ€?158. Al momento de realizar la presente Evaluación, el equipo de la ESAS no pudo acceder a dicho Plan. No obstante, dentro de las acciones previstas en él, 149 Rio de la Plata y Luján: 26 puntos de muestreo en 3 campañas en 2016, 2017 y 2018. 150 río Reconquista, Luján y Paraná de la Palmas: 9,7 y 3 puntos de muestreo respectivamente en las 3 campañas de 2016; 13, 8 y 3 en 2017 y 2018. 151 Cuenca Matanza-Riachuelo: 17 puntos de muestreo en las 3 campañas de 2016; 16 en 2017 y 15 en 2018. 152 También se han realizado muestreos conjuntos en la cuenca Paraguay-Paraná en 2018 con otras empresas proveedoras de servicio de agua para vigilar la calidad de la cuenca del Paraná. 153 255 puntos de medición y control del recurso subterráneo trimestralmente en el año 2016; 284 en dos campañas en 2017 y 2018. 154 Los pozos seleccionados cubren 4 grupos en la provincia de Buenos Aires (Grupo 1: área servida con red de agua y cloacas; Grupo 2: área servida solo con red de agua; Grupo 3: área servida solo con red de cloacas; Grupo 4: área sin servicios). 155 Forma parte de la Gerencia de Laboratorio Central que depende de la Dirección de Apoyo Técnico y Desarrollo Tecnológico (DTyDT) 156 Certificated by the “Organismo Argentino de Acreditaciónâ€? (OAA) (www.oaa.org.ar) (IRAM 301:2005 is the argentine standard for ISO 17025:2005) 157 Certificado de Registro 9000-4166 (IRAM) Dirección de Apoyo Logístico de AySA 158 Plan de Energía de AySA, Reporte de Sustentabilidad 2016 – AySA. 52 estaba el desarrollo de sistemas de autogeneración de energías renovables a baja escala, intervenciones que, justamente, están contempladas dentro del Programa. El Programa prevé el financiamiento de parques solares de baja escala (de máximo 200 KW) en instalaciones seleccionadas de AySA. Esta actividad del Programa puede considerarse en sí misma una acción de mitigación de los impactos ambientales que generan la utilización de energía convencional, en particular dado que promueve la reducción de los GHG equivalentes al consumo energético por medios convencionales. IV. Buenas Prácticas de evaluación y gestión ambiental 214. La Dirección de auditoría Interna tiene implementado un Sistema de Gestión de la Calidad para contar con un servicio profesional de auditoría interna con el fin de brindar a la alta dirección de la empresa información sólida y confiable para la toma de decisiones estratégicas, y para promover la consecución de mejoras en las distintas áreas de la empresa y el cumplimiento de los requisitos aplicables. La empresa obtuvo una certificación de su sistema de la calidad bajo la norma ISO 9001159 que cubre la planificación y desarrollo de auditorías internas de sistemas informáticos, técnicos, administrativo-contables, comerciales, legales, seguimiento de observaciones y otras materias de actividades de control interno. Esta certificación se complementó con una certificación adicional para el Sistema de Gestión de la Calidad para las auditorías internas del Sector Público en Argentina, bajo la norma Referencial IRAM N°13: 2013 SIGEN160,161, con el mismo alcance. La implementación de estos sistemas de la calidad para las auditorías permite el seguimiento de la correcta implementación de los procedimientos de gestión; entre otros de los procesos licitatorios y sus especificaciones técnicas, como también permite el seguimiento de los sistemas de la calidad que se hayan implementado en los distintos sectores del servicio. 215. Asimismo, como parte de los requerimientos de control de su gestión, AySA genera Informes Anuales para ser presentados ante ERAS como Ente Regulador de su servicio162. En particular, AySA genera dos tipos de informes anuales, un Informe General y un Informe de Niveles de Servicio. El primero incluye un detalle de las obras y acciones de las distintas aÌ?reas, y entre otras cosas, detalla los “Estudios Ambientales realizadosâ€?, la “Certificación de Normasâ€? (donde se actualizan todos los certifica dos vigentes); la Gestión del Laboratorio; el detalle de los proyectos bajo la DDC, las capacitaciones a cooperativas, etc. El Informe de Niveles de Servicio aborda los aspectos de la provisión de Agua y del Saneamiento (calidad de agua cruda y agua provista en sus distintos parámetros; calidad en las redes de distribución y la Reducción de Agua No Contabilizada; calidad de los efluentes cloacales y parámetros respectivos163 de las plantas depuradoras en operación164. 216. La Dirección de Integridad y Buenas Prácticas trabaja de manera transversal a través de la empresa para garantizar la transparencia e integridad en sus operaciones, y ha promovido la definición 159 Certificado de Registro 9000-3199 (IRAM) Dirección de Auditoría Interna e Información de AySA 160 Certificado de Registro 13-3 (IRAM) Dirección de Auditoría Interna e Información de AySA 161 SIGEN = Sindicatura General de la Nación, a governing body for the internal control system of the National Public Sector in Argentina (https://www.argentina.gob.ar/sigen) 162 Una de las obligaciones del ERAS establecidas por el Marco Regulatorio de AYSA (Artículo 42 c) de la LN 26.211) es “Requerir de la Concesionaria los informes necesarios para efectuar el control de la Concesión, en la forma prevista en este Marco Regulatorio y en el Contrato de Concesiónâ€? 163 Caudal tratado; DBO; DQO; Sólidos en Suspensión; biosólidos evacuados; barros bombeados (Planilla 2020-INS-S-CS-PD-00 (Ex Nº 23-24-25-26)) 164 Corresponden a 8 (ocho) unidades de tratamiento de líquidos cloacales: Planta Norte; Planta Sudoeste; Planta Sudoeste 2; Planta El Jagüel; Planta El Jagüel 2; Planta Barrio Uno; Planta Hurlingham y Planta Santa Catalina. 53 de una serie de Políticas y Códigos de Buenas Prácticas165 (Código de Buenas Prácticas de Gobierno Corporativo; Código de Buenas Prácticas de Integridad; Política de Regalos, Viajes, Hospitalidades, Donaciones y Patrocinios; Política de Conflicto de Intereses; Protocolo de Gestión de Denuncias, Reportes, Investigaciones y Procedimientos Disciplinarios; Política de Transparencia y Divulgación de Información; Política de Sostenibilidad; Política de inclusión / género, igualdad de oportunidades y trato y violencia laboral, y Política de Calidad de la Dirección de Auditoría Interna). En el capítulo Sistemas de Gestión Social más abajo, se dan algunos detalles de los Códigos más relevantes. 217. Desde el 2007 AySA produce Reportes de Sustentabilidad anuales166, cuyo objetivo es informar a los grupos de interés sobre el desempeño de la compañía en los aspectos de la gestión en materia social, medioambiental y económica. Se identifica al ‟ambiente (como) un aspecto central para la empresaâ€? dado que ‟por el tipo de actividad que desarrolla lo impacta de manera directa e indirectaâ€?. El capítulo de desempeño ambiental del Reporte de Sustentabilidad de 2018 cubre la realización de Monitoreo del Recurso Hídrico; programas de gestión sustentable; utilización de la energía; estudios de impacto ambiental; proyectos ambientales y de comunicación ambiental. Los Reportes de Sustentabilidad también incluyen un capítulo sobre los Trabajadores que describe la temática del Trabajo Seguro y Promoción de la Salud, a partir de la Política de Salud, Higiene y Seguridad de la AySA, con Indicadores de Higiene y Seguridad167, cantidad de inspecciones a trabajos por contratistas168, capacitación a los empleados, promoción de la salud, etc. 218. AySA ha desarrollado un programa de seguimiento social para brindar información169 a las partes interesadas (vecinos frentistas, no frentistas, instituciones educativas y de salud, a las ONG’s que actúan en el área, gobiernos locales y otros organismos públicos) acerca de los proyectos de agua y saneamiento financiados por los organismos de crédito internacional que puedan impactar de forma directa o indirecta a la población alcanzada por los mismos, y propone además: establecer canales de pronta respuesta para la recepción de quejas y reclamos; desarrollar una herramienta digital de seguimiento que facilite el monitoreo participativo en todo el ciclo del proyecto por parte de la comunidad, reforzando la comunicación personalizada; detectar problemas ambientales y sociales expresados por el público que no hayan sido considerados o necesiten una mejor ponderación, y llevar a cabo el monitoreo del cumplimiento de este programa dentro de los planes de gestión de las obras. 219. El plan de comunicación será coordinado por la Dirección de Desarrollo con la Comunidad (DDC) con la participación activa de varias direcciones dentro de la estructura organizativa de AySA (la Dirección de Sustentabilidad (DS), la Dirección de Relaciones Institucionales, y las áreas de Relaciones con la comunidad de cada Región). Para ello, cada proyecto se divide en tres etapas (el llamado Ciclo Ambiental del Proyecto) que marcan hitos para la comunicación: la Etapa de pre-construcción, la Etapa de Obra y la 165 https://www.aysa.com.ar/Quienes-Somos/Transparencia_e_integridad 166 Entre 2006 y 2016 los Reportes se denominaban de RSE. Desde 2016 los reportes de sustentabilidad son parte de los compromisos de AySA con la Agenda 2030 de la ONU y los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular en lo que respecta al logro del Objetivo 6: Garantizar el acceso al agua y el saneamiento para todos. 167 En el reporte de Sustentabilidad de 2016 de AySA se reportan indicadores anuales desde 2011 (Accidentes, Días perdidos, Tasa de frecuencia y tasa de gravedad) 168 AySA reporta 4931 inspecciones a trabajos por contratistas en 2016; 8089 en 2017 y 4833 en 2018. 169 Respecto del alcance de la información de los proyectos se detalla que “La información de los proyectos incluirá el alcance técnico, ambiental y social de cada uno, comunicando, además, las implicancias socioambientales durante las obras, para que la comunidad pueda involucrarse. Además, se abrirán tres instancias de participación vecinal para despejar dudas y que los afectados e interesados aporten su punto de vista acerca del desarrollo de los Proyectosâ€?. 54 Etapa de Puesta en servicio e incorporación de nuevos usuarios. De acuerdo con cada etapa de la obra se emplearán herramientas de monitoreo social a través de encuestas (presenciales y on-line)). 220. En el marco de este Programa hay un Procedimiento para talleres de difusión de obras financiadas por organismos internacionales170 con los lineamientos para llevar adelante los talleres (en conjunto con el área de Desarrollo de la Comunidad) que incluye el relevamiento de las partes interesadas, y aspectos logísticos171 y organizativos de las reuniones, y un listado de contenidos mínimos acorde al hito en torno al cual se convoca al taller (Hito 1: Presentación del Proyecto (con Información sobre publicación de los EIAs para consulta); Hito 2: Comunicación sobre el desarrollo de las obras e Hito 3: Comunicación sobre la prestación del servicio). Existe asimismo un Procedimiento para las encuestas presenciales que incluye la participación del área de Estudios Urbanos y Ambientales de la DS para evaluar el tipo de cuestionario a emplear para cada etapa, y un Procedimiento para las encuestas online con modelos de cuestionario para enviar vía mail según la fase correspondiente, con participación del área de Aseguramiento de la Calidad de la Gerencia de Sistemas Comerciales de la Dirección Tecnológica de la Información (GSC-DTI) para acordar la encuesta a lanzar para la etapa correspondiente. Una vez recibidas las devoluciones, la DS redacta un informe con un análisis detallado del cuestionario online con las inquietudes que puedan existir por parte de los actores involucrados, que es enviado al área de Relaciones con la Comunidad de AySA con un detalle de los reclamos que hayan podido surgir en los cuestionarios para su tratamiento junto a la inspección de obra. 221. Adicionalmente, AySA implementa, como uno de los ejes del Plan de Gestión Social, un plan de trabajo para la identificación, análisis y relacionamiento con los actores de interés para caracterizar y analizar la influencia que pueden tener los actores sociales sobre el proyecto, definiendo los impactos y riesgos sociales críticos del mismo; el plan incluye entre otras cosas la actualización permanente de la matriz de impactos y riesgos críticos que los actores involucrados puedan generar a lo largo del desarrollo del Programa. Para lograr estos objetivos el Plan de Acción propuesto incluye básicamente el desarrollo de una base de datos georreferenciada de los actores con influencia directa o indirecta sobre el Programa; un diagnóstico detallado de intereses, influencias y posibles riesgos sociales de acuerdo con los actores identificados; la programación de espacios de participación y el monitoreo de los procesos y la evaluación constante desde la perspectiva de los actores identificados. 222. En el ámbito de la DDC se desarrolló un Manual denominado Modelo de Intervención Social de AySA172 que describe el abordaje a aplicar en los estudios sociales y fue pensado para dar respuesta a las diferentes necesidades sociales de la comunidad en relación con el acceso y calidad de los servicios de agua potable y saneamiento, que integra a diversos sectores de la sociedad, como municipios, organizaciones civiles y empresas, y que se respalda en la Política de Intervención Social de AySA173. La 170 El Procedimiento desarrollado para el Programa se basa en la experiencia de AYSA en el diseño e implementación de acciones de comunicación e instancias de participación para obras con financiamiento externo. 171 Se establece un plazo mínimo de una semana para la entrega de las invitaciones a los talleres de difusión. 172 El Modelo de Intervención Social en AySA fue desarrollado en 2016 con fines educativos. 173 Según el Manual, la Política de intervención Social de AySA tiene como principios orientadores: (i) Promover el acceso universal al agua potable y al saneamiento de manera sustentable y eficiente utilizando herramientas de políticas públicas, con el objetivo de favorecer la inclusión social;(ii) Generar y compartir espacios de diálogo y consulta con la comunidad, promoviendo relaciones transparentes y la confianza entre las partes; (iii) Asegurar el acompañamiento social en las acciones de la Empresa; (iv) Colaborar en la adaptación de los procesos y planes institucionales al contexto social, favoreciendo la inserción de la empresa en la comunidad; (v) Desarrollar un compromiso institucional para con la sociedad fundado en el intercambio, interacción y cooperación de todos los actores involucrados (organismos de Gobierno Locales y Nacionales, poblaciones, organizaciones no gubernamentales); vi)Capacitar en forma permanente a todos los actores en el derecho y responsabilidad que tienen sobre los 55 responsable es la Gerencia de Promoción Comunitaria; ésta tiene como misión reconocer, evaluar y responder las necesidades y demandas prioritarias de las poblaciones y comunidades vulnerables dentro del área de acción de AySA, mediante la implementación de estrategias174 de intervención social175, orientadas entre otras cosas a organizar y facilitar el proceso de desarrollo de los trabajos de obra en terreno y favorecer la comunicación e información inter e intra-lote. El Manual se configura como base conceptual de los estudios sociales que se realizan176 en el ámbito de la IS, que buscan ser complementarios a las obras de expansión, y que tienen el propósito de conocer e indagar acerca de la realidad sobre la que se interviene y el impacto que dicha intervención pueda generar en la comunidad. En dicho contexto, estos estudios sociales son claves en el caso de algunas las tipologías de intervenciones bajo el Programa (conexiones intra-domiciliarias en áreas vulnerables). 223. Las ETAs incluyen como uno de los requisitos, para las obras contratadas por AySA, que el Contratista elabore un Procedimiento de Gestión de Quejas y Reclamos y que designe un responsable para gestionar internamente la recepción, registro y resolución de las quejas y reclamos, y detalla la información mínima para el registro de las quejas o reclamos (los datos del interesado y la información de seguimiento del trámite (la respuesta oficial ofrecida por AySA, tiempos de respuestas y la conformidad del interesado). La información sobre los reclamos recibidos se registra en la Planilla de Seguimiento del Desempeño Ambiental de la obra cuyo modelo forma parte como Anexo de las ETAs. Dadas sus particularidades, los programas A+T y C+T cuentan con un Procedimiento de Gestión de Quejas y Reclamos específico, desarrollado por la DDC, que será adaptado para su aplicación en las intervenciones de conexiones intra-domiciliarias. V. Personal para la gestión ambiental y de H&S servicios; (vii) Desarrollar estrategias de comunicación para fomentar la conexión, utilización y el buen uso de los servicios; y (viii) aportar desde las experiencias y saber hacer, en la construcción de conocimiento en la materia; Difundir y sensibilizar acerca de la importancia de esta política a todo el personal y ponerla a disposición de los usuarios o público en general. En función del compromiso con estos principios, el objetivo general de la intervención Social en AYSA es, según se detalla en el documento citado, (i) desarrollar acciones que propicien un vínculo constructivo de participación y diálogo entre los actores sociales intervinientes. I)Promover espacios de gestión y participación con todos los actores involucrados, a fin de mejorar la capacidad de recepción, facilitando la resolución de las demandas vinculadas al saneamiento y medioambiente; (ii) Fomentar el desarrollo adecuado de planes, programas y proyectos relacionados con el acceso al agua y saneamiento que AySA lleve adelante; y(iii) Comunicar las acciones realizadas en los planes y proyectos de la empresa a los públicos involucrados (internos y externos). Definir las herramientas que permitan generar la información y el conocimiento, a fin de mejorar las acciones y toma de decisiones. 174 El Manual clasifica las estrategias de intervención social (entre otras): Diagnóstico (Reconocimiento de Ã?reas de Baja Consolidación y Urbanizaciones Emergentes (UREM), el georreferenciamiento del área de acción y el análisis de actores influyentes); Herramientas de Intervención Social (la Comunicación y difusión masiva, el Intercambio y participación de los actores intervinientes, y a la Sensibilización y concientización); y el Monitoreo y evaluación permanente (Establecimiento de indicadores de gestión y resultados) 175 Se incluyen estadísticas de las intervenciones en el área servida través del programa de AySA A+T (667 módulos realizados; 2783 Km de redes; 252.000 conexiones realizadas y 1.235.575 de población beneficiada) (2015); para C+T (154 módulos finalizados; 159 Km de redes; 18.326 de conexiones realizadas y 91.061 de población beneficiada, además de una cantidad de obras en avance en domicilios y escuelas (115). 176 Los estudios antecedentes detallados en el Manual se reúnen en tres categorías: Relevamiento de conexionado (manejado a través de encuestas); Estudios Diagnóstico (con un Ejemplo de la Evaluación de los efectos socio sanitarios del acceso al agua y a desagües cloacales en el Barrio San Ignacio –Esteban Echeverría) y Proyectos Especiales que complementa la acción de AySA a fin de mejorar la calidad de vida de la población en el área de acción e incluyen El Programa de Mejoras en Barrios enmarcados en planes A+T y El Programa “Conectar Escuelasâ€? de Instalaciones Internas en Establec imientos Educativos enmarcados en Planes A+T. 56 224. La estructura organizacional en materia ambiental y de H&S de AySA parece sólida, y debe ser evaluada en conjunto con los recursos asignados para implementar adecuadamente la gestión en estas materias. AySA informa que la Dirección de Sustentabilidad cuenta con un total 35 personas de las cuales 10 estarían asignadas a los estudios socioambientales, y 5 personas asignadas a la Inspección de Sustentabilidad en Obras (excepto obras del Sistema Riachuelo, por fuera del Programa, que están a cargo de la DDC)177. Por su parte, AySA informa que la Dirección de Desarrollo de la Comunidad cuenta con una dotación de 75 personas, de las cuales en la Gerencia de Promoción Comunitaria se incluyen a 4 personas dedicadas a la Intervención Social y en la Gerencia de Obras y Servicios habría 20 personas asignadas a la Inspección de Obras. La dotación de personal de la Gerencia de Higiene y Seguridad es de 75 personas. 225. En el marco de los programas de difusión, comunicación y relacionamiento con la comunidad arriba mencionados, la Dirección de Prensa y Comunicaciones cuenta con una dotación de 42 personas, con 22 de ellas en las áreas relevantes de Comunicación al Usuario, Prensa Institucional, y Comunicación Digital; la Dirección de Relaciones Institucionales con 54 personas; y las Direcciones Regionales cuentan con un área de Relaciones con la Comunidad que depende el Director Regional y que varía entre 3 y 4 personas por región. 226. La dotación completa de AySA178 es de 7.841 personas (7.713 de dotación efectiva y 128 de dotación contratada). Sistemas de Gestión Social 227. Gobierno e integridad corporativa. Como ya se indicó en el apartado anterior, AySA cuenta con una serie de instrumentos para garantizar buenas prácticas en distintos aspectos de su gestión. Estos documentos, aprobados en 2019 son: (i) el Código de buenas prácticas de Gobierno corporativo, que distribuye las funciones y roles de los distintos órganos de dirección/ conducción de la empresa; (ii) el Código de buenas prácticas de integridad179,180 que, conjuntamente con las políticas y procedimientos accesorios a este, tiene por objeto, entre otros, promover la integridad en el marco de las actividades desarrolladas por y para AySA, procurando dar una respuesta adecuada a todo incumplimiento o transgresión181; (iii) los Principios ordenadores, de moral y que hacen a la responsabilidad social empresaria, que contiene todos los pilares sobre los que trabajar incluyendo temas de sustentabilidad, igualdad de oportunidades, transparencia, integridad y buenas prácticas. Del último documento se desprende una serie de instrumentos: (i) Política de regalos, viajes, donaciones y patrocinios, (ii) Política de conflicto de intereses, (iii) Protocolo de denuncias e investigaciones, (iv) Política de sustentabilidad, (v) Política de inclusión, género, igualdad de oportunidad y trato, y violencia laboral, 177 Se remarca que el cumplimiento de las obligaciones ambientales son responsabilidad de la Contratista y la IdO, la GSO es apoyo de la IdO. Complementariamente, AySA informa que desde 2021 la GSO será auditora de la implementación de las ETAs y PGAs, dejando de realizar el tipo de inspecciones tradicionales que venía realizando. 178 Reporte de Sustentabilidad de AySA 2018 179 El texto completo del código está disponible en la página web de AySA, en el siguiente link: https://www.aysa.com.ar/media- library/quienes_somos/transparencia/2_Codigo_de_buenas_practicas_de_integridad_de_AySA.pdf 180 La empresa tiene un programa de capacitación a todo su personal sobre el código de buenas prácticas y su implementación. 181 AySA cuenta con un Comité de Integridad y Buenas Prácticas y una Dirección de Integridad y Buenas Prácticas que son los organismos encargados de asegurar el cumplimiento del Código de Buenas Prácticas de Integridad. 57 (vi) Política de transparencia y divulgación de la información 228. Código de Buenas prácticas de integridad. El Código establece principios y normas de actuación que orientan la conducta de todo el personal de AySA, cualquiera sea su rango y jerarquía, sea remunerado u honorario y cualquiera que sea su vínculo contractual, así como de cualquier persona que actúe en su nombre y/o representación182. El Código establece una serie de normas y pautas de conducta que incluyen el cumplimiento de la legislación y regulaciones vigentes, el propio código y otras políticas y normas internas de la empresa. Asimismo, tiene instrucciones sobre el uso de recursos promoviendo su uso responsable. El código también promueve el trato respetuoso y justo, la diversidad, la igualdad de género y de oportunidades, y prohíbe (i) toda discriminación183 por razones étnicas, de origen geográfico o social, de género, orientación sexual, creencia religiosa, convicción política o ideológica, condición de sindicalización, estado civil, edad o incapacidad; y (ii) toda forma de acoso u hostigamiento sexual, laboral, moral o de otra índole. El código también incluye pautas para definir el conflicto de intereses, y los canales de denuncias por cualquier violación o potencial violación a sus términos, y el procedimiento para las definiciones aplicables ante su incumplimiento. 229. Género. La Política de Inclusión, Género, Igualdad de oportunidad y trato, y violencia laboral, que ha sido elaborada de manera conjunta y mancomunada por la Dirección de Recursos Humanos, la Secretaría de Género e Igualdad de oportunidades del Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS), y la Dirección de Integridad y Buenas Prácticas, establece los principios fundamentales en la materia y considera a la temática de manera transversal. Esta política se apoya en 4 pilares: (i) la difusión de la cultura organizacional, que hace a la prevención, concientización y sensibilización; (ii) la capacitación permanente sobre la materia; (iii) la implementación de medidas de acción positivas que permitan contrarrestar o corregir potenciales situaciones de discriminación; y (iv) la salud, higiene y seguridad ocupacional. 230. La política se implementa mediante los siguientes instrumentos: (i) un plan de capacitación integral en género (en el marco de la ley 27.499 – Ley Micaela) junto con el Ministerio de Obras Públicas; (ii) un plan de acción 2020-2025; (iii) un Protocolo de actuación para los casos de violencia en el ámbito laboral; (iv) un protocolo de actuación para los casos de violencia en la esfera privada de las y los trabajadores que incorpora licencia por violencia doméstica, entre otros casos; y (v) el Convenio Colectivo de trabajo vigente. La política también incorpora el protocolo de actuación para los casos de denuncias por violencia en el ámbito laboral para todas y todos las/los personas trabajadoras. Es importante notar que, la política y criterios aplicados dentro de AySA se extienden a la actuación de las cooperativas y la implementación de las distintas acciones dentro del programa, por lo que éstas serán desarrolladas con perspectiva de género. 231. Como parte de la política, AySA está implementando una serie de campañas y líneas de acción especificas en materia de género e Igualdad de Oportunidades. Dentro de las campañas se destaca la que busca asegurar igualdad de oportunidades de ingreso tanto para hombres como mujeres en las cooperativas de trabajo, teniendo en cuenta sus particularidades, necesidades y la ruptura de todo tipo 182 El cumplimiento de las normas y pautas de conducta previstas en el Código de Buenas Prácticas de Integridad es obligatorio en todos los niveles jerárquicos y operativos de la Empresa y para cada uno de sus proveedores y contratistas y terceros vinculados a la actividad de AySA, tratándose de un requisito imprescindible para preservar la reputación de la Empresa y asegurar el cumplimiento del marco jurídico aplicable a las personas jurídicas privadas. 183 AySA se compromete a no adoptar medidas discriminatorias o tratos arbitrarios a usuarios del servicio, oferentes, proveedores y contratistas en los procesos de contratación o durante la ejecución de los contratos. 58 de estereotipo sexista, lo que deberá ser reflejado inclusive en sus consejos de administración. Asimismo, es importante destacar las que fueron lanzadas como respuesta a la pandemia: (i) campañas para concientizar y ayudar a las trabajadoras de la empresa y familiares que sufren violencia doméstica; y (ii) una campaña audiovisual para asesorar sobre cómo actuar ante estos casos y donde recurrir; y (iii) campaña audiovisual para concientizar sobre la necesidad de compartir las tareas de cuidado y domésticas de la casa, entre todos los integrantes de la familia, durante la cuarentena. El Sindicato también realizó una campaña de enlace con la iniciativa del Ministerio de las Mujeres de Nación “Barbijo Rojoâ€?, que incluyó la elaboración de un protocolo interno de actuación en el cual interviene RRHH, la asesoría en género y el SGBATOS a través de la SGEIOT. Además, La Asesoría en género de AySA realizó charlas sobre acompañamiento para mujeres en situación de violencia y se realizó un concurso de cuentos para romper con los estereotipos de género. 232. Asimismo, la empresa también implementa proyectos, campañas y líneas de acción generales y permanentes entre las que se destacan, (i) el trabajo para “llevar las políticas de inclusión y géneroâ€? a proveedores y contratistas mediante modificaciones a los pliegos de contratación, Manual de procedimientos interno de contratación y otros documentos; (ii) la medición de los avances en materia de igualdad de oportunidades de cara al talento humano dentro de la empresa; (iii) la promoción de la lactancia materna184; (iv) la campaña para prevenir el Cáncer de Mama; (v) capacitación técnica a mujeres junto al Instituto Tecnológico Leopoldo Marechal; (vi) la participación en la plataforma Equal Aqua del Banco Mundial; (vii) el desarrollo de la Guía para “el uso no sexista de la lenguaâ€? para ser utilizado desde todas las áreas de la empresa; entre otras medidas. 233. Transparencia y comunicación social. La política de transparencia y divulgación de la información tiene como objetivo regular las pautas previstas en el Código de Buenas Prácticas de integridad sobre la materia, así como el mecanismo mediante el cual se realizarán y darán tratamiento a las solicitudes de acceso a información pública que ingresen a AySA, y la publicación en la página web corporativa de la información activa, conforme lo establecido por la Ley N° 27.275 de Derecho a la Información Pública. La implementación de esta Política, así como su comunicación y difusión a todo el personal, se encuentra en la órbita del Responsable de Acceso a la Información Pública designado por AySA, con la asistencia de la Dirección de Integridad y Buenas Prácticas. 234. En relación a la comunicación social asociada a las obras, se destaca la directiva de AySA para lograr un acompañamiento social en el antes, durante y después de la ejecución de las obras. En este proceso también se identifica, releva y actualizan las Ã?reas de Urbanizaciones Emergente (UREM), se hacen reuniones con representantes barriales, y se realiza un trabajo de sensibilización sobre el uso responsable de los nuevos servicios. Este trabajo permite mantener un vínculo positivo constante con los intereses de los usuarios. 235. Como parte de la estrategia de comunicación social, AySA implementa en forma regular distintas acciones que incluyen reuniones barriales y/o mesas de consulta, unidades móviles (con foco en asegurar la cobertura de la Tarifa social), acciones de difusión a través de redes sociales, y el programa AySA más cerca que realiza talleres y visitas a plantas con establecimientos educativos y organizaciones vecinales. 236. Información Pública. A fin de cumplir con la Ley de Acceso a la Información Pública AySA estableció dos mecanismos: (i) cualquier ciudadano puede peticionar información y, salvo que esté 184 AySA cuenta con lactarios para sus empleadas y un programa que incluye la entrega de un kit de conservación de leche materna ante los nacimientos (de entrega a madres y a padres). También incluye el asesoramiento para madres de cara a la lactancia en los primeros meses y para madres y padres de cara a temas de crianza. 59 incluida en excepciones, AYSA tiene el deber de dar esa información; y (ii) AySA tiene un sitio en el que se informa al ciudadano de acuerdo a lo indicado en la Ley (servicios, organigrama, etc.) 237. AySA no tiene un mecanismo formal de auditoría social. La participación ciudadana está establecida por los entes de la regulación (ERAS y APLA). En este marco, la ciudadanía participa formalmente a través de los comités de usuarios que más allá de los espacios formales son muy activas en las redes sociales. En el marco de lo que establece la Ley de Acceso a la Información Pública, AySA informa regularmente a la Agencia de Información Pública acerca de los reclamos recibidos, indicando si se dio respuesta, y destacando cuáles son los tiempos y cuáles fueron los temas recurrentes. 238. Sistema tarifario. Una de las premisas del régimen tarifario de la empresa es la equidad vertical, que considera las condiciones socioeconómicas de los usuarios para definir el nivel de subvención correspondiente185. El Plan Comercial prevé el progreso del sistema medido, que para su funcionamiento requiere instrumentos que incentiven el compromiso de los usuarios en el uso adecuado de recursos no renovables a la vez que se busca atender las necesidades de los usuarios con problemáticas socioeconómicas mediante el desarrollo de modalidades flexibles, la búsqueda de innovación y la adaptación de la gestión. En este sentido, se desarrolla el programa de Tarifa Social, que consiste en un subsidio para aquellos usuarios residenciales de bajos recursos que no estén en condiciones de afrontar el pago del servicio. Cuando se incorpora un nuevo usuario se le entrega una nota junto a la primera factura para invitarle a solicitar el beneficio del Programa de Tarifa social de acuerdo a la reglamentación vigente para la Concesionaria186. 239. Gestión de quejas y reclamos. El protocolo de gestión de denuncias, reportes, investigaciones y procedimientos disciplinarios corporativo de AySA está a cargo de la Gerencia de Promoción Comunitaria187, con el apoyo de las direcciones regionales, y tiene el objetivo de regular el mecanismo por el cual se recibirán y gestionarán las denuncias, reportes, sugerencias y consultas, dirigidas a AySA. Los procedimientos de investigación y disciplinarios iniciados en consecuencia son responsabilidad de la Dirección de Integridad quien tiene a su cargo garantizar una respuesta adecuada y oportuna en caso de verificarse un incumplimiento al Código de Buenas Prácticas de Integridad o a cualquiera de sus políticas asociadas. El protocolo es parte de los Sistemas de Calidad de AySA, certificados por la norma ISO 9001. 185 Las tarifas incluyen una serie de subsidios cruzados. 186 El Programa de Tarifa Social se rige por el Reglamento de Tarifa Social aprobado por Disposición 16/2014 de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación y por Resolución Nro 30/2016 del Ente Regulador de Agua y Saneamiento. Según esa normativa, la “Tarifa Socialâ€? tiene por objeto garantizar el acceso universal y el uso de los servicios sanitarios por parte de los usuarios en aquellos casos en los que no sea posible para los mismos afrontar el pago pleno de las tarifas vigentes, debido a impedimentos transitorios o permanentesâ€?. A su vez, el reglamento tiene como fin “establecer el conjunto de reglas y procedimientos que posibiliten su implementación desde el punto de vista operativo De acuerdo con esas normasâ€?. Según el reporte de Sustentabilidad 2018 d AYSA, los usuarios residenciales de AYSA con tarifa social representaban en ese momento el 9,4% del total de usuarios residenciales. Esto es, un total de 304.943 beneficiarios, de los cuales 302.857 correspondían a la categoría de Tarifa Social Usuarios Residenciales, 802 a la de Casos Sociales y 1284 a la de Tarifa Social Comunitaria. 187 La Gerencia de Promoción Comunitaria cuenta con el apoyo de las direcciones regionales para hacer el seguimiento de las diferentes actividades comunitarias incluyendo comunicaciones relativas al servicio a los vecinos, reuniones informativas y recepción de reclamos durante la ejecución de las obras. 60 240. El protocolo, además, establece canales (centros de atención al usuario, oficina virtual, correo electrónico, teléfono188, web189, personalmente190) por los que se podrán efectuar las consultas, sugerencias y/o denuncias. El tratamiento, gestión e investigación -en caso de corresponder- de las sugerencias, consultas y/o denuncias recibidas es competencia de la Dirección de Integridad y Buenas Prácticas. El protocolo establece una tipología para las preguntas, quejas, sugerencias y reclamos recibidas (se dividen en reclamos técnicos, comerciales, sociales o generales) y establece un proceso de gestión y respuesta para cada uno de estos tipos. 241. AySA también está abierta a demandas de los distintos actores involucrados, como ser comunidades y Vecinos, referentes barriales; cooperativas; Organizaciones No Gubernamentales; etc. Para ello, la empresa pone a disposición tres canales de recepción de la demanda: (i) El Sistema Electrónico de Mesa de Entrada (SISEME), donde se reciben las notas oficiales y se procesan para que lleguen al destinatario correspondiente. (ii) El Centro de Atención Integral al Usuario (CAIU), donde se reciben demandas por vía telefónica y correo electrónico. (iii) El Circuito Interno191. 242. Las preguntas, quejas, reclamos y sugerencias recibidos son ingresados al Sistema de Atención de Reclamos (SAR)192 que le asigna un número que se informa al usuario para facilitar el seguimiento del proceso y se utiliza al interior de AySA para generar las órdenes de trabajo y/o servicio, y que utilizarán las cuadrillas para registrar las intervenciones correspondientes (e.g. tipo de acción realizada, materiales utilizados, conformidad del usuario, etc.) Todos los reclamos en la vía pública deben ser resueltos de acuerdo con los procedimientos técnicos vigentes considerando todos los aspectos de la seguridad laboral y cuidado del medioambiente contemplados en las normas generales de AySA. 243. En el caso de las Ã?reas de Baja Consolidación y/o Urbanizaciones Emergentes, la mayoría de las demandas de necesidad del servicio llega de la mano de los Municipios, ya que es en consenso con éstos que AySA lleva adelante la expansión del servicio. Asimismo, los programas A+T y C+T incorporan la figura 188 La línea telefónica se trata de una línea de comunicación exclusiva y dedicada para reclamos y consulta que AySA pone a disposición para reclamos comerciales, en horario comercial, y para reclamos técnicos las 24hs. La atención telefónica se canaliza por medio del Centro de Atención Integral al Usuario (CAIU) con una línea gratuita 0800. 189 En el sitio web de la empresa los vecinos pueden encontrar los datos de contacto de 30 Centros de Atención donde se pueden canalizar tanto reclamos técnicos y comerciales, así como consultas. 190 Los reclamos y consultas pueden hacerse personalmente en el frente de obra (a través cualquier persona que esté trabajando en la obra) o a través de la Boca de consulta, un dispositivo que contempla la instalación, dentro del radio comprendido de la obra, de una mesa de atención al vecino/a. Puede ubicarse en instituciones barriales o en el frente de obra y la frecuencia se programa previamente con el referente socio-territorial de AySA, en articulación con el municipio, acorde al nivel de demanda identificado en el barrio. El dispositivo comprende la notificación a la comunidad del día, horario y lugar previsto, con suficiente antelación. Permite brindar información referente al proyecto de intervención técnico-social que se encuentra en ejecución y permite la recepción de reclamos y consultas. Otro mecanismo usualmente vigente es el de las reuniones comunitarias, que son instancias informativas abiertas a la comunidad cuya convocatoria se encuentra a cargo del Promotor Comunitario, en articulación con el municipio. La ejecución de la reunión está a cargo de los referentes socio-territoriales de AySA. Su realización se planifica previamente, según las necesidades de cada barrio (esta última dinámica no está implementándose actualmente por las disposiciones del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en respuesta a la pandemia por COVID-19. 191 Todas las preguntas, quejas, reclamos y sugerencias que se reciben en forma directa por el personal presente en el campo deben redireccionarse a los sistemas formales donde queda asentado su registro a fin de que puedan alcanzar a los responsables de responder dichas demandas. 192 El SAR es un programa que permite conocer, en línea, los estados de avance de todos los reclamos y adicionalmente permite ver todas las intervenciones técnicas que AySA realiza en la vía pública en forma detallada, identificando tarea por tarea, quien la ha ejecutado y cuando la ejecutó. 61 del Promotor Comunitario, cuya función, entre otras, es la de ser agentes de recepción de los reclamos y consultas provenientes de los distintos actores de la comunidad (vecino/a, referente barrial, organización social, institución) y gestionar su resolución, con el objetivo de mitigar y/o prevenir contingencias y conflictos durante la implementación del proyecto técnico-social. 244. Satisfacción del usuario. AySA realiza semestralmente una encuesta de satisfacción de usuario que registra el nivel de satisfacción de los usuarios con el servicio y la efectividad de las acciones de comunicación social mencionadas arriba. La misma se realiza con usuarios que por algún motivo requirieron un proceso de atención tanto técnico como comercial, incluyendo también la evaluación de la atención telefónica del CAIU. Según el Reporte de Sustentabilidad de AYSA 2018 las encuestas realizadas en el período cubierto por el reporte reflejaban un 75% de calificaciones positivas y, en el caso de los Centros de Atención al Usuario y la atención telefónica, las calificaciones positivas superan el 90%. No obstante, según indicó personal de AYSA, estos datos sobre satisfacción no incluyen los reclamos formulados a través de otros medios, como las redes sociales, ya que esos canales no forman parte hasta el momento del Sistema de Atención de Reclamos que se rige por los protocolos descritos en los párrafos anteriores. 245. La Dirección de Desarrollo de la comunidad tiene un equipo robusto, interdisciplinario, capacitado y con amplia experiencia conformado por 75 profesionales que cubren aspectos diversos como: (i) promoción comunitaria193; (ii) planificación y proyectos194; (iii) obras y servicios195. Esta Dirección tiene un carácter central ya que es responsable de homologar los principios y estrategias de Intervención Social de toda el área de AySA. Para ello trabaja de manera coordinada con las Direcciones Regionales, a través de los Equipos de Relaciones de la Comunidad de cada una de ellas. El trabajo de estos equipos está alineado bajo el Lineamiento Estratégico No. 5 de AySA: Asegurar el acompañamiento social de las acciones de la empresa, con foco principal en las obras de expansión y regularización de los servicios. 246. En el marco del Plan Argentina Hace 2020, la Dirección de Desarrollo de la Comunidad de AySA revisó los planes A+T y C+T y está implementando nuevos lineamientos de intervención como parte de un Plan de Promoción Comunitaria. Los nuevos lineamientos buscan potenciar la llegada de la empresa a los barrios más vulnerables, así como brindar nuevas oportunidades de empleo para las cooperativas a través de generar espacios para su crecimiento y desarrollo, promoviendo a su vez la paridad de género196. Se busca así generar intervenciones integrales en los barrios donde se desarrolle una obra de manera de contribuir al desarrollo social a través de la mejora en la salud y el ambiente que se genera con la llegada de los sistemas de agua y saneamiento. Este tipo de acciones están en línea con los objetivos de la Política de Intervención Social de AYSA citada más arriba y con la metodología volcada en el Manual de Intervención Social ya citado también. 247. Como parte de este proceso, la llegada de la obra al barrio también incluye un eje social a través del cual las cooperativas implementan actividades y proyectos de concientización y promoción comunitaria. Para ello, se suman a las cooperativas 4 integrantes más que estarán a cargo de la 193 La Gerencia de Promoción Comunitaria incluye 20 profesionales trabajando en temas como: (i) abordaje territorial, (ii) intervención social; (iii) alianzas estratégicas, y (iv) desarrollo de contenido. 194 La Gerencia de Planificación y Proyectos incluye 12 profesionales trabajando en temas como: (i) planificación, (ii) proyecto; (iii) presupuesto, y (iv) administración. 195 La Gerencia de Obras y Servicios incluye a 28 profesionales trabajando con foco en la inspección de obras y en operaciones. 196 La inclusión de la perspectiva de género en los planes se promueve a través de la igualdad de oportunidades para las mujeres en el acceso a una cooperativa A+T y C+T (se busca la paridad de género en la conformación de los equipos de trabajo y en los consejos de administración) y acceso a un salario digno, junto con igualdad en la formación en oficios. Asimismo, se incorporan actividades para generar espacios de trabajo equitativos y libres de violencia de género. 62 implementación del Plan de Promoción Comunitaria. Este abordaje incluye procesos de formación197, relevamientos198, comunicación/sensibilización199, gestión de la demanda200, disponibilidad y acceso201, proyecto comunitario202, y reportes sobre la implementación de todos estos aspectos. El plan también incorporará un programa de valorización de residuos de obra (en desarrollo) que buscará impulsar su reciclaje y/o posterior reutilización. 248. En relación a los procesos de comunicación social, es importante destacar que la Dirección de Prensa y Comunicaciones cuenta con un equipo de 42 profesionales que trabajan en distintos equipos enfocados en diversos aspectos comunicacionales, como la producción audiovisual, la comunicación al usuario, la prensa institucional, la comunicación digital. 249. AySA realiza talleres de información y difusión para las obras. Posee lineamientos para los talleres de difusión (presenciales), así como también para la implementación de un proceso de monitoreo social a través de encuestas (presenciales y online). En base a la información recabada en las diferentes instancias del ciclo de proyecto (los “hitosâ€? mencionados en el párrafo 220), la Dirección de Sustentabilidad evalúa la necesidad de cambios de los Proyectos (desde el punto de vista ambiental y/o social), los cuales se reflejarán en el Plan de Gestión Ambiental y Social correspondiente, y se pone en contacto con las áreas de diseño correspondientes para desarrollar las modificaciones que sean necesarias, incluyendo cambios en las Especificaciones Técnicas Ambientales y Sociales (ETAs). Si la necesidad de modificación surge una vez comenzada la obra, la GSO informa a la IdO para que tome en consideración las medidas correspondientes. la Dirección de Sustentabilidad coordina con las Ã?reas intervinientes, como así también con los Responsables Ambientales de los Municipios y Empresas Contratistas para dar respuesta favorable a los desafíos planteados. 250. En términos de equidad de Género, el Plan Argentina Hace 2020 presentado por el Gobierno Nacional para generar 20.000 nuevos puestos de trabajo en todas las provincias del país, promueve e impulsa la paridad de género, el desarrollo con inclusión social, la integración de jóvenes desocupadas y desocupados, la participación comunitaria y el mejoramiento de infraestructura de barrios y ciudades, con el objetivo de llegar a los 2.300 municipios de Argentina. Por el momento la inscripción en el mismo se realiza directamente en el municipio donde se informarán los pasos que debe cumplir para trabajar en el plan. 197 Todas las actividades cuentan con capacitaciones específicas y asistencia permanente de la Dirección de Desarrollo de la Comunidad. El proceso de formación incluye capacitación en temas como promoción comunitaria, trabajo de campo (relevamientos), ambiente e higiene y seguridad, agua y saneamiento. 198 En el marco del programa se implementan relevamientos de distintos tipos: (i) socioambiental, (ii) socio-comunitario, (iii) urbano, (iv) intención de conexionado, (v) encuesta de percepción sobre la intervención técnico-social. 199 La comunicación social está asociada a las distintas etapas de la obra, y también a la promoción de acciones que garanticen la sostenibilidad de las inversiones realizadas. La primera parte incluye comunicación sobre el inicio de obra y temas específicos de la implementación de la obra como lavado y desinfección. La segunda parte incluye procesos de comunicación para incentivar a los usuarios a conectarse a la red, sobre la disponibilidad del servicio, para organizar reuniones comunitarias, y para promover el nivel de conexionado. 200 Este proceso incluye el mecanismo de gestión de preguntas, quejas, reclamos y sugerencias. Asimismo, también incluye la implementación de las Bocas de Consulta. 201 A través de este proceso se realiza el marcado de conexiones y la identificación de conexiones faltantes. Asimismo, se define la necesidad de instalación de canillas de servicio, y se gestiona la entrega del kit de instalación para dichas canillas. 202 El abordaje incluye la identificación de necesidades de la comunidad en cada barrio que informa la planificación y la implementación del subproyecto. 63 Efectividad en la Implementación de Programas y Esquemas 251. AySA es resultado de una política de Estado que concibe a los servicios sanitarios básicos de agua potable y desagües cloacales como un bien social y un derecho humano. Su compromiso es llevar a cabo una prestación eficiente de los servicios que aseguren su continuidad, regularidad, calidad y generalidad, garantizando su operación y mantenimiento y promoviendo su expansión, con un foco particular en los sectores en situación de vulnerabilidad social. 252. En este contexto, el modelo de intervención social de AySA incluye un abordaje que busca dar respuesta a diferentes necesidades sociales de la comunidad en relación con el acceso y la calidad de los servicios de agua potable y saneamiento. El modelo busca integrar a diversos sectores de la sociedad, como municipios, organizaciones civiles y empresas, para brindar soluciones sustentables que permitan mejorar la calidad de vida de la comunidad, en un marco de acompañamiento, diálogo e interacción. 253. Un ejemplo de este proceso se da en la implementación de los planes A+T/C+T que se enfocan en extender los servicios de agua potable y desagües cloacales mitigando el riego sanitario en barrios de bajos recursos económicos, propiciando a la vez la creación de fuentes de trabajo mediante la inclusión de cooperativas. La metodología de A+T/C+T se caracteriza por el trabajo interrelacionado de diversos actores: (i) Las obras son ejecutadas por las Cooperativas de Trabajo, que se organizan a partir de la implementación del plan. La formación de las mismas está a cargo del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y, en lo específicamente técnico, son capacitadas por AySA, a través del Instituto de Capacitación y Formación “Leopoldo Marechalâ€? del Sindicato GBA de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS). (ii) La contratación de las Cooperativas de Trabajo, así como la ejecución de las obras y administración de fondos es responsabilidad de cada Municipio, según lo estipulan los convenios que firma con AySA. Además, el Municipio prioriza las áreas a expandir. (iii) AySA provee la totalidad del financiamiento de las obras, así como la asistencia técnica para evaluar la factibilidad, desarrollar los proyectos de obra, movilizar los materiales y supervisar la ejecución. Asimismo, realiza el acompañamiento social de las obras como parte de su política de Intervención Social. (iv) Las comunidades donde se realizan las obras tienen un rol activo ya que participan del desarrollo de las obras, reciben y aportan información, y al momento de su finalización se convierten en usuarios con derechos y obligaciones respecto al uso y cuidado de los servicios. 254. Asimismo, es importante destacar que una vez que una obra obtiene la factibilidad técnica, implementa un Plan de Gestión Social (PGS) asociado a la misma. Este PGS implica el despliegue de una serie de estrategias de intervención social que incluye piezas de comunicación con la comunidad, y una serie de reuniones comunitarias a fin de establecer distintos canales de diálogo e intercambio con los vecinos, relevar potenciales problemas y presentar soluciones a dichos problemas, y concientizar sobre el buen uso de los servicios. Los PGS incluyen también la implementación de otros instrumentos como las 64 Bocas de Consulta203, las Mesas de Gestión Inter e Intrainstitucional204, y las Visitas periódicas a terreno205. Como parte de la estrategia de intervención social de la empresa, Los equipos de Intervención Social de AySA coordinan y desarrollan “Talleres de Buen Uso de los Serviciosâ€?, con los siguientes objetivos: (i) dar la bienvenida al servicio a los nuevos usuarios; (ii) instruir en el conexionado. Detectar obstáculos al respecto y proponer soluciones; (iii) brindar información acerca de la empresa, su funcionamiento y puntos de contacto. 255. Es importante destacar que el Modelo de Intervención Social de AySA cuenta con un mecanismo de monitoreo y evaluación que permite hacer un seguimiento del cumplimiento de los objetivos del Lineamiento Estratégico No. 5 a través de una serie de indicadores anuales que miden el valor del acompañamiento social realizado por la GPC y las direcciones regionales correspondientes a través de la cantidad de acciones completas en el inicio y durante y al finalizar las obras de los planes A+T/C+T como cantidad de obras puestas en servicio de esos planes. Asimismo, AySA realiza estudios para medir la efectividad de sus acciones principales. Capacidad de mitigar los riesgos identificados para el Programa 256. En este apartado se presenta brevemente cómo los impactos negativos del presente Programa identificados en el capítulo 2 se verán mitigados, en primer lugar por los marcos normativos e institucionales de la Argentina descriptos en el capítulo 3, y en segundo lugar, por la actuación de la agencia implementadora, AySA, que tiene una capacidad institucional y organizativa para realizarlo, y dispone de procedimientos, y protocolos específicos que incorporan la legislación vigente y lo llevan en forma práctica al terreno. 257. Los impactos negativos sobre la salud de los operarios y beneficiarios debido a la presente pandemia de COVID-19 se encuentran mitigados por la existencia de decretos y normativas del Ministerio de Salud Nacional y Provincial; por la existencia de un Plan específicamente diseñado para el sector sanitario; y por los protocolos preparados especialmente por AySA destinados a la prevención y actuación en obras por parte de su personal. 258. Los impactos negativos en el ambiente de las comunidades asociados con la ejecución de obras, los impactos negativos sobre la salud e higiene de los trabajadores, y sobre el medio ambiente se ven mitigados, por una parte, por las leyes a nivel nacional y provincial sobre medio ambiente, tránsito, y salud, higiene y seguridad ocupacional, descriptas en detalle en el capítulo 3. Estas leyes como se describió también tienen sus entes fiscalizadores. Por otra parte, AySA posee, como se describe en detalle en el presente capítulo diversas Direcciones y Gerencias dedicadas a o con incumbencia en la gestión de los riesgos y potenciales impactos ambientales y de higiene y seguridad ocupacional. Cada área de la empresa es responsable de su desempeño ambiental y de H&S, siguiendo los lineamientos de las áreas de ambiente y de H&S, basados en el cumplimiento de la normativa vigente; ambas áreas, prestan apoyo puntual en caso de demanda interna. Los contratistas de AySA son requeridos de seguir Manuales de Procedimientos, y Especificaciones Técnicas Ambientales, que ya están incluidas en los pliegos de contratación. AySA obliga 203 Las bocas de consulta en lugares claves del barrio permiten la detección, seguimiento y resolución de consultas, reclamos, solicitudes y sugerencias que tengan los vecinos, de forma personalizada y accesible para ellos. 204 Periódicamente se coordinan encuentros entre los distintos actores relevantes (Municipio, cooperativas, organizaciones civiles) o entre personal interno de distintos sectores de AySA. El fin es coordinar el seguimiento de las obras, evaluar posibles contingencias y planificar estrategias de intervención con relación a los servicios. 205 Periódicamente se realizan visitas de obras en terreno para efectuar el apoyo operativo a las diferentes áreas intervinientes, principalmente las cooperativas. 65 a sus contratistas además a seguir una “Planilla de Seguimiento del Desempeño Ambientalâ€? y a seguir procedimientos de seguridad ocupacional y de la comunidad cuando ejecuta obras en la vía pública, incluyendo protocolos específicos de vallado y señalética, que se aplican en coordinación con los municipios. Los sistemas de análisis y los procesos de AySA se encuentran certificados en forma independiente. 259. Los contratistas de AySA también se ven obligados a presentar y gestionar, con recursos adecuados y suficientes, un Plan de Gestión Social. En este caso, la comunicación social con los vecinos, la contratación de cooperativas y la gestión del Sistema de Quejas se hace en forma coordinada con los municipios. 260. Con respecto a la gestión de asbestos, que fue señalado como un aspecto de riesgo y potencialidad de impactos adversos para salud de los trabajadores y la comunidad, se verificó que no sólo existe legislación nacional sobre las normas de uso, manipuleo y disposición segura de materiales de asbestos y sus desechos, como se señala en el capítulo 3, sino que AySA posee Especificaciones Técnicas Ambientales específicas para la gestión de Asbesto-Cemento, aunque esta ESAS identificó ciertas brechas en los sistemas de AySA para asegurar la adecuada gestión de asbestos. 261. Una cierta debilidad en el sistema de gestión de riesgos de AySA es que, si bien la mayoría de las obras que serán ejecutadas en el presente Programa serán contratadas a través de PByCG, AySA no tiene protocolos específicos para obras que no son contratadas bajo esta modalidad. No obstante, sí se requiere a los Contratistas el cumplimiento de la legislación aplicable y presentación de un PGA, sujeto a la revisión y aprobación de la Gerencia de Medio Ambiente. La supervisión de la implementación de los PGA es realizada por la IdO, con el apoyo que pudiera requerir de las áreas pertinentes de AySA. 262. Los potenciales impactos negativos sobre hallazgos arqueológicos y/o antropológicos que pudieran resultar como consecuencia de las excavaciones en las obras se pudo constatar que estarían mitigados por la existencia de legislación tanto a nivel nacional como provincial como fue descripto en el capítulo 3, como por Especificaciones Técnicas Ambientales de AySA que posee instrucciones específicas al respecto. Para el caso de las obras con EIA, las áreas de sensibilidad arqueológica identificadas por AySA para parte de su área de concesión se vuelcan en dicho estudio, que es un documento al que acceden los contratistas al momento de la oferta y durante todo momento tienen a su disposición. No obstante, se identifica la conveniencia de completar dichos mapas para toda el área de concesión vigente de AySA, como así también ponerlos a disposición de los Contratistas de obras que no requirieron EIAs. 263. Los potenciales impactos negativos sobre usuarios vulnerables, en particular la posible exclusión del servicio de agua y saneamiento, por falta de capacidad de pago, constatamos que AySA posee la Dirección de Desarrollo a la Comunidad y de Operaciones Regionales que gestiona el Programa de Urbanizaciones Emergentes. Este Programa contiene prácticas y procedimientos adaptados a las realidades de los barrios con bajo nivel socio-económico, incluyendo asistencia para requerir el subsidio de la Tarifa Social. 264. Los potenciales impactos negativos sobre los ingresos de las poblaciones más vulnerables , en particular, debido a la interrupción de comercio informal, o a servicios de infraestructura comunitaria, constatamos que, si bien AySA posee protocolos para la afectación de comercios formales durante la realización de obras, no posee protocolos formales para comercio informal o infraestructura comunitaria. Sin embargo, estas situaciones son evaluadas y se definen acciones para cada caso, aún no hay todavía un procedimiento estandarizado que comprometa a las Contratistas. 66 265. Se concluye, por lo tanto, sobre la base del marco normativo e institucional de la Argentina desarrollado en el capítulo 3 y las capacidades institucionales y organizativas de AySA presentadas en este capítulo, los riesgos y posibles impactos negativos que fueron identificados para el presente Programa, podrán ser mitigados de manera razonable. 67 CAPÃ?TULO 5: EVALUACIÓN DE LOS PRINCIPIOS BÃ?SICOS DE LA ESAS 266. Los Sistemas de gestión ambiental y social aplicables al Programa están razonablemente alineados con los Principios Básicos de la política de Programa por Resultados. En el presente Capítulo se analizan las características de estos sistemas, sus fortalezas y las oportunidades de mejora. Se analizan en particular los Principios 1, 2, 3, y 5 que son los que se aplican a los impactos negativos identificados en el Capítulo 2. Donde se detectaron brechas, riesgos o posibilidades de mejora, se identificaron a su vez las propuestas de recomendaciones y propuestas de acciones a ser incluidas en el Plan de Acción del Programa, las cuales se presentan en el capítulo 6. 267. Las acciones del programa se ejecutan en ambientes urbanos ya antropizados, por lo cual no hay riesgo de realizar acciones que afecten hábitats naturales. De hecho, como ya se expresó todas las obras y acciones del programa tienen ejecución en la región más densamente poblada de Argentina que comprende a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a un grupo de municipios colindantes de la PBA. Las obras a realizar en plantas potabilizadoras y de tratamiento de líquidos cloacales se ejecutarán en terrenos propiedad de AySA que contaban ya con la previsión de expansión en los PMOEM, por lo cual no se prevén compras de terrenos o reasentamientos. Los tendidos de redes se realizan en la vía pública de la CABA y los municipios del área de concesión. Principio 1 – Manejo ambiental y social general 268. Los sistemas de gestión ambiental y social del Programa están diseñados para (i) promover la sostenibilidad ambiental y social en el diseño del Programa; (ii) evitar, minimizar o mitigar los impactos adversos; y (iii) promover la toma de decisiones informadas en relación con los efectos ambientales y sociales del Programa. Aplicabilidad (Sí) 269. Este principio básico es aplicable tanto a la gestión ambiental como social. 270. En términos generales, es importante destacar que existe un marco regulatorio sectorial bien desarrollado para la gestión ambiental y social en el ámbito del GBA que integra al nivel nacional, y los niveles provinciales y municipales con muchos años de experiencia en dicha articulación. Asimismo, existen marcos normativos, protocolos y recomendaciones para gestionar los riesgos ambientales y sociales identificados, para evitar, minimizar o mitigar los impactos adversos, y promover la toma de decisiones informadas en relación con los efectos ambientales y sociales del Programa. Esos riesgos están vinculados a la salud, a la protección del patrimonio cultural y la Seguridad y Salud Ocupacional y de la comunidad, y a afectaciones a terceros. 271. Las medidas para anticipar, prevenir y minimizar los riesgos y para la gestión y el monitoreo y control de las acciones que demandarán las obras se describen a continuación: 272. Aspectos ambientales en el Diseño. Cuando las obras requieren Estudio de Impacto Ambiental (EIA), las áreas involucradas en el diseño y ejecución de los proyectos comprendidos en el Plan de Obras de AySA son las responsables de solicitar a la Gerencia de Medio Ambiente la elaboración del EIA. Los Estudios de Impacto Ambiental se organizan por cuencas hidráulicas donde se analiza el impacto del Plan Director en las mismas, y sobre esa evaluación, se hacen EIAS de cada cuenca hidráulica, con sus áreas de 68 servicio. Dado que las obras que requieren EIAs son implementadas en la PBA, estos estudios son elevados al OPDS para su aprobación por ser la autoridad ambiental competente en dicha jurisdicción. 273. Aspectos ambientales en la Obra. AySA cuenta con procedimientos propios para sí y para sus contratistas que se encuentran sistematizados (en la integración de 10 años de experiencia y ocho actualizaciones) en el “Manual de procedimientos de gestión de contrataciones de obras, bienes y serviciosâ€?206, donde integra un acápite especial sobre Seguridad y Protección del Ambiente. Adicionalmente, ha generado documentos generales para la ejecución de obras A+T/C+T, complementarios y aclaratorios a las Especificaciones Técnicas Generales (ETG), y entrega a los contratistas Información complementaria de reglamentaciones vigentes y de otras empresas prestadoras de servicios que ocupan también el espacio público (Gas, electricidad, telefonía, fibra óptica) y la reglamentación provincial de hidráulica, de la direcciones nacional y provincial de vialidad, entre otras. La reglamentación municipal en las obras bajo la modalidad A+T/C+T es aportada por cada Unidad Ejecutora dado que cada municipio es parte de ella. En el marco de estas Especificaciones Técnicas Generales, AySA incorpora sus “Especificaciones Técnicas Ambientalesâ€? (ETAs - v4.0 – Mayo 2019). Estas ETAs (que el contratista tiene la obligación de implementar, y para lo cual se le requiere un Responsable Ambiental de la obra) son las vigentes al momento de realizar la presente Evaluación, y en cada pliego se integran las modificaciones / actualizaciones de las Especificaciones Técnicas que incluye las ETAs, incluyendo las especificidades para la obra en caso de corresponder. 274. Aspectos ambientales de la implementación del MRAPyDC. Las inspecciones conjuntas que realizan los organismos buscan lograr controles más transparentes y efectivos y unificar criterios técnicos de inspección. Una mesa de Coordinación integra a todos los gobiernos. El gobierno Nacional por medio de la Subsecretaría de Fiscalización y Recomposición del MAyDS, el gobierno Provincial por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por la Agencia de Protección Ambiental (APrA). También participa la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) y la propia empresa Agua y Saneamientos Argentinos S.A (AySA). Cuando corresponda, el COMIREC puede ejercer el poder de policía de la Cuenca del río Reconquista, de forma individual o articulada, con los organismos correspondientes mencionados anteriormente. 275. Control corporativo de Agua y Saneamientos Argentinos (AySA). Para un control interno, la empresa implementa el Plan Operativo de Calidad, que tiene como objetivo alcanzar el 100% de la empresa bajo un Sistema de Gestión certificado. Hoy, gran parte de las operaciones tanto técnicas como comerciales o de procesos soporte ya están certificadas. Entre las que pueden mencionarse: (i) Certificaciones ISO 9001 en Auditoría Interna e Información, Proceso de trámites comerciales, Control Centralizado de Agua, en 12 Estaciones elevadoras, seis Plantas de tratamiento, tres Plantas potabilizadoras, ocho Pozos de Agua, 3 estaciones de Rebombeo, Apoyo Logístico, Servicio de compra de bienes, servicios y contratación de obras de mejora y mantenimiento, Grandes Conductos, Grandes Conductos IQNET, Gestión de reclamos técnicos, Tecnología de la información, Dirección Técnica y de Desarrollo Tecnológico Planta San Martín, y tres Direcciones de Saneamiento. (ii) Certificados ISO 14001 en Control Centralizado de Agua, 12 Estaciones elevadoras, seis Plantas de tratamiento, tres Plantas potabilizadoras, cuatro Pozos de Agua, dos estaciones de Rebombeo, la Dirección Técnica y de Desarrollo Tecnológico y tres Direcciones de Saneamiento. (iii) Certificaciones ISO 45001 en Control Centralizado de Agua, 12 Estaciones elevadoras, seis Plantas de tratamiento, tres Plantas potabilizadoras, cuatro Pozos de Agua, y tres estaciones de Rebombeo. (iv) Certificación ISO 55001 para la Dirección de Mantenimiento y 206 Versión actualizada con entrada en vigencia el 07/09/2020 https://aysa.com.ar/media- library/proveedores/licitaciones_de_obras/2020/Manual_de_Procedimientos_V_07-09-2020.pdf 69 Talleres; (v) Certificación OHSAS 18001 para el Pozo de Agua Sur, la Dirección Técnica y de Desarrollo Tecnológico, y la Dirección de Saneamiento. 276. Teniendo en cuenta que el Laboratorio Central de la Concesionaria ha acreditado por norma ISO 17025 su competencia técnica para la realización de ciertas determinaciones analíticas, revalidando esa competencia mediante auditorías de seguimiento que realiza periódicamente el Organismo Acreditador Externo, el ERAS mediante licitación pública, contrata un laboratorio particular que tenga también acreditaciones con dicha norma, para realizar sus propios controles. 277. Para el Sistema de control de la calidad del agua potable se implementa un programa de muestreo que se realiza en 461 puntos de la red, distribuidos en Capital Federal y los 26 partidos del GBA, incluyendo las plantas potabilizadoras, las estaciones elevadoras, las perforaciones en servicio y la red de distribución. Este programa integra un sistema de vigilancia de la calidad del agua en las distintas etapas desde su captación, producción, transporte, hasta su entrega al Usuario, lo cual permite tener una visión global y permanente de la calidad del agua durante todo el proceso. Basado en el Anexo C del Marco Regulatorio, sobre las muestras de los puntos de la red se realizan de los análisis de los 59 (cincuenta y nueve) parámetros físicos, químicos y bacteriológicos. Además, se incluyen parámetros que no están exigidos contractualmente, pero que se estima de interés para el adecuado control de la calidad del agua producida y distribuida. Adicionalmente AySA en estos asuntos trabaja conjuntamente con el Instituto Nacional del Agua (INA) y Redes de Laboratorio. 278. Para el caso del control de descargas de efluentes industriales a colectora, las infracciones de calidad de vertidos industriales son comunicadas directamente por AySA a la Dirección de Inspecciones dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización y Recomposición del MAyDS de la Nación, con copia al ERAS a efectos de informar lo actuado. 279. Control de Efluentes. Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición (DCAyR), dependiente de la Subsecretaría de Fiscalización y Recomposición del MAyDS, es la encargada de aplicar la legislación vigente sobre control de efluentes vertidos a la red cloacal en el área de concesión de la empresa AySA. Además, desde el 09 de septiembre de 2020 se creó dependiente de la DCAyR la Brigada de Control Ambiental (BCA), con amplias facultades de fiscalización, pudiendo realizar tareas investigativas, procedimientos de toma de muestras, monitoreos periódicos y permanentes, inspecciones, elaborar informes técnicos, patrullajes, control de vertido de efluentes, y cualquier otra medida que la BCA considere pertinente. La BCA podrá asistir a las distintas jurisdicciones, organismos provinciales, locales, y regionales en todo lo referente a control ambiental, capacitación, monitoreo y soporte en materia de inspecciones ambientales y brindar apoyo cuando estos así lo soliciten, entre otras acciones. 280. En la CABA, la Agencia de Protección Ambiental lleva adelante un programa de control que monitorea las distintas fuentes contaminantes que se encuentran en la Ciudad para lograr que los impactos ambientales que producen las industrias y actividades de servicio no afecten de manera grave e irreversible al medio ambiente. 281. Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS). Las funciones del ERAS comprenden el control del cumplimiento de las obligaciones de la concesionaria, y en particular las relativas a la prestación del servicio y a la relación con los usuarios. También debe dar seguimiento frente a contingencias en el servicio, el control y fiscalización de la concesionaria como posible agente de contaminación hídrica. 282. El control de ERAS se estructura en base a: 70 (i) Sistema de control de la calidad del agua potable. Teniendo en cuenta que el Laboratorio Central de la Concesionaria ha acreditado por norma ISO 17025 su competencia técnica para la realización de ciertas determinaciones analíticas, revalidando esa competencia mediante auditorías de seguimiento que realiza periódicamente el Organismo Acreditador Externo, el ERAS mediante licitación pública, contrata un laboratorio particular que tenga también acreditaciones con dicha norma, para realizar sus propios controles. (ii) Verificación de los resultados informados al ENTE. Los resultados de las acciones de control son informados al ERAS en forma sistemática, en diferentes formatos y modalidades mediante (i) Niveles de Alerta que deben ocurrir dentro de las veinticuatro horas de detectadas, la Concesionaria informa al ERAS las anomalías de calidad bacteriológicas, permitiéndole a éste verificar su corrección; (ii) Sistema de Indicadores Técnicos (SIT) que mensualmente la Concesionaria remite al ENTE sobre los niveles alcanzados de cada parámetro operativo en cada Distrito del área servida; (iii) Informe Anual de Niveles de Servicio que se generan al finalizar cada período anual, la Concesionaria informa al ENTE los niveles de conformidad de todos los parámetros de calidad exigidos contractualmente. Sobre este informe se analizan las tendencias. Las acciones de control de la Concesionaria descripta son fiscalizadas por el ERAS a través de a) Consultas de registros de resultados analíticos del Laboratorio de la Concesionaria, y b) Realización de muestreos propios en ciertos puntos, analizados en laboratorios contratados. (iii) Verificación del restablecimiento de la calidad del agua. Según el caso, el ERAS efectúa inspecciones y análisis en puntos de interés, para verificar que la Concesionaria haya corregido principalmente a) las deficiencias de calidad detectadas, b) las tendencias negativas en la evolución de parámetros operativos, c) la existencia y/o corrección de anomalías de las que toma conocimiento por denuncias, o comunicaciones de la Concesionaria. (iv) Descargas de efluentes industriales a colectora. Sobre los informes de las anomalías de calidad de descargas industriales, en el ERAS se audita que se haya realizado la intimación pertinente para la mejora del vertido y que se informe haber realizado la denuncia a la Autoridad Ambiental mencionada. Sin perjuicio de las denuncias directas efectuadas por el prestador del servicio a la Autoridad Ambiental de la Concesión, el ERAS también informa periódicamente al MAyDS las anomalías de volcamiento comunicadas por la Concesionaria, para las verificaciones que estime corresponder. Sobre los casos en los que se realizó un corte de servicio por anomalías críticas de calidad de volcamiento, el ERAS lleva a cabo un seguimiento de las actuaciones posteriores de la Concesionaria. Estas se extienden hasta el cierre del caso por rehabilitación del servicio y en función de que el MAyDS informe que se han observado medidas internas en el establecimiento que permitan inferir el volcamiento dentro de norma y su verificación posterior con resultado de control conforme por nuevo análisis de la Concesionaria. (v) Ã?rea control de activos -sistema de agua y cloaca. Esta etapa tiene como objetivos: a) Contar con Indicadores mensuales (SIT) y anuales de gestión de AySA S.A. (Informe Anual y de Niveles de Servicio) representativos de la calidad y prestación del servicio que brinda el Concesionario, que permitan efectuar un control más efectivo por parte del Ã?rea, b) Disponer de metodologías auditables basadas en Planes de Trabajo (Muestreo y Análisis, Funcionamiento, etc.), Registros, Planillas, Minutas y Actas de las actividades llevadas a cabo por el ERAS, etc., para el control de calidad y de funcionamiento en los Sistemas de Agua y Cloaca, c) Evaluar los resultados de los protocolos de análisis de calidad de efluentes y barros, de acuerdo a los requerimientos del Marco Regulatorio, incorporando además los nuevos establecimientos cuya operación está a cargo del 71 Concesionario, d) Efectuar el seguimiento de las certificaciones de los Sistemas de Gestión con que cuenta el Concesionario en las distintas Ã?reas de interés (Gestión Ambiental, Gestión de la Calidad, Gestión de la Competencia Técnica de los Laboratorios, etc.), f) Controlar la evolución de las presiones de servicio. (vi) Benchmarking aplicando indicadores de desempeño. El ERAS cuenta con una Gerencia de Benchmarking que realiza todos los años un informe anual de evaluación comparativa, en base a la información provista por AySA en sus informes anuales y la comparación con los datos de la Asociación Federal de Entes Reguladores de Agua y Saneamiento de Argentina (AFERAS)207, la Asociación de Entes Reguladores de Agua Potable y Saneamiento de las Américas (ADERASA)208 y la Red Internacional de Evaluación Comparativa de Servicios de Agua y Saneamiento (IBNET)209. 283. Cuando las obras requieren la realización de Estudios de Impacto Ambiental. La Ley N° 26.221 (MRAPyDC) en su artículo 121º establece la obligatoriedad de la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental para las obras proyectadas y a ejecutar a partir de la prestación del servicio a cargo de la empresa prestataria de los servicios de agua y cloaca, relacionadas con los servicios cuya construcción u operación puedan ocasionar un significativo impacto al ambiente, tales como Plantas de Tratamiento y Estaciones de bombeo de Líquidos Cloacales, Obras de Descarga de Efluentes, obras de Regulación, Almacenamiento y Captación de Agua, deberán contar previo a su ejecución con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental. Para aquellas obras de alcance interjurisdiccional, el MAyDS actúa como un órgano consultivo o asesor. La Resolución N° 337/19 es un documento Guía para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental y Guía para la elaboración de una Evaluación Ambiental Estratégica. 284. En la PBA la autoridad de aplicación es el OPDS, quien tiene reglamentado el procedimiento de los trámites de obtención de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). El proponente debe presentar ante el OPDS o ante el Municipio donde se propone radicar el emprendimiento, una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), a fin de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) correspondiente, en forma previa a su instalación, modificación o ampliación. 285. Gestión de riesgos asociados a la incorporación de nuevos usuarios. Uno de los riesgos sociales asociados al Programa está vinculado a la incorporación de nuevos usuarios de bajos recursos. AySA contempla y atiende las necesidades de los usuarios con problemáticas socioeconómicas mediante el desarrollo de modalidades flexibles, la búsqueda de innovación y la adaptación en la gestión. Estas modalidades incluyen: (i) la adaptación de procesos y procedimientos comerciales, técnicos, regulatorios y administrativos, para posibilitar una adecuada atención a estos usuarios; (ii) el acompañamiento social, durante todo el proceso de las obras, mediante actividades de información, concientización, difusión y capacitación; y (iii) la participación, a través de la creación o intervención en ámbitos de intercambio y mediante la vinculación institucional con ONG´s, asociaciones vecinales, sociedades de fomento, instituciones educativas y sanitarias, así como con otros actores interesados. Las direcciones de Desarrollo de la Comunidad y de Operaciones Regionales de AySA han desarrollado el programa Urbanizaciones Emergentes que busca generar prácticas y procedimientos adaptados a las realidades de barrios de bajo nivel socioeconómico con el objeto de lograr una incorporación plena al servicio de tales usuarios. Por otro lado, las situaciones puntuales de problemas sociales y/o económicos cuentan con la posibilidad de solicitar la asistencia del programa “Tarifa Socialâ€?. 207 http://www.aferas.org.ar/sitio/ 208 https://www.aderasa.org/en/ 209 https://www.ib-net.org/ (financiada por el Banco Mundial) 72 286. Transparencia y participación ciudadana. En cuanto a transparencia y participación ciudadana, AySA mantiene información actualizada en su sitio web sobre el estado de las obras en cada municipio210. El servicio provee información relevante y actualizada regularmente, pero solo se puede descargar en formato .pdf y todavía utiliza una terminología y un diseño poco amigables. Asimismo, AySA cuenta con herramientas y mecanismos virtuales de participación ciudadana, enfocados en la difusión de información a los usuarios y en la recepción y gestión de preguntas, quejas, reclamos y sugerencias. Estos mecanismos se implementan principalmente a través de la página web, un proceso de difusión periódica a través de correo electrónico, y la utilización de plataformas como ZOOM, Webex, Mural, etc. Vale mencionar que estas adecuaciones a la virtualidad se dieron por la circunstancia de la pandemia. Anteriormente la difusión se realizaba mediante talleres presenciales. Sin embargo, es importante destacar que AySA aún no cuenta con un protocolo para la difusión virtual de información específica sobre las obras, ni para la implementación de un proceso de consultas y sociabilización de las obras en forma virtual. 287. La empresa ha desarrollado un “Centro de Atención Virtualâ€? a través de la web para que los usuarios puedan gestionar trámites comerciales sin tener que movilizarse a los Centros de Atención al Usuario211. El objetivo de esta oficina virtual es permitir la realización de consultas (visualización de estado de deuda, reimpresión de facturas, visualización de textos explicativos) y solicitudes diversas (pedido de inicio de trámites, pedidos de información no estandarizada) accediendo a información institucional y a la relacionada a la provisión y estado de los servicios. En relación a este punto y teniendo en cuenta la alta penetración de la telefonía celular en el área de concesión de la empresa, es importante destacar que AySA no cuenta con una aplicación móvil que podría brindar un canal directo no solo para publicación de información sino también para la participación ciudadana incluyendo la realización de reclamos, solicitud de asistencia técnica, etc. Esta App podría ayudar a construir relaciones de largo plazo con los usuarios por fuera del cobro de servicios, definición de tarifas y campañas para racionalizar consumo. Asimismo, la App, puede proveer un canal de comunicación instantánea que mejore la experiencia de los clientes, potenciando a su vez el autoservicio al permitir que se puedan hacer trámites que históricamente se han hecho en forma presencial en las oficinas de la empresa. Esto es posible si la App cuenta con una interfaz amigable. 288. En el ámbito de ERAS funciona una Sindicatura de Usuarios definida en el Marco Reglamentario212 conformada por representantes de las Asociaciones de Usuarios registradas213 en la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores dependiente de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo. El Ente regulador cuenta además con un Defensor del Usuario 25, cuya misión es representar institucionalmente los intereses de los usuarios en las audiencias públicas, así como en cuestiones contenciosas o de procedimientos administrativos en las que el Ente Regulador sea parte y los derechos de los Usuarios pudieran estar afectados por la decisión. 289. Gestión de reclamos durante la ejecución de las obras. Las ETAs establecen las siguientes obligaciones para las contratistas: (i) generar un procedimiento de reclamos; (ii) contratar un/a responsable del tema en el equipo de la contratista; (iii) incluir en la cartelería de obra el número de 210 Este servicio está disponible en la siguiente dirección: https://www.aysa.com.ar/Que-Hacemos/Plan-de-obras/Obras-en-tu- barrio/obras_en_tu_barrio 211 AySA cuenta con 29 Centros de Atención al Usuario distribuidos distritalmente en los principales centros de población. Cada Centro está habilitado para el cobro de facturas, realización de planes de pago y la recepción de solicitudes, trámites y/o reclamos. 212 Capítulo V, Art 54°, cf. supra Ref. 10 (Anexo 2, Marco Regulatorio) (tener presente que las autoridades mencionadas corresponden al actual esquema de gobierno, que son distintas a las indicadas en el Marco Reglamentario original). 213 En el marco de la LN 24.240 de Defensa del Consumidor y el Título I de la LN 26.993 de Servicio de Conciliación previa de las Relaciones de Consumo. 73 teléfono para reclamos; (iv) cumplir con los requisitos mínimos para el registro y procesamiento de los reclamos; y (v) informar sobre los reclamos recibidos mediante la planilla de seguimiento del desempeño ambiental de la obra. 290. Afectación a terceros. No se prevén compensaciones a comercios por afectaciones temporales, pero se establece la obligación de asegurar el acceso y la carga y descarga de mercadería durante la obra. En el caso de las viviendas se establece que deberá garantizarse el ingreso en forma segura y, en caso de que se obstruyera la entrada a un garaje será obligación de la contratista proveer una alternativa de estacionamiento. 291. Convivencia con la Comunidad. Si bien no hay un programa específico de gestión de afluencia de trabajadores ni se hace mención expresamente a un código de conducta, se establece que el contratista deberá tomar todas las precauciones que sean necesarias para asegurar el bienestar general del entorno de las obras. A su vez, se señala que, de acuerdo con la normativa vigente, el contratista “no permitirá conductas y/o actitudes que contribuyan a provocar episodios de violencia de género, incluyendo la explotación sexual, la trata de personas y el trabajo infantil, y atenderá a los principios de no discriminación, trato igualitario, y de igual remuneración por igual trabajoâ€?. 292. De todas maneras, es importante destacar que AySA cuenta con un “Código de Buenas Prácticas de Integridadâ€?, que rige para todas las actividades, operaciones y procesos de toma de decisiones de AySA y “es obligatorio en todos los niveles jerárquicos y operativos de la Empresa y para cada uno de sus proveedores y contratistas y terceros vinculados a la actividad de AySA, tratándose de un requisito imprescindible para preservar la reputación de la Empresa y asegurar el cumplimiento del marco jurídico aplicable a las personas jurídicas privadasâ€?. En el mismo se menciona la adhesión de AySA a los principios del Pacto Global de las Naciones Unidas, “en particular la defensa de los derechos humanos, el fortalecimiento del ámbito laboral, la protección del medioambiente y la lucha contra la corrupciónâ€?. 293. Inclusión Social. En relación a políticas de inclusión social, AySA tiene a su disposición el servicio de impresión de facturas en sistema braille214. La factura impresa en este sistema se realiza solamente como información para el usuario no vidente, ya que no remplaza a la factura oficial como documento de pago, ambas se envían en un sobre tamaño A4 diseñado especialmente a tal fin. 294. La Dirección de Desarrollo de la Comunidad tiene la misión de “Reconocer, evaluar y responder las necesidades y demandas prioritarias de las poblaciones y comunidades vulnerables dentro del área de acción de AySA, mediante la implementación de estrategias de intervención, orientadas a organizar y facilitar el proceso de desarrollo de los trabajos de obra en terreno, favorecer la comunicación e información inter e intra institucional y promover la integración de los nuevos usuarios al servicio de agua potable y saneamientoâ€?. Como se mencionó arriba, este es un robusto equipo interdisciplinario que tiene capacidad para poder trabajar fuertemente en la inclusión de distintos grupos vulnerables, incluyendo personas en situación de discapacidad y comunidades indígenas urbanas. Fortalezas 295. Los aspectos de prevención y control de obras se encuentran ampliamente respaldados por normativas que en Argentina cuentan con muchos años de implementación, que cubren a) los aspectos de las normas de tránsito y resguardo de los peatones en zonas de obras, b) la seguridad de los habitantes 214Para la impresión de este material, la empresa convocó a APANOVI (Asociación Pro-Ayuda a No Videntes) y ha tomado en cuenta los datos más relevantes. 74 de la zona de obras, y c) la Salud y Seguridad Ocupacional de los Trabajadores. Para ello el marco legal presenta niveles de acción que articulan desde los niveles nacionales hasta el gobierno local (los municipios), que se complementa con la experiencia y la aplicación de los ETG y las ETAs. 296. Para el control de la implementación del Marco Regulatorio existe un sólido mecanismo de control por parte de los controles internos y de terceros contratados por AySA como así también por el esquema de fiscalización implementado por el ERAS y la APLA. A su vez éste es complementado con una Comisión Fiscalizadora integrada por el Estado Nacional con dos representantes de la Sindicatura General (SIGEN) y uno del Programa de Participación Accionaria de los empleados (PPA). Además, la Auditoría Externa es ejercida por la Auditoría General de la Nación (AGN) y por auditores externos, técnicos y económicos. Figura 1:Mecanismo de control de AySA 297. Los trabajos descentralizados en cooperativas para las conexiones intradomiciliarias involucran la generación genuina de empleo, tanto por la continuidad de las cooperativas como por el entrenamiento en oficios, con la inclusión de capacitación para la implementación de marcos normativos y estándares de buenas prácticas de la industria. 298. La capacitación de operarios y la concientización de beneficiarios durante la etapa de obra sobre los riesgos de las enfermedades transmitidas por vectores y las medidas para prevenirlas (especialmente el Dengue) contribuirán a la generación de una conciencia social que permita disminuir la incidencia de las enfermedades vectoriales al adoptar medidas preventivas para eliminar todos los criaderos de mosquitos. 299. Se generan oportunidades para crear conciencia en el uso adecuado y cuidado del agua y del sistema cloacal, especialmente en aquellos sitios donde se produzca la primera conexión a la red. Brechas, Inconsistencias y Riesgos 300. La GSO realiza la supervisión de las obras que están en el marco del art 121 del Marco Regulatorio, o sea, las que requieren EIA, y de las obras financiadas por los organismos financieros internacionales, como por ejemplo, redes de expansión. La GSO tiene una dotación de 5 personas asignadas a la Inspección de obra. Las ETAs son un lineamiento paras las demás contrataciones por PByCG. La Contratista tiene la obligación de garantizar el correcto desempeño ambiental de la obra, para lo cual se le requiere un profesional con habilitación para ejercer la tarea de Responsable Ambiental en obra. La responsabilidad primaria de supervisión de la gestión ambiental de las obras está en cabeza de la IdO. La GSO es apoyo de la IdO, prestando colaboración y asesoramiento. A la fecha de esta Evaluación, la dotación de la Gerencia de Higiene y Seguridad es de 75 personas; complementariamente, a partir de la información relevada, existe además de la dotación de esta gerencia una descentralización en la inspección de H&S con los 75 responsables de H&S de las áreas técnicas que contratan las obras. Por su parte, la dotación para la inspección en la DDC es algo mayor (cuenta con 20 personas para la inspección de obras). 301. Si bien el Programa no depende de una colaboración inter-agencia para la ejecución de acciones vinculadas a la provisión de los servicios o para cumplir con las responsabilidades asociadas (más allá de las presentaciones para la obtención de permisos o EIAs), se evidenció que hay aspectos atendidos por varias dependencias dentro de la propia estructura de AySA, lo cual requiere una sólida acción transversal y colaborativa entre las distintas áreas a fin de evitar una fragmentación de los procesos y cierta diseminación de roles, acciones y responsabilidades dentro de los sistemas de gestión ambiental y de H&S en distintas áreas operativas de la empresa (a excepción de la DDC, que implementa la gestión ambiental, social y de H&S a lo largo del ciclo de sus proyectos con personal de la propia Dirección) . 302. El aumento en la generación de lodos de las plantas de tratamiento puede generar un riesgo ambiental y a la salud si no son adecuadamente gestionados, por tratarse en muchos casos de subproductos de carácter peligroso de los sistemas de tratamiento, en particular los derivados de las plantas depuradoras. 303. En este marco, AySA ha abordado un proceso de post-tratamiento de los lodos para su estabilización biológica, y facilitar su manejo. Sin embargo, estas acciones no se aplican a la totalidad de las plantas depuradoras. Cabe mencionar que la mayoría de las plantas que actualmente dependen de AySA fueron transferidas hace menos de 3 años a la empresa y están en proceso de adecuación. Los planes de AySA prevén que en todos los casos los barros se gestionen de forma sustentable. No se tuvo acceso a información completa sobre generación, tratamiento y disposición final para todas las plantas de AySA. 304. Dos temas no previstos en las ETAs son: i) la afectación temporal o permanente de actividades económicas informales no ilegales; y, ii) la afectación temporal de usos comunitarios. Esto se debe a que la posibilidad de ocurrencia de ese tipo de impactos es menor y, como se mencionó anteriormente, se aborda caso por caso. Asimismo, tampoco hay dentro de las ETAs un programa de comunicación con la comunidad. Con respecto a este último punto, es importante destacar que no se incluye en las ETAs debido a que AySA gestiona la comunicación en forma directa y que la contratista debe proveer toda información que sea necesaria para estas acciones a solicitud del inspector de obra. Si bien la posibilidad de ocurrencia de los riesgos señalados en i) y ii) es baja, teniendo en cuenta todas las intervenciones del Programa, y actualmente se definen acciones caso por caso, en el Capítulo 6 se incluyen algunas recomendaciones para favorecer una adecuada gestión de ese tipo de riesgos. Principio 2 – Recursos de hábitats naturales o patrimonio cultural físico 305. Los sistemas de gestión ambiental y social del Programa están diseñados para evitar, minimizar o mitigar los impactos adversos en los hábitats naturales y los recursos culturales físicos resultantes del Programa. Las actividades del programa que impliquen la conversión o degradación significativa de hábitats naturales críticos o patrimonio cultural físico crítico no son elegibles para el financiamiento de PforR. Aplicabilidad (Sí) 306. Este principio básico es aplicable a la gestión ambiental. 76 307. Como mencionamos, el Programa se realiza en áreas urbanas, muy densamente pobladas, y no es esperable realizar intervenciones en hábitats naturales; sin embargo, existen zonas de diferente valor de conservación identificadas en el área de concesión de AySA. Dichas áreas fueron identificadas en esta ESAS y se presentan en una lista donde se identifican las que ya tienen un estatus de protección legal y aquellas que se encuentran en proceso de formalización (ver Anexo 4). 308. Las intervenciones del Programa involucran excavaciones y movimiento de suelos. Por lo tanto, es posible acceder a hallazgos fortuitos de bienes culturales físicos, vinculados especialmente con la época colonial de Argentina. Fortalezas 309. Tanto AySA como las agencias gubernamentales involucradas tienen competencias técnicas, experiencia y conocimiento en la realización de actividades en el marco del Programa, incluidas la realización de obras de infraestructura primaria de agua y saneamiento y el tendido de tuberías. Los marcos regulatorios sectoriales están armonizados en el marco nacional por el acuerdo tripartito (Nación, PBA y CABA) y los procedimientos institucionales para el monitoreo de los sistemas están presentes a través de la existencia de múltiples agencias y sus procesos que son independientes pero articulados, especialmente en los comités de cuencas donde se producen los vuelcos (ACUMAR y COMIREC). 310. Para el control de vuelcos de efluentes existe un marco regulatorio (ver Capítulo 3) que, además de estándares claramente establecidos, cuenta con sistemas de monitoreo y contralor ya descritos (ver Principio 1) por lo que existen sistemas y procesos para minimizar los impactos que puedan afectar negativamente al medio ambiente. 311. Existen áreas ecológicamente sensibles bien definidas, con diferentes tipos de protección legal, en base a normativa provincial y municipal que se corresponden, en algún caso, con humedales de las cuencas que aguas abajo serán receptoras de los efluentes. 312. Con respecto al Patrimonio histórico y arqueológico/paleontológico, además del marco normativo Nacional, Provincial y de CABA (Capítulo 3), las ETAs (Capítulo 4) establecen que, en caso de que las obras se ejecuten dentro de un área con alta sensibilidad arqueológica y/o paleontológica, se realizará la prospección correspondiente al patrimonio arqueológico/paleontológico antes del comienzo de las obras215. Tal prospección deberá estar disponible a pedido de la inspección de Obra (IdO). Brechas, Inconsistencias y Riesgos 313. El mapeo de zonas de sensibilidad arqueológica, antropológica o paleontológica para el área de concesión de AySA216 contiene a los municipios de la concesión original y Escobar y Pilar; esta información se vuelca en los EIA al igual que el procedimiento en caso de descubrimientos. No obstante, se identifica la necesidad de completar el mapeo para toda el área de concesión vigente. Asimismo, también se identifica la necesidad de que estos mapas estén a disposición de los Contratistas de obras que no requieren EIA y se contratan por el PByCG, al igual que los procedimientos ante hallazgos fortuitos que se 215Cumplimentando la Ley 25.743 y Decreto Reglamentario 1022/04. 216 El mapa de las áreas con alta sensibilidad arqueológica y paleontológica dentro del área de concesión de AySA, debería poder descargarse desde la Web institucional de AySA según lo establecido en las ETAs, pero éste no se encuentra disponible al momento de preparar esta ESAS 77 incluyen en los EIA, publicándolos en la Web institucional e incorporándolos en las ETAs para el momento en que estas se actualicen. 314. Dado que las obras de AySA se ejecutan en ambientes esencialmente urbanos, el abordaje actual de la gestión de protección ambiental, tanto en la evaluación como en la ejecución de las obras, hace foco en los aspectos bióticos urbanos. Si bien en el contexto previsto el Programa no involucraría riesgos sobre hábitat naturales, ello no quita que alguna obra menor (tendido de redes, reducción de pérdidas de agua) se desarrollara eventualmente en algún área con valor de conservación. En tal sentido, no existe un mapeo de áreas con estatus legal de valor de conservación para el área de concesión de AySA. Asimismo, en el área de concesión también existen áreas con valor de conservación promovidas por los vecinos y las autoridades provinciales o municipales que aún no han adquirido un estatus de protección legal. Principio 3 – Seguridad pública y de los trabajadores 315. Los sistemas de gestión ambiental y social del Programa están diseñados para proteger la seguridad pública y de los trabajadores contra los riesgos potenciales asociados con (i) la construcción y/u operación de instalaciones u otras prácticas operativas en el marco del Programa; (ii) exposición a sustancias químicas tóxicas, desechos peligrosos y materiales peligrosos en el marco del Programa; y (iii) reconstrucción o rehabilitación de infraestructuras ubicadas en zonas propensas a riesgos naturales. Aplicabilidad (Sí) 316. Este principio básico es aplicable debido a las acciones relacionadas con la gestión ambiental y social. Se aplica a la construcción de obras básicas y sistemas de conexión (el tendido de tuberías incluso en las viviendas ya existentes) y a la gestión diaria de los sistemas de suministro de agua y tratamiento de líquidos cloacales. Por tanto, existen riesgos durante la construcción tanto para los trabajadores del Programa, como para para beneficiarios y transeúntes dependiendo de la ubicación de las diversas actividades. Sin embargo, se espera que los sistemas de gestión sólidos existentes minimicen dichos riesgos. En los casos de aquellos trabajos que impliquen tareas sobre cañería de asbesto-cemento (reemplazo, conexión con ductos existentes, reparaciones, entre otras) existen riesgos adicionales vinculados a la peligrosidad de dicha sustancia. Fortalezas 317. Para la gestión de las actividades relacionadas con la construcción, el Gobierno de Argentina cuenta con marcos normativos completos (ver Capítulo 3 sección Marco Nacional IV.- Trabajo y Condiciones Laborales) y los sindicatos acompañan las normativas de protección con guías y protocolos para el cuidado del trabajador. Los pliegos licitatorios y mecanismos de contratación de cooperativas contienen cláusulas vinculadas a la higiene y seguridad. AySA provee a sus operarios de los elementos de protección personal previstos en la legislación laboral, y en las guías de buenas prácticas. 318. La generación de trabajos descentralizados en cooperativas en los programas conexiones intradomiciliarias genera oportunidades de formación con capacitación en los riesgos de H&S, el cumplimiento de marcos normativos y estándares de buenas prácticas de la industria. Además, contribuye a la incorporación de hábitos y conductas basadas en la seguridad de los trabajadores y en el uso de equipo de seguridad, procedimientos y planes para garantizar un sitio de trabajo seguro. 78 319. Argentina posee una Ley de Tránsito 24.449 que regula los aspectos de señalética en obras (Capítulo 2) y AySA cuenta con un Sistema integrado de señalética de obras en vía pública (Capítulo 3). AySA realiza múltiples obras en la vía pública a través de contratistas, cooperativas y mano de obra propia para la prestación de servicios de agua potable y colección de desagües cloacales. Con este Sistema Integrado de Señalética de obras en Vía Pública217, AySA busca reforzar la prevención de riesgos en ambientes de obra, con información y un impacto visual cuidado, acorde a la obra que se está ejecutando. 320. Las ETAs incorporan los requisitos que debe cumplir el contratista basado en la legislación vigente y además cuenta con un "Procedimiento de Gestión de Asbesto Cemento (A°C°)", por el cual el contratista debe contemplar la provisión de los elementos de seguridad necesarios, la preparación del área de trabajo, el encapsulamiento con surfactante (disolución de agua y pintura látex vinílica al 20%), y desarrollar un "Procedimiento de trabajo seguro sobre materiales de A°C°" para realizar el corte de las piezas, el cual debe ser homologado por la Gerencia de Higiene y Seguridad de AySA, considerando la extracción del material, el almacenamiento transitorio y su identificación en un sitio preparado a tal fin, la limpieza del área de trabajo, la disposición final de los residuos peligrosos generados y la capacitación en este tema del personal que realizará las tareas. Al finalizar la tarea, el contratista debe entregar el certificado de disposición final a la IdO antes de la recepción provisoria de la misma. El contratista debe documentar los volúmenes generados en la "Planilla de Seguimiento del Desempeño Ambiental" de la obra. 321. En el marco de la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorioâ€?, decretada por el Gobierno Nacional para contener el coronavirus-COVID 19, AySA reforzó las acciones preventivas de limpieza y fumigación focalizado en los espacios de uso común de sus establecimientos y plantas, y la entrega de elementos de protección personal para el personal de calle. En ese contexto ha generado una Guía Operativa para garantizar las condiciones pertinentes en materia de prevención, seguridad e higiene, y evitar el contagio y la propagación de la enfermedad entre los/las trabajadores/las para la ejecución de los Planes Agua + Trabajo y Cloaca + Trabajo. Un responsable de “Seguridad Sanitariaâ€? o de “Higiene y Seguridadâ€?, será el/la encargado/a de cumplir y hacer cumplir, a todo el personal que interviene en la obra, el Protocolo de Prevención. Dentro del listado de los integrantes de las cooperativas no podrán estar la “Población de Riesgoâ€? (excluida de la actividad sin excepción). Los mismos serán adaptados, en lo pertinente, para las obras de conexiones intradomiciliarias que apoyará el Programa. Para el caso de la Pandemia de COVID-19, AySA ha preparado un Plan de Capacitación sobre Coronavirus (COVID-19). Esta tarea estará a cargo del Responsable de Higiene y Seguridad y se brindará a cada cooperativa de trabajo. Se prevén actualizaciones y/o refuerzos con una periodicidad semanal o quincenal, de acuerdo al avance/modificación de las medidas anunciadas por la Autoridad Sanitaria Nacional, Provincial o de CABA en los casos que corresponda. 322. La preparación y respuesta frente a emergencias es uno de los requisitos para la implementación de un Sistema de Gestión Ambiental (SGA) bajo la norma ISO 14001 que implica que la organización debe establecer, implantar y mantener los procesos necesarios para responder frente a situaciones de emergencias. Para ello se requiere que esté operativo un plan de control operacional para evitar que sucedan estas situaciones de emergencia, y disponer de un plan de emergencia con capacidad de respuesta cuando a pesar de todas las medidas de control se produce el incidente/accidente. Las instalaciones de AySA que cuentan con un SGA certificado deben contar por lo tanto con planes de 217 http://apla.gov.ar.vxct22007.avnam.net/files/pdf/2019/10/Manual_Senaletica.pdf 79 respuesta frente a emergencias. Asimismo, el SGA impone que se deben realizar simulacros de los planes de emergencia y revisar el contenido de forma periódica. Brechas, Inconsistencias y Riesgos 323. Ciertas intervenciones bajo el Programa requerirían mantener las actuales acciones de mitigación y aplicar enfoques sostenibles para gestionar mejor los efectos ambientales del Programa. Estos incluyen, entre otros (i) temas relacionados con higiene y seguridad de los operarios, contratistas y de los beneficiarios ante las situaciones persistentes de pandemia por COVID-19 y epidemia de Dengue en CABA y GBA; (ii) temas vinculados con la salud y seguridad de la comunidad en las tareas que involucren asbesto- cemento (tanto por recambio de tuberías como ante hallazgos fortuitos durante excavaciones y demoliciones), comprendiendo la extracción, manipulación, el acopio temporal y el traslado hasta la disposición final. La implementación de protocolos218 y medidas de prevención demandarán una capacitación previa a todos los operarios y campañas de concientización a beneficiarios que permitan anticipar, evitar, minimizar los riesgos de los puntos (i) y (ii). 324. Las condiciones climáticas de la zona de implementación del Programa resultan favorables al desarrollo del mosquito Aedes aegypti. Las características de estas obras, con excavaciones y potencial acumulación de tierra y escombros en la vía pública, pueden generar acumulación de agua (de lluvia, de la obra) y la consecuente proliferación de mosquitos (solo siete días es el ciclo de vida del mosquito Aedes aegypti). Figura 2: Tasa de incidencia acumulada de Aedes aegypti. Fuente: Dirección de Epidemiología, Provincia de Buenos Aires 218 MSAL Argentina Recomendaciones comunicacionales para la prevención del dengue en fases de interbrote y brote Marzo2020. http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000000618cnt-02-protocolo-comunicacional-dengue.pdf 80 Figura 3: Distribución espacial de casos de dengue. 325. Si bien AySA provee elementos de prevención e higiene entre los que se encuentran los repelentes de mosquitos219 es necesario mantener la vigilancia en el correcto uso y las frecuencias necesarias de aplicación. Los únicos repelentes efectivos, tanto para uso personal como en el hogar, son los autorizados por la ANMAT. Para prevenir el Aedes aegypti se recomiendan los que contienen DEET (N N-diethyl-m- toluamida) y se desaconsejan los repelentes a base de citronella. 326. Con respecto a los temas vinculados a la higiene y seguridad de los trabajadores y la comunidad en referencia a las tareas que involucren asbesto-cemento, las especificaciones obrantes en las ETAs vigentes hacen foco en las tareas de recambios de tuberías (encontrándose además bajo el Capítulo de Residuos Peligrosos), y no frente al potencial de hallazgo fortuito de otro tipo de materiales con contenido de asbesto durante actividades de excavación o demolición. Asimismo, las ETAs no aplican a las obras que no se contratan bajo el PByCG de AySA, con lo cual, ciertas intervenciones involucrando asbestos podrían no contar con procedimientos específicos de gestión. 327. Complementariamente, el procedimiento de H&S desarrollado por AySA que detalla varios tipos de riesgos en el ámbito laboral, no identifica en forma expresa como posible riesgo el manejo de materiales con asbestos. 328. No hay en las ETAs requisitos para que el Contratista presente Planes de emergencia en las obras o cómo participan los contratistas en los planes de emergencias cuando se trata de intervenciones en plantas con SGA certificados. Solo se incluye en las ETAs un requisito para que los contratistas de obras implementen Medidas de Mitigación y Contingencias para el caso de derrames de Residuos Peligrosos (un Procedimiento de Gestión de Derrames que deben desarrollar) y una mención en el PByCG que expresa 219ANMAT, Recomendaciones para la utilización de repelentes http://www.anmat.gov.ar/Domisanitarios/repelentes.pdf y Sociedad Argentina de Pediatría https://www.sap.org.ar/docs/profesionales/consensos/recomendaciones_sap_repelentes.pdf 81 en forma muy general que “en casos de emergencias con motivo y en ocasión de las obras, que amenacen o que puedan causar daños a personas o daños a propiedades de AySA o de terceros, el Contratista tiene el deber de actuar inmediatamente en salvaguarda de tales dañosâ€?. Por otro lado, ciertas áreas donde se pueden llegar a implementar intervenciones bajo el Programa son zonas de posibles riesgos de inundación, pero no hemos detectado referencias a procedimientos de mitigación/control de este tema. Principio 4 – Adquisición de tierras 329. Los sistemas ambientales y sociales del Programa gestionan la adquisición de tierras y la pérdida de acceso a los recursos naturales de manera que se eviten o se reduzcan al mínimo los desplazamientos y se ayude a las personas afectadas a mejorar, o como mínimo a restablecer, sus medios de vida y sus niveles de vida. Aplicabilidad (No) 330. Este Principio no aplica porque el Programa no incluye ninguna obra que requiera la adquisición de tierra ni la pérdida de acceso a recursos naturales. De acuerdo con lo explicitado en el listado de actividades que quedan excluidas del Programa, éste no financiará ninguna obra que pueda requerir la adquisición y/o toma de tierras que derive en el desplazamiento o la pérdida de vivienda, o la pérdida de activos o del acceso a activos, o la pérdida de las fuentes de ingresos o de los medios de subsistencia, ya sea que los afectados deban trasladarse a otro lugar o no. Principio 5 – Pueblos indígenas y grupos vulnerables 331. Los sistemas ambientales y sociales del Programa tienen debidamente en cuenta la idoneidad cultural de y el acceso equitativo a los beneficios del Programa, prestando especial atención a los derechos e intereses de los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas del Ã?frica subsahariana, y a las necesidades o preocupaciones de los grupos vulnerables Aplicabilidad (Sí) 332. El Programa está diseñado para hacer foco en la atención de las poblaciones vulnerables. 333. Según el Censo Nacional 2010 el 1,9% de la población de la PBA se reconoce indígena. Se trata de 299.311 personas sobre un total de 15.625.084 habitantes. En el GBA tienen más preponderancia los pueblos Guaraní y Qom. El 97,2% de la población indígena de la PBA vive en áreas urbanas y el 2,8% en áreas rurales. 334. En términos normativos, se destaca que la constitución de la PBA (Capítulo 2) que reivindica la existencia de las identidades indígenas. 335. Uno de los objetivos del Programa es aumentar el acceso a los servicios de agua y saneamiento mejorados con foco en las zonas vulnerables del GBA. En este sentido la mayoría de las acciones están enfocadas en beneficiar a los grupos vulnerables de la PBA. En relación a este punto es importante destacar que existe un grupo estructuralmente vulnerable que está presente en el área de implementación del Programa y que ha sido históricamente invisibilizado. Este grupo es el conformado por comunidades indígenas urbanas o periurbanas (ver Mapa de Comunidades Indígenas de la PBA abajo). 82 Figura 4:Comunidades Indígenas de la Provincia de Buenos Aires. Fuente Consejo Provincial de Asuntos Indígenas de la Provincia de Buenos Aires 336. El Programa no genera impactos negativos sobre estas comunidades ni implica explotación de recursos culturales y conocimiento de pueblos indígenas. 337. Uno de los objetivos de los Planes de Gestión Social asociados a las obras es lograr una adecuada incorporación de los nuevos usuarios al servicio. Para ello, se llevan adelante acciones de concientización sobre los beneficios y buen uso de los servicios de agua potable y desagües cloacales. Fortalezas 338. El Gobierno de la PBA cuenta con un Consejo Provincial de Asuntos Indígenas (CPAI), que es un órgano de co-decisión perteneciente a la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia. Su objetivo es cumplir, fomentar y gestionar políticas públicas destinadas a la población indígena radicada en el actual territorio bonaerense, para proteger, respetar y garantizar los derechos humanos consagrados en las normas provinciales, nacionales e internacionales. 339. El CPAI está integrado por cuatro funcionarios del Estado provincial y por el Consejo Indígena de la Provincia de Buenos Aires (CIBA)220, conformado por representantes de pueblos que habitan la provincia. De esta forma, se materializa de manera directa el derecho a la participación y consulta en la elaboración y gestión de las políticas públicas a través de asambleas periódicas. Asimismo, la PBA cuenta con un Registro Provincial de Comunidades Indígenas (REPROCI) que funciona en el CPAI a partir de un convenio celebrado con el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y que facilita la identificación y ubicación georreferenciada de las Comunidades Indígenas en todo el territorio de la Provincia. 340. El Plan Director de Operaciones incluye la implementación de un Plan de Estudios de Impacto Ambiental y Social, cuyo objetivo es el de gestionar los EIAs de las obras que ejecuta AySA, en cumplimiento de la normativa vigente. Estos estudios incluyen, entre otros, una actualización y análisis de Ã?ndice de Riesgo Sanitario, el monitoreo social, y la evaluación y caracterización de la población residente en el área a partir de la magnitud de riesgo sanitario al que está expuesta; y análisis e investigación de campo, planificación, elaboración y seguimiento sobre el impacto socio-ambiental de la 220 En el CIBA participan los pueblos Mapuche-Tehuelche, Kolla, Qom y Guaraní. Cada uno cuenta con dos representantes elegidos en asamblea de las máximas autoridades comunitarias, de acuerdo a su propia cosmovisión, sin la intervención del Estado. Sus mandatos duran dos años. 83 obra. Todos estos estudios podrían proveer una base de análisis para entender las realidades de las comunidades indígenas urbanas respecto a su acceso al agua segura, así como poder diseñar acciones específicas para asegurar que las poblaciones indígenas sean beneficiarias del Programa. Brechas, Inconsistencias y Riesgos 341. AySA no cuenta con ninguna política específica enfocada en la provisión de agua potable y/o cloacas para las comunidades indígenas que están presentes en su área de concesión. Partiendo del hecho de que la Política de intervención social plantea la adaptación de las estrategias para cada grupo que surge en la implementación de los programas, se identifica una oportunidad para utilizar las herramientas y el equipo de que se dispone para generar acciones específicas que consideren las particularidades de los pueblos indígenas. Teniendo en cuenta que existen pueblos indígenas en el área de intervención del Programa, es importante contar con medidas que contribuyan a fortalecer las posibilidades de estos grupos para acceder a los beneficios del programa. Principio 6 – Conflictos sociales 342. Los sistemas ambientales y sociales del Programa evitan exacerbar los conflictos sociales, especialmente en estados frágiles, zonas post-conflicto o áreas sujetas a disputas territoriales (Incluye la consideración de los riesgos de conflictos vinculados a la equidad distributiva y las sensibilidades culturales). Aplicabilidad (No) 343. Este principio no aplica dado que, por un lado, el Programa no se implanta en áreas de conflictos sociales existentes que se pudieran exacerbar por la ejecución de las actividades previstas. Y, por otro lado, la consideración de la equidad distributiva y de las sensibilidades culturales para minimizar riesgos de conflicto son incorporados como parte de las propias actividades del Programa y contempladas en los sistemas de gestión que guiarán su implementación. Complementariamente, algunas recomendaciones y acciones son formuladas para asegurar la sustentabilidad y mejora de dichos sistemas en estos aspectos. 84 CAPÃ?TULO 6: PLAN DE ACCIÓN DEL PROGRAMA Y RECOMENDACIONES 344. Con base en la Evaluación de Sistemas de Gestión Ambiental y Social existentes identificados para el Programa, se han identificado una serie de acciones de mejora acordadas con AySA. Estas acciones están contenidas en: (i) actividades del Programa por Resultados y (ii) actividades bajo el Plan de Acción del Programa. 345. Las áreas prioritarias identificadas en el Programa y los correspondientes indicadores vinculados a los desembolsos (DLI) no recomiendan actividades / acciones que puedan causar un daño significativo al medio ambiente o a las personas afectadas y / o resulten en impactos ambientales y sociales adversos que sean sensibles, diversos, sin precedentes, o irreversibles. 346. Complementariamente, se han identificado ciertos aspectos que podrían ser abordados por AySA para fortalecer sus sistemas de gestión existentes. Los mismos se proponen como recomendaciones. Acciones del Plan de Acción –Ambiental221 Acción del Programa 1 347. Ã?reas de valor de conservación. Mapear, georreferenciar y mantener permanentemente actualizadas las áreas de valor de conservación dentro del área de concesión de AySA. 348. Dado que el proceso para definir áreas / zonas ecológicamente sensibles es dinámico, la creación de una “lista de áreas de valor de conservaciónâ€? y su mapeo georreferenciado deberá ser sometido a actualización permanente. 349. La lista y el mapa deben ir acompañados de procedimientos que incluyan: a) una evaluación temprana sobre la posibilidad de evitar intervenciones en dichas áreas (por ej., modificaciones de trazas); b) la definición de un plan de acción frente a eventuales intervenciones en esos sitios. Esto es de particular importancia para aquellas intervenciones que no requieran de EIA previo, que son las que no cuentan con un marco para evaluación de los eventuales impactos sobre los ambientes naturales de las áreas a intervenir, como posiblemente sí se evalúa durante la realización de los EIAs. 350. Estas herramientas le permitirán a AySA, además, incorporar información de base para la realización de los Estudios de Impacto Ambiental. 351. Ã?reas con alta sensibilidad arqueológica y paleontológica. Mantener actualizada la información de mapeo y georeferenciación de las áreas de alta sensibilidad arqueológica y paleontológica, para toda el área de concesión de AySA. 352. Dicho mapa debe ir acompañado del procedimiento avalado por el organismo de aplicación provincial, incluyendo los aspectos de capacitación y concientización al personal, ante la posibilidad de hallazgos antropológicos, culturales o paleontológicos en la obra. Estos riesgos y procedimientos deberán incorporarse en el Plan de Gestión Ambiental con la descripción clara de los pasos a seguir. 221 Acciones del Programa correspondiente al Plan de Acción del Programa (PAP). 85 353. Resulta en un instrumento para anticipar y evitar riesgos al patrimonio cultural físico que pueden resultar permanentes e irremediables, y sensibilizar a actores claves para estar preparados para hallazgos fortuitos. Acción del Programa 2 354. Gestión de Materiales con Asbestos. Destinado a asegurar que se implementen mecanismos de aseguramiento de una adecuada gestión, para contribuir a la salud de los trabajadores y a la protección de la salud pública por el manipuleo de materiales y residuos con asbestos, y más allá al prever con la antelación debida el transporte y disposición final conforme la normativa vigente. 355. Ello deberá incluir, como mínimo: a) el mejoramiento de las especificaciones técnicas ambientales en cuanto al alcance de los procedimientos de gestión y trabajo seguro con cañerías de asbesto-cemento, en particular incorporando requerimientos para la identificación de otros posibles materiales con asbestos (además de las cañerías de asbesto-cemento) y cómo proceder en caso de hallazgos fortuitos de estos otros materiales en demoliciones o excavaciones; b) desarrollar procedimientos específicos para las obras que no se contraten bajo el PByCG; c) Incorporar explícitamente los riesgos referidos al manejo de materiales con asbestos en el procedimiento de H&S desarrollado por AySA; y d) capacitar a su propio personal de inspecciones de obras con relación a los riesgos, normativa aplicable y procedimientos de gestión. Tabla 2: Plan de Acción del Programa - Ambiental DLI / Acción del PAP Fecha de Realización Ã?rea responsable Medición de Finalización PAP Mapear y georreferenciar las áreas de valor de 1) Publicación en página conservación dentro del Web institucional. área de concesión de Dentro de los tres AySA 2) Incorporación de la AySA. Actualizar el mapa primeros meses a partir PAP Dirección de información en los EIA de áreas con alta de la efectividad del sensibilidad arqueológica Programa Sustentabilidad 3) Incorporación en la y paleontológica dentro actualización de las ETAs del área de concesión de cuando se actualicen AySA 1) Anexar el procedimiento al documento de ETAs e incorporar a las ETAs Mejorar los Dentro de los tres AySA cuando se actualicen procedimientos y primeros meses Dirección de 2) Procedimiento de procesos para la gestión PAP contados a partir de la Sustentabilidad y gestión de asbesto de materiales con efectividad del Gerencia de implementado asbestos Programa Higiene y Seguridad 3) Procedimiento de H&S actualizado 4) Desarrollo de contenidos de entrenamiento y 86 DLI / Acción del PAP Fecha de Realización Ã?rea responsable Medición de Finalización PAP capacitación al personal brindada, con detalle de la nómina del personal entrenado Recomendaciones Ambientales 356. Establecer circuitos de comunicación con las áreas técnicas para incorporar la consideración de los aspectos ambientales y sociales identificados en los EIA u otros estudios en el diseño de las obras y protocolizarlos. 357. Desarrollar protocolos para la integración de los Contratistas en los planes de preparación y respuesta a emergencias de AySA, tanto para los trabajos en las plantas donde intervendrá el Programa como para los trabajos en vía pública, hasta donde resulte necesario. 358. Desarrollar un flujograma que visualice la interacción e integración de los sistemas de gestión ambiental y de salud y seguridad ocupacional -desde el diseño, construcción y hasta la operación y mantenimiento de infraestructura-, e identificar las oportunidades de mejora para consolidar la integración y optimizar dichos sistemas. 359. Actualizar el registro de lodos que generan las plantas a medida que se mejoran los procesos de las mismas, indicando la caracterización de los lodos y el tipo de gestión en cada caso. 360. Mantener actualizada la información y los links de acceso a los documentos públicos pertinentes a la gestión ambiental, social y de higiene y seguridad en el sitio web de AySA. Acciones del Plan de Acción - Social Acción del Programa 3 361. Para las actividades bajo las Ã?reas de Resultados 1.1 y 1.2 se deberá preparar un Código de Conducta para las cooperativas y un modelo o listado de requisitos mínimos que se exigirá en los códigos que presenten las contratistas participantes. Asimismo, se deberá preparar un modelo de nota de adhesión y conformidad a ser firmadas por los habitantes de las viviendas donde se realizarán las obras y un formulario para reporte de incidentes. 362. Acción del Programa 4: Para las actividades bajo las Ã?reas de Resultados 1.1 y 1.2 se incorpora en el manual operativo los requisitos mínimos a exigir a los contratistas en la instancia de aprobación del PGAS en los casos en que se identifiquen afectaciones temporales de actividades económicas informales no ilegales o afectación temporal a espacios de uso comunitario tomando como base las medidas adoptadas por AYSA hasta el momento en situaciones de este tipo. 363. Asimismo, hay 2 (dos) acciones sociales adicionales que constituyen DLIs del Programa: (i) Implementación de una aplicación móvil y sistema CRM (gestión de relacionamiento con el cliente, por su sigla en Inglés) para mejorar la relación de AySA con el cliente y la participación ciudadana; y, (ii) Incrementar la participación de mujeres en puestos de liderazgo en AySA. 87 Tabla 3: Plan de Acción del Programa - Social DLI / Fecha de Acción del PAP Ã?rea responsable Medición de Finalización PAP Realización Dentro de los tres Preparar código de conducta primeros meses a 1) Publicación en página para cooperativas y partir de la fecha Web institucional. contratistas de efectividad del AySA Dirección de 2) Incorporación en los PAP Programa, y previo Desarrollo de la Preparar modelo de nota de PGAS al inicio de las Comunidad adhesión y conformidad de obras del Programa 3) Incorporación en las los beneficiarios (lo que suceda ETAs cuando se actualicen antes) Incorporar en el manual operativo los requisitos mínimos a exigir a los contratistas en la instancia Dentro de los tres de aprobación del PGAS en primeros meses a los casos en que se partir de la fecha identifiquen afectaciones de efectividad del AySA Dirección de 1) Incorporación en los temporales de actividades PAP Programa, y previo Desarrollo de la PGAS económicas informales no al inicio de las Comunidad ilegales o afectación obras del Programa temporal a espacios de uso (lo que suceda comunitario tomando como antes) base las medidas adoptadas por AYSA hasta el momento en situaciones de este tipo Recomendaciones Sociales 364. A seguir se encuentran recomendaciones para mejorar el sistema de gestión social: 365. Participación Ciudadana. AySA está trabajando para fortalecer su capacidad para involucrar a la ciudadanía de manera constructiva y continua, estimulándola a un mayor uso de los modos “virtualesâ€? que situaciones como COVID19 han potenciado recientemente. El mejor conocimiento de sus usuarios permitirá a AySA, proporcionar información relevante y desglosada a los usuarios tanto sobre la calidad de la prestación como de los desafíos que enfrenta el sector222. Asimismo, se recomienda evaluar la necesidad de incorporar acciones de comunicación específicas enfocadas en grupos vulnerables que puedan requerir un abordaje particular (por ejemplo, pueblos indígenas que pueden requerir la preparación de materiales en sus propios idiomas, población migrante223, personas con discapacidad que pueden requerir la preparación de materiales de comunicación accesibles). A nivel social, el fortalecimiento de la participación permitirá, establecer mayor confianza entre ciudadanos y la empresa a través de nuevos canales para la participación ciudadana y rendición de cuentas. Este tipo de retroalimentación virtual continua es especialmente necesaria en el contexto actual (COVID19) en áreas 222 Temáticas como reducción de fugas, gestión de la demanda, sostenibilidad empresaria, resiliencia, cambio climático, manejo de emergencias y otras cuestiones trascedentes. 223 La necesidad de inclusión de población migrante entre los grupos vulnerables surgió como resultando de las consultas. 88 de menores ingresos, donde es importante entender cómo los servicios y las campañas (como las de lavado de manos) están siendo recibidas por la comunidad. La tecnología también puede proporcionar vías para una mayor voz para los ciudadanos que de otra forma son menos visibles a las estructuras de liderazgo comunitario existentes (ya sea por ser minorías, poblaciones indígenas, etc.). 366. El personal de AySA debería ser parte del proceso de identificación de requerimientos de la APP con el fin de colaborar en la identificación de funcionalidades (áreas usuales de quejas de clientes, problemáticas desafiantes, potenciales inconvenientes al momento de lanzamiento de la app)224. 367. Inclusión de Pueblos Indígenas. Se recomienda incorporar el análisis de presencia de comunidades indígenas como parte del Plan de Estudios de Impacto Ambiental y Social de AySA a fin de poder asegurar el acceso de estas comunidades a los beneficios del Programa a través del Programa Tarifa Comunitaria225. 224 Lograr un sistema receptivo requiere participación y apertura del personal de la empresa. Es esperable que la incremental inserción de modalidades de vinculación virtual impacte en las actuales modalidades de trabajo. Es fundamental, por eso, que estos equipos tengan desde la reflexión la oportunidad de proporcionar comentarios sobre el desarrollo del sistema para que las categorías de comentarios / solicitudes de servicio se alineen a las nuevas demandas y posibilidades tecnológicas. Además, el equipo debe ser capacitado, tanto para la transición como para la nueva modalidad virtual. 225 El programa Tarifa Comunitaria está destinada a organizaciones de la sociedad civil. El mismo está disponible para (i) entidades de bien público que acrediten ser asociaciones civiles; (ii) simples asociaciones que no persigan fines de lucro en forma directa o indirecta; (iii) organizaciones comunitarias sin fines de lucro; (iv) universidades; (vi) escuelas públicas; (vii) entidades deportivas barriales; (viii) salas teatrales habilitadas para tal fin; (ix) hospitales públicos; (x) comedores sociales; y (xi) otros usuarios que encuadren en el beneficio, según la evaluación del ERAS. Los tipos de beneficio incluyen (a) acceso al servicio, destinado a Instituciones que no se encuentran conectadas al servicio de agua y/o cloaca (pago del 50% del cargo de conexión en 24 cuotas mensuales); (b) uso del servicio, para aquellas Instituciones que requieran ayuda económica para afrontar el pago de sus facturas (servicio no medido: Descuento del 25% sobre la Tarifa General Diaria del Cargo Variable / servicio medido: Descuento del 30% sobre el valor del precio del metro cúbico); (c) regularización de deudas, para posibilitar que las Instituciones con deuda cancelen sus compromisos de forma acorde a sus posibilidades económicas (pago del 50% de la deuda original, sin intereses ni recargos, en 12 cuotas mensuales). 89 ANEXOS Anexo 1A: Preparación de la ESAS – Listado de Personas Consultadas y Lugares Visitados 1. Como parte de la diligencia debida del Banco Mundial para el desarrollo de la presente ESAS, se implementó un proceso de consulta en línea con los principios básicos ambientales y sociales de la Política de Financiamiento del Programa por Resultados y la Directiva de Financiamiento del Programa por Resultados del Banco Mundial. 2. Es importante destacar que el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró al brote del COVID-19 como una pandemia y, a raíz de ello, nuestro país amplió la Emergencia Sanitaria y se declaró como medida excepcional el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) dado el contexto crítico. Debido a estas medidas, el proceso de consulta ha sido completamente en forma virtual. Asimismo, no ha sido posible en el contexto de la preparación realizar visitas de campo ni recorridos presenciales en los lugares donde se llevarán a cabo las obras. 3. En relación a las consultas, en la etapa de preparación del ESSA las mismas se hicieron a través de reuniones virtuales e intercambios de correo electrónicos y telefónicos con las siguientes partes interesadas: (i) Normando Birolo, Director de Proyectos Banco Mundial y CAF, AySA. (ii) Liliana Verger, Directora de Ingeniería y Proyectos, AySA. (iii) Rodolfo Rojas, Director de Desarrollo de la Comunidad, AySA. (iv) Verónica Rodriguez, Gerente de Promoción Comunitaria, Dirección de Desarrollo de la Comunidad, AySA. (v) Mayra Mariani, Directora de Relaciones Institucionales, AySA. (vi) Marcelo Rogora, Responsable de la Dirección de Integridad y Buenas Prácticas, AYSA. (vii) Dolores Flores Piran, Gerencia de prensa y comunicaciones, AySA. (viii) Eugenia Ghiotto, Coordinadora de Género, AySA. (ix) Marcelo Tessei, Gerente de Sustentabilidad en Obras, AySA. (x) Pablo Carciofi, Jefe de Departamento de Higiene y Seguridad, Departamento de Control de Obras, AySA. (xi) Karina Navone, Secretaria de Género Igualdad de Oportunidades y Trato, Sindicato Gran Buenos Aires de Trabajadores de Obras Sanitarias (SGBATOS). (xii) Gabriela Sacco, Directora Instituto Tecnológico Leopoldo Marechal. 4. Para la preparación de la presente ESAS el equipo ambiental y social del Banco también revisó una serie de documentos que se encuentran citados en notas al pie a lo largo de todo el informe. Asimismo, al final del Anexo 3 figuran las fuentes y personas consultadas para la elaboración de los contenidos de dicho Anexo. 5. Mas allá de estos documentos, en el marco de la preparación de la consulta de la presente ESAS, se revisaron las siguientes fuentes adicionales: 90 6. AySA, Plan de Comunicaciones del Sistema de Saneamiento Cloacal Matanza Riachuelo, 2008; disponible en https://aysa.com.ar/media- library/sustentabilidad/banco_mundial/EIA049_Plan_de_Comunicaciones.pdf 7. AySA, Estudio Social para Plan Director de Saneamiento Cuenca Matanza-Riachuelo, Septiembre 2008; disponible en https://www.aysa.com.ar/media- library/sustentabilidad/banco_mundial/EIA049_Estudio_Social.pdf 8. En el marco de la preparación de la ESAS se identificó además una serie de actores institucionales del sector público y privado y de la sociedad civil que también son considerados partes interesadas en el Programa. En función de esa identificación, se implementó un nuevo proceso de consulta virtual con estos actores. Dicho proceso de tuvo lugar durante el mes de enero de 2021 (Ver Anexo 1b). 91 Anexo 1B: Preparación de la ESAS – Consulta de la ESAS Evaluación de Sistemas Ambientales y Sociales (ESAS) Informe de Consulta 9. Como parte del proceso de preparación del Programa se realizó un proceso de consulta de la Evaluación de Sistemas Ambientales y Sociales (ESAS) con el objetivo de contrastar los hallazgos de la evaluación con el conocimiento y las percepciones de actores que de alguna forma están involucrados o pueden tener interés en relación con las actividades del Programa y el sector de agua y saneamiento. Para ello, el día 5 de enero de 2021 se compartió la ESAS con los actores gubernamentales y representantes de la sociedad civil que fueron identificados en la evaluación. Se invitó estos actores a enviar consultas y comentarios por correo electrónico y se convocó a 11 actores clave a participar de reuniones virtuales el día 11 de enero. Reunión con actores gubernamentales: El día 11 de enero a las 10:00 hs. se realizó una reunión virtual con actores gubernamentales. Participantes: 10. Por el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS): Walter Méndez, Presidente, Alejo Molinari, Gerente de Benchmarking, y Carlos Coto, asesor del Directorio. 11. Por la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR): Maria Laura Rey, Directora de Ordenamiento Territorial y Natalia Lipo, Coordinadora de Planeamiento Urbano. 12. Otros organismos invitados fueron el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) y la Agencia de Planificación (APLA). 13. Por parte del Banco participaron Frank Fragano, Líder Sectorial para Desarrollo Sostenible, Victor Vazquez (Gerente del Proyecto), Elba Gaggero (Especialista Ambiental del Proyecto), Tatiana Tassoni (Especialista Social del Proyecto), Equipo ambiental y social: María Emilia Sparks, Marcelo Morandi, Alicia Gesino, y Eleonora Camalli. Principales resultados de la reunión: 14. Los participantes de la reunión se mostraron conformes con la explicación recibida sobre la descripción del programa, el instrumento de financiamiento y los principales hallazgos de la ESAS. Estuvieron de acuerdo con el análisis de riesgos y no expresaron objeciones con respecto a las conclusiones, acciones propuestas y recomendaciones. A continuación, se presenta un resumen de las preguntas y comentarios recibidos y las respuestas dadas por el equipo del Banco, así como las acciones de seguimiento o comentarios adicionales, en caso de corresponder. Preguntas, respuestas y comentarios 92 Tabla 4: Preguntas, respuestas y comentarios Comentario, acción de Respuesta ofrecida durante la Pregunta o comentario seguimiento o necesidad de reunión ajustes en la ESAS. Walter Méndez (ERAS) expresó que Comentario: El participante no hizo quedó clara la definición del una pregunta específica al respecto Programa, sus objetivos y las áreas por lo que no se hicieron de resultados. Agregó también que aclaraciones en el marco de la falta llenar de contenido y de reunión. Se interpreta que su particularidades toda la comentario está vinculado con el información social que requiere el hecho de que las definiciones sobre programa para poder reducir el ciertas intervenciones específicas sesgo a su menor expresión. se tomarán durante la implementación del Programa. Estas definiciones, que se toman teniendo en cuenta los criterios previstos por AYSA y enunciados en la descripción del Programa con respecto a los beneficiarios, permitirán luego comprobar que efectivamente se alcanzaron los objetivos. Alejo Molinari (ERAS) expresa que El Banco informó que se van a Se verificarán los datos. En caso de tienen algunas diferencias con transmitir estos datos al corresponder, se corregirán los respecto al área de cobertura agua especialista correspondiente del datos en el documento. potable y aguas residuales en el equipo, para asegurar que las cifras área de concesión de AySA, a partir sean las correctas. Se aclaró del análisis realizado en base a cifras también que se sabe que los de fines de 2018. Comparte estos números incluidos en el documento datos con el resto de los no son los últimos, ya que, según participantes e indica que en 20 días informo AYSA al momento de tendrán las cifras correspondientes compartir la información, el último a 2019, aclarando que el último año Reporte Anual 2019 aún no había fue especialmente complejo por la concluido su circuito de validación situación de pandemia. (que incluye al ERAS) para poder ser compartido oficialmente. Natalia Lipo (ACUMAR) hace El Banco indica que tiene ------ referencia el trabajo que se viene conocimiento de las acciones haciendo desde la Dirección de llevadas adelante por ACUMAR, en Ordenamiento Territorial en parte como parte de programas conexiones domiciliarias. Indica que piloto en el marco del Proyecto la experiencia fue muy buena y que Matanza Riachuelo, y que la se trabajó fundamentalmente en Dirección de Desarrollo de la Lanús, en el barrio San Jose obrero Comunidad de AySA está tomando y también en Lomas de Zamora. La las lecciones aprendidas de los experiencia fue muy buena y la idea programas piloto en los trabajó. El es continuarla. Es una cooperativa Banco coincide con la importancia de 60 personas, un equipo de de dar continuidad a este tipo de ACUMAR trabajando en acciones, expandirlas e acompañamiento social e incluyó la institucionalizarlas. realización de mesas de participación. 93 En base a esa experiencia coincide con el riesgo identificado en el análisis sobre la posibilidad de que las familias más vulnerables queden excluidas de los beneficios ya que son las dificultades con las que los equipos de ACUMAR se encuentra cotidianamente. Por ejemplo, cuando las familias se insertan en el sistema y deben luego afrontar el pago del servicio. Lipo indica que es común que se presente este tipo de casos y que son estas las dudas con las que se enfrenta el equipo social pero que en la mayoría de los casos la gente termina aceptando la regularización y sumándose al sistema. María Laura Rey (ACUMAR) indica El Banco aclara que el Programa no ------ que el hecho de que las conexiones incluye el mantenimiento o intradomiciliarias se institucionalice acciones en sistemas es muy importante porque es algo desvinculados, por ejemplo, muy bien recibido por la población. barriales. No está pensado Pregunta si en los barrios en los que mantener sistemas desvinculados el Plan Director de AYSA llegaría en sino conectar gente a la red. varios años, existe posibilidad de que esto sea atendido de alguna forma a través del Programa. Es decir, si sería posible incorporar el mantenimiento de estos sistemas desvinculados. Natalia Lipo (ACUMAR) indica que El Banco explica que las conexiones ------ en la Cuenca tienen un territorio intradomiciliarias se van a realizar muy complejo con muchas en áreas donde la red frentista ya diferencias y en el paquete de las existe (hay una planta y redes ya 17700 soluciones habitacionales construidas). El Programa, que tiene que tienen que dar por la manda una duración de cinco años, parte judicial que surge de la causa de los criterios citados en términos Mendoza, hay realidades muy de infraestructura ya existente y de distintas. Hoy hay dos tercios de la vulnerabilidad de la población, pero población que no está conectada a no tiene prevista la implementación la red y todavía falta para que el de soluciones de contingencia en Plan Maestro de AYSA llegue a esas los términos descritos por zonas. Hay lugares como Lanús o ACUMAR. Lomas donde el Estado hizo un acompañamiento y los barrios vienen llevando adelante un cierto tipo de acciones y sólo faltaba la conexión domiciliaria. Pero hay 94 otros casos más complejos donde las urbanizaciones dependen de infraestructura que aún no existe y que no está previsto que llegue en un plazo cercano. Hay lugares para los que faltan muchos años para que llegue la infraestructura necesaria para conectar estos barrios, entonces la pregunta es si este programa tiene alguna mirada sobre estas soluciones de contingencia. Por parte de ACUMAR y en concreto Se prevé que al término del ------ de la coordinación, preguntan cuál Programa se habrán beneficiado es el universo de familias que se directamente del acceso a servicios beneficiarían de la expansión de los de agua y saneamiento gestionados servicios de forma segura unas 445.000 personas (Ã?rea de Resultados 1), de las cuales el 98 % se consideran económicamente vulnerables (viviendo por debajo de la línea de pobreza) y 165.000 viven en asentamientos informales. Alejo Molinari pregunta si hay una El Banco indica que inicialmente ------ idea precisa del calendario del propuso que el ERAS fuera el ente Programa y manifiesta que le verificador. Pero el Gobierno, a gustaría participar de una fase de través del AySA y la SAE, definieron revisión de los indicadores ya que el que la verificación estuviera a cargo ERAS debería auditarlos. de una firma independiente contratada por AySA. La contratación de la firma se producirá una vez que se firme el contrato de préstamo. En cuanto al calendario, la fecha de negociaciones está prevista para el 20 de enero de 2021 y la fecha de directorio, para el 25 de febrero de 2021. Se aclara que los detalles de los protocolos de verificación se podrán compartir una vez que estén acordados y que forman parte de los documentos del préstamo. ACUMAR indica que tiene El Banco agradece el ofrecimiento y Una vez que se reciba la información sobre las acciones solicita a ACUMAR que remita la información de ACUMAR, se vinculadas con conexiones información para compartirla a su compartirá con AySA. domiciliarias realizadas en el marco vez con AySA de ACUMAR que pueden ser de utilidad para el Programa 95 Reunión con actores no gubernamentales: 15. El día 11 de enero a las 14:00 hs. se realizó una reunión virtual en la que participaron actores no gubernamentales. Participantes: 16. Mauro Barrionuevo, Presidente de la Cooperativa de Trabajo Nueva Ideal de Morón 17. Cecilia Ratovicius, Cooperativa de Trabajo Nueva Ideal de Morón 18. Marcelo Duarte, Cooperativa de trabajo Néstor Kirchner 19. Pablo Vitale, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) 20. Otros organismos no gubernamentales invitados fueron la Sindicatura de Usuarios y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). 21. Por parte del Banco participaron Frank Fragano, Líder Sectorial para Desarrollo Sostenible, Victor Vazquez (Gerente del Proyecto), Elba Gaggero (Especialista Ambiental del Proyecto), Tatiana Tassoni (Especialista Social del Proyecto), Equipo ambiental y social: María Emilia Sparks, Marcelo Morandi, Alicia Gesino, y Eleonora Camalli. Principales resultados de la reunión: 22. En general los participantes se mostraron conformes con la explicación recibida sobre la descripción del Programa, el instrumento de financiamiento y los resultados de la Evaluación de Sistemas Ambientales y Sociales. Además los distintos actores coincidieron en la importancia de la instrumentación de la tarifa social para garantizar el acceso al servicio por parte de los sectores más vulnerables. A continuación se presenta el resumen de los principales comentarios y preguntas recibidos, las respuestas brindadas y las acciones de seguimiento, en caso de corresponder. Preguntas, respuestas y comentarios Tabla 5: Preguntas, respuestas y comentarios Comentario, acciones de Pregunta o comentario Respuesta ofrecida seguimiento o modificaciones requeridas en la evaluación Marcelo Duarte (Coop. Néstor El Banco responde que ------ Kirchner) dice que en su experiencia efectivamente se identificó ese con la cooperativa han detectado riesgo y se evaluó que la existencia que hay mucha gente que no se ha de la tarifa social permite asegurar conectado a la red de agua o la red que las personas puedan acceder al de cloacas. Pregunta si, una vez servicio. Además, se consideró conectada, la gente va a poder relevante que AySA trabaja acceder a la tarifa social, ya que la proactivamente, a través de su gente luego no puede pagar el Dirección de Desarrollo a la servicio. Comunidad, para facilitar que la gente tenga conocimiento de ese 96 instrumento y asistiéndolas para que pueda acceder a la tarifa social. Marcelo Duarte dice que eso es muy El Banco señala que esto es ------ bueno que se haya contemplado ya fundamental y es un punto que la gente tal vez se conecta y importante del Programa. luego no puede pagar. Se aclara también que AySA cuenta con sistemas de gestión de reclamos para los casos en que no hubiera llegado la información suficiente o que los usuarios tengan preguntas adicionales o reclamos para acceder a la tarifa social. Cecilia Ratovicius (Coop. Nueva El Banco agradece la intervención y Se incluyó en la ESAS la mención de Ideal) indica que la cooperativa destaca la importancia de contar las poblaciones migrantes entre los trabaja en obras secundarias (Agua con la experiencia de una grupos vulnerables para los cuales y Cloacas más Trabajo) y por lo cooperativa que ha trabajado se recomienda evaluar la necesidad tanto el tipo de riesgos e impactos durante tantos años con AySA. Con de incorporar acciones de que observan no abarca todos los respecto a la identificación de comunicación específicas. descritos para el Programa. Por poblaciones indígenas se indica que ejemplo, no ven los riesgos se contempla este tema porque es vinculados a lo arqueológico por el uno de los principios del Programa tipo de obras en las que trabajan. de Resultados, como un grupo Con respecto al trabajo de la especial dentro de los grupos cooperativa en particular y los vulnerables en general. En este temas mencionados durante la sentido la acción requerida hacia presentación hace los siguientes AySA es que se ponga el foco en la comentarios: a) Expresa que no identificación de estas tuvieron problemas con la forma en comunidades ya que la que AySA gestionó la seguridad de identificación es el primer paso para higiene en el contexto de determinar luego si es necesaria pandemia. b) Indica que el tiempo alguna acción adicional para llegar a de duración de los cortes de esos grupos y asegurar que accedan circulación en el caso de las obras a los beneficios del Programa. Se de agua es corto (menos de una parte de la base de que según el semana) y que los potenciales Consejo de Asuntos indígenas de la impactos negativos son valorados Provincia de Buenos Aires existen de otra forma por la población, pueblos originarios en los debido a la valoración que existe del municipios en los que tiene lugar el impacto positivo de una obra tan Programa. Entonces, si bien hasta el esperada. En el caso de obras de momento las obras pueden no cloaca dice que sí puede ser un poco haber tenido comunidades como más largo el tiempo de obra y beneficiarias, es factible que en el pueden surgir inquietudes entre los futuro si las haya y en este sentido comerciantes afectados, pero es importante poder identificarlas y aclara que esto se resuelve. c) Con adecuar las acciones de respecto a la violencia contra las comunicación que sean necesarias mujeres, informa que han venido para asegurar que esta se realice en trabajando y que hace años que no forma culturalmente adecuada y las tienen problemas en ese sentido. d) comunidades puedan acceder a los Con respecto a asbestos no se han beneficios del Programa. A su vez se encontrado con este problema en el aclara que la recomendación 97 tipo de obras que realizan porque apunta a fortalecer los sistemas de no hacen reparaciones. e) Con comunicación con que AySA ya respecto a pueblos originarios, dice cuenta para gestionar la que en el área en que ellos trabajan comunicación con las personas más no tienen conocimiento de que vulnerables. Como conclusión del haya comunidades de pueblos análisis del sistema se identificó, no originarios, entonces no les parece necesariamente una brecha y por necesario prever acciones con eso no se incluyó la acción en el plan respecto a esas poblaciones. Dice de acción, sino que se observó una que en todo caso se podría posibilidad de mejorar los sistemas considerar la inclusión de los existentes y por eso se hizo la migrantes -que es factible también recomendación. que tengan origen indígena. f) Como cooperativa no tienen problemas en la relación con AySA. Tienen las dificultades propias de las formas de contratación del Estado con las cooperativas que están vinculadas con la normativa vigente. g) Con respecto a la app, señala que los sectores más vulnerables tienen celulares de baja calidad y entonces duda sobre qué tan viable puede ser la adopción de una app para comunicación con los usuarios. Aclara que, si bien la cooperativa La Nueva Ideal fue creada hace seis años, los asociados vienen trabajando con AYSA hace 16 años y fueron una las primeras cooperativas que comenzó a trabajar con AYSA hace ya 16 años. Pablo Vitale (ACIJ) dice que la Con respecto al primero de los La ESAS incluye ya la explicación presentación compartida es muy comentarios, vinculados con el tipo dada durante la reunión y se aclara necesaria para entender el borrador de obras a realizar para atender la también que “la identificación de de evaluación y que es útil para necesidad de acceso a servicios, el las obras dentro de cada municipio comprender el objeto del programa Banco aclara que AySA va a se hace a través del sistema y el tipo de intervenciones. intervenir en los barrios vulnerables informático corporativo de Entiende que faltaría precisar qué donde ya hay una red frentista georreferenciación Despliegue se entiende por áreas vulnerables construida (hay plantas, red GisWeb, que contiene la primaria y red secundaria) y la gente localización de las Ã?BC, UREM y BP A continuación, hace una serie de no puede conectarse por un dentro del área de la concesión. El comentarios generales en base a la problema económico. Programa también incluye acciones experiencia de ACIJ en villas en Con respecto a las emergencias, se en áreas residenciales tradicionales torno a tres ejes: la situación de la aclara que hay un área de donde haya viviendas no falta de acceso a servicios, las obras resultados específicamente conectadasâ€?. y la prestación del servicio. vinculada a fortalecer la capacidad a) Frente a la falta de acceso al de AySA para responder a servicio, las opciones son atender la emergencias de distinto tipo emergencia o atender al conjunto 98 del déficit de acceso a asegurando la prestación de los infraestructura de agua y servicios. saneamiento. En este sentido, En cuanto a lo que se entiende por señala que puede haber casos en áreas vulnerables en el marco del que se plantee una respuesta a una Programa, se aclara que los criterios situación de emergencia para la que considerados son la línea de determinadas obras son necesarias, pobreza definida por el INDEC: el pero eso no implica que no se 98% de la población prevista de ser mantenga la necesidad de fondo de beneficiaria por la expansión de los prestar un servicio que tenga servicios bajo el Programa está por condiciones análogas al resto del debajo de la línea de la pobreza. servicio en el área. En relación con Dentro de ese universo, 165.000 este último punto menciona el personas viven además en barrios problema del “doble estándarâ€?, por socialmente vulnerables. Estas el que a veces se hacen obras de zonas incluyen: (i) Ã?reas de emergencia que no cumplen con Urbanizaciones Emergentes determinados requerimientos y (UREM), que incluyen villas, luego AySA manifiesta que no está asentamientos y otros conjuntos en condiciones de operarlas porque habitacionales sociales; (ii) Ã?reas de dice que no cumple los estándares. Baja Consolidación (ABC), un b) Con respecto al segundo eje, las segmento de la traza urbana que, obras, entiende que las obras a sin formar parte de las UREM, veces generan problemas por la presentan problemáticas sociales forma en que se planifican y similares; y (iii) Barrios registrados ejecutan. Por ejemplo, se cortan las en el Registro Nacional de Barrios calles y no se generan circuitos Populares-ReNaBaP (BP), alternativos para facilitar la comunidades que viven en circulación del tránsito y los situación de vulnerabilidad social y vecinos. Este problema es más económica en territorios informales notable aun cuando se da en barrios y de mayor complejidad. donde los espacios son muy Entre el cruce de la infraestructura reducidos y las personas viven en primaria y el cruce con estas áreas situación de hacinamiento dan las áreas de absoluta prioridad c) Con respecto a la app y en base a de intervención. su propia experiencia en el trabajo Con respecto a los cortes de calle, se en villas (ACIJ desarrolló la responde que se identificó el riesgo plataforma “caminos de la villaâ€? y se evaluó que AySA tiene buenos para monitoreo), indica que esto protocolos en este sentido debería estar acompañado por (señalética, articulación con los otros procesos, en parte debido a municipios, etc.) para asegurar que los motivos que mencionó la se minimicen los impactos en la participante anterior y en parte circulación. Por ese motivo se debido a qué según surge de su recomienda también maximizar la experiencia, lo más valioso es comunicación entre el diseño y el combinar la participación a través análisis de impacto ambiental y de medios digitales con instancias social, para asegurar que se presenciales para potenciar la optimice este circuito y se opte por comunicación. las mejores alternativas para evitar d) Con respecto a las tarifas o gestionar adecuadamente estos sociales, indica que el problema impactos. fundamental se ve más en otro tipo Con respecto a la comunicación con de servicios ya que con el agua en usuarios y la ciudadanía en general, general se trabaja para que los se responde que AySA tiene un 99 usuarios puedan acceder al pago sistema bastante amplio de (hay otros servicios en los que aún comunicación que dispone de la tarifa social es alta para personas distintos canales y que la app viene de bajos ingresos). No obstante, a complementar las practicas que entiende que hay un problema que AySA ya implementa. es que las personas deban realizar AySA lleva a delante un individualmente el trámite para acompañamiento social de las obras solicitar la tarifa social cuando hay mediante el cual identifica la áreas en las que la relación es población destinataria y define las inversa, es decir, la mayoría de la particularidades de las acciones de gente cumple los requisitos para comunicación y participación a acceder a ese subsidio y deberían realizar teniendo en cuenta las poder acceder por defecto o el características de la población de acceso debería estar facilitado. destino. Se aclara, entonces, que la app no es el único medio, sino que viene a complementar un sistema que dispone ya de varias vías entre las que se destaca, por ejemplo, la figura los promotores comunitarios que reciben reclamos de los vecinos para los que tal vez es más accesible comunicarlos a un promotor que hacerlos llegar a través de un sistema digitalizado. Con respecto a la tarifa social, se indica que efectivamente, se parte de la premisa de que gran parte de los beneficiarios de las obras de conexiones domiciliarias deberán acceder a la tarifa social para poder acceder al servicio y es por esto que se consideró también la capacidad de AySA para llegar a estas poblaciones mediante sus equipos sociales para dar a conocer la existencia de este instrumento y ofrecer en forma culturalmente adecuada información relevante para la gestión, que facilite el acceso al beneficio. 23. A continuación, se enumeran los actores invitados a enviar comentarios escritos al documento. Los comentarios recibidos fueron analizados y se incorporaron los ajustes pertinentes. Actores Gubernamentales (i) Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (ii) Gabinete del Agua 100 (iii) Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) (iv) Agencia de Planificación (APLA) (v) Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) (vi) Instituto Nacional del Agua (vii) Ministerio de Obras Públicas / Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica (SIPH) (viii) SIPH - Dirección Nacional de Agua Potable y Saneamiento (ix) Defensoría del Pueblo de la Nación (x) Defensor del Usuario (ERAS) (xi) Federación Argentina de Municipios (FAM) (xii) Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (xiii) Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC) (xiv) Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (xv) Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires (xvi) Autoridad del Agua Provincia de Buenos Aires (ADA) (xvii) Agencia de Protección Ambiental CABA. Representantes del Poder Ejecutivo de los siguientes Municipios: 24. Almirante Brown, Avellaneda, Escobar, Esteban Echeverria, Ezeiza, Florencio Varela, Hurlingham, Ituzaingó, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Zamora, Malvinas Argentinas, Merlo, Moreno, Morón, Pilar, Presidente Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, San Martín, San Miguel, Tigre, Tres de Febrero, Vicente López. Organizaciones de la Sociedad Civil: (i) Cooperativa La Nueva Ideal Ltda. De Morón (ii) Cooperativa de Trabajo Nestor Kirchner Ltda. de Almirante Brown (iii) Fundación Ambiente y Recursos Naturales FARN. (iv) Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (v) Sindicatura de Usuarios (vi) ONG Asociar 101 (vii) Cabildo abierto del pueblo de Ciudadela (viii) Cooperativa Integral de Provisión de Servicios Públicos de Parque Quirno Nuestra Señora del Buen Ayre Ltda (Coparqui) (ix) ONG Madre Tierra (x) Foro Hídrico de Lomas de Zamora (xi) Foro Río de la Plata 102 Anexo 2: Marco Normativo e Institucional y Políticas Relevantes para la Gestión de Riesgos Ambientales y Sociales en el Sector Agua y Saneamiento Marco Ambiental y de Higiene y Seguridad Marco Nacional Constitución Nacional (CN). 25. La Reforma Constitucional de 1994 incorporó la cuestión ambiental, donde su Artículo 41 establece instaura la temática ambiental: Artículo 41 “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.â€? “ El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientalesâ€?. “Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales.â€? 26. De acuerdo con el tercer párrafo del artículo 41 de la CN resulta necesario el dictado de las Leyes de presupuestos (estándares) mínimos, a fin de armonizar las legislaciones ambientales provinciales, lo que resulta prioritario para facilitar la posterior armonización regional e internacional. 27. Las leyes ambientales nacionales en Argentina definen un marco legal importante para el desarrollo de las distintas operaciones y actividades en el contexto de protección ambiental. I.- Leyes de presupuestos Mínimos: 28. La Ley Nacional Nº 25.675 es la ley básica de la Política Ambiental Nacional también llamada Ley General del Ambiente establece al ambiente como un bien jurídicamente protegido, definiendo Presupuestos Mínimos a nivel nacional para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. 29. La Ley Nacional Nº 25.612, de Presupuestos Mínimos de Gestión integral de residuos industriales y de servicios. Regula la gestión integral de residuos de origen industrial y de actividades de servicio, que sean generados en todo el territorio nacional, y sean derivados de procesos industriales o de actividades de servicios. 30. La Ley Nº 25.688, de Presupuestos Mínimos de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas. Esta ley establece los presupuestos mínimos ambientales, para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Define cuencas hídricas que, como unidad ambiental de gestión del recurso se consideran indivisibles. Crea, para las cuencas interjurisdiccionales, los comités de cuencas hídricas con la misión de asesorar a la autoridad competente en materia de recursos hídricos y colaborar 103 en la gestión ambientalmente sustentable de las cuencas hídricas. Respecto de la utilización de las aguas, define entre otras cosas, la toma y desviación, la modificación en el flujo o la profundización de las aguas superficiales, o la toma de aguas subterráneas. 31. La Ley Nº 25.831, de Presupuestos Mínimos de Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental. Garantiza el derecho de acceso a la información ambiental que se encontrare en poder del Estado, tanto en el ámbito nacional como provincial, municipal y de la CABA, como así también de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas. 32. La Ley Nº 25.916, de Presupuestos Mínimos de Gestión integral de residuos domiciliarios, establece presupuestos mínimos para la gestión de residuos domiciliarios en todo el territorio de la Nación. 33. II.- El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS), como máxima autoridad nacional ambiental, es la Autoridad de Aplicación de todas las leyes de Presupuestos Mínimos dictadas a la fecha, no es estrictamente una autoridad competente para actividades u operaciones concretas, salvo cuando se trate de una cuestión interjurisdiccional, en cuyo caso corresponde la regulación federal. 34. En materia de Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental de alcance interjurisdiccional, normalmente el MAyDS actúa como un órgano consultivo o asesor. La Resolución N° 337/19 de la entonces SAyDS226 es el documento Guía para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental y Guía para la elaboración de una Evaluación Ambiental Estratégica. 35. La Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición (DCAyR), tiene el poder de fiscalización de los vuelcos efectuados por establecimientos industriales y especiales sobre la red cloacal. En el Decreto 776/92, se le otorga a esta dependencia el poder de policía en materia de control de la contaminación hídrica, de la calidad de las aguas naturales, superficiales y subterráneas y de los vertidos, con el objetivo de ejercer el control de las descargas industriales que pudieran afectar el funcionamiento de la empresa concesionaria del servicio de agua y saneamiento. La Resolución MAyDS 410/2018227 adopta la “Norma técnica para el manejo sustentable de barros y biosólidos generados en plantas depuradoras de efluentes líquidos cloacales y mixtos cloacales-industrialesâ€?. 36. La Resolución 1.135/2015 SAyDS estableció el reglamento de investigaciones por presuntas infracciones a normas de las que el MAyDS es autoridad de aplicación. 37. La Resolución 249-E/2017 MAyDS crea la Red Federal de Control Ambiental (RE.FE.CO.A), y la Red Nacional de Laboratorios Ambientales en la órbita de la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del MAyDS. Podrán ser miembros de la Red Federal de Control Ambiental, los organismos públicos nacionales o provinciales que tengan a su cargo tareas de fiscalización y control ambiental. Es requisito esencial para incorporarse a la RED, el dictado de un acto administrativo de su máxima autoridad del organismo que pretende incorporarse. 38. La Resolución 306/2020 MAyDS crea la Brigada de Control Ambiental (BCA), dependiente de la Dirección de Inspecciones, de la Subsecretaría de Fiscalización y Recomposición de La Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del MAyDS. Que entre sus funciones tiene (i) ejercer el control efectivo y permanente de los establecimientos y actividades que puedan ocasionar algún riesgo o daño para el 226 Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS) hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MAyDS). 227 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/312348/norma.htm 104 ambiente, con amplias facultades de fiscalización, pudiendo realizar tareas investigativas, procedimientos de toma de muestras, monitoreos periódicos y permanentes, inspecciones, elaborar informes técnicos, patrullajes, control de vertido de efluentes, y cualquier otra medida que la BCA considere pertinente; (ii) aplicar medidas preventivas; (iii) asistir a las distintas jurisdicciones, organismos provinciales, locales, y regionales en todo lo referente a control ambiental, capacitación, monitoreo y soporte en materia de inspecciones ambientales y brindar apoyo cuando estos así lo soliciten, entre otras. 39. El MAyDS también es competente en cuestiones ambientales de importancia, como por ejemplo en temas de contaminación ambiental, de biodiversidad, recursos naturales, cambio climático entre otros. III.- Otras Leyes Nacionales de alcance ambiental: 40. Ley Nº 26.221 que establece el “Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacalesâ€? en su Artículo Nº 121 establece la obligatoriedad de la realización de la Evaluación de Impacto Ambiental para las obras proyectadas y a ejecutar a partir de la prestación del servicio a cargo de la empresa, relacionadas con los servicios cuya construcción u operación puedan ocasionar un significativo impacto al ambiente, tales como Plantas de Tratamiento y Estaciones de bombeo de Líquidos Cloacales, Obras de Descarga de Efluentes, obras de Regulación, Almacenamiento y Captación de Agua, deberán contar previo a su ejecución con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental. El mismo identificará, describirá y evaluará los efectos directos e indirectos de los proyectos en las etapas de construcción y operación, sobre el medio físico (aire, suelos, agua), el medio biótico (cobertura vegetal y fauna) y el medio antrópico (infraestructura, usos del suelo, salud y seguridad, calidad de vida); la interacción de los factores mencionados y en los bienes materiales y el patrimonio cultural. Los Estudios mencionados serán presentados ante las Autoridades locales correspondientes a los efectos de su evaluación y posterior aprobación. 41. La Ley N° 24.051 de residuos peligrosos regula la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos. Esta ley nacional promulgada en 1992 tiene el carácter de “invitación a la adhesiónâ€?, art. 67, por haber sido dictada antes de la reforma constitucional de 1994 (no es una ley de “presupuestos mínimosâ€?). Muchas de las jurisdicciones argentinas adhirieron oportunamente a esta Ley, o bien la tomaron como base para emitir la normativa provincial en materia de residuos peligrosos. 42. Ley N° 25.743, de preservación, protección y tutela del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, preserva, protege y tutela el Patrimonio Arqueológico y Paleontológico como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación y el aprovechamiento científico y cultural del mismo. El Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, será el organismo nacional competente a dichos efectos, y de establecer las correspondientes relaciones de coordinación y colaboración con los organismos competentes en la materia, existentes en las provincias y la CABA. IV.- Trabajo y Condiciones Laborales 43. Argentina tiene una larga historia de movimientos laborales y sociales, y fue uno de los primeros países de América Latina en sancionar regulaciones laborales en varias áreas, a principios del siglo XX. Por ejemplo, en 1912, la Ley Nº 8.999 crea el Departamento Nacional de Trabajo, y se aprueban muchas leyes laborales, en relación con diversos temas como los períodos de descanso, el trabajo de mujeres y niños y los accidentes laborales. En 1925, la Ley Nº 11.725 ya regula las horas de trabajo, limitándolas a 8 horas 105 diarias y 48 horas semanales. Sin embargo, la gran transformación en cuanto a leyes laborales, reglamentos y organización sindical se produjo entre 1943-55 y muchos de los reglamentos aprobados durante este período perduraron hasta hoy. El Departamento Nacional de Trabajo se elevó a Secretaría y posteriormente a Ministerio; se iniciaron las negociaciones colectivas entre los sindicatos y los empleadores; y se sancionaron las leyes que regulan tanto los sindicatos (1943, 1945) como las negociaciones colectivas (1953). Además, se aprobaron varias leyes laborales que regulan el 13º salario anual conocido como "aguinaldo", las vacaciones anuales, la capacitación, los períodos de descanso, la licencia de maternidad, la licencia por enfermedad y similares. Y en 1947, se creó una rama especial de los tribunales para tratar las demandas laborales. La Ley Nº 12.948 creó el Tribunal Laboral de la Ciudad de Buenos Aires. Muchas de estas regulaciones han persistido hasta hoy. 44. La Ley Nº 19.587, Higiene y Seguridad en el Trabajo. Emitida en 1973 y reglamentada en 1979228, establece, entre otras cosas, la obligación de todo empleador de poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores (artículo 8), como así también denunciar accidentes y enfermedades del trabajo, instalar los equipos necesarios para afrontar los riesgos en caso de incendio o cualquier otro siniestro, instalar los equipos necesarios para la renovación del aire y eliminación de gases, vapores y demás impurezas producidas en el curso del trabajo, etc. (Artículo 9). En 1999 la Ley N° 24.557, Ley de Riesgos del Trabajo (y su complementaria la Ley N° 27.348), establece un nuevo régimen de accidentes laborales y enfermedades profesionales; introduce operadores públicos y privados con fines de lucro llamados Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), aunque las normas de higiene y seguridad en el trabajo siguieron siendo las del decenio de 1970, las cuales se fueron actualizando, acompañando los cambios tecnológicos. Además, en 1999 se descentralizó la organización de la inspección, vigente hoy en día. 45. Los organismos encargados de hacer cumplir la legislación laboral dependen de la jurisdicción y del tipo de asunto que se trate. En el ámbito nacional, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social es responsable de la inspección de los "trabajadores registrados" (trabajadores formales) junto con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que se ocupa básicamente de fiscalizar el aporte de impuestos laborales por parte de los empleadores. A nivel provincial y de la CABA, los organismos encargados de las cuestiones laborales son responsables de la supervisión de cualquier otra cuestión relacionada con las condiciones laborales y el empleo. También cubren la seguridad y la salud ocupacional, junto con las ART. Las ART son controladas y supervisadas por una entidad nacional, la Superindentencia de Riesgos del Trabajo (SRT). Si bien la capacidad de supervisión varía entre las jurisdicciones, tanto en la PBA como en la CABA es alta, sumada a la fuerte presencia de las diferentes uniones gremiales. 46. La Resolución Nº 230/2003 Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) menciona la obligación de los empleadores asegurados y de los empleadores autoasegurados de denunciar todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a su ART y a la SRT. Obligación de investigar los accidentes mortales, enfermedades profesionales y los accidentes graves. La Resolución Nº 35.550/2011 Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) instituye el seguro de responsabilidad civil por accidentes del trabajo y enfermedades laborales complementario a riesgos amparados Ley Nº 24.557. 47. Los tribunales laborales, tanto a nivel nacional como provincial, se encargan de resolver los juicios específicos de las cuestiones laborales. Mientras que los tribunales penales se encargan de castigar a 228 Decreto reglamentario Nº 351/79 106 cualquier empleador que contrate mano de obra infantil, y los tribunales civiles se encargan de las cuestiones relacionadas con la discriminación en el mercado laboral. 48. La Resolución Nº 577/91229 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) aprobó las normas para el uso, manipuleo y disposición del amianto230 (asbestos) y sus desechos. Establece los procedimientos básicos y las medidas de prevención y protección personal y colectiva para el uso y manipuleo del amianto en todas sus formas y elaboración de los productos que lo contengan, así como también el transporte, almacenamiento y la disposición de sus desechos. El MTSS incorporo al amianto dentro del Grupo Primero (evidencia suficiente de carcinogenicidad en humanos), por Disposición Nº 1/95 de actualización del Listado de Sustancias y Agentes Cancerígenos231. Por Decreto Nº 658/96 el asbesto fue incorporado al Listado de Enfermedades Profesionales por su capacidad de producir mesotelioma y cáncer de pulmón en trabajadores expuestos. La Resolución Nº 845/2000 MSAL prohíbe la producción, importación, comercialización y uso de fibras de Asbesto variedad Anfiboles y productos que las contengan, y la Resolución Nº 823/2001232 MSAL prohíbe en todo el país la producción, importación, comercialización y uso de fibras de Asbesto variedad Crisotilo y productos que las contengan. La Resolución Nº 163/2017 y su modificatoria Nº 190/2018 del Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista crea el Registro de Experto en Asbesto. El sindicato Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) dispone de un Manual de Buenas Prácticas Asbestos –Amiantos233 que utiliza con sus afiliados. 49. La Ley N° 24.051 de Residuos Peligrosos, identifica al amianto/asbesto como un residuo peligroso, categoría Y36, “Categorías sometidas a controlâ€? asbesto (polvos y fibras) en el Anexo I. También identifica como categoría Y48 a todos los materiales y/o elementos diversos contaminados con alguno o algunos de los residuos peligrosos identificados en el Anexo I. El asbesto, además, se encuadra en la lista de “Características peligrosasâ€? definidas en el Anexo II, como H11: “sustancias tóxicas (con efectos retardados o crónicos), sustancias o desechos que, de ser aspirados o ingeridos o de penetrar en la piel pueden entrañar efectos retardados o crónicos, incluso la carcinógena. Esta norma establece que cualquier generador u operador de residuos peligrosos debe estar en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos. Además, requiere se informe de manera precisa qué tipo de material manipula, qué cantidad, transporte y qué tipo de tratamiento y disposición final se le dará. 50. Recientemente el Decreto DNU N° 367/20 COVID 19 incorpora a la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2, por lo que se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- en los términos del apartado 2 inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 24.557, respecto de las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el Decreto N° 297/20 y sus normas complementarias, y mientras se encuentre vigente la medida de aislamiento dispuesta por esas normativas, o sus eventuales prórrogas. V.- Derecho al acceso a la información publica 229 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/23589/norma.htm 230 En nuestro idioma se emplea como sinónimos los vocablos amianto y asbestos (Título VI de la Resolución 577/91 MTySS). 231 Es importante señalar que en 1978 Argentina ratificó el convenio 139 OIT sobre el cáncer profesional. 232 Resolución N° 577/91 y de inscripción en el Registro de Sustancias Químicas Cancerígenas (Disposición N° 1/95) ambas del registro del ex-MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y de las Leyes N°. 24.557 de Riesgos del Trabajo, 24.240 de Defensa al Consumidor y 24.051 de Residuos Peligrosos, así como toda otra norma vigente o futura relacionada con el tema. 233 https://www.uocra.org/images/sst/cuadernillos/Asbestos_2016_INDD.pdf 107 51. Además de la Ley de Presupuestos mínimos N° 25.831 (descrita arriba) de acceso a la información ambiental en poder del Estado, la Ley N° 26.899 crea los Repositorios Digitales Institucionales de Acceso Abierto, Propios o Compartidos para garantizar el libre acceso a sus documentos y datos a través de Internet u otras tecnologías de información organismos e instituciones públicas que componen el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI). Además, la Ley N° 27.275 Acceso a la Información Pública que tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública. 52. La Ley N° 27.566 ratificó el Acuerdo de Escazú, de Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales. De esta forma, el tratado regional firmado por 23 de los 33 países de América Latina y el Caribe quedó a un paso de materializarse; aún no entró en vigencia ya que necesita de la ratificación de un país más. Marco Provincial y Municipal Constitución de la PBA 53. En artículo 28 se establece que: "Los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras. La Provincia ejerce el dominio eminente sobre el ambiente y los recursos naturales de su territorio incluyendo el subsuelo y el espacio aéreo correspondiente, el mar territorial y su lecho, la plataforma continental y los recursos naturales de la zona económica exclusiva, con el fin de asegurar una gestión ambientalmente adecuada. En materia ecológica deberá preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo; prohibir el ingreso en el territorio de residuos tóxicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales.â€? “Asimismo, asegurará políticas de conservación y recuperación de la calidad del agua, aire y suelo compatible con la exigencia de mantener su integridad física y su capacidad productiva, y el resguardo de áreas de importancia ecológica, de la flora y la fauna.â€? “Toda persona física o jurídica cuya acción u omisión pueda degradar el ambiente está obligada a tomar todas las precauciones para evitarlo". Constitución de la CABA: Artículo 27.- “La Ciudad desarrolla en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana. Instrumenta un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueveâ€?. “La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonoraâ€?. “La protección, saneamiento, control de la contaminación y mantenimiento de las áreas costeras del Río de la Plata y de la cuenca Matanza-Riachuelo, de las subcuencas hídricas y 108 de los acuíferosâ€?. “La regulación de los usos del suelo, la localización de las actividades y las condiciones de habitabilidad y seguridad de todo espacio urbano, público y privadoâ€?. “La provisión de los equipamientos comunitarios y de las infraestructuras de servicios según criterios de equidad socialâ€?. Artículo 30. “Establece la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión en audiencia públicaâ€?. I.- General 54. En cuanto a las competencias municipales en materia ambiental, si bien los municipios cuentan con jerarquía constitucional, y disfrutan de cierta autonomía institucional, política, económica y financiera, el grado de intensidad de esa autonomía está determinado por los preceptos de las constituciones provinciales y sus normas reglamentarias, siendo atribución de los poderes constituyentes provinciales y de la legislación local establecer las facultades de los municipios. 55. En particular, la Ley Orgánica de las Municipalidades de la PBA234 reglamenta las competencias y deberes de los municipios de la provincia tanto las que debe encarar por su propia parte como aquellas a realizar en coordinación con las autoridades provinciales o nacionales. Las reglamentaciones emanadas del gobierno municipal son los Decretos del Poder Ejecutivo Municipal y las “Ordenanzasâ€? que dicta el organismo colegiado de la municipalidad (Consejo Deliberante)235. La norma describe un listado de actividades sobre las que le corresponde al municipio reglamentar, como por ejemplo la radicación, habilitación y funcionamiento de los establecimientos comerciales e industriales; las condiciones de higiene y salubridad que deben reunir los sitios públicos, los lugares de acceso público, la contaminación ambiental y de los cursos de agua y el aseguramiento de la conservación de los recursos naturales; el tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción municipal, entre otras. Asimismo, esta ley establece236 que le corresponde al Consejo Deliberante “disponer la prestación de los servicios públicos de barrido, riego, limpieza, alumbrado, provisión de agua, obras sanitarias y desagües pluviales, inspecciones, registro de guías, transporte y todo otro tendiente a satisfacer necesidades colectivas de carácter local, siempre que su ejecución no se encuentre a cargo de la Provincia o de la Naciónâ€?; y asimismo podrá autorizar “la prestación de servicios públicos de ejecución directa … o mediante organismos descentralizados, consorcios, cooperativas, convenios y acogimientosâ€?. A fin de descentralizar alguna de las funciones provinciales, ciertas leyes de la PBA han delegado algunas competencias ambientales en los municipios. Tal es el caso de la implementación y aprobación de Estudios de Impacto Ambientales (EIA) para determinadas actividades237, o la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) en caso de instalaciones consideradas de riesgo ambiental medio o bajo238. II.- Provincia de Buenos Aires: 234 PBA, Decreto-ley 6769/1958, “Ley Orgánica de las Municipalidadesâ€? con sus modificatorias. 235 PBA, Decreto-ley 6769/1958, Capítulo II, Atribuciones y Deberes (Artículo 24° y siguientes). 236 PBA, Decreto-ley 6769/1958, Capítulo II Desempeño de Funciones Municipales y Excepciones Capítulo II Atribuciones y Deberes (Artículos 52° y 53°). 237 PBA LP 11.723 Anexo II 238 PBA LP 11459 Artículo 3° 109 56. El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) es la autoridad ambiental de la PBA, tiene la función es planificar, coordinar y fiscalizar la ejecución de la política ambiental de la PBA y, asimismo, articula con otros organismos y municipios de la provincia en problemáticas con competencia ambiental como el control y fiscalización de las empresas e industrias en todo el territorio bonaerense. 57. El OPDS mantiene registros referidos a su incumbencia ambiental239, entre otros, Registro de almacenamiento transitorio (Envases Fitosanitarios, Envases Vacíos de Agroquímicos); Registro de Centros de Tratamiento de Residuos Reciclables (que incluyen a cooperativas de trabajo); Registro de los Centros de Tratamiento de Residuos Patogénicos; Registro de Controladores Ambientales (de la Dirección de Fiscalización de Industrias e Inspección General, de la Unidad de Respuesta Rápida y del Departamento Laboratorio); Registros de Laboratorios de análisis industriales; entre otros. El OPDS también regula el Ruido Ambiente240, al establecer medidas para evaluar “la incidencia o riesgo de la contaminación causada por ruido que … distintas actividades … provocan en el medio ambiente circundante y respecto de la salud de la poblaciónâ€?, a través de las mediciones de ruido aplicando normas técnicas nacionales241. 58. La Ley N° 5.965242 cuyo texto fue actualizado sucesivamente con las modificaciones introducidas por las leyes Nº 7846, 8772, 10408 y 15078 se refiere a la Protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y a la atmósfera. Prohíbe “el envío de efluentes residuales sólidos, líquidos o gaseosos, de cualquier origen, a la atmósfera, a canalizaciones, acequias, arroyos, riachos, ríos y a toda otra fuente, curso o cuerpo receptor de agua, superficial o subterránea, que signifique una degradación o desmedro del aire o de las aguas de la Provincia, sin previo tratamiento de depuración o neutralización que los convierta en innocuos e inofensivos para la salud de la población o que impida su efecto pernicioso en la atmósfera y la contaminación, perjuicios y obstrucciones en las fuentes, cursos o cuerpos de aguaâ€?. 59. La ley provincial N° 11.723, Ley Integral del Medio Ambiente, de Protección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente de la PBA define la política ambiental de la PBA y regula la realización de estudios de impacto ambiental para los emprendimientos “susceptibles de producir efectos negativos sobre el ambienteâ€?. El OPDS es su autoridad de aplicación. La ley prevé que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) debe ser expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal. Entre las obras que requieren declaración provincial se encuentran la administración de aguas servidas urbanas y suburbanas; la conducción y tratamiento de aguas, entre otras. El Certificado de Aptitud Ambiental será otorgado por la Autoridad de Aplicación como consecuencia de la evaluación de impacto ambiental. 60. Con espíritu federal la ley 11.723 prevé además una amplia participación municipal para el control de los preceptos ambientales establecidos, ya que establece el poder de policía de los municipios para la “fiscalización y cumplimiento de las normas ambientalesâ€? y para la realización de “inspecciones y constataciones a efectos de reclamar la intervención de la autoridad competenteâ€? o en caso de emergencia “tomar decisiones de tipo cautelar o precautorio dando inmediato aviso a la autoridad que correspondaâ€?. Igualmente, en materia de los residuos deja expresa la incumbencia y responsabilidad 239 http://www.opds.gba.gov.ar/contenido/registros 240 Resolución 159/96 (modificada por Resolución OPDS 94/02) 241 Norma IRAM 4062 “Ruidos Molestos al vecindario, Método de medición y calificaciónâ€? (4ta. Edición 2016) 242 La ley N° 5.965 fue promulgada en 1958 (con modificatorias posteriores por las leyes 7846, 8772,10408 y 15078). Decretos reglamentarios 2009/1960 y 3970/1990. 110 municipal, para “todo residuo que no esté incluido en las categorías de residuo especial, patogénico y radioactivoâ€?, los que “se regirán por las normas particulares dictadas al efectoâ€?. 61. La Ley N° 11.720243 de Residuos Especiales regula la generación, manipulación almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales244. El OPDS es autoridad de aplicación de la ley que establece que “todo generador de residuos es responsable de todo daño producido por éstosâ€?245, y en tal sentido la norma define246 que los “residuos especiales volcados a curso de agua, conducto pluvial, conductos cloacales o suelo, serán fiscalizados por la Autoridad de Aplicación y no podrán contener parámetros especiales en concentraciones o cantidades superiores a las fijadas por la mismaâ€?. 62. La Ley 14.343 de Pasivos Ambientales de la PBA regula la identificación de pasivos ambientales y la obligación de recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población. 63. El marco legal de la PBA para la protección del patrimonio cultural se complementa con la Ley Nº 10.419 que creó la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural, y sus normas complementarias y modificatorias Ley Nº 12.739 y Nº 13.056. Este marco tiene la función de la planificación, ejecución y control de las políticas culturales de conservación y preservación de los bienes muebles o inmuebles declarados como bienes del patrimonio cultural, que se consideren de valor testimonial o de esencial importancia para la historia, arqueología, arte, antropología, paleontología, arquitectura, urbanismo, tecnología, ciencia, así como su entorno natural o paisajístico. La Comisión Provincial del Patrimonio Cultural promueve acciones en el marco de la Ley Nº 25.743 (Nacional) de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, especialmente en materia de rescate en obras de infraestructura proyectadas y en ejecución, tanto públicas como privadas. Derecho al acceso a la información pública en la PBA 64. La Ley N° 11.723 Ley de Ambiente y Recursos Naturales promueve el acceso a la información especialmente en el Marco del Sistema Provincial de Información Ambiental coordinando su implementación con los municipios. 65. La Ley N° 12.475 Reconocimiento a toda persona humana o jurídica que tenga interés legítimo, el derecho al acceso a todos los documentos administrativos. III.- Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) 66. La Agencia de Protección Ambiental del Gobierno de CABA es la autoridad de aplicación de la Ley N° 3.295247 de CABA que regula la gestión ambiental del agua de dominio público de la CABA. La Agencia debe realizar la gestión ambiental del agua, planificar y elaborar las políticas en materia de gestión ambiental del agua. Coordinar la gestión ambiental del agua con los demás organismos competentes, especialmente en cuencas hídricas compartidas con las demás jurisdicciones que la integran. Debe 243 La ley 11.720 fue promulgada en 1995 244 La denominación de “Residuos Especialesâ€? corresponde a aquellos con características de peligrosidad conforme lo establece la ley en su Anexo I (Características de desechos que hay que controlar) y en su Anexo II (Lista de Características Peligrosas) 245 PBA Ley 11.720 Artículo 26 246 PBA Decreto 806/1997 Reglamentario de la LP 11.720, Artículo 26 247http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley3295.html#:~:text=La%20presente%20ley%20regula%20la,Art% C3%ADculo%202%C2%B0.&text=Asegurar%20una%20calidad%20ambientalmente%20adecuada,equitativos%20y%20sostenible s%20del%20agua. 111 establecer y actualizar para cada cuerpo de agua los estándares de calidad y los usos prioritarios, y los límites de vertido a cuerpo receptor. Es el órgano encargado de otorgar permisos de uso para la extracción de agua, y de vertido de efluentes líquidos a desagüe pluvial o curso de agua superficial. Administra el Registro del Agua. Implementa sistemas de acceso a la información, educación, consulta previa, recepción de denuncias y demás mecanismos de participación pública. Además, debe promover la innovación tecnológica y procesos de gestión adecuados para un uso y aprovechamiento racionales, eficientes, equitativos y sostenibles del agua. 67. La Ley Nº 1.540248 de CABA tiene el objetivo prevenir, controlar y corregir, la contaminación acústica que afecta tanto a la salud de las personas como al ambiente, protegiéndolos contra ruidos y vibraciones provenientes de fuentes fijas y móviles, así como regular las actuaciones específicas en materia de ruido y vibraciones en el ámbito de competencia de la CABA. 68. La Ley Nº 1.227 es la norma Marco de Patrimonio Cultural de CABA que en el ámbito de la arqueología y paleontología urbana realiza tareas de rescate, registro, conservación y restauración de yacimientos y objetos arqueológicos, así como de restos Paleontológicos localizados en la trama urbana. En este marco el Decreto Nº 2423-GCBA-2005, del área de Arqueología y Paleontología, opera según la Ley Nº 25.743 (Nacional) de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, y se pone en práctica el Registro de Yacimientos, Colecciones y Objetos Arqueológicos y Colecciones y Restos Paleontológicos de todo material proveniente de colecciones particulares; de excavaciones y rescates llevados a cabo en esta Ciudad. La Sub Gerencia Operativa de Patrimonio y Arqueología del Gobierno de CABA aplica una política de rescate en obras de infraestructura proyectadas y en ejecución, tanto pública como privada. Derecho al acceso a la información pública en la CABA 69. La Ley N° 104 y sus modificatorias Ley N° 5.784 y Ley N° 5.926 establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información veraz, completa y oportuna. 70. La Ley N° 303 es la Ley de Información Ambiental y establece que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información sobre el estado y la gestión del ambiente y de los recursos naturales, conforme lo establecido en el Art. 26 in fine de la Constitución, …, sin necesidad de invocar interés especial alguno que motive tal requerimiento. Además, la ley es aplicable a la información ambiental concerniente o que afecte a la Ciudad de Buenos Aires, que obre en poder del Gobierno de la Ciudad, de cualquier autoridad, organismo e institución pública, incluyendo a sus contratistas, concesionarias y empresas privadas que presten servicios públicos en su territorio. Marco relativo al vertido de efluentes 71. El área de influencia el Programa se encuentra enclavado en el área denominada GBA, que está conformada por la CABA y los partidos de la PBA que conforman el conurbano bonaerense. Dentro de este territorio coexisten legislaciones de alcance nacional, provincial, municipal y de cuenca, cada una con su respectivo organismo de fiscalización y criterios de vertido. Esto conlleva superposiciones en materia 248 http://www2.cedom.gob.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley1540.html 112 de control. Existen casos donde un mismo establecimiento puede ser fiscalizado por hasta cinco organismos de control y estar sujeto a cuatro normativas con límites de vuelco diferentes249. 72. La operadora de la red cloacal, AySA, como parte del control operativo de su red, realiza muestreos y análisis a fin de identificar descargas que pudieran afectar su normal funcionamiento. Si bien no ejerce poder de policía, si puede tomar muestras de las descargas de aquellas industrias que le solicitan un certificado de factibilidad para verter efluentes a la red cloacal que opera y luego informar a las autoridades pertinentes. Los organismos con poder de policía de los vertidos, en función de la normativa descripta anteriormente, son: a nivel Nacional la Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición (DCAyR), que depende del MAyDS, por la CABA la Agencia de Protección Ambiental (ApRA), y por la PBA es OPDS. Tanto la ACUMAR como el COMIREC también efectúan controles rutinarios. 73. Dado que el marco normativo ya fue descrito se resume en el siguiente cuadro las normas específicas para vertido de efluentes. Tabla 6: Marco normativo relativo al vertido de efluentes. Organismo Norma A Nivel Nacional ✓ Vuelcos de AySA. El Marco Regulatorio, aprobado por Ley 26.221, establece que los Secretaría de efluentes que la Concesionaria vierta al sistema hídrico deberán cumplir con las normas Infraestructura y de calidad y requerimientos que indique la Autoridad de Aplicación, diferenciando su aplicación de acuerdo al sistema de tratamiento y su grado de implementación. Por su Política Hídrica parte, la Concesionaria debe verter sus efluentes tratados conforme a los parámetros (SIPH). establecidos en el Marco Regulatorio Anexo B y proponer los planes que permitan Ministerio de ejecutar acciones y obras que contemplen su tratamiento. Ambiente y ✓ El art. 122 prevé que “la gestión de la Concesionaria en orden al cumplimiento de las Desarrollo obligaciones emergentes de las normas de contaminación hídrica estará sujeta a la Sustentable regulación de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros250â€?. Por lo tanto, las autoridades con injerencia en (MAyDS) materia de autorización de vuelcos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes Cloacales operadas por AySA son la SIPH y el MAyDS. ✓ Ley nacional N° 26.221 Marco regulatorio y definición sobre los efluentes industriales vertidos a la red cloacal operada por AySA, que deben cumplir con las normas aplicables relativas a la calidad, concentración de sustancias y volumen de acuerdo con lo indicado Dirección de en su Anexo B Calidad ✓ Resolución 410/2018251 Norma técnica para el manejo sustentable de barros y biosólidos Ambiental y generados en plantas depuradoras de efluentes líquidos cloacales y mixtos cloacales- Recomposición industriales. ✓ Decreto PEN N° 674/89 y 776/92 están obligados a presentar una declaración jurada anual (DCAyR), MAyDS. de efluentes líquidos. ✓ Res. 79.179/90252 Secretaría de Recursos Hídricos Aprueba las Disposiciones Instrumentales para la aplicación del Decreto Nº 674/89 Reglamentario de los artículos 31, 32 y 34 de la Ley Nº 13.577 modificada por su similar Nº 20.324. 249 “Sistematización de la normativa argentina relacionada con el control de la contaminación hídrica, aplicable a establecimient os industriales y comercialesâ€? INIA Informe Final – 2016. https://www.ina.gob.ar/sitionaye/docs/Informe_Proyecto_Normativa_Primera_Etapa.pdf 250 Actual Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable 251 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/312348/norma.htm 252 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/93051/texact.htm 113 Organismo Norma ✓ Resolución 963/99253 SAyDS Establece los valores de los límites transitoriamente tolerados de vertido y de los no tolerados. Iguala los valores de los límites transitoriamente tolerados con los valores de los límites permisibles que se establecen en el Anexo A de la Resolución Nº. 79179/90 OSN Ente Regulador de Agua y ✓ En base al Marco Regulatorio – Anexo B (Ley nacional N° 26.221) realiza controles con Saneamiento laboratorios independientes de los vertidos. (ERAS) A Nivel de la PBA ✓ La Ley N° 5.965 PBA Ley de protección a las fuentes de provisión y a los cursos y cuerpos receptores de agua y a la atmósfera. Organismo ✓ Ley N° 11.723 PBA, Ley Integral del Medio Ambiente, de Protección, Conservación, Provincial de Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente de la PBA que Desarrollo regula la realización de estudios de impacto ambiental, y prevé que la Declaración de Sostenible Impacto Ambiental (DIA) debe ser expedida por la autoridad ambiental provincial o (OPDS) municipal. ✓ La Ley N° 11.720 de Residuos Especiales regula vuelcos a curso de agua, conducto pluvial, conductos cloacales o suelo. A Nivel de la CABA ✓ Ley N° 3.295 de CABA Capítulo II, Efluentes Líquidos ✓ Ley Nº 3.579, Art. 1º (BOCBA Nº 3539 del 05/11/2010) que modifica el Art. 24º. Excepción: En aquellos casos en que hubiera sido denegado por la autoridad competente el permiso Agencia de de verter a la red cloacal, se podrán otorgar permisos de vuelco de efluentes a la red Protección pluvial y a cursos de aguas superficiales. Dicho permiso excepcional de vuelco deberá Ambiental (APrA) estar fundado solo en razones de emergencia, limitado al tiempo que dure la situación que lo motivó y estará sujeto al cumplimiento de los límites de vertido y demás condiciones establecidas por la presente Ley. La resolución que otorgue dicho permiso excepcional deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la CABA A Nivel de los Comités de Cuencas ✓ Resolución 1/2007, modificada por la Resolución 2/2008 establece los límites de vuelco Autoridad de para efluentes líquidos. Cuenca Matanza- ✓ Resolución 46-E/2017 aprobó una “Tabla Consolidada de Límites Admisibles de Vertido Riachuelo de Efluentes Líquidosâ€?; la subdivisión de la Cuenca Hídrica Matanza Riachuelo en cuencas baja, media y alta. (ACUMAR) ✓ Resolución 283/2019, establece la aplicación combinada de tres criterios para la fiscalización y control de efluentes, con prevalencia del más restrictivo. A Nivel de los Municipios ✓ Ley N° 11.723 PBA, Ley Integral del Medio Ambiente, de Protección, Conservación, Las áreas Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente de la PBA que ambientales de regula la realización de estudios de impacto ambiental, y prevé que la Declaración de los municipios Impacto Ambiental (DIA) debe ser expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal. Marco Social Marco Nacional 74. El presente PforR debe analizarse dentro de un marco legal e institucional amplio que contemple, fundamentalmente, la normativa y los arreglos institucionales que propenden hacia la integración social 253 http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/60437/norma.htm 114 y el mejoramiento del acceso a servicios básicos para los habitantes de las zonas más relegadas de la PBA. En materia de normativa de aplicación relevante a nivel social, debemos mencionar la legislación relativa a derechos humanos, protección de la propiedad, inclusión social, prevención de toda forma de discriminación, equidad de género, participación ciudadana y planeamiento urbano, considerando particularmente las zonas más vulnerables. 75. El artículo 14 bis de la Constitución Nacional indica que el Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable, incluyendo la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna. 76. En el artículo 17 establece que la propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. 77. El articulo 42 reconoce el acceso a la información de usuarios y consumidores y consagra su derecho a “una información adecuada y verazâ€?, y “a condiciones de trato equitativo y dignoâ€?. En relación con este artículo, la Ley Nº27.275 de Acceso a la Información Pública garantiza que toda persona, sin necesidad de explicar por qué y para qué, puede pedir, buscar, acceder y difundir datos, registros y documentos en poder de cualquier organismo, empresa o sociedad estatal, así como del resto de las instituciones que reciben fondos públicos o brindan servicios públicos esenciales. 78. El artículo 43 establece que toda persona puede interponer acción de amparo contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace derechos y garantías reconocidos por la Constitución Nacional, un tratado o una ley. Indica que podrán interponer esta acción, inter alia, contra cualquier forma de discriminación. 79. El artículo 75 en su inciso 22 señala que los tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones internacionales y los concordatos con la Santa Sede tienen jerarquía superior a las leyes. Menciona en particular a: La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo; la Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención sobre los Derechos del Niño. 80. En la República Argentina existe un cuerpo normativo que protege y garantiza la identidad y los derechos colectivos de los pueblos indígenas, tanto en la Constitución Nacional como a través de Leyes Nacionales, Provinciales y Convenios Internacionales suscriptos por el Gobierno. La reforma de la Constitución Nacional del año 1994, con la sanción del artículo 75, inciso 17, que incorpora los derechos de los pueblos indígenas, constituyó un significativo avance en la política de reconocimiento de la diversidad étnica y cultural de la Argentina. A partir del reconocimiento constitucional se ha configurado para los pueblos indígenas una situación de derecho específico y particular que consagra nuevos derechos de contenido esencial que, como mínimo, deben darse por aplicable siempre. Aún a falta de un desarrollo legislativo conlleva la obligación de readecuar el marco del Estado y sus instituciones en función del reconocimiento de su pluralidad étnica y cultural. En el año 2000 la Argentina ratifica el Convenio Nº169 115 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que en su artículo 6 manifiesta el derecho de consulta y participación de los pueblos indígenas en las cuestiones que los atañen directamente, y establece que las consultas deben hacerse mediante procedimientos apropiados, en particular, a través de sus instituciones representativas. Las principales disposiciones legales a nivel nacional sobre derechos de pueblos indígenas son las que siguen: (i) Ley Nº23.302 sobre Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes. (ii) Decreto Nº155/89 Reglamentario de la Ley Nº23.302 · Ley Nº24.071 ratificatoria del Convenio Nº169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Convenio que promueve el respeto por las culturas, las formas de vida, las tradiciones y el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas y tribales. (iii) Ley Nº24.375 Convenio de diversidad Biológica. (iv) Resolución Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) Nº4811/96 que establece los requisitos para la inscripción de las Comunidades Indígenas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (RENACI). (v) Resolución INAI Nº152/2004 y su modificatoria Nº301/2004 que establece la conformación del Consejo de Participación Indígena (CPI). (vi) Ley Nº24.071 (ratificación Convenio Nº169 OIT), artículo 6 afirma que se debe "consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente". En el artículo 7 indica que "...dichos pueblos deberán participar en la formación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente". El artículo 8 "establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan". 81. Si bien normativa argentina reconoce el derecho de consulta previa, libre e informada, la instrumentación de las consultas no está detalladamente reglamentada y en la práctica conviven distintos procedimientos y referentes en el nivel nacional y provincial. En ese contexto, en los proyectos nacionales es fundamental el rol del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, organismo competente en temas indígenas, que orienta a otros actores estatales en la planificación e implementación de los procedimientos de consulta y actúa como interlocutor inicial ante el Consejo de Participación Indígena. 82. La participación de las partes interesadas está contemplada por la legislación argentina en distintos instrumentos jurídicos. En primer lugar, la Ley Nº27.275 mencionada arriba busca garantizar el acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública. Asimismo, la Ley Nº25.675 (Ley General de Ambiente), establece que: “La política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos: (…) Fomentar la participación social en los procesos de toma de decisiónâ€? (Art. 2) y que “La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultadosâ€? (Art. 21). En este sentido, la ley de acceso a la información pública constituye un mecanismo más que permite a los ciudadanos acceder a la información sobre los proyectos y, como tal puede considerarse un elemento que se integra al mecanismo de gestión de reclamos del Programa dado que los pedios de información por la vía administrativa son también una herramienta válida para la comunicación de los ciudadanos con el Programa. En relación con el tipo de instancias de participación que prevé la normativa, éstas estarán en 116 relación con el tipo de actividad y la legislación reconoce tanto instancias regladas, como puede ser la audiencia pública como instancias no regladas como reuniones informativas, talleres u otras instancias de participación. Específicamente en relación con el objetivo de proporcionar a las partes afectadas por el proyecto medios accesibles e inclusivos para plantear problemas y reclamos, y permitir que los prestatarios respondan a dichos reclamos y los gestionen, la normativa argentina incluye la posibilidad de que los ciudadanos reclamen tanto por la vía administrativa ante el propio organismo como por la vía judicial. También, de acuerdo con la citada ley de información pública, las personas tienen derecho a solicitar al estado información sobre los proyectos. El dispositivo que no está incluido entre las obligaciones del Estado, si bien algunos organismos lo han desarrollado, es el mecanismo de gestión de quejas y reclamos. 83. El Código Civil y Comercial de la Nación sancionado por Ley Nº26.944 actualizó la legislación civil en vigencia desde el siglo XIX. Incorporó una referencia amplia a los derechos humanos y a la tutela de los intereses colectivos, y refuerza la tutela a los derechos constitucionales de tercera generación, entre los cuales cabe consignar el derecho a la vivienda digna. 84. En relación con la equidad de género, es importante destacar la Ley Nº20.744 de Contrato de Trabajo, rige todo lo relativo a la validez, derechos y obligaciones de las partes, sea que el contrato de trabajo se haya celebrado en el país o fuera de él; en cuanto se ejecute en su territorio. 85. Asimismo, el Decreto Nacional Nº254/98, Plan para igualdad de oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral. Promueve la igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral. 86. La Ley Nº26.485/2009, de protección integral a las mujeres para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. 87. El Decreto Nº936/2011, de protección integral a las mujeres, promueve la erradicación de la difusión de mensajes e imágenes que estimulen o fomenten la explotación sexual. 88. La Ley Nacional Nº22.431 de protección de personas con discapacidad. La ley instituye un sistema de protección integral de las personas discapacitadas, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, su educación y su seguridad social y concederles las franquicias y estímulos que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca. En lo relativo regulación de espacios urbanos y de transporte, la ley establece la prioridad de la supresión de barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida. Para ellos establece una serie de obligaciones. En la ley se invita a las provincias a adherir al régimen establecido por la ley. 89. Integridad. Las acciones desarrolladas por AySA y, en particular, por la Dirección de Integridad y Buenas Prácticas, en torno a la implementación de un Programa de Integridad, se encuentran enmarcadas y reguladas dentro de normativa nacional e internacional, entre otras, las que se detallan a continuación: 90. Ley Nº24.759 que aprueba la Convención Interamericana contra la Corrupción. 91. Ley Nº25.319 que aprueba la Convención sobre la lucha contra el Cohecho de Funcionarios Públicos Extranjeros en las Transacciones Comerciales Internacionales. 117 92. Ley Nº25.632 que aprueba la Convención Internacional contra la Delincuencia Organizada Transnacional. 93. Ley Nº16.097 que aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. 94. Decreto Nº304/06, ratificado por Ley Nº26.100. Constitución de AySA como Sociedad Anónima. 95. Ley Nº26.221 de Aprobación Convenio Tripartito Agua Potable y Desagües Cloacales. 96. Ley Nº27.401 de Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica, cuyos artículos 22 y 23 establecen los elementos que debería contener un Programa de integridad ajustado a la dimensión de la organización, a su capacidad económica y los riesgos a los que potencialmente pudiera estar expuesta. En relación con la misma, es importante destacar también la resolución 27/2018 de la Oficina Anticorrupción que ofrece lineamientos de integridad para el mejor cumplimiento de dichos artículos. 97. Nº25.188 de Ética en el ejercicio de la función pública, que “establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estadoâ€?. En particular se destaca, la mención de “velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular; como así también “fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijanâ€? 98. Decreto Nº202/17 sobre Conflicto de Intereses. “Prevé la suscripción de una declaración Jurada de Intereses por parte de toda persona que se presente en un procedimiento de contratación pública o de otorgamiento de una licencia, permiso, autorización, habilitación o derecho real sobre un bien de dominio del Estado, en el ámbito del Sector Público Nacionalâ€?; asimismo indica que “todos los expedientes deben ser publicados de forma proactiva para promover su seguimiento y consulta por parte de cualquier personaâ€?. Además, brinda herramientas de transparencia y participación ciudadana para presentar denuncia en el caso de las personas jurídicas o ciertos integrantes posean vínculos con relación a diferentes autoridades de gobierno. Decisión Administrativa 85/18 Lineamiento de Buen Gobierno para Empresas de Participación Mayoritaria Estatal, que establece pautas de actuación en materia de organización y gobernanza respecto a las empresas donde el estado posee participación accionaria mayoritaria. 99. Decreto Nº258/19 que aprueba el Plan Nacional Anticorrupción 2019-2023, “dirigido a consolidar los objetivos prioritarios planteados por el Poder Ejecutivo Nacional en 2016 en línea con las Convenciones Internacionales contra la corrupción, el crimen organizado y el lavado de dinero de la ONU, la OEA y la OCDEâ€?. Entre sus iniciativas se encuentran mecanismos para mejorar la transparencia y la eficiencia de las contrataciones públicas; plataformas para asegurar el acceso de la ciudadanía a la información pública; y medidas orientadas a las poblaciones más vulnerables, como el relevamiento de hogares en situación de extrema vulnerabilidad social, la conformación de un registro único de demanda de vivienda para todos los residentes con necesidades habitacionales, o la implementación de una plataforma uniforme para la rendición de cuentas de transferencias, becas y subsidios. 118 Marco Provincial y Municipal 100. El Artículo 31 de la Constitución de la PBA define a la propiedad como inviolable, y ningún habitante de la Provincia puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada. 101. El Decreto-Ley Nº6.769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades establece las funciones de los municipios. Indica que corresponde al Concejo deliberante disponer la prestación de los servicios públicos de barrido, riego, limpieza, alumbrado, provisión de agua, obras sanitarias y desagües pluviales, inspecciones, registro de guías, transporte y todo otro tendiente a satisfacer necesidades colectivas de carácter local, siempre que su ejecución no se encuentre a cargo de la Provincia o de la Nación. 102. La Ley Nº14.449 Acceso Justo al Hábitat establece en su artículo 1° los siguientes objetivos específicos: (i) promover la generación y facilitar la gestión de proyectos habitacionales, de urbanizaciones sociales y de procesos de regularización de barrios informales; (ii) abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional; y (iii) generar nuevos recursos a través de instrumentos que permitan, al mismo tiempo, reducir las expectativas especulativas de valorización del suelo. 103. En su artículo 27 la Ley define a la integración socio-urbana de villas y asentamientos precarios como el “conjunto de acciones que de forma progresiva, integral y participativa, incluyan, entre otras, la construcción, mejora y ampliación de las viviendas, del equipamiento social y de la infraestructura, el acceso a los servicios, el tratamiento de los espacios libres y públicos, la eliminación de barreras urbanas, cuando existieran, la mejora en la accesibilidad y conectividad, el saneamiento y mitigación ambiental, el redimensionamiento parcelario y la regularización dominialâ€?. 104. Su artículo 29 establece que la decisión de llevar adelante una relocalización debe tomarse una vez agotadas todas las opciones y siempre y cuando se apegue a los siguientes criterios: (a) necesidad de reordenamiento urbano, (b) hacinamiento de hogares y (c) factores de riesgo social, hidráulico o ambiental. 105. En el Capítulo III, Sección VII – Gestión Democrática y Participación, los artículos 58 y 59 refieren a los instrumentos de participación y acceso a la información, necesarios para garantizar la participación efectiva de la población en las instancias de planificación y gestión del hábitat, los cuales se resumen a continuación: (a) Órganos o instancias multiactorales formalizadas; (b) debates, audiencias y consultas públicas; y (c) iniciativas populares para proyectos de normativas vinculadas con planes, programas y proyectos de hábitat y desarrollo urbano. 106. La Ley Nº6.312 de la PBA aplicable en materia de vialidad establece las previsiones para la seguridad y rapidez del tránsito en la PBA, aplicable a rutas nacionales y provinciales. También norma la división de tierras y requisitos para autorizaciones de accesos a propiedades. 107. La Ley Provincial Nº10.592 sobre protección de personas con discapacidad. La ley de la PBA establece un régimen jurídico básico e integral para las personas discapacitadas según la cual el Estado Provincial asegurará los servicios de atención médica, educativa y de seguridad social a los discapacitados en imposibilidad de obtenerlos y brindará los beneficios y estímulos que permitan neutralizar su discapacidad. En relación con los espacios públicos, la norma establece que las vías y espacios libres públicos deben permitir a las personas con movilidad reducida gozar de las adecuadas condiciones de 119 seguridad y autonomía como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la vida diaria. Para ello incluye una serie de regulaciones específicas para distintos tipos de espacios. 108. Decreto n° 3.631/07, que da creación al Consejo Provincial de Asuntos Indígenas (CPAI), un órgano de codecisión254 perteneciente a la Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la PBA, cuyo objetivo es cumplir, fomentar y gestionar políticas públicas destinadas a la población indígena radicada en el actual territorio bonaerense, para proteger, respetar y garantizar los derechos humanos consagrados en las normas provinciales, nacionales e internacionales255. Marco Sectorial 109. La Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica (SIPH)256 es la autoridad nacional en materia de política hídrica y la formula y planifica a través de la Dirección nacional de agua potable y saneamiento. 110. Específicamente para el área del Programa aplica el Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales (MRAPyDC) que integra al gobierno Nacional, al de la PBA y al de la CABA, y que se describe en el apartado siguiente. 111. Mediante el Decreto 304/2006 y la Ley Nº 26.100 se aprueba la constitución de la sociedad "Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima" (AySA), en la órbita de la actual Subsecretaría de Infraestructura y Política Hídrica, para la prestación del servicio de provisión de agua potable y desagües cloacales del área del GBA. Es constituida bajo el régimen de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales. El 90% del capital social le corresponde al Estado Nacional y el 10% restante al personal a través de un Programa de Participación Accionaria (PPA). AySA puede realizar actividades complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines y su objeto social, como el estudio, proyecto, construcción, renovación, ampliación y explotación de las obras de provisión de agua y saneamiento urbano y fiscalización de los efluentes industriales, así como la explotación, alumbramiento y utilización de las aguas subterráneas y superficiales. Asimismo, tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no le sean prohibidos por las leyes, su Estatuto y toda norma que le sea expresamente aplicable. Marco Regulatorio para la prestación del servicio público de agua potable y desagües cloacales (MRAPyDC). 112. Con la sanción de la Ley Nº 26.221 se aprobó el Convenio Tripartito entre el Gobierno Nacional (representado por el Ministerio responsable de la política hídrica nacional), la PBA y el Gobierno de la CABA. El objeto del mismo es la prestación del servicio de provisión de agua potable y colección de 254 El carácter de órgano de codecisión del CPAI es porque está integrado por cuatro funcionarios del Estado provincial y por el Consejo Indígena de la Provincia de Buenos Aires (CIBA), conformado por representantes de pueblos que habitan la provincia que tengan al menos tres comunidades inscriptas en el RENACI o REPROCI (decreto nº 3631/07). De esta forma, se procura materializar el derecho a la participación y consulta en la elaboración y gestión de las políticas públicas a través de asambleas periódicas. Participan en el CIBA los pueblos Mapuche-Tehuelche, Kolla, Qom y Guaraní. Cada uno cuenta con dos representantes elegidos en asamblea de las máximas autoridades comunitarias, de acuerdo a su propia cosmovisión, sin la intervención del Estado. Sus mandatos duran dos años. El CIBA se reúne en asamblea de forma ordinaria cada dos meses y se pueden pautar reuniones extraordinarias en caso de requerirlo. 255 El CPAI tiene entre sus atribuciones organizar el Registro Provincial de Comunidades Indígenas (REPROCI), creado por Decreto n° 3.225/04, arbitrando los medios para la obtención de la personería jurídica por parte de las comunidades indígenas, además de establecer y adoptar todas las medidas y normas generales para el cumplimiento y objetivos establecidos en dicho Registro. 256 Dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica. 120 desagües cloacales mediante un Marco Regulatorio específico para el área de mayor concentración urbana de Argentina. 113. Mediante la Ley Nº 26.221 de febrero de 2007 se caracteriza como servicio público a la prestación del servicio de provisión de agua potable y colección de desagües cloacales. También se aprueba el MRAPyDC, en adelante el Marco Regulatorio. Asimismo, la ley crea el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS) para el control del cumplimiento de las obligaciones de AySA. Además, en la misma ley, se crea la Agencia de Planificación (APLA), para la coordinación integral de la planificación de las obras de expansión y mejoramiento del servicio. 114. En el Artículo Nº 5 inciso k) del MRAPyDC se define a la “Comisión Asesoraâ€? como el organismo que tiene representantes de las jurisdicciones, de la PBA, de la CABA y de los Municipios del ámbito territorial de la concesión, que se desempeñan en el Ente Regulador y en la Agencia de Planificación. Además, en el inciso t) se define al Plan de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento (PMOEM), el cual, con sus sub-planes y programas están constituidos por las metas cuantitativas y cualitativas de obras y acciones de expansión, mantenimiento o mejora que la Concesionaria debe alcanzar y que forman parte del Contrato de Concesión e integran el Plan de Acción de la Empresa, así como su financiación. 115. El ERAS es un organismo autárquico e interjurisdiccional, con capacidad de derecho público y privado. Controla el cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Concesionaria (AySA), regula y controla la prestación de los servicios de agua potable y desagües prestados en el área de la CABA y los 26 partidos del Conurbano Bonaerense. El ERAS realiza análisis y mediciones propios para verificar puntualmente la calidad del servicio, y también verifica mediante un muestreo de la información el seguimiento de eventuales anomalías de calidad determinadas por AySA. En relación con la calidad del agua potable se han establecido parámetros físicos, químicos y bacteriológicos similares a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud. La Concesionaria debe garantizar la calidad del agua suministrada a los Usuarios verificando, mediante una serie sistemática de controles físicos, químicos y bacteriológicos, que los niveles estén dentro de los límites establecidos en el Anexo A del Marco Regulatorio (Ley Nº 26.221). El ERAS mantiene un control sobre la aplicación del sistema de control que debe llevar a cabo el prestador del servicio. El sistema de control de calidad de Agua Potable que aplica AySA se basa en las normas establecidas en el Anexo C del Marco Regulatorio257. 116. En materia de control de efluentes cloacales, además de los controles propios de la Concesionaria, el ERAS realiza un control de calidad de las descargas generales del sistema cloacal, a fin de verificar el cumplimiento de los valores límites establecidos en el Marco Regulatorio – Anexo B258, según su tratamiento. También se verifica el seguimiento de las eventuales anomalías de calidad determinadas en los controles de AySA en microcuencas y macrocuencas de colectoras, que se realiza con un criterio preventivo a fin de verificar la calidad de transporte previo a la descarga final del sistema cloacal. Asimismo, para identificar y eliminar descargas fuera de norma aguas arriba del punto de control. El ERAS también realiza ciertos controles propios a fin de contar con análisis que permitan contrastar la información de la Concesionaria. El ERAS mantiene un control sobre la aplicación del sistema de control que debe llevar a cabo el prestador del servicio. El sistema de control de calidad de Agua Potable que aplica AySA se basa en las normas establecidas en el Anexo C del Marco Regulatorio259. 257 http://www.eras.gov.ar/download/normas/ANEXO%20Anormas.pdf 258 http://www.eras.gov.ar/download/normas/ANEXO%20Bcalidad.pdf 259 http://www.eras.gov.ar/pdf/anexo-c.pdf 121 117. La APLA tiene a su cargo la coordinación integral de la planificación de las obras de expansión y mejoramiento de los servicios de agua potable y desagües cloacales a cargo de AySA. Para ello realiza la evaluación, estudio, planificación, proyecto, ejecución y control de las inversiones en el área de la Concesionaria. Establece las directivas necesarias, generales y particulares, para realizar los proyectos de las distintas obras previstas dentro de la Dirección de Ingeniería y Proyectos; como ser redes primarias y secundarias de agua260, y para redes primarias y secundarias de cloaca261. 118. El esquema de fiscalización de AySA es realizado por el ERAS y la APLA complementado con una Comisión Fiscalizadora integrada por el Estado Nacional con dos representantes de la Sindicatura General (SIGEN) y uno del Programa de Participación Accionaria de los empleados (PPA). Además, la Auditoría Externa es ejercida por la Auditoría General de la Nación (AGN) y por auditores externos, técnicos y económicos. 119. Mediante la Ley N° 12. 653 y su modificatoria 14.854 se crea el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC), de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la PBA. Es un ente autárquico, con plena capacidad jurídica para actuar en la esfera del derecho público y privado. Entre sus funciones se destacan la de planificar, coordinar, ejecutar y controlar la administración integral de la Cuenca; coordinar con la Nación, otras provincias, Municipalidades y organismos no gubernamentales acciones y medidas vinculadas con su objeto; ejecutar las obras necesarias para la gestión integral del recurso hídrico de la Cuenca; administrar por sí o por terceros las obras ejecutadas por la Unidad de Coordinación del proyecto Río Reconquista (UNIREC); formular la política ambiental tendiente a la preservación del recurso hídrico de la Cuenca. 120. Entre sus antecedentes, el COMIREC se encuentra ejecutado el Programa de Saneamiento Ambiental (PSAR) con el objetivo de recuperar la calidad ambiental del área de la Cuenca del Río Reconquista. Se priorizan acciones y obras para aumentar la cobertura de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, mejorar la gestión de los residuos sólidos, el control y reconversión de industrias, el acceso a los barrios, la protección del corredor de biodiversidad, etc. A través del componente de agua potable y saneamiento, se financia la construcción y rehabilitación de redes de agua potable, la construcción de sistemas de alcantarillado sanitario incluyendo recolección, transporte y tratamiento de aguas residuales. En este contexto se ha realizado una Evaluación de Impacto Ambiental y Social Global, que contiene lineamientos de los procedimientos a seguir con el objetivo de cumplimentar en cada obra las salvaguardas ambientales y sociales correspondientes. Del mismo modo, presenta los criterios para la comunicación de las actividades realizadas, los mecanismos de quejas y reclamos y todos los aspectos vinculados a los programas de mitigación de impactos ambientales y sociales, así como los principios de los Planes de Gestión Ambiental y Social a aplicar en cada obra. 121. La Ley Nº 26.168 crea la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional en el ámbito del actual Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación que conjuga el trabajo con los tres gobiernos que tienen competencia en el territorio: Nación, PBA y CABA. La ACUMAR ejerce su competencia en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo en el ámbito de la CABA y 14 partidos262 la PBA. 260 http://apla.gov.ar.vxct22007.avnam.net/files/pdf/2019/11/agua.pdf 261 http://apla.gov.ar.vxct22007.avnam.net/files/pdf/2019/11/cloacas.pdf 262 Municipios de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza, Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, Marcos Paz, Presidente Perón, San Vicente y General Las Heras. 122 122. La ACUMAR tiene facultades de regulación, control y fomento respecto de las actividades industriales, la prestación de servicios públicos y cualquier otra actividad con incidencia ambiental en la cuenca, pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención, saneamiento, recomposición y utilización racional de los recursos naturales. La Autoridad está facultada para unificar el régimen aplicable en materia de vertidos de efluentes a cuerpos receptores de agua y emisiones gaseosas; planificar el ordenamiento ambiental del territorio afectado a la cuenca; llevar a cabo cualquier tipo de acto jurídico o procedimiento administrativo necesario o conveniente para ejecutar el Plan Integral de Control de la Contaminación y recomposición Ambiental, entre otros. La ACUMAR tiene a su cargo la ejecución del Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca del Río Matanza-Riachuelo (PISA). 123. Los organismos de control ambiental del Matanza Riachuelo y del río Reconquista celebraron un acuerdo con el objetivo de unir esfuerzos institucionales para realizar proyectos de forma conjunta y coordinada. 123 Anexo 3: Sistemas de Gestión Ambiental y Social de otros Multilaterales Como parte de la diligencia debida del Banco Mundial para el desarrollo de la presente Evaluación de los Sistemas Ambientales y Sociales, se ha analizado la coherencia entre los principios básicos ambientales y sociales de la Política de Financiamiento del Programa por Resultados y la Directiva de Financiamiento del Programa por Resultados del Banco Mundial con las políticas, estándares, procedimientos, y prácticas de gestión ambiental y social que aplican otras Instituciones Financieras Multilaterales (IFMs) que participan en el apoyo del Programa, en este caso el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). El análisis incluye una evaluación de la capacidad de este organismo en la aplicación de dichos sistemas para manejar los riesgos asociados al Programa. Introducción 124. Esta evaluación está basada en una revisión documental de las políticas, estándares, y procedimientos de gestión de riesgos ambientales y sociales del BID, así también como, sus prácticas en el terreno. Para esto último, se revisaron documentos de proyecto, en particular planes de medio ambiente y sociales, y se realizaron entrevistas con especialistas de Salud y Saneamiento y con especialistas de Salvaguardas que conocen este sector (Ver Referencias al final de este Anexo 3). 125. A pesar de que las IFMs, en general, desarrollaron inicialmente arquitecturas para sus respectivos marcos de salvaguardas medioambientales y sociales muy diferentes, éstas comenzaron a converger desde 2006 cuando la Corporación Internacional de Financiamiento (IFC) lanzo sus Estándares de Performance de su Marco de Sustentabilidad (PSs). De hecho, el Banco Mundial tomó como modelo para su nuevo Marco Medio Ambiental y Social (ESF), lanzado oficialmente en octubre de 2018, estos Estándares de Performance del IFC. Desde entonces, estos Estándares de Performance del IFC se han convertido en el estándar global para el financiamiento de proyectos privados a través de los Principios de Ecuador, y a partir de su adopción por numerosas instituciones, incluyendo las Instituciones de Crédito para Exportaciones de la OECD, varios bancos de exportación-importación, y muchos otros, que participan tanto en el ámbito privado como público. 126. Esta convergencia en estándares se observa también en el BID, que es la IFM que es objeto del presente análisis, como se mostrará en más detalle en las secciones siguientes. No obstante, notamos que no tiene políticas específicas con respecto al conflicto social, especialmente en áreas de postconflicto, o áreas que son objeto de disputas territoriales, lo cual es la sustancia del principio básico número 6 bajo la Directiva del PforR. Sin embargo, esta brecha no resulta relevante para este Programa, particularmente porque el Programa no se implementa en áreas de conflictos sociales existentes que pudieran ser exacerbados por las actividades del Programa. 124 Principios básicos y elementos clave de la ESAS para el PforR: Comparación con el BID 127. Principio básico 1: Los sistemas de gestión ambiental y social del Programa están diseñados para (i) promover la sostenibilidad ambiental y social en el diseño del Programa; (ii) evitar, minimizar o mitigar los impactos adversos; y (iii) promover la toma de decisiones informadas en relación con los efectos ambientales y sociales del Programa. Tabla 7: Principio Básico 1 Elementos clave del Principio Básico 1 BID Política Operacional OP-703: Política de medio (1) Un buen sistema de gestión en evaluación, ambiente y cumplimiento de salvaguardias mitigación, gerenciamiento y supervisión. Sin brechas identificadas OP-703 (2) Buenas prácticas: (a) Evaluación temprana de riesgos; (b) consideración Política Operacional OP-102: Política de Disponibilidad de alternativas; (c) evaluación de los efectos de la Información inducidos, acumulativos y transfronterizos; (d) identificación de medidas de mitigación; (e) Brecha: Un MGR se requiere específicamente en la articulación clara de la respuesta institucional y OP-710, de Reasentamiento Involuntario. Esta brecha recursos suficientes para apoyar los planes de en la política se suple con esquemas de ejecución; (f) consulta con los interesados, difusión implementación en la práctica, sumado al marco legal- oportuna y Mecanismo de Gestión de Reclamos (MGR) institucional aplicable y los sistemas de gestión de AySA. 128. Principio básico 2: Los sistemas de gestión ambiental y social del Programa están diseñados para evitar, minimizar o mitigar los impactos adversos en los hábitats naturales y los recursos culturales físicos resultantes del Programa. Las actividades del programa que impliquen la conversión o degradación significativa de hábitats naturales críticos o patrimonio cultural físico crítico no son elegibles para el financiamiento de PforR. Tabla 8: Principio Básico 2 Elementos clave del Principio Básico 2 BID Identificar y examinar los efectos adversos en las OP-703 áreas potencialmente importantes de biodiversidad y recursos culturales y proporcionar medidas adecuadas Brecha: No hace referencia a servicios ecológicos. Esta para evitar, minimizar o mitigar los efectos adversos: brecha no resulta significativa en el contexto del tipo (a) ¿Qué fuentes de información se utilizan?; (b) de actividades que apoya el Programa, que serán considerar medidas para mantener los servicios implementadas, esencialmente, en ámbitos urbanos ecológicos ya antropizados. (2) Apoyar y promover la protección, conservación, OP-703 mantenimiento y rehabilitación de los hábitats naturales. Sin brechas identificadas (3) Evitar la conversión o degradación significativa de los hábitats naturales críticos (cuando los datos OP-703 disponibles sean insuficientes, se podrán utilizar los estudios o inventarios de la diversidad biológica Sin brechas identificadas realizados por personas u organizaciones calificadas). 125 Elementos clave del Principio Básico 2 BID (4) Si evitar la conversión significativa de los hábitats OP-703 naturales no es técnicamente factible, incluir medidas para mitigar o compensar los impactos adversos de las Sin brechas identificadas actividades del Programa (5) Tener en cuenta los posibles efectos adversos OP-703 sobre los bienes culturales físicos y prever medidas adecuadas para evitar, reducir al mínimo o mitigar Sin brechas identificadas esos efectos. 129. Principio básico 3: Los sistemas de gestión ambiental y social del Programa están diseñados para proteger la seguridad pública y de los trabajadores contra los riesgos potenciales asociados con (i) la construcción y/u operación de instalaciones u otras prácticas operativas en el marco del Programa; (ii) exposición a sustancias químicas tóxicas, desechos peligrosos y materiales peligrosos en el marco del Programa; y (iii) reconstrucción o rehabilitación de infraestructuras ubicadas en zonas propensas a riesgos naturales. Tabla 9: Principio Básico 3 Elementos clave del Principio Básico 3 BID (1) Promover la salud, la seguridad y la protección Brecha: Actualmente, el BID no tiene Políticas adecuadas de la comunidad, los individuos y los específicas relacionadas con la seguridad de los trabajadores mediante el diseño, la construcción, el trabajadores y la comunidad. Estos aspectos están funcionamiento y el mantenimiento seguros de las incluidos en el nuevo Marco de Políticas Ambientales y actividades del Programa; o, al llevar a cabo Sociales que entrará en vigor hacia fines de 2021. Esta actividades que puedan depender de la brecha en las Políticas vigentes se suple con esquemas infraestructura existente, incorporar medidas de de implementación en la práctica, sumado al marco seguridad, inspecciones o trabajos de reparación, legal-institucional aplicable y los sistemas de gestión según proceda. de AySA. Brecha: Actualmente, el BID no tiene Políticas específicas relacionadas con condiciones laborales en general. Estos aspectos están incluidos en el nuevo Marco de Políticas Ambientales y Sociales que entrará (2) Promover medidas para hacer frente al trabajo en vigor hacia fines de 2021. Esta brecha en las infantil y forzoso. Políticas vigentes se suple con esquemas de implementación en la práctica, sumado al marco legal- institucional aplicable y los sistemas de gestión de AySA. (3) Promover el uso de buenas prácticas reconocidas OP-703 en la producción, la gestión, el almacenamiento, el transporte y la eliminación de los materiales Sin brechas identificadas peligrosos generados en el marco del Programa. (4) Promover el uso de prácticas de manejo integrado OP-703 de plagas para manejar o reducir los impactos adversos de las plagas o de los vectores de Sin brechas identificadas enfermedades. (5) Proporcionar capacitación a los trabajadores que OP-703 participan en la producción, adquisición, almacenamiento, transporte, uso y eliminación de Sin brechas identificadas 126 Elementos clave del Principio Básico 3 BID productos químicos peligrosos de conformidad con las orientaciones y convenios internacionales pertinentes. (6) Incluir medidas adecuadas para evitar, minimizar o mitigar los riesgos para la comunidad, los individuos y Política Operacional OP-704: Gestión de Riesgos de los trabajadores cuando las actividades del Programa Desastres estén ubicadas en áreas propensas a peligros naturales, tales como inundaciones, huracanes, Sin brechas identificadas terremotos u otras condiciones climáticas severas o afectadas por eventos climáticos. Considerada en el contexto de OP-704 (7) Preparación para emergencias. Sin brechas identificadas 130. Principio básico 4: Los sistemas ambientales y sociales del Programa gestionan la adquisición de tierras y la pérdida de acceso a los recursos naturales de manera que se eviten o se reduzcan al mínimo los desplazamientos y se ayude a las personas afectadas a mejorar, o como mínimo a restablecer, sus medios de vida y sus niveles de vida. Tabla 10: Principio Básico 4 Elementos clave del Principio Básico 4 BID Política Operacional OP-710: Reasentamiento (1) Evitar o reducir al mínimo la adquisición de tierras Involuntario y los graves efectos conexos. Sin brechas identificadas (2) Determinar y abordar las repercusiones económicas o sociales causadas por la adquisición de OP-710 tierras o la pérdida de acceso a los recursos naturales, incluidas las que afectan a las personas que pueden Sin brechas identificadas carecer de plenos derechos legales sobre los recursos que utilizan u ocupan. (3) Proporcionar una indemnización suficiente para adquirir bienes de reposición de valor equivalente y OP-710 para sufragar los gastos de transición necesarios, pagados antes de la adquisición de tierras o de la Sin brechas identificadas restricción del acceso. (4) Proporcionar medidas complementarias de mejora o restauración de los medios de vida si la toma de OP-710 tierras causa la pérdida de oportunidades de generación de ingresos (por ejemplo, la pérdida de Sin brechas identificadas producción de cultivos o de empleo). (5) Restaurar o reemplazar la infraestructura pública y OP-710 los servicios comunitarios que puedan verse afectados negativamente por el Programa Sin brechas identificadas (6) Incluir medidas para que la adquisición de tierras y las actividades conexas se planifiquen y ejecuten con OP-710 una divulgación adecuada de la información, la celebración de consultas y la participación informada Sin brechas identificadas de los afectados. 127 131. Principio Básico 5: Los sistemas ambientales y sociales del Programa tienen debidamente en cuenta la idoneidad cultural y el acceso equitativo a los beneficios del Programa, prestando especial atención a los derechos e intereses de los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas del Ã?frica subsahariana, y a las necesidades o preocupaciones de los grupos vulnerables. Tabla 11: Principio Básico 5 Elementos clave del Principio Básico 5 BID (1) Realizar consultas significativas si los pueblos indígenas/ comunidades locales tradicionales históricamente postergadas del Ã?frica subsahariana se Política Operacional OP-765: Pueblos Indígenas ven potencialmente afectados (positiva o negativamente), para determinar si existe un amplio Sin brechas identificadas apoyo de la comunidad a las actividades del programa PforR. (2) Velar por que los pueblos indígenas/comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas del Ã?frica subsahariana puedan participar en la concepción de oportunidades para beneficiarse de la OP-765 explotación de los recursos consuetudinarios y los conocimientos indígenas, entendiéndose por estos Sin brechas identificadas últimos (conocimientos indígenas) el consentimiento de los pueblos indígenas/ comunidades locales tradicionales históricamente desatendidas del Ã?frica subsahariana. No posee Políticas específicas dirigidas a otros grupos vulnerables más allá de las mujeres y población (3) Prestar atención a los grupos vulnerables a las indígena. No obstante, en diferentes Políticas dificultades o la discriminación, incluidos, según Operacionales aparecen menciones explícitas a otros proceda, los pobres, los discapacitados, las mujeres y grupos vulnerables. los niños, los ancianos, las minorías étnicas u otros grupos marginados; y, de ser necesario, adoptar Posee una Política Operacional específica sobre medidas especiales para promover el acceso igualdad de género, OP 761: Igualdad de Género y equitativo a los beneficios del Programa. Desarrollo. Sin brechas identificadas 132. Principio Básico 6: Los sistemas ambientales y sociales del Programa evitan exacerbar los conflictos sociales, especialmente en estados frágiles, zonas postconflicto o áreas sujetas a disputas territoriales. 133. Considerar los riesgos de conflicto, incluida la equidad distributiva y las sensibilidades culturales. 134. El BID no posee políticas u otros instrumentos específicos que traten estos aspectos. No obstante, por un lado, la consideración de la equidad distributiva y de las sensibilidades culturales para minimizar riesgos de conflicto son tratados en otras diferentes políticas y estándares, tal como fuera descripto más arriba bajo otros Principios Básicos. Y, por otro lado, el Programa no se implanta en áreas de conflictos sociales existentes que se pudieran exacerbar por la ejecución de las actividades previstas. 128 Conclusiones 135. Habiendo analizado los sistemas de gestión ambiental y social que aplican el BID que participan como IFM en el apoyo del Programa (abarcando ello políticas, estándares, procedimientos, y prácticas), se concluye que, en general, resulta materialmente consistente con los requerimientos del Financiamiento Programa por Resultados del Banco Mundial. 136. Si bien en algunos casos se han identificado ciertas brechas, estas no resultan ser significativas, ya sea por el tipo de riesgos ambientales y sociales que se deben gestionar bajo el Programa o bien por estar consideradas en los marcos legales-institucionales aplicables y los propios sistemas de gestión de AySA. Referencias Documentos revisados: (i) Banco Inter-Americano de Desarrollo (IDB), Política de Medio Ambiente y Cumplimiento de Salvaguardias, Washington DC, 2006. (ii) ______________________________, Política Operativa sobre Igualdad de Género en el Desarrollo, Washington DC, 2010. (iii) ______________________________, Política de Disponibilidad de Información (OP-102): Informe sobre su Aplicación y Recomendación para su Revisión, 2009. (iv) _______________________________, Política sobre Gestión del Riesgo de Desastres, Washington DC, 2007. (v) _______________________________, Política Operativa sobre Pueblos Indígenas y Estrategia para el Desarrollo Indígena, Washington DC, 2006 (vi) _______________________________, Reasentamiento Involuntario: Política Operativa y Documento de Antecedentes, Washington DC, 1998. (vii) _______________________________, Programa de Agua Potable y Saneamiento del área Metropolitana y del Conurbano Bonaerense – Tercer Tramo (Línea CCLIP: AR-X1013), AR-L1195, Informe de Gestión Ambiental y Social (IGAS), June 2016. (viii) Rahill, B.H., A Comparative Analysis of the IDB’s Environmental and Social Framework with Select Peer Multilateral Financial Institutions, April 2019. Lista de entrevistados: (i) Martínez Legaría, Juan Antonio, Social Practice Leader, Environmental and Social Unit, IDB (ii) Méndez, Gustavo, Especialista Líder en Agua y Saneamiento, IDB 129 Anexo 4: Lista de áreas de valor de conservación dentro del Ã?rea de Concesión de AySA Ã?reas de valor de conservación dentro del Ã?rea de Concesión de AySA al 7 de octubre de 2020 Tabla 12: Lista de Ã?reas de conservación dentro del Ã?rea de Concesión de AySA al 7 de octubre de 2020 Nombre del Ã?rea Ubicación Tipo de protección / Marco Legal Reserva Ecológica Costanera CABA Parque Natural y Zona de Reserva Ecológica Sur (Ordenanza 41.247/86) Sitio Ramsar y AICA (Ã?rea de Importancia para la Conservación de las Aves) en 2005 Reserva Ecológica Ciudad CABA Ley Legislatura CABA N° 4.467 Universitaria - Costanera Mediante Convenio del 15 de mayo de 2018 se firma Norte el convenio para el plan de manejo entre la UBA y el GCBA. Reserva Ecológica Lago CABA Parque Natural Lago Lugano Ley N° 4.400 de CABA, Lugano reserva natural urbana, sus roles principales serán la educación e interpretación ambiental.263 Parque Natural Municipal San Isidro264 Parque Natural Municipal Ribera Norte Ordenanza Municipal N° 6.541 de 1988 Barranca de la Quinta Los San Isidro Parque Natural Municipal Ombúes Ordenanza Nº 8.461/09 Barranca de la Quinta San Isidro Parque Natural Municipal Pueyrredón Ordenanza Nº 8.461/09 Bosque Alegre San Isidro Paisaje Protegido Dto 910/12 y Ordenanza N° 8.651 Islas de San Isidro San Isidro Paisaje Protegido Decreto N° 58/18 Reserva Ecológica Municipal Vicente López Reserva Ecológica Municipal de Vicente López Ordenanza Municipal N° 4.765 de 1983 Reserva Ecológica Municipal Sarandí, Avellaneda Reserva Ecológica Municipal La Saladita Ordenanza Municipal 9676 Parque Natural y Reserva Bernal, Partido de Parque Natural y Reserva Ecológica Municipal. Ecológica Municipal Selva Quilmes Reserva Municipal Ordenanza N° 9348/02 y su Marginal Quilmeña modificatoria N° 9508/03. Reserva Natural Laguna De Esteban Echeverría Reserva Natural Mixta Integral Rocha 130 Nombre del Ã?rea Ubicación Tipo de protección / Marco Legal Ley Provincial 14488 - 14516 Parque Pereyra Iraola Espacio entre los Decreto N° 1.465/49 expropiación, para ser destinadas municipios de a reservas forestales y fomento de la agricultura. Berazategui, LEY PBA N° 12.814 de 2001 Declara Reserva Natural Ensenada, Florencio Integral Mixta en conformidad con la categorización Varela y La Plata. prevista por la Ley 10.907, a la extensión de tierras comprendidas entre la Autopista La Plata - Buenos Aires hasta las aguas del Río de La Plata, entre el canal Baldovinos y la prolongación de la calle 236 de Punta Lara. Transfiere parte de su superficie bajo la órbita de la Reserva Provincial Punta Lara. Es considerada como AICA. Reserva de la biosfera desde 2008 (UNESCO) comprende ambas superficies. El Parque Provincial Pereyra Iraola La Ley PBA N° 12.241 Declara patrimonio cultural y monumento histórico de la PBA el caso de la Estancia “San Juanâ€?, ubicada en el predio del parque provincial Pereyra Iraola. Hospeda el Monumento Natural Ã?rbol de Cristal Ley N° 11.341 Reserva Natural Provincial Lomas de Zamora Reserva Natural Ley N° 14.294 Santa Catalina Reserva Natural Municipal Lomas de Zamora Ordenanza Municipal N° 6373 la cual declaró Santa Catalina Monumento Histórico Municipal y Reserva Ecológica la Estación Santa Catalina y el predio que la circunda, así como a la calle Los Aromos. Ordenanza Nº 6.561/92 declaró al predio lindante a la Estación Santa Catalina como Reserva y Parque Didáctico y Cultural de Santa Catalina. Reserva Natural Bosque de La Matanza Ordenanza 24.447 de 2015 Ciudad Evita Reserva Natural Urbana de Morón Ordenanza Municipal Nº 14101/11 Morón Reserva Natural de Ing Escobar Reserva Natural Educativa Maschwitz Ordenanza Municipal º 5767/19 Reserva Natural Integral Tigre Reserva Natural Integral “Parque Ecológico de la Ordenanza 758/88 Primera Sección de Islas del Delta del Paraná, Partido de Tigreâ€? Reserva ambiental de la En sectores de los Ã?rea protegida de nivel nacional desarrollada en defensa Campo de Mayo partidos de San Miguel terrenos militares. y Tigre, con pequeñas secciones de Tres de Decreto Nacional N° 1056/2018 Febrero y Hurlingham. 131 Ã?reas de valor de conservación dentro del Ã?rea de Concesión de AySA, que están en proceso de formalización de su estatus legal al 7 de octubre de 2020 Tabla 13: Lista de áreas de valor de conservación dentro del área de concesión de AySA que están en proceso de formalización de su estatus legal al 7 de octubre de 2020 Nombre Ubicación Tipo de Reserva Reserva Natural Yrigoyen Vicente López Promovida por la Agrupación de Vecinos de Vicente López (AVVL) Reserva Natural Costera Avellaneda Reserva Natural de Avellaneda sobre la costa del Río de la Plata Bañados de Lomas de Lomas de Zamora Proyecto Bañados de Lomas de Zamora Zamora Reserva Natural de La Matanza Proyecto de Ordenanza Gregorio de Laferrere Reserva Natural Urbana Ituzaingó Reconocida en 2017 "Río Reconquista" Reserva Natural Municipal Tigre En Proyecto de Tigre 132 Anexo 5: Organigrama General de AySA 133