INFORME AUDITORÍA FINANCIERA INFORME DE AUDITORIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL-MSPS FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES-FNE VIGENCIA 2021 CGR-CDSS No. 002 Mayo 2022 INFORME AUDITORÍA FINANCIERA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES- VIGENCIA 2021 Contralor General de la República Carlos Felipe Córdoba Larrarte Vicecontralora (E). Lina Maria Aldana Acevedo. Contralor Delegado para el Sector Salud Lina Maria Aldana Acevedo Director de Vigilancia Fiscal Victor Hugo Guapacha Montoya Supervisora Encargada Cielo Cecilia Arrieta Vizcaino Líder de auditoria Lina Maria Rojas Granada Auditores Kelin Jimena Marín Castro Andrés Fernando Ruge Angie Vanessa Rodríguez Gutiérrez Camilo Andrés Hermida Hincapie Fredy Alexander Ramírez Celis Eduardo Sadit Ruano Mariela Barrera Ortiz TABLA DE CONTENIDO Contenido TABLA DE CONTENIDO .................................................................................................................... 3 1. INTRODUCCIÒN......................................................................................................................... 7 1.1. ALCANCE DE LA AUDITORÍA ............................................................................................... 8 1.1.1. Macroproceso Financiero y Contable.................................................................................. 8 1.1.2 Macroproceso Presupuestal, Contractual y del gasto ............................................... 17 1.2 SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD ................................................................. 42 1.2.2. Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE ............................................................ 47 1.3 MARCO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL APLICABLES ................... 48 1.4 RESUMEN DE POLÍTICAS CONTABLES SIGNIFICATIVAS Y OTRA INFORMACIÓN EXPLICATIVA ............................................................................................................................... 65 1.4.1. Contable MSPS y FNE ............................................................................................. 65 1.4.2. Presupuestal, contractual y del gasto ................................................................... 66 1.4.3. Estados Financieros Evaluados ............................................................................ 68 1.4.4. Aplicación del marco conceptual .......................................................................... 68 1.5. RESPONSABILIDAD DE LA CGR .................................................................................... 69 2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA FINANCIERA ................................................................... 71 2.1. OPINIÓN CONTABLE ....................................................................................................... 71 2.1.1. Fundamento de opinión contable .......................................................................... 71 2.1.2. Opinión Estados Contable Opinión Contable: SIN SALVEDADES .................... 72 2.2. OPINIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO MSPS ................................... 72 2.2.1. Fundamento de opinión presupuestal .................................................................. 72 2.2.2. Opinión presupuestal.............................................................................................. 72 2.2.3. Reservas presupuestales ....................................................................................... 73 2.2.4. Constitución y autorización de Vigencias Futuras. ............................................. 73 2.2.5. Principales resultados presupuestales................................................................. 73 2.2.5.2. Composición presupuesta de gastos .................................................................... 74 2.3. OPINIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO (FNE) ................................... 75 2.3.1. Fundamentos de la opinión presupuestal ............................................................ 75 2.3.2. Opinión presupuestal.............................................................................................. 76 2.3.3. Reservas presupuestales ....................................................................................... 76 2.3.4. Constitución y autorización de Vigencias Futuras. ............................................. 76 2.3.5. Principales resultados presupuestales................................................................. 76 2.3.5.1. Análisis de la composición de las fuentes. ............................................................ 77 2.4. FENECIMIENTO SOBRE LA CUENTA FISCAL RENDIDA ............................................. 77 3. OTROS CONCEPTOS Y TEMAS EVALUADOS ...................................................................... 79 3.1. CONCEPTO DE CONTROL INTERNO FINANCIERO ..................................................... 79 3.2 CRÉDITO CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 9072-CO GCFF TF N. TFO2826 BIRF Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA ........................................................................................................ 80 3.3 CRÉDITO CONTRATO DE PRÉSTAMO NO 5170/OC-CO – BID Y CONVENIOS DE FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE NO. 5172/GR-CO Y GRT/CF 18408 – CO ............... 83 3.4 GESTION FINANCIERA Y CONTRACTUAL .......................................................................... 85 3.5 SEGUIMIENTO A OBSERVACIONES VIGENTES DE LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES .................................................................................. 86 4. RELACIÓN DE HALLAZGOS ................................................................................................. 107 5. PLAN DE MEJORAMIENTO ................................................................................................... 107 5. ANEXOS .................................................................................................................................. 108 ANEXO 1. RELACIÓN DE HALLAZGOS ........................................................................................ 109 ANEXO 2. MATRIZ DE HALLAZGOS ............................................................................................. 119 ANEXO 3. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS ...................................................................... 120 ANEXO 4 SEGUIMIENTO A LAS OBSERVACIONES DE LA COMSION LEGAL ........................ 124 810111 – Bogotá D.C. Señor Ministro FERNANDO RUIZ GOMEZ Ministro de Salud y Protección Social Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS- fruiz@minsalud.gov.co ssilva@minsalud.gov.co ahurtadon@minsalud.gov.co correo@minsalud.gov.co Carrera 13 No. 32-76 Bogotá D.C. Asunto: Informe Final Auditoría Financiera al Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS y Fondo Nacional de Estupefacientes-FNE, vigencia 2021. Respetado Señor Ministro, La Contraloría General de la República, en adelante la “CGR”, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 0012 del 24 de marzo de 2017, realizó Auditoría Financiera (AF) a los Estados Financieros del Ministerio de Salud y Protección Social –MSPS-, al 31 de diciembre de 2021, los cuales comprenden: Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y las Notas a los Estados Financieros. La Auditoría Financiera incluyó el Fondo Nacional de Estupefacientes –FNE El proceso de auditoría se desarrolló de manera alternada, debido a la emergencia sanitaria y de salud pública a nivel mundial ocasionada por la pandemia presentada por el Virus COVID 19, situación que llevó al Gobierno Nacional a tomar medidas preventivas para evitar su propagación, por lo que expidió del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, “Por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el Territorio Nacional” La Auditoria Financiera, incluyó el examen de las evidencias y documentos que soportan el proceso auditado y el cumplimiento de las disposiciones legales y que fueron remitidos por el MSPS. Los análisis y conclusiones se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en el Sistema de Información- APA, establecido para tal efecto y los archivos de la Contraloría Delegada para el Sector Salud. En desarrollo de esta Auditoria Financiera y atendiendo las disposiciones legales, se cumplieron todas las etapas del proceso, las observaciones estructuradas se dieron a conocer oportunamente a la entidad, las respuestas en su totalidad fueron analizadas y en el informe se incorporaron los hallazgos que la CGR consideró pertinentes. 1. INTRODUCCIÒN La Contraloría General de la República en cumplimiento del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal 2022, realizó Auditoría Financiera al Ministerio de Salud y Protección Social por la Vigencia 2021, cuyo objetivo general fue: “ Emitir Opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros y sobre la gestión y manejo del presupuesto de la vigencia 2021; con el fin de emitir un pronunciamiento sobre el fenecimiento o no de la Cuenta Fiscal rendida a la CGR y, la política pública de discapacidad”. Los objetivos de la auditoría fueron los siguientes: 1. Expresar una opinión contable sobre los estados financieros y las notas a los mismos, del periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, indicando si están preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con el marco de información financiera o marco legal aplicable, y si se encuentran libres de errores materiales, ya sea por fraude o error. Considerando las unidades General (MSPS) y el Fondo Nacional. 2. Evaluar el control fiscal interno financiero para la vigencia 2021 y expresar un concepto sobre este. Considerando las unidades General (MSPS) y el Fondo Nacional Estupefacientes. 3. Evaluar y verificar la ejecución presupuestal de los ingresos, gastos, cuentas por pagar y reservas presupuestales de la vigencia 2021; acorde a los lineamientos y aspectos aplicables para la entidad. Considerando las unidades General (MSPS) y el Fondo Nacional de estupefacientes. 4. Emitir un concepto sobre el fenecimiento de la Cuenta Fiscal rendida y la presentación de informes a la CGR en SIRECI por el MSPS (General y FNE) para la vigencia 2021. 5. Realizar el seguimiento a las observaciones vigentes emitidas por la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes respecto al MSPS -Unidades General y Fondo Nacional de Estupefacientes- (si aplica) 6. Identificar y examinar el proceso financiero - contractual de los recursos comprometidos y ejecutados durante la vigencia 2021 para la atención de la emergencia económica, social y ecológica originada por el COVID - 19 (si aplica). 7. Evaluar el grado de cumplimiento del Plan de Mejoramiento en materia financiera (si aplica) presentado por el MSPS (General y FNE) a la CGR en SIRECI para la vigencia. 8. Resolver y emitir respuesta a las denuncias e insumos (si aplica) que sean asignados y estén relacionados con los asuntos o materias auditadas, registrados en SIPAR. MATERIA A AUDITAR Estados financieros, control interno fiscal, presupuesto de ingresos y gastos, cuenta fiscal, asignaciones FOME (PGN) y glosas del informe de la comisión legal de cuentas de la vigencia 2021 del Ministerios de Salud y Protección social y la U.A.E. Fondo Nacional de Estupefacientes 1.1. ALCANCE DE LA AUDITORÍA En desarrollo de la Auditoría Financiera y con el fin de emitir concepto sobre el fenecimiento o no de la cuenta fiscal rendida por el sujeto de control, se evaluaron los macroprocesos de gestión financiera y contable y gestión presupuestal, contractual y del gasto, por 42.310.013.224.030 COP, como se desarrolla en el Macroproceso Financiero y Contable: 1.1.1. Macroproceso Financiero y Contable Análisis Financiero Los Estados Financieros Consolidados al cierre de la vigencia 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS- y el Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE- presentan las cifras que a continuación se relacionan, así: Tabla No. 01 Estado de Situación Financiera Consolidado MSPS - Ministerio de Salud y Protección Social- Fondo Nacional de Estupefacientes al 31 de diciembre de 2021 Cifras expresadas en COP Análisis Análisis Cód Nombre Cuenta Periodo 2021 Periodo 2020 Horizont Variación Absoluta Vertical al 1 ACTIVO 4.691.734.733.924 3.497.400.082.940 34% 1.194.334.650.984 100% ACTIVO 4.546.934.530.198 3.350.031.116.153 36% 1.196.903.414.045 97% CORRIENTE ACTIVO NO 144.800.203.726 147.368.966.787 -2% - 2.568.763.061 3% CORRIENTE 2 PASIVO 1.437.393.044.316 3.302.102.360.646 -56% -1.864.709.316.330 100% CORRIENTE 1.437.393.044.316 3.302.102.360.646 -56% -1.864.709.316.330 30.6% 3 PATRIMONIO 3.254.341.689.608 195.297.722.294 1566% 3.059.043.967.315 69.4% TOTAL PASIVO 4.691.734.733.924 3.497.400.082.940 34% 1.194.334.650.985 Y PATR 4 INGRESOS 45.604.162.838.733 34.079.297.333.663 34% 11.524.865.505.070 100% Análisis Análisis Cód Nombre Cuenta Periodo 2021 Periodo 2020 Horizont Variación Absoluta Vertical al 6 COSTOS 13.455.516.346 16.632.198.776 -19% -3.176.682.430 0% 5 GASTOS 44.949.956.539.210 34.062.665.134.887 32% 10.887.291.404.323 99% Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección FinancieraElaboró: Grupo Auditor. Para la vigencia 2021, el Estado de Situación Financiera y el Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental consolidado del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes, reflejó en el Activo un valor total por 4.691.734.733.924 COP, de los cuales, el activo corriente representó el 97% por 4.546.934.530.198 COP, mientras que el activo no corriente con un 3% se consolidó en 144.800.203.726 COP. En cuanto a los pasivos de la Entidad, se observa un consolidado total por 1.437.393.044.316 COP, que, frente a los activos, representa el 30.6%, conformadosen su totalidad por pasivos corrientes; entre tanto, el Patrimonio, con un valor por 3.254.341.689.608 COP se constituyó con un porcentaje del 69.4% frente a los activosdel MSPS durante la vigencia auditada. Activos Para la vigencia 2021, el Estado de Situación Financiera del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes, revela un Activo total por 4.691.734.733.924 COP. El activo Corriente representa el 97% del total del Activo así: Cuentas por Cobrar con saldo 929.754.083.964 COP equivalente al 20%; Inventarios con saldo 543.452.375.313 COP equivalente al 12% y Otros Activos por 3.073.490.175.515 COP correspondiente al 68%. Respecto al Activo no Corriente representa el 3% del total del activo, representado por la cuenta Propiedad, Planta y Equipo, con un valor consolidado por 144.800.203.726 COP, cifras y cuentas que se tomarán como muestra para el análisis en el Activo por su materialidad cuantitativa. Por otro lado, la cuenta Efectivo con un valor por 537.895.406 COP será tenida en cuenta como parte del análisis por los resultados de los riesgos evidenciados en la Etapa de Planeación e integrará el análisis como parte de la materialidad cualitativa seleccionada para la vigencia auditada. Tabla No.02 Activos Consolidado Ministerio de Salud y Protección Social Fondo Nacional de Estupefacientes Balance General Situación Financiera al 31 de diciembre de 2021 Cifras expresadas en COP Periodo Actual Periodo Anterior Análisis Variación Análisis Código Nombre Cuenta 2021 2020 Horizontal Absoluta Vertical ACTIVO 1.196.903.414.0 4.546.934.530.198 3.350.031.116.153 36% 97% CORRIENTE 45 11 Efectivo 537.895.406 142.609.027 277% 395.286.379 0% - 12 Inversiones - 804.002.935 -100% 0% 804.002.935 Cuentas por 13 929.754.083.964 901.355.245.172 3% 28.398.838.793 20% cobrar 15 Inventarios 543.152.375.313 162.880.903.584 233% 380.271.471.729 12% 19 Otros activos 3.073.490.175.515 2.284.848.355.435 35% 788.641.820.080 68% ACTIVO NO - 144.800.203.726 147.368.966.788 -2% 3% CORRIENTE 2.568.763.061 Propiedades, - 16 144.800.203.726 147.368.966.788 -2% 100% planta y equipo 2.568.763.061 1.194.334.650.9 TOTAL ACTIVO 4.691.734.733.924 3.497.400.082.940 34% 83 Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera.Elaboró: Grupo Auditor CGR. De acuerdo a un análisis preliminar de las Notas a los Estados Contables a diciembre 31 de 2021, se tomaron revelaciones del Activo que resultan relevantes para el estudio de las cifras de movimientos y cierre del Balance General Consolidado del Ministerio de Salud y Protección Social de las cuentas que serán objeto de análisis de conformidad con la materialidad establecida. Pasivos Para la vigencia 2021, el Estado de Situación Financiera del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes, revela un Pasivo total por 1.437.393.044.316 COP. El Pasivo Corriente representa el 100% del total del Pasivo así: Cuentas por pagar con saldo 1.182.152.396.932 COP equivalente al 82.24%; Pasivos estimados por 217.485.586.483 COP equivalente al 15.13%; Obligaciones financieras por 22.247.852.551 COP equivalente al 1.55%; obligaciones laborales por 14.101.196.674 COP correspondiente al 0.98% y otros pasivos por 1.406.011.677 COP equivalente a 0.10%. Con respecto al Pasivo no Corriente el MSPS y el FNE no revelan información. Tabla No.03 Pasivos Consolidado Ministerio de Salud y Protección Social – Fondo Nacional de Estupefacientes Balance General Situación Financiera a 31 de diciembre de 2021 Cifras expresadas en COP Análisis Periodo Actual Periodo Anterior Horizont Análisis Código Nombre Cuenta 2021 2020 al Variación Absoluta Vertical Pasivo CORRIENTE 1.437.393.044.316 3.302.102.360.646 -56,47% (1.864.709.316.330) 100,00% Obligaciones 23 financieras 22.247.852.551 22.247.852.551 0,00% - 1,55% Cuentas por 24 pagar 1.182.152.396.932 1.136.855.676.554 3,98% 45.296.720.377 82,24% Obligaciones 25 laborales 14.101.196.674 14.019.280.375 0,58% 81.916.299 0,98% Pasivos 27 estimados 217.485.586.483 2.124.459.110.639 -89,76% (1.906.973.524.156) 15,13% 29 Otros pasivos 1.406.011.677 4.520.440.528 -68.45% (3.114.428.851) 0,10% Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera Elaboró: Equipo Auditor Patrimonio Para la vigencia 2021, el Estado de Situación Financiera del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes, revela un Patrimonio total por 3.254.341.689.608 COP. Compuestos por las siguientes sub cuentas así: Resultado del ejercicio por 3.082.193.865.204 COP equivalente al 95%; Resultado de ejercicios anteriores por 2.032.895.913.093 COP equivalente al 62% y Capital fiscal por -1.860.748.088.690 COP. Tabla No.04 Patrimonio vigencia 2021 Cifras expresadas en COP Cifras expresadas Análisis % de la COPConcepto 2021 2020 Horizontal Variación Absoluta Variación PATRIMONIO 3.254.341.689.608 188.121.664.726 1730% 3.066.220.024.881 100% Capital Fiscal -1.860.748.088.690 -1.870.181.268.284 99% 9.433.179.594 -57% Resultado de ejercicios anteriores 2.032.895.913.093 298.081.575.456 682% 1.734.814.337.638 62% Resultado del ejercicio 3.082.193.865.204 1.760.221.357.554 175% 1.321.972.507.650 95% Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera Elaboró: Equipo Auditor Estado de Resultados Para la vigencia 2021, el Estado de Resultados consolidado del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes, reflejó en el Ingreso un total de 48.122.316.706.970 COP, con un costo asociado por 13.455.516.346 COP, y unos gastos operacionales por 45.026.667.325.419 COP. Tabla No.05 Estado de Resultados Consolidado MSPS Ministerio de Salud y Protección Social - Fondo Nacional de Estupefacientes A 31 de diciembre de 2021 Cifras expresadas en COP Análisis Periodo Periodo Análisis Código Nombre Cuenta Horizont Variación Absoluta Actual Anterior Vertical al % Ingresos 48.122.316.706.970 34.079.297.333.663 41,2 14.043.019.373.307 100,00% 4 operacionales 41 Ingresos fiscales 2.120.485.620.469 1.922.677.318.388 10,29 197.808.302.081 4,41% 42 Venta de bienes 21.965.582.408 26.569.670.609 -17,33 (4.604.088.202) 0,05% Venta de 3.295.638 0 0,00 3.295.638 0,00% 43 servicios 44 Transferencias 3.485.898.374.713 105.547.637.749 3202,68 3.380.350.736.964 7,24% Operaciones 47 Interinstitucionale 39.941.150.773.501 31.205.776.855.435 27,99 8.735.373.918.065 83,00% s (Recibidas) 48 Otros ingresos 2.552.813.060.242 818.725.851.481 211,80 1.734.087.208.760 5,30% Gastos 45.026.667.325.419 32.299.919.999.130 39,40 93,57% 5 operacionales 51 De administración 339.908.252.462 318.030.702.912 6,88 21.877.549.550 0,71% Provisiones, agotamiento, 16.024.273.318 480.186.311.676 -96,66 (464.162.038.359) 0,03% 53 amortización 54 Transferencias 44.389.688.139.268 31.256.883.411.892 42,02 13.132.804.727.376 92,24% Gasto público 48.894.899.427 15.115.046.742 223,48 33.779.852.685 0,10% 55 social Operaciones Interinstitucionale 155.440.974.736 147.353.475.006 5,49 8.087.499.729 0,32% 57 s (Giradas) 58 Otros gastos 76.710.786.209 82.351.050.901 -6,85 (5.640.264.692) 0,16% 6 Costo de ventas 13.455.516.346 16.632.198.776 -19,10 (3.176.682.430) 0,03% Costo de venta 13.455.516.346 16.632.198.776 -19,10 (3.176.682.430) 0,03% 62 de bienes Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera. Elaboró: Equipo Auditor INGRESOS La condición de los ingresos que se detallan en los estados financieros a 31 de diciembre de2021, obedece a aquellos que se reciben y clasifican en el Ministerio de Salud como ingresos de la nación por tratarse de una entidad de gobierno que hace parte del Presupuesto General de la Nación. Tabla No. 06 Ingresos consolidados MSPS y FNE Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP Análisis Análisis Código Nombre Cuenta Periodo Actual Periodo Anterior Variación Absoluta Horizontal Vertical INGRESOS OPERACIONAL 48.122.316.706.97 34.079.297.333.663 41,21% 14.043.019.373.30 100,0% 4 ES 41 Ingresos fiscales 2.120.485.620.469 1.922.677.318.388 10,29% 197.808.302.081 4,41% 42 Venta de bienes 21.965.582.408 26.569.670.609 -17,33% (4.604.088.202) 0,05% Venta de 3.295.638 0 0,00% 3.295.638 0,00% 43 servicios 44 Transferencias 3.485.898.374.713 105.547.637.749 3202,68% 3.380.350.736.964 7,24% Operaciones 47 Interinstitucional 39.941.150.773.501 31.205.776.855.435 27,99% 8.735.373.918.065 83,00% es (Recibidas) 48 Otros ingresos 2.552.813.060.242 818.725.851.481 211,80% 1.734.087.208.760 5,30% Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera. Elaboró: Equipo Auditor. • Operaciones Interinstitucionales (Recibidas) El Ministerio De Salud Y Protección Social a 31 de diciembre recibió ingresos por operaciones interinstitucionales por valor de 39.941.150.773.501COPcorrespondiente a fondos recibidos en dinero a títulos, para realizar el pago de los gastos mediante los cuales se realiza la ejecución de la apropiación presupuestal aprobada y se garantiza el normal funcionamiento de la administración y el cumplimiento de las metas de inversión social establecidas para la entidad en desarrollo de su cometido estatal. Los registros realizados dentro de este rubro de operaciones interinstitucionales son reciprocas con la dirección del Tesoro nacional, por lo tanto, son objeto de conciliación mensual con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • Otros ingresos El ministerio de Salud y Protección Social reconocerá como ingresos de transacciones con contraprestación, los que se originan en la venta de bienes, en la prestación de servicios o en el uso que hacen terceros de los activos, los cuales producen intereses, arrendamientos etc. El criterio para el reconocimiento de ingresos de transacciones con contraprestación se aplicará por separado a cada transacción. Tabla No.07 Otros ingresos MSPS Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP (SIC) CONCEPTO 2021 2020 VALOR VARIACIÓN OTROS INGRESOS 2.552.812.058.395 818.725.801.638 1.734.086.256.756 Financieros 33.909.159.647 6.221.641.484 27.687.518.164 Ajuste por diferencia en 749.504.027 385.776.840 363.727.187 cambio Ingresos diversos 2.518.153.394.720 812.118.383.315 1.706.035.011.405 Fuente: Ministerio de Salud y Protección social Notas Generales a los estados Financieros – Nota 28.1.4 Gastos Para la vigencia 2021, el Estado de Resultados consolidado del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes, reflejó Gastos Operacionales por un total de 45.026.667.325.419 COP de los cuales el 98.59%, con saldo de 44.389.688.139.268 COP corresponde a Transferencias, el 0.75%, con saldo 339.908.252.462 COP correspondiente a Gastos de Administración; el 0.35% con saldo de 155.440.974.736 COP corresponde a operaciones Interinstitucionales, el 0.17%, con saldo de 76.710.786.209 COP corresponde a Otros gastos; el 0.11%, con saldo de 48.894.899.427 COP corresponde a Gasto público social y el 0.04% con saldo de 16.024.273.318 COP corresponde a provisiones, agotamiento y amortización. Tabla No.08 Gastos consolidados MSPS y FNE Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP Análisis Códig Periodo Periodo Análisis Nombre Cuenta Variación Absoluta o Actual Anterior Horizonta Vertical l GASTOS 45.026.667.325.41 32.299.919.999.13 12.726.747.326.29 100,00 OPERACIONALE 39,40% 9 0 0 % 5 S 51 De administración 339.908.252.462 318.030.702.912 6,88% 21.877.549.550 0,75% Provisiones, agotamiento, 16.024.273.318 480.186.311.676 -96,66% (464.162.038.359) 0,04% 53 amortización 44.389.688.139.26 31.256.883.411.89 13.132.804.727.37 42,02% 98,59% 54 Transferencias 8 2 6 Gasto público 48.894.899.427 15.115.046.742 223,48% 33.779.852.685 0,11% 55 social Operaciones Interinstitucionales 155.440.974.736 147.353.475.006 5,49% 8.087.499.729 0,35% 57 (Giradas) Análisis Códig Periodo Periodo Análisis Nombre Cuenta Variación Absoluta o Actual Anterior Horizonta Vertical l 58 Otros gastos 76.710.786.209 82.351.050.901 -6,85% (5.640.264.692) 0,17% Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera. Elaboró: Equipo Auditor. Para la vigencia 2021, el Estado de Resultados consolidado del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes, reflejó en el Ingreso un total de 48.122.316.706.970 COP de los cuales el 83%, con saldo de 39.941.150.773.501 COP corresponde a operaciones interinstitucionales, el 7.24%con saldo 3.485.898.374.713 COP correspondiente a Transferencias; el 5.30%, con saldo de 2.552.813.060.242 COP corresponde a Otros ingresos; el 4.41% con saldo de 2.120.485.620.469 COP corresponde a Ingresos fiscales y el 0.05% con saldo de 21.965.582.408 COP corresponde a Venta de Bines. Muestra Financiera y Contable La selectiva de las cuentas contables tema de análisis, fue realizada a criterio y juicio profesional del equipo auditor, mediante un muestreo no estadístico, se tuvo en cuenta el movimiento durante la vigencia y el saldo final reflejado en el estado de situación financiera del Activo, el pasivo y su materialidad, además, las correlativas que afectaron el resultado del ejercicio reflejado en el patrimonio de la vigencia 2021. Tabla No.09 Muestra financiera y Contable MSPS vigencia 2021 (Cifras expresadas en COP) Código Cuenta Saldo a 31 de diciembre 2021 1 ACTIVO 4.897.332.477.006 138408 Cuotas Partes de pensiones 825.083.539.410 151060 Medicamentos 522.167.890.460 164001 Edificios y casa 110.227.820.896 190601 Anticipos sobre convenios y acuerdos 246.942.554.970 190801 En administración 528.614.246.083 198604 Gasto diferido por transferencias condicionadas 1.474.932.162.515 198605 Gasto diferido por subvenciones condicionadas 1.189.364.262.672 2 PASIVO 1.307.541.172.954 Código Cuenta Saldo a 31 de diciembre 2021 Otras subvenciones por recursos transferidos a las 240205 empresas publicas 117.069.259.163 240313 Sistema General de seguridad social en salud Sistema general de participaciones - participación pasar 240317 salud 962.348.082.155 240720 Recaudos por clasificar 14.000.343.082 246002 Sentencias 8.658.625.893 270103 Administrativas 205.464.862.661 31 PATRIMONIO 3.242.571.777.889 31 Patrimonio de las entidades de gobierno 3.242.571.777.889 4 INGRESOS 39.413.642.325.508 410571 Impuesto social a las municiones y explosivos 84.486.686.915 442808 Donaciones 101.016.210.079 470508 Funcionamiento 39.228.139.428.514 5 GASTOS 29.605.684.095.333 542104 Sistema General de seguridad Social en salud 29.121.445.943.398 542307 Bienes entregados sin contraprestación 462.816.901.920 572080 Recaudos 21.421.250.015 Elaboró: Equipo auditor La muestra contable del FNE seleccionada para las cuentas contables tema de análisis, fue realizada a criterio y juicio profesional del equipo auditor, mediante un muestreo no estadístico, se tuvo en cuenta el movimiento durante la vigencia y el saldo final reflejado en el estado de situación financiera del Activo, el pasivo y su materialidad, además, las correlativas que afectaron el resultado del ejercicio reflejado en el patrimonio de la vigencia 2021. Tabla No.10 Muestra financiera y Contable FNE vigencia 2021 Cifras expresadas en COP Código Cuenta Saldo a 31 de diciembre 2021 1 Activo 13.230.980.116 111005 Cuenta corriente 537.895.406 Código Cuenta Saldo a 31 de diciembre 2021 131606 Bienes comercializados 1.231.988.607 138490 otras cuentas por cobrar 381.399.047 151060 Medicamentos 11.079.697.056 167002 Equipos de computo 608.465.716 2 Pasivo 5.168.359.582 240101 Bienes y servicios 4.591.324.363 240720 Recaudos por clasificar 577.035.219 3 patrimonio 11.769.911.719 31 Patrimonio de las entidades de gobierno 11.769.911.719 4 ingreso 1.698.337.215 411046 Licencias 1.698.337.215 421060 Medicamentos 21.965.582.407 5 Gastos 11.213.593.636 5111 Generales 9.838.644.116 5423 otras transferencias 1.374.949.520 Fuente: FNE Elaboró: Equipo auditor 1.1.2 Macroproceso Presupuestal, Contractual y del gasto 1.1.2.1 Ministerio de Salud y Protección Social Presupuesto de gastos La apropiación inicial del presupuesto de gastos vigencia 2021, ascendió a 34.614.892.216.682 COP y fue modificada por adiciones y reducciones por 8.953.537.678.983 COP y 1.258.416.671.635 COP, respectivamente, para un presupuesto definitivo de 42.310.013.224.029 COP, distribuidos así: Tabla No.11 Presupuesto de Gastos MSPS 2021 Cifras expresadas en COP Concepto Apropiación inicial Modificaciones presupuestales Apropiación definitiva Adiciones Reducciones FUNCIONAMIENTO 33.935.288.953.548 8.950.982.332.153 1.255.861.324.805 41.630.409.960.896 Gastos de Personal 66.670.812.000 742.000.000 300.000.000 67.112.812.000 Concepto Apropiación inicial Modificaciones presupuestales Apropiación definitiva Adiciones Reducciones Adquisición de Bienes y 18.012.754.000 1.380.000.000 3.358.119.228 16.034.634.772 Servicios Transferencias Corrientes 33.830.947.251.548 8.930.934.561.897 1.243.276.698.949 41.518.605.114.495 Tributos, Multas, Sanciones 19.658.136.000 17.925.770.256 8.926.506.628 28.657.399.628 INVERSIÓN 679.603.263.134 2.555.346.830 2.555.346.830 679.603.263.134 TOTAL Presupuesto 34.614.892.216.682 8.953.537.678.983 1.258.416.671.635 42.310.013.224.029 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021 – Información prueba de recorrido 28/01/2022 Elaboró: Equipo Auditor CGR. El 98,39% del presupuesto corresponde a recursos de funcionamiento, mientras que el 1,61% representa los recursos de inversión. La ejecución mostró el siguiente comportamiento: Tabla No. 12 MSPS - Gestión General Ejecución Presupuesto Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP Concepto Apropiación Definitiva Compromisos Netos % Obligaciones Netas % Ejecución Ejecución FUNCIONAMIENTO 41.630.409.960.896 41.549.160.870.659 99.80% 41.426.266.995.643 99.79% Gastos de Personal 67.112.812.000 66.973.200.263 99,79% 66.973.200.263 100.00% Gastos Generales 16.034.634.772 14.937.955.415 93.16% 13.162.570.951 82.09% (Adquisición de Bienes y Servicios) Transferencias 41.518.605.114.496 41.438.592.766.353 99.81% 41.316.464.275.801 99.51% Corrientes Tributos, Multas, 28.657.399.628 28.656.948.628 100.00% 28.656.948.628 100.00% Sanciones INVERSIÓN 679.603.263.134 647.831.599.282 95.32% 629.601.025.549 92.64% Total presupuesto 42.310.013.224.030 42.196.992.469.941 99.73% 42.054.858.021.192 99.40% Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021 – Información prueba de recorrido 28/01/2022 08/01/2021. Elaboró: Equipo Auditor CGR. Funcionamiento Para la vigencia 2021, fueron asignados por la Nación un total de 41.630.409.960.896 COP al Ministerio de Salud y Protección Social para funcionamiento, con respeto a este valor, las transferencias corrientes correspondieron a 41.518.605.114.496 COP, equivalentes al 99,73%. “…El artículo 2 del Decreto 1264 de 2017 establece sobre las Transferencias de recursos del Presupuesto General de la Nación para ser administrados por la ADRES que, “Las apropiaciones incorporadas en el Presupuesto General de la Nación que por mandato de la Ley deban ser administradas por la ADRES, se programarán como transferencias, en el presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social, identificando para tal efecto, la respectiva fuente financiación y se ejecutarán con la asignación que el ordenador del gasto en la respectiva sección presupuestal adelante de tales recursos…”. El valor transferido a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES – para el período objeto de auditoría, ascendió a 33.650.633.720.238 COP (Presentación subdirección Financiera MSPS pg.11) Así mismo, dentro de la transferencia de los recursos antes mencionados se incluye la afectación presupuestal y contable de los Contrato de Préstamo BIRF N. 9072 CO GCFF TF N. TFOB2826 y Contrato BID 5170/OC-CO, vigencia 2021. Los recursos avalados por el CONPES 3976 están destinados al financiamiento parcial de las apropiaciones presupuestales del Ministerio de Salud y Protección Social en un 6% del total del rubro, específicamente en el “Programa para mejorar la sostenibilidad del sistema de salud en Colombia con enfoque inclusivo”, siendo el MSPS el Organismo Ejecutor -OE. En el rubro de “Aseguramiento en Salud” se apropia en el Presupuesto de Funcionamiento del MSPS en la vigencia 2021 y luego por medio del fondo común de los recursos de la ADRES en la Unidad de Administración de Recursos -URA es la responsable del proceso de gestión y pago de estos recursos. El MSPS como Órgano Ejecutor -OE durante la vigencia 2021 apropio y ejecuto recursos presupuestales para los créditos N. 9072 - CO GCFF TF N. TFOB2826 – BIRF 388.949.421.000 COP como se describe en la siguiente tabla: Tabla No. 13 Ejecución Presupuestal MSPS- vigencia 2021 Cifras expresadas en COP RUB RE UEJ NOMBRE UEJ SIT DESCRIPCION APR. INICIAL PAGOS RO C PROGRAMA PARA ASEGURAMIENTO MEJORAR LA A-03- EN SALUD (LEYES 19-01- SOSTENIBILIDAD DEL 03- CS 100 DE 1993, 1122 14 75.839.966.266,54 75.839.966.266,54 01-029 SISTEMA DE SALUD EN 04- F DE 2007, 1393 DE COLOMBIA CON 052 2010, 1438 DE 2011 ENFOQUE INCLUSIVO Y 1607 DE 2012) PROGRAMA PARA ASEGURAMIENTO MEJORAR LA A-03- EN SALUD (LEYES 19-01- SOSTENIBILIDAD DEL 03- CS 100 DE 1993, 1122 15 19.010.105.818,89 19.010.105.818,89 01-029 SISTEMA DE SALUD EN 04- F DE 2007, 1393 DE COLOMBIA CON 052 2010, 1438 DE 2011 ENFOQUE INCLUSIVO Y 1607 DE 2012) RUB RE UEJ NOMBRE UEJ SIT DESCRIPCION APR. INICIAL PAGOS RO C PROGRAMA PARA ASEGURAMIENTO MEJORAR LA A-03- EN SALUD (LEYES 19-01- SOSTENIBILIDAD DEL 03- CS 100 DE 1993, 1122 14 294.099.348.914,57 294.099.348.914,57 01-033 SISTEMA DE SALUD 04- F DE 2007, 1393 DE PRESTAMO BID 5170/OC 052 2010, 1438 DE 2011 CO Y 1607 DE 2012) Total 388.949.421.000,00 388.949.421.000,00 Fuente: MSPS- Ejecución Presupuestal 2020 Elaboró: Equipo Auditor Inversión Para el año 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social formuló, adoptó, dirigió, coordinó, ejecutó y evaluó la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud, y participó en la formulación de las políticas en materia de pensiones, beneficios económicos periódicos y riesgos profesionales, asignando un total de total de 679.603.263.134 COP para proyectos de inversión. A continuación, se presenta información de los proyectos ejecutados para el período objeto de auditoría Tabla No.14 Proyectos Recursos de Inversión MSPS 2021 Cifras expresadas en COP Rubro Fuente Recurso Situación Descripción Apropiación Fortalecimiento de los actores para la apropiación del enfoque diferencial en la C-1901-0300-23 Nación 11 CSF 12.270.000.000 atención en salud y promoción social en salud nacional Fortalecimiento de los actores para la 15 apropiación del enfoque diferencial en la C-1901-0300-23 Nación CSF 2.200.000.000 donación atención en salud y promoción social en salud nacional Apoyo para la implementación de las medidas de C-1901-0300-24 Nación 11 CSF asistencia y rehabilitación a víctimas del conflicto 13.000.000.000 armado nacional Implementación de la estrategia de la C-1901-0300-25 Nación 11 CSF participación social en el sector salud y 206.000.000 protección social nacional Fortalecimiento de la prestación de los servicios C-1901-0300-26 Nación 11 CSF de salud en condiciones de integralidad, 5.515.000.000 continuidad y calidad nacional Asistencia para incrementar la capacidad de C-1901-0300-27 Nación 11 CSF respuesta del sector salud hacia la población 1.800.000.000 afectada por emergencias y desastres nacional Rubro Fuente Recurso Situación Descripción Apropiación Asistencia para incrementar la capacidad de 10 C-1901-0300-28 Nación CSF respuesta del sector salud hacia la población 330.440.175.796 corriente afectada por emergencias y desastres nacional Asistencia para incrementar la capacidad de C-1901-0300-28 Nación 11 CSF respuesta del sector salud hacia la población 103.002.431.714 afectada por emergencias y desastres nacional Implementación de acciones de promoción de la C-1901-0300-29 Nación 11 CSF 43.571.778.503 salud y prevención de la enfermedad. Nacional 15 Implementación de acciones de promoción de la C-1901-0300-29 Nación CSF 2.038.221.497 donación salud y prevención de la enfermedad. Nacional Implementación de estrategias de comunicación para la promoción y divulgación de los temas C-1901-0300-31 Nación 11 CSF 3.718.000.000 relacionados con salud y protección social a nivel nacional Fortalecimiento de la información relacionada C-1901-0300-32 Nación 11 CSF con la situación de salud de la población a nivel 39.692.874.667 nacional Fortalecimiento de la información relacionada 15 C-1901-0300-32 Nación CSF con la situación de salud de la población a nivel 517.125.333 donación nacional Fortalecimiento sistema de información de salud C-1901-0300-33 Nación 11 CSF 36.000.000.000 y protección social nacional Fortalecimiento de la rectoría y regulación de las C-1901-0300-34 Nación 11 CSF 5.400.000.000 tecnologías en salud en Colombia. Nacional Mejoramiento de la calidad en la gestión de los C-1901-0300-35 Nación 11 CSF 1.800.000.000 agentes del sistema de salud a nivel nacional Fortalecimiento de la capacidad del ministerio de C-1901-0300-36 Nación 11 CSF salud y protección social para orientar la gestión 2.000.000.000 del talento humano en salud. Nacional Apoyo al proceso de certificación de C-1901-0300-37 Nación 11 CSF 10.000.000.000 discapacidad nacional Mejoramiento de la capacidad instalada asociada C-1901-0300-38 Nación 11 CSF 20.000.000.000 a la prestación de servicios de salud nacional Fortalecimiento de la atención en salud de la C-1901-0300-39 Nación 11 CSF 10.061.475.000 población migrante no asegurada nacional 15 Fortalecimiento de la atención en salud de la C-1901-0300-39 Nación CSF 20.061.475.000 donación población migrante no asegurada nacional Rubro Fuente Recurso Situación Descripción Apropiación Actualización del plan de beneficios en salud unidad de pago por capitación y su impacto C-1902-0300-7 Nación 11 CSF 4.240.000.000 presupuestal respecto a las necesidades en salud de la población nacional Implementación del sistema de gestión financiera C-1902-0300-8 Nación 11 CSF y administrativa de los recursos del sector salud 2.000.000.000 a nivel nacional Análisis de tecnologías en salud que beneficien C-1902-0300-9 Nación 11 CSF 3.710.000.000 la prestación de los servicios en salud. Nacional Fortalecimiento de la rectoría para el mejoramiento del acceso a los servicios de salud C-1902-0300-10 Nación 11 CSF 2.000.000.000 en el sistema general de seguridad social en salud -SGSSS- nacional Fortalecimiento de los sistemas de gestión en el C-1999-0300-9 Nación 11 CSF 707.178.800 ministerio de salud y protección social nacional Fortalecimiento de los procesos para la elaboración de estudios, investigaciones y C-1999-0300-10 Nación 11 CSF evaluación de las políticas públicas sectoriales y 1.474.218.824 de la gestión de información para toma de decisiones. Nacional Fortalecimiento del entorno laboral en el C-1999-0300-11 Nación 11 CSF ministerio de salud y protección social a nivel 600.000.000 nacional Fortalecimiento de la cooperación y relaciones C-1999-0300-12 Nación 11 CSF 740.000.000 internacionales del sector salud nacional Implementación del modelo de servicio al C-1999-0300-13 Nación 11 CSF 337.308.000 ciudadano en el sector salud a nivel nacional Remodelación de las sedes del ministerio de C-1999-0300-14 Nación 11 CSF 500.000.000 salud y protección social Bogotá Total 679.603.263.134 Fuente: Información suministrada por el MSPS. Elaboró: Equipo Auditor CGR. Muestra seleccionada para abordar el Objetivo Especifico N. 3 – “…Evaluar y verificar la ejecución presupuestal de los ingresos, gastos, cuentas por pagar y reservas presupuestales de la vigencia 2021; acorde a los lineamientos y aspectos aplicables para la entidad. Considerando las unidades General (MSPS) y el Fondo Nacional de estupefacientes…”; se seleccionó teniendo en cuenta la materialidad presupuestal cuantitativa y cualitativa y se determinaron los siguientes rubros presupuestales a través del Macroproceso presupuestal, contractual y del gasto, para ejecución presupuestal, constitución y ejecución de reservas presupuestales y vigencias futuras, así: • Ejecución Presupuestal Muestra seleccionada de ejecución Presupuestal MSPS La selectiva de los rubros presupuestales, tema de análisis de la ejecución presupuestal del gasto del MSPS vigencia 2021, fue realizada a criterio y juicio profesional del equipo auditor, mediante un muestreo no estadístico, se tuvo en cuenta la materialidad cuantitativa y cualitativa del 15% de la apropiación definitiva del MSPS por 42.310.013.224.029 COP, correspondiente a 6.197.507.909.754 COP, como se describe en la siguiente tabla: Tabla No.15 Rubros presupuestales seleccionados MSPS Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP RUBRO FUENTE SIT DESCRIPCIÒN APR. VIGENTE A-03-03-01-082 NACIÒN CSF Fondo de mitigación de emergencias - Fome 9.650.171.915 A-03-03-04-052 NACIÒN Aseguramiento en salud (Leyes 100 de 1993,1122 de CSF 2007, 1393 de 2010, 1438 de 2011 y 1607 de 2012) 2.655.314.996.744 Aseguramiento en salud (Leyes 100 de 1993,1122 de A-03-03-04-052 NACIÒN CSF 369.939.315.181 2007, 1393 de 2010, 1438 de 2011 y 1607 de 2012) Aseguramiento en salud (Leyes 100 de 1993,1122 de A-03-03-04-052 NACIÒN CSF 75.839.966.267 2007, 1393 de 2010, 1438 de 2011 y 1607 de 2012) Aseguramiento en salud (Leyes 100 de 1993,1122 de A-03-03-04-052 NACIÒN CSF 19.010.105.819 2007, 1393 de 2010, 1438 de 2011 y 1607 de 2012) Aseguramiento en salud (Leyes 100 de 1993,1122 de A-03-03-04-052 NACIÒN CSF 2.005.655.668.917 2007, 1393 de 2010, 1438 de 2011 y 1607 de 2012) A-02-01-01-004 NACIÒN CSF Adquisición de activos no financieros 490.150.000 A-02-02-01-004 NACIÒN CSF Adquisición de diferentes activos 129.707.960 A-02-02-02-009 NACIÒN CSF Adquisición de diferentes activos 420.000.000 A-03-11-01-003 NACIÒN CSF Programa emergencia sanitaria 720.386.638 Apoyo para la implementación de las medidas de C-1901-0300-24 NACIÒN CSF 5.410.043.383 asistencia Implementación de acciones del programa ampliad de C-1901-0300-28 NACIÒN CSF 441.996.931.930 inmunizaciones - PAI nacional Implementación de acciones de promoción de la salud C-1901-0300-29 NACIÒN CSF 1.005.592.667 y prevención de la enfermedad nacional RUBRO FUENTE SIT DESCRIPCIÒN APR. VIGENTE C-1901-0300-29 Implementación de acciones de promoción de la salud C-1901-0300-32 NACIÒN CSF 410.585.700 y prevención de la enfermedad nacional C-1901-0300-33 Implementación de acciones de promoción de la salud C-1901-0300-31 NACIÒN CSF 20.294.583 y prevención de la enfermedad nacional Implementación de acciones de promoción de la salud C-1901-0300-32 NACIÒN CSF 6.204.997.050 y prevención de la enfermedad nacional Implementación de acciones de promoción de la salud C-1901-0300-33 NACIÒN CSF 1.934.033.055 y prevención de la enfermedad nacional Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la C-1901-0300-38 NACIÒN CSF 599.971.286.503 prestación de servicios de salud nacional Fortalecimiento de la rectoría para el mejoramiento del C-1902-0300-10 NACIÒN CSF acceso a los servicios de salud en el sistema general 354.612.090 de seguridad social en salud SGSSS NACIONAL Actualización del plan de beneficios en salud unidad de pago por capitación y su impacto presupuestal C-1902-0300-7 NACIÒN CSF 241.013.340 respecto a las necesidades en salud de la población nacional Análisis de tecnologías en salud que beneficien la C-1902-0300-9 NACIÒN CSF 2.684.152.714 prestación de los servicios en salud nacional Fortalecimiento del entorno laboral en el ministerio de C-1999-0300-11 NACIÒN CSF 103.897.299 salud y protección social a nivel nacional TOTAL 6.197.507.909.754 Fuente: Información proporcionada por el MSPS. Elaboró: Equipo Auditor CGR. Los recursos destinados a cada rubro seleccionado, se ejecutaron mediante la suscripción de contratos, resoluciones y otros conceptos, como a continuación se detalla y que representan el universo de la muestra: Tabla No.16 Relación contratos, resoluciones y otros conceptos para los rubros seleccionados. Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP RUBRO DESCRIPCIÒN APR. VIGENTE Valor contratos Resolución Otros conceptos A-03-03-01-082 Fondo de mitigación de emergencias - Fome 9.650.171.915 9.650.171.915 Aseguramiento en salud (Leyes 100 de A-03-03-04-052 1993,1122 de 2007, 1393 de 2010, 1438 de 2011 y 1607 de 2012) 2.655.314.996.744 2.655.314.996.744 Aseguramiento en salud (Leyes 100 de A-03-03-04-052 1993,1122 de 2007, 1393 de 2010, 369.939.315.181 1438 de 2011 y 1607 de 2012) 369.939.315.181 Aseguramiento en salud (Leyes 100 de A-03-03-04-052 1993,1122 de 2007, 1393 de 2010, 75.839.966.267 1438 de 2011 y 1607 de 2012) 75.839.966.267 RUBRO DESCRIPCIÒN APR. VIGENTE Valor contratos Resolución Otros conceptos Aseguramiento en salud (Leyes 100 de A-03-03-04-052 1993,1122 de 2007, 1393 de 2010, 19.010.105.819 1438 de 2011 y 1607 de 2012) 19.010.105.819 Aseguramiento en salud (Leyes 100 de A-03-03-04-052 1993,1122 de 2007, 1393 de 2010, 2.005.655.668.917 1438 de 2011 y 1607 de 2012) 2.005.655.668.917 A-02-01-01-004 Adquisición de activos no financieros 490.150.000 490.150.000 A-02-02-01-004 Adquisición de diferentes activos 129.707.960 129.707.960 A-02-02-02-009 Adquisición de diferentes activos 420.000.000 420.000.000 A-03-11-01-003 Programa emergencia sanitaria 720.386.638 720.386.638 Apoyo para la implementación de las C-1901-0300-24 5.410.043.383 medidas de asistencia 5.410.043.383 Implementación de acciones del C-1901-0300-28 programa ampliad de inmunizaciones - 441.996.931.930 PAI nacional 441.996.931.930 Implementación de acciones de C-1901-0300-29 promoción de la salud y prevención de 1.005.592.667 la enfermedad nacional 1.005.592.667 C-1901-0300-29 Implementación de acciones de C-1901-0300-32 promoción de la salud y prevención de 410.585.700 C-1901-0300-33 la enfermedad nacional 410.585.700 Implementación de acciones de C-1901-0300-31 promoción de la salud y prevención de 20.294.583 la enfermedad nacional 20.294.583 Implementación de acciones de C-1901-0300-32 promoción de la salud y prevención de 6.204.997.050 la enfermedad nacional 6.204.997.050 Implementación de acciones de C-1901-0300-33 promoción de la salud y prevención de 1.934.033.055 la enfermedad nacional 1.934.033.055 Mejoramiento de la capacidad C-1901-0300-38 instalada asociada a la prestación de 599.971.286.503 servicios de salud nacional 599.971.286.503 Fortalecimiento de la rectoría para el mejoramiento del acceso a los C-1902-0300-10 servicios de salud en el sistema 354.612.090 general de seguridad social en salud SGSSS NACIONAL 354.612.090 Actualización del plan de beneficios en salud unidad de pago por capitación y C-1902-0300-7 su impacto presupuestal respecto a las 241.013.340 necesidades en salud de la población nacional 241.013.340 Análisis de tecnologías en salud que C-1902-0300-9 beneficien la prestación de los 2.684.152.714 servicios en salud nacional 2.684.152.714 Fortalecimiento del entorno laboral en C-1999-0300-11 el ministerio de salud y protección 103.897.299 social a nivel nacional 103.897.299 TOTAL 6.197.507.909.754 1.062.097.684.912 9.650.171.915 5.125.760.052.927 Fuente: Información proporcionada por el MSPS. Elaboró: Equipo Auditor CGR. • Reservas Presupuestales Muestra seleccionada de Reservas Presupuestales MSPS • Constituidas en 2020 ejecutadas en 2021 La selectiva de la muestra de las reservas presupuestales constituidas en el 2020 para ser ejecutas en el 2021, fue realizada a criterio de juicio profesional del equipo auditor, mediante un muestreo no estadístico, se tuvo en cuenta el 77% de total de las reservas constituidas por 90.784.384.669 COP, correspondiente a 69.726.043.693, como se ilustra en la siguiente tabla: Tabla No.17 Muestra Reservas Presupuestales MSPS Constituidas en vigencia 2020 para pago en vigencia 2021 Cifras expresadas en COP FUENT RE UEJ NOMBRE UEJ RUBRO E C SIT DESCRIPCIÒN COMPROMISO Ministerio de Apoyo a programas de Salud y A-03-03-02- 19-01-01 Nación 11 CSF desarrollo de la salud ley 50.000.000.000 Protección 002 100 de 1993 social Ministerio de Apoyo a programas de Salud y A-03-03-02- 19-01-01 Nación 10 CSF desarrollo de la salud ley 3.710.691.588 Protección 002 100 de 1994 social Ministerio de Salud y A-03-11-01- 19-01-02 Nación 10 CSF 8.483.042.000 Protección 002 Plan nacional de salud social rural Fortalecimiento de la Ministerio de información relacionada Salud y C-1901- 19-01-03 Nación 10 CSF con la situación de salud 7.532.310.105 Protección 0300-32 de la población a nivel social nacional TOTAL 69.726.043.693 Fuente: Información suministrada por el MSPS. Elaboró: Equipo Auditor CGR. Sin embargo, la verificación de las reservas constituidas en el 2020 para ser ejecutas en el 2021, fueron analizadas al 100% por el equipo auditor las cuales ascendieron a 88.142.455.199 COP equivalente al 97%, con un saldo a liberar 2.641.929.470 COP como se muestra a continuación: Tabla No.18 Ejecución Reservas presupuestales MSPS Cifras expresadas en COP Detalle Total % Reserva Constituida 2020 90.784.384.669 100 Obligación y pagos 88.142.455.199 97 Valor a Liberar 2.641.929.470 3 Fuente: Información suministrada por el MSPS. Elaboró: Equipo Auditor CGR. Del valor de la reserva constituida para el 2020, quedo un valor a liberar por 2.641.929.470 COP, el cual cuenta con los respectivos actos administrativos de liberación, de los cuales se pudo constatar que corresponde a la cifra antes mentada, como se relaciona a continuación: Tabla No.19 Liberación reservas presupuestal MSPS 2020 Cifras expresadas en COP Memorando Contrato No. Fecha Compromiso Rubro Valor a reducir 202121000367553 144 16/11/2021 553620 C-1901-0300-32-0-1901004-02 1.555.952,00 202116000418953 473 27/12/2021 343920 A-03-03-04-054 2.585.897.200,00 202116000420112 547 28/12/2021 377420 C-1901-0300-23 51.936.255,00 202141000419763 727 28/12/2021 2.293.662,00 202143400417873 836 27/12/2021 246.401,00 TOTAL 2.641.929.470,00 Fuente: Información suministrada por el MSPS – Memorandos de liberación de reservas presupuestales vigencia 2020 Elaboró: Equipo Auditor CGR • Constituidas en 2021 ejecutadas en 2022 Para la vigencia 2021 el MSPS constituyó reservas presupuestales en 34 rubros tanto de funcionamiento como de inversión por 142.134.448.748.82 COP para ser pagadas en la vigencia 2022; se verificaron la totalidad de los rubros por 142.134.448.749 COP es decir el 100% del total de las reservas presupuestales constituidas en 2021, tal como se relaciona a continuación: Tabla No.20 Reservas presupuestales constituidas Vigencia 2021 para pago en vigencia 2022 Cifras expresadas en COP UEJ RUBRO DESCRIPCION COMPROMISO 19-01-01 A-02 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 1.775.384.463,80 A-03-03-02- APOYO A PROGRAMAS DE DESARROLLO DE 19-01-01 115.202.163.148,00 002 LA SALUD LEY 100 DE 1993 UEJ RUBRO DESCRIPCION COMPROMISO ASISTENCIA ANCIANOS, NIÑOS ADOPTIVOS Y A-03-03-02- 19-01-01 POBLACIÓN DESPROTEGIDA LEY 1251 DE 1.040.711.914,00 003 2002 MEJORAMIENTO DE LA RED DE URGENCIAS Y A-03-03-04- ATENCIÓN DE ENFERMEDADES 19-01-01 18.251.446,21 054 CATASTRÓFICAS Y ACCIDENTES DE TRÁFICO (SERVICIOS INTEGRANTES DE SALUD) A-03-11-01- 19-01-01 PROGRAMA EMERGENCIA SANITARIA 2.106.631.086,30 003 A-03-11-01- 19-01-01 PROGRAMA EMERGENCIA SANITARIA 3.760.732.958,00 003 FORTALECIMIENTO DE LOS ACTORES PARA C-1901-0300- LA APROPIACIÓN DEL ENFOQUE DIFERENCIAL 19-01-01 269.439.977,00 23 EN LA ATENCIÓN EN SALUD Y PROMOCIÓN SOCIAL EN SALUD NACIONAL APOYO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS C-1901-0300- MEDIDAS DE ASISTENCIA Y REHABILITACIÓN 19-01-01 135.968.744,00 24 A VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO NACIONAL IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE LA C-1901-0300- 19-01-01 PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EL SECTOR 9.074.627,00 25 SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LA PRESTACIÓN DE C-1901-0300- LOS SERVICIOS DE SALUD EN CONDICIONES 19-01-01 200.788.060,00 26 DE INTEGRALIDAD, CONTINUIDADY CALIDAD NACIONAL ASISTENCIA PARA INCREMENTAR LA C-1901-0300- CAPACIDAD DE RESPUESTA DEL SECTOR 19-01-01 208.275.282,00 27 SALUD HACIA LA POBLACIÓN AFECTADA POR EMERGENCIAS Y DESASTRES NACIONAL IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES DEL C-1901-0300- 19-01-01 PROGRAMA AMPLIADO DE INMUNIZACIONES - 1.491.437.612,07 28 PAI NACIONAL IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES DE C-1901-0300- 19-01-01 PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE 1.521.856.453,00 29 LA ENFERMEDAD. NACIONAL IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES DE C-1901-0300- 19-01-01 PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE 22.033.333,00 29 LA ENFERMEDAD. NACIONAL IMPLEMENTACIÓN DE ESTRATEGIAS DE COMUNICACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y C-1901-0300- 19-01-01 DIVULGACIÓN DE LOS TEMAS RELACIONADOS 1.472.207.123,00 31 CON SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL A NIVEL NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LA INFORMACIÓN C-1901-0300- 19-01-01 RELACIONADA CON LA SITUACIÓN DE SALUD 3.662.576.655,00 32 DE LA POBLACIÓN A NIVEL NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LA INFORMACIÓN C-1901-0300- 19-01-01 RELACIONADA CON LA SITUACIÓN DE SALUD 87.278.667,00 32 DE LA POBLACIÓN A NIVEL NACIONAL FORTALECIMIENTO SISTEMA DE C-1901-0300- 19-01-01 INFORMACIÓN DE SALUD Y PROTECCIÓN 7.710.251.731,59 33 SOCIAL NACIONAL UEJ RUBRO DESCRIPCION COMPROMISO FORTALECIMIENTO DE LA RECTORÍA Y C-1901-0300- 19-01-01 REGULACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS EN 170.161.941,73 34 SALUD EN COLOMBIA. NACIONAL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EN LA C-1901-0300- 19-01-01 GESTIÓN DE LOS AGENTES DEL SISTEMA DE 16.546.666,70 35 SALUD A NIVEL NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DEL C-1901-0300- MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN 19-01-01 128.494.351,00 36 SOCIAL PARA ORIENTAR LA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO EN SALUD. NACIONAL C-1901-0300- APOYO AL PROCESO DE CERTIFICACIÓN DE 19-01-01 8.277.000,00 37 DISCAPACIDAD NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LA ATENCIÓN EN C-1901-0300- 19-01-01 SALUD DE LA POBLACIÓN MIGRANTE NO 9.666.666,00 39 ASEGURADA NACIONAL ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE BENEFICIOS EN SALUD UNIDAD DE PAGO POR CAPITACIÓN Y C-1902-0300- 19-01-01 SU IMPACTO PRESUPUESTAL RESPECTO A 380.915.046,00 7 LAS NECESIDADES EN SALUD DE LA POBLACIÓN NACIONAL IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTION C-1902-0300- FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA DE LOS 19-01-01 125.625.364,26 8 RECURSOS DEL SECTOR SALUD A NIVEL NACIONAL ANÁLISIS DE TECNOLOGÍAS EN SALUD QUE C-1902-0300- 19-01-01 BENEFICIEN LA PRESTACIÓN DE LOS 282.442.695,00 9 SERVICIOS EN SALUD. NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LA RECTORIA PARA EL MEJORAMIENTO DEL ACCESO A LOS C-1902-0300- 19-01-01 SERVICIOS DE SALUD EN EL SISTEMA 173.629.877,00 10 GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - SGSSS- NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE C-1999-0300- 19-01-01 GESTIÓN EN EL MINISTERIO DE SALUD Y 28.899.734,00 9 PROTECCIÓN SOCIAL NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS PARA LA ELABORACIÓN DE ESTUDIOS, C-1999-0300- INVESTIGACIONES Y EVALUACIÓN DE LAS 19-01-01 58.037.544,00 10 POLÍTICAS PÚBLICAS SECTORIALES Y DE LA GESTIÓN DE INFORMACIÓN PARA TOMA DE DECISIONES. NACIONAL FORTALECIMIENTO DE LA COOPERACIÓN Y C-1999-0300- 19-01-01 RELACIONES INTERNACIONALES DEL SECTOR 38.739.258,00 12 SALUD NACIONAL IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE SERVICIO C-1999-0300- 19-01-01 AL CIUDADANO EN EL SECTOR SALUD A NIVEL 2.969.167,00 13 NACIONAL REMODELACIÓN DE LAS SEDES DEL C-1999-0300- 19-01-01 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN 14.980.157,16 14 SOCIAL BOGOTÁ TOTAL 142.134.448.748,82 Fuente: MSPS. Elaboró: Equipo Auditor CGR. Vigencias futuras 2021 Al Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) durante la vigencia 2021 le fueron autorizadas 64 vigencias futuras por 333.253.319.890 COP, las cuales se presentan a continuación: Tabla No.21 Vigencias Futuras MSPS 2021 Cifras expresadas en COP No. Valor final Solicitud Tipo Año futuro Rubro autorización Autorizado 418 9418 Ordinaria 2022 A-02-02 1.795.038.231 120 720 Ordinaria 2022 A-02-02 1.415.072.737 220 3520 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 440.158.484 320 5420 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 3.374.000.000 420 13720 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 150.000.000 520 13820 Ordinaria 2022 C-1901-0300-27 76.050.307 620 13520 Ordinaria 2022 C-1901-0300-31 150.000.000 720 14020 Ordinaria 2022 C-1901-0300-34 20.000.000 820 15520 Ordinaria 2022 C-1902-0300-08 30.000.000 920 15620 Ordinaria 2022 C-1901-0300-36 30.000.000 1520 85020 Ordinaria 2022 C-1902-0300-07 105.000.000 1620 33420 Ordinaria 2022 C-1901-0300-24 1.465.000.000 2020 34220 Ordinaria 2022 A-02-02 340.382.654 2320 34120 Ordinaria 2022 A-02-02 29.366.475 2420 34020 Ordinaria 2022 A-03-10-02-001 2.680.876.000 2620 39220 Ordinaria 2022 A-02-02 336.394.699 2720 36620 Ordinaria 2022 A-02-02 24.956.985 2920 60020 Ordinaria 2022 C-1901-0300-33 7.232.646.084 3020 62520 Ordinaria 2022 A-02-02 255.000.000 3120 64620 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 282.620.097 3420 98820 Ordinaria 2022 C-1901-0300-26 112.000.000 4020 113320 Ordinaria 2022 C-1902-0300-10 15.000.000 4220 114920 Ordinaria 2022 C-1999-0300-10 25.000.000 No. Valor final Solicitud Tipo Año futuro Rubro autorización Autorizado 121 1721 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 215.158.484 221 35621 Ordinaria 2022 A-02 47.550.000 321 36721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-24 1.100.000.000 421 44321 Ordinaria 2022 C-1902-0300-7 1.511.304.210 521 47721 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 200.000.000 621 49621 Ordinaria 2022 C-1902-0300-10 838.125.470 721 52521 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 22.500.114.836 821 63821 Ordinaria 2022 C-1901-0300-38 199.648.495.997 921 71821 Ordinaria 2022 C-1901-0300-36 1.092.448.210 1021 70421 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 150.000.000 1121 79921 Ordinaria 2022 A-02 2.753.673.562 1221 76621 Ordinaria 2022 C-1901-0300-29 584.843.850 1321 75321 Ordinaria 2022 C-1901-0300-33 3.618.455.397 1421 97121 Ordinaria 2022 C-1999-0300-10 888.687.751 1521 97021 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 122.048.675 1621 93721 Ordinaria 2022 C-1902-0300-7 163.800.000 1721 110921 Ordinaria 2022 A-02 4.508.622.194 1821 102221 Ordinaria 2022 C-1902-0300-9 1.800.000.000 1921 109821 Ordinaria 2022 C-1902-0300-10 200.161.570 2021 110821 Ordinaria 2022 C-1901-0300-27 1.088.356.787 2121 118021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-33 6.379.547.879 2221 114821 Ordinaria 2022 C-1901-0300-31 1.649.454.011 2321 118121 Ordinaria 2022 C-1901-0300-25 115.259.221 2421 123721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-34 2.522.422.793 2521 128521 Ordinaria 2022 C-1902-0300-8 1.152.918.172 2621 130521 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 4.330.477.392 2721 131621 Ordinaria 2022 C-1999-0300-9 446.264.000 2821 131721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 4.928.146.118 2921 131821 Ordinaria 2022 C-1999-0300-12 375.592.119 3021 144221 Ordinaria 2022 C-1901-0300-37 89.565.000 No. Valor final Solicitud Tipo Año futuro Rubro autorización Autorizado 3121 136221 Ordinaria 2022 C-1901-0300-26 3.204.908.883 3221 138721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-29 8.622.692.001 3321 144921 Ordinaria 2022 C-1901-0300-23 16.753.485.000 3421 145921 Ordinaria 2022 C-1901-0300-24 1.095.884.440 3521 146021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-39 280.000.000 3621 153021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-35 353.500.000 3721 157921 Ordinaria 2022 C-1901-0300-29 1.651.126.865 3821 158021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 359.800.000 3921 173621 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 436.791.250 4021 173521 Ordinaria 2022 C-1999-0300-13 89.075.000 4121 196621 Ordinaria 2022 C-1901-0300-38 15.000.000.000 TOTAL VIGENCIAS FUTURAS 333.253.319.890 Fuente: Respuesta MSPS – Radicado 202215000227091, del día 10 febrero 2022 Elaboró: Equipo auditor CGR Muestra de vigencias futuras del MSPS La muestra determinada para las vigencias futuras del MSPS, se realizó a través de métodos estadístico, identificando un error estándar de muestreo del 15% y se determinó la probabilidad de ocurrencia o éxito (varianza de la muestra) del 94%. Se revisaron 9 vigencias futuras por 274.890.310.969 COP que corresponden al 82.48%; del total de las vigencias futuras constituidas al 2021. Tabla No. 22 Muestra Vigencias Futuras MSPS Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP Autorización Vigencia Rubro Valor Final Autorizado 63821 2022 C-1901-0300-38 199.648.495.997 196621 2022 C-1901-0300-38 15.000.000.000 52521 2022 C-1901-0300-32 22.500.114.836 144921 2022 C-1901-0300-23 16.753.485.000 60020 2022 C-1901-0300-33 7.232.646.084 130521 2022 C-1901-0300-28 4.330.477.392 123721 2022 C-1901-0300-34 2.522.422.793 Autorización Vigencia Rubro Valor Final Autorizado 102221 2022 C-1902-0300-9 1.800.000.000 114821 2022 C-1901-0300-31 1.649.454.011 33420 2022 C-1901-0300-24 1.465.000.000 720 2022 A-02-02 1.415.072.737 131821 2022 C-1999-0300-12 375.592.119 70421 2022 A-03-11-01-003 150.000.000 35621 2022 A-02 47.550.000 Total 274.890.310.969 Fuente: Información suministrada por el MSPS Elaboró: Equipo Auditor CGR • Préstamo 5170/OC-CO –BID y Convenios de Financiamiento No Reembolsable No. 5172/GR-CO y GRT/CF 18408 – CO Programación Presupuestal Crédito 5170 En el presupuesto del MSPS al 31 de diciembre los recursos provenientes de la operación del Préstamo 5170/OC-CO - BID, fueron desembolsados bajo la figura Con Situación de Fondos (CSF). Amparados con apropiación y ejecución mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 121 del 1 1 de octubre de 2021 por 294.099.348.914,57 COP expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social, cómo se describe en la siguiente tabla: Tabla No. 23 Ejecución Presupuestal MSPS Contrato de Crédito No. 5170/0C-0C BID Primero desembolso Vigencia 2021 Cifras expresadas en COP NOMBRE UEJ RUBRO SIT DESCRIPCION APR. INICIAL APR. VIGENTE UEJ PROGRAM A PARA MEJORAR ASEGURAMIEN LA TO EN SALUD SOSTENIBI (LEYES 100 DE 19-01- LIDAD DEL A-03-03- 1993, 1122 DE CSF 294.099.348.914,57 294.099.348.914,57 01-033 SISTEMA 04-052 2007, 1393 DE DE SALUD 2010, 1438 DE PRESTAM 2011 Y 1607 DE O BID 2012) 5170/OC CO Fuente: Ejecución Presupuestal vigencia 2021 – MSPS. Elaboro. Equipo Auditor • Presupuesto y Ejecución de los Convenios de Financiamiento No Reembolsables No. 5172/GR-CO y GRT/CF-18408-CO En el marco del Proyecto de Inversión 2020011000097 “Fortalecimiento de la atención en salud de la población migrante venezolana no asegurada Nacional”, para 2021 los recursos de cooperación se estimaron en 5.862.500 USD, para los cálculos se tuvo en cuenta la TRM promedio de 2021 (TRM 3.422), supuestos macroeconómicos de la Circular externa 004 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público del 21 de febrero de 2020. El 14 de septiembre de 2021 se solicitó el desembolso por valor de USD 5.143.968 provenientes de los recursos de los Convenios de Financiamiento No Reembolsable que con una TRM proyectada de 3.900COP ascendían a 20.061.475.000 COP. De igual forma con recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN) vigencia 2021, se apropiaron 10.061.475.000 COP como se presenta a continuación: Tabla No.24 Convenios de Financiamiento Cifras expresadas en COP Proyecto de Rubro Conv. Conv. GRT-GF - Total Apropiación PGN Inversion Presupuestal 5172/GR-CO 18408 – CO Convenios 2021 USD USD USD Cifras en COP BPIN 2020011000097 1901-0300-39- 15 2.820.819 2.323.149 5.143.968 20.061.475.000 "Fortalecimiento de la atención en Desembolso Desembolso salud de la 30/09/2021 01/10/2021 población migrante no asegurada 1901-0300-39- 11 10.061.475.000 Nacional Total Recursos 2021 30.122.950.000 Fuente: Decreto 1805 del 31 de diciembre 2020 “Por el cual se líquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2021, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos. Elaboro: Equipo Auditor En línea con las disposiciones establecidas mediante la Resolución 1832 del 12 de noviembre de 2021 “Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión “Fortalecimiento de la atención en salud de la población migrante no asegurada Nacional”, los recursos fueron ejecutados como se presenta a continuación: Tabla No.25 Ejecución recursos provenientes del Convenio de Financiamiento No Reembolsable No. 5172/GR-CO. Recurso 15 Entidad Valor valor Giro Fecha de Valor en No. TRM COP Territorial Compromiso COP Giro USD 1 Atlántico 466.940,00 466.940,00 16/12/2021 117.019,65 3.990,27 2 Barranquilla 674.226,00 125.466,00 16/12/2021 31.442,99 3.990,27 3 Bogotá D.C. 2.793.574,00 2.793.574,00 16/12/2021 700.096,48 3.990,27 4 Cartagena 1.516.506,00 1.516.506,00 16/12/2021 380.050,97 3.990,27 5 Cesar 4.000.000,00 1.925.629,00 16/12/2021 482.581,20 3.990,27 6 Cundinamarca 1.042.821,00 1.042.821,00 16/12/2021 261.340,95 3.990,27 7 Magdalena 1.068.309,00 1.068.309,00 16/12/2021 267.728,50 3.990,27 8 Santa Marta 1.497.785,00 1.497.785,00 16/12/2021 375.359,30 3.990,27 Totales 13.060.161,00 10.437.030,00 2.615.620,04 Fuente giros y compromisos: SIIF Nación corte a 31 de diciembre de 2021 – Grupo de Tesorería del Ministerio * El valor comprometido al Distrito de Barranquilla fue girado con recursos del PGN y del convenio 5172/GR-CO ** El valor comprometido al Departamento del Cesar fue girado con recursos tanto del convenio 5172/GR-CO como del convenio GRT- GF -18408 – CO Tabla No. 26 Recursos provenientes del Convenio de Financiamiento No Reembolsable No. GRT-GF18408–CO. Recurso 15 No Entidad Valor Valor Giro Cifras Fecha de Valores en TRM . Territorial Compromiso en COP Giro USD COP 1 Antioquia 2.588.408.000 2.588.408.000 16/12/2021 648.679,91 3.990,27 2 Arauca 3.205.240.000 3.205.240.000 16/12/2021 803.263,94 3.990,27 3 Bolivar 727.635.000 727.635.000 29/12/2021 181.727,00 4.004,00 4 Cesar 4.000.000.000 2.074.370.700* 16/12/2021 519.857,23 3.990,27 Totales 4.727.635.000 8.595.653.700 2.153.528,08 Fuente giros y compromisos: SIIF Nación corte a 31 de diciembre de 2021 – Grupo de Tesorería del Ministerio * El valor comprometido al Departamento del Cesar fue girado con recursos tanto del convenio 5172/GR-CO como del convenio GRT- GF -18408 – CO. Elaboro: Equipo Auditor. Tabla No.27 Resumen consolidado de ejecución de recursos de los Convenios de Financiación No Reembolsables Convenio de Financiamiento No Valor girado Valor girado Cant. Entidades Reembolsable Cifras en COP Cifras en USD Territoriales 5172/GR-CO 10.437.030.300 2.615.620,04 8 GRT-GF -18408 - CO 8.595.653.700 2.153.528,08 3 Total 19.032.684.000 4.769.148,12 11 Fuente giros y compromisos: SIIF Nación corte a 31 de diciembre de 2021 – Grupo de Tesorería del Ministerio * El valor total comprometido al Departamento del Cesar fue girado con recursos tanto del convenio 5172/GR-CO como del convenio GRT- GF -18408 – CO, por lo tanto, el número real total de entidades territoriales beneficiarias es de 11. Elaboro: Equipo Auditor. • Préstamo Número 9072-CO GCFF TF No. TF0B2826- BIRF En el presupuesto del MSPS al 31 de diciembre los recursos provenientes de la operación del Préstamo Número 9072-CO GCFF TF No. TF0B2826- BIRF, al respecto, se verifico que los recursos fueron desembolsados bajo la figura Con Situación de Fondos (CSF) con la apropiación y ejecución de los recursos presupuestales por 94.850.072.085,43 COP como se describe en la siguiente tabla: Tabla No. 28 Ejecución Presupuestal MSPS- vigencia 2021 Cifras expresadas en COP RE UEJ NOMBRE UEJ RUBRO SIT DESCRIPCION APR. INICIAL PAGOS C PROGRAMA PARA ASEGURAMIENTO MEJORAR LA EN SALUD (LEYES 19-01- SOSTENIBILIDAD DEL A-03-03- 100 DE 1993, 1122 14 CSF 75.839.966.266,54 75.839.966.266,54 01-029 SISTEMA DE SALUD 04-052 DE 2007, 1393 DE EN COLOMBIA CON 2010, 1438 DE 2011 ENFOQUE INCLUSIVO Y 1607 DE 2012) PROGRAMA PARA ASEGURAMIENTO MEJORAR LA EN SALUD (LEYES 19-01- SOSTENIBILIDAD DEL A-03-03- 100 DE 1993, 1122 15 CSF 19.010.105.818,89 19.010.105.818,89 01-029 SISTEMA DE SALUD 04-052 DE 2007, 1393 DE EN COLOMBIA CON 2010, 1438 DE 2011 ENFOQUE INCLUSIVO Y 1607 DE 2012) Total 94.850.072.085,43 94.850.072.085,43 Fuente: MSPS- Ejecución Presupuestal 2021 Elaboró: Equipo Auditor Respecto a los anexos 8 y 9 del Manual Operativo del Programa (MOP) del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), corresponden a la asignación y distribución de recursos detallada por indicador vinculado a desembolso para los recursos de crédito y donación, respectivamente, que fueron utilizados para solicitar el desembolso de recursos al BIRF durante la vigencia 2021. En este sentido, se adjuntan los oficios con radicados 202032002012231 del 18 de diciembre de 2020 y 202132001795061 del 10 de noviembre de 2021 mediante los cuales se solicitó y autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público tramitar las solicitudes de desembolso en mención. En este contexto, la distribución presupuestal de la Subunidad SIIF No. 19-01-01- 029, asociada al mencionado Acuerdo de Financiamiento, se realiza de acuerdo con las líneas presupuestales a través de las cuales se ejecutan los recursos de crédito y donación enmarcados en la operación de crédito externo adelantada con el BIRF; es decir, los rubros 13 Recursos del crédito externo previa autorización, 14 Préstamos de destinación específica y 15 Donaciones, del rubro presupuestal de funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social A-03-03-04-052 Aseguramiento, Reclamaciones y Servicios Integrales En Salud (Ley 100 de 1993 – Decreto 780 de 2016), en el cual son apropiados los recursos del aseguramiento corriente del Sistema de Salud. 1.1.2.2. Fondo Nacional de Estupefacientes - FNE Muestra seleccionada de ejecución Presupuestal FNE Presupuesto de gastos El presupuesto de gastos contó con una apropiación inicial y definitiva por 35.337.139.097 COP tal como se muestra a continuación: Tabla No.29 Presupuesto de Gastos FNE 2021 Cifras expresadas en COP Apropiación Modificaciones presupuestales Apropiación Concepto Adiciones Reducciones inicial definitiva FUNCIONAMIENTO 30.724.989.097 1.149.525.953 1.149.525.953 30.724.989.097 Gastos de Personal 1.279.775.564 529.923.964 48.843.736 1.760.855.792 Gastos Generales (Adquisición de Bienes y 823.067.000 11.464.521 814.266.521 823.067.000 Servicios) Transferencias Corrientes 1.721.582.979 0 298.107.529 1.423.475.450 Gastos de Comercialización y Producción 26.865.024.640 508.000.000 736.792.113 26.636.232.527 Tributos, Multas, Sanciones 35.538.914 100.137.468 54.318.054 81.358.328 INVERSIÓN 4.612.150.000 0 0 4.612.150.000 TOTAL GASTOS 35.337.139.097 1.149.525.953 1.149.525.953 35.337.139.097 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021 – Respuesta oficio No.202215000109411 el 24 de enero 2022 – AEF Elaboró: Equipo Auditor CGR. El 75.37% de los recursos apropiados para funcionamiento se orientaron a gastos de Comercialización y Producción por 26.636.232.527 COP seguido de recursos de Inversión con él 13.05%, 4.98% recursos gastos de personal, 4.02% recursos de transferencias corrientes, el 2.32% a gastos generales y el 0.26% a tributos, multas y sanciones: Tabla No.30 Ejecución Presupuestal 2021 FNE Cifras expresadas en COP Apropiación Ejecución Ejecución Concepto Definitiva presupuestal a presupuestal a Apropiación % EJECUCIÓN nivel CDP nivel Disponible x Compromisos ejecución SIIF Netos 30.724.989.097 28.820.253.003 28.818.714.003 1.904.736.093 94% FUNCIONAMIENTO Gastos de Personal 1.760.855.792 1.690.117.052 1.690.117.052 70.738.740 96% Apropiación Ejecución Ejecución Concepto Definitiva presupuestal a presupuestal a Apropiación % EJECUCIÓN nivel CDP nivel Disponible x Compromisos ejecución SIIF Netos Gastos Generales 729.823.553 728.284.553 93.243.447 88% (Adquisición de Bienes y 823.067.000 Servicios) Transferencias 1.423.475.450 1.156.949.520 Corrientes 1.156.949.520 266.525.930 81% Gastos de 26.636.232.527 25.162.004.551 25.162.004.551 1.474.227.975 94% Comercialización y Producción Tributos, Multas, 81.358.328 81.358.328 Sanciones 81.358.328 0 100% INVERSIÓN 4.612.150.000 4.443.433594 0 97% TOTAL 35.337.139.097 28.820.253.003 33.263.686.597 1.904.736.093 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021 – Respuesta oficio No.202215000109411 del 24 de enero 2022 – AEF Elaboró: Equipo Auditor CGR. • Reservas Presupuestales Muestra seleccionada de Reservas Presupuestales FNE • Constituidas en 2020 ejecutadas en 2021 Al cierre del 2020, en el Fondo Nacional de Estupefacientes constituyó reservas presupuestales por 3.698.922.486.47 COP verificando su ejecución al 100% en el 2021 como se relaciona a continuación: Tabla No.31 Ejecución Reservas presupuestales MSPS - FNE Cifras expresadas en COP Detalle Total % Reserva Constituida 2020 3.698.922.486.47 100 Obligación y pagos 3.698.922.486.47 100 Fuente: MSPS – Contraloría Delegada para la Economía y finanzas Elaboró: Equipo Auditor CGR • Constituidas en 2021 ejecutadas en 2022 Para la vigencia 2021 el MSPS constituyó reservas presupuestales en 20 rubros por 4.756.781.979 COP para ser pagadas en la vigencia 2022. Tabla No.32 Ejecución Reservas presupuestales FNE Cifras expresadas en COP Rubro Descripción Valor inicial Valor Actual A-02-02-02- SERVICIOS DE SOPORTE 1.247.919,04 1.247.919,02 008-005 PRODUCTOS DE HORNOS DE COQUE; A-02-02-01- PRODUCTOS DE REFINACIÓN DE 912.001,23 912.001,23 003-003 PETRÓLEO Y COMBUSTIBLE NUCLEAR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, A-02-02-02- TRANSMISIÓN Y SUMINISTRO DE 3.659.510,18 3.659.509,92 008-004 INFORMACIÓN A-02-02-02- SERVICIOS DE SOPORTE 549.464,00 549.464,00 008-005 A-02-02-02- SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS 240.000,00 240.000,00 007-001 CONEXOS A-02-02-01- DOTACIÓN (PRENDAS DE VESTIR Y 650.842,00 650.842,26 002-008 CALZADO) A-02-02-01- DOTACIÓN (PRENDAS DE VESTIR Y 488.797,00 488.797,55 002-008 CALZADO) A-02-02-02- OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, 9.222.500,00 9.222.500,00 008-003 CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS A-02-02-02- OTROS SERVICIOS 16.000.000,00 16.000.000,00 009-007 A-02-02-01- EQUIPO Y APARATOS DE RADIO, 22.340.000,00 22.340.000,00 004-007 TELEVISIÓN Y COMUNICACIONES A-05-01-02- SERVICIOS DE SOPORTE 6.551.580,88 6.551.580,88 008-005 A-05-01-02- SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y 132.140.260,00 132.140.260,00 008-001 DESARROLLO A-05-01-02- SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y 86.014.016,00 86.014.016,34 008-001 DESARROLLO OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 238.478.788,00 238.478.788,40 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 1.389.492.000,00 1.389.492.000,00 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 53.244.672,00 53.244.672,00 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) A-05-01-02- SERVICIOS DE SOPORTE 2.884.680,00 2.884.680,00 008-005 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 351.432.951,00 351.432.951,60 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 725.000.000,00 725.000.000,00 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) A-05-01-02- SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS 1.260.000,00 1.260.000,00 007-001 CONEXOS OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 83.991.726,00 83.991.726,00 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) Rubro Descripción Valor inicial Valor Actual OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 427.895.026,00 427.895.026,00 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) PREVENCIÓN DE LA A-03-03-02-007 FARMACODEPENDENCIA Y DE 10.415.298,00 10.415.298,00 MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL PREVENCIÓN DE LA A-03-03-02-007 FARMACODEPENDENCIA Y DE 133.518.075,00 133.518.075,00 MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL A-05-01-02- OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, 46.473.000,00 46.473.000,00 008-003 CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS PREVENCIÓN DE LA A-03-03-02-007 FARMACODEPENDENCIA Y DE 12.435.719,00 12.435.719,00 MEDICAMENTOS DE CONTROL ESPECIAL OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 98.696.475,00 98.696.475,00 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 112.493.099,00 112.493.099,20 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 94.000.000,00 94.000.000,00 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS; FIBRAS A-05-01-01- ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES 162.554.539,00 162.554.539,20 003-005 HECHAS POR EL HOMBRE) A-05-01-02- SERVICIOS FINANCIEROS Y SERVICIOS 361.100,00 361.018,00 007-001 CONEXOS A-05-01-02- OTROS SERVICIOS PROFESIONALES, 19.985.265,00 19.985.265,36 008-003 CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS A-05-01-01- MAQUINARIA DE OFICINA, CONTABILIDAD 165.457.617,00 165.457.617,40 004-005 E INFORMÁTICA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA EN C-1903-0300-1- INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL - 24.165.991,00 24.165.991,00 0-1903023-02 FORTALECIMIENTO DEL PROCESO DE CONTROL Y FISCALIZACION REALIZADO POR EL FNE A NIVEL NACIONAL ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIOS DE COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN EN INSPECCIÓN, C-1903-0300-1- VIGILANCIA Y CONTROL - 162.417.932,00 162.417.932,00 0-1903047-02 FORTALECIMIENTO DEL PROCESO DE CONTROL Y FISCALIZACION REALIZADO POR EL FNE A NIVEL NACIONAL ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIO DE DISEÑO DE METODOLOGÍAS, INSTRUMENTOS Y C-1903-0300-1- ESTRATEGIAS DE INSPECCIÓN, 61.153.766,00 61.153.766,00 0-1903020-02 VIGILANCIA Y CONTROL - FORTALECIMIENTO DEL PROCESO DE CONTROL Y FISCALIZACION REALIZADO POR EL FNE A NIVEL NACIONAL ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIOS DE INFORMACIÓN C-1999-0300-1- IMPLEMENTADOS - MEJORAMIENTO EN 60.006.000,00 60.006.000,00 0-1999064-02 LA DISPONIBILIDAD Y CONTROL DE MEDICAMENTOS Y SUSTANCIAS FISCALIZADAS A NIVEL NACIONAL Rubro Descripción Valor inicial Valor Actual ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS - SERVICIOS DE INFORMACIÓN C-1999-0300-1- IMPLEMENTADOS - MEJORAMIENTO EN 38.951.449,00 38.951.449,00 0-1999064-02 LA DISPONIBILIDAD Y CONTROL DE MEDICAMENTOS Y SUSTANCIAS FISCALIZADAS A NIVEL NACIONAL Total 4.756.781.979,36 Fuente: MSPS –Elaboró: Equipo auditor CGR. • Vigencias futuras FNE Muestra de vigencias futuras del FNE El FNE tiene 75 vigencias futuras autorizadas por 4.831.694.441 COP. Para la determinación de la muestra representativa de las vigencias futuras del Fondo Nacional de Estupefacientes - FNE, se recurrió a los métodos estadísticos, identificando un error estándar de muestreo del 15% y se determinó la probabilidad de ocurrencia o éxito (varianza de la muestra) del 94%. Se revisaron 17 vigencias futuras por 2.949.436.419 COP que corresponden al 61,04% del total de las vigencias futuras constituidas por el FNE al 2021. Tabla No.33 Muestra Vigencias Futuras FNE Cifras expresadas en COP Numero Numero Autorización VF Rubro presupuestal Valor Final Compromiso 6821 64621 A-05 1.165.840.000 7221 64621 A-05 653.100.000 7121 64621 A-05 264.220.000 7021 64621 A-05 262.620.000 121 64421 A-05 146.282.724 7421 166821 C-1999-0300-1 130.448.551 1421 54021 A-05 50.724.000 1021 54021 A-05 41.718.000 1621 54021 A-05 41.718.000 3621 54021 A-05 33.540.000 Numero Numero Autorización VF Rubro presupuestal Valor Final Compromiso 6021 54021 A-05 28.197.708 2521 54021 A-05 28.197.708 5621 54021 A-05 26.376.438 5921 54121 A-02 22.733.892 7321 54021 A-05 22.733.892 821 54021 A-05 17.677.152 2621 54021 A-05 13.308.354 Total 2.949.436.419 Fuente: Información suministrada por el MSPS. Elaboró: Equipo Auditor CGR 1.2 SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD 1.2.1. Ministerio de Salud y Protección Social - MSPS El Ministerio de Salud y Protección Social –MSPS- fue creado mediante la Ley 1444 de 2011, artículo 9, norma que estableció que las funciones que tendría dicha entidad, serían las escindidas del Ministerio de Salud y Protección Social, el cual mediante el artículo 7, de la Ley citada, se escindió, para llamarse Ministerio del Trabajo. De conformidad con la información suministrada en la página web del MSPS, la misión, visión y valores institucionales son: Misión: “(…) El Ministerio de Salud y Protección Social es una entidad pública del nivel central del Gobierno Nacional y cabeza del sector salud, encargada de conocer, dirigir, evaluar y orientar el sistema de seguridad social en salud, mediante la formulación de políticas, planes y programas, la coordinación intersectorial y la articulación de actores de salud con el fin de mejorar la calidad, oportunidad, accesibilidad de los servicios de salud y sostenibilidad del sistema, incrementando los niveles de satisfacción de los pacientes, familias, comunidades y habitantes del territorio nacional. (…)” Visión: “(…) El Ministerio de Salud y Protección Social, será reconocida en el 2031 por los habitantes del territorio nacional y los actores del sistema como la entidad rectora en materia de salud, que ha mejorado los niveles de calidad, oportunidad y accesibilidad a los servicios de salud y la sostenibilidad del sistema. (…)” Valores institucionales • Honestidad. • Respeto. • Compromiso. • Diligencia. • Justicia. • Inclusión. Mediante el Decreto 4107 de 2011, fueron establecidos los objetivos del Ministerio de Salud y Protección Social, que se relacionan a continuación: Objetivos El Ministerio de Salud y Protección Social tendrá como objetivos, dentro del marco de sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud, y participar en la formulación de las políticas en materia de pensiones, beneficios económicos periódicos y riesgos profesionales, lo cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el sector administrativo. El Ministerio de Salud y Protección Social dirigirá, orientará, coordinará y evaluará el Sistema General de Seguridad Social en Salud y el Sistema General de Riesgos Profesionales, en lo de su competencia; adicionalmente, formulará, establecerá y definirá los lineamientos relacionados con los sistemas de información de la Protección Social. Objetivos Estratégicos Mediante la Plataforma Estratégica 2018-20222 del MSPS y de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad” (Ley 1955 de 2019) se definieron (6) objetivos estratégicos a saber: “(…) 1) Fortalecer la rectoría y gobernanza tanto a nivel sectorial como territorial del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), a través de la generación de instrumentos, lineamientos, políticas y asistencia técnica, con el fin de mejorar la capacidad institucional de los actores del sistema. 2) Implementar intervenciones en salud pública y promoción de políticas saludables, mediante la priorización según carga de enfermedad y el análisis, diagnóstico y particularidades del territorio y poblacionales, así como las acciones intersectoriales, con el fin de mejorar la calidad de vida y bienestar de los habitantes del territorio nacional. 3) Articular los agentes del sector salud mediante el fortalecimiento de la regulación de los mecanismos de habilitación, acreditación, la generación de incentivos, modelos integrales de atención, acceso a la infraestructura y dotación en salud, para responder con calidad, oportunidad y humanización en la prestación de servicios de salud a los habitantes del territorio nacional. 4) Fortalecer el talento humano en salud, mediante la generación de lineamientos de formación, incentivos, formalización y cierre de brechas, con el propósito de mejorar la calidad en la prestación de servicios en salud. 5) Mejorar la sostenibilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) mediante el control de gastos, el saneamiento de deudas y el incremento de las distintas fuentes de financiamiento con el fin de garantizar la prestación de servicios en salud. 6) Fortalecer la capacidad institucional mediante la optimización de procesos, el empoderamiento del talento humano, la articulación interna, la gestión del conocimiento, las tecnologías de la información y la comunicación y la infraestructura física con el fin de mejorar la oferta institucional a los habitantes del territorio nacional en términos de calidad y eficiencia. (…)” Objetivos Transformacionales Al igual que los objetivos estratégicos, dentro del documento construido por el MSPS, Plataforma Estratégica 2018-20223, se encontró, que el Ministro de Salud y Protección Social ha suscrito con la Consejería para la Gestión y el Cumplimiento de la Presidencia de la República, iniciativas o prioridades transformacionales, que por su alta complejidad, importancia social y transversalidad, requieren de una amplia articulación intersectorial y cuentan con un seguimiento estructurado y constante por parte de la Consejería y el Ministerio. Los objetivos establecidos son los siguientes: “(…) a) Fortalecimiento hospitales: Mejorar el desempeño de los 922 hospitales públicos del país pasando del 55,09% al 70% en el indicador de gestión de desempeño global de los hospitales públicos del país. b) Disminución la deuda de las EPS: Disminuir los pasivos de las EPS con los prestadores a través del valor pagado por los mecanismos financieros definidos por el Acuerdo de Punto Final. c) Ahorro en gastos de recobro: Lograr un ahorro de 1,85 billones en control de gastos de recobros. d) Ingresos adicionales: Contar con ingresos adicionales de 1,45 billones, resultado de mayor recaudo de gasto privado, nuevas fuentes de contribución y reducción de la evasión. (…)” Integración del Sector Salud y Protección Social Según el artículo 4 del Decreto 4107 de 2011, adicionado por el Decreto 2562 de 2012, se estableció: “…Artículo 4. Integración del Sector Salud y Protección Social. El Sector Administrativo de Salud y Protección Social está integrado por el Ministerio de Salud y Protección Social y las siguientes entidades adscritas y vinculadas: 1. Entidades Adscritas: 1.1. Establecimientos Públicos: 1.1.1. Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales de Colombia. 1.1.2. Fondo de Previsión Social del Congreso de la República. 1.1.3. Instituto Nacional de Salud -INS. 1.1.4. Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA. 1.2. Empresas Sociales del Estado: 1.2.1. Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta". 1.2.2. Instituto Nacional de Cancerología -INC-. 1.2.3. Sanatorio de Agua de Dios. 1.2.4. Sanatorio de Contratación. 1.3. Superintendencia con personería jurídica: 1.3.1. Superintendencia Nacional de Salud. 1.4. Unidad Administrativa Especial con personería jurídica: 1.4.1. Comisión de Regulación en Salud –CRES-. 1.5 Entidad de naturaleza especial: . 1.5.1 Administradora de los Recursos de Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). 2. Entidades Vinculadas: 2.1. Empresas Industriales y Comerciales del Estado: 2.1.1. Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom. (Suprimida por el Decreto 2519 de 2015). 2.1.2. Caja Nacional de Previsión Social -Cajanal EICE en Liquidación–. 2.1.3. Empresa Territorial para la Salud Etesa –en Liquidación–. 2.1.4. Instituto de Seguros Sociales”. Estructura del Ministerio de Salud y Protección Social El artículo 5° del Decreto Ley 4107 de 2011, estableció la estructura del MSPS, la cual se modificó mediante el artículo 1° del Decreto 2562 del 10 de diciembre de 2012, norma que creó la Comisión Asesora y la Dirección de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, adicionó algunas funciones a la entidad y modificó el artículo 30 del Decreto 4107, en cuanto a la Subdirección de Beneficios en Aseguramiento. El Ministerio de Salud y Protección Social se encuentra dividido en dos viceministerios: el Viceministerio de Protección Social y el Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Servicios. Cada uno tiene direcciones, subdirecciones, oficinas y grupos a su cargo. Gráfico No. 1. Organigrama General Fuente: Gráfica suministrada por la Secretaria General del MSPS. De otra parte, mediante la Resolución 2363 de 2018 se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio (MIPG), igualmente se crearon y definieron las funciones y conformación de los órganos de coordinación y asesoría del mismo. El artículo 2° de dicha Resolución, establece la articulación entre el MIPG y los Sistemas de Desarrollo Administrativo, de Gestión de la Calidad y el de Control Interno y se complementa con otros sistemas de gestión establecidos en la entidad. Gráfico No. 2. Sistema Integrado de Gestión Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, página WEB. El MSPS tiene establecidos una serie de procesos a cargo de sus diferentes dependencias, los cuales se encuentran condensados en la siguiente gráfica: Gráfico No. 3. Mapa de Procesos Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social https://www.minsalud.gov.co/Ministerio/Institucional/Paginas/procesos-procedimientos-sigi.aspx 1.2.2. Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE El Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE), fue creado por la Ley 36 de 1939 con asignaciones dadas por el Decreto-Ley 257 de 1969 y de conformidad con el artículo 20 del Decreto 205 de 2003 funciona como una Unidad Administrativa Especial, que de acuerdo con el Decreto 4107 de 2011, depende de la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud. El FNE tiene como objetivo la vigilancia y control sobre la importación, la exportación, la distribución y venta de drogas, medicamentos, materias primas o precursores de control especial, a que se refiere la Ley 30 de 1986 y las demás disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social, así como apoyar a los programas contra la farmacodependencia que adelanta el gobierno nacional. Las funciones asignadas al FNE, por el Decreto 205 de 2003, son las siguientes: “(…) 1.Ejercer un control estricto sobre la importación de medicamentos, materias primas, precursores y reactivos de control especial. 2.Fiscalizar la transformación de materias primas de control especial para la elaboración de medicamentos. 3.Contratar la fabricación de medicamentos de control especial y aquellos que el gobierno determine. 4.Llevar las estadísticas sobre importación, producción, distribución y consumo de medicamentos, materias primas, precursores y reactivos de control a nivel nacional. 5.Controlar la distribución, venta y consumo de medicamentos de control especial. 6.Apoyar programas que contra la farmacodependencia adopte el gobierno nacional, en coordinación con la Dirección General de Salud Pública. 7.Las demás que le sean asignadas o delegadas de acuerdo con la ley.”4 Dentro del Mapa de Procesos del MSPS, el FNE se encuentra ubicado en el Proceso Misional denominado “Gestión de Medicamentos y Tecnologías en Salud”, el cual se compone de (4) procedimientos a saber: “(…) •GMTP01 Regulación de los precios de medicamentos. •GTMP02 Fiscalización de medicamentos, materias primas o precursores de control especial. •GMTP03 Gestión del laboratorio farmacéutico del FNE de los medicamentos monopolio del Estado. •GMTP 04 Cofinanciación y apoyo técnico a proyectos orientados a la reducción del consumo de sustancias psicoactivas. (…)” 1.3 MARCO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL APLICABLES A continuación, se presenta el marco regulatorio relevante para la auditoría financiera al Ministerio de Salud y Protección Social y el Fondo Nacional de Estupefacientes: Fuentes y Criterios Generales y transversales a todos los objetivos: • Constitución Política de 1991. Artículos. 48, 49 • Ley 87 de 1993, “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”. (Modificada por la Ley 1474 de 2011 y por el Decreto 403 de 2020). Artículos 15, 22, 23 y 24. • Ley 100 de 1993, “Por medio de la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones”. Artículos. 152 al 156, 162 al 168, 170 al 176, 194 al 200. • Ley 1122 de 2007, “Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones” Artículos. 1 al 46. • Ley 610 de 2000, “Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías”. Artículos. 1 al 68. • Ley 594 de 2000, “Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos”. Artículos. 1, 2, 3, 4, 23, 24, 27, 29, 30. • Ley 734 de 2002, “Por la cual se expide el Código Disciplinario Único”. Ley derogada, a partir del 1 de julio de 2021, por el artículo 265 de la Ley 1952 de 2019. • Ley 1437 de 2011, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, artículo 3. • Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”. Artículos. 13, 14, 15, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, • Ley 1955 del 25 de mayo 2019, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”. Artículos. 4, 75, 231, 245. • Decreto 1510 de 2013, “Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública”. Artículos 1, 2 4, 5, 6, 7, 15, al 34, 39, 41 al 45, 50 al 58 al 87. • Ley 80 de 1993, “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”. Artículos. 1 al 14. • Ley 1150 de 2007, “Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos”. Artículos. A1 al 16 y 20 • Ley 019 de 2012, “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”. Artículos 23, 110 al 136. • Ley 1444 de 2011, “Por medio de la cual se escinden unos ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al Presidente de la República para modificar la estructura de la Administración Pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones”. Artículos. 6 al 10 • Ley 1712 de 2014, “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”. Artículos 1, 2, 3, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 24, 25, 26. Ley 1882 de 2018, “Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la Ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones”. Artículos. 1 al 20. • Decreto 3629 de 2004, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993”. Artículos. 1, 2, 3. • Decreto 103 de 2015, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones”. Artículos 1, 2, 3. • Decreto 1082 de 2015, “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional”. (Plan Anual de Adquisiciones). Artículos 2.2.1.2.1.2.20 al 2.2.1.2.3.2.11. • Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”. Artículos. 2.2.1.2.4, 2.2.23.9, 2.2.23.10 • Decreto 780 de 2016, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario Sector Salud”. Todo el articulado. • Manual de Contratación Ministerio de Salud y Protección Social. • Decreto 4170 de 2011, “Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente-, se determinan sus objetivos y estructura”. Artículos. 1 al 20. • Decreto 092 de 2017, “Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política”. Artículos. 1 al 20 • Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente. Versión actualizada al 16- 04-2019. • Decreto Ley 4107 de 2011, “Por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social”. Artículos. 1 al 66. • Decreto 403 de 2020, “Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal”. Artículos. 1 al 166. • Circular No. 6 del 19-03-2020 de CGR, “Asunto: Orientación de recursos y acciones inmediatas en el Marco de la atención de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus Covid 19”. • Directiva No. 16 del 22-04-2020 de PGN, “Asunto: Prevención de riesgos que pueden presentarse en procesos de contratación en el marco de la emergencia sanitaria por causa de la pandemia Covid 19 y medidas de control”. • Resolución Orgánica 042 de 2020 de la CGR “Por medio de la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la contraloría general de la República a través de sistema de Rendición Electrónico de la cuenta de Informes y otra información (SIRECI). Contable • Ley 1314 de 2009, “Por la cual se regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento”. Todo el articulado. • Decreto 3056 de 2013, Ministerio de Hacienda y Crédito Público “Por el cual establecen lineamientos en materia de elaboración de cálculo actuarial, reconocimiento y revelación contable del pasivo pensional y se dictan otras disposiciones”. Todo el articulado. • Decreto 2674 del 2012; Ministerio de Hacienda y Crédito Público “Por el cual se reglamenta el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación”. Todo el articulado. • Resolución 533 de 08 de octubre de 2015; Contaduría General de la Nación, “Por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones”. • Resolución 620 de 26 de noviembre de 2015 Contaduría General de la Nación “Por la cual se incorpora el Catálogo General de Cuentas al Marco Normativo para entidades de gobierno”. • Resolución 113 de 01 de abril de 2016; Contaduría General de la Nación “Por la cual se incorpora la Norma de impuesto a las ganancias y se modifica la Norma de acuerdos de concesión desde la perspectiva de la entidad concedente, en las Normas para el Reconocimiento, Medición, Presentación y Revelación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno del Régimen de Contabilidad Pública.” • Resolución 468 de 2016; Contaduría General de la Nación “Por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”. • Resolución 693 de 06 de diciembre de 2016; de la Contaduría General de la Nación “Por la cual modifica el cronograma de aplicación del marco normativo para la preparación de información financiera de las entidades de gobierno; dicha normatividad había sido incorporada al Régimen de Contabilidad Pública mediante la Resolución 533 de 2015 y la regulación emitida en concordancia con el cronograma de aplicación correspondiente”. • Resolución 484 del 17 de octubre de 2017; Contaduría General de la Nación “Por la cual se modifican el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. • Manual de Políticas Contables y Procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y Fondo Nacional de Estupefacientes-FNE. • Resolución 156 del 29 de mayo de 2018, Contaduría General de la Nación “Por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007 que adoptó el Régimen de Contabilidad Publica “ • Resolución 427 de 2019. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el procedimiento contable para registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del sistema General de Seguridad Social en salud del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el Marco normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no Captan ni Administran ahorro público”. • Concepto de la CGN Radicado No. 2019000063191 del 14 de noviembre de 2019, Aclaración de identificación del manejo e incorporación de los Patrimonios Autónomos. • Resolución 057 de 2020. Contaduría General de la Nación “Por la cual se incorpora, el Marco Normativo para entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para Registro de los Hechos económicos y relacionados con la combinación y el traslado de operaciones”. • Resolución 090 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora el procedimiento Contable para el registro de los recursos entregados en Administración y el Catálogo General de cuentas, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno” • Resolución 109 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se adiciona un formulario de reporte en los términos del artículo 7° de la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017 y 441 de diciembre 26 de 2019), para la presentación y reporte de la información financiera específica, correspondiente a los periodos abril - junio de 2020 y siguientes hasta que duren los impactos generados por el COVID-19”. • Resolución 167 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco conceptual para la Preparación y presentación de Información financiera del Marco Normativo para entidades de Gobierno”. • Resolución 168 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el Marcado de valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. • Resolución 177 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por el cual se modifica el Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público, el procedimiento contable para el registro de hechos económicos relacionados con la prestación de servicios de salud y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y del marco normativo para entidades del Gobierno”. • Resolución 218 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las Normas para reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco Normativo para entidades de Gobierno”. • Resolución 219 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, que no captan ni administran ahorro Público”. • Resolución 220 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación”. • Resolución 221 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”. • Resolución 222 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. • Resolución 223 de 2020. contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público”. • Resolución 224 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades en Liquidación”. • Resolución 225 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora, en el Marco Normativo para Entidades en Liquidación, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el proceso de liquidación”. • Resolución 035 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 037 de 2017 para incluir la modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las normas de información financiera, grupo 1, realizada mediante el Decreto 1432 de 2020”. • Resolución 079 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno; del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público; y del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, en lo relativo al registro contable de los beneficios por empleo”. • Resolución 080 de 2021. Contaduría General de la Nación.” Por la cual se modifica el procedimiento contable para registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, del marco normativo para entidades de Gobierno”. • Resolución 081 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican los catálogos generales de cuentas de los marcos normativos del Régimen de Contabilidad Publica en lo relativo al registro contable de los procesos judiciales, arbitrajes y conciliaciones extrajudiciales”. • Resolución 082 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Procedimiento contable para el registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. • Resolución 083 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora, en el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el pasivo pensional y con los recursos que lo financian”. • Instructivos 001–del 2021-Cierre 2021. Contaduría General de la Nación. “Instrucciones relacionadas con el cambio de periodo contable 2021 – 2022, el reporte de información a la Contaduría General de la Nación y otros asuntos del proceso contable”. • NICSP 12— Inventarios, basada en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 2 Reconocimiento. El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los inventarios, dentro del sistema de medición de los costos históricos. • NICSP 31 – Activos Intangibles, basada en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 38, El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. • Doctrina Contable Pública – Contaduría General de la Nación. • Instructivos – Contaduría General de la Nación. • Para el registro y reportes de las operaciones, transacciones y gestión financiera, la entidad utiliza el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF- Nación. Presupuesto • Decreto Ley 111 de 1996. Presidente de la Republica. “Estatuto Orgánico del Presupuesto”. Art. 12 - 24, 27 – 46. • Ley 819 de 2003, Congreso de Colombia. “Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones”. Todo el articulado. • Ley 1940 de 2018, Congreso de Colombia. art. 31 “…Para las cuentas por pagar que se constituyen a 31 de diciembre de 2018 se debe contar con el correspondiente programa anual mensualizado de caja de la vigencia, de lo contrario deberán hacerse los ajustes en los registros y constituir las correspondientes reservas presupuestales. Igual procedimiento se deberá cumplir en la vigencia 2019". Todo el articulado. • Ley 617 de 2000, Congreso de Colombia. “Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional”. Todo el articulado. • Ley 267 de 2000 Presidente de la República de Colombia; “ Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.” art. 5, numeral 6 vigilancia sobre los recursos nacionales que se transfieran a cualquier título a las entidades territoriales. Todo el articulado. • Decreto 4730 de 2005. Presidente de la República de Colombia; “ Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto”. Todo el articulado. • Ley 1473 de 2011. Congreso de Colombia; “Por medio de la cual se establece una regla fiscal y se dictan otras disposiciones"; artículos 4, 7, 8, 9, 10 y 15 • Decreto 4836 de 2011. Presidente de la República de Colombia; “Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto y se modifican los Decretos 115 de 1996, 4730 de 2005, 1957 de 2007 y 2844 de 2010, y se dictan otras disposiciones en la materia”. Todo el articulado. • Decreto 1805 de 2020. Presidente de la República de Colombia. “Por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia 2021, se detallan apropiaciones y se clasifican y se definen los gastos”. Todo el articulado. • Memorando Referencia 2022IE0008516 del 31/01/2022 “Procedimiento para refrendar reservas constituidas PGN 2021”. • La Plataforma Estratégica del Ministerio de Salud y Protección Social 2018 –2022 en línea con el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022 “Pacto Por Colombia, Pacto por la Equidad” (Ley 1955 de 2019) propuso para el SectorSalud, dentro de los objetivos primordiales “Lograr eficiencia en el gastooptimizando los recursos financieros disponibles y generando nuevas fuentes con el aporte de todos”. El Decreto 4107 de 2011 en su artículo 34 dentro de las funciones de la Dirección de Financiamiento Sectorial señaló: “Diseñar las políticas, normas, estrategias, programas, proyectos y procedimientos que garanticen el adecuado y oportuno recaudo, flujo y utilización de los recursos fiscales y parafiscales para el financiamiento del Sistema de Seguridad Social en Saluda cargo del Ministerio y de los recursos públicos y privados que contribuyan a la operación del mismo”. • La Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2009 define el Procedimiento como la forma especificada para llevar a cabo una actividad o un proceso y recomienda los procedimientos definan comomínimo: quién hace qué, dónde, cuándo, porqué y cómo. Esta norma también establece dentro de las Generalidades de la Gestión Documental que “…. Ladocumentación del Sistema de Gestión de la Calidad debe incluir (…) c) losprocedimientos documentados y los registros requeridos en esta Norma. d) Los documentos, incluidos los registros, requeridos por la entidad para el cumplimientode sus funciones y que le permitan asegurarse de la eficaz planificación, operacióny control de sus procesos…”. • La Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2009 también define el Riesgo como “Toda posibilidad de ocurrencia de aquella situación que pueda afectar el desarrollo normal de las funciones de la entidad y ellogro de sus objetivos”, sobre los riesgos identificados deben establecerse controles. Los controles sobre los riesgos pueden establecerse con base en la identificación, análisis, valoración y tratamiento de los riesgos. La guía de administración del riesgo disponible en www.dafp.gov.co orienta este propósito. • El Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 2363 de 2018 adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio (MIPG), en articulación con los Sistemas de Desarrollo Administrativo, de Gestión de la Calidad y el de Control Interno y se complementa con otros sistemas de gestión establecidos en la entidad. • Resolución No. 5514 de diciembre 26 de 2013 del MSPS, “Por la cual se reglamentan los criterios para la ejecución presupuestal aplicando el mecanismo de transferencia o asignación directa de recursos a Entidades Territoriales y sus entes adscritos o vinculados para la atención de programas y proyectos de Salud y Protección Social en Salud”; Ministerio de Salud y Protección Social. • Resolución No. 2361 del 8 de junio de 2016 del MSPS, “Por la cual se fijan lineamientos para la remisión de la información por parte de las entidades territoriales y otras beneficiarias por los recursos transferidos o asignados directamente y se establecen las directrices para el seguimiento y supervisión de la ejecución de dichos recursos”; • Resolución No. 967 de 2019 del 24 de abril de 2019 del MSPS, “Por la cual se crea el Comité Asesor para la Asignación de Recursos – CAARl. • Resolución No. 2523 del 29 de diciembre de 2020 MSPS, “Asignación red destinados exclusiva/ a cofinanciación de ambulancias descritas en art 2 Res 2523-20”. • Resolución No. 534 del 31 de marzo de 2020 del MSPS, “Transferencia para fortalecimiento de laboratorios de salud pública-de Sec. de Salud Antioquia, Arauca, Atlántico, Nariño, Santander, Valle, Bogotá. • Resolución No. 088 del 2020 del MSPS, “Recursos vigencia 2020 de reclamaciones aprobadas total o parcialmente en el proceso de auditoría integral por concepto de atención en salud, transporte primario, indemnizaciones y auxilios funerarios a víctimas.”. • Ley 1483 de 2011; Artículo 1. • Decreto 1068 de 2015, Artículos 2.8.1.7.1.1.; 2.8.1.7.6.; y 2.8.3.2.2. • Decreto 1805 de 2020 Capítulo III De las Reservas Presupuestales y Cuentas por Pagar, Artículo 27. • Circular No. 47 de fecha 18 de noviembre de 2020 de SIIF – Nación. • Decreto 412 de 2018; Artículos 2.8.1.7.1.1. y 2.8.1.7.3.1. • Ley 2063 de 2020, Artículo 27. Discapacidad • Ley Estatutaria 1618 del 27 de febrero de 2013, “mediante la cual se garantiza y asegura el ejercicio efectivo de los derechos de las personas en condición de discapacidad, a través de la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables, eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009.” • Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (1999). • Ley 762 de 2002. “Por medio de la cual se aprueba la "Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad", suscrita en la ciudad de Guatemala, Guatemala, el siete (7) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999) • Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad (2006). • Ley 1145 de 2007. “Por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones”. (Reglamentada por la Resolución No. 3317 de 2012 del Min. Salud y modificada por el Decreto 2107 de 2016).Todo el articulado. • Ley 1346 de 2009; “Por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad", adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006. Todo el articulado. • Ley 1752 de 2015, “Por medio de la cual se modifica la Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente la discriminación contra las personas con discapacidad”. Todo el articulado. • Decreto 3951 de 2010, “Por el cual reglamentará la organización del Sistema Nacional de Discapacidad”. Todo el articulado. • Decreto 2107 de 2016, “Por el cual se reemplaza el organismo rector del Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones”. Todo el articulado. • Decreto 1784 de 2019, “Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.” (Consejería Presidencial para la participación de las personas con discapacidad). Todo el articulado. • Resolución No. 3317 de 2012 (MSPS), “Por medio del cual se reglamenta la elección y funcionamiento de los comités territoriales de discapacidad establecidos en la Ley 1145 de 2007”. • Resolución No. 113 de 2020 (MSPS), “Por la cual se dictan disposiciones en relación con la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad”. • Resolución 1043 de 2020 (MSPS), “Por la cual se establecen los criterios para la asignación y distribución de los recursos destinados a la implementación de la Certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad”. • Resolución 1516 de 2020 (Min. Salud), “Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Salud y Protección Social, rubro “Apoyo al Proceso de Certificación de Discapacidad Nacional”, vigencia fiscal 2020, para garantizar la implementación de la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad”. Equidad de género • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979). • Ley 251 de 1981. Se aprueba la "Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer", adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1979 y firmada en Copenhague el 17 de julio de 1980, art. 1. Vigencia, art. 2. • Ley 823 de 2003, “Por la cual se dictan normas sobre igualdad de oportunidades para las mujeres”. Todo el articulado. • Ley 1257 de 2008, “Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones" (Reglamentada por los Decretos 4463,4796,4798 y 4799 de 2011). Todo el articulado. • Ley 1438 de 2011, “Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”. (Artículo 3). • Ley 1450 de 2011, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014”. (Artículos 177 y 179 “Política Nacional Integral de Equidad de Género”). • Ley 1955 de 2019, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022”. (Construcción de la II Fase de la Política Pública de Equidad de Género para las mujeres). Todo el articulado. • Decreto 1398 de 1990, “Por el cual se desarrolla la Ley 51 de 1981, que aprueba la Convención sobre Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada por las Naciones Unidas”. Todo el articulado. • Decreto 1182 de 1999, “Por el cual se modifica la estructura orgánica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.” (Consejería Presidencial para la Equidad de Mujer). Todo el articulado. • Decreto 164 de 2010. “Por el cual se crea una Comisión Intersectorial denominada “Mesa Interinstitucional para erradicar la violencia contra las Mujeres”. Todo el articulado. • Decreto 1630 de 2019, “Por el cual se sustituye el Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 9 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social relativo a las mujeres víctimas de violencia”. Todo el articulado. • Decreto 1784 de 2019, “Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.” (Consejería Presidencial para la equidad de la mujer). Todo el articulado. • Resolución 595 de 2020, MSPS “Define criterios para la asignación y distribución de los recursos para la implementación y prestación de las medidas de atención para mujeres víctimas de violencia por parte de las entidades territoriales”. • Resolución 1255 de 2020, MSPS. “Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gasto de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, rubro “Prevención y Promoción en Salud”, vigencia fiscal 2020, para garantizar la implementación y prestación de las medidas de atención a las mujeres víctimas de violencia”. • Resolución No. 1762 de 2020. “Por la cual se efectúa una segunda asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Saludy Protección Social, rubro “Prevención y Promoción en Salud”, vigencia fiscal 2020,para garantizar la implementación y prestación de las medidas de atención a las mujeres víctimas de violencia”. Participación ciudadana • Ley 1438 de 2011, “Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”. (Artículos 3, 136 y 139). • Ley 1751 de 2015, “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”. (Artículos 12 y 15). • Ley 1757 de 2015, “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática”. (Artículos 2 y 12) • Ley 1955 de 2019. “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022”. (Pacto por la equidad de los grupos étnicos de Colombia). Artículos. 4, 75, 231, 245. • Decreto 1757 de 1994, “Por el cual se organizan y se establecen las modalidades y formas de participación social en la prestación de servicios de salud, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 4 del Decreto-ley 1298 de 1994”. (Compilado en la parte 10, capitulo 1, titulo 1 del Artículo 2.10.1.1.1 del Decreto 780 de 2016). Artículos 2 y 12. • Decreto 1973 de 2013, “Por el cual se crea la Subcomisión de Salud de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas”. Todo el articulado. • Decreto 780 de 2016, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario Sector Salud”. (Artículo 2.10.1.1.1). • Resolución 429 de 2016 (MSPS), “Por medio de la cual se adopta la Política de Atención Integral en Salud”. (Artículo 6, numeral 6.3). Resolución 2063 de 2017, (MSPS) “Por la cual se adopta la Política de Participación Social en Salud-PPSS”. Normatividad específica FNE • Adicionalmente, a las normas mencionadas se tendrán en cuenta las de aplicación especifica al Fondo Nacional de Estupefacientes: • Ley 36 de 1939, “Por la cual se reglamenta el comercio de las drogas que forman hábito pernicioso”, Diario Oficial No. 24.236 de 5 de diciembre de 1939.Todo el articulado. • Decreto Ley 257 de 1969, “Por la cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Rotatorio de Estupefacientes del Ministerio de Salud Pública”. Todo el articulado. • Decreto 205 de febrero 3 de 2003, “Por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones”. (Artículos 20, 21, 22, 23). • Ley 30 de enero 31 de 1986, “Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones”. Todo el articulado. • Resolución 1478 de 10 de mayo de 2006, MSPS “Por la cual se expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de la importación, exportación, procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra, venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son Monopolio del Estado”. (Artículo 74). Medidas Implementadas por el Gobierno Nacional para hacer frente a la Emergencia. A continuación, se relacionan las disposiciones adoptadas para enfrentar al COVID- 19: • Resolución 385 de 12/03/2020 del MSPS, se declara la emergencia sanitaria con vigencia hasta el 30 de mayo de 2020. • Resolución 444 de 6/03 /2020, el MSPS declara la Urgencia Manifiesta para procesos contractuales relacionados con COVID-19. • Decreto Legislativo 417 de 17/03/2020, se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por término de 30 días calendario, donde se identificó la necesidad de adoptar medidas dirigidas a disminuir la afectación en la salud de los habitantes del territorio colombiano, por medio de acciones de conocimiento, prevención, mitigación y contención del riesgo. Todo el articulado. • Decreto Legislativo 438 de 19/03/2020, establece la exención tributaria para la adquisición de los bienes requeridos en la atención del COVID-19, entre los cuales se encuentran los elementos de protección personal EPP y los equipos biomédicos. • Decreto Legislativo 440 de 20/03/2020, se adoptan medidas de urgencia en materia de contratación estatal. Permite adiciones por más del 50%, fortalece el uso de los procesos de agregación de demanda, así como convenios con el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Todo el articulado. • Decreto Legislativo 444 21/03/2020, se crea el Fondo de Mitigación de Emergencia (FOME), como un fondo cuenta sin personería jurídica del Ministeriode Hacienda y Crédito Público. Todo el articulado. • Circular 22 de 27/03/2020, el MSPS define el procedimiento de recepción de ofertas para la adquisición de tecnologías en salud por parte del Ministerio. • Decreto Legislativo 499 de 31/03/2020, se permite la adquisición de equipos biomédicos en el mercado internacional por medio de la figura de derecho privado. Todo el articulado. • Decreto Legislativo 519 de 05/04/2020, adiciona al presupuesto General de la Nación, vigencia 2020 quince billones cien mil pesos ($15.100.000.000,000) sección 1301 Ministerio de Hacienda y Crédito Público). Todo el articulado. • Decreto Legislativo 537 de 12/04/2020, se extiende la vigencia de las disposiciones establecidas por el Decreto Legislativo 440 de 20/03/2020. Todo el articulado. • Decreto Legislativo 538 de 12/04/2020, se adoptan medidas del sector salud para contener, mitigar la pandemia y garantizar la prestación de los servicios de salud.El artículo 5 autoriza la transferencia de recursos por parte del Ministerio de Saludy las entidades territoriales a los prestadores. Todo el articulado. • Decreto Legislativo 544 de 13/04/2020, se extienden las medidas relacionadas con adquisición de bienes en el mercado internacional bajo la figura del derecho privado. Todo el articulado. • Decreto Legislativo 559 de 15/04/2020, se crea la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias COVID-19, (FNGRD) con el objeto de financiar la provisión de bienes, servicios y obras requeridas para contener, mitigar y evitar la extensión de los efectos adversos derivados de la pandemia COVID-19 en la población encondición de vulnerabilidad residente en el territorio colombiano y el Sistema de Salud. Todo el articulado. • Resolución 1065 de 29/04/2020 del MHCP, se crea el Comité de Administración del Fondode Mitigación de Emergencias (Comité FOME), como un órgano técnico de coordinación y seguimiento para la administración del Fondo de Mitigación de Emergencias establecido por el Decreto Legislativo 444 de 21/03/2020. • Decreto Legislativo 637 de 06/05/2020, se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por término de 30 días calendario, donde se identificó la necesidad de adoptar medidas dirigidas a disminuir la afectación en la salud de los habitantes del territorio colombiano, por medio de acciones de conocimiento, prevención, mitigación y contención del riesgo. Todo el articulado. • Resolución 844 de 26/05/2020 del MSPS, se prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de agosto de 2020. • Decreto Legislativo 800 de 4/06/2020, en su artículo 10, permite que los recursos transferidos por el MSPS y las Entidades Territoriales puedan destinarse al pagode obligaciones de vigencias anteriores. Así mismo, el parágrafo 2 de dicho artículo, permite al MSPS transferir bienes a título gratuito a las ESE y a Entidades Territoriales. Todo el articulado. • Resolución 1462 de 25/08/2020 del MSPS, prorroga la emergencia sanitaria hasta el 30 denoviembre de 2020. • Resolución 2230 de 27/11/2020 del MSPS, prorroga la emergencia sanitaria hasta el 28 defebrero de 2021. Memorando de Colaboración (Programa para Mejorar la Sostenibilidad del Sistema de Salud en Colombia con Enfoque Inclusivo) entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la CGR. • Resolución No. 2361 del 08 de junio de 2016 del MSPS. “Por la cual se fijan lineamientos para la remisión de la información por parte de las entidades territoriales y otras beneficiarias por los recursos transferidos o asignados directamente y se establecen las directrices para el seguimiento y supervisión de la ejecución de dichos recursos”. • Guía Transferencia de recursos: “Planeación, Asignación y Seguimiento de los recursos girados a través del mecanismo de Transferencias a Entidades Territoriales, emitida por el MSPS-2018”. • Plataforma Estratégica del Ministerio de Salud y Protección Social 2018 – 2022. • Ley 1751 de 2015. “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”. Todo el articulado. • Circular No. 014 del 08 de junio de 2018- Procuraduría General de la Nación: Inembargabilidad de los recursos destinados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. • Decreto 624 de 1989. “Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales”. Todo el articulado. • Concepto Contraloría General de la Republica. - Radicado 2014EE0044881 del 12 de marzo de 2019. (Daño patrimonial). • Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015: “Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República”. Todo el articulado. • Decreto 568 de 1996. “Por el cual se reglamentan las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 Orgánicas del Presupuesto General de la Nación”. Compilado en Decreto 1068 de 2015”. • Clausulado anexo a los contratos del MSPS y del FNE. • Estudios previos de los contratos del MSPS y del FNE. • Sentencia Consejo de Estado: Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C: Auto del 14 de agosto de 2017, radicación número: 11001- 03-26-000-2017-00031-00(58.820). (SECOP). • Decreto 551 del 15 de abril 2020: “Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”. Criterios Específicos de Créditos de empréstitos • CONPES N. 3976 del 02 de diciembre de 2019 el Departamento Nacional de Planeación, “Por medio del cual se otorga Concepto Favorable a la Nación para contratar empréstitos externos con la banca multilateral hasta por USD 300 millones, o su equivalente en otras monedas, destinados al financiamiento parcial de apropiaciones presupuestales del Ministerio de Salud y Protección Social, en reconocimiento a resultados que se alcancen en eficiencia del gasto y mejoramiento de la atención en salud, “Programa para mejorar la sostenibilidad del sistema de salud en Colombia con enfoque inclusivo”. • CONPES N. 3950 del 23 de noviembre de 2018 el Departamento Nacional de Planeación- “A través de una nueva política, el Gobierno estimó un presupuesto de 422.779 millones de pesos para atender a los migrantes en el mediano plazo y fortalecer la institucionalidad necesaria.” • Resolución 3687 de 2016 del MSPS, "Por la cual se reglamenta el trámite de las peticiones, quejas, reclamos, denuncias, felicitaciones y solicitudes de acceso a la información que se formulen al Ministerio de Salud y Protección Social". • Resolución No. 1885 de 2018 del MSPS, “Por la cual se establece el procedimiento de acceso, reporte de prescripción, suministro, verificación, control, pago y análisis de la información de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, de servicios complementarios y se dictan otras disposiciones”. • Resolución 2626 de 2019 del MSPS, “Por la cual se modifica la Política de Atención Integral en Salud – PAIS y se adopta el Modelo de Acción Integral Territorial – MAITE”. • Resolución 4909 del 27 de diciembre de 2019 del MHCP, “Por la cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Salud y Protección Social- para gestionar empréstitos externos con la banca multilateral hasta por la suma de trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 300.000.000) o su equivalente en otras monedas”. • Resolución 0497- 19 abril de 2021del MSPS, “Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud”. Criterios Específicos Créditos de Banca Multilateral BIRF N. 9072 • Contrato de Préstamo N. 9072 - CO GCFF TF N. TFOB2826 del noviembre 30 de 2020, “Programa para Mejorar la Sostenibilidad del Sistema de Salud en Colombia con Enfoque Inclusivo, entre la Republica de Colombia y el Banco internacional de Reconstrucción y Fomento” - BIRF. • Manual Operativo del Programa -MOP-, de agosto 2020, de MSPS, “Establece los términos y condiciones bajo los cuales se llevará a cabo la ejecución del Contrato de Préstamo1 con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF9072-CO2. La entidad ejecutora del Programa es el Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS- y el tiempo de ejecución será a partir de la firma del contrato y hasta 2022, con cierre del programa a marzo 31 de 2023.” • Memorando de Colaboración- MDC del 10 de julio de 2020 entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la CGR para el “Programa para Mejorar la Sostenibilidad del Sistema de Salud en Colombia con Enfoque Inclusivo”. • Resolución 3100 de 2019 del 25 de noviembre de 2019 del MSPS, “Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de salud y se adopta el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud”. • Resolución 3339 del 11 de diciembre de 2019 del MSPS, “Por la cual se establece e Implementa el mecanismo de cálculo y distribución de los recursos de la UPC para las Empresas Promotoras de Salud - EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y demás Entidades Obligadas a Compensar - ECO, para los cánceres priorizados”.Decreto 064, 20 de enero de 2020 del MSPS "Por el cual se modifican artículos 2.1.3.11, 2.1.3.13, 2.1.5.1, 2.1 2.1 Y 2.1.3.17, Y se adicionan los artículos 1.5.4 y 2.1.5.5 del Decreto 780 201 en relación con los afiliados régimen subsidiado, la afiliación de oficio y se dictan otras disposiciones” • Circular 10 y 11 del 27 de enero de 2020, de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos, “Por la cual se unifica y se adiciona el listado de los medicamentos sujetos al régimen de control directo de precios, se fija su Precio Máximo de Venta, se actualiza el precio de algunos medicamentos conforme al índice de Precios al Consumidor - IPC y se dictan otras disposiciones”. • Resolución 2312 del 20 de noviembre de 2020 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, “Por la cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Salud y Protección Social- para contratar un empréstito externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF- por la suma de ciento cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000.000)”. • Resolución 2462 del 23 de diciembre de 2020 del MSPS, “Por la cual se ordena el giro de los recursos del Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES.” • Resolución 0049 del 17 de diciembre de 2020 de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del MHCP, “Por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2020”. • Resolución 2531 del 30 de diciembre de 2020 del MSPS, “Por la cual se modifica la Resolución 2462 del 23 de diciembre de 2020 (por variación en la TRM del día 30 de noviembre, la cual presenta variación para la fecha del desembolso a la ADRES.” • Resolución 1328 del 30 de agosto de 2021 del MSPS, “Por medio de la cual se modifica el artículo 1 de Resolución 5095 de 2018, en el sentido de adoptar los “Estándares de acreditación para Instituciones prestadores de servicios de salud con énfasis de baja complejidad.” • Resolución 1192 del 26 de agosto de 2021 de ADRES, “Por la cual se realiza la desagregación de una adición en el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Unidad 02 Recursos Administrados de la ADRES – Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSS) para la vigencia 2021.” • Resolución 2239 del 21 de octubre de 2021 de ADRES, “Por la cual se realizan ajustes presupuestales en la desagregación del Presupuesto de Ingresos y gastos de la Unidad 02 Recursos Administrados de la ADRES – Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSS) para la vigencia 2021”. • Resolución No. 1873 del 19 de noviembre de 2021 del MSPS, “Por la cual se ordena el giro de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social a la Administradora del Sistema General de Seguridad Social – ADRES", por valor de 388.949.421.000 COP Criterios Específicos Créditos de banca multilateral BID 5170/OC-CO • Contrato de Préstamo Basado en Resultados (PBR) No. 5170/OC-CO y Convenios de Financiamiento no Reembolsable No. 5172/GR-CO – GRT/CF 18408-CO, del 19 de marzo de 2021. • Manual Operativo del Programa –MOP- de agosto del 2021 del MSPS, “Programa para Mejorar la Sostenibilidad del Sistema de Salud en Colombia con Enfoque Inclusivo” • Ley 1955 de 2019 del MSPS, “Por el cual se expide el plan de desarrollo 2018-2022. "pacto por Colombia, pacto por la equidad”. Todo el articulado. • Decreto 521 de 2020 del MSPS, “Por el cual se establecen los criterios para la estructuración, operación y seguimiento del saneamiento definitivo de los recobros por concepto de servicios y tecnologías de salud no financiados con cargo a la UPC del régimen contributivo”. Todo el articulado. • Resolución 0532, del 11 de marzo del 2021 del MSPS, “ Por el cual se autoriza a la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Salud y Protección Social – para contratar un empréstito externo con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID por la suma de ciento cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 150.000.000). • Resolución 1019 de mayo 2 de 2019 del MSPS, “Por la cual se define el listado de grupos relevantes con sus Valores Máximos de Recobro/cobro para el reconocimiento y pago de servicios y tecnologías no financiados con la Unidad de Pago por Capitación” • Resolución 3514 del 26 de diciembre de 2019 del MSPS, “Por la cual se adoptan los valores máximos de recobro/cobro, aplicables al reconocimiento y pago de servicios y tecnologías de salud no financiadas con cargo a la Unidad de Pago por Capitación - UPC, a partir del 1 de enero de 2020 y el criterio para su actualización”. • Resolución 618 de 2020 y Resolución 587 de 2021, del MSPS, modificada por la Resolución 587 de 2021, “Por medio de la cual se reglamentó el literal d) del artículo 237 de la Ley 1955 de 2019. Las mencionadas Resoluciones establecieron los medios de pruebas conducentes y pertinentes para demostrar que los servicios y tecnologías en salud objeto de saneamiento definitivo fueron prescritos a quien le asistía el derecho, por un profesional de la salud o mediante un fallo de tutela, facturadas por el prestador o proveedor y suministradas al usuario”. • Resolución 1328 del 30 de agosto de 2021 del MSPS, “Por medio de la cual se modifica el artículo 1 de Resolución 5095 de 2018, en el sentido de adoptar los “Estándares de acreditación para Instituciones prestadores de servicios de salud con énfasis de baja complejidad.” • Resolución 023 del 6 de septiembre de 2021 del MSPS, “Por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2021”. • Resolución 1644 del 21 de octubre de 2021 del MSPS, “Por la cual se ordena el giro de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES". • Resolución No. 1792 del 4 de noviembre de 2021 del MSPS, “Por la cual se determinan los criterios para la asignación de recursos del Proyecto de Inversión con Código BPIN 2020011000097 "Fortalecimiento de/a Atención en Salud de la Población Migrante no Asegurada Nacional" para la atención de partos a mujeres migrantes venezolanas no aseguradas y se definen los valores a reconocer por dicha atención.” • Resolución 1832 del 12 de noviembre de 2021 del MSPS, “Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Fortalecimiento de la atención en salud de la población migrante no asegurada Nacional". • Resolución 1873 del 19 de noviembre de 2021 del MSPS, “Por la cual se ordena el giro de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social a la Administradora del Sistema General de Seguridad Social – ADRES", para el crédito BID por 294.099.348.914.57 COP. Resolución 2130 del 17 de diciembre de 2021 del MSPS, “Por medio de la cual se corrige un yerro en la Resolución 1832 de 2021”. Asignación de recursos del proyecto de inversión "Fortalecimiento de la atención en salud de la población migrante no asegurada Nacional", con código BPIN 2020011000097, por 28.949.159.000 COP. 1.4 RESUMEN DE POLÍTICAS CONTABLES SIGNIFICATIVAS Y OTRA INFORMACIÓN EXPLICATIVA 1.4.1. Contable MSPS y FNE Desde la escisión del Ministerio de Salud y Protección Social determinada por lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1444 de 2011 y formalizados sus objetivos y estructura a través de lo dispuesto en el Decreto Ley 4107 del mismo año, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció la estructura de su sistema contable, acogido a la normatividad vigente expedida por las entidades competentes, especialmente la Contaduría General de la Nación, órgano rector en temas de contabilidad pública, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como Administrador del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación-, único medio oficialmente establecido para el registro de las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales de las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y como tales, operan con él en línea y tiempo real, como es el caso del Ministerio de Salud y Protección Social. Las políticas y prácticas contables se refieren a la aplicación del Régimen de Contabilidad Pública, en cuanto a sus principios, normas técnicas y procedimientos, así como los métodos de carácter específico adoptados por la entidad contable pública para el reconocimiento, registro y revelación de las transacciones, hechos y operaciones económicas y financieras de la entidad para preparar y presentar sus estados contables básicos. Con corte a 1° de enero de 2018, el Ministerio de Salud y Protección Social incorporó saldos iniciales y adoptó el nuevo modelo contable basado en Normas Internacionales para Entidades de Gobierno - NICSP, teniendo en cuenta el marco normativo determinado por: la Resolución 533 de 2015, Resolución 620 del 26 de noviembre de 2015, la Resolución 468 del 19 de agosto de 2016, la Resolución 693 del 6 de diciembre de 2016 y la Resolución 484 del 17 de octubre de 2017, todas las anteriores expedidas por la Contaduría General de la Nación y se dio origen al nuevo Régimen de Contabilidad Pública que comprende: i) Marco conceptual para la preparación y presentación de información financiera; ii) Las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de hechos económicos; y iii) Los procedimientos contables, las guías de aplicación, el catálogo general de cuentas y la doctrina contable pública. El Ministerio de Salud y Protección Social realizó el proceso del registro contable en línea y tiempo real a través del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF – Nación y se reportó a la Contaduría General de la Nación a través del Sistema CHIP (Consolidado de Hacienda e Información Pública), dispuesto por dicha entidad para el efecto. La Unidad Administrativa Especial FNE, por tener un código de consolidación distinto al del Ministerio, reportó su información de manera independiente a la Contaduría General de la Nación. 1.4.2. Presupuestal, contractual y del gasto El Ministerio de Salud y Protección Social teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 4107 de 2011, la Ley 1753 de 2015, artículo 66 y el Decreto 546 de 2017, artículo 2, desarrolla su gestión presupuestal mediante dos (2) unidades ejecutoras diferentes que son: Ministerio de Salud y Protección Social –Gestión General-, código 190101 y Ministerio de Salud y Protección Social- Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes-, código 190106. A través del macroproceso de gestión presupuestal, contractual y del gasto, el Ministerio de Salud y Protección Social ejecuta operaciones presupuestales y contractuales; mediante el cumplimiento normativo legal vigente y aplicable. Los procedimientos de la gestión presupuestal, contractual y del gasto del Ministerio de Salud y Protección Social, para el periodo objeto de auditoría son: Elaboración del anteproyecto de presupuesto: Comprende la elaboración del anteproyecto de presupuesto a través del SIIF para prever los gastos en que incurrirá el MSPS con el fin de garantizar el desarrollo de los planes institucionales que requieran de presupuesto en la vigencia siguiente. Distribuciones, modificaciones y traslados presupuestales: Se desarrolla mediante la desagregación, asignación, modificaciones, traslados y distribuciones del presupuesto apropiado al MSPS dentro de una vigencia, a través del aplicativo SIIF Nación para atender el cumplimiento de los objetivos del MSPS. Expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal: Expedir el CDP a través del SIIF para garantizar los recursos de la apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para asumir compromisos. Registro Presupuestal de Compromiso: Expedición del Registro Presupuestal a través del SIIF con el fin de garantizar los pagos de las obligaciones. Contratación. La contratación que realiza el Ministerio se fundamenta en las directrices contenidas en el Manual de Contratación de la entidad, el cual tiene como objetivo, “Dar pleno cumplimiento a los principios que rigen la función pública, permitiendo desarrollar la actividad contractual dentro de los parámetros de transparencia, economía, responsabilidad, eficacia y eficiencia, que deben precederla”6. En este sentido, todos los procesos contractuales, adelantados dentro de la Entidad, deben dar aplicación a las disposiciones establecidas en dicho documento, el cual contiene la normativa y jurisprudencia aplicable a la materia, incluyendo el Estatuto General de la Contratación Pública (Ley 80 de 1993) y demás normas concordantes. Ahora bien, dentro del Mapa de Procesos de la Entidad se encuentra el proceso de gestión de la contratación, código GCOC01, cuyo objetivo es: “Gestionar las actividades, controles y decisiones necesarias para contratar los bienes, obras y servicios requeridos por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la aplicación de los procedimientos legales vigentes en contratación pública para apoyar al cumplimiento de los objetivos institucionales”7. Este proceso, cubre la etapa precontractual, contractual y poscontractual y está a cargo de la Subdirección Administrativa del Ministerio. 1.4.3. Estados Financieros Evaluados El período auditado correspondió a la vigencia 2021, por lo tanto, el Estado de Situación Financiera es con corte a 31 de diciembre de 2021, el Estado de Resultados es del período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2021 y el Estado de Cambios en el Patrimonio. Estos Estados Financieros consolidados del MSPS con corte al 31 de diciembre de 2021 indican que fueron tomados fielmente de los libros auxiliares y principales de la contabilidad; que han sido preparados teniendo en cuenta el marco conceptual del Régimen de Contabilidad Pública aplicable a las Entidades de Gobierno, atendiendo lo dispuesto en la Resolución No. 533 de 2015 por medio de la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones; y que la contabilidad se elaboró observando los criterios técnicos inmersos en las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos; los procedimientos contables; las guías de aplicación conforme a los principios, normas técnicas y procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública. 1.4.4. Aplicación del marco conceptual Los Estados Financieros del Ministerio de Salud y Protección Social indican que se han preparado bajo los lineamientos establecidos en las Normas de Contabilidad e Información Financiera Aceptadas en Colombia para entidades de Gobierno, emitidas por la Contaduría General de la Nación (CGN), a través de la Resolución 533 de 2015 y sus Resoluciones modificatorias y demás procedimientos estipulados en el Nuevo Marco Normativo, las cuales están fundamentadas en las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) y ajustados al marco conceptual, a los procedimientos contables, guías de aplicación, doctrina contable pública y otras disposiciones legales aplicables a las entidades públicas. El Ministerio de Salud y Protección Social incorporó saldos iniciales con corte a 1° de enero de 2018 y adoptó el nuevo modelo contable basado en Normas Internaciones para Entidades de Gobierno - NICSP, teniendo en cuenta el marco normativo determinado por: la Resolución 533 de 2015, Resolución 620 del 26 de noviembre de 2015, la Resolución 468 del 19 de agosto de 2016, la Resolución 693 del 6 de diciembre de 2016 y la Resolución 484 del 17 de octubre de 2017, todas las anterior expedidas por la Contaduría General de la Nación. Para la elaboración y transmisión de los reportes trimestrales de información a la Contaduría General de la Nación vía CHIP, el Ministerio de Salud y Protección Social, tuvo en cuenta lo establecido en el artículo 16 de la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, modificado por la Resolución No. 097 de marzo 15 de 2017, el cual determina la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la Contaduría General de la Nación y lo establecido en la Guía para la elaboración de los formularios CHIP versión 4 de abril de 2018. Conforme a lo establecido en la Resolución No. 483 de octubre 30 de 2018 y dio cumplimiento al diligenciamiento del formato para efectos de actualizar la base de datos que administra la Contaduría General de la Nación. De igual forma, realizaron asientos contables correspondientes a la ejecución de cierres mensuales, de conformidad con las fechas límite para efectuar registros en el macroproceso contable de SIIF Nación, así mismo, se tuvieron en cuenta: el Instructivo No. 001 del 24 de diciembre de 2021 emitido por la Contaduría General de la Nación que contiene Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2021 -2022, el reporte de información a la Contaduría General de la Nación y otros asuntos del proceso contable”, en la cual, se informan aspectos a considerar para el cierre de la vigencia 2021 y apertura del año 2022 en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación. 1.5. RESPONSABILIDAD DE LA CGR La CGR realiza la Auditoría Financiera -AF-, con fundamento en las facultades otorgadas por el Contraloría General de la República como organismo de control fiscal, le compete de conformidad con el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el Acto Legislativo No. 04 de 2019, según el cual: “…Artículo 267: La vigilancia y el control fiscal son una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos. La ley reglamentará el ejercicio de las competencias entre contralorías, en observancia de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad. El control ejercido por la Contraloría General de la República será preferente en los términos que defina la ley. El control fiscal se ejercerá en forma posterior y selectiva, y además podrá ser preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público. El control preventivo y concomitante no implicará coadministración y se realizará en tiempo real a través del seguimiento permanente de los ciclos, uso, ejecución, contratación e impacto de los recursos públicos, mediante el uso de tecnologías de la información, con la participación activa del control social y con la articulación del control interno. La ley regulará su ejercicio y los sistemas y principios aplicables para cada tipo de control. El control concomitante y preventivo tiene carácter excepcional, no vinculante, no implica coadministración, no versa sobre la conveniencia de las decisiones de los administradores de recursos públicos, se realizará en forma de advertencia al gestor fiscal y deberá estar incluido en un sistema general de advertencia público. El ejercicio y la coordinación del control concomitante y preventivo corresponden exclusivamente al Contralor General de la República en materias específicas. La vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el seguimiento permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información por parte de los órganos de control fiscal, y el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad, el desarrollo sostenible y el cumplimiento del principio de valoración de costos ambientales. La Contraloría General de la República tendrá competencia prevalente para ejercer control sobre la gestión de cualquier entidad territorial, de conformidad con lo que reglamente la ley…” Así mismo, la CGR, de acuerdo con el Artículo 268 Constitucional, modificado por el Acto Legislativo No. 04 de 2019, tiene la atribución de revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario. La CGR ha llevado a cabo esta AF teniendo como soporte técnico conceptual las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores – ISSAI, emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores INTOSAI, según lo establecido en la Resolución Orgánica No. 0012 de 2017, (Modificada por la Resolución 19 de 2018, 'por la cual se deroga la Resolución Orgánica 6368 de 2011 “Por la cual se adopta la Guía de Auditoría de la Contraloría General de la República”', publicada en el Diario Oficial No. 50.639 de 29 de junio de 2018.) por la cual se adoptan Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías y la Guía de Auditoría Financiera – GAF. Dichas normas exigen que la CGR cumpla con los requerimientos de ética, así como que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los estados financieros y cifras presupuestales están libres de incorrección material. Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los valores y la información revelada por el sujeto de control. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros y cifras presupuestales, debido a fraude o error. Al efectuar dichas valoraciones, la CGR tiene en cuenta el control interno para la preparación y presentación de la información, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias. Esta auditoría también incluyó la evaluación de la adecuación de las políticas aplicables y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas, así como la evaluación de la presentación global de los estados financieros y cifras presupuestales. En lo correspondiente a esta AF, la CGR concluye que la evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión de auditoría. 2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA FINANCIERA 2.1. OPINIÓN CONTABLE 2.1.1. Fundamento de opinión contable El examen de los estados contables o financieros requirió realizar una evaluación con base en pruebas selectivas de la evidencia que respalda las cifras y revelaciones en dichos estados. Además, incluyó la evaluación de los principios de contabilidad utilizados, de las estimaciones contables significativas realizadas por la administración de Ministerio de Salud y Protección Social y la presentación de los estados contables o financieros consolidados. Con fundamento en el resultado de los procedimientos de evaluación aplicados, se considera que estos proporcionan una base razonable para expresar una opinión, cuyos fundamentos se detallan en el numeral 2.1.2. En la evaluación realizada no presentaron incorrecciones frente a la materialidad de la Fase de Planeación establecida para la vigencia 2021. 2.1.2. Opinión Estados Contable Opinión Contable: SIN SALVEDADES En nuestra opinión, los Estados Financieros del MSPS a 31 de diciembre de 2021, se expresan razonablemente por cuanto fueron preparados de conformidad con los principios y normas prescritas por las autoridades competentes y los Principios de Contabilidad Universalmente aceptados o prescritos por el Contador General de la Nación. 2.2. OPINIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO MSPS 2.2.1. Fundamento de opinión presupuestal La opinión presupuestal se fundamenta en el análisis de la composición de las fuentes de financiación del MSPS para 2021 y la destinación del gasto; la evaluación de compromisos frente a las apropiaciones presupuestales; el recibo de los bienes y servicios adquiridos y su registro y pago según lo pactado; la expedición de los CDP y RP de conformidad con las disposiciones normativas; la consistencia entre la ejecución reportada en el presupuesto y la transferencia efectiva de los bienes o recursos a través de confirmación con terceros; la verificación del cumplimiento de requisitos para la constitución de las reservas presupuestales y la debida constitución de las vigencias futuras. Producto del análisis de la programación, planeación y ejecución presupuestal de la vigencia 2021, no se encontraron incorrecciones frente a los registros e información presupuestal ni en relación con las reservas presupuestales constituidas y ejecutadas. No se presentaron hallazgos presupuestales con incidencia material en la ejecución presupuestal. 2.2.2. Opinión presupuestal El presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social fue preparado y ejecutado en todos los aspectos materiales de conformidad con la normatividad presupuestal aplicable y teniendo en cuenta que las incorrecciones evidenciadas no son materiales, ni generalizadas, se considera que el manejo presupuestal fue Razonable. 2.2.3. Reservas presupuestales 2.2.3.1. Refrendación de las Reservas Presupuestales Vigencia 2020: Para la vigencia 2020 el MSPS constituyó reservas presupuestales en 28 rubros por 90.784.384.669,65 COP, de las cuales se obligaron y pagaron 88.142.455.199 COP, con un saldo a liberar por 2.641.929.470 COP, es decir, que la ejecución fue del 97% en el año 2021. Vigencia 2021: Para la vigencia 2021 el MSPS constituyó 827 reservas presupuestales en 34 rubros por 142.134.448.749 COP 2.2.4. Constitución y autorización de Vigencias Futuras. En la vigencia 2021, el MSPS constituyó las vigencias futuras correspondientes a operaciones financieras realizadas en la vigencia 2021 y con cargo al presupuesto de vigencias posteriores. En 2021, el MSPS registro 64 compromisos de vigencias futuras por 333.253.319.890 COP y en la muestra verificada no se establecieron incorrecciones. 2.2.5. Principales resultados presupuestales Los siguientes, son los principales resultados obtenidos de la evaluación de la ejecución presupuestal del MSPS: 2.2.5.1. Análisis de la composición de las fuentes. En la verificación de los aspectos presupuestales se observó la destinación de los recursos para los fines previstos, un nivel de compromiso frente a la asignación definitiva del 99.73 %; el recibo de los bienes y servicios adquiridos y su registro en elrubro presupuestal correspondiente; la expedición de los CDP y RP de conformidad con las disposiciones normativas y el cumplimiento de los requisitos para la constitución de las reservas presupuestales y las vigencias futuras. La apropiación inicial del presupuesto de gastos vigencia 2021, ascendió a 34.614.892.216.682 COP y fue modificada por adiciones y reducciones por 8.953.537.678.983 COP y 1.258.416.671.635 COP, respectivamente, para un presupuesto definitivo de 42.310.013.224.029 COP. Con respecto a la apropiación definitiva en 2021, 113.020.754.089 COP, equivalentes al 0.27%, quedaron como apropiación disponible, comprometiéndose el 99.73%, es decir 42.196.992.469.941 COP y obligándose 42.054.858.021.192 COP (99,40%). La composición de las fuentes de financiación para la vigencia 2021, se representa a continuación: Tabla No.34 Composición Fuentes de Financiación MSPSVigencia 2021 Cifras expresadas en COP Recurso Total % Corrientes (10) 31.084.645.459.371 73.47 Otros recursos del tesoro (11) 2.795.724.843.545 6.61 Préstamos destinación específica (14) 369.939.315.181 0.87 Donaciones (15) 43.826.927.649 0.10 Fondos especiales (16) 2.311.808.315.880 5.46 FOME (54) 5.704.068.362.404 13.48 Total Apropiación Vigente 2021 42.310.013.224.030 100 Fuente: MSPS Elaboro: Equipo Auditor Las fuentes extraordinarias de recursos (14, 15 y 54) representaron el 14.38% del total, por un valor de 6.117.834.605.234 COP y corresponden a los recursos Fondo de Mitigación de Emergencias – FOME, Crédito externo y Donaciones 2.2.5.2. Composición presupuesta de gastos Para la vigencia 2021 el presupuesto de gatos de funcionamiento del MSPS fue de 41.630.409.960.896 COP (98.39%) y de inversión 679.603.263.134 (1.61%). El presupuesto para funcionamiento presentó la siguiente distribución, siendo las Transferencias Corrientes el rubro más representativo de este El presupuesto para funcionamiento presentó la siguiente distribución, siendo las Transferencias Corrientes el rubro más representativo de este grupo. Tabla No.35 Distribución Presupuesto Funcionamiento MSPSVigencia 2020 Cifras expresadas en COP Concepto Valor % FUNCIONAMIENTO 41.630.409.960.896 100 % Gastos de Personal 67.112.812.000 0.16% Gastos Generales (Adquisición de Bienes y Servicios) 16.034.634.772 0.06% Transferencias Corrientes 41.518.605.114.496 99.73% Tributos, Multas, Sanciones 28.657.399.628 0.05% Fuente: MSPS 2021. Elaboró: Equipo Auditor CGR. 2.3. OPINIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO (FNE) 2.3.1. Fundamentos de la opinión presupuestal La opinión presupuestal se fundamenta en el análisis de la composición de las fuentes de financiación del FNE para 2021 y la destinación del gasto; la evaluación de compromisos frente a las apropiaciones presupuestales; el recibo de los bienes y servicios adquiridos y su registro y pago según lo pactado; la expedición de los CDP y RP de conformidad con las disposiciones normativas; la verificación del cumplimiento de requisitos para la constitución de las reservas presupuestales y la debida constitución de las vigencias futuras. Producto del análisis de la programación, planeación y ejecución presupuestal de la vigencia 2021, no se encontraron incorrecciones en relación con la normatividad presupuestal ni con las reservas presupuestales constituidas y ejecutadas. Los hallazgos presupuestales no tuvieron incidencia material en la ejecución presupuestal. 2.3.2. Opinión presupuestal El presupuesto del FNE fue preparado y ejecutado en todos los aspectos materiales de conformidad con la normatividad presupuestal aplicable y teniendo en cuenta que las incorrecciones evidenciadas no son materiales, ni generalizadas, se considera que el manejo presupuestal fue Razonable. 2.3.3. Reservas presupuestales 2.2.3.2. Refrendación de las Reservas Presupuestales Según la información reportada por el FNE, para la vigencia 2020 constituyeron reservas presupuestales inducidas por 3.698.922.486.47 COP, para ser ejecutadas en el 2021, de las cuales se obligaron y pagaron 3.698.922.486.47 COP, es decir, que la ejecución fue del 100%. En el análisis de la ejecución de las reservas presupuestales constituidas a 31 de diciembre de 2020 y ejecutadas en el 2021, no encontraron reparos destacables o incorrecciones a la normatividad presupuestal. Al cierre de la vigencia 2021, el FNE no constituyó cuentas por pagar sino reservas presupuestales inducidas por el valor de 4.591.324.361 2.3.4. Constitución y autorización de Vigencias Futuras. En la vigencia 2021, el FNE registró 75 vigencias futuras, las cuales corresponden operaciones financieras realizadas en la vigencia 2021 con cargo al presupuesto de vigencias posteriores, por 4.831.694.441 COP, sobre lo cual no se establecieron hallazgos materiales. 2.3.5. Principales resultados presupuestales Las siguientes, son los principales resultados obtenidos de la evaluación de la ejecución presupuestal del FNE: En la verificación de los aspectos presupuestales, se observó la destinación del recurso para los fines previstos, un nivel de compromiso 99.73% frente a la apropiación definitiva, el recibo de los bienes y servicios adquiridos y su registro de acuerdo con los rubros presupuestales correspondientes. Los pagos se ajustan lo pactado en los contratos analizados; la expedición de los CDP y RP se realizó de conformidad con las disposiciones normativas y se cumplió con los requisitos para la constitución de las reservas presupuestales y las vigencias futuras. 2.3.5.1. Análisis de la composición de las fuentes. La composición de las fuentes de financiación del FNE para la vigencia 2021, se representa a continuación: Tabla No.36 Fuentes de financiación FNE 2020 Cifras expresadas en COP Recurso Total % Otros Recursos Del Tesoro (11) 4.612.150.000 13% Fondos Especiales (16) 30.724.989.097 87% Total Apropiación Vigente 2021 35.337.139.184 100% Fuente: MSPS 2021 Elaboró: Equipo Auditor CGR. 2.3.5.2. Presupuesto de gastos La apropiación inicial de 35.337.139.097 COP fue adicionada en 1.149.525.953 COP y se presentaron reducciones por 1.149.525.953 COP, para una apropiación definitiva de 35.337.139.097 COP, en donde el 94% fueron destinados a gastos de funcionamiento (28.818.714.003 COP) y el 6% a gastos de inversión (4.443.433.594 COP). La apropiación definitiva el FNE, se comprometió el 94% y se obligó y pagó el 86%. 2.4. FENECIMIENTO SOBRE LA CUENTA FISCAL RENDIDA Como resultado de la Auditoría Financiera realizada a los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2021 y la evaluación presupuestal de la Vigencia 2021 y teniendo como fundamento la Opinión contable Sin Salvedades y el concepto Razonable en la opinión presupuestal presentada, la CGR Fenece la Cuenta Fiscal de Ministerio de Salud y Protección Social para la Vigencia fiscal 2021. Tabla No.37 Fenecimiento de Cuenta Fiscal Ministerio de Salud y Protección Social Vigencia 2021 OPINIÓN CONTABLE OPINIÓN PRESUPUESTAL Sin Salvedades Razonable Fenece Fuente: Guía de Auditoría Financiera CGR. Elaboró: Equipo Auditor CGR. El Representante Legal del Ministerio de Salud y Protección Social, rindió la cuenta anual consolidada por la vigencia fiscal del año 2021, a través del SIRECI; la CGR confirma el recibo mediante acuse de aceptación de la rendición, con lo que se evidencia que el Ministerio de Salud y Protección Social, cumplió dentro de los plazos previstos en la Resolución Orgánica No. 042 de 2020 de la CGR, a través del Sistema de Rendición Electrónica de la Cuenta e Informes – SIRECI. Se verificó y validó, la información referente a la información contable, presupuestal y contractual, lo mismo que lo referente a los recursos destinados para atender la emergencia sanitaria causada por el COVID-19 y los recursos del contrato del BIRF, en desarrollo de la Auditoría. Igualmente, se revisaron los recursos destinados para implementación y ejecución de las políticas públicas de atención de personas en condición de discapacidad, equidad de género y participación ciudadana. 3. OTROS CONCEPTOS Y TEMAS EVALUADOS 3.1. CONCEPTO DE CONTROL INTERNO FINANCIERO Aplicada la metodología establecida en la CGR para la evaluación del Control Interno Financiero, el Ministerio de Salud y Protección Social, obtuvo una calificación de 1.2 correspondiente a “Eficiente”. Tabla No.38 Resultado Matriz de Riesgos y Controles Ministerio de Salud y Protección Social Auditoría Financiera- Vigencia 2021 CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN TOTAL GENERAL DEL PARCIALMENTE PROMEDIO MEDIO DISEÑO DE ADECUADO RIESGO CONTROL COMBINADO Calificación Calificación del riesgo diseño de Sumatoria y Parcialmente combinado control Gestión MEDIO Ponderación de la Adecuado Gestión Financiera y Evaluación del Diseño y 1,14 Financiera y Contable la Efectividad Del Contable Control (90%) Calificación Calificación del riesgo diseño de combinado control Gestión Parcialmente Gestión MEDIO Presupuestal Adecuado Presupuestal, Contractual y del Contractual y del Gasto Gasto RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS COMPONENTES 1 ADECUADO DE CONTROL INTERNO (10%) CALIFICACIÓN FINAL DEL CONTROL INTERNO FISCAL CONTABLE 1,2 0,10 CALIFICACION SOBRE LA CALIDAD Y EFICIENCIA DEL CONTROL INTERNO EFICIENTE Fuente. Matriz de Evaluación de Riesgos y Controles de la CGR.Elaboró: Equipo Auditor En la Etapa de Planeación se evidenció la existencia de controles destinados a mitigar los riesgos dando como resultado 1 que corresponde a “Adecuado”, y en desarrollo de la Etapa de Ejecución se verificó su efectividad (existencia y aplicación). Así las cosas, la calificación obtenida con respecto a la Calidad y Eficiencia de la Evaluación del Control Interno fue de 1,14 ubicándolo en el rango de “Eficiente”. No obstante, se identificó la siguiente deficiencia relacionada con la clasificación y revelación de los Estados Financieros, así: • Clasificación y revelación inapropiada en el capítulo Efectivo y Equivalente al Efectivo en los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2021. Cabe resaltar que la anterior falencia en el Control Interno Financiero de la entidad fue trasladada en forma de observación y posteriormente validada como Hallazgo Administrativo en relación con la Clasificación inapropiada de Efectivo y Equivalentes de Efectivo en los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2021. Por otra parte, es importante mencionar que la entidad cuenta con controles adecuados para los riesgos relacionados con el cumplimiento en el pago de los compromisos adquiridos, cumplimiento de los requisitos para la expedición de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal con sus respectivos Registros Presupuestales, y la aplicación de los criterios de calidad en cuanto a la elaboración de los informes resultantes de la gestión de la Oficina de Control Interno. Del mismo modo, es necesario resaltar que la Oficina de Control Interno cumple con lo estipulado en la Guía “Rol de las unidades u oficinas de control interno” y el “Modelo Integrado de Planeación y Gestión”, donde se establecen los lineamientos sobre las responsabilidades, actividades y aspectos básicos que deben liderar las oficinas de control interno. Además, se enfocan en el control preventivo por medio de actividades de sensibilización a través de boletines semanales, en los que se abordan temas como el Autocontrol, Líneas de Defensa, Roles de la Oficina, Planes de mejoramiento, Administración de Riesgos, Riesgos de Corrupción y Transparencia, entre otros. 3.2 CRÉDITO CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 9072-CO GCFF TF N. TFO2826 BIRF Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Con “Documento Conpes 3976 del 2 de diciembre de 2019 (Consejo Nacional de Política Económica y Social)”, dio el aval para la contratación de los empréstitos externos con la banca multilateral destinados al financiamiento parcial de las apropiaciones presupuestales del Ministerio de Salud y Protección Social en el “Programa para mejorar la sostenibilidad del sistema de salud en Colombia con enfoque inclusivo”, siendo el Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS como el Organismo Ejecutor-OE y líder del Programa (proyecto para la banca multilateral) y a la vez responsable por la elaboración de los Manuales Operativos del Proyecto (MOP) que fueron acordados con la banca multilateral. El Financiamiento: Valor total del crédito por USD 187.600.000 compuesto por: Crédito USD 150.000.000 - “Programa para mejorar la sostenibilidad del Sistema de Salud en Colombia con enfoque Inclusivo”, y por Donación No Reembolsables USD37.600.000 - Proyecto de Inversión “Fortalecimiento de la Atención en Salud de la Población Migrante No Asegurada Nacional” – Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria. En el desarrollo del procedimiento se verifico y analizo el segundo desembolso, asignación, ejecución de los recursos del Contrato de Préstamo N. 9072 - CO GCFF por USD 21.919.113,92 y recursos de la Donación GCFF TF No.TF0 B2826 por 5.494.262,40 USD para un total de USD 27.413.376.32. Recursos incorporados y ejecutados al presupuesto del MSPS. Recursos asignados y ejecutados durante la vigencia 2021 Estos recursos se asignaron a la Subunidad 19-01-01-029 del MSPS, en el rubro A- 03-03-04-052. Aseguramiento en Salud fuente 14 por USD 19.105.720,45 valor estimado a la TRM del 26/11/2021 por 3.969,49 COP, quedando un saldo disponible en el MHCP de este desembolso por USD 2.813.393,47. Así mismo, por concepto de recursos no reembolsables (Donación) GCFF TF No.TF0 B2826 por 5.494.262,40 USD, se transfirió USD 4.739.516,48 valor estimado a la TRM del 30/11/2021 por 4.010.98 COP, quedando un saldo disponible en el MHCP de este desembolso por 754.745,92 USD. El MSPS expidió las Resoluciones 1873 del 19 de noviembre de 2021, por 94.850.072.085,43 COP, para el crédito del Contrato de Préstamo N. 9072 – CO y GCFF TF N°TFOB2826, estos recursos fueron ordenados a la ADRES en la fuente 14 “Prestamos destinación específica” por 75.839.966.266,54 COP y Recurso 15 “Donaciones” por 19.010.105.818,89 COP, los cuales ingresaron al presupuesto de la entidad los días 26 y 30 de noviembre de 2021. Resultado de la evaluación 1. La información recibida del Ministerio de Salud y Protección Social –MSPS, fue analizada por la comisión de auditoría y se constató el cumplimiento por parte del MSPS a la normatividad y lineamientos de la CGN, así como a lo acordado con el BIRF en el Manual Operativo del Programa –MOP referente a los Estados Financieros a la aplicabilidad en el SIIF Nación II; esta fue identificada en la Subunidad 019-01-01-029, incluyen el Estado de Inversión Acumulada, Estado de Flujo y las Notas a los Estados Financieros dando cumplimiento a la normatividad y a lo establecido en el Programa. 2. Frente a los saldos disponibles que quedaron a 31 de diciembre de 2021 en la cuenta asociada al crédito en el banco de la República, con un saldo pendiente por girar a la ADRES por 2.813.393,75 USD y recursos en donación por 754.745,92 USD se debe a los topes presupuestales establecidos, teniendo en cuenta que al monetizar los recursos del crédito, la TRM supero la proyectada al momento de solicitar el desembolso de los recursos; se habían estimado los cálculos en cuenta la TRM promedio de 2021 TRM 3.422 (supuestos macroeconómicos de la Circular externa 004 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público del 21 de febrero de 2020). 3. Se analizo de forma especial las DIRECTRICES de ANTICORRUPCIÓN establecidos MOP, “El programa dependerá del marco del gobierno para la prevención y el control del fraude y la corrupción previsto en la Constitución Política de 1991, que estableció la base legal y los órganos de control para las entidades que administran fondos o activos de la Nación. La gestión del riesgo de corrupción es obligatoria para todas las entidades públicas desde 2011, de conformidad con el Estatuto Anticorrupción establecido en la Ley 1474 de ese mismo año. La Superintendencia Nacional de Salud es la responsable de llevar a cabo la inspección, vigilancia y control a las entidades del SGSSS y del sector salud en general”. 4. Así mismo lo establecido en el Memorando de Colaboración –MDC, firmado entre el BIRF y la Contraloría General de la República, han acordado colaborar, dentro de sus respectivas competencias para facilitar la aplicación de las Directrices para Prevenir y Combatir el Fraude y la Corrupción como lo indica el “… numeral 2.3: “Será parte del informe de auditoría financiera de la Contraloría, que será entregado al Banco de acuerdo a lo establecido en la Sección 2.4 de este Memorando, las denuncias relacionadas con indebida gestión fiscal y los resultados finales de éstas, todo relacionado con el Programa y que abarque al MSPS, a la ADRES y a la respectiva EPS, si a ello hubiere lugar”. 5. En cumplimiento de las Directrices Anticorrupción del BIRF, denuncias, riesgos de fraude y corrupción relacionadas con el Programa se consultó en el Sistema de Información de Participación Ciudadana – SIPAR en donde se evidencio que NO existe ningún registro de denuncias asociado con el Contrato de Préstamo N. 9072 - CO GCFF TF N. TFOB2826 BIRF. 3.3 CRÉDITO CONTRATO DE PRÉSTAMO NO 5170/OC-CO – BID Y CONVENIOS DE FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE NO. 5172/GR-CO Y GRT/CF 18408 – CO Financiamiento: Valor total del crédito por USD 161.725.000, compuesto por: Crédito por USD 150.000.000 y Donación dos Convenios de Financiamiento No Rembolsable (GRF y BMZ) por USD 11.725.000. La Dirección de Financiamiento Sectorial –DFS tiene a su cargo el control de las cuentas especiales de los recursos del Préstamo, recursos que se apropian en el Presupuesto de Funcionamiento del MSPS, en el rubro de “Aseguramiento en Salud” y luego se transfieren a la ADRES en la Unidad de Administración de Recursos – URA “Fondo común de los recursos” quien es la responsable del proceso de gestión y pago. Recursos asignados y ejecutados durante la vigencia 2021 En el desarrollo del procedimiento se realizó la verificación del reconocimiento (desembolsos) presupuestal y contable en las cuentas correspondientes de acuerdo a las disposiciones normativas, de los recursos del primer desembolso de los recursos del crédito BID No. 5170/OC-CO por 85.000.000 USD y No Reembolsables No. 5172/GR-CO y GRT/CF 18408 – CO por USD 5.143.968 asignados y ejecutados durante la vigencia 2021. El desembolso de los recursos del crédito, se realizó el 28 de octubre de 2021 según Resolución 1644 del 21 de octubre de 2021 del MSPS por USD 85.000.000, representado en un 56,66% del total del crédito. El MSPS transfiere los recursos del crédito a la ADRES, el día 28 de octubre de 2021, mediante Resolución 1644 del 21 de octubre de 2021, “Ordenar el giro a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud — ADRES, de los, recursos del presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección' Social, correspondientes a la Subunidad 1901-01-033 Contrato de Préstamo BID No. 5170/0C-CO, rubro Cuenta 03 — Transferencias Corrientes, Subcuenta 03 — A Entidades del Gobierno; Objeto del Gasto 04 — A Otras Entidades del Gobierno General, Ordinal 052 - Aseguramiento en Salud (Leyes 100 de 1993, 1122 de 2007,1393 de 2010,1438 de 2011 y 1607 de 2012) Recurso 14 CSF Préstamos destinación específica, por valor de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CATORCE PESOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS ($294.099.348.914,57) m/cte., para financiar el Aseguramiento en salud de la vigencia 2021” , quedando un saldo pendiente por girar a la ADRES de los recursos del crédito por 6.807.251,17USD. Recursos No Reembolsables Crédito No.5172/GR-CO y Crédito No.GRT-GF- 18408-CO Estos son de destinación especifica de financiación al proyecto de inversión: “Fortalecimiento de la atención en salud de la población migrante no asegurada Nacional”, que tiene como objetivo: “...Contribuir a la financiación de la atención en la salud de la población migrante de Venezuela no asegurada que demanda servicio de salud de las Empresas Sociales del Estado –ESEs-…”. El primer desembolso fue realizado por el banco, el día 14 de septiembre de 2021 por USD 5.143.968; correspondiente al Convenio 5172/GR-CO USD 2.820.819 y Convenio GRT-GF18408CO USD 2.323.149. De acuerdo con los estados financieros del MSPS, generados a 31 de diciembre de 2021, se evidencia que fueron ejecutados un total de USD 4.769.148,16 quedando un saldo USD 374.819,84, los cuales son coincidentes con los movimientos del periodo reflejados en el Estado de Inversiones Acumuladas. Así mismo se evidencio que el MSPS, como Órgano Ejecutor, para la ejecución y contabilización de los recursos del Contrato de Préstamo y los Convenios de Financiamiento No Reembolsable (GRF y BMZ), dio cumplimiento a lo establecido en MOP del programa. Resultado de la evaluación 1. La información recibida del Ministerio de Salud y Protección Social –MSPS, fue analizada por la comisión de auditoría y se constató el cumplimiento por parte del MSPS a la normatividad y lineamientos de la CGN, así como a lo acordado con el BID en el Manual Operativo del Programa –MOP “En cuanto a la información financiera para los recursos del Contrato de Préstamo, el Banco aceptará los Estados Financieros Básicos de la ADRES, los cuales son preparados bajo el método de causación y en pesos, considerando que en ellos se incluirá la ejecución de los recursos del Préstamo…” referente a los Estados Financieros a la aplicabilidad en el SIIF Nación II; esta fue identificada en la Subunidad 019-01-01-033. 2. Frente a los saldos disponibles que quedaron a 31 de diciembre de 2021 en la cuenta asociada al crédito en el banco de la República, con un saldo pendiente por girar a la ADRES de los recursos del crédito por 6.807.251,17USD y de los recursos no ejecutados por el MSPS, correspondientes a “Recursos No Reembolsables” por USD 374.819,84 se debe a los topes presupuestales establecidos, teniendo en cuenta que, al monetizar los recursos del crédito, la TRM supero la proyectada al momento de solicitar el desembolso de los recursos; se habían estimado los cálculos en cuenta la TRM promedio de 2021 TRM 3.422 (supuestos macroeconómicos de la Circular externa 004 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público del 21 de febrero de 2020). Por lo anterior, no se presentaron observaciones de forma o fondo para comunicar. 3.4 GESTION FINANCIERA Y CONTRACTUAL En desarrollo del Objetivo Específico N.6 relacionado con: “…Identificar y examinar el proceso financiero - contractual de los recursos comprometidos y ejecutados durante la vigencia 2021 para la atención de la emergencia económica, social y ecológica originada por el COVID - 19 (si aplica) …”, se realizó la verificación del Macroproceso: Gestión Presupuestal, Contractual y del Gasto y del Proceso: Otros Procesos Significativos y de acuerdo con la información reportada por el Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS, la que refiere una población contractual de mil doscientos treinta y cuatro (1.234) contratos y para el Fondo Nacional de Estupefacientes-FNE indica doscientos cincuenta y tres (253) contratos, para un universo total de la vigencia 2021 de mil cuatrocientos ochenta y siete (1.487) contratos. Es importante indicar que de la totalidad de contratos del MSPS, que la CGR paralelamente a la Auditoria Financiera realizaba Actuación Especial de Fiscalización al Ministerio de Salud y Protección Social- MSPS vigencias 2020 y 2021 donde se verificaron veintiuno (21) contratos de la vigencia 2021, los cuales no fueron tenidos en cuenta en el momento de la determinación de la muestra estadística aprobada para la AF vigencia 2021. Por lo anterior se determinó para el desarrollo del proceso auditor se tomó una muestra de treinta y ocho (38) contratos por 1.052.569.806.169 COP equivalente al 89.26% sobre la universalidad de la contratación. La verificación se realizó partiendo de los soportes documentales entregados por el MSPS de forma digital y con el desarrollo de pruebas de control y analíticas, donde se analizó la modalidad de contrato, tipo contractual, idoneidad de los contratistas, la necesidad de celebración del contrato a través de los estudios previos, pólizas contractuales, valor, plazo, ejecución, forma de pago, servicio contratado, obligaciones de las partes, lugar de ejecución, garantías, cláusulas contractuales y pagos ejecutados a la fecha. En el desarrollo de la revisión de los contratos y soportes documentales la CGR evidenció que el Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS y el Fondo Nacional de Estupefacientes-FNE para la vigencia 2021, da cumplimiento al proceso contractual en todas sus etapas; así como al cumplimiento de la normatividad vigente y a los procedimientos internos de la entidad. Así las cosas, la muestra contractual no fue objeto de Hallazgos para el presente proceso auditor. 3.5 SEGUIMIENTO A OBSERVACIONES VIGENTES DE LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES Se realizó seguimiento a las observaciones establecidas por la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, adoptadas mediante el Proyecto de Resolución 001 del 30 de noviembre de 2021, “Por la cual se propone a la Honorable Cámara de Representantes NO FENECER la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro rendida por la Contraloría General de la República y el Estado de Situación Financiera (Balance General) de la Nación presentado por el Gobierno Nacional - Contaduría General de la Nación, correspondientes a la vigencia fiscal 2020”. La Gaceta del Congreso No. 1604 del miércoles 10 de noviembre de 2020, incluye las observaciones contables, presupuestales, de control interno, administrativas y de plan de mejoramiento de las entidades del Estado. 3.4.1 Unidad General – Ministerio de Salud y Protección Social A continuación, se relacionan las observaciones realizadas por la Comisión Legal de Cuentas para la Unidad General del Ministerio de Salud y Protección Social: Tabla No.39 Observaciones Comisión Legal de Cuentas Ministerio de Salud y Protección Social – Unidad General ELEMENTOS DEL MARCO CALIFICACIÓN OBSERVACIONES SIC NORMATIVO 10.2. ¿Existen Mediante Actas de los Comités de Sostenibilidad Contable se mecanismos verifica el cumplimiento a los compromisos adquiridos y a las para verificar el Parcialmente decisiones tomadas a cerca de la depuración, mejoramiento y cumplimiento de sostenibilidad contable. En los seguimientos por parte de la OCI estas se evidencio que para la vigencia 2020 solamente se realizó directrices, comité de sostenibilidad contable para realizar los registros procedimientos, contables, para el cierre de la vigencia fiscal, el 1 de febrero de instrucciones, o 2021, según Acta 001 de 2021, para tratar el tema de registros lineamientos? contables, el tema de cálculos actuariales del pasivo pensional por lo que se cumplió parcialmente con lo establecido en la Resolución 3316 de 2018 que estipula en el artículo 5 que se debe realizar una vez cada semestre del año. Según (texto incompleto). 26.2. ¿Se verifica la El proceso financiero realiza la verificación de la información fiabilidad de la insumo del indicador, y realiza seguimiento trimestral, se información Parcialmente encuentra pendiente de publicación del análisis del indicador del utilizada como último trimestre de la vigencia 2020, indicador GFI 1 de pagos insumo para la realizados. elaboración del indicador? Fuente: Gaceta N° 1604 Elaboró: Equipo Auditor CGR. Durante la etapa de ejecución de la auditoría en curso, se verificó el cumplimiento de las recomendaciones dadas por la Comisión Legal de Cuentas, relacionadas con las observaciones 10.2 y 26.2. Con respecto a la primera de ellas, la cual tiene que ver con la periodicidad de las reuniones del Comité de Sostenibilidad Contable, cabe mencionar que el Ministerio de Salud y Protección Social llevó a cabo dos sesiones del Comité para el año 2021, soportados mediante actas de octubre y diciembre de la misma vigencia. Para la sesión realizada el día 29 de octubre de 2021, se abordaron principalmente tres temas de interés para la administración: 1. Anormalidades presentadas durante la vigencia 2021 en los soportes para el registro contable de los movimientos presentados en el almacén, reflejados en las cuentas de Inventarios y Propiedad, Planta y Equipo. 2. Consideraciones frente al registro contable de las diferencias presentadas en la valoración de las vacunas COVID-19 entregadas por la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como ordenador del gasto del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. 3. Consideraciones frente a la depuración y aplicación de recaudos pendientes por imputar por concepto de cuotas partes activas. Del mismo modo, se realizó una segunda reunión del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable del MSPS el día 13 de diciembre de 2021, en la cual se abordaron los siguientes temas: 1. Seguimiento a compromisos del Comité de Sostenibilidad Contable del 29 de octubre de 2021. 2. Definición del Registro Contable de los recursos FOME transferidos para atención de la pandemia COVID-19 a la ADRES 3. Proposiciones y varios En cuanto a la segunda observación, la cual tiene relación con la publicación del indicador GFI 1, se confirmó la publicación del análisis de dicho indicador en la página web de la entidad. Por otra parte, para verificar la gestión del Ministerio de Salud y Protección Social y el Fondo Nacional de Estupefacientes con respecto a las Observaciones de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, se solicitó información relacionada con las acciones adelantadas para subsanarlas y los soportes que evidenciaran los adelantos para cada una de ellas. Como parte de la información allegada por la entidad, se obtuvo copia del oficio de respuesta a las observaciones que emitió el Ministerio de Salud y Protección Social, en el cual expone sus argumentos al detalle. Con base en esto, se otorgó especial atención a las observaciones relacionadas con el Avalúo y Registro de la Depreciación del Edificio Cudecom, el Giro de Recursos y la Conciliación entre el MSPS y la ADRES. Avalúo, Registro y Depreciación del Edificio Cudecom En lo referente a la observación del Avalúo y Registro del Edificio Cudecom, la entidad proporcionó información y soportes que permitieron verificar el avalúo comercial realizado por la firma Avalúos Generales SAS, el cual fue elaborado según los parámetros y criterios del decreto 1420 y la Resolución No. 620 del 23 de septiembre de 2008, por medio de la cual se establecieron los procedimientos para la elaboración de los avalúos ordenados dentro del marco de la Ley 388 de 1997. Una vez obtenido el valor real del inmueble, la entidad procedió a hacer el registro en sus Estados Financieros del MSPS, junto con su respectiva depreciación para la vigencia 2021. Con respecto a la depreciación del bien inmueble en mención para la vigencia 2020, es importante mencionar que, debido a que el registro oficial en los Estados Financieros se realizó el día 30 de diciembre de 2020, no hubo lugar a la determinación ni contabilización de valores correspondientes a depreciación. No obstante, para el mes de junio de 2021 se llevó a cabo el cálculo de la depreciación del Edificio desde el momento de formalización del documento del Avalúo Comercial (febrero 16 de 2019) hasta la fecha mencionada. Recursos ADRES Durante la segunda sesión del Comité Técnico de Sostenibilidad Contable del MSPS el día 13 de diciembre de 2021, se abordó el tema concerniente a la entrega de recursos realizada por parte del MSPS a la ADRES. Con respecto a esto, la Coordinadora del Grupo de Contabilidad de la entidad argumenta que no es procedente que el MSPS continúe haciendo los registros de los recursos FOME entregados a la ADRES como recursos en dados en administración, con base en concepto del Ministerio de Hacienda. En ese orden de ideas, se debe realizar una serie de ajustes en el procedimiento de contabilización, de tal manera que se lleven los recursos en administración a transferencias condicionadas, y se ajuste lo correspondiente a los 742.000 millones de COP que quedaron en el gasto de 2020, para ser registrados en la vigencia 2021, conforme a lo concluido en la reunión sostenida con la ADRES, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Contaduría General de la Nación y MSPS. 3.4.2 Unidad Administrativa Especial – Fondo Nacional de Estupefacientes Con respecto a las glosas del Fondo Nacional de Estupefacientes, se abordó cada una de las observaciones realizadas por la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, con el fin de conocer y verificar (mediante soportes) los avances realizados por UAE-FNE. Tomando en consideración que se trata de veintiocho (28) observaciones, se anexa archivo en Excel denominado “Seguimiento Observaciones CLCCR – MSPS – FNE - Final”, en el cual se detallan las acciones adelantadas y los soportes aportados por la unidad Administrativa Especial del FNE. (Ver Anexo 4). Con base en el procedimiento realizado para el seguimiento a las observaciones de la Comisión Legal de Cuentas, se evidencia que la Unidad General del Ministerio de Salud y Protección Social y la Unidad Administrativa Especial del Fondo Nacional de Estupefacientes, han venido adelantando las acciones necesarias para subsanar las glosas relacionadas en la Gaceta del Congreso No. 1604 del miércoles 10 de noviembre de 2020. Lo anterior, soportado en los documentos allegados por los representantes de la entidad durante el desarrollo de la presente Auditoría Financiera. 3.5 EFECTIVIDAD DEL PLAN DE MEJORAMIENTO Se realizó el seguimiento y revisión a la efectividad del Plan de Mejoramiento, teniendo en cuenta el avance o ejecución de las acciones de mejora implementadas y los reportes según la normatividad vigente aplicable, para determinar desde los criterios de oportunidad y completitud, el grado de cumplimiento de los planes. En la Fase de Ejecución de la auditoría se verificó la efectividad del Plan de Mejoramiento suscrito por el MSPS-FNE y reportado a través de SIRECI con corte a 31 de diciembre de 2021, con treinta y cuatro (34) hallazgos con las respectivas acciones de mejora, así: once (11) hallazgos administrativos con acciones correctivas para finalizar el 31 de diciembre de 2021, los restantes hallazgos presentan fecha de cumplimiento en el año 2022. Sin embargo, la Entidad allegó documentos soportes con cumplimiento total de once (11) hallazgos cuyas acciones de mejora estaban programadas para el año 2022. Con base en lo anterior, analizados y verificados los soportes de las acciones propuestas por el MSPS, en el Plan de Mejoramiento con corte a 31 de diciembre de 2021, se concluye que la Entidad presenta estado de cumplimiento del once (11) hallazgos programados a 31 de diciembre de 2021, y, el avance de once (11) hallazgos programados para su cumplimiento en el año 2022. Por lo tanto, el MSPS presenta en total veintidós (22) hallazgos con acciones de mejora totalmente cumplidas, es decir que, de acuerdo al Plan de Mejoramiento formulado a 31 de diciembre de 2021, se tiene un avance del 64.7%. Lo anterior, según las evidencias presentadas por la Oficina de Control Interno del MSPS. Sin embargo, existen doce (12) acciones de mejora pendientes de cumplir. De estas, diez (10) fueron reprogramadas y dos (2) se encuentran en términos sin vencer. Es decir, todas estas acciones de mejora se encuentran programadas para ejecutarse en fechas posteriores al cierre de la Auditoría Financiera año 2022. A continuación, se presenta la tabla del avance respectivo: Tabla No. 40 Plan de Mejoramiento Vigencia 2020 Vigencia Fecha Item Hallazgo Hallazgo Finalización Observación Cumplimiento 1.1 Hallazgo No.1-1. Cuentas por Cobrar 2021 2022/01/30 Cerrar 100% 131606 Bienes Comercializados FNE 1.2 Hallazgo No.1-2. Cuentas por Cobrar 2021 2022/01/31 Cerrar 100% 131606 Bienes Comercializados FNE 1.3 Hallazgo No.1-3. Cuentas por Cobrar 2021 2022/03/31 Cerrar 100% 131606 Bienes Comercializados FNE Vigencia Fecha Item Hallazgo Hallazgo Finalización Observación Cumplimiento 2.1 Hallazgo No. 2. Cuenta 16 Propiedad, 2021 2022/12/31 Reprogramado 50% planta y equipo 2.2 Hallazgo No. 2. Cuenta 16 Propiedad, 2021 2021/07/31 Cerrar 100% planta y equipo 3 Hallazgo No. 3. Saldos contrarios a su 2021 2021/12/31 Cerrar 100% naturaleza en cuentas del Activo del FNE del MSPS 4 Hallazgo No. 4. Cuenta 19-Otros 2021 2022/12/31 Reprogramado Activos -Registro contable de legalizaciones de giros de las Res.1284,1439 y 2483 de 2020 5 Hallazgo No. 5. Cuenta 19-Otros 2021 2022/12/31 Reprogramado Activos. Registro de las Resoluciones 2241, 2474, 2477 y 1923 de 2020: 6.1 Hallazgo No. 6. Registro de 2021 2022/02/28 Cerrar 100% Donaciones MSPS 2020: 6.2 Hallazgo No. 6. Registro de 2021 2022/07/15 En tiempo 75% Donaciones MSPS 2020 6.3 Hallazgo No. 6. Registro de 2021 2022/12/31 Reprogramado Donaciones MSPS 2020 9.1 Hallazgo No. 9. Documentos que 2021 2021/12/20 Cerrar 100% soportan entrega de equipo biomédico 9.2 Hallazgo No. 9. Documentos que 2021 2022/06/30 Reprogramado soportan entrega de equipo biomédico 10 Hallazgo No. 10. Supervisión contratos 2021 2022/06/30 Reprogramado 11 Hallazgo No. 11. Transferencias a la 2021 2021/12/31 Cerrar 100% ADRES - Programas del Plan de Acción para mitigar la Pandemia por COVID 12 Hallazgo No. 12. Transferencias a 2021 2022/06/30 Reprogramado Entidades Territoriales y/o ESE para Mitigar la Pandemia por COVID 13.1 Hallazgo No. 13. Actas de entrega 2021 2022/12/31 Reprogramado 52.90% 13.2 Hallazgo No. 13. Actas de entrega 2021 2021/09/30 Cerrar 100% 14.1 Hallazgo No. 14. Información 2021 2022/02/28 Cerrar 100% reportada en SECOP 14.2 Hallazgo No. 14. Información 2021 2022/06/30 Reprogramado reportada en SECOP 14.3 Hallazgo No. 14. Información 2021 2021/12/31 Cerrar 100% reportada en SECOP 14.4 Hallazgo No. 14. Información 2021 2021/09/30 Cerrar 100% reportada en SECOP 14.5 Hallazgo No. 14. Información 2021 2021/12/31 Cerrar 100% reportada en SECOP Vigencia Fecha Item Hallazgo Hallazgo Finalización Observación Cumplimiento 15 Hallazgo No. 15. Supervisión 2021 2021/12/31 Cerrar 100% contratos-FNE 16 Hallazgo No. 16. Reporte información 2021 2021/10/30 Cerrar 100% vigencias futuras FNE 17 Hallazgo No. 17. Constitución de 2021 2022/03/31 Cerrar 100% Reservas presupuestales FNE 18.1 Hallazgo No. 18 Procedimientos y 2021 2022/03/31 Cerrar 100% riesgos en presupuesto 18.2 Hallazgo No. 18 Procedimientos y 2021 2022/02/28 Cerrar 100% riesgos en presupuesto 19.1 Hallazgo No. 19. Incorporación de 2021 2022/06/30 En tiempo 75% recursos en el presupuesto 19.2 Hallazgo No. 19. Incorporación de 2021 2022/04/08 Cerrar 100% recursos en el presupuesto 20 Hallazgo No. 20. Tiempo transcurrido 2021 2021/10/31 Cerrar 100% para remisión de recursos a las ET y relación con la ejecución 21 Hallazgo No. 21. Inembargabilidad de 2021 2022/04/08 Cerrar 100% recursos 22 Hallazgo No. 22. Transferencia de 2021 2022/12/31 Reprogramado recursos a la ADRES originados en crédito BIRF N.9072-CO GCFF TF N.TF0B2826 23 Hallazgo No. 23 Desembolso recursos 2021 2022/02/28 Cerrar 100% Crédito BIRF N.9072-CO GCFF TF N. TFOB2826 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social. 2022 Elaboró: Grupo Auditor CGR, 2022. Así mimo se verificó la información suministrada por el MSPS en relación a las acciones de mejora correspondientes de los hallazgos derivados de los planes de mejoramiento de las auditorias 2012, 2015, 2017, 2018 y 2019, los cuales presentaban veintiséis (26) acciones de mejora con los respectivos soportes, que fueron revisados y analizados observando que cada hallazgo fue subsanado y, por lo tanto, existe cumplimiento en las acciones de mejora implementadas por parte del MSPS, de acuerdo con los soportes y las evidencias asociadas a la información suministrada. Existen doce (12) acciones de mejora pendientes de cumplir. De estas, diez (10) fueron reprogramadas y dos (2) se encuentran en términos sin vencer. Es decir, todas estas acciones de mejora se encuentran programadas para ejecutarse en fechas posteriores al cierre de la auditoría financiera año 2022. A continuación, se presenta la tabla del avance respectivo: Tabla No. 41 Plan de Mejoramiento de Auditorías anteriores Fecha Hallazgo Auditoria Observación Cumplimiento Finalización Auditoría Hallazgo Nº 8. Implementación ley 1438 de 2011 2022-03-18 Cerrar 100% Vigencia 2012 AE Plan Hallazgo 31. Devolución Rendimientos Financieros Convenio Mejoramiento 2020-04-30 Cerrar 100% 0158/07 2015 Auditoría H4-1- Cuotas partes pensionales por cobrar MSPS 2018-10-30 Cerra 100% Vigencia 2017 Auditoría H4-2- Cuotas partes pensionales por cobrar MSPS 2019-04-30 Cerrar 100% Vigencia 2017 Auditoría H5.- Acción de Repetición 2019-01-30 Cerrar 100% Vigencia 2017 H6.1- Programa de atención psicosocial y salud integral a víctimas Auditoría 2019-12-31 Cerrar 100% del conflicto armado- PAPSIVI Vigencia 2017 H6.1- Programa de atención psicosocial y salud integral a víctimas Auditoría 2018-12-31 Cerrar 100% del conflicto armado- PAPSIVI Vigencia 2017 H6.1- Programa de atención psicosocial y salud integral a víctimas Auditoría 2018-12-31 Cerrar 100% del conflicto armado- PAPSIVI Vigencia 2017 Auditoría Hallazgo No. 6. Cuentas Recíprocas MSPS: 2020-03-31 Cerrar 100% Vigencia 2018 Hallazgo 4.1. Reporte de la información a la Contaduría General de Auditoría 2022-02-28 Cerrar 100% la Nación y Revelación en las Notas a los Estados Contables Vigencia 2018 Hallazgo No. 9-2. Seguimiento Transferencias Entidades Auditoría 2021-12-31 Cerrar 100% Territoriales y/o ESES- Actividad Vigencia 2018 Hallazgo No. 9-2. Seguimiento Transferencias Entidades Auditoría 2020-12-31 Cerrar 100% Territoriales y/o ESES- Actividad Vigencia 2018 Hallazgo No. 9-3. Seguimiento Transferencias Entidades Auditoría 2020-12-31 Cerrar 100% Territoriales y/o ESES Vigencia 2018 Auditoría Hallazgo 3. Entrada de recursos -Cartera cuotas partes Activas 2021-12-31 Cerrar 100% Vigencia 2019 Hallazgo 4. Reconocimiento cuotas partes Activas Auditoría Actividad: Concertación de procedimientos y documentación de la 2021-12-31 Cerrar 100% Vigencia 2019 misma Auditoría Hallazgo 4. Reconocimiento cuotas partes Activas. 2021-01-31 Cerrar 100% Vigencia 2019 Hallazgo 5-1. Registro de cuotas partes pasivas Caprecom y Auditoría 2021-02-28 Cerrar 100% Puertos de Colombia Vigencia 2019 Hallazgo 5-2. Registro de cuotas partes pasivas Caprecom y Auditoría 2021-02-28 Cerrar 100% Puertos de Colombia Vigencia 2019 Hallazgo 6. Cuenta 19 Otros Activos- Saldos contrarios a su Auditoría 2022-02-28 Cerrar 100% naturaleza Vigencia 2019 Fecha Hallazgo Auditoria Observación Cumplimiento Finalización Hallazgo 6. Cuenta 19 Otros Activos- Saldos contrarios a su Auditoría Cerrar 100% naturaleza Vigencia 2019 Auditoría Hallazgo 8. Oportunidad en los trámites presupuestales Actividades 2021-03-30 Cerrar 100% Vigencia 2019 Hallazgo 8. Oportunidad en los trámites presupuestales. Auditoría Comunicación al Despacho del Señor Ministro y a los miembros del 2020-08-31 Cerrar 100% Vigencia 2019 Comité asesor Auditoría Hallazgo 9. Reservas presupuestales-Anualidad del presupuesto 2022-02-28 Cerrar 100% Vigencia 2019 Auditoría Hallazgo 12. Supervisión de contratos- Reporte Secop 2021-11-30 Cerrar 100% Vigencia 2019 Auditoría Hallazgo 13. Pago de Sentencias 2021-12-30 Cerrar 100% Vigencia 2019 Auditoría Hallazgo 14-1. Títulos Judiciales PAR ESE José Prudencio Padilla 2021-12-30 Cerrar 100% Vigencia 2019 Auditoría Hallazgo 14-2. Títulos Judiciales PAR ESE José Prudencio Padilla 2021-08-30 Cerrar 100% Vigencia 2019 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social. 2022 Elaboró: Grupo Auditor CGR, 2022 En conclusión, una vez revisadas las acciones de mejora con las respectivas actividades, se observó que del Plan de Mejoramiento vigente es Efectivo, al cierre de la Auditoría Financiera practicada al MSPS. 3.6 DENUNCIAS (SOLICITUDES CIUDADANAS) El equipo auditor tramitó cinco (5) solicitudes ciudadanas interpuesta ante la Contraloría General de la República, CGR. Los contenidos se resolvieron en los siguientes términos: Tabla No. 42 Solicitudes Ciudadanas Numero Único Nacional Numero Radicado Fecha Radicado 2021-210796-82111-SE 2021ER0060727 13/05/2021 2021-223306-82111-SE 2021ER0144532 14/10/2021 2021-214625-82111-SE 2021ER0086465 7/07/2021 2021-227769-80174-SE 2021ER0173416 2/12/2021 2022-230323-82111-SE 2022ER0004951 3/01/2022 Fuente: Contraloría General de la República. 2022 Elaboró: Grupo Auditor. 2022 La CGR con oficio radicado No. 2022EE0055597 de fecha 31 de marzo de 2022, solicitó información correspondiente a la solicitud ciudadana antes referida. Con Radicado No. 202215000680681, de fecha 11 de abril de 2022, el MSPS entrega respuestas que sirvieron de insumo. Adicionalmente, la Contraloría General de la República, realizó pruebas pertinentes, cuyos resultados y respuestas se exponen, en seguida. 3.6.1 Solicitud Ciudadana 2022-230323-82111-SE La solicitud Ciudadana 2022-230323-82111-SE, radicada 03/01/2022, allega a la CGR los informes de gestión del Consejo Nacional de Salud Mental del Ministerio de Salud y Protección Social. La comunicación se envía desde el Ministerio de Salud y Protección Social MSPS. En tal comunicación se manifiesta que se da cumplimiento a lo determinado por la Ley 1616 de 2013, artículo 30 numeral 5: “Rendir y divulgar anualmente un informe integral de gestión, evaluación, resultados y cumplimiento de las leyes, políticas y planes señalados en el numeral 1 a la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Superintendencia Nacional de Salud y Comisiones Séptimas Constitucionales del Congreso de la República para lo de su competencia.” Por tal ejercicio se adjuntan los siguientes informes de Gestión del Consejo Nacional de Salud Mental, así como las actas de reunión: • Informe del Consejo Nacional de Salud Mental, CNSM – 2020; • Consejo Nacional de Salud Mental, Informe Anual – 2019; • Guía Técnica para la Conformación y el Fortalecimiento de los Consejos • Departamentales/ Distritales de Salud Mental, CDSM – 2021 • Informe Anual del Consejo Nacional de Salud Mental - 2018; • Informe de Gestión del Consejo Nacional de Salud Mental - 2017; • Informe de Gestión del Consejo Nacional de Salud Mental - 2016; • Actas de reunión Nos. 11 a la 27 del año 2020; • Acta de Reunión Nos. 7 a la 10 de 2019; • Plan de Acción del Consejo Nacional de Salud Mental 2020-2022 3.6.2 Solicitud Ciudadana 2021-210796-82111-SE En fecha 13 de mayo de 2021, en la Contraloría General de la República CGR, se radicó, la siguiente solicitud ciudadana: Hechos “(…) En la página del ministerio de salud tabla de servicios complementarios, se resume lo que se puede dar por mipres, las que tienen cero (0) es que no y el 1 es que si, pero hay unos que se podían dar por mipres antes y ahora no, quiero denunciar lo que es el servicio de transporte. (https://tablas.sispro.gov.corfestMiPresNopbs/ModTest/Mipres.aspx) A pesar de que la norma no ha cambiado, ya que las resoluciones dicen lo mismo de transporte ambulatorio diferente a ambulancia no pbs upc, resolución 6408 de 2016, artículos 126 y 127, 5269 de 2017 articulo 120 y 121, 5857 de 2018 articulo 120 y 121, resolución 3512 de 2019 articulo 121 y 122, y resolución actual 2481 de 2020 en articulo 121 y 122 , dicen lo mismo, pero cambiaron la posición o sea se equivocaron seguramente, pero este error seguro costo y deberia investigarse. Hasta el 9 05 2019 se permitían recobros por transporte en ambulancia no cubierto por el PBS UPC, código 11 antes, ahora 149, o por cargo a mipres, entonces porque las EPS deben asumirlo desde esa fecha por upc , porque antes se podía recobrar o era a cargo de mipres?, entonces existía según eso doble pago por upc y por recobro o por cuenta de mipres, hay error en los conceptos que firman en subdirección de beneficios del ministerio, porque los anteriores conceptos decía la señora Olinda gutierrez que si se podían recobrar o con cargo a mipres y estaba habilitado este transporte en mipres, de pronto desde el 9 05 2019 como sale en la tabla que ya no, cuánta plata se recobró y se devolvió a las eps que no se debía dar porque era por upc,según los conceptos que dan ahora, porque los artículos de la norma no han cambiado como para dar ese cambio o sea fue un error anterior parece, pero eso tiene costos para el estado y ahora para eps .Pedimos a contraloría y fiscalía investiguen esto tan grave y a Procuraduría, si no es asi ustedes diran. Queremos saber cuanto dinero se devolvió a las eps si era con cargo a upc y la norma no ha cambiado en eso y no había que devolverlo.” (Sic). Atendiendo lo que exige el artículo 267 de nuestra Constitución Política, la Contraloría General de la República, realizó las consultas pertinentes, resultados que se señalan en seguida: Al respecto, el MSPS expone el marco regulatorio en que actúa el tema que lo denomina Servicios Complementarios, específicamente el referido al traslado y transporte del paciente ambulatorio. Entidad describe el procedimiento que se utiliza en el Sistema de Salud para el traslado y transporte de un paciente ambulatorio. Con base en lo anterior, la CGR pudo observar lo siguiente: “(…) con el propósito de garantizar el derecho fundamental a la salud en una concepción integral, de acuerdo con lo establecido por la Ley Estatutaria 1751 de 2015, el Ministerio de Salud y Protección Social lideró entre los años 2015 y 2017, la construcción participativa del procedimiento técnico-científico de exclusiones, con el fin de determinar explícitamente aquellos servicios y tecnologías que se excluyen de la financiación con recursos públicos asignados a la salud, por cumplir con los criterios señalados en el artículo 15 de la misma Ley, teniendo en cuenta el concepto y recomendaciones emitido por expertos, pacientes, ciudadanos y otros actores. Asimismo, con la aplicación de tal procedimiento, se avanzó en establecer los beneficios implícitos reconocidos con recursos públicos asignados a la salud, que le otorga a la población del territorio nacional el acceso a la totalidad de servicios y tecnologías de salud autorizados en el país, para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de cualquier contingencia de salud, según la prescripción del profesional tratante, con excepción de aquellos explícitamente excluidos de financiación con recursos públicos asignados a la salud, siendo las Entidades Promotoras de Salud (EPS) a través de su red de prestadores, las responsables de gestionar de forma eficiente, integral y continua, la salud de sus afiliados. De otra parte, la financiación de dichos servicios y tecnologías en salud está organizada a través de dos componentes que coexisten articuladamente, para facilitar la materialización del derecho a la salud. Por una parte, se tiene el aseguramiento que, mancomunando los riesgos derivados de las necesidades en salud de las personas, utiliza instrumentos para inferir y reconocer un presupuesto de manera ex ante denominado Unidad de Pago por Capitación - UPC, reconocido por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES y adicionalmente se presenta el reconocimiento del presupuesto máximo que busca gestionar el riesgo en salud de manera integral financiando aquellos servicios y tecnologías en salud que no son financiadas con cargo a la UPC. Por otra parte, se cuenta con otro componente, a través del cual se financia el acceso a servicios y tecnologías que aún no hacen parte del aseguramiento, los cuales son financiados con recursos dispuestos por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). Ahora bien, con respecto al punto específico, el transporte en ambulancia no ha sido servicio complementario ya que se encuentra financiado con recursos de la UPC y en el marco de la normatividad vigente. En la Resolución 3512 de 2019 la vigencia inicia para el 01 de enero de 2020 y los artículos 121 y 122 referentes al transporte o traslado del paciente ambulatorio. Traslado de paciente “Artículo 121. Traslado de pacientes. Los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC incluyen el traslado acuático, aéreo y terrestre (en ambulancia básica o medicalizada), en los siguientes casos: Movilización de pacientes con patología de urgencias desde el sitio de ocurrencia de la misma hasta una institución hospitalaria, incluyendo el servicio prehospitalario y de apoyo terapéutico en ambulancia. Entre IPS dentro del territorio nacional de los pacientes remitidos, teniendo en cuenta las limitaciones en la oferta de servicios de la institución en donde están siendo atendidos, que requieran de atención en un servicio no disponible en la institución remisora. Igualmente, para estos casos está financiado con recursos de la UPC el traslado en ambulancia en caso de contrarreferencia. El servicio de traslado cubrirá el medio de transporte disponible en el sitio geográfico donde se encuentre el paciente, con base en su estado de salud, el concepto del médico tratante y el destino de la remisión, de conformidad con la normatividad vigente. Asimismo, se financia el traslado en ambulancia del paciente remitido para atención domiciliaria si el médico así lo prescribe.” Transporte del paciente ambulatorio “Artículo 122. Transporte del paciente ambulatorio. El servicio de transporte en un medio diferente a la ambulancia para acceder a una atención financiada con recursos de la UPC, no disponible en el lugar de residencia del afiliado, será financiado en los municipios o corregimientos con la prima adicional para zona especial por dispersión geográfica. Parágrafo. Las EPS o las entidades que hagan sus veces igualmente deberán pagar el transporte del paciente ambulatorio cuando el usuario deba trasladarse a un municipio distinto al de su residencia para recibir los servicios mencionados en el artículo 10 de este acto administrativo o cuando existiendo estos en su municipio de residencia, la EPS o la entidad que haga sus veces no los hubiere tenido en cuenta para la conformación de su red de servicios. Esto aplica independientemente de si en el municipio la EPS o la entidad que haga sus veces recibe o no una UPC diferencial.” (Negrilla fuera de texto) Para el año 2021, el cual empieza vigencia el 01 de enero, se aplica la Resolución 2481 de 2020, los artículos 121 y 122 hacen referencia al traslado de pacientes en ambulancia y el transporte del paciente ambulatorio. Para el año 2022, la norma que estipuló la financiación del traslado de pacientes en ambulancia y el transporte del paciente ambulatorio, es la Resolución 2292 de 2021, artículos 107 y 108. Traslado de pacientes “Artículo 107. Traslado de pacientes. Los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC incluyen el traslado acuático, aéreo y terrestre (en ambulancia básica o medicalizada), en los siguientes casos: Movilización de pacientes con patología de urgencias desde el sitio de ocurrencia de la misma hasta una institución hospitalaria, incluyendo el servicio prehospitalario y de apoyo terapéutico en ambulancia. Entre IPS dentro del territorio nacional de los pacientes remitidos, teniendo en cuenta las limitaciones en la oferta de servicios de la institución en donde están siendo atendidos, que requieran de atención en un servicio no disponible en la institución remisora. Igualmente, para estos casos está financiado con recursos de la UPC el traslado en ambulancia en caso de contrarreferencia. El servicio de traslado cubrirá el medio de transporte disponible en el sitio geográfico donde se encuentre el paciente, con base en su estado de salud, el concepto del médico tratante y el destino de la remisión, de conformidad con la normatividad vigente. Asimismo, se financia el traslado en ambulancia del paciente remitido para atención domiciliaria si el médico así lo prescribe.” (Negrilla fuera de texto) Transporte del paciente ambulatorio “...Artículo 108. Transporte del paciente ambulatorio. El servicio de transporte en un medio diferente a la ambulancia para acceder a una atención financiada con recursos de la UPC, no disponible en el lugar de residencia del afiliado, será financiado en los municipios o corregimientos con la prima adicional para zona especial por dispersión geográfica. Parágrafo. Las EPS o las entidades que hagan sus veces, igualmente deberán pagar el transporte del paciente ambulatorio cuando el usuario deba trasladarse a un municipio distinto al de su residencia para recibir los servicios mencionados en el artículo 10 de este acto administrativo o cuando existiendo estos en su municipio de residencia, la EPS o la entidad que haga sus veces no los hubiere tenido en cuenta para la conformación de su red de servicios. Esto aplica independientemente de si en el municipio la EPS o la entidad que haga sus veces recibe o no una UPC diferencial…” (Negrilla fuera de texto) “De lo anterior se puede concluir que el traslado de paciente en ambulancia nunca ha sido considerado acorde a la normatividad vigente como un servicio complementario; adicionalmente, conforme las resoluciones 1885 de 2018 y 2438 del mismo año para los regímenes contributivo y subsidiado y acorde a la articulación armónica con la Ley 1955 de 2019 artículo 240 se reglamentó con la Resolución 205 de 2020 y se modificó con la Resolución 586 de 2021. En consideración con lo anterior, la prescripción del transporte del paciente ambulatorio en medio diferente a la ambulancia es a través de MIPRES por parte del profesional de la salud tratante en su rol prescriptor y deberá analizarse y aprobarse por la Junta de Profesionales de la Salud que trata el capítulo II artículos 19 al 29 de la Resolución 1885 de 2018. Igualmente, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 535 de 2020, la cual estipuló en el objeto establecer las condiciones para el manejo integrado de los recursos de la UPC y los de presupuestos máximos a cargo de las EPS o EOC (Art. 1); congruentemente, con el artículo 3 ibídem, donde podrán realizar contratos y financiarlos de manera integral con los recursos de la UPC, de los presupuestos máximos, así como los demás ingresos operacionales, con el fin de garantizar la integralidad y la gestión de la prestación de los servicios de salud .” (Sic) De acuerdo al señalamiento específico del ciudadano y con base en la consulta realizada por la CGR, se observa que, el MSPS, de acuerdo al marco normativo antes señalado y actuando de conformidad a sus funciones, define e informa sobre la reglamentación en lo pertinente al transporte y traslado del paciente ambulatorio. Así las cosas, en lo que respecta a la misión de la CGR, se observa que no existe daño al patrimonio público ya que, de acuerdo a la verificación, los recursos son utilizados bajo los principios y funciones que rigen a esta Entidad, sin afectar el Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia. Por lo tanto y en atención a la normatividad y jurisprudencia señaladas y en el ejercicio de la gestión fiscal, para la Contraloría General de la República, no existe detrimento patrimonial específico y concreto que implique una lesión al erario, de conformidad con el análisis normativo atinente. 3.6.3 Solicitud Ciudadana 2021-223306-82111-SE En fecha 14/10/2021, un anónimo radicó la siguiente solicitud ciudadana: Hechos En dicha comunicación se informó: “(…). Se solicita a la Contraloría, Procuraduría y al Instituto Anticorrupción investigar sobre el manejo de los recursos públicos en el ministerio de salud iniciando por la autorización de comisiones, desplazamientos y pago de viáticos. “(…) Se puede iniciar estas investigaciones a los contratistas y funcionaros que acompañan al Ministro a todos sus desplazamientos y que también se inventan otros cuando no pueden salir con el Ministro para viaticar. Sería bueno revisar el perfil, experticia y experiencia de estos funcionarios para determinar que tanto pueden aportar al país, a un territorio y a reuniones de esta naturaleza. En las ocasiones en que viajan sin el ministro, hasta se toman el atrevimiento de llevarse a los fotógrafos para que les tome suponemos “buenas fotos”. Esto se puede verificar fácilmente solicitando los archivos de las comisiones de funcionarios, autorizaciones de desplazamiento de contratistas y contratos. ¿Es necesario y responsable con los recursos públicos que el Ministro, Viceministro, Directores y Jefes de Oficina estén viajando con la frecuencia que lo hacen? ¿A qué hora trabajan? Ni siquiera pueden dar línea ni tienen tiempo para otros temas diferentes a COVID y vacunación por tantas reuniones y viajes que “deben” atender. Esta situación es inaudita y corrupta en tanto es el uso indiscriminado de recursos públicos y el no cumplimiento de las funciones en sus sedes de trabajo. (…)”. (Sic) Al respecto, el MSPS informa que, actualmente, se cuenta tanto con el procedimiento para el trámite de comisiones, viáticos y desplazamientos internos, como con el procedimiento establecido para el trámite de comisiones al exterior (se encuentra en proceso de actualización, con ocasión de la expedición de la Resolución 137 de 2021). De acuerdo a la Entidad, en estos dos procedimientos se encuentra los requisitos de obligatorio cumplimiento cuando se requiere realizar desplazamientos al interior del país y al exterior por motivos laborales. Igualmente, se pudo observar que la Entidad cuenta con el programa Orfeo, que es una base en la cual reposa la información detallada de desplazamiento de los funcionarios y contratistas que realizan comisiones laborales al interior del país y al exterior. De forma complementaria, se señala que en el sistema SIIF Nación están los registros y los comprobantes contables y las órdenes de pago. En esta misma línea, se informa que los soportes de las comisiones, para el año 2021, se hallan clasificados en alrededor 12.000 documentos, albergados en los sistemas antes anotados. La Entidad comunica que estos contienen nombres, identificación, fechas, destino, duración, valor de viáticos y tiquetes, uso presupuestal, rubro presupuestal y compromiso. Con base en la actuación realizada y la información reportada por el MSPS, y en atención a la normatividad y jurisprudencia señaladas y vigentes, se encuentra que la actuación del MSPS en el tema de la denuncia, se suscribe a su misión y funciones, por lo que, a la fecha, en el ejercicio de la gestión fiscal por parte de esta Entidad, no se observa detrimento patrimonial específico y concreto que implique una lesión al erario, de conformidad con el análisis normativo atinente. 3.6.4 Solicitud Ciudadana 2021-214625-82111-SE En fecha 07/07/2021, a la CGR, se allegó la siguiente solicitud ciudadana: Hechos “(…) El seguimiento que por largos 481 días hemos hecho de la información numérica que diariamente emiten INS y Minsalud en relación al coronavirus, resulta de interés general y nos indica claramente que se han presentado hechos que ameritan que su despacho investigue, hechos que pueden afectar gravemente los dineros públicos destinados para la salud en relación al coronavirus, al contabilizar en forma creciente muertos de otras patologías como de covid. De acuerdo con ello solicitamos de ustedes realizar de oficio investigación penal por dichos hechos que aclaren y castiguen lo ocurrido. Como resulta lógico solicitamos que las entidades encargadas de tal información Minsalud, INS y que deberían por lo notorio de la situación haber actuado, se involucren por su posible negligencia y se ordene y comunique a los medios la inmediata corrección de los datos de muertos lo que está causando una angustia y zozobra innecesaria en la población.” (Sic). La CGR da respuesta a la solicitud ciudadana aclarando que su competencia se enmarca en el ejercicio de la vigilancia de la gestión fiscal, de gestión y de resultados de la administración pública, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales conforme a la Constitución y la ley. De acuerdo a la información reportada por el MSPS, se informa que, desde marzo de 2020, fecha que se reportó la aparición del primer caso, estrictamente, por causa del coronavirus Covid 19 en Colombia, y “Según datos del Sivigila con corte al 10 de abril de 2022 el número de casos confirmados por COVID-19 acumulados en Colombia es de 6.088.034, con una tasa de contagio acumulada de 12.005,11 casos por cada 100.000 habitantes. A nivel departamental la distribución de casos confirmados (…)” El MSPS cita la información en la siguiente tabla: SIC Casos Departamento Departamento Casos acumulados acumulados Antioquia 918,026 Norte de Santander 119,742 Atlántico 402,134 Quindío 70,793 Bogotá, D.C. 1,766,951 Risaralda 106,320 Bolívar 197,193 Santander 283,368 Boyacá 125,176 Sucre 65,650 Caldas 116,909 Tolima 124,341 Caquetá 24,976 Valle del Cauca 540,528 Cauca 72,230 Arauca 16,310 Cesar 106,456 Casanare 41,658 Córdoba 119,014 Putumayo 20,485 Cundinamarca 318,061 San Andres 10,189 Chocó 18,586 Amazonas 7,568 Huila 100,314 Guainía 2,764 La Guajira 56,317 Guaviare 5,587 Magdalena 114,814 Vaupés 1,889 Meta 104,961 Vichada 3,399 Nariño 104,413 Total general 6,087,123 Fuente: Cubo SISPRO confirmados Covid-19. Fecha de corte 04082022. Fecha de consulta: 04102022 Respecto a la cantidad de muertes, estrictamente, causados por el coronavirus Covid 19, se informa que “Según datos del Sivigila con corte al 10 de abril de 2022 el número de fallecidos por COVID -19 acumulados en Colombia es de 139.719, con una tasa de mortalidad acumulada de 275,5 muertes por cada 100.000 habitantes. A nivel departamental la distribución de muertes acumuladas (..)” El MSPS cita la información en la siguiente tabla: SIC Muertes Muertes Departamento Departamento acumuladas acumuladas Antioquia 18,273 Norte de Santander 5,103 Atlántico 10,138 Quindío 2,055 Bogotá, D.C. 29,461 Risaralda 2,476 Bolívar 3,244 Santander 8,178 Boyacá 2,782 Sucre 1,719 Caldas 2,527 Tolima 4,006 Caquetá 1,033 Valle del Cauca 15,053 Cauca 1,796 Arauca 533 Cesar 2,674 Casanare 1,001 Córdoba 3,959 Putumayo 775 Cundinamarca 7,291 San Andres 155 Chocó 430 Amazonas 264 Huila 3,514 Guainía 37 La Guajira 1,531 Guaviare 105 Magdalena 3,635 Vaupés 21 Meta 2,542 Vichada 61 Nariño 3,321 Total general 139,693 Fuente: Cubo SISPRO confirmados Covid-19. Fecha de corte 04082022. Fecha de consulta: 04102022 (….)” El MSPS, señala que la información oficial sobre los indicadores de salud, en este caso del coronavirus Covid 19, se puede consultar en el Cubo SISPRO de esta Entidad. La Contraloría General de la República se permite informar que su misión y funciones se enmarcan en lo previsto por el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia. Respecto al tema expuesto en la solicitud ciudadana y de acuerdo a la información suministrada por el MSPS y descrita anteriormente, en la cual se indica literalmente tanto los contagios como los fallecimientos por causa del coronavirus Covid19, la CGR concluye que, al no haber recursos públicos comprometidos, no existe detrimento patrimonial o la ocurrencia de un daño para la intervención de la Contraloría General de la República. 3.6.5 Solicitud Ciudadana 2021-227769-80174-SE En fecha 02/12/2021, se radicó, por parte de una ciudadana, la siguiente solicitud ciudadana: Hechos “(…)..A la fecha el Ministerio de Salud en el último mes ha enviado 74.340 dosis de Moderna, las que se han distribuido, sin embargo y habiendo otros biológicos que los usuarios solicitan se deben utilizar a la par, lo que dificulta el gasto oportuno de este biológico, del cual a 25 de noviembre se tenían próximas a vencer 27.895 dosis entre el 26 de noviembre y el 5 de Diciembre, aunado a estas dosis, nos envía el Ministerio de Salud (Sin previa concertación) 7.700 dosis más procedentes de la Gobernación de Cundinamarca, con fecha de vencimiento el 5 de diciembre frente a esta situación alertamos a los entes de control, que hemos realizado todas las acciones pertinentes en aras de evitar la pérdida de biológicos y que realizaremos seguimiento diario, reportando las que finalmente no puedan ser utilizadas. (…)” (Sic) Una vez consultado el tema alertado por el ciudadano, el MSPS informa que “A la fecha se han venido emitiendo actos normativos para la asignación y distribución de vacunas contra COVID-19, entre las 37 entidades territoriales del país, dichas resoluciones de asignación se han realizado teniendo en cuenta el desarrollo de la pandemia, la disponibilidad de vacunas, y las particularidades territoriales. (…)“ También se consultó por el procedimiento implementado para la distribución y asignación de vacunas y biológicos para el nivel regional. Al respecto se informa que “El Ministerio de Salud y Protección Social con el fin de hacer el mejor uso de un bien escaso en el inicio del plan nacional de vacunación y buscando garantizar la distribución equitativa de los biológicos, estableció unas reglas para la distribución de las vacunas contra el covid-19 disponibles; estos lineamientos se encuentran disponibles en las diferentes Resoluciones que desde el Ministerio se han generado, a saber: Resolución 161 del 13 de febrero de 2021en la cual se llevaba a cabo la asignación según la densidad poblacional y el porcentaje de participación en el total nacional; esta ha venido siendo modificada por las Resoluciones: • Resolución 360 del 20 de marzo del 2021. • Resolución 790 del 9 de junio de 2021. • Resolución 1419 del 15 de septiembre de 2021. • Resolución 1627 del 19 de octubre de 2021. • Resolución 1805 del 9 de noviembre de 2021.” Estas resoluciones referidas a la regla de distribución se pueden consultar en la página del MSPS, www.minsalud.gov.co Respecto a los criterios de distribución para la reasignación de vacunas se señala que, “Conforme con las responsabilidades previstas en los artículos 20 y 21 del Decreto 109 de 2021 corresponde a los departamentos, distritos y municipios, entre otras, solicitar a este Ministerio las vacunas, las jeringas y el carné por el sistema de información PAIWEB, de acuerdo con la disponibilidad y programación de vacunas; hacer el seguimiento al cumplimiento de dicha programación y alertar a esta Entidad sobre posibles inconvenientes que la alteren y realizar seguimiento permanente a los biológicos e insumos para la vacunación contra el COVID-19, con el fin de evitar pérdidas o vencimiento de los mismos. Por lo anterior, se expide la Resolución 1805 del 9 de noviembre de 202, la cual establece Distribución especial de vacunas y traslado excepcional en los siguientes términos: • De manera directa por parte del Ministerio, atendiendo la evaluación realizada por la dirección de Promoción y Prevención a partir de la evaluación de • Velocidad del avance de la vacunación (promedio de vacunación). • Saldos de vacunas contra COVID-19 disponibles en su territorio. • Justificación de la necesidad. • Por solicitud de los departamentos” (SIC) Sobre los traslados de vacunas del departamento de Cundinamarca al departamento de Caldas, el MSPS informa que de acuerdo a lo determinado en la Resolución 1805 de 2021, “el 27 de noviembre de 2021 se trasladaron 7.700 dosis del laboratorio Moderna del Lote 940875” De acuerdo al MSPS, con información reportada a 31 de enero, se vencieron 2,500 bilógicos en el departamento de Caldas y 728 en el departamento de Cundinamarca. En el cuadro siguiente se encuentra el detalle por cada laboratorio: “(…) sic Entidad Territorial Biológico Motivo Caldas Cundinamarca Vacuna que excede el tiempo de Astra Zeneca almacenamiento en refrigeración Vencimiento del biológico 20 Total Astrazeneca 0 20 Janssen Vencimiento del biológico 0 0 Total Janssen 0 0 Vacuna que excede el tiempo de 733 672 Moderna almacenamiento en refrigeración Vencimiento del biológico 1,599 Total Moderna 2,332 672 Vacuna que excede el tiempo de 96 12 Pfizer Inc y BioNTech almacenamiento en refrigeración Vencimiento del biológico 72 24 Total Pfizer 168 36 Vacuna que excede el tiempo de Sinovac 0 0 almacenamiento en refrigeración Total Sinovac 0 0 Total general 2,500 728 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social. 2022. Elaboró: MSPS, 2022. (…)” El MSPS informa que “(…) se realizó la reposición del 100% de los biológicos de AstraZeneca y Pfizer, del laboratorio moderna se ha repuesto el 85%, y pendiente de reposición de los laboratorios SINOVAC y JANSSEN.” Consultado el MSPS sobre la concertación con el nivel territorial, se informa que la distribución de las vacunas, según el laboratorio, se guiaron por la reglamentación formulada en el Decreto 109 de 2021 y por los principios del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid 19 del MSPS. Así, “(…) la asignación de biológicos se realiza teniendo en cuenta una distribución equitativa entre las diferentes entidades territoriales y para lo cual, en el inicio del plan, cuando el país contaba con inventarios limitados no se realizaba una concertación con las regiones.” Adicionalmente, el MSPS expresa que “Conforme al avance del Plan Nacional de Vacunación y los avances territoriales se han modificado las reglas de distribución con el fin de que se tenga en cuenta las capacidades territoriales para la recepción y aplicación de estas vacunas.” Una vez examinada la presente solicitud ciudadana, la CGR informa que, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia, y por su competencia, no puede intervenir en los procesos administrativos de sus entes vigilados. Así las cosas, con base en la información reportada por el MSPS, que se describe anteriormente, se da respuesta, señalando que, examinada la solicitud ciudadana bajo la perspectiva del control fiscal, no se observan recursos comprometidos, por lo que no existe daño al patrimonio público. En conclusión, con base en el cumplimiento del artículo 267 de la Constitución Política de Colombia, el cual señala: “El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación,” la Contraloría General de la República, con base en los procedimientos practicados, realizó la evaluación de las denuncias antes desarrolladas y, en general, se determinó que no se presentaron incidencias fiscales, ni se observó que se afecte el patrimonio público. Con base en todo lo anterior, se realizó la gestión a estas solicitudes y se garantizó la participación de la ciudadanía en el cumplimiento del proceso de vigilancia a la ejecución de los recursos públicos. 4. RELACIÓN DE HALLAZGOS Como resultado de la Auditoría Financiera, la Contraloría General de la República constituyó 1 Hallazgo Administrativo, relacionado con Clasificación y revelación de los Estados Financieros del MSPS al 31 de diciembre de 2021. 5. PLAN DE MEJORAMIENTO La entidad deberá elaborar y/o ajustar el Plan de Mejoramiento que se encuentra vigente, con acciones y metas de tipo correctivo y/o preventivo, dirigidas a subsanar las causas administrativas que dieron origen a los hallazgos identificados por la Contraloría General de la República como resultado del proceso auditor y que hacen parte de este informe. Tanto el Plan de Mejoramiento como los avances del mismo, deberán ser reportados a través del Sistema de Rendición de Cuentas e Informes (SIRECI), dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes al recibo de este informe. La Contraloría General de la República evaluará la efectividad de las acciones emprendidas por las entidades para eliminar las causas de los hallazgos detectados en esta auditoría, según lo establecido en la Resolución orgánica que reglamenta el proceso y la Guía de auditoría aplicable vigentes. Bogotá, D. C, LINA MARIA ALDANA ACEVEDO Contralora Delegada para el Sector Salud Aprobó: Victor Hugo Guapacha Montoya - DVF Salud Revisó: Cielo Cecilia Arrieta Vizcaino- Supervisora E Elaboró: Equipo Auditor CGR. 5. ANEXOS ANEXO 1. RELACIÓN DE HALLAZGOS Hallazgo No.1 Clasificación y revelación inapropiada en el capítulo Efectivo y Equivalente al Efectivo en los Estados Financieros (A). Fuente / criterio • Ley 87 de 1993. Reglamentada por el Decreto Nacional 1826 de 1994 y reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 1537 de 2001 . “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”. en sus artículos; “(…) Artículo 2. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientarán al logro de los siguientes objetivos fundamentales: (…) (e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros; (…)”. “Artículo 3. Características del Control Interno. Son características del Control Interno las siguientes: El Sistema de Control Interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación, de información y operacionales de la respectiva entidad; (…) d. Todas las transacciones de las entidades deberán registrarse en forma exacta, veraz y oportuna de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros. El Marco conceptual del Plan General de Contabilidad Pública (Resolución 355 de 2007) del Régimen de Contabilidad Pública (Resolución 354 de 2007), indica que: “(…) 102. La información contable pública está orientada a satisfacer con equidad las necesidades informativas de sus usuarios reales y potenciales, quienes requieren que se desarrolle observando las características cualitativas de Confiabilidad, Relevancia y Comprensibilidad (…)”. “103. Confiabilidad. (…) la Confiabilidad es consecuencia de la observancia de la Razonabilidad, la Objetividad y la Verificabilidad”. “104. Razonabilidad. La información contable pública es razonable cuando refleja la situación y actividad de la entidad contable pública, de manera ajustada a la realidad”. • Modificado por la Resolución 533 del 08 de octubre de 2015. El anexo de la Resolución 193 de 2016, por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación, indica que: “3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable. Con el propósito de lograr una información financiera que cumpla con las características cualitativas previstas en los Marcos Normativos del Régimen de Contabilidad Pública, las entidades deberán observar, como mínimo, los siguientes elementos y actividades. (…) 3.2.14. Análisis, verificación y conciliación de información. Debe realizarse permanentemente el análisis de la información contable registrada en las diferentes subcuentas, a fin de contrastarla y ajustarla, si a ello hubiere lugar, con las fuentes de datos que provienen de aquellas dependencias que generan información relativa a bancos, inversiones, nómina, rentas o cuentas por cobrar, deuda pública, propiedad, planta y equipo, entre otros. 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible. Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información”. El anexo de la Resolución 193 de 2016, "Por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable", indica que: “3.2.9 Coordinación entre las diferentes dependencias. La visión sistémica de la contabilidad exige responsabilidad por parte de quienes ejecutan procesos diferentes al contable, lo cual requiere de un compromiso institucional liderado por quienes representan legalmente a las entidades. 3.2.9.1 Responsabilidad de quienes ejecutan procesos diferentes al contable. El proceso contable de la entidad está interrelacionado con los demás procesos que se llevan a cabo, por lo cual, en virtud de la característica recursiva que tienen todos los sistemas y en aras de lograr la sinergia que permita alcanzar los objetivos específicos y organizacionales, todas las áreas de la entidad que se relacionen con el proceso contable como proveedores de información tienen el compromiso de suministrar los datos que se requieran, de manera oportuna y con las características necesarias, de modo que estos insumos sean procesados adecuadamente. 3.2.9.2 Visión sistémica de la contabilidad y compromiso institucional. La información que se produce en las diferentes dependencias es la base para reconocer contablemente los hechos económicos; por lo tanto, las entidades deberán garantizar que la información fluya adecuadamente y se logre oportunidad y calidad en los registros. (…) 3.2.14 Análisis, verificación y conciliación de información. Debe realizarse permanentemente el análisis de la información contable registrada en las diferentes subcuentas, a fin de contrastarla y ajustarla, si a ello hubiere lugar, con las fuentes de datos que provienen de aquellas dependencias que generan información relativa a bancos, inversiones, nómina, rentas o cuentas por cobrar, deuda pública, propiedad, planta y equipo, entre otros. (…)” • Manual de Políticas Contables y Procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y Fondo Nacional de Estupefacientes-FNE. • Resolución 620 de 26 de noviembre de 2015; Contaduría General de la Nación “Por la cual se incorpora el Catálogo General de Cuentas al Marco Normativo para entidades de gobierno”. “Cuenta 11 Efectivo y cuenta al efectivo: En esta denominación, se incluyen las cuentas que representan los recursos de liquidez inmediata en caja, cuentas corrientes, cuentas de ahorro y fondos que están disponibles para el desarrollo de las actividades de la entidad. Así mismo, incluye los equivalentes al efectivo, y los fondos en efectivo y equivalentes al efectivo de uso restringido”. “(…) Efectivo y Equivalentes al Efectivo El Ministerio de Salud y Protección Social – Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes reconocerá como efectivo aquellos recursos de liquidez inmediata que se registren en caja y en cuentas corrientes autorizadas por la Dirección del Tesoro Nacional. El Ministerio de Salud y Protección Social – FNE clasificará en este grupo los recursos recaudados por concepto de venta de Medicamentos Monopolio del Estado, licencias de Cannabis y reintegros de vigencias anteriores. Los recursos recaudados serán consignados en la cuenta corriente denominada Cuenta Recaudadora y se trasladarán a la Dirección del Tesoro Nacional, cuando el saldo en la cuenta supere dos (2) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) y no podrán permanecer los recursos en la cuenta por más de un (1) mes. También se incluirán los recursos transferidos por la Dirección del Tesoro a las cuentas corrientes pagadoras para el pago de impuestos y las deducciones de nómina. Si existiesen restricciones en el efectivo o en cuentas, la Entidad no reconocerá estos recursos de efectivo como disponibles, sino en una subcuenta contable para efectivo restringido, que permita diferenciarlo de otros saldos de efectivo, dada la destinación limitada de dichos montos y deberá revelar en las notas a los estados financieros esta situación. Ministerio de Salud y Protección Social - Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes manejará dentro de sus operaciones como efectivo y equivalentes de efectivo: ✓ Caja ✓ Caja Menor ✓ Cuenta recaudadora ✓ Cuentas corrientes pagadoras • Medición Inicial Las operaciones en efectivo se medirán al costo de la transacción. Las operaciones en moneda extranjera se reconocerán a su equivalente en pesos al momento de efectuarse las operaciones. • Medición Posterior El Ministerio de Salud y Protección Social - Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes, realizará la medición posterior por el valor de la transacción. Para cada concepto del efectivo se mostrará dentro de los estados financieros en una cuenta específica que determine su condición y naturaleza dentro del activo corriente. • Revelaciones El Ministerio de Salud y Protección Social a través del Área Contable será la encargada y responsable de revelar en las notas a los estados financieros la siguiente información: • Los saldos para la cuenta del efectivo y equivalentes por separado. • Cualquier importe significativo de sus saldos de efectivo y equivalentes que no esté disponible para ser utilizado porque presentan alguna restricción, indicando el valor y tipo de restricción que afecta a dichos montos, y la fecha posible en que dejaran de ser restringidos”. “(…) Cuentas por Cobrar El Ministerio de Salud y Protección Social reconocerá como cuentas por cobrar aquellas que se integren a los Estados Financieros por el desarrollo de sus actividades de origen público del nivel nacional y/o territorial, de los cuales se espera a futuro la entrada de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento, la fuente de estas entradas incluye el derecho de transacciones que pueden corresponder a transacciones con o sin contraprestación. Los siguientes son los principales rubros, entre otros, que la Entidad manejará y reconocerá dentro de sus operaciones como cuentas por cobrar: • Ingresos No Tributarios (Transacción sin contraprestación) • Venta de Bienes (Transacción con contraprestación) • Otras cuentas por cobrar (Cuotas Partes, Embargos, indemnizaciones, pago por cuenta de terceros, Otros Intereses por cobrar, Otras cuentas por cobrar etc.) Ahora bien, las cuentas por cobrar se clasificarán en la categoría de costo. • Medición inicial La medición inicial de las cuentas por cobrar será por el valor de la transacción, descrito en la respectiva cuenta de cobro, estado de cuenta o cualquier otro documento con el que se pueda evidenciar la existencia de la misma. • Medición posterior Con posterioridad al reconocimiento, las cuentas por cobrar se mantendrán por el valor de la transacción. Teniendo en cuenta que la administración de cartera determina el recaudo de valores que se registran como ingresos de la nación, la causación y el recaudo de cartera deberán registrarse contablemente a través del módulo de ingresos. • Revelaciones El Ministerio de Salud y Protección Social a través del Área Contable será la encargada y responsable de revelar en las notas a los estados financieros la siguiente información: ✓ Información relativa al valor en libros y a las condiciones de la cuenta por cobrar, como son: Plazos, tasas de interés, vencimiento y restricciones que las cuentas por cobrar le impongan a la entidad. ✓ Análisis trimestral de cartera por edades, cuantía, antigüedad y por las condiciones particulares del deudor, estableciendo las cuentas por cobrar vencidas de acuerdo a lo establecido en la Resolución 5595 de 24 de diciembre de 2015. ✓ El valor de las pérdidas por deterioro, o de su reversión, reconocidas durante el periodo, así como el deterioro acumulado. ✓ Se revelará a) un análisis de la antigüedad de las cuentas por cobrar que estén en mora, pero no deterioradas al final del periodo y b) un análisis de las cuentas por cobrar que se hayan determinado individualmente como deterioradas al final del periodo, incluyendo los factores que la entidad haya considerado para determinar su deterioro. ✓ Etapas del proceso Administrativo de cobro en la que se encuentre cada cuenta por cobrar. ✓ El importe total en libros de las cuentas de cobro que no están disponibles para ser utilizadas por la Entidad, por razones como: restricciones legales (litigios y embargos). Condición El día 26 de enero de 2022 mediante SIGEDO-2022EE0009278 se solicitó al MSPS -FNE, la Información Financiera de la vigencia 2021. El día 4 de marzo del 2022, el MSPS – FNE allego al equipo auditor por correo electrónico institucional la información financiera correspondiente al FNE de la vigencia 2021. Se realizó el procedimiento analítico de las cifras reveladas en el estado de Situación financiera de la vigencia correspondiente al 2021. El equipo Auditor evidenció en el capítulo de Efectivo y Equivalente al efectivo, una clasificación inapropiada en las cifras por 2.154.578.697 COP, saldo que incluye 3 subcuentas que corresponden al capítulo de las Cuentas por Cobrar por 1.616.683.292 COP, y que fueron indexadas erróneamente al efectivo, generando afectación al juicio del lector, como se evidencia en la siguiente imagen: Imagen No.1 Estado de Situación Financiera a 31 diciembre 2021 COP ANEXO No. 2 U.A.E. FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL ESTADO DE SITUACION FINANCIERA A DICIEMBRE 31 DE 2021 Pesos Pesos NOTA 2021 2020 ACTIVOS CORRIENTE 15.382.220.995 9.637.177.805 0011 EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO 5Y7 2.154.578.697 2.254.291.894 1105 CAJA 537.895.406 142.609.027 1105 Caja menor 0 373.400 1110 DEPÓSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS 537.895.406 142.235.627 1132 EFECTIVO DE USO RESTRINGIDO 0 0 1316 VENTA DE BIENES 1.231.988.607 2.097.754.165 1322 ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD 3.295.638 - 1384 OTRAS CUENTAS POR COBRAR 381.399.047 13.928.702 Fuente: Estados Financieros FNE vigencia 2021 El saldo a revelar en el capítulo de efectivo y equivalente al efectivo según la Nota 5 a los estados financieros es 537.895.406 COP, como se ilustra en la siguiente imagen: Imagen No.2 Nota. 5 Efectivo y equivalente al efectivo A los estados financieros FNE a 31 diciembre 2021 COP Fuente: Nota 5 a los estados financieros FNE vigencia 2021 Por su parte como se reveló en la Nota 7 a los estados financieros correspondientes a las Cuentas por Cobrar, presenta un saldo de 1.616.683.292,50 COP, como se ilustra en la siguiente imagen: Imagen No.3 Nota. 7 cuentas por cobrar A los estados financieros FNE a 31 diciembre 2021 COP Fuente: Nota 7 a los estados financieros FNE vigencia 2021 Causa De lo anterior se puede inferir que los estados financieros presentan error en la revelación. Efecto No se siguieron los lineamientos del manual de contabilidad del MSPS – GMIM01 VERSIÒN 07, afectando el juicio del lector creando ambigüedad en las cifras reveladas. Se comunica observación Administrativa, puesto que el FNE no siguió los lineamientos correspondientes del manual de contabilidad del MSPS, para la revelación de las cifras correspondientes en el capítulo EFECTIVO Y EQUIVALENTE AL EFECTIVO del estado de situación financiera a diciembre 2021. Respuesta de la entidad En referencia con el Capitulo Efectivo y Equivalente al Efectivo, del activo corriente del Estado de Situación financiera de la vigencia 2021, se incluyen las cuentas por cobrar por cuanto éstas, se vienen recaudando en un periodo inferior a 30 días, lo cual las convierte en activos corrientes de fácil recuperación, por lo cual entran a formar parte del efectivo en un corto periodo. Las notas a los estados Financieros 5 y 7 del Estado de Situación Financiera indican claramente (y en la misma observación se evidencia que estos valores se suman al efectivo y el equivalente al efectivo. Así mismo, se explica que el Valor del Activo Corriente y el valor del Activo total, sigue siendo el mismo y las Notas a los Estados financieros presentadas para dicha cuenta están debidamente elaboradas y analizadas de manera correcta, presentándose de manera independiente tanto el valor del Efectivo y Equivalente al Efectivo, como el valor de las Cuentas por Cobrar, así: Por lo anterior, no se acepta la observación presentada por parte de la Contraloría. En esta Nota No. 5, se totaliza el Efectivo y Equivalente al Efectivo de manera correcta por valor de $537.895.405,64. En esta Nota No. 5, se totaliza el Efectivo y Equivalente al Efectivo de manera correcta por valor de $537.895.405,64. Análisis de la respuesta: De acuerdo con la respuesta emitida por el Fondo nacional de Estupefacientes oficio con Radicado No.202215000894701 del día 10 de mayo del 2022, esta da explicación sobre lo observado, pero no desvirtúa lo objetado por la Contraloría General de la República CGR. En la Respuesta allegada por el Fondo nacional de Estupefacientes, acepta que: “En referencia con el Capitulo Efectivo y Equivalente al Efectivo, del activo corriente del Estado de Situación financiera de la vigencia 2021, se incluyen las cuentas por cobrar por cuanto éstas, se vienen recaudando en un periodo inferior a 30 días, lo cual las convierte en activos corrientes de fácil recuperación, por lo cual entran a formar parte del efectivo en un corto periodo”. Las cuentas por cobrar no son de liquidez inmediata, toda vez que solamente se convierte en activos disponibles cuando el deudor efectúa el pago o abono en cuenta, en tal sentido se está inobservando el principio de prudencia, revelando erróneamente los saldos de esta cuenta en los estados financieros en el capítulo de efectivo y equivalentes al efectivo. Se precisa que en el capítulo de efectivo y equivalentes al efectivo solamente se revelan los grupos de cuentas que registran recursos de liquidez inmediata, como son: caja, caja menor, cuentas de ahorro o cuentas corrientes que posee la entidad. Conclusiones En virtud a lo anterior y después de realizado el análisis efectuado a la respuesta emitida por el Fondo Nacional de Estupefacientes, se ratifica la observación No.1 como hallazgo administrativo, bajo la precisión de que la entidad no dio respuesta efectiva, y con lo objetado esta faltando al principio de prudencia, al Manual de Políticas Contables y Procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y Fondo Nacional de Estupefacientes-FNE. Se reafirma la Observación y es aprobada como hallazgo por el equipo auditor en mesa No. 4 del 12/05/2022. ANEXO 2. MATRIZ DE HALLAZGOS Auditoría Financiera Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS- Vigencia 2021 INCIDENCIA CUANTÍA DAÑO CUANTÍA NÚMERO Y NOMBRE DEL N° FISCAL BENEFICIO HALLAZGO A F D P IP OI BA PAS Clasificacion y Revelacion inapropiada en el capitulo Efectivo 1 1 y equivalente al efectivo en los estados financieros. TOTALES 1 0 0 0 0 0 0 0 INCIDENCIA CUANTÍA DAÑO CUANTÍA RESUMEN DE HALLAZGOS FISCAL BENEFICIO A F D P IP OI BA PAS A Administrativo 1 F Fiscal 0 D Disciplinario 0 P Penal 0 IP Indagación Preliminar 0 OI Otras Incidencias 0 BA Beneficio de Auditoria 0 Proceso Administrativo 0 PAS Sancionatorio Elaboró: Equipo Auditor CGR. ANEXO 3. ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADO A 31 DICIEMBRE 2021 ESTADO DE RESULTADO CONSOLIDADO A 31 DICIEMBRE 2021 Estados de cambio en el Patrimonio MSPS ESTADOS DE CAMBIO EN EL PATRIMONIO FNE ANEXO 4 SEGUIMIENTO A LAS OBSERVACIONES DE LA COMSION LEGAL A continuación, se detallan las acciones adelantadas y los soportes aportados por la unidad Administrativa Especial del Fondo Nacional de Estupefacientes.