INFORME AUDITORÍA FINANCIERA INFORME DE AUDITORIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL-MSPS Y EL FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES-FNE VIGENCIA 2022 CGR-CDSS No. 007 Junio 2023 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia INFORME AUDITORÍA FINANCIERA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Y EL FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES VIGENCIA 2022 Contralor General de la República Carlos Hernán Rodríguez Becerra Vicecontralor Carlos Mario Zuluaga Contralor Delegado para el Sector Salud Oscar Antipar Cadena Rojas Director de Vigilancia Fiscal Diana Patricia Rodríguez Turmequé Supervisora Encargada Yudy Natalia Caro Moreno Líder de auditoria Stella Betancourt Bedoya Auditores Fabiola Rey Gamboa Alirio vaca Martin Herví Alberto Vanegas González Robin Geovany Marín Mejía Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TABLA DE CONTENIDO 1.INTRODUCCIÓN ................................................................................................. 7 1.1 MATERIA A AUDITAR ...................................................................................... 7 1.2 DETERMINACIÓN DE LA MATERIALIDAD...................................................... 8 1.2.1 Materialidad Contable .................................................................................. 8 1.2.2 Materialidad del presupuesto ...................................................................... 8 1.3 ALCANCE DE LA AUDITORÍA .......................................................................... 9 1.3.1 Macroproceso Financiero ............................................................................ 9 1.3.2 Análisis presupuestal ................................................................................ 13 1.4 SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD......................................... 255 1.4.1 Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS..................................... 25 1.4.2. Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE ............................................ 322 1.5. MARCO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL APLICABLES ...................................................................................................... 333 1.5.1 Fuentes y Criterios Generales y transversales a todos los objetivos: 333 1.5.2 Normatividad específica FNE .................................................................. 355 1.5.3 Medidas implementadas por el Gobierno Nacional para hacer frente a la emergencia. ....................................................................................................... 366 61.5.4 Fuentes y criterios objetivo específico contable ................................. 388 1.5.5 Marco normativo presupuestal ............................................................... 422 51.5.6 Rendición cuenta.................................................................................... 455 1.5.7 Observaciones Comisión Legal de Cuentas .......................................... 455 1.6 RESUMEN DE POLÍTICAS CONTABLES SIGNIFICATIVAS Y OTRA Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia INFORMACIÓN EXPLICATIVA 455 1.6.1 Contable MSPS Y FNE .............................................................................. 455 1.6.2 Presupuestal, contractual y del gasto .................................................... 477 1.6.3 Estados Financieros Evaluados................................................................ 48 1.6.4 Aplicación del marco conceptual.............................................................. 48 1.7 RESPONSABILIDAD DE LA CGR .................................................................. 49 2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA FINANCIERA .......................................... 50 2.1 OPINION CONTABLE ..................................................................................... 50 2.1.1 Fundamento de opinión contable ............................................................. 50 2.1.2 Opinión Contable........................................................................................ 51 2.2 OPINIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO MSPS Y FNE ... 511 2.2.1 Fundamento de opinión presupuestal .................................................... 511 2.2.2 Opinión presupuestal............................................................................... 511 2.2.3 Resultados Presupuestales MSPS.......................................................... 522 2.2.4 Resultados Presupuestales FNE ........................................................ 544 2.3 FENECIMIENTO SOBRE LA CUENTA FISCAL RENDIDA ............................ 56 3. OTROS CONCEPTOS Y TEMAS EVALUADOS .............................................. 57 4. CONCEPTO DE CONTROL INTERNO FINANCIERO ..................................... 57 5. SEGUIMIENTO A OBSERVACIONES VIGENTES DE LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES................................ 599 6. EFECTIVIDAD DEL PLAN DE MEJORAMIENTO ............................................ 59 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 7. DENUNCIAS (SOLICITUDES CIUDADANAS) ................................................. 60 8. RELACIÓN DE HALLAZGOS ........................................................................... 60 9. PLAN DE MEJORAMIENTO ............................................................................. 60 9. ANEXOS ........................................................................................................... 61 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 810111 – Bogotá D.C. Doctor GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTINEZ Ministro de Salud y Protección Social - MSPS gjaramillo@minsalud.gov.co Ciudad Asunto: Informe Final Auditoría Financiera al Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS y Fondo Nacional de Estupefacientes-FNE, vigencia 2022. Respetado Señor Ministro, Con fundamento en las facultades otorgadas por el Artículo 267 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 04 de 2019 y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 0012 del 24 de marzo de 2017, la Contraloria General de la Republica realizó Auditoría Financiera (AF) a los Estados Financieros del Ministerio de Salud y Protección Social –MSPS-, al 31 de diciembre de 2022, los cuales comprenden: Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y las Notas a los Estados Financieros. La Auditoría Financiera incluyó el Fondo Nacional de Estupefacientes –FNE. En el trabajo de auditoría no se presentaron limitaciones que afectaran la aplicación de procedimientos in situ, dado que las pruebas se desarrollaron directamente y basados en la información entregada por la entidad en su momento, por tanto, los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados, con base en la información suministrada por el Ministerio de Salud y Protección Social y el Fondo Nacional de Estupefacientes, en papeles de trabajo que reposan en el Sistema Integrado para el Control de Auditorías APA, de la CGR. La Auditoria Financiera, incluyó el examen de las evidencias y documentos que soportan el proceso auditado y el cumplimiento de las disposiciones legales y que fueron remitidos por el MSPS. Los hallazgos se dieron a conocer oportunamente al MSPS dentro del desarrollo de la AF, otorgando el plazo establecido en la normativa para que la Entidad emitiera su pronunciamiento. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 1. INTRODUCCIÓN La Contraloría General de la República en cumplimiento del Plan Nacional de Vigilancia y Control Fiscal 2023, Llevo a cabo Auditoría Financiera al Ministerio de Salud y Protección Social por la Vigencia 2022, cuyo objetivo general fue: “Emitir opinión sobre la razonabilidad (preparación y registro de los hechos económicos de la entidad: Ministerio de Salud y Protección Social y la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes) de los Estados Financieros. Como también, evaluar la efectividad del Control Interno Fiscal; verificar la gestión fiscal del Presupuesto; la efectividad de las acciones sobre las glosas de la Comisión Legal de Cuentas; y emitir un concepto sobre el fenecimiento de la Cuenta Fiscal rendida a la CGR. Respecto a la vigencia 2022”. Los objetivos de la auditoría fueron los siguientes: 1. Expresar una opinión contable sobre los estados financieros y las notas a los mismos en el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, indicando si están preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con el marco de información financiera o marco legal aplicable y si se encuentran libres de errores materiales, ya sea por fraude o error, de las unidades ejecutoras. 2. Evaluar y verificar la ejecución presupuestal de los ingresos, gastos, cuentas por pagar y reservas presupuestales de la vigencia 2022, acorde a los lineamientos y aspectos aplicables para la entidad. 3. Verificar el cumplimiento y consistencia de la cuenta fiscal rendida, así como la oportuna presentación de los informes a la CGR para la vigencia 2022 con el propósito de fenecer o no la cuenta. 4. Verificar el cumplimiento a las observaciones vigentes emitidas por la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes respecto al Ministerio de Salud y Protección Social. 5. Evaluar la efectividad de las acciones del Plan de Mejoramiento en materia financiera emitiendo un concepto como resultado del ejercicio auditor. 1.1 MATERIA A AUDITAR La Auditoria Financiera realizada centro su análisis en los Estados financieros, control interno, presupuesto de ingresos y gastos, cuenta fiscal (SIRECI), y glosas del informe de la comisión legal de cuentas. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 1.2 DETERMINACIÓN DE LA MATERIALIDAD La materialidad contable y presupuestal se determinó de conformidad con la Guía de Auditoría Financiera, y fue: 1.2.1 Materialidad Contable Para el cálculo de la materialidad contable del Ministerio de Salud y Protección Social y del Fondo Nacional de Estupefacientes -FNE- vigencia 2022, se tomó como base el total de los activos por su valor representativo, y porque allí se reflejan las cuentas que afectan el objetivo misional. Tabla No.1 Materialidad Contable Vigencia 2022 MSPS Cifras expresadas en COP BASE SELECCIONADA MONTO Activos 3.689.702.970.351 Fuente: Formato No.17 Guía de auditoria financiera Elaboró: CGR. Tabla No. 2 Materialidad MSPS 2022 Cifras expresadas en COP MATERIALIDAD DE PLANEACIÓN % MP Activos 0,5% 129.777.101 Error Tolerable 50% 64.888.551 Resumen de diferencia 5% 6.448.855 Fuente: Formato No.17 Guía de auditoria financiera Elaboró: CGR. 1.2.2 Materialidad del presupuesto En la determinación de la materialidad se tuvo en cuenta el cálculo cuantitativo y factores cualitativos. Para la materialidad presupuestal cuantitativa, se tomó como base los gastos ejecutados, seleccionando la cuenta más presentativa del presupuesto denominada “A-03 Transferencias Corrientes”, debido a que las transferencias tienen una participación del 97% de los pagos realizados por el MSPS en cumplimiento de su objeto misional. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No.3 Materialidad Presupuestal Cifras expresadas en COP ENTIDAD OBJETO BASE DE MATERIALIDAD MATERIALIDAD DE ERROR RESUMEN DE % % DE AUDITARÍA GASTOS EJECUTADOS PLANEACIÓN TOLERABLE DIFERENCIAS % MINISTERIO DE 39.729.755.209.487 59.594.632.814 SALUD Y 0.30 1.191.892.656.285 50 595.946.328.142 5 PROTECCION SOCIAL FONDO NACIONAL DE 21.172.377.487 0.30 635.171.325 50 317.585.662 5 31.758.566 ESTUPEFACIENTES Fuente: Información suministrada por el MSPS Elaboró: CGR 1.3 ALCANCE DE LA AUDITORÍA En desarrollo de la Auditoría Financiera y con el fin de emitir concepto sobre el fenecimiento o no de la cuenta fiscal rendida por el sujeto de control, se evaluaron los macroprocesos de gestión financiera y contable. Teniendo en cuenta que para la vigencia 2022 los Activos de la entidad ascendieron a COP 3.689.702.970.351,04, de los cuales las cuentas seleccionadas para auditar fueron de 2.845.717.766.861 COP (77%) y el pasivo por 1.731.638.648.918,06 COP con un monto determinado para auditar de 343.234.152.893 COP (20%). Así las cosas, el monto de recursos sobre los cuales se realizó la auditoría a nivel contable fue de 3.188.951.919.754 COP del universo de 5.421.341.619.269 COP. Sobre la gestión presupuestal, contractual y del gasto de la vigencia 2022 se tomó como base la apropiación definitiva de gastos del MSPS por 40.899.877.059.017 COP, correspondiente a 12.278.460.236.254 COP que representa el 30%. 1.3.1 Macroproceso Financiero Para el análisis de este macroproceso se tuvo en cuenta el análisis contable y financiero, y el estado de resultados, así: 1.3.1.1 Análisis Contable y Financiero El Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS, en los Estados Financieros al cierre de la vigencia 2022, presenta las siguientes cifras: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No. 4 Estado de Situación Financiera (Unidad Ejecutoria) del Ministerio de Salud y Protección Social al 31 de diciembre de 2022 Cifras expresadas en COP PERIODO PERIODO ANÁLISIS VARIACIÓN ANÁLISIS CÓDIGO NOMBRE CUENTA ACTUAL 2022 ANTERIOR 2021 HORIZONTAL ABSOLUTA VERTICAL 1 ACTIVO ACTIVO CORRIENTE 3.522.404.973.602 4.530.114.003.929,7 -22,24% (1.007.709.030.328) 95,47% 13 Cuentas por cobrar 919.188.797.162 928.137.400.673 -0,96% (8.948.603.511) 26,10% 15 Inventarios 343.240.667.943 529.938.073.751 -35,23% (186.697.405.808) 9,74% 19 Otros activos 2.259.975.508.497 3.072.038.529.506 -26,43% (812.063.021.009) 64,16% ACTIVO NO CORRIENTE 167.297.996.747 144.015.649.580 16,17% 23.282.347.167 4,53% Propiedades, planta y 16 equipo 167.297.996.747 144.015.649.580 16,17% 23.282.347.167 100,00% TOTAL, ACTIVO 3.689.702.970.349 4.674.129.653.509 -21,06% (984.426.683.160) 2 PASIVO CORRIENTE 1.731.638.648.916 1.431.557.875.620 20,96% 300.080.773.296 100,00% 23 Obligaciones financieras 22.247.852.550 22.247.852.551 0,00% (1) 1,28% 24 Cuentas por pagar 1.332.553.128.674 1.176.559.926.108 13,26% 155.993.202.566 76,95% 25 Obligaciones laborales 20.982.619.830 13.858.577.726 51,41% 7.124.042.104 1,21% 27 Pasivos estimados 351.883.792.588 217.485.586.483 61,80% 134.398.206.105 20,32% 29 Otros pasivos 3.971.255.274 1.405.932.752 1,82464099 2.565.322.522 0,23% 3 PATRIMONIO 1.958.064.321.432 3.242.571.777.889 -39,61% (1.284.507.456.457) 53,07% PATRIMONIO DE LAS ENTIDADES DE 31 GOBIERNO 1.958.064.321.432 3.242.571.777.889 (1.284.507.456.457) 53,07% TOTAL, PASIVO Y PATRIMONIO 3.689.702.970.348 4.674.129.653.509 -21,06% (984.426.683.161) Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera Elaboró: CGR. El Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE-, en los Estados Financieros al cierre de la vigencia 2022, indica lo siguiente: Tabla No.5 Estado de Situación Financiera (Unidad Ejecutoria) Fondo Nacional de Estupefacientes Balance General Situación Financiera al 31 de diciembre de 2022 Cifras expresadas COP PERIODO PERIODO ANÁLISIS VARIACIÓN ANÁLISIS CÓDIGO NOMBRE CUENTA ACTUAL 2022 ANTERIOR 2021 HORIZONTAL ABSOLUTA VERTICAL 1 ACTIVO ACTIVO CORRIENTE 16.548.116.199 18.521.741.795,0 -10,66% (1.973.625.596) 63,76% 11 Efectivo 449 2.507.081.580 -100,00% (2.507.081.131) 0,00% Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia PERIODO PERIODO ANÁLISIS VARIACIÓN ANÁLISIS CÓDIGO NOMBRE CUENTA ACTUAL 2022 ANTERIOR 2021 HORIZONTAL ABSOLUTA VERTICAL 13 Cuentas por cobrar 3.726.223.104 3.656.630.797 1,90% 69.592.307 22,52% 15 Inventarios 12.821.892.646 12.358.029.418 3,75% 463.863.228 77,48% ACTIVO NO CORRIENTE 9.407.304.002 8.881.866.691 5,92% 525.437.311 36,24% Propiedades, planta y 16 equipo 6.981.386.479 6.632.550.143 5,26% 348.836.336 74,21% 19 Otros activos 2.425.917.523 2.249.316.548 7,85% 176.600.975 25,79% TOTAL ACTIVO 25.955.420.201 27.403.608.486 -5,28% (1.448.188.285) 2 PASIVO CORRIENTE 3.414.414.126 9.475.452.350 -63,97% (6.061.038.224) 100,00% 24 Cuentas por pagar 3.211.702.955 9.195.549.144 -65,07% (5.983.846.189) 94,06% 25 Obligaciones laborales 201.979.969 279.795.746 -27,81% (77.815.777) 5,92% 29 Otros pasivos 731.202 107.460 5,80441094 623.742 0,02% 3 PATRIMONIO 22.541.006.075 11.769.911.718 91,51% 10.771.094.357 86,85% PATRIMONIO DE LAS ENTIDADES DE 31 GOBIERNO 22.541.006.075 11.769.911.718 10.771.094.357 86,85% TOTAL, PASIVO Y PATRIMONIO 25.955.420.201 21.245.364.068 22,17% 4.710.056.133 Fuente: CGN- Ministerio de Salud-Subdirección Elaboró: CGR. 1.3.1.2 Estado de Resultados El estado de resultados del Ministerio de Salud y Protección Social al cierre de la vigencia 2022, fue: Tabla No. 6 Estado de Resultados MSPS Ministerio de Salud y Protección Social a diciembre de 2022 Cifras expresadas en COP PERIODO PERIODO ANÁLISIS VARIACIÓN ANÁLISIS CÓDIGO NOMBRE CUENTA ACTUAL ANTERIOR HORIZONTAL ABSOLUTA VERTICAL INGRESOS 42.545.907.109.689 48.066.629.412.789 -11,49% 4 OPERACIONALES 2.512.689.354.497 2.118.787.283.254 18,59% 5,91% 41 Ingresos fiscales 393.902.071.243 0,00% 42 Venta de bienes - 0,00% 43 Venta de servicios - 1.065.277.886.311 3.485.898.374.713 -69,44% 2,50% 44 Transferencias (2.420.620.488.402) Operaciones 47 Interinstitucionales 38.632.722.711.435 39.909.131.696.428 -3,20% 90,80% (1.276.408.984.993) (Recibidas) 335.217.157.446 2.552.812.058.395 -86,87% 0,79% 48 Otros ingresos (2.217.594.900.949) Ajuste por diferencia en 0,00% 49 cambio - GASTOS 43.715.842.297.624 44.989.029.401.736 -2,83% 5 OPERACIONALES Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia PERIODO PERIODO ANÁLISIS VARIACIÓN ANÁLISIS CÓDIGO NOMBRE CUENTA ACTUAL ANTERIOR HORIZONTAL ABSOLUTA VERTICAL 334.212.072.026 328.215.913.077 1,83% 0,76% 51 De administración 5.996.158.949 0,00% 52 De operación - Deterioro, depreciaciones, 316.110.216.732 15.831.208.527 1896,75% 0,72% 300.279.008.205 53 amortizaciones y provisiones 42.887.257.627.626 44.388.313.189.748 -3,38% 98,10% 54 Transferencias (1.501.055.562.122) 17.030.899.249 48.894.899.427 -65,17% 0,04% 55 Gasto Público social (31.864.000.178) Operaciones 140.051.144.795 131.166.420.736 6,77% 0,32% 57 Interinstitucionales (Giradas) 8.884.724.059 21.180.337.196 76.607.770.222 -72,35% 0,05% 58 Otros gastos (55.427.433.026) Fuente: CGN-Ministerio de Salud-Subdirección Financiera. Elaboró: CGR. El estado de resultados al cierre de la vigencia 2022 del Fondo Nacional de Estupefacientes, fue: Tabla No. 7 Estado de Resultados del Fondo Nacional de Estupefacientes a 31 de diciembre de 2022 Cifras expresadas en COP PERIODO PERIODO ANÁLISIS VARIACIÓN ANÁLISIS CÓDIGO NOMBRE CUENTA ACTUAL ANTERIOR HORIZONTAL ABSOLUTA VERTICAL 69.020.461.711 44.191.483.354 56,18% 4 INGRESOS OPERACIONALES 1.391.470.599 1.265.835.854 9,93% 2,02% 41 Ingresos fiscales 125.634.745 27.384.354.907 18.106.820.426 51,24% 39,68% 42 Venta de bienes 9.277.534.481 Operaciones Interinstitucionales 47 39.600.636.960 24.795.776.530 59,71% 57,38% (Recibidas) 14.804.860.430 643.999.245 23.050.544 2693,86% 0,93% 48 Otros ingresos 620.948.701 42.204.248.643 26.986.229.978 56,39% 5 GASTOS OPERACIONALES 13.214.208.664 8.800.533.044 50,15% 31,31% 51 De administración 4.413.675.620 Deterioro, depreciaciones, 395.278.739 290.363.785 36,13% 0,94% 104.914.954 53 amortizaciones y provisiones 614.155.193 156.369.092 292,76% 1,46% 54 Transferencias 457.786.101 0,00% 55 Gasto Público social - Operaciones Interinstitucionales 27.945.402.449 17.709.338.144 57,80% 66,21% 57 (Giradas) 10.236.064.305 35.203.598 29.625.913 18,83% 0,08% 58 Otros gastos 5.577.685 16.045.118.711 11.047.008.959 45,24% 6 COSTO DE VENTAS 16.045.118.711 11.047.008.959 45,24% 100,00% 62 COSTO DE VENTA DE BIENES 4.998.109.752 Fuente: Ministerio de Salud-Subdirección Financiera. Elaboró: CGR. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 1.3.1.3 Muestras En el anexo No. 3 del presente informe se relacionan las muestras financieras y contables analizadas para el desarrollo del objetivo. 1.3.2 Análisis presupuestal El análisis presupuestal se realizó frente al Ministerio de Salud y Protección Social- MSPS y el Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE, así: 1.3.2.1 Ministerio de Salud y Protección Social- MSPS • Ingresos La condición de los ingresos que se detallan en los estados financieros a 31 de diciembre de 2022 obedece a aquellos que se reciben y clasifican en el Ministerio de Salud como ingresos de la nación por tratarse de una entidad de gobierno que hace parte del Presupuesto General de la Nación. • Funcionamiento Para la vigencia 2022, fueron asignados por la Nación un total de 40.899.877.059.017 COP al Ministerio de Salud y Protección Social para funcionamiento, con respeto a este valor, las transferencias corrientes correspondieron a 39.743.258.336.343 COP, equivalentes al 99,5%. El artículo 2 del Decreto 1264 de 2017 establece sobre las Transferencias de recursos del Presupuesto General de la Nación para ser administrados por la ADRES que, “las apropiaciones incorporadas en el Presupuesto General de la Nación que por mandato de la Ley deban ser administradas por la ADRES, se programarán como transferencias, en el presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social, identificando para tal efecto, la respectiva fuente financiación y se ejecutarán con la asignación que el ordenador del gasto en la respectiva sección presupuestal adelante de tales recursos”. El valor transferido a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES – para el período objeto de auditoría, ascendió a 39.283.892.864.040 COP (Presentación subdirección Financiera MSPS pg.12) • Inversión Para el año 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social formuló, adoptó, dirigió, Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia coordinó, ejecutó y evaluó la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud, y participó en la formulación de las políticas en materia de pensiones, beneficios económicos periódicos y riesgos profesionales, asignando un total de total de 954.152.582.701 COP para proyectos de inversión. A continuación, se presenta información de los proyectos ejecutados para el período objeto de auditoría: Tabla No.8 Proyectos Recursos de Inversión MSPS 2022 Cifras expresadas en COP FUENT RECUR RUBRO SITUACIÓN DESCRIPCIÓN APROPIACIÓN E SO Fortalecimiento de los actores para la apropiación del $ 41.728.399.429,00 C-1901- Nación 11 CSF enfoque diferencial en la atención en salud y 0300-23 promoción social en salud nacional Fortalecimiento de los actores para la apropiación del $ 1.320.000.000,00 C-1901- Nación 15 CSF enfoque diferencial en la atención en salud y 0300-23 promoción social en salud nacional Apoyo para la implementación de las medidas de $ 25.896.369.000,00 C-1901- Nación 11 CSF asistencia y rehabilitación a víctimas del conflicto 0300-24 armado nacional C-1901- Implementación de la estrategia de la participación $ 212.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-25 social en el sector salud y protección social nacional Fortalecimiento de la prestación de los servicios de $ 5.680.000.000,00 C-1901- Nación 11 CSF salud en condiciones de integralidad, continuidad y 0300-26 calidad nacional Asistencia para incrementar la capacidad de $ 1.850.000.000,00 C-1901- Nación 11 CSF respuesta del sector salud hacia la población 0300-27 afectada por emergencias y desastres nacional C-1901- Implementación de acciones del programa ampliado $ 470.627.885.735,00 Nación 11 CSF 0300-28 de inmunizaciones - pai nacional C-1901- Implementación de acciones de promoción de la $ 48.232.119.000,00 Nación 13 CSF 0300-29 salud y prevención de la enfermedad. Nacional C-1901- Implementación de acciones de promoción de la $ 2.974.915.470,00 Nación 15 CSF 0300-29 salud y prevención de la enfermedad. Nacional Implementación de estrategias de comunicación para $ 3.800.000.000,00 C-1901- Nación 13 CSF la promoción y divulgación de los temas relacionados 0300-31 con salud y protección social a nivel nacional C-1901- Fortalecimiento de la información relacionada con la $ 41.210.000.000,00 Nación 11 CSF 0300-32 situación de salud de la población a nivel nacional C-1901- Fortalecimiento de la información relacionada con la $ 283.613.067,00 Nación 15 CSF 0300-32 situación de salud de la población a nivel nacional C-1901- Fortalecimiento sistema de información de salud y $ 34.724.881.000,00 Nación 13 CSF 0300-33 protección social nacional C-1901- Fortalecimiento de la rectoría y regulación de las $ 5.550.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-34 tecnologías en salud en Colombia. Nacional C-1901- Mejoramiento de la calidad en la gestión de los $ 1.850.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-35 agentes del sistema de salud a nivel nacional Fortalecimiento de la capacidad del ministerio de $ 2.050.000.000,00 C-1901- Nación 11 CSF salud y protección social para orientar la gestión del 0300-36 talento humano en salud. Nacional C-1901- Apoyo al proceso de certificación de discapacidad $ 10.300.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-37 nacional C-1901- Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la $ 215.000.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-38 prestación de servicios de salud nacional C-1901- Fortalecimiento de la atención en salud de la $ 23.000.000.000,00 Nación 15 CSF 0300-39 población migrante no asegurada nacional Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia FUENT RECUR RUBRO SITUACIÓN DESCRIPCIÓN APROPIACIÓN E SO Actualización del plan de beneficios en salud unidad $ 4.350.000.000,00 C-1902- de pago por capitación y su impacto presupuestal Nación 11 CSF 0300-7 respecto a las necesidades en salud de la población nacional Implementación del sistema de gestión financiera y $ 2.050.000.000,00 C-1902- Nación 13 CSF administrativa de los recursos del sector salud a nivel 0300-8 nacional C-1902- Análisis de tecnologías en salud que beneficien la $ 3.800.000.000,00 Nación 11 CSF 0300-9 prestación de los servicios en salud. Nacional Fortalecimiento de la rectoría para el mejoramiento $ 2.050.000.000,00 C-1902- del acceso a los servicios de salud en el sistema Nación 13 CSF 0300-10 general de seguridad social en salud -SGSSS- nacional C-1999- Fortalecimiento de los sistemas de gestión en el $ 800.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-9 ministerio de salud y protección social nacional Fortalecimiento de los procesos para la elaboración $ 1.064.400.000,00 C-1999- de estudios, investigaciones y evaluación de las Nación 11 CSF 0300-10 políticas públicas sectoriales y de la gestión de información para toma de decisiones. Nacional Fortalecimiento de los procesos para la elaboración $ 1.550.000.000,00 C-1999- de estudios, investigaciones y evaluación de las Nación 13 CSF 0300-10 políticas públicas sectoriales y de la gestión de información para toma de decisiones. Nacional C-1999- Fortalecimiento del entorno laboral en el ministerio de $ 618.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-11 salud y protección social a nivel nacional C-1999- Fortalecimiento de la cooperación y relaciones $ 720.000.000,00 Nación 13 CSF 0300-12 internacionales del sector salud nacional C-1999- Implementación del modelo de servicio al ciudadano $ 504.943.330,00 Nación 13 CSF 0300-13 en el sector salud a nivel nacional C-1999- Remodelación de las sedes del ministerio de salud y $ 355.056.670,00 Nación 13 CSF 0300-14 protección social Bogotá TOTAL 954.152.582.701,00 Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR La selectiva de los rubros presupuestales, tema de análisis de la ejecución presupuestal del gasto del MSPS vigencia 2022, fue realizada a criterio y juicio profesional, mediante un muestreo no estadístico, se tuvo en cuenta la materialidad cuantitativa y cualitativa del 30% de la apropiación definitiva del MSPS por 40.899.877.059.017 COP, correspondiente a 12.278.460.236.254 COP, como se describe en la siguiente tabla. Tabla No.9 MSPS - Gestión General / Ejecución Presupuesto Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP RUBRO FUENTE SIT DESCRIPCION APR. VIGENTE C-1901-0300-29 Nación CSF Implementación de acciones de promoción 48.232.119.000 de la salud y prevención de la enfermedad. Nacional C-1901-0300-38 Nación CSF Mejoramiento de la capacidad instalada 215.000.000.000 asociada a la prestación de servicios de salud nacional A-03-03-02-013 Nación CSF Aportes a programas de prevención y 32.556.178.000 control de enfermedades transmitidas por vectores Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia A-03-03-05-002 Nación CSF Participación para salud - distribución 11.631.923.129.547 previo concepto DNP A-03-11-01-003-037, A- Nación CSF Transferencias condicionadas 350.748.809.707 03-03-02-002, C-1901- 0300-24-0-1901007-03 TOTAL 12.278.460.236.254 Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR Así mismo, se analizaron los recursos entregados por concepto de transferencias condicionadas para la vigencia 2020 y 2021 que al cierre de la vigencia 2022 se encontraban pendientes de legalizar. Anexo 3 • Contratación Durante la vigencia 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social, suscribió 1.024 contratos por un total de 647.634.907.945, celebrados bajo diferentes modalidades de selección, que se relacionan a continuación: Tabla No.10 Contratación vigencia 2022 Cifras expresadas en COP MODALIDAD NÚMERO DE VALOR INICIAL ADICIONES VALOR TOTAL SELECCIÓN CONTRATOS Régimen Especial 20 493.174.177.964 39.837.308.205 533.011.486.169 Contratación directa 941 45.464.047.234 1.175.077.841 46.639.125.075 Licitación Pública 6 33.820.310.654 0 33.820.310.654 Selección Abreviada 21 27.285.764.857 234.999.891 27.520.764.748 Mínima Cuantía 31 1.157.893.155 181.459.061 1.339.352.216 Concurso de Méritos 5 5.303.869.081 0 5.303.869.081 TOTAL 1024 606.206.062.945 41.428.844.998 647.634.907.943 Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 • Rezago presupuestal 2022 Al cierre del 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social constituyó reservas presupuestales por 33.697.168.804 COP, de las cuales 90% por 30.186.650.936 COP corresponden a reservas inducidas 1 y 10% reservas por 3.510.517.868 COP. de las cuales el 92% corresponden al rubro inversión. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No.11 Reservas presupuestales constituidas Vigencia 2022 para pago en vigencia 2023 Cifras expresadas en COP CONCEPTO RESERVA RESERVA TOTAL % INDUCIDA FUNCIONAMIENTO 128.308.914 2.559.820.561 2.688.129.475 8% A-01 Gastos de personal 0 31.307.147 31.307.147 0% A-02 Adquisición de Bienes y Servicios 35.000.000 2.094.105.161 2.129.105.161 6% A-03 Transferencias Corrientes 93.308.914 434.408.253 527.717.167 2% Gastos de tributos, multas, sanciones e 0 intereses de mora 0 0% A-08 Servicio a la Deuda 0 0 0% C- INVERSIÓN 3.382.208.954 27.626.830.375 31.009.039.329 92% TOTAL GASTOS 3.510.517.868 30.186.650.936 33.697.168.804 100% Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR • Rezago presupuestal 2021 Al cierre del 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social constituyó 827 reservas presupuestales por 142.134.448.749 COP, de las cuales 86% por 122.128.490.553 COP corresponden a Transferencias Corrientes y 1% por 1.775.384.463 COP corresponden a Gastos Generales - Adquisición de Bienes y Servicios y el 13% por 18.230.573.732 COP al rubro inversión. El MSPS al cierre de la vigencia 2022 logró una ejecución de pagos de estas reservas del 99% por 141.423.479.432 COP. • Vigencias futuras 2022 El Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) durante la vigencia 2022 le fueron autorizadas 27 vigencias futuras para ser comprometidas en la vigencia 2023 por 296.402.507.070 COP de las cuales 25 corresponden a autorizaciones ordinarias por 81.323.152.150 COP y 2 a autorización excepcional por 215.079.354.920 COP, las cuales se presentan a continuación: Tabla No.12 Vigencias Futuras MSPS 2022 Cifras expresadas en COP VIGENCIAS FUTURAS VALOR FINAL AUTORIZADO NUMERO AUTORIZACIÓN TIPO RUBRO 2023 2024 2025 2026 63022 Ordinaria A-02 4.064.456.448 3.291.387.363 3.411.780.009 2.057.880.299 Excepciona 200.939.091.053 199.383.699.453 63821 l C-1901-0300-38 75322 Ordinaria C-1901-0300-33 32.677.934.796 713.026.109 75522 Ordinaria C-1901-0300-28 8.991.305.741 78622 Ordinaria A-03-11-01-003 913.248.812 90122 Ordinaria C-1901-0300-31 594.995.808 92022 Ordinaria A-02 2.575.287.337 713.026.109 473.822.208 284.688.178 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia VIGENCIAS FUTURAS VALOR FINAL AUTORIZADO NUMERO AUTORIZACIÓN TIPO RUBRO 2023 2024 2025 2026 92822 Ordinaria A-03-10 5.000.000.000 97822 Ordinaria C-1901-0300-24 4.589.072.705 112722 Ordinaria C-1999-0300-10 720.807.924 112822 Ordinaria C-1901-0300-26 1.283.597.660 117222 Ordinaria C-1901-0300-32 2.833.407.196 121322 Ordinaria C-1902-0300-10 466.962.040 122522 Ordinaria C-1902-0300-8 649.312.764 122822 Ordinaria C-1901-0300-29 3.075.477.144 123722 Ordinaria C-1901-0300-38 417.616.680 123822 Ordinaria C-1999-0300-9 148.672.000 123922 Ordinaria C-1901-0300-36 610.100.120 124022 Ordinaria C-1901-0300-35 258.000.000 124622 Ordinaria C-1901-0300-37 161.111.755 124722 Ordinaria C-1999-0300-13 93.180.708 125122 Ordinaria C-1901-0300-34 1.647.214.096 129022 Ordinaria C-1902-0300-7 1.636.977.548 129122 Ordinaria A-02 3.455.630.832 129222 Ordinaria C-1999-0300-12 209.737.900 129322 Ordinaria C-1901-0300-23 4.249.044.136 Excepciona 14.140.263.867 196621 l C-1901-0300-38 TOTAL 296.402.507.070 204.101.139.034 3.885.602.217 2.342.568.477 Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR • Vigencias futuras Ejecutadas 2022 El Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) durante las vigencias 2018, 2020 y 2021 le fueron autorizadas 64 vigencias futuras para ser comprometidas en la vigencia 2022 y 2023 por 334.016.925.190 COP de las cuales fue objeto de revisión y análisis, la ejecución del cupo autorizado y ejecutado en la vigencia 2022. Al cierre de la vigencia 2022 presenta una ejecución del 79% por 263.763.960.310 COP, las cuales se presentan a continuación: Tabla No.13 Vigencias Futuras MSPS 2022 Cifras expresadas en COP NUMERO TIPO AÑO RUBRO VALOR FINAL VALOR FINAL AUTORIZACIÓN FUTURO AUTORIZADO COMPROMETIDO 720 Ordinaria 2022 A-02-02 1.415.072.737 930.540.765 1721 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 215.158.484 210.193.319 3520 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 440.158.484 225.000.000 5420 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 3.374.000.000 3.326.000.000 9418 Ordinaria 2022 A-02-02 1.795.038.231 1.674.109.894 13520 Ordinaria 2022 C-1901-0300-31 150.000.000 40.000.000 13720 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 150.000.000 150.000.000 13820 Ordinaria 2022 C-1901-0300-27 76.050.307 76.050.307 14020 Ordinaria 2022 C-1901-0300-34 20.000.000 0 15520 Ordinaria 2022 C-1902-0300-8 30.000.000 15.000.000 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia NUMERO TIPO AÑO RUBRO VALOR FINAL VALOR FINAL AUTORIZACIÓN FUTURO AUTORIZADO COMPROMETIDO 15620 Ordinaria 2022 C-1901-0300-36 30.000.000 30.000.000 33420 Ordinaria 2022 C-1901-0300-24 1.465.000.000 1.429.014.500 34020 Ordinaria 2022 A-03-10-02-001 2.680.876.000 2.666.563.000 | Ordinaria 2022 A-02-02 29.366.475 29.366.475 34220 Ordinaria 2022 A-02-02 340.382.654 294.966.267 35621 Ordinaria 2022 A-02 47.550.000 42.500.000 36620 Ordinaria 2022 A-02-02 24.956.985 24.956.985 36721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-24 1.100.000.000 1.100.000.000 36722 Ordinaria 2023 C-1901-0300-25 1.100.000.000 1.100.000.000 44321 Ordinaria 2022 C-1902-0300-7 1.511.304.210 1.346.092.363 47721 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 200.000.000 200.000.000 49621 Ordinaria 2022 C-1902-0300-10 838.125.470 826.125.470 52521 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 22.500.114.836 0 60020 Ordinaria 2022 C-1901-0300-33 7.232.646.084 5.183.741.811 62520 Ordinaria 2022 A-02-02 255.000.000 200.000.000 63821 Excepcional 2022 C-1901-0300-38 199.648.495.997 199.648.495.997 64620 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 282.620.097 282.620.096 70421 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 150.000.000 150.000.000 71821 Ordinaria 2022 C-1901-0300-36 1.092.448.210 1.005.235.210 75321 Ordinaria 2022 C-1901-0300-33 3.618.455.397 2.360.533.570 76621 Ordinaria 2022 C-1901-0300-29 584.843.850 584.843.850 79921 Ordinaria 2022 A-02 2.753.673.562 817.635.480 85020 Ordinaria 2022 C-1902-0300-7 105.000.000 105.000.000 93721 Ordinaria 2022 C-1902-0300-7 163.800.000 163.800.000 97021 Ordinaria 2022 A-03-11-01-003 122.048.675 87.048.675 97121 Ordinaria 2022 C-1999-0300-10 888.687.751 858.741.751 98820 Ordinaria 2022 C-1901-0300-26 112.000.000 0 102221 Ordinaria 2022 C-1902-0300-9 1.800.000.000 1.798.579.673 109821 Ordinaria 2022 C-1902-0300-10 200.161.570 185.531.570 110821 Ordinaria 2022 C-1901-0300-27 1.088.356.787 1.059.407.153 110921 Ordinaria 2022 A-02 4.508.622.194 4.506.423.350 113320 Ordinaria 2022 C-1902-0300-10 15.000.000 0 114821 Ordinaria 2022 C-1901-0300-31 1.649.454.011 1.179.337.077 114920 Ordinaria 2022 C-1999-0300-10 25.000.000 0 118021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-33 6.379.547.879 4.534.653.531 118121 Ordinaria 2022 C-1901-0300-25 115.259.221 115.259.221 123721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-34 2.522.422.793 2.320.229.845 128521 Ordinaria 2022 C-1902-0300-8 1.152.918.172 947.114.004 130521 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 4.330.477.392 4.251.210.422 131621 Ordinaria 2022 C-1999-0300-9 446.264.000 446.264.000 131721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 4.928.146.118 4.575.208.728 131821 Ordinaria 2022 C-1999-0300-12 375.592.119 363.886.425 136221 Ordinaria 2022 C-1901-0300-26 3.204.908.883 2.499.058.282 138721 Ordinaria 2022 C-1901-0300-29 8.622.692.001 5.087.011.804 144221 Ordinaria 2022 C-1901-0300-37 89.565.000 89.565.000 144921 Ordinaria 2022 C-1901-0300-23 16.753.485.000 828.485.000 145921 Ordinaria 2022 C-1901-0300-24 1.095.884.440 1.095.884.440 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia NUMERO TIPO AÑO RUBRO VALOR FINAL VALOR FINAL AUTORIZACIÓN FUTURO AUTORIZADO COMPROMETIDO 146021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-39 280.000.000 210.000.000 153021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-35 353.500.000 341.600.000 157921 Ordinaria 2022 C-1901-0300-29 1.651.126.865 0 158021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 359.800.000 0 173521 Ordinaria 2022 C-1999-0300-13 89.075.000 89.075.000 173621 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 436.791.250 56.000.000 196621 Excepcional 2022 C-1901-0300-38 15.000.000.000 0 TOTAL 334.016.925.190 263.763.960.310 Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852. Elaboró: CGR • Vigencias Expiradas 2020 y 2021 Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) durante la vigencia 2022, realizó pagos por concepto de pasivos exigibles-vigencia expirada a los contratos 473 y 992 de 2020 y 2021 por 920.756.463. En atención al memorando de lineamientos para la realización de auditorías se evaluaron el 100% de las vigencias expiradas. Tabla No.14 Muestra Vigencias Expiradas 2022 Cifras expresadas en COP FECHA DE FECHA DE REGISTRO PAGO ESTADO VALOR BRUTO NOMBRE RAZÓN SOCIAL 2022-06-24 2022-06-24 00:00:00 11:04:22 Pagada 916.615.573 Contrato 473/2020 UT VICTIMAS 2022-09-19 2022-09-15 00:00:00 04:13:12 Pagada 4.140.890 Contrato 992/2020 XXX TOTAL 920.756.463 Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852. Elaboró: CGR • Muestras Las muestras correspondientes al presupuesto del MSPS se encuentran relacionadas en el anexo No. 3. 1.3.2.2 Presupuesto Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE) • Ingresos La condición de los ingresos que se detallan en los estados financieros a 31 de diciembre de 2022 obedece a aquellos que se reciben y clasifican en el Ministerio de Salud como ingresos de la nación por tratarse de una entidad de gobierno que Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia hace parte del Presupuesto General de la Nación. • Presupuesto de gastos La apropiación inicial del presupuesto de gastos para la vigencia 2022, ascendió a 43.091.133.500 COP, y fue modificada por adiciones y reducciones por 89.434.786 COP respectivamente, para un presupuesto definitivo de 43.091.133.500 COP distribuidos así: Tabla No.15 Presupuesto de Gastos FNE 2022 Cifras expresadas en COP VIGENCIA ACTUAL MODIFICACIONES CONCEPTO APROPIACIÓN APROPIACIÓN PRESUPUESTALES INICIAL DEFINITIVA ADICIONES REDUCCIONES FUNCIONAMIENTO 31.840.619.000 31.840.619.000 A-01 Gastos de personal 1.878.920.000 88.934.786 83.316.000 1.884.538.786 A-02 Adquisición de Bienes y 823.065.000 0 0 823.065.000 Servicios A-03 Transferencias Corrientes 1.423.477.000 0 0 1.423.477.000 A-05 Gastos de 27.617.246.000 0 6.118.786 27.611.127.214 Comercialización y Producción A-08 Gastos por Tributo, Multas, Sanciones e intereses 97.911.000 500.000 0 98.411.000 de Mora C- INVERSIÓN 11.250.514.500 0 0 11.250.514.500 TOTAL 89.434.786 43.091.133.500 43.091.133.500 89.434.786 Fuente: Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR El 64% de los recursos apropiados para funcionamiento se orientaron a gastos de comercialización y producción por 27.611.127.214 COP seguido de recursos de Inversión con el 26% por 11.250.514. 500, gastos de personal con una participación del 4 % transferencias del 3%, adquisición de bienes del 2% y el 0.2% a tributos, multas y sanciones: Tabla No.16 Ejecución Presupuestal 2021 FNE Cifras expresadas en COP APROPIACIÓN COMPROMISOS OBLIGACIONES PAGOS RESERVA CONCEPTO RESERVAS DEFINITIVA NETOS NETAS NETOS INDUCIDA A-01 Gastos de 1.884.538.786 1.759.333.589 1.759.333.589 1.759.333.589 0 personal A-02 Adquisición de Bienes y 823.065.000 769.670.865 735.124.818 735.124.818 28.773.846 960.000 Servicios Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia APROPIACIÓN COMPROMISOS OBLIGACIONES PAGOS RESERVA CONCEPTO RESERVAS DEFINITIVA NETOS NETAS NETOS INDUCIDA A-03 Transferencias 1.423.477.000 1.023.116.548 785.330.447 785.330.447 237.786.101 Corrientes A-05 Gastos de Comercialización 27.611.127.214 22.873.356.259 21.172.377.487 21.172.377.487 1.682.034.519 18.944.252 y Producción A-08 Gastos por Tributo, Multas, Sanciones e 98.411.000 91.409.079 91.409.079 91.409.079 intereses de Mora C- INVERSIÓN 11.250.514.500 10.965.689.638 10.239.786.447 10.239.786.447 693.880.806 32.022.384 TOTAL 43.091.133.500 37.482.575.978 34.783.361.867 34.783.361.867 2.642.475.272 51.926.636 Fuente: Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR. • Funcionamiento Para la vigencia 2022, fueron asignados por la Nación un total de 43.091.133.500 COP al Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE para su funcionamiento, con el objeto de gestionar la disponibilidad de los medicamentos monopolio del Estado para tal fin mediante el rubro de gastos de comercialización el FNE realiza las operaciones de compra de materia prima y contrata los proveedores para la fabricación de los medicamentos. • Inversión Para la vigencia 2022 el Fondo Nacional de Estupefacientes formuló, adoptó, dirigió y coordinó tres proyectos de inversión, como se detalla: Tabla No.17 Proyectos de Inversión 2022 FNE Cifras expresadas en COP PROYECTO RECURSO RUBRO PROGRAMA BPIN NOMBRE OBJETIVO VIGENCIA ASIGNADO Incremento de la Aumentar la disponibilidad de disponibilidad 1901- medicamentos de los 1901- Salud Pública monopolio del medicamentos 2020011000020. 31/12/2022 1.073.953.493 0300-1 y Prestación de estado para los monopolio del Servicios pacientes en Estado para los Colombia pacientes en nacional. Colombia. 1903- 1903- 2020011000019. Fortalecimiento Evitar el desvío 31/12/2022 1.696.561.007 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia PROYECTO RECURSO RUBRO PROGRAMA BPIN NOMBRE OBJETIVO VIGENCIA ASIGNADO 0300-1 Inspección, del proceso de de sustancias Vigilancia y control y fiscalizadas, Control fiscalización medicamentos realizado por el de control FNE a nivel especial y nacional. monopolio del Estado al mercado ilegal. 1999- Mejoramiento en Aumentar la Fortalecimiento la disponibilidad y disponibilidad y de la Gestión y control de control de 1999- Dirección del 2020011000018. medicamentos y medicamentos 31/12/2022 8.480.000.000 0300-1 Sector Salud y sustancias y sustancias Protección fiscalizadas a fiscalizadas a Social nivel nacional. nivel nacional. TOTAL 11.250.514.500 Fuente: Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR • Contratación Durante la vigencia 2022, el Fondo Nacional de Estupefacientes - FNE, suscribió 356 contratos por un total de 33.014.792.921 COP celebrados bajo las diferentes modalidades de selección, que se relacionan a continuación: Tabla No.18 Contratos suscritos FNE Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP MODALIDAD SELECCIÓN NUMERO CONTRATOS VALOR TOTAL Contratación Directa 321 25.965.784.179 Subasta 4 5.327.341.255 Selección Abreviada 6 1.326.568.470 Mínima Cuantía 22 395.099.017 Régimen Especial 2 0 Concurso de Méritos 1 0 Total 356 33.014.792.921 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR • Reservas presupuestales 2022 Al cierre del 2022, el Fondo Nacional de Estupefacientes constituyó reservas presupuestales por 2.694.401.909 COP de las cuales el 98% corresponde a reservas inducidas por 2.642.475.273 COP y el 2% reservas por 51.926.636, de las cuales el 63% corresponde gastos funcionamientos del rubro tributo, multas, sanciones e intereses de Mora y el 27% al rubro inversión. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No.19 Reservas Presupuestales FNE Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP Reserva Inducida (Articulo Funcionamiento Reservas TOTAL % 27 Ley 2159) A-01 Gastos de personal 0 0 0% A-02 Adquisición de Bienes y Servicios 0 0 0% A-03 Transferencias Corrientes 28.773.847 960.000 29.733.847 1% A-05 Gastos de Comercialización y 237.786.101 237.786.101 Producción 9% A-08 Gastos por Tributo, Multas, 1.682.034.519 18.944.252 1.700.978.771 Sanciones e intereses de Mora 63% C- INVERSIÓN 693.880.806 32.022.384 725.903.190 27% TOTAL 2.642.475.273 51.926.636 2.694.401.909 100% Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR • Reservas presupuestales 2021 Al cierre del 2021, el Fondo Nacional de Estupefacientes constituyó reservas presupuestales por 4.756.781.979 COP, de las cuales 93% por 4.410.086.841 COP corresponden a funcionamiento y 7% por 346.695.138 COP corresponden al rubro inversión. Se evaluó la ejecución y pagos de los compromisos adquiridos en la vigencia 2022 para la utilización de los cupos autorizados. • Vigencias Futuras Autorizadas 2022 El Fondo Nacional de Estupefacientes durante la vigencia 2022 le fueron autorizadas 97 vigencias futuras ordinarias para ser comprometidas en vigencia 2023 por 1.931.499.478, a continuación, se muestra: Tabla No. 20 Vigencias Futuras Autorizadas en la Vigencia 2022 para pago en vigencia 2023 Cifras expresadas en COP RUBRO PRESUPUESTAL AÑO FUTURO CANTIDAD VALOR AUTORIZADO % Adquisición de Bienes y Servicios 2023 9 205,924,794 11% Gastos de Comercialización y 2023 1,725,574,684 Producción 88 89% TOTAL 97 1.931.499.478 100% Fuente Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR • Vigencias Futuras Ejecutadas 2022 En la vigencia 2021, le autorizaron 150 vigencias futuras ordinarias al Fondo Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Nacional de Estupefacientes- FNE por 9.740.716.382 COP de las cuales el 50% rubro de gastos de personal y el 47% para gastos de comercialización, al cierre de la vigencia 2022 fueron ejecutadas al 100%. Tabla No.21 Vigencias Futuras Autorizadas Vigencia 2021 para pago en vigencia 2022 Cifras expresadas en COP Vigencias Futuras Comprometido Ejecutado Funcionamiento Autorizada 2022 2022 % A-01 Gastos de personal 4.870.358.191 4.870.358.191 50% A-02 Adquisición de Bienes y Servicios 131.547.852 131.547.852 1% A-03 Transferencias Corrientes 0 0 0% A-05 Gastos de Comercialización y Producción 4.608.361.788 4.608.361.788 47% A-08 Gastos por Tributo, Multas, Sanciones e intereses de Mora 0 0 0% C- INVERSIÓN 130.448.551 130.448.551 1% TOTAL, GASTOS 9.740.716.382 9.740.716.382 100% Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR • Muestras Las muestras de este capítulo se encuentran relacionadas en el anexo No. 3. 1.4 SUJETO DE CONTROL Y RESPONSABILIDAD 1.4.1 Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS El Ministerio de Salud y Protección Social –MSPS- fue creado mediante la Ley 1444 de 2011, artículo 9, “cuyos objetivos y funciones serán los escindidos del Ministerio de la protección Social”. De conformidad con la información suministrada en la página web del MSPS, la misión, visión y valores institucionales son: • Misión: “(…) El Ministerio de Salud y Protección Social es una entidad pública del nivel central del Gobierno Nacional y cabeza del sector salud, encargada de conocer, dirigir, evaluar y orientar el sistema de seguridad social en salud, mediante la formulación de políticas, planes y programas, la coordinación intersectorial y la articulación de actores de salud con el fin de mejorar la calidad, oportunidad, Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia accesibilidad de los servicios de salud y sostenibilidad del sistema, incrementando los niveles de satisfacción de los pacientes, familias, comunidades y habitantes del territorio nacional. (…)” • Visión: “(…) El Ministerio de Salud y Protección Social, será reconocida en el 2031 por los habitantes del territorio nacional y los actores del sistema como la entidad rectora en materia de salud, que ha mejorado los niveles de calidad, oportunidad y accesibilidad a los servicios de salud y la sostenibilidad del sistema. (…)” • Valores institucionales Honestidad. Respeto. Compromiso. Diligencia. Justicia. Inclusión. Mediante el Decreto 4107 de 2011, fueron establecidos los objetivos del Ministerio de Salud y Protección Social, que se relacionan a continuación: • Objetivos “El Ministerio de Salud y Protección Social tendrá como objetivos, dentro del marco de sus competencias, formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política pública en materia de salud, salud pública, y promoción social en salud, y participar en la formulación de las políticas en materia de pensiones, beneficios económicos periódicos y riesgos profesionales, lo cual se desarrollará a través de la institucionalidad que comprende el sector administrativo. El Ministerio de Salud y Protección Social dirigirá, orientará, coordinará y evaluará el Sistema General de Seguridad Social en Salud y el Sistema General de Riesgos Profesionales, en lo de su competencia; adicionalmente, formulará, establecerá y definirá los lineamientos relacionados con los sistemas de información de la Protección Social”. Mediante la Plataforma Estratégica 2018-20222 del MSPS y de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad” (Ley 1955 de 2019) se definieron (6) objetivos estratégicos, transformacionales, a saber: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia • Objetivos Estratégicos “(…) ✓ Fortalecer la rectoría y gobernanza tanto a nivel sectorial como territorial del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), a través de la generación de instrumentos,lineamientos, políticas y asistencia técnica, con el fin de mejorar la capacidad institucional de los actores del sistema. ✓ Implementar intervenciones en salud pública y promoción de políticas saludables, mediante la priorización según carga de enfermedad y el análisis, diagnóstico y particularidades del territorio y poblacionales, así como las acciones intersectoriales, con el fin de mejorar la calidad de vida y bienestar de los habitantes del territorio nacional. ✓ Articular los agentes del sector salud mediante el fortalecimiento de la regulación de los mecanismos de habilitación, acreditación, la generación de incentivos, modelos integrales de atención, acceso a la infraestructura y dotación en salud, para responder con calidad, oportunidad y humanización en la prestación de servicios de salud a los habitantes del territorio nacional. ✓ Fortalecer el talento humano en salud, mediante la generación de lineamientos de formación, incentivos, formalización y cierre de brechas, con el propósito de mejorar la calidad en la prestación de servicios en salud. ✓ Mejorar la sostenibilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) mediante el control de gastos, el saneamiento de deudas y el incremento de las distintas fuentes de financiamiento con el fin de garantizar la prestación de servicios en salud. ✓ Fortalecer la capacidad institucional mediante la optimización de procesos, el empoderamiento del talento humano, la articulación interna, la gestión del conocimiento, las tecnologías de la información y la comunicación y la infraestructura física con el fin de mejorar la oferta institucional a los habitantes del territorio nacional en términos de calidady eficiencia. (…)”. • Objetivos Transformacionales Al igual que los objetivos estratégicos, dentro del documento construido por el MSPS, Plataforma Estratégica 2018-20223, se encontró, que el Ministro de Salud y Protección Social ha suscrito con la Consejería para la Gestión y el Cumplimiento de la Presidencia de la República, iniciativas o prioridades transformacionales, que por su alta complejidad, importancia social y transversalidad, requieren de una amplia articulación intersectorial y cuentan con un seguimiento estructurado y constante por parte de la Consejería y el Ministerio. Los objetivos establecidos son los siguientes: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia “(…) a) Fortalecimiento hospitales: Mejorar el desempeño de los 922 hospitales públicos del paíspasando del 55,09% al 70% en el indicador de gestión de desempeño global de los hospitales públicos del país. b) Disminución la deuda de las EPS: Disminuir los pasivos de las EPS con los prestadores a través del valor pagado por los mecanismos financieros definidos por el Acuerdo de PuntoFinal. c) Ahorro en gastos de recobro: Lograr un ahorro de 1,85 billones en control de gastos de recobros. d) Ingresos adicionales: Contar con ingresos adicionales de 1,45 billones, resultado de mayor recaudo de gasto privado, nuevas fuentes de contribución y reducción de la evasión.(…)” • Integración del Sector Salud y Protección Social Según el artículo 4 del Decreto 4107 de 2011, adicionado por el Decreto 2562 de 2012, se estableció: “…Artículo 4. Integración del Sector Salud y Protección Social. El Sector Administrativo de Salud y Protección Social está integrado por el Ministerio de Salud y Protección Social y las siguientes entidades adscritas y vinculadas: • Entidades Adscritas: son los Establecimientos Públicos que se relacionan: ✓ Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales de Colombia. ✓ Fondo de Previsión Social del Congreso de la República. ✓ Instituto Nacional de Salud -INS. ✓ Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA. ✓ Empresas Sociales del Estado: ✓ Centro Dermatológico "Federico Lleras Acosta". ✓ Instituto Nacional de Cancerología -INC-. ✓ Sanatorio de Agua de Dios. • Sanatorio de Contratación. ✓ Superintendencia con personería jurídica: ✓ Superintendencia Nacional de Salud. ✓ Unidad Administrativa Especial con personería jurídica: ✓ Comisión de Regulación en Salud –CRES-. ✓ Entidad de naturaleza especial: ✓ Administradora de los Recursos de Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) ✓ Entidades Vinculadas: ✓ Empresas Industriales y Comerciales del Estado: ✓ Caja de Previsión Social de Comunicaciones - Caprecom. (Suprimida por el Decreto 2519 de 2015. ✓ Caja Nacional de Previsión Social -Cajanal EICE en Liquidación–. ✓ Empresa Territorial para la Salud Etesa –en Liquidación–. • Instituto de Seguros Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Sociales”. • Estructura del Ministerio de Salud y Protección Social El artículo 5° del Decreto Ley 4107 de 2011, estableció la estructura del MSPS, la cual se modificó mediante el artículo 1° del Decreto 2562 del 10 de diciembre de 2012, norma que creó la Comisión Asesora y la Dirección de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud, adicionó algunas funciones a la entidad y modificó el artículo 30 del Decreto 4107, en cuanto a la Subdirección de Beneficios en Aseguramiento. El Ministerio de Salud y Protección Social se encuentra dividido en dos viceministerios: el Viceministerio de Protección Social y el Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Servicios. Cada uno tiene direcciones, subdirecciones, oficinas y grupos a su cargo. Gráfico No. 1. Organigrama General MSPS Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Fuente: Gráfica suministrada por la secretaria general del MSPS. De otra parte, mediante la Resolución 2363 de 2018 se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio (MIPG), igualmente se crearon y definieron las funciones y conformación de los órganos de coordinación y asesoría del mismo. El artículo 2° de dicha Resolución, establece la articulación entre el MIPG y los Sistemas de Desarrollo Administrativo, de Gestión de la Calidad y el de Control Interno y se complementa con otros sistemas de gestión establecidos en la entidad. El MSPS tiene establecidos una serie de procesos a cargo de sus diferentes dependencias, los cuales se encuentran condensados en la siguiente gráfica: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Gráfico No. 2 Mapa de Procesos Fuente Ministerio de Salud y Protección Social • Dependencias del MSPS vinculadas al Programa A continuación, se relacionan las unidades de gestión involucradas en el desarrollo de los Programas de los créditos de la banca multilateral dentro del MSPS encargadas de desarrollar y ejecutar los mismos, así: ✓ Dirección de Financiamiento Sectorial-DFS. ✓ Dirección de Regulación de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos y Pensiones. ✓ Dirección de Beneficios, Costos y Tarifas de Aseguramiento en Salud. ✓ Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud. ✓ Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria. ✓ Subdirección Administrativa. ✓ Oficina de Control Interno. ✓ Grupo de Cooperación y Relaciones Internacionales…” Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 1.4.2. Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE El Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE), es una Unidad Administrativa Especial sin personería jurídica, con dependencia de la Dirección de Medicamentos y tecnologías de salud sustentado en las siguientes normas. Mediante la Ley 11 de 1920, se estableció la regulación de la importación y venta de “drogas que forman hábito pernicioso”. Con la Ley 36 de 1939 fue creado el FNE con asignaciones dadas por el Decreto- Ley 257 de 1969 y de conformidad con el artículo 20 del Decreto 205 de 2003 funciona como una Unidad Administrativa Especial, que de acuerdo con el Decreto 4107 de 2011, depende de la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud. La Ley 30 de 1986 se le asignaron al FNE funciones relacionadas con fabricación, importación, exportación, venta y distribución de medicamentos de control especial, materias primas y precursores, entre otras. Decreto 205 de 2003: Artículo 20: El Fondo Nacional de Estupefacientes tiene como objetivo la vigilancia y control sobre la importación, la exportación, la distribución y venta de drogas, medicamentos, materias primas o precursores de control especial, a que se refiere la Ley 30 de 1986 y las demás disposiciones que expida el Ministerio de la Protección Social, así como apoyar a los programas contra la farmacodependencia que adelanta el Gobierno Nacional. Decreto Ley 4107 de 2011: Artículo 26. Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes. El Fondo Nacional de Estupefacientes, de que trata la Ley 36 de 1939 y el Decreto-ley 257 de 1969, continuará funcionando en los términos establecidos en los artículos 20 al 23 del Decreto 205 de 2003, dependiente de la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud El FNE tiene como objetivo la vigilancia y control sobre la importación, la exportación, la distribución y venta de drogas, medicamentos, materias primas o precursores de control especial, a que se refiere la Ley 30 de 1986 y las demás disposiciones que expida el Ministerio de Salud y Protección Social, así como apoyar a los programas contra la farmacodependencia que adelanta el gobierno nacional. Las funciones asignadas al FNE, por el Decreto 205 de 2003, son las siguientes: “1. Ejercer un control estricto sobre la importación de medicamentos, materias primas, precursores y reactivos de control especial. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 2. Fiscalizar la transformación de materias primas de control especial para elaboración de medicamentos. 3. Contratar la fabricación de medicamentos de control especial y aquellos que el gobierno determine. 4. Llevar las estadísticas sobre importación, producción, distribución y consumo de medicamentos, materias primas, precursores y reactivos de control a nivel nacional. 5. Controlar la distribución, venta y consumo de medicamentos de control especial. 6. Apoyar programas que contra la farmacodependencia adopte el gobierno nacional, en coordinación con la Dirección General de Salud Pública. 7. Las demás que le sean asignadas o delegadas de acuerdo con la ley.” Dentro del Mapa de Procesos del MSPS, el FNE se encuentra ubicado en el Proceso Misional denominado “Gestión de Medicamentos y Tecnologías en Salud”, el cual se compone de (3) procedimientos a saber: • GMTP02 Control y fiscalización de estupefacientes, psicotrópicos, precursores de drogas y productos que las contengan. • GMTP03 Gestión del laboratorio farmacéutico del FNE de los medicamentos monopolio del Estado. • GMTP04 Apoyo a la prevención del consumo de sustancias psicoactivas. 1.5. MARCO DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTAL APLICABLES El marco regulatorio relevante para la auditoría financiera al Ministerio de Salud y Protección Social y el Fondo Nacional de Esu t pea f c e i ne t , son las siguientes: s 1.5.1 Fuentes y Criterios Generales y transversales a todos los objetivos: • Constitución Política de 1991. Artículos. 48, 49 • Ley 87 de 1993, “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”. (Modificada por la Ley 1474 de 2011 y por el Decreto 403 de 2020). • Ley 100 de 1993, “Por medio de la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones”. Artículos. 152 al 156, 162 al 168, 170 al 176, 194 al 200. • Ley 1122 de 2007, “Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”. Articulado. • Ley 594 de 2000, “Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos”. Artículos. 1, 2, 3, 4, 23, 24, 27, 29, 30. • Ley 599 de 2000, expide el Código Penal. • Ley 734 de 2002, “Por la cual se expide el Código Disciplinario Único”. Ley derogada, a partir del 1 de julio de 2021, por el artículo 265 de la Ley 1952 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia de 2019. • Ley 1437 de 2011, “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, artículo 3. • Ley 1474 de 2011, “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”. Artículos. 13, 14, 15, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 26, • Ley 1952 de 2019, “Por el cual se expide el Código General Disciplinario y se deroga la ley 734 de 2002” Artículos. 25, 26, 38, 39, 40, 41,42, 57, 101. • Ley 1955 de 2019, “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022 “Pacto por Colombia, pacto por la equidad”. Artículos. 4, 75, 231, 245. • Decreto 1510 de 2013, “Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública”. 1, 2 4, 5, 6, 7, 15, al 34, 39, 41 al 45, 50 al 58 al 87. • Ley 80 de 1993, “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”. Articulado. • Ley 1150 de 2007, “Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos”. Artículos. 1 al 16 y 20 • Ley 019 de 2012, “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”. Artículos 23, 110 al 136. • Ley 1444 de 2011, “Por medio de la cual se escinden unos ministerios, se otorgan precisas facultades extraordinarias al presidente de la República para modificar la estructura de la Administración Pública y la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones”. Artículos. 6 al 10 • Ley 1712 de 2014, “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”. Artículos 1, 2, 3, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 24, 25, 26. • Ley 1882 de 2018, “Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la Ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones”. Artículos. 1 al 20. • Decreto 3629 de 2004, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 80 de 1993”. Artículos. 1, 2, 3. • Decreto 103 de 2015, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones articulo 2 y 3Decreto 1082 de 2015, “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional”. (Plan Anual de Adquisiciones). • Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”. Artículos. 2.2.1.2.4, 2.2.23.9, 2.2.23.10 • Decreto 780 de 2016, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario Sector Salud”. • Manual de Contratación Ministerio de Salud y Protección Social Vigente para Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia el año 2022. • Manual de Supervisión del Ministerio de Salud y Protección Vigente para el año 2022. • Decreto 4170 de 2011, “Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente-, se determinan sus objetivos y estructura”. Articulado. • Decreto 092 de 2017, “Por el cual se reglamenta la contratación con entidades privadas sin ánimo de lucro a la que hace referencia el inciso segundo del artículo 355 de la Constitución Política”. Articulado. • Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente. Versión actualizada al 15 de julio de 2022 • Decreto Ley 4107 de 2011, “Por el cual se determinan los objetivos y la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social y se integra el Sector Administrativo de Salud y Protección Social”. Articulado. • Decreto 403 de 2020, “Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal”. Articulado. • Decreto 655 de 2022, “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19, y el mantenimiento del orden público, se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura”. • Circular No. 6 del 19-03-2020 de CGR, “Asunto: Orientación de recursos y acciones inmediatas en el Marco de la atención de la emergencia sanitaria ocasionada por el virus Covid 19”. • Directiva No. 16 del 22-04-2020 de PGN, “Asunto: Prevención de riesgos que pueden presentarse en procesos de contratación en el marco de la emergencia sanitaria por causa de la pandemia Covid 19 y medidas de control”. • Resolución Orgánica 042 de 2020 de la CGR “Por medio de la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la contraloría general de la República a través de sistema de Rendición Electrónico de la cuenta de Informes y otra información (SIRECI)”. 1.5.2 Normatividad específica FNE Adicionalmente, a las normas mencionadas se tendrán en cuenta las de aplicación especifica al Fondo Nacional de Estupefacientes: • Ley 36 de 1939, “Por la cual se reglamenta el comercio de las drogas que forman hábito pernicioso”, Diario Oficial No. 24.236 de 5 de diciembre de 1939. • Decreto Ley 257 de 1969, “Por la cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Rotatorio de Estupefacientes del Ministerio de Salud Pública”. • Decreto 205 de febrero 3 de 2003, “Por el cual se determinan los objetivos, la Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones”. (Artículos 20, 21, 22, 23). • Ley 30 de enero 31 de 1986, “Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones”. • Resolución 1478 de 10 de mayo de 2006, MSPS “Por la cual se expiden normas para el control, seguimiento y vigilancia de la importación, exportación, procesamiento, síntesis, fabricación, distribución, dispensación, compra, venta, destrucción y uso de sustancias sometidas a fiscalización, medicamentos o cualquier otro producto que las contengan y sobre aquellas que son Monopolio del Estado”. (Artículo 74). 1.5.3 Medidas implementadas por el Gobierno Nacional para hacer frente a la emergencia. A continuación, se relacionan las disposiciones adoptadas para enfrentar al COVID- 19: • Resolución 385 de 12/03/2020 del MSPS, se declara la emergencia sanitaria con vigencia hasta el 30 de mayo de 2020. • Resolución 444 de 6/03 /2020, el MSPS declara la Urgencia Manifiesta para procesos contractuales relacionados con COVID-19. • Decreto Legislativo 417 de 17/03/2020, se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por término de 30 días calendario, donde se identificó la necesidad de adoptar medidas dirigidas a disminuir la afectación en la salud de los habitantes del territorio colombiano, por medio de acciones de conocimiento, prevención, mitigación y contención del riesgo. • Decreto Legislativo 438 de 19/03/2020, establece la exención tributaria para la adquisición de los bienes requeridos en la atención del COVID-19, entre los cuales se encuentran los elementos de protección personal EPP y los equipos biomédicos. • Decreto Legislativo 440 de 20/03/2020, se adoptan medidas de urgencia en materia de contratación estatal. Permite adiciones por más del 50%, fortalece el uso de los procesos de agregación de demanda, así como convenios con el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. • Decreto Legislativo 444 21/03/2020, se crea el Fondo de Mitigación de Emergencia (FOME), como un fondo cuenta sin personería jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • Circular 22 de 27/03/2020, el MSPS define el procedimiento de recepción de ofertas para la adquisición de tecnologías en salud por parte del Ministerio. • Decreto Legislativo 499 de 31/03/2020, se permite la adquisición de equipos biomédicos en el mercado internacional por medio de la figura de derecho privado. • Decreto Legislativo 519 de 05/04/2020, adiciona al presupuesto General de Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia la Nación, vigencia 2020 quince billones cien mil pesos ($15.100.000.000,000) sección 1301 Ministerio de Hacienda y Crédito Público). • Decreto Legislativo 537 de 12/04/2020, se extiende la vigencia de las disposiciones establecidas por el Decreto Legislativo 440 de 20/03/2020. • Decreto Legislativo 538 de 12/04/2020, se adoptan medidas del sector salud para contener, mitigar la pandemia y garantizar la prestación de los servicios de salud. El artículo 5 autoriza la transferencia de recursos por parte del Ministerio de Salud y las entidades territoriales a los prestadores. • Decreto Legislativo 544 de 13/04/2020, se extienden las medidas relacionadas con adquisición de bienes en el mercado internacional bajo la figura del derecho privado. • Decreto Legislativo 559 de 15/04/2020, se crea la Subcuenta para la Mitigación de Emergencias COVID-19, (FNGRD) con el objeto de financiar la provisión de bienes, servicios y obras requeridas para contener, mitigar y evitar la extensión de los efectos adversos derivados de la pandemia COVID- 19 en la población en condición de vulnerabilidad residente en el territorio colombiano y el Sistema de Salud. • Resolución 1065 de 29/04/2020 del MHCP, se crea el Comité de Administración del Fondo de Mitigación de Emergencias (Comité FOME), como un órgano técnico de coordinación y seguimiento para la administración del Fondo de Mitigación de Emergencias establecido por el Decreto Legislativo 444 de 21/03/2020. • Decreto Legislativo 637 de 06/05/2020, se declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, por término de 30 días calendario, donde se identificó la necesidad de adoptar medidas dirigidas a disminuir la afectación en la salud de los habitantes del territorio colombiano, por medio de acciones de conocimiento, prevención, mitigación y contención del riesgo. • Resolución 844 de 26/05/2020 del MSPS, se prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de agosto de 2020. • Decreto Legislativo 800 de 4/06/2020, en su artículo 10, permite que los recursos transferidos por el MSPS y las Entidades Territoriales puedan destinarse al pago de obligaciones de vigencias anteriores. Así mismo, el parágrafo 2 de dicho artículo, permite al MSPS transferir bienes a título gratuito a las ESE y a Entidades Territoriales. • Resolución 1462 de 25/08/2020 del MSPS, prorroga la emergencia sanitaria hasta el 30 de noviembre de 2020. • Resolución 2230 de 27/11/2020 del MSPS, prorroga la emergencia sanitaria hasta el 28 de febrero de 2021. Memorando de Colaboración (Programa para Mejorar la Sostenibilidad del Sistema de Salud en Colombia con Enfoque Inclusivo) entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la CGR. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia • Resolución No. 2361 del 08 de junio de 2016 del MSPS. “Por la cual se fijan lineamientos para la remisión de la información por parte de las entidades territoriales y otras beneficiarias por los recursos transferidos o asignados directamente y se establecen las directrices para el seguimiento y supervisión de la ejecución de dichos recursos”. • Guía Transferencia de recursos: “Planeación, Asignación y Seguimiento de los recursos girados a través del mecanismo de Transferencias a Entidades Territoriales, emitida por el MSPS-2018”. • Plataforma Estratégica del Ministerio de Salud y Protección Social 2018 – 2022. • Ley 1751 de 2015. “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones”. • Circular No. 014 del 08 de junio de 2018- Procuraduría General de la Nación: Inembargabilidad de los recursos destinados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. • Decreto 624 de 1989. “Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales”. • Concepto Contraloría General de la Republica. - Radicado 2014EE0044881 del 12 de marzo de 2019. (Daño patrimonial). • Concepto No. 11001-03-06-000-2007-00077-00 de noviembre 15 de 2007: Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, consejero Ponente Gustavo Aponte Santos. (Daño patrimonial). • Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015: “Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República”. • Decreto 568 de 1996. “Por el cual se reglamentan las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 Orgánicas del Presupuesto General de la Nación”. Compilado en Decreto 1068 de 2015”. • Clausulado anexo a los contratos del MSPS y del FNE. • Estudios previos de los contratos del MSPS y del FNE. • Sentencia Consejo de Estado: Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C: Auto del 14 de agosto de 2017, radicación número: 11001- 03-26-000-2017-00031-00(58.820). (SECOP). • Decreto 551 del 15 de abril 2020: “Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”. 1.5.4 Fuentes y criterios objetivo específico contable • Ley 1314 de 2009, “Por la cual se regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento.” • Decreto 3056 de 2013, Ministerio de Hacienda y Crédito Público “Por el cual establecen lineamientos en materia de elaboración de cálculo actuarial, Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia reconocimiento y revelación contable del pasivo pensional y se dictan otras disposiciones”. • Decreto 2674 del 2012; Ministerio de Hacienda y Crédito Público “Por el cual se reglamenta el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación”. • Resolución 533 de 08 de octubre de 2015; Contaduría General de la Nación, “Por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones”. • Resolución 620 de 26 de noviembre de 2015 Contaduría General de la Nación “Por la cual se incorpora el Catálogo General de Cuentas al Marco Normativo para entidades de gobierno”. • Resolución 113 de 01 de abril de 2016; Contaduría General de la Nación “Por la cual se incorpora la Norma de impuesto a las ganancias y se modifica la Norma de acuerdos de concesión desde la perspectiva de la entidad concedente, en las Normas para el Reconocimiento, Medición, Presentación y Revelación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno del Régimen de Contabilidad Pública.” • Resolución 468 de 2016; Contaduría General de la Nación “Por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”. • Resolución 693 de 06 de diciembre de 2016; de la Contaduría General de la Nación “Por la cual modifica el cronograma de aplicación del marco normativo para la preparación de información financiera de las entidades de gobierno; dicha normatividad había sido incorporada al Régimen de Contabilidad Pública mediante la Resolución 533 de 2015 y la regulación emitida en concordancia con el cronograma de aplicación correspondiente”. • Resolución 484 del 17 de octubre de 2017; Contaduría General de la Nación “Por la cual se modifican el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. • Resolución 156 del 29 de mayo de 2018, Contaduría General de la Nación “Por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007 que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública.” • Resolución 427 de 2019. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el procedimiento contable para registro de los hechos económicos relacionados con el manejo de los recursos del sistema General de Seguridad Social en salud del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el Marco normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no Captan ni Administran ahorro público”. • Concepto de la CGN Radicado No. 2019000063191 del 14 de noviembre de 2019, Aclaración de identificación del manejo e incorporación de los Patrimonios Autónomos. • Resolución 057 de 2020. Contaduría General de la Nación “Por la cual se incorpora, el Marco Normativo para entidades de Gobierno, el Procedimiento Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia contable para Registro de los Hechos económicos y relacionados con la combinación y el traslado de operaciones”. • Resolución 090 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorporó el procedimiento Contable para el registro de los recursos entregados en Administración y el Catálogo General de cuentas, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno” • Resolución 109 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se adiciona un formulario de reporte en los términos del artículo 7° de la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017 y 441 de diciembre 26 de 2019), para la presentación y reporte de la información financiera específica, correspondiente a los periodos abril - junio de 2020 y siguientes hasta que duren los impactos generados por el COVID-19”. • Resolución 167 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco conceptual para la Preparación y presentación de Información financiera del Marco Normativo para entidades de Gobierno”. • Resolución 168 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el Marcado de valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. • Resolución 177 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por el cual se modifica el Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público, el procedimiento contable para el registro de hechos económicos relacionados con la prestación de servicios de salud y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y del marco normativo para entidades del Gobierno” • Resolución 218 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las Normas para reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco Normativo para entidades de Gobierno”. • Resolución 219 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, que no captan ni administran ahorro Público”. • Resolución 220 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación”. • Resolución 221 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”. • Resolución 222 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Público”. • Resolución 223 de 2020. contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público”. • Resolución 224 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades en Liquidación”. • Resolución 225 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora, en el Marco Normativo para Entidades en Liquidación, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el proceso de liquidación”. • Resolución 035 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 037 de 2017 para incluir la modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las normas de información financiera, grupo 1, realizada mediante el Decreto 1432 de 2020”. • Resolución 079 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno; del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público; y del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, en lo relativo al registro contable de los beneficios por empleo”. • Resolución 080 de 2021. Contaduría General de la Nación. ” Por la cual se modifica el procedimiento contable para registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, del marco normativo para entidades de Gobierno”. • Resolución 081 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican los catálogos generales de cuentas de los marcos normativos del Régimen de Contabilidad Publica en lo relativo al registro contable de los procesos judiciales, arbitrajes y conciliaciones extrajudiciales”. • Resolución 082 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Procedimiento contable para el registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, del Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público” • Resolución 083 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se incorpora, en el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el pasivo pensional y con los recursos que lo financian”. • Instructivos 001–del 2021-Cierre 2021. Contaduría General de la Nación. “Instrucciones relacionadas con el cambio de periodo contable 2021 – 2022, el reporte de información a la Contaduría General de la Nación y otros asuntos del proceso contable”. • NICSP 12— Inventarios, basada en la Norma Internacional de Contabilidad Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia (NIC) 2 Reconocimiento. El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los inventarios, dentro del sistema de medición de los costos históricos. • NICSP 31 – Activos Intangibles, basada en la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 38, El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. • Doctrina Contable Pública – Contaduría General de la Nación. • Manual de Políticas Contables y Procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y Fondo Nacional de Estupefacientes- FNE. • Resolución No 064 de 30 de marzo de 2022. “por la cual se modifica procedimientos contables de marco normativo para entidades de gobierno y el catálogo general de cuentas de dicho marco normativo por la combinación de operaciones del tesoro nacional y deuda pública Nación en una entidad contable pública”. • Resolución 065 de 30 de marzo de 2022 “por medio del cual se incorpora en el marco normativo para entidades de gobierno el procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con el reintegro y la devolución de los saldos disponibles en patrimonios autónomos y otros recursos entregados en administración que se constituyen en recursos de entidades ejecutoras del presupuesto general de la nación, y se modifica el catálogo general de cuentas de dicho marco normativo”. 1.5.5 Marco normativo presupuestal • Decreto Ley 111 de 1996. Presidente de la Republica. “Estatuto Orgánico del Presupuesto”. Art. 12 - 24, 27 – 46. • Ley 819 de 2003, Congreso de Colombia. “Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones”. • Ley 1940 de 2018, Congreso de Colombia. art. 31 “…Para las cuentas por pagar que se constituyen a 31 de diciembre de 2018 se debe contar con el correspondiente programa anual mensualizado de caja de la vigencia, de lo contrario deberán hacerse los ajustes en los registros y constituir las correspondientes reservas presupuestales. Igual procedimiento se deberá cumplir en la vigencia 2019". • Ley 617 de 2000, Congreso de Colombia. “Por la cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización, y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional”. • Ley 267 de 2000 presidente de la República de Colombia; “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.” art. 5, numeral 6 vigilancia sobre Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia los recursos nacionales que se transfieran a cualquier título a las entidades territoriales. • Decreto 4730 de 2005. Presidente de la República de Colombia; “Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto”. • Ley 1473 de 2011. Congreso de Colombia; “Por medio de la cual se establece una regla fiscal y se dictan otras disposiciones"; artículos 4, 7, 8, 9, 10 y 15 • Decreto 4836 de 2011. Presidente de la República de Colombia; “Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto y se modifican los Decretos 115 de 1996, 4730 de 2005, 1957 de 2007 y 2844 de 2010, y se dictan otras disposiciones en la materia”. • Decreto 1805 de 2020. Presidente de la República de Colombia. “Por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia 2021, se detallan apropiaciones y se clasifican y se definen los gastos”. • Memorando Referencia 2022IE0008516 del 31/01/2022 “Procedimiento para refrendar reservas constituidas PGN 2021”. • La Corte Constitucional, en Sentencia C–192 de 15 de abril de 1997,consideró que: (…) “Conforme a la Constitución y a la Ley orgánica, en Colombia rige el principio de anualidad (C.P. Art. 346), por lo cual una partida debe ser ejecutada o comprometida en el año fiscal respectivo, pues si ello no ocurre, la partida o los saldos de apropiación no afectados por compromisos inevitablemente expiran o caducan, de suerte que no podrán adquirirse compromisos con cargo a ella en los períodos fiscales posteriores”. Corte Constitucional: Sentencia C– 337del 19 de agosto de 1993. M. P. Vladimiro Naranjo Mesa. Decreto 1281 de 2012, en el artículo 2° establece: “Rendimientos financieros. Los rendimientos financieros generados por las cotizaciones recaudadas por las EPS y demás entidades obligadas a compensar, EOC, pertenecen al Sistema General de Seguridad Social en Salud y sólo podrán ser apropiados por dichas entidades o, a través del Fosyga, por el Ministerio de Salud, para financiar actividades relacionadas con el recaudo de las cotizaciones y para evitar, su evasión y elusión, en los montos y condiciones establecidas en la autorización expresa del Ministerio de Salud”. • La Plataforma Estratégica del Ministerio de Salud y Protección Social 2018 – 2022 en línea con el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022 “Pacto Por Colombia, Pacto por la Equidad” (Ley 1955 de 2019) propuso para el Sector Salud, dentro de los objetivos primordiales “Lograr eficiencia en el gasto optimizando los recursos financieros disponibles y generando nuevas fuentes con el aporte de todos”. • El Decreto 4107 de 2011 en su artículo 34 dentro de las funciones de la Dirección de Financiamiento Sectorial señaló: “Diseñar las políticas, normas, estrategias, programas, proyectos y procedimientos que garanticen el adecuado y oportuno recaudo, flujo y utilización de los recursos fiscales y parafiscales para el financiamiento del Sistema de Seguridad Social en Salud cargo del Ministerio y de los recursos públicos y privados que contribuyan a la operación del mismo” • La Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2009 define el Procedimiento como la forma especificada para llevar a cabo una Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia actividad o un proceso y recomienda los procedimientos definan como mínimo: quién hace qué, dónde, cuándo, porqué y cómo. Esta norma también establece dentro de las Generalidades de la Gestión Documental que “…. La documentación del Sistema de Gestión de la Calidad debe incluir (…) c) los procedimientos documentados y los registros requeridos en esta Norma. d) Los documentos, incluidos los registros, requeridos por la entidad para el cumplimiento de sus funciones y que le permitan asegurarse de la eficaz planificación, operación y control de sus procesos…”. • La Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2009 también define el Riesgo como “Toda posibilidad de ocurrencia de aquella situación que pueda afectar el desarrollo normal de las funciones de la entidad y el logro de sus objetivos”, sobre los riesgos identificados deben establecerse controles. Los controles sobre los riesgos pueden establecerse con base en la identificación, análisis, valoración y tratamiento de los riesgos. La guía de administración del riesgo disponible en www.dafp.gov.co orienta este propósito. • El Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 2363 de 2018 adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio (MIPG), en articulación con los Sistemas de Desarrollo Administrativo, de Gestión de la Calidad y el de Control Interno y se complementa con otros sistemas de gestión establecidos en la entidad. • Resolución No. 5514 de diciembre 26 de 2013 del MSPS, “Por la cual se reglamentan los criterios para la ejecución presupuestal aplicando el mecanismo de transferencia o asignación directa de recursos a Entidades Territoriales y sus entes adscritos o vinculados para la atención de programas y proyectos de Salud y Protección Social en Salud”; Ministerio de Salud y Protección Social. • Resolución No. 2361 del 8 de junio de 2016 del MSPS, “Por la cual se fijan lineamientos para la remisión de la información por parte de las entidades territoriales y otras beneficiarias por los recursos transferidos o asignados directamente y se establecen las directrices para el seguimiento y supervisión de la ejecución de dichos recursos”. • Resolución No. 967 de 2019 del 24 de abril de 2019 del MSPS, “Por la cual se crea el Comité Asesor para la Asignación de Recursos – CAARl.” • Resolución No. 2523 del 29 de diciembre de 2020 MSPS, “Asignación red destinados exclusiva/ a cofinanciación de ambulancias descritas en art 2 Res 2523- 20”. • Resolución No. 534 del 31 de marzo de 2020 del MSPS, “Transferencia para fortalecimiento de laboratorios de salud pública-de Sec. de Salud Antioquia, Arauca, Atlántico, Nariño, Santander, Valle, Bogotá.” • Resolución No. 088 del 2020 del MSPS, “Recursos vigencia 2020 de reclamaciones aprobadas total o parcialmente en el proceso de auditoría integral por concepto de atención en salud, transporte primario, indemnizaciones y auxilios funerarios a víctimas.”. • Ley 1483 de 2011; Artículo 1. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia • Decreto 1068 de 2015, Artículos 2.8.1.7.1.1.; 2.8.1.7.6.; y 2.8.3.2.2. • Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019. • Decreto 1805 de 2020 Capítulo III De las Reservas Presupuestales y Cuentas por Pagar, Artículo 27. • Circular No. 47 de fecha 18 de noviembre de 2020 de SIIF – Nación. • Decreto 412 de 2018; Artículos 2.8.1.7.1.1. y 2.8.1.7.3.1. • Ley 2063 de 2020, Artículo 27. • Procedimientos internos y guías manejo de seguimiento a la ejecución de transferencias o asignaciones de recursos a entidades beneficiarias o ejecutoras. 1.5.6 Rendición cuenta • Decreto Ley 403 de 2020 “Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal”. • Resolución Orgánica RES-ORG-42-2020, “Por la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría General de la República a través del Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes y Otra Información (SIRECI)”. 1.5.7 Observaciones Comisión Legal de Cuentas • Numeral segundo del artículo 178 de la Constitución Política. • Artículo 310 de la Ley 5ª de 1992 Orgánica del Reglamento del Congreso. 2.5. SEGUIMIENTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO. • Decreto Ley 403 de 2020 “Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal”. • Resolución Orgánica RES-ORG-42-2020 “Por la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría General de la República a través del Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes y Otra Información (SIRECI)”. 1.6 RESUMEN DE POLÍTICAS CONTABLES SIGNIFICATIVAS Y OTRA INFORMACIÓN EXPLICATIVA 1.6.1 Contable MSPS y FNE Desde la escisión del Ministerio de Salud y Protección Social determinada por lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 1444 de 2011 y formalizados sus objetivos y Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia estructura a través de lo dispuesto en el Decreto Ley 4107 del mismo año, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció la estructura de su sistema contable, acogido a la normatividad vigente expedida por las entidades competentes, especialmente la Contaduría General de la Nación, órgano rector en temas de contabilidad pública, y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público como Administrador del Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación-, único medio oficialmente establecido para el registro de las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales de las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación y como tales, operan con él en línea y tiempo real, como es el caso del Ministerio de Salud y Protección Social. Las políticas y prácticas contables se refieren a la aplicación del Régimen de Contabilidad Pública, en cuanto a sus principios, normas técnicas y procedimientos, así como los métodos de carácter específico adoptados por la entidad contable pública para el reconocimiento, registro y revelación de las transacciones, hechos y operaciones económicas y financieras de la entidad para preparar y presentar sus estados contables básicos. Con corte a 1° de enero de 2018, el Ministerio de Salud y Protección Social incorporó saldos iniciales y adoptó el nuevo modelo contable basado en Normas Internacionales para Entidades de Gobierno - NICSP, teniendo en cuenta el marco normativo determinado por: la Resolución 533 de 2015, Resolución 620 del 26 de noviembre de 2015, la Resolución 468 del 19 de agosto de 2016, la Resolución 693 del 6 de diciembre de 2016 y la Resolución 484 del 17 de octubre de 2017, todas las anteriores expedidas por la Contaduría General de la Nación y se dio origen al nuevo Régimen de Contabilidad Pública que comprende: i) Marco conceptual parala preparación y presentación de información financiera; ii) Las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de hechos económicos; y iii) Los procedimientos contables, las guías de aplicación, el catálogo general de cuentas y la doctrina contable pública. El Ministerio de Salud y Protección Social realizó el proceso del registro contable en línea y tiempo real a través del Sistema Integrado de Información Financiera SIIF – Nación y se reportó a la Contaduría General de la Nación a través del Sistema CHIP (Consolidado de Hacienda e Información Pública), dispuesto por dicha entidad para el efecto. La Unidad Administrativa Especial FNE, por tener un código de consolidación distinto al del Ministerio, reportó su información de manera independiente a la Contaduría General de la Nación. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 1.6.2 Presupuestal, contractual y del gasto El Ministerio de Salud y Protección Social teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 4107 de 2011, la Ley 1753 de 2015, artículo 66 y el Decreto 546 de 2017, artículo 2, desarrolla su gestión presupuestal mediante dos (2) unidades ejecutoras diferentes que son: Ministerio de Salud y Protección Social –Gestión General-, código 190101 y Ministerio de Salud y Protección Social- Unidad Administrativa Especial Fondo Nacional de Estupefacientes-, código 190106. A través del macroproceso de gestión presupuestal, contractual y del gasto, el Ministerio de Salud y Protección Social ejecuta operaciones presupuestales y contractuales; mediante el cumplimiento normativo legal vigente y aplicable. Los procedimientos de la gestión presupuestal, contractual y del gasto del Ministerio de Salud y Protección Social, para el periodo objeto de auditoría son: • Elaboración del anteproyecto de presupuesto: Comprende la elaboración del anteproyecto de presupuesto a través del SIIF para prever los gastos en que incurrirá el MSPS con el fin de garantizar el desarrollo de los planes institucionalesque requieran de presupuesto en la vigencia siguiente. • Distribuciones, modificaciones y traslados presupuestales: Se desarrolla mediante la desagregación, asignación, modificaciones, traslados y distribuciones del presupuesto apropiado al MSPS dentro de una vigencia, a través del aplicativo SIIFNación para atender el cumplimiento de los objetivos del MSPS. • Expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal: Expedir el CDP a travésdel SIIF para garantizar los recursos de la apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para asumir compromisos. • Registro Presupuestal de Compromiso: Expedición del Registro Presupuestal a través del SIIF con el fin de garantizar los pagos de las obligaciones. • Contratación. La contratación que realiza el Ministerio se fundamenta en las directrices contenidas en el Manual de Contratación de la entidad, el cual tiene comoobjetivo, “Dar pleno cumplimiento a los principios que rigen la función pública, permitiendo desarrollar la actividad contractual dentro de los parámetros de transparencia, economía, responsabilidad, eficacia y eficiencia, que deben precederla”6. En este sentido, todos los procesos Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia contractuales, adelantados dentrode la Entidad, deben dar aplicación a las disposiciones establecidas en dicho documento, el cual contiene la normativa y jurisprudencia aplicable a la materia, incluyendo el Estatuto General de la Contratación Pública (Ley 80 de 1993) y demásnormas concordantes. Ahora bien, dentro del Mapa de Procesos de la Entidad se encuentra el proceso de gestión de la contratación, código GCOP04, cuyo objetivo es: “Estipular los lineamientos necesarios para la contratación de bienes, obras y servicios requeridos en el Ministerio, a través de actividades específicas durante las etapas precontractual, contractual y poscontractual, con el fin de suplir las necesidades contractuales requeridas cumpliendo los objetivos de los procesos del SIG”. 1.6.3 Estados Financieros Evaluados El período auditado correspondió a la vigencia 2022, por lo tanto, el Estado de Situación Financiera es con corte a 31 de diciembre de 2022, el Estado de Resultados es del período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022 y el Estado de Cambios en el Patrimonio. Estos Estados Financieros consolidados del MSPS con corte al 31 de diciembre de 2022 indican que fueron tomados fielmente de los libros auxiliares y principales de la contabilidad; que han sido preparados teniendo en cuenta el marco conceptual del Régimen de Contabilidad Pública aplicable a las Entidades de Gobierno, atendiendo lo dispuesto en la Resolución No. 533 de 2015 por medio de la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones; y que la contabilidad se elaboró observando los criterios técnicos inmersos en las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos; los procedimientos contables; las guías de aplicación conforme a los principios, normas técnicas y procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública. 1.6.4 Aplicación del marco conceptual Los Estados Financieros del Ministerio de Salud y Protección Social indican que se han preparado bajo los lineamientos establecidos en las Normas de Contabilidad e Información Financiera Aceptadas en Colombia para entidades de Gobierno, emitidas por la Contaduría General de la Nación (CGN), a través de la Resolución 533 de 2015 y sus Resoluciones modificatorias y demás procedimientos estipulados en el Nuevo Marco Normativo, las cuales están fundamentadas en las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) y ajustados al marco conceptual, a los procedimientos contables, guías de aplicación, doctrina contable pública y otras disposiciones legales aplicables a las entidades públicas. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia El Ministerio de Salud y Protección Social incorporó saldos iniciales con corte a 1 de enero de 2018 y adoptó el nuevo modelo contable basado en Normas Internaciones para Entidades de Gobierno - NICSP, teniendo en cuenta el marco normativo determinado por: la Resolución 533 de 2015, Resolución 620 del 26 de noviembre de 2015, la Resolución 468 del 19 de agosto de 2016, la Resolución 693 del 6 de diciembre de 2016 y la Resolución 484 del 17 de octubre de 2017, todas las anterior expedidas por la Contaduría General de la Nación. Para la elaboración y transmisión de los reportes trimestrales de información a la Contaduría General de la Nación vía CHIP, el Ministerio de Salud y Protección Social, tuvo en cuenta lo establecido en el artículo 16 de la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, modificado por la Resolución No. 097 de marzo 15 de 2017, el cual determina la información a reportar, los requisitos y los plazos de envío a la Contaduría General de la Nación y lo establecido en la Guía para la elaboración de los formularios CHIP versión 4 de abril de 2018. Conforme a lo establecido en la Resolución No. 483 de octubre 30 de 2018 y dio cumplimiento al diligenciamiento del formato para efectos de actualizar la base de datos que administra la Contaduría General de la Nación. De igual forma, realizaron asientos contables correspondientes a la ejecución de cierres mensuales, de conformidad con las fechas límite para efectuar registros en el macroproceso contable de SIIF Nación, así mismo, se tuvieron en cuenta: el Instructivo No. 001 del 24 de diciembre de 2021 emitido por la Contaduría General de la Nación que contiene “Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2021 -2022, el reporte de información a la Contaduría General de la Nación y otros asuntos del proceso contable”, en la cual, se informan aspectos a considerar para el cierre dela vigencia 2021 y apertura del año 2022 en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación. 1.7 RESPONSABILIDAD DE LA CGR La CGR realizo Auditoría Financiera con fundamento en las facultades otorgadas por el Artículo 267 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 04 de 2019 y de conformidad con lo estipulado en la Resolución Orgánica 022 del 31 de agosto de 2018, vigilando la gestión fiscal de la administración y de los fondos o bienes de la Nación. Así mismo, la CGR, de acuerdo con el Artículo 268 Constitucional, tiene la atribución de revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario. La CGR ha llevado a cabo esta auditoría teniendo como soporte técnico conceptual las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores – ISSAI, emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia INTOSAI, según lo establecido en la Resolución Orgánica 0012 del 24 de marzo de 2017, por la cual se adoptan los principios, fundamentos y aspectos generales para las auditorías y la Guía de Auditoría Financiera – GAF – como instrumentos de control fiscal posterior y selectivo. Dichas normas exigen que la CGR cumpla con los requerimientos de ética, así como que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los Estados Financieros y cifras presupuestales están libres de incorrección material. Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los valores y la información revelada por el sujeto de control. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros y cifras presupuestales, debido a fraude o error. Al efectuar dichas valoraciones, la CGR tiene en cuenta el control interno para la preparación y presentación de la información, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias. Esta auditoría también incluyó de manera selectiva, la evaluación de la adecuación de las políticas aplicables y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas, así como la evaluación de la presentación global de los estados financieros y cifras presupuestales. En lo correspondiente a esta Auditoría Financiera, la CGR concluye que la evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión de auditoría. 2. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA FINANCIERA 2.1 OPINION CONTABLE 2.1.1 Fundamento de opinión contable El examen de los estados contables o financieros requirió realizar una evaluación con base en pruebas selectivas de la evidencia que respaldan las cifras y revelaciones en dichos estados. Además, incluyó la evaluación de los principios de contabilidad utilizados, de las estimaciones contables significativas realizadas por la administración y la presentación de los estados contables o financieros. Con fundamento en el resultado de los procedimientos de evaluación aplicados, se considera que estos proporcionan una base razonable para expresar una opinión. La opinión contable se fundamentó en cuatro hallazgos materiales, de estos tres corresponden a la incertidumbre en las sub cuentas contables 151060 Inventarios Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Medicamentos con saldo por 336.864.950.880 COP, así como en la subcuenta 1655 Propiedad planta y Equipo - Maquinaria y Equipo con saldo COP 0, y la Sub cuenta 536001 Deterioro con saldo de 1.039.206.580 COP; así como un hallazgo de sobre estimación en la sub cuenta contable del pasivo 270103 Provisiones Administrativas en 22.035.688.446 COP. 2.1.2 Opinión Contable Excepto por los efectos de los hechos descritos en el párrafo anterior, de fundamento de la opinión, los Estados Financieros presentan fielmente en todos los aspectos materiales, la situación financiera del Ministerio de Salud y Protección Social – Fondo Nacional de Estupefacientes a 31 de diciembre de 2022, así como de sus resultados correspondientes al ejercicio terminado en esa fecha de conformidad con el marco de información financiera aplicable. Por lo tanto, la opinión sobre la razonabilidad de los Estados Financieros es “con Salvedades”. 2.2 OPINIÓN SOBRE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO MSPS Y FNE 2.2.1 Fundamento de opinión presupuestal La opinión presupuestal se fundamenta en el análisis de la composición de las fuentes de financiación del MSPS y FNE para 2022 y la destinación del gasto; la evaluaciónde compromisos frente a las apropiaciones presupuestales; el recibo de los bienesy servicios adquiridos y su registro y pago según lo pactado; la expedición de los CDP y RP de conformidad con las disposiciones normativas; la consistencia entre la ejecución reportada en el presupuesto y la transferencia efectiva de los bienes o recursos a través de confirmación con terceros; la verificación del cumplimiento de requisitos para la constitución de las reservas presupuestales y la debida constitución de las vigencias futuras. Producto del análisis de la programación, planeación y ejecución presupuestal de la vigencia 2022, no se encontraron incorrecciones frente a los registros e información presupuestal ni en relación con las reservas presupuestales constituidas y ejecutadas. No se presentaron hallazgos presupuestales con incidencia material en la ejecución presupuestal. 2.2.2 Opinión presupuestal El presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social y FNE, fue preparado y ejecutado en todos los aspectos materiales de conformidad con la normatividad presupuestal aplicable y teniendo en cuenta que las incorrecciones evidenciadas no Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia son materiales, ni generalizadas, se considera que el manejo presupuestal fue “Razonable”. 2.2.3 Resultados Presupuestales MSPS Refrendación de Reservas presupuestales Al cierre del 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social constituyó 932 reservas presupuestales por 33.697.168.804 COP, de las cuales el 90% por 30.186.650.936 COP corresponden a reservas inducidas (cuentas por pagar) y el 10% reservas autorizadas por 3.510.517.868 COP. Del universo anterior y respecto a las reservas autorizadas que ascienden a 27 se refrendan el 100 % (27 reservas) equivalentes a 3.510.517.868 COP. En cuanto a las cuentas por pagar (reservas inducidas)1 equivalente a 905 registros por 30.186.650.936 COP, se refrendan cinco (5) las cuales fueron seleccionadas y analizadas en la muestra por 7.075.596.632 COP. Constitución y autorización de Vigencias Futuras El Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) durante la vigencia 2022 le fueron autorizadas 27 vigencias futuras para ser comprometidas en la vigencia 2023 por 296.402.507.070 COP y en la muestra verificada no se establecieron incorrecciones. Principales Resultados Presupuestales Los siguientes, son los principales resultados obtenidos de la evaluación de la ejecución presupuestal del MSPS: En la verificación de los aspectos presupuestales, se observó la destinación del recurso para los fines previstos, un nivel de compromiso 99.9% frente a la apropiación definitiva, el recibo de los bienes y servicios adquiridos y su registro de acuerdo con los rubros presupuestales correspondientes. Los pagos se ajustan lo pactado en los contratos analizados; la expedición de los CDP y RP se realizó de 1 Constituida bajo el amparo de articulo 27 Ley 2159/2021 y articulo 27 decreto 1793/2021 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia conformidad con las disposiciones normativas y se cumplió con los requisitos para la constitución de las reservas presupuestales y las vigencias futuras. Análisis Composición Presupuesto de Gastos: El presupuesto de gastos para la vigencia 2022, se encuentra conformado por dos grandes rubros: Los gastos de funcionamiento por 39.945.724.476.316 COP que representan el 98% y gastos de inversión por 954.152.582.701 COP que representa el 2%. Los gastos de Funcionamiento corresponden a los siguientes rubros: ✓ Gastos de personal: Este rubro corresponde a los gastos de nómina. ✓ Gastos Adquisición de Bienes y Servicios: Lo conforman los gastos que se encuentran asociados a la operación de la planta de funcionamiento del MSPS. ✓ Transferencias ordinarias: Son las que atienden el objeto misional del MSPS, política de capacitación del talento humano en salud, obligaciones de ley como son compromisos internacionales de OMS- OPS, Hipólito y membrecías en las cuales participa MSPS, compromisos laborares que surgieron como la liquidación puertos de Colombia, transferencias a institutos cancerológico, dermatológico y sanatorios. ✓ Gastos de tributos, multas, sanciones: Corresponde a la cuota de auditaje, impuestos de vehiculó y de los predios. ✓ En relación al rubro de inversión son los recursos que están destinados a las siguientes actividades: (Fortalecimiento atención en salud, apoyo rehabilitación víctimas del conflicto e implementación acciones en la salud y remodelación infraestructura física de la entidad). El rubro más representativo del presupuesto del MSPS corresponden a las transferencias con una participación del 97%, siendo las transferencias de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES, la que tiene una mayor participación por 39.076.694.864.040 COP que representa el 96%. Ejecución presupuesta de Gastos: La apropiación inicial del Ministerio de Salud y protección Social- MSPS para la vigencia 2022 de acuerdo con la Ley 2159 de 2021 y el Decreto de liquidación No.1793 del 31 de diciembre de 2021, fue de 40.333.030.927.523 COP, surtida las Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia (4) adiciones y reducciones por 1.083.801.475.523 COP y 516.955.344.029 COP respectivamente, la apropiación final ascendió a 40.899.877.059.017 COP, logrando comprometer el 99,9% por 40.850.955.248.726 de los cuales obligo y realizo pagos que representan el 99,8 por 40.817.258.079.924 COP, así: Tabla No. 22 MSPS - Gestión General Ejecución Presupuesto Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP CONCEPTO APROPIACIÓN COMPROMISOS % OBLIGACIONES % DEFINITIVA NETOS EJECUCIÓN NETAS EJECUCIÓ N FUNCIONAMIENTO 39.945.724.476.316 39.931.293.623.523 99.9% 39.928.605.494.0 99,96% 49 Gastos de Personal 71.026.048.000 70.594.09.1453 99% 70.562.784.306 99% Gastos Generales 19.239.997.000 18.463.861.443 96% 16.334.756.283 (Adquisición de Bienes y 85% Servicios) Transferencias 39.743.258.336.343 39.730.282.926.654 99.97% 39.729.755.209.4 99,97% Corrientes 87 Tributos, Multas, 100.629.188.000 100.561.837.000 99.9% 100.561.837.000 99,9% Sanciones Servicio de la Deuda 11.390.906.973 11.390.906.973 100% 11.390.906.973 100% INVERSIÓN 954.152.582.701 919.661.625.203 96% 888.652.585.875 93% TOTAL 40.899.877.059.017 40.850.955.248.726 99.9% 40.817.258.079.9 99,8% 24 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR 2.2.4 Resultados Presupuestales FNE Refrendación Reservas presupuestales Al cierre del 2022, el Fondo Nacional de estupefacientes constituyó 46 reservas presupuestales por 2.694.401.909,34 COP, de las cuales el 98,08% por 2.642.475.273,34 COP corresponden a reservas inducidas (cuentas por pagar) y el 1.92% reservas autorizadas por 51.926.636 COP. Del universo anterior y respecto a las reservas autorizadas que ascienden a seis (6) se refrendan el 100 %. En cuanto a las cuentas por pagar (reservas inducidas)2 equivalente a 40 registros por 2.642.475.273,34, se refrendan cuatro (4) las cuales fueron seleccionadas y analizadas en la muestra por 1.783.086.722 COP. 2 Constituida bajo el amparo de articulo 27 Ley 2159/2021 y articulo 27 decreto 1793/2021 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Constitución y Autorización de Vigencias Futuras Respecto a la constitución y/o ejecución de las vigencias futuras seleccionadas por la CGR, el FPSFNC cumple con la normatividad y los requisitos exigidos bajo los lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Principales Resultados Presupuestales Las siguientes, son los principales resultados obtenidos de la evaluación de la ejecución presupuestal del FNE: En la verificación de los aspectos presupuestales, se observó la destinación del recurso para los fines previstos, el recibo de los bienes y servicios adquiridos y su registro de acuerdo con los rubros presupuestales correspondientes. Los pagos se ajustan lo pactado en los contratos analizados; la expedición de los CDP y RP se realizó de conformidad con las disposiciones normativas y se cumplió con los requisitos para la constitución de las reservas presupuestales y las vigencias futuras. Análisis de la composición Gastos: El presupuesto de gastos de Fondo Nacional de Estupefacientes está conformado por el rubro de funcionamiento e inversión. El 64% de los recursos apropiados para funcionamiento se orientaron a gastos de comercialización y producción de medicamentos por 27.611.127.214 COP seguido de recursos de Inversión con él 26% por 1.250.514.500 COP, gastos de personal con una participación del 4 %, transferencias del 3%, adquisición de bienes del 2% y el 0.2% a tributos, multas y sanciones. Ejecución Presupuesto de Gastos FNE: La apropiación inicial del presupuesto de gastos para la vigencia 2022, ascendió a 43.091.133.500 COP, y fue modificada por adiciones y reducciones por 89.434.786 COP respectivamente, para un presupuesto definitivo de 43.091.133.500 COP, en donde el 94% fueron destinados a gastos de funcionamiento (28.818.714.003 COP) y el 6% a gastos de inversión (4.443.433.594 COP). De la apropiación definitiva el FNE, se comprometió el 87% y se obligó y pagó el 81%. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No. 23 Ejecución Presupuestal 2022 FNE Cifras expresadas en COP APROPIACIÓN COMPROMISOS OBLIGACIONES CONCEPTO EJECUCIÓN % PAGOS NETOS EJECUCIÓN % DEFINITIVA NETOS NETAS A-01 Gastos de 1.884.538.786 1.759.333.589 93% 1.759.333.589 1.759.333.589 93% personal A-02 Adquisición de Bienes y 823.065.000 769.670.865 94% 735.124.818 735.124.818 89% Servicios A-03 Transferencias 1.423.477.000 1.023.116.548 72% 785.330.447 785.330.447 55% Corrientes A-05 Gastos de Comercialización 27.611.127.214 22.873.356.259 83% 21.172.377.487 21.172.377.487 77% y Producción A-08 Gastos por Tributo, Multas, Sanciones e 98.411.000 91.409.079 93% 91.409.079 91.409.079 93% intereses de Mora C- INVERSIÓN 11.250.514.500 10.965.689.638 97% 10.239.786.447 10.239.786.447 91% TOTAL GASTOS 43.091.133.500 37.482.575.978 87% 34.783.361.867 34.783.361.867 81% Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: CGR 2.3 FENECIMIENTO SOBRE LA CUENTA FISCAL RENDIDA Como resultado de la Auditoría Financiera realizada a los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2022 y la evaluación presupuestal de la Vigencia 2022 y teniendo como fundamento la opinión contable “Opinión con Salvedades” y el concepto Razonable en la opinión presupuestal presentada, la CGR fenece la cuenta fiscal del Ministerio de Salud y Protección Social para la Vigencia fiscal 2022. Tabla No.24 Fenecimiento de Cuenta Fiscal Ministerio de Salud y Protección Social Vigencia 2022 OPINIÓN CONTABLE OPINIÓN PRESUPUESTAL Con salvedades Razonable FENECE Fuente: Guía de Auditoría Financiera CGR. Elaboró: Equipo Auditor CGR. El Representante Legal del Ministerio de Salud y Protección Social, rindió la cuenta anual consolidada por la vigencia fiscal del año 2022, a través del SIRECI; la CGR confirma el recibo mediante acuse de aceptación de la rendición, con lo que se Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia evidencia que el Ministerio de Salud y Protección Social, cumplió dentro de los plazos previstos en la Resolución Orgánica No. 042 de 2020 de la CGR, a través del Sistema de Rendición Electrónica de la Cuenta e Informes – SIRECI. Se verificó y validó, la información referente a la información contable, presupuestal y contractual, la información rendida e la cuenta fiscal, glosas de la cámara de Representantes y seguimiento al Plan de Mejoramiento. 3. OTROS CONCEPTOS Y TEMAS EVALUADOS USO EFICIENTE DE LA ENERGIA El MSPS ha desarrollado una política de uso eficiente de la energía eléctrica, la cual se encarga de estudiar, analizar y diseñar estrategias para disminuir el gasto energético y el uso racional del recurso por parte de la entidad. El MSPS en la vigencia 2022, da cumplimiento a lo establecido en la Política eficiente del manejo energético donde se indica la gestión del uso y consumo de la energía para lo cual definen objetivos y acciones que se alcanzan mediante la adopción de buenas prácticas que conllevan a lograr eficiencia y mejora continua en el desempeño energético y toma de conciencia por parte de los funcionarios y contratistas que allí laboran. Lo anterior de conformidad con lo señalado en el anexo No.8 4. CONCEPTO DE CONTROL INTERNO FINANCIERO Aplicada la metodología establecida en la CGR para la evaluación del Control Interno Financiero, el Ministerio de Salud y Protección Social y Fondo Nacional de Estupefacientes, obtuvo una calificación de 1,5 correspondiente a “Adecuado”. Tabla No. 25 Resultado Matriz de Riesgos y Controles Ministerio de Salud y Protección Social Auditoría Financiera- Vigencia 2022 CALIFICACIÓN CALIFICACIÓN GENERAL DEL TOTAL DISEÑO DE PARCIALMENTE PROMEDIO BAJO CONTROL ADECUADO RIESGO COMBINADO Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Calificación del Calificación riesgo diseño de control PARCIALMENTE combinado GestiónFinanciera y ADECUADO Gestión Contable Financiera y BAJO Sumatoria y Contable Ponderación de la Evaluación del Diseño y 1,38 Calificación del PARCIALMENTE Calificación riesgo la Efectividad Del diseño de control ADECUADO combinado Control (90%) Gestión Gestión Presupuestal Presupuestal, BAJO Contractual y del Contractual y del Gasto Gasto RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS COMPONENTES D E 1 ADECUADO CONTROL INTERNO (10%) CALIFICACIÓN FINAL DEL CONTROL INTERNO FISCAL CONTABLE 1,5 0,10 CALIFICACION SOBRE LA CALIDAD Y EFICIENCIA DEL CONTROL INTERNO EFICIENTE Fuente. Matriz de Evaluación de Riesgos y Controles de CGR. Elaboró: Equipo Auditor En la etapa de planeación se evidenció la existencia de controles destinados a mitigar los riesgos dando como resultado “1” que corresponde a “Adecuado”, y en desarrollo de la etapa de ejecución se verificó su efectividad (existencia y aplicación). Una vez finalizado el proceso auditor, en la evaluación de control interno financiero la entidad obtuvo una calificación “Eficiente”, lo cual evidencia la materialización de riesgos que dieron lugar a los hallazgos presentados en el presente informe. A nivel contable, se identificaron deficiencias en los mecanismos de control interno y en la efectividad de los controles a los procedimientos establecidos para el registro de los hechos económicos en los Estados Contables, así: Para el activo en las cuentas, Medicamentos, Urbanos, Edificios y Casas; y en la cuenta del pasivo Litigios y Demandas - Provisiones Administrativas y en la cuenta del Gasto, Depreciación - Edificaciones. Para el FNE se estableció en la cuenta del activo Propiedad planta y equipo bienes muebles. En relación con la ejecución presupuestal, contractual y del gasto se evidenciaron debilidades asociadas con la efectividad de los controles establecidos por la entidad en el procedimiento de seguimiento a la ejecución de las transferencias o asignaciones de recursos a entidades beneficiarias o ejecutoras y en la guía que establece las actividades para la planeación, asignación y seguimiento de los recursos girados a través del mecanismo de trasferencias nacionales. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 5. SEGUIMIENTO A OBSERVACIONES VIGENTES DE LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES Se realizó seguimiento a las observaciones establecidas por la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, adoptadas mediante el Proyecto de Resolución 001 del 15 de noviembre de 2022, “por la cual se propone a la honorable Cámara de Representantes NO FENECER la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro rendida por la Contraloría General de la República y el Estado de Situación Financiera (Balance General) de la Nación presentado por el Gobierno nacional- Contaduría General de la Nación, correspondientes a la vigencia fiscal 2021”. La Gaceta del Congreso No. 1435 del miércoles 15 de noviembre de 2022, incluye las observaciones contables, presupuestales, de control interno, administrativas y de plan de mejoramiento de las entidades del Estado, la cual se encuentran desarrolladas y concluidas en el anexo No 7, en lo relacionado con el MSPS y FNE. 6 EFECTIVIDAD DEL PLAN DE MEJORAMIENTO Se realizó el seguimiento y revisión a la efectividad del Plan de Mejoramiento, teniendo en cuenta el avance o ejecución de las acciones de mejora implementadas y los reportes según la normatividad vigente aplicable, para determinar desde los criterios de oportunidad y completitud, el grado de cumplimiento de los planes. Así mimo se verificó la información suministrada por el MSPS en relación a las acciones de mejora correspondientes de los hallazgos derivados de los planes de mejoramiento de auditorías anteriores, los cuales ascienden a 112 observaciones Se denota que ochenta y tres (83) observaciones presentan un nivel de cumplimiento de 100% en los cuales se revisaron y analizaron las acciones y actividades de mejora implementados por el MSPS, para establecer si realmente fueron subsanados, teniendo en cuenta los soportes y las evidencias asociadas a la información suministrada, como resultado de este análisis y en conjunto con la Oficina de Control Interno se dan por cerradas sesenta y tres (63) observaciones quedando pendiente de cierre veinte (20). Igualmente se establecen veintiocho (28) observaciones en estado no cumplidas, por lo que no se retiran del plan de mejoramiento. De estas, nueve (09) presentan un porcentaje de avance en sus acciones de mejora 0% pese a que vienen de vigencias 2017, 2019, 2020 2021 y fecha de cumplimiento 2022, aun no se llevan a buen término de finalización y cierre de las mismas, además que se reprograman Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia en varias ocasiones; las restantes pese a tener porcentajes de avance aún no se cumplen en su totalidad. Los resultados de este seguimiento se pueden verificar en anexo No. 9. 7. DENUNCIAS (SOLICITUDES CIUDADANAS) En desarrollo de este proceso auditor no se recibieron denuncias para ser tramitadas. 8 RELACIÓN DE HALLAZGOS Como resultado de la Auditoría Financiera, la Contraloría General de la República constituyó siete (7) hallazgos administrativos y cinco (5) con presunta incidencia disciplinaria, cuatro (4) con Otras Incidencias que serán trasladados a las entidades competentes; uno (1) para iniciar Indagación Preliminar por parte de la Contraloría Delegada para el Sector Salud. 9 PLAN DE MEJORAMIENTO La entidad deberá elaborar y/o ajustar el Plan de Mejoramiento que se encuentra vigente, con acciones y metas de tipo correctivo y/o preventivo, dirigidas a subsanar las causas administrativas que dieron origen a los hallazgos identificados por la Contraloría General de la República como resultado del proceso auditor y que hacen parte de este informe. Tanto el Plan de Mejoramiento como los avances del mismo, deberán ser reportados a través del Sistema de Rendición de Cuentas e Informes (SIRECI), dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes al recibo de este informe. La Contraloría General de la República evaluará la efectividad de las acciones emprendidas por las entidades para eliminar las causas de los hallazgos detectados en esta auditoría, según lo establecido en la Resolución orgánica que reglamenta el proceso y la Guía de auditoría aplicable vigentes. Cordialmente, OSCAR ANTIPAR CADENA ROJAS Contralor Delegado para el Sector Salud Aprobó: Diana Patricia Rodríguez Turmequé – DVF salud Revisó: Yudy Natalia Caro Moreno- Supervisora Elaboró: Equipo Auditor CGR. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO 1. RELACIÓN DE HALLAZGOS Hallazgo No. 1 Propiedad Planta y Equipo (A) Manual para el manejo administrativo de bienes del Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo propósito es definir los criterios que orientan la administración de los bienes a cargo del Ministerio. Sección 6. “Bienes del Ministerio para la elaboración y rendición de inventarios y/o cuentas de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio se orientarán por los preceptos establecidos en el Índice Universal de Inventarios, los cuales se clasifican por su clase, naturaleza, uso, destino o aplicación”. Ley 87 de 1993 “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado: (…) Artículo 2. Objetivos del Sistema de Control Interno. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientarán al logro de los siguientes objetivos fundamentales: (…) e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros; (…). Artículo 3. Características del Control Interno: Son características del control interno las siguientes: (…) e. Todas las transacciones de las entidades deberán registrarse en forma exacta veraz y oportuna, de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros (…)”. Resolución 156 del 29 de mayo de 2018, Contaduría General de la Nación, “por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007 que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública”. El Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante Resolución 355 de 2007 de la CGN, contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), Numeral 8. Principios de la Contabilidad Pública sub - numeral 117, establece: “(…) 117. Devengo o Causación. Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que sucedan, con independencia del instante en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de estos. El reconocimiento se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones, o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período. (…). 122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; (…)”. Resolución 168 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el Marcado de valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. Resolución 177 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por el cual se modifica el Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público, el procedimiento contable para el registro de hechos económicos relacionados con la prestación de servicios de salud y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y del marco normativo para entidades del Gobierno”. Resolución 218 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las Normas para reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco Normativo para entidades de Gobierno”. Resolución 219 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, que no captan ni administran ahorro Público”. Resolución 035 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 037 de 2017 para incluir la modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las normas de información financiera, grupo 1, realizada mediante el Decreto 1432 de 2020”. De acuerdo con lo establecido en el Marco normativo para las entidades de gobierno, adoptado mediante la Resolución 533 de 2015 emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) y sus modificaciones: “Los activos son recursos controlados por la entidad que resultan de un evento pasado y de los cuales se espera obtener potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros”. “Este es un valor de entrada, observable y específico para la entidad. (…) Con posterioridad al reconocimiento inicial, el costo de algunos activos se puede asignar al resultado a través de la depreciación o amortización, pero también pueden ser objeto de ajuste por el reconocimiento de pérdidas. La pérdida es el grado en que el potencial de servicio o la capacidad de generar beneficios económicos futuros provenientes de un activo han disminuido debido a cambios en la economía u otras condiciones diferentes de las de su consumo. (…) Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación en la información financiera de un hecho económico que tenga la probabilidad de generar una entrada o salida de potencial de servicio o de beneficios económicos y que tenga un valor que se pueda medir con Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia fiabilidad. (…) La probabilidad, como condición para el reconocimiento, se utiliza con referencia al grado de certidumbre con que el potencial de servicio o los beneficios económicos futuros asociados llegarán o saldrán de la entidad. La certidumbre correspondiente al potencial de servicio o al flujo de los beneficios económicos futuros se evalúa a partir de la información disponible. (…) La medición fiable, como criterio para el reconocimiento, implica que un elemento tiene un valor que se puede determinar con razonabilidad”. El anexo de la Resolución 193 de 2016, por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación, indica que: “3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable. Con el propósito de lograr una información financiera que cumpla con las características cualitativas previstas en los Marcos Normativos del Régimen de Contabilidad Pública, las entidades deberán observar, como mínimo, los siguientes elementos y actividades. (…) 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible. Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información”. Resolución 484 de 2017 Articulo 1 “por la cual se modifica el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades del Gobierno, y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. Resolución 620 de 2008, “por la cual se establecen los procedimientos para los avalúos ordenados dentro del marco de la Ley 388 de 1997”. Política de los Activos del MSPS “Propiedad Planta y Equipo: El Ministerio de Salud y Protección Social reconocerá como propiedad planta y equipo los bienes muebles o inmuebles de carácter permanente adquirido y/o transferido a cualquier título, para el funcionamiento de sus dependencias en el ámbito nacional y prestación de servicios o para la destinación determinada. Como propiedades, planta y equipo se reconocerán: 1) activos tangibles empleados por la entidad para la producción o suministro de bienes, para la prestación de servicios y para propósitos administrativos; 2) bienes muebles que se tengan para generar ingresos producto de su arrendamiento; 3) bienes inmuebles arrendados por un valor inferior al valor Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia de mercado del arrendamiento. Los terrenos sobre los que se construyan propiedades, planta y equipo se reconocerán por separado”. De acuerdo con la información suministrada por la Entidad, al cierre del 31 de diciembre de 2022, en los Estados Contables certificados por el Ministerio de Salud y Protección Social- MSPS, la cuenta contable 16 “Propiedades Planta y Equipo” presenta un saldo total por 167.297.996.747,97 COP, valor que representa el 4,75% del total del activo, dentro de esta cuenta se encuentran las subcuentas contable 16.05 “Terrenos” con el saldo 104.546.568.428,11 COP y 16.40 “Edificaciones” por 53.276.652.548,89 COP. Al examinar el reporte contable que garantizan el saldo de las subcuentas contables de Terrenos y Edificaciones entregados por el MSPS; se constató debilidad en la determinación del saldo contable de la cuenta, toda vez que, el informe de avalúo técnico para la vigencia 2022 al Edifico Urano, presenta la siguiente debilidad: Según el informe de avalúo técnico realizado en el 2022 del Edificio Urano, el numeral 7.1, confirmó que el área privada consta de 21.539,89 M2, no obstante, el área privada tomada para el cálculo del valor total del edificio fue de 15.458,69 M2, es decir presenta una diferencia de 6.081,20 M2. Esta situación refleja deficiencias en los mecanismos de control interno y en la efectividad de los controles a los procedimientos establecidos Situación que conlleva a exposición o riesgos de control administrativo y financiero, afectando la revelación y confiabilidad de los soportes de la información contable. Respuesta entidad. Mediante oficio No 202311000161073 de respuesta de fecha 10 mayo 2023, suscrito por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Salud y Protección Social, y Radicado CGR 2023ER0099160, se recibió respuesta así: “Respuesta a radicado CGR 2023EE0063993 - AG8 - 07 3/51 “Comunicación de Observaciones. Auditoria Financiera al Ministerio de salud y Protección Social – MSPS, vigencia 2022- RAD MSPS 202342301005252… Edificio URANO, obedece a error de transcripción cometido por la firma contratada para su realización, al incluir como área privada en el numeral 7.1 de su informe, el total de la sumatoria de las áreas contenidas en el cuadro de información extraída de los formularios de autoliquidación electrónica asistida del impuesto predial unificado(21.529.60 M2 ), que le entregó el Ministerio como parte del insumo para el avalúo de los predios, edificio Urano y Malaria, sin percatarse que dicho total incluía 6.081.20M2 que corresponden al predio de Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Malaria, lo que llevó a registrar 21.539.89 M2, cuando la sumatoria real para el edificio URANO es de 15.458.69 M2., área esta sobre la que realmente se efectuó el avalúo. Lo anterior puede comprobarse al observar el cuadro que detalla el resultado del mismo en el numeral 9”. Análisis de la respuesta Analizada la respuesta presentada por el MSPS, remite consideración de subsanar la debilidad presentada en la observación respecto al informe de avalúo técnico para la vigencia 2022 del Edifico Urano, confirma que dicha debilidad corresponde a error de transcripción cometido por la firma contratada para su realización, sin embargo, el MSPS no allego el informe de avaluó técnico Edificio Urano, debidamente ajustado, que confirme el área privada total del inmueble frente al total del área de las matrículas inmobiliarias. Se validó como hallazgo administrativo. Hallazgo No. 2 Depreciación Edificaciones (A-D-OI) Manual para el manejo administrativo de bienes del Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo propósito es definir los criterios que orientan la administración de los bienes a cargo del Ministerio. Sección 6. “Bienes del Ministerio para la elaboración y rendición de inventarios y/o cuentas de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio se orientarán por los preceptos establecidos en el Índice Universal de Inventarios, los cuales se clasifican por su clase, naturaleza, uso, destino o aplicación”. Ley 87 de 1993 “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado: (…) Artículo 2. Objetivos del Sistema de Control Interno. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientarán al logro de los siguientes objetivos fundamentales: (…) e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros; (…). Artículo 3. Características del Control Interno: Son características del control interno las siguientes: (…) e. Todas las transacciones de las entidades deberán registrarse en forma exacta veraz y oportuna, de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros (…)”. Resolución 156 del 29 de mayo de 2018, Contaduría General de la Nación, “por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007 que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública”. El Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante Resolución 355 de 2007 de la CGN, contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), Numeral 8. Principios de la Contabilidad Pública sub - numeral 117, establece: “(…) 117. Devengo o Causación. Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que sucedan, con independencia del instante en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de estos. El reconocimiento se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones, o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período. (…). 122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; (…)”. Resolución 168 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el Marcado de valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. Resolución 177 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por el cual se modifica el Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público, el procedimiento contable para el registro de hechos económicos relacionados con la prestación de servicios de salud y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y del marco normativo para entidades del Gobierno”. Resolución 218 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las Normas para reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco Normativo para entidades de Gobierno”. Resolución 219 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, que no captan ni administran ahorro Público”. Resolución 035 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 037 de 2017 para incluir la modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las normas de información financiera, grupo 1, realizada mediante el Decreto 1432 de 2020”. De acuerdo con lo establecido en el Marco normativo para las entidades de gobierno, adoptado mediante la Resolución 533 de 2015 emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) y sus modificaciones: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia “Los activos son recursos controlados por la entidad que resultan de un evento pasado y de los cuales se espera obtener potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros”. “Este es un valor de entrada, observable y específico para la entidad. (…) Con posterioridad al reconocimiento inicial, el costo de algunos activos se puede asignar al resultado a través de la depreciación o amortización, pero también pueden ser objeto de ajuste por el reconocimiento de pérdidas. La pérdida es el grado en que el potencial de servicio o la capacidad de generar beneficios económicos futuros provenientes de un activo han disminuido debido a cambios en la economía u otras condiciones diferentes de las de su consumo. (…) Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación en la información financiera de un hecho económico que tenga la probabilidad de generar una entrada o salida de potencial de servicio o de beneficios económicos y que tenga un valor que se pueda medir con fiabilidad. (…) La probabilidad, como condición para el reconocimiento, se utiliza con referencia al grado de certidumbre con que el potencial de servicio o los beneficios económicos futuros asociados llegarán o saldrán de la entidad. La certidumbre correspondiente al potencial de servicio o al flujo de los beneficios económicos futuros se evalúa a partir de la información disponible. (…) La medición fiable, como criterio para el reconocimiento, implica que un elemento tiene un valor que se puede determinar con razonabilidad”. El anexo de la Resolución 193 de 2016, por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación, indica que: “3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable. Con el propósito de lograr una información financiera que cumpla con las características cualitativas previstas en los Marcos Normativos del Régimen de Contabilidad Pública, las entidades deberán observar, como mínimo, los siguientes elementos y actividades. (…) 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible. Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información”. Resolución 484 de 2017 Articulo 1, “por la cual se modifica el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades del Gobierno, y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Ley 734 de 2002, “por la cual se expide el Código Disciplinario Único”, artículo 34. Ley 1952 de 2019, “por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”. Política de los Activos del MSPS, “Propiedad Planta y Equipo: El Ministerio de Salud y Protección Social reconocerá como propiedad planta y equipo los bienes muebles o inmuebles de carácter permanente adquirido y/o transferido a cualquier título, para el funcionamiento de sus dependencias en el ámbito nacional y prestación de servicios o para la destinación determinada. Como propiedades, planta y equipo se reconocerán: 1) activos tangibles empleados por la entidad para la producción o suministro de bienes, para la prestación de servicios y para propósitos administrativos; 2) bienes muebles que se tengan para generar ingresos producto de su arrendamiento; 3) bienes inmuebles arrendados por un valor inferior al valor de mercado del arrendamiento. Los terrenos sobre los que se construyan propiedades, planta y equipo se reconocerán por separado”. De acuerdo con la información suministrada por la Entidad, al cierre del 31 de diciembre de 2022, en los Estados Contables certificados del Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS, la subcuenta contable del gasto 53.60.01 “Depreciación- Edificaciones” presenta un saldo total por 1.039.206.579,74 COP, valor que representa el 28,70% del total de la cuenta contable del gasto 5.3.60 “ Depreciación de propiedad, planta y equipo”. Al examinar los soportes contables en relación de bienes inmuebles sujetos a depreciación, que garantizan el saldo de la subcuenta contable de Gastos por depreciación de Edificaciones entregados por el MSPS; se constató debilidad en la determinación del saldo contable de la subcuenta, toda vez que, no se realizó depreciación a los siguientes activos bienes inmuebles: 1. Edificio Urano, código contable 164001 cuyo valor del inmueble asciende a 33.158.890.050 COP. 2. Edificio Malaria, código contable 164001 cuyo valor asciende a 3.035.557.400 COP. 3. Bodega Zona franca, código contable 164018 cuyo valor asciende a 1.479.756.675 COP. 4. Oficinas bodega Zona franca, código contable 164002 cuyo valor asciende a 1.043.240.844 COP. Esta situación evidencia deficiencias en los mecanismos de control interno y en la efectividad de los controles a los procedimientos establecidos para el registro de los hechos económicos en los Estados Contables. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Lo anterior conlleva a exposición o riesgos de control administrativo y financiero, afectando la revelación y confiabilidad de la información contable, al generar incertidumbre sobre el saldo real de la subcuenta contable del gasto 5.3.60.01 “Depreciación- Edificaciones”, cuyo saldo asciende a 1.039.206.579,74 COP Respuesta entidad. Mediante oficio No 202311000161073 de respuesta de fecha 10 mayo 2023, suscrito por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Salud y Protección Social, y Radicado CGR 2023ER0099160, se recibió respuesta así: “Respuesta a radicado CGR 2023EE0063993 - AG8 - 07 3/51 “Comunicación de Observaciones. Auditoria Financiera al Ministerio de salud y Protección Social – MSPS, vigencia 2022- RAD MSPS 202342301005252… El edificio Urano, al corte del 30 de noviembre de 2022, tenía en la cuenta 1640 – Edificaciones del Grupo 16 – Propiedades, Planta y Equipo, un saldo de $95.668.613.317,79. Al recibir y revisar el avalúo del predio, recibido en esta dependencia el 18 de noviembre de 2022 con radicado 202241000414313, encontramos los siguientes valores: TERRENO CONSTRUCCION PRINCIPAL VALOR TOTAL $ 58.224.076.909,01 $ 33.158.890.050,00 $ 91.382.966.959,01 Al compararlo con los saldos registrados en las cuentas: 1605 -Terrenos, que para el edificio Urano no mostraba saldo y 1640 – Edificaciones, que para dicha construcción mostraba un saldo de $95.668.613.317.79 en dicha cuenta, se reflejan unas variaciones que hicieron necesarias las siguientes acciones: i) Una reclasificación de las cuentas para registrar el valor del terreno que quedó claramente establecido en el avalúo y ii) realizar el ajuste de los valores que al comparar el valor final del predio, incluidos terreno y construcción, mostró una disminución de $4.285.646.358,78. De conformidad con lo anterior, se procedió a: Realizar una reclasificación de cuentas, debido a que inicialmente todo el valor del edificio estaba registrado en la cuenta 1640 – Edificaciones, por cuanto en los avalúos anteriores no se había realizado una desagregación de dicho valor entre el correspondiente al terreno y el de la construcción. En consecuencia, mediante comprobante # 71202 de 31/12/2022 se reclasificaron los saldos vigentes desagregándolos entre lo correspondiente a terreno y construcción, utilizando como metodología, la aplicación del porcentaje de participación de uno y otro en el total del avalúo realizado La bodega Zona Franca, al corte del 30 de noviembre de 2022, tenía en la cuenta 1640 – Edificaciones del Grupo 16 – Propiedades, Planta y Equipo, un saldo de $7.468.217.440,00. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Al recibir y revisar el avalúo del predio, recibido en esta dependencia el 18 de noviembre de 2022 con radicado 202241000414313, encontramos los siguientes valores: TERRENO CONSTRUCCCION CONSTRUCCION VALOR TOTAL BODEGA OFICINAS $ 5.355.974.408,34 $ 1.479.756.675,45 $ 1.043.240.844,44 $ 7.878.971.928,23 Al compararlo con los saldos registrados en las cuentas: 1605 -Terrenos, que para la bodega Zona Franca no mostraba saldo y 1640 – Edificaciones, que para dicha construcción mostraba un saldo de $7.468.217.440,00, en dicha cuenta, se reflejan unas variaciones que hicieron necesarias las siguientes acciones: i) Una reclasificación de las cuentas para registrar el valor del terreno y las oficinas que quedó claramente establecido en el avalúo y ii) realizar el ajuste de los valores que al comparar el valor final del predio, incluidos terreno, construcción bodega y construcción oficinas, mostró un aumento de $410.754.488,23. De conformidad con lo anterior, se procedió a: Realizar una reclasificación de cuentas, debido a que inicialmente todo el valor del edificio estaba registrado en la cuenta 1640 – Edificaciones, por cuanto en los avalúos anteriores no se había realizado una desagregación de dicho valor entre el correspondiente al terreno, la edificación oficina y la edificación bodega. En consecuencia, mediante comprobante # 71203 de 31/12/2022 se reclasificaron los saldos vigentes desagregándolos entre lo correspondiente a terreno, oficinas y bodega utilizando como metodología, la aplicación del porcentaje de participación de uno y otro en el total del avalúo realizado El predio Malaria, al corte del 30 de noviembre de 2022, tenía en la cuenta 1640 – Edificaciones del Grupo 16 – Propiedades, Planta y Equipo, un saldo de $23.960.869.692,00. Al recibir y revisar el avalúo del predio, recibido en esta dependencia el 18 de noviembre de 2022 con radicado 202241000414313, encontramos los siguientes valores: TERRENO CONSTRUCCION ESAP FEDERICO VALOR TOTAL $ 40.751.695.156,51 $ 3.035.557.400,00 $ 43.787.252.556,51 Al compararlo con los saldos registrados en las cuentas: 1605 -Terrenos, que para el predio Malaria mostraba un saldo de $ 23.960.869.692,00 y 1640 – Edificaciones, que para dicho predio no mostraba saldo, se reflejan unas variaciones que hicieron necesarias las siguientes acciones: i) Una reclasificación de las cuentas para registrar el valor de la edificación que quedó claramente establecida en el avalúo y ii) realizar el ajuste de los valores que al comparar el valor final del predio, incluidos terreno y construcción, mostró un aumento de $ 19.826.382.864,51 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia De conformidad con lo anterior, se procedió a: Realizar una reclasificación de cuentas, debido a que inicialmente todo el valor del predio estaba registrado en la cuenta 1605 – Terrenos, por cuanto en los avalúos anteriores no se había realizado una desagregación de dicho valor entre el correspondiente al terreno y la edificación. En consecuencia, mediante comprobante # 71204 de 31/12/2022 se reclasificaron los saldos vigentes desagregándolos entre lo correspondiente a terreno y la edificación utilizando como metodología, la aplicación del porcentaje de participación de uno y otro en el total del avalúo realizado. Tal llamado de atención tiene como propósito indicar que la descripción de tales movimientos, realizados con corte a 31 de diciembre de 2022, demuestra que en la vigencia 2022 se venía realizando la causación de la depreciación y que solo, los ajustes realizados por las variaciones en los valores de los inmuebles avaluados, desaparecieron dichas partidas por obra del ajuste que, de conformidad con los procedimientos contables establecidos en el manual para este tipo de operaciones, debieron realizarse como corresponde hacerse en los años en los que se realizan los avalúos de los predios. Lo anterior desvirtúa lo afirmado en el texto de la observación, en la que se expresa que no se ha realizado y registrado contablemente la depreciación de los bienes inmuebles del Ministerio”. Análisis de la respuesta Analizada la respuesta presentada por el MSPS, remite los soportes de transacciones contables por concepto de depreciación presentados entre enero y noviembre de la vigencia 2022, a causa de la actualización del valor de bienes inmuebles respecto, a los informes técnicos de avalúos bienes inmuebles presentados en el año 2022, no obstante, no soporto las justificaciones técnicas que confirmen el saldo en cero de la depreciación de los bienes inmuebles, al cierre de la vigencia 2022. La Política de los Activos del MSPS, adicionalmente indica: “Propiedad Planta y Equipo: “Para el cálculo de la depreciación de los bienes muebles e inmuebles, el Ministerio implementa el método de depreciación de línea recta, el cual consiste en la determinación de la alícuota periódica constante para registrarla como gasto durante la vida útil del elemento. Se aplica cuando el elemento es utilizado de manera regular y uniforme en cada periodo. El Ministerio de Salud y Protección Social aplicará los siguientes preceptos de vida útil para los activos tal como se define activos depreciables vida útil (años) Edificaciones 50 Equipo médico y científico 10 Equipo para comunicación y sus accesorios 10 Equipo de Transporte, tracción y elevación 10 Equipo de comedor, despensa y hotelería 10 Equipo para el procesamiento de datos y sus accesorios 5 Equipo de oficina, contabilidad y dibujo 10 Maquinaria y Equipo 15 Muebles y enseres 10 Redes, líneas y cables 25 El valor reportado en las cuentas de los bienes en bodega”. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Por lo señalado se genera incertidumbre sobre el saldo real de la subcuenta contable del gasto 5.3.60.01 “Depreciación- Edificaciones”, cuyo saldo asciende a 1.039.206.579,74 COP. Así las cosas, se confirma como hallazgo, con presunta incidencia disciplinaria con traslado a la Procuraduría General de la Nación y otras incidencias para ser trasladado a la Contaduría General de la Nación, para lo de su competencia. Hallazgo No. 3 Registros NOVASOFT (A-D-OI) Manual para el manejo administrativo de bienes del Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo propósito es definir los criterios que orientan la administración de los bienes a cargo del Ministerio. Sección 6. “Bienes del Ministerio para la elaboración y rendición de inventarios y/o cuentas de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio se orientarán por los preceptos establecidos en el Índice Universal de Inventarios, los cuales se clasifican por su clase, naturaleza, uso, destino o aplicación”. Sección 8. “Es el proceso mediante el cual el Ministerio de Salud y Protección Social decide retirar definitivamente los bienes del patrimonio de la Institución, previo los procedimientos administrativos que sean necesarios, teniendo en cuenta su estado de obsolescencia, deterioro, pérdida, extravío, hurto, exoneración de responsabilidad fiscal o bienes en buen estado no necesarios, entre otros”. Ley 87 de 1993, “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado: (…) Artículo 2. Objetivos del Sistema de Control Interno. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientarán al logro de los siguientes objetivos fundamentales: (…) e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros; (…). Artículo 3. Características del Control Interno: Son características del control interno las siguientes: (…) e. Todas las transacciones de las entidades deberán registrarse en forma exacta veraz y oportuna, de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros (…)”. Resolución 156 del 29 de mayo de 2018, Contaduría General de la Nación, “por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007 que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública”. El Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante Resolución 355 de 2007 de la CGN, contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), Numeral 8. Principios de la Contabilidad Pública sub - numeral 117, establece: “(…) 117. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Devengo o Causación. Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que sucedan, con independencia del instante en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de estos. El reconocimiento se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones, o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período. (…). 122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; (…)”. Resolución 168 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el Marcado de valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. Resolución 177 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por el cual se modifica el Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público, el procedimiento contable para el registro de hechos económicos relacionados con la prestación de servicios de salud y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y del marco normativo para entidades del Gobierno”. Resolución 218 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las Normas para reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco Normativo para entidades de Gobierno”. Resolución 219 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, que no captan ni administran ahorro Público”. Resolución 035 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 037 de 2017 para incluir la modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las normas de información financiera, grupo 1, realizada mediante el Decreto 1432 de 2020”. De acuerdo con lo establecido en el Marco normativo para las entidades de gobierno, adoptado mediante la Resolución 533 de 2015 emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) y sus modificaciones: “Los activos son recursos controlados por la entidad que resultan de un evento pasado y de los cuales se espera obtener potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros”. “Este es un valor de entrada, observable y específico para la entidad. (…). Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Con posterioridad al reconocimiento inicial, el costo de algunos activos se puede asignar al resultado a través de la depreciación o amortización, pero también pueden ser objeto de ajuste por el reconocimiento de pérdidas. La pérdida es el grado en que el potencial de servicio o la capacidad de generar beneficios económicos futuros provenientes de un activo han disminuido debido a cambios en la economía u otras condiciones diferentes de las de su consumo. (…) Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación en la información financiera de un hecho económico que tenga la probabilidad de generar una entrada o salida de potencial de servicio o de beneficios económicos y que tenga un valor que se pueda medir con fiabilidad. (…) La probabilidad, como condición para el reconocimiento, se utiliza con referencia al grado de certidumbre con que el potencial de servicio o los beneficios económicos futuros asociados llegarán o saldrán de la entidad. La certidumbre correspondiente al potencial de servicio o al flujo de los beneficios económicos futuros se evalúa a partir de la información disponible. (…) La medición fiable, como criterio para el reconocimiento, implica que un elemento tiene un valor que se puede determinar con razonabilidad”. El anexo de la Resolución 193 de 2016, por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación, indica que: “3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable. Con el propósito de lograr una información financiera que cumpla con las características cualitativas previstas en los Marcos Normativos del Régimen de Contabilidad Pública, las entidades deberán observar, como mínimo, los siguientes elementos y actividades. (…) 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible. Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información”. Resolución 484 de 2017, Articulo 1, “por la cual se modifica el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades del Gobierno, y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. Notas Generales a los estados financieros a 31 de diciembre de 2022 (MSPS) precisan: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia “(…) NOTA 4. RESUMEN DE POLÍTICAS CONTABLES 4.1. Política relativa a los Activos Inventarios: El Ministerio de Salud y Protección social reconocerá como inventarios, los activos adquiridos, los cuales se encuentren en proceso de transformación y los producidos, que se tengan con la intención de a) comercializarse en el curso normal de la operación, b) distribuirse en forma gratuita o a precios de no mercado en el curso normal de la operación, o c) transformarse o consumirse en actividades de producción de bienes o prestación de servicios. El almacén es el lugar en el cual son guardados los bienes de consumo y devolutivos para su custodia temporal que adquiere o le transfieren al Ministerio de Salud y Protección Social, a cualquier título, con el objeto de atender las necesidades básicas para el desarrollo de las actividades que atienden sus dependencias y de las entidades del sector salud. Le corresponde a la Subdirección de Gestión de Operaciones llevar en forma detallada en el software del sistema de Inventarios de bienes en servicio y en bodega, los registros de los bienes almacenados y en servicio en las dependencias, así como las demás establecidas en el presente manual. Los inventarios del Ministerio de Salud y Protección Social y del Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Estupefacientes se llevarán utilizando el sistema de inventario permanente, y para efectos de valoración y determinación de los costos se aplicará el método del promedio ponderado (…) (…) NOTA 9. INVENTARIOS Los inventarios del Ministerio de Salud y Protección Social, están bajo el control y custodia del Grupo de Recursos Físicos, quienes teniendo en cuenta la normativa dada por la Contaduría General de la Nación, el Manual para el Manejo Administrativo de Bienes y el Manual de Contabilidad, registran en forma detallada y en tiempo real la información en el Software contable Novasoft. El Grupo de Contabilidad, recibe mensualmente a través de un radicado en el aplicativo Orfeo, los informes detallados y reportes consolidados de los movimientos del almacén, con sus respectivos anexos. Analizada la información, realiza los comprobantes contables en el aplicativo SIIF NACION II, por el módulo de Gestión Contable. teniendo en cuenta que no contiene el módulo de inventarios. Los Grupos de Recursos Físicos y de Contabilidad, a través de un acta de conciliación mensual, de las cuentas contables, dejan soporte de las igualdades y desigualdades que se hayan presentados en las los saldos finales. Las entradas de almacén del Ministerio se pueden presentar por: compras, donaciones, transferencias, reintegros de bienes de consumo, por traslados, por reposición, por restitución, por préstamos. Durante la vigencia 2022, las entradas al almacén ascendieron a un valor de $2.048.059.505.953.33. Las salidas de almacén del Ministerio se pueden presentar por: obsolescencia, traspaso de bienes, con destino a terceros, por transferencias, por cambio, reposición o garantía, por Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia entregas en comodato, entre otros. Durante la vigencia del 2022, las salidas por este concepto ascendieron a un valor de $ 2.091.238.675.876.15. Las entradas y las salidas de almacén año 2022, nuevamente estuvieron relacionados en su mayoría con el tema COVID-19 (70%). El Grupo de Recursos físicos, realizo un inventario físico de la totalidad de las existencias que están a su cargo en los primeros días del mes de enero del 2023, antes del cierre contable de la vigencia del 2022, y realizó los documentos de ajustes (sobrantes y faltantes) correspondientes. Está información fue incorporada en los reportes dados al Grupo de contabilidad. Los inventarios del Ministerio se miden de acuerdo con el costo de adquisición, se llevan utilizando el sistema de inventario permanente, y para efectos de valoración y determinación de los costos se aplicará el método del promedio ponderado”. (…) NOTA 29.2. Deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones “Para la vigencia 2022 se registró dentro de este rubro lo siguiente: - El gasto por deterioro de inventarios durante la vigencia 2022, se dio por el vencimiento de los siguientes medicamentos”. Ley 734 de 2002, “por la cual se expide el Código Disciplinario Único”, artículo 34. Ley 1952 de 2019, “por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”. De acuerdo con la información suministrada por Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS, al cierre del 31 de diciembre de 2022, en los Estados Contables certificados del Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS, la subcuenta contable del activo 15.10.60 “Inventarios -Medicamentos” presenta un saldo total por 336.864.950.880 COP, valor que representa el 98% del total de la cuenta contable de Activos - Inventarios. Por otro lado, la subcuenta contable del gasto “Deterioro – Materiales y Suministro” 53.50.08 presenta saldo 638.844.359 COP. La nota contable No. 29.2, señala: “Deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones, para la vigencia 2022 se registró dentro de este rubro lo siguiente: - El gasto por deterioro de inventarios durante la vigencia 2022, se dio por el vencimiento de los siguientes medicamentos: Medicamento Valor SOVALDI (SOFOSBUVIR 400 MG) 561.778.902 VACUNA MODERNA 4.245.281 VACUNA DOBLE VIRAL 19.091.689 VACUNA ROTA VIRUS 259.209 VPH 11.594.735 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Medicamento Valor JERINGA DE 27g 2.201.982 VACUNA PFIZER 39.672.561 Total 638.844.359 Al examinar el soporte contable sobre la trazabilidad de medicamentos entregados por el MSPS que garantizan el saldo de las cuentas; se constató deficiencias en el módulo de inventarios NOVASOFT, en referencia a los saldos financieros que se trasladan a la cuenta contable del inventario de medicamentos, como se observó al realizar la trazabilidad en el módulo del sistema de inventarios NOVASOFT, para lo cual se tomó como muestra el medicamento más representativo de código 10301223 - SOFOSBUVIR 400 mg, entre el periodo de enero a diciembre de 2022 a través del Kardex, detallando la fecha, entradas, salidas, lote, cantidad, concepto, costo unitario, costo total y saldo. Analizada la información, no se evidencia la salida en el sistema Kardex, para destrucción/desnaturalización deterioro del medicamento código 10301223 - SOFOSBUVIR 400 mg, a diferencia de los estados financieros que certifica el deterioro del medicamento en la nota contable No. 29. Situación que evidencia deficiencias en los mecanismos de control interno y en la efectividad de los controles a los procedimientos establecidos para el registro de los hechos económicos en los Estados Contables, especialmente en el inventario de los medicamentos, los cuales se deben medir de acuerdo con el costo de adquisición, y registrar en forma detallada y en tiempo real en el Software Novasoft. Conllevando a exposición de riesgos de control administrativo y financiero, afectando así la revelación y confiabilidad de la información contable enunciados en el Régimen de Contabilidad Pública; generando incertidumbre sobre los saldos reales de la subcuenta contable del activo 15.10.60 “Inventarios -Medicamentos” por 336.864.950.880 COP. Respuesta entidad. Mediante oficio No 202311000161073 de respuesta de fecha 10 mayo 2023, suscrito por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Salud y Protección Social, y Radicado CGR 2023ER0099160 se recibió respuesta así: “Respuesta a radicado CGR 2023EE0063993 - AG8 - 07 3/51 “Comunicación de Observaciones. Auditoria Financiera al Ministerio de salud y Protección Social – MSPS, vigencia 2022- RAD MSPS 202342301005252… Efectivamente, al examinar en el Kardex los movimientos del código 10301223 - Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia SOFOSBUVIR 400 mg durante el periodo de enero a diciembre de 2022, no se evidencia salida para destrucción/desnaturalización de dicho medicamento, por cuanto durante dicho periodo no se produjeron vencimientos que dieran lugar a tal procedimiento. Los vencimientos revelados en la nota contable N°29 de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2022, corresponden a los producidos para algunas unidades del medicamento SOFOSBUVIR 400 mg, código 10301223 ocurridos en la vigencia 2020, que motivaron su reclasificación al grupo de inservibles en dicha vigencia, según Salida N°4886 de 30/09/2020 e ingreso 851 de 0/09/2020, quedando en el sistema con código 50300216, hasta su disposición final ocurrida en la vigencia 2021. La salida del sistema de inventarios por esta operación se produjo el 13/05/2022, con el documento salida de elementos del sistema No. 14195, la cual fue reportada al área de contabilidad mediante Rad. 202241300159753 de fecha 17/05/2022, el comprobante contable realizado por el área contable es el N° 31110 del 31/05/2022 Debemos señalar que esta situación irregular que dio lugar al registro de una operación sin la oportunidad que corresponde al sistema de causación que rige el sistema contable establecido para las entidades de gobierno, fue considerado por sus causas en diferentes espacios, uno de ellos el Comité de Sostenibilidad Contable realizado el 9 de junio de 2022 de cuya acta #1 se extractan algunos aspectos tratados en la reunión y las acciones de mejoramiento concertadas Las acciones de mejoramiento se concretaron con las operaciones en Kardex antes descritas y el ajuste contable de los hechos, tal como se puede verificar en los comprobantes contables que anexamos. De igual forma, la evidencia de que los medicamentos que sufrieron deterioro fueron reemplazados por el proveedor sin costo adicional alguno, descarta cualquier presunto detrimento y desvirtúa apreciaciones como la presunta afectación por lo ocurrido, del derecho a la salud para los habitantes del territorio nacional sugerido por el Grupo Auditor en su observación, más aun cuando, por esta situación no se ha producido escasez o se han generado emergencias por falta del medicamento que, a pesar del deterioro de las unidades del medicamento que nos ha ocupado, ha mantenido los stock de seguridad requeridos”. Análisis de la respuesta Analizada la respuesta presentada por el MSPS, confirma que durante la vigencia 2022 no se evidencia salida para destrucción/desnaturalización del medicamento, sobre el aplicativo NOVASOFT, a diferencia de los estados financieros que confirman su deterioro. Por otro lado el MSPS, informa que se encuentran realizando planes de mejora en el manejo de los inventarios – medicamentos desnaturalizados / vencidos y su revelación en los estados financieros. Es importante resaltar que el registro de las salidas de elementos de consumo y/o Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia devolutivos de los medicamentos, han sido objeto de baja de los inventarios, y estos deberán revelarse en los registros contables de los activos del Ministerio. En el aplicativo de inventarios, debe registrar todo ingreso de bienes adquiridos (Medicamentos) por el Ministerio a cualquier título, teniendo en cuenta el valor unitario, cantidad, valor y fecha de ingreso, así como la manera en que fueron adquiridos. Debe igualmente registrar la salida de los mismos bien sea por destrucción o desnaturalización, y así mantener actualizadas las existencias reales de todos los medicamentos en tiempo real, sobre los estados financieros. Generando incertidumbre sobre los saldos reales de las subcuentas contables del activo 15.10.60 “Inventarios -Medicamentos” por 336.864.950.880 COP, y del gasto “Deterioro – Materiales y Suministro” 53.50.08 por 638.844.359 COP. Así las cosas, se confirma como hallazgo administrativo, con presunta incidencia disciplinaria para ser traslado a la Procuraduría General de la Nación para lo de su competencia, y otras incidencias para ser trasladado a la Contaduría General de la Nación, para lo de su competencia. Hallazgo No. 4 Inventarios- Medicamentos (A-IP) Manual de Contabilidad 2022, y Manual para el manejo administrativo de bienes del Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo propósito es definir los criterios que orientan la administración de los bienes a cargo del Ministerio. Sección 6. “Bienes del Ministerio para la elaboración y rendición de inventarios y/o cuentas de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio se orientarán por los preceptos establecidos en el Índice Universal de Inventarios, los cuales se clasifican por su clase, naturaleza, uso, destino o aplicación”. Sección 8. “Es el proceso mediante el cual el Ministerio de Salud y Protección Social decide retirar definitivamente los bienes del patrimonio de la Institución, previo los procedimientos administrativos que sean necesarios, teniendo en cuenta su estado de obsolescencia, deterioro, pérdida, extravío, hurto, exoneración de responsabilidad fiscal o bienes en buen estado no necesarios, entre otros”. Ley 87 de 1993, “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado: (…) Artículo 2. Objetivos del Sistema de Control Interno. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientarán al logro de los siguientes objetivos fundamentales: (…) e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros; (…). Artículo 3. Características del Control Interno: Son características del control interno las siguientes: (…) e. Todas las transacciones de las entidades deberán registrarse en forma Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia exacta veraz y oportuna, de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros (…)”. Resolución 156 del 29 de mayo de 2018, Contaduría General de la Nación, “por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007 que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública”. El Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante Resolución 355 de 2007 de la CGN, contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), Numeral 8. Principios de la Contabilidad Pública sub - numeral 117, establece: “(…) 117. Devengo o Causación. Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que sucedan, con independencia del instante en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de estos. El reconocimiento se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones, o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período. (…). 122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; (…)”. Resolución 168 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el Marcado de valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. Resolución 177 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por el cual se modifica el Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público, el procedimiento contable para el registro de hechos económicos relacionados con la prestación de servicios de salud y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y del marco normativo para entidades del Gobierno”. Resolución 218 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las Normas para reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco Normativo para entidades de Gobierno”. Resolución 219 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, que no captan ni administran ahorro Público”. Resolución 035 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia artículo 3º de la Resolución 037 de 2017 para incluir la modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las normas de información financiera, grupo 1, realizada mediante el Decreto 1432 de 2020”. De acuerdo con lo establecido en el Marco normativo para las entidades de gobierno, adoptado mediante la Resolución 533 de 2015 emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) y sus modificaciones: “Los activos son recursos controlados por la entidad que resultan de un evento pasado y de los cuales se espera obtener potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros”. “Este es un valor de entrada, observable y específico para la entidad. (…) Con posterioridad al reconocimiento inicial, el costo de algunos activos se puede asignar al resultado a través de la depreciación o amortización, pero también pueden ser objeto de ajuste por el reconocimiento de pérdidas. La pérdida es el grado en que el potencial de servicio o la capacidad de generar beneficios económicos futuros provenientes de un activo han disminuido debido a cambios en la economía u otras condiciones diferentes de las de su consumo. (…) Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación en la información financiera de un hecho económico que tenga la probabilidad de generar una entrada o salida de potencial de servicio o de beneficios económicos y que tenga un valor que se pueda medir con fiabilidad. (…) La probabilidad, como condición para el reconocimiento, se utiliza con referencia al grado de certidumbre con que el potencial de servicio o los beneficios económicos futuros asociados llegarán o saldrán de la entidad. La certidumbre correspondiente al potencial de servicio o al flujo de los beneficios económicos futuros se evalúa a partir de la información disponible. (…) La medición fiable, como criterio para el reconocimiento, implica que un elemento tiene un valor que se puede determinar con razonabilidad”. El anexo de la Resolución 193 de 2016, por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación, indica que: “3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable. Con el propósito de lograr una información financiera que cumpla con las características cualitativas previstas en los Marcos Normativos del Régimen de Contabilidad Pública, las entidades deberán observar, como mínimo, los siguientes elementos y actividades. (…) 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible. Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información”. Resolución 484 de 2017, Articulo 1, “por la cual se modifica el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades del Gobierno, y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. Notas Generales a los estados financieros a 31 de diciembre de 2022 (MSPS) precisan: “(…) NOTA 4. RESUMEN DE POLÍTICAS CONTABLES 4.1. Política relativa a los Activos Inventarios: El Ministerio de Salud y Protección social reconocerá como inventarios, los activos adquiridos, los cuales se encuentren en proceso de transformación y los producidos, que se tengan con la intención de a) comercializarse en el curso normal de la operación, b) distribuirse en forma gratuita o a precios de no mercado en el curso normal de la operación, o c) transformarse o consumirse en actividades de producción de bienes o prestación de servicios. El almacén es el lugar en el cual son guardados los bienes de consumo y devolutivos para su custodia temporal que adquiere o le transfieren al Ministerio de Salud y Protección Social, a cualquier título, con el objeto de atender las necesidades básicas para el desarrollo de las actividades que atienden sus dependencias y de las entidades del sector salud. Le corresponde a la Subdirección de Gestión de Operaciones llevar en forma detallada en el software del sistema de Inventarios de bienes en servicio y en bodega, los registros de los bienes almacenados y en servicio en las dependencias, así como las demás establecidas en el presente manual. Los inventarios del Ministerio de Salud y Protección Social y del Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Estupefacientes se llevarán utilizando el sistema de inventario permanente, y para efectos de valoración y determinación de los costos se aplicará el método del promedio ponderado (…) (…) NOTA 9. INVENTARIOS Los inventarios del Ministerio de Salud y Protección Social, están bajo el control y custodia del Grupo de Recursos Físicos, quienes teniendo en cuenta la normativa dada por la Contaduría General de la Nación, el Manual para el Manejo Administrativo de Bienes y el Manual de Contabilidad, registran en forma detallada y en tiempo real la información en el Software contable Novasoft. El Grupo de Contabilidad, recibe mensualmente a través de un radicado en el aplicativo Orfeo, los informes detallados y reportes consolidados de los movimientos del almacén, con Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia sus respectivos anexos. Analizada la información, realiza los comprobantes contables en el aplicativo SIIF NACION II, por el módulo de Gestión Contable. teniendo en cuenta que no contiene el módulo de inventarios. Los Grupos de Recursos Físicos y de Contabilidad, a través de un acta de conciliación mensual, de las cuentas contables, dejan soporte de las igualdades y desigualdades que se hayan presentados en los saldos finales. Las entradas de almacén del Ministerio se pueden presentar por: compras, donaciones, transferencias, reintegros de bienes de consumo, por traslados, por reposición, por restitución, por préstamos. Durante la vigencia 2022, las entradas al almacén ascendieron a un valor de $2.048.059.505.953.33. Las salidas de almacén del Ministerio se pueden presentar por: obsolescencia, traspaso de bienes, con destino a terceros, por transferencias, por cambio, reposición o garantía, por entregas en comodato, entre otros. Durante la vigencia del 2022, las salidas por este concepto ascendieron a un valor de $ 2.091.238.675.876.15. Las entradas y las salidas de almacén año 2022, nuevamente estuvieron relacionados en su mayoría con el tema COVID-19 (70%). El Grupo de Recursos físicos, realizo un inventario físico de la totalidad de las existencias que están a su cargo en los primeros días del mes de enero del 2023, antes del cierre contable de la vigencia del 2022, y realizó los documentos de ajustes (sobrantes y faltantes) correspondientes. Está información fue incorporada en los reportes dados al Grupo de contabilidad. Los inventarios del Ministerio se miden de acuerdo con el costo de adquisición, se llevan utilizando el sistema de inventario permanente, y para efectos de valoración y determinación de los costos se aplicará el método del promedio ponderado”. (…) NOTA 29.2. Deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones. “Para la vigencia 2022 se registró dentro de este rubro lo siguiente: - El gasto por deterioro de inventarios durante la vigencia 2022, se dio por el vencimiento de los siguientes medicamentos”. Ley 610 de 2000, “Por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías”, señala: “Artículo 3. Gestión Fiscal. Para los efectos de la presente ley, se entiende por gestión fiscal el conjunto de actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que manejen o administren recursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada y correcta adquisición, planeación, conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición de los bienes públicos, así como a la recaudación, manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir los fines esenciales del Estado, con sujeción a los principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, publicidad y valoración de los costos ambientales (…). Artículo 6. Daño Patrimonial al Estado. Para efectos de esta ley se entiende por daño patrimonial al Estado la lesión del patrimonio público, representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia recursos públicos, o a los intereses patrimoniales del Estado, producida por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, inequitativa e inoportuna, que en términos generales, no se aplique al cumplimiento de los cometidos y de los fines esenciales del Estado, particularizados por el objetivo funcional y organizacional, programa o proyecto de los sujetos de vigilancia y control de las contralorías. Dicho daño podrá ocasionarse por acción u omisión de los servidores públicos o por la persona natural o jurídica de derecho privado, que en forma dolosa o culposa produzcan directamente o contribuyan al detrimento al patrimonio público”. De acuerdo con la información suministrada por Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS, al cierre del 31 de diciembre de 2022, en los Estados Contables certificados del Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS, en la nota contable No. 29.2 “Deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones”, se precisó lo siguiente: La nota contable No. 29.2 señala: “Deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones, para la vigencia 2022 se registró dentro de este rubro lo siguiente: - El gasto por deterioro de inventarios durante la vigencia 2022, se dio por el vencimiento de los siguientes medicamentos: Medicamento Valor SOVALDI (SOFOSBUVIR 400 MG) 561.778.902 VACUNA MODERNA 4.245.281 VACUNA DOBLE VIRAL 19.091.689 VACUNA ROTA VIRUS 259.209 VPH 11.594.735 JERINGA DE 27g 2.201.982 VACUNA PFIZER 39.672.561 Total 638.844.359 Los Estados Contables a 31 de diciembre de 2022, en la nota antes transcrita, reflejan la disminución del inventario por concepto de medicamentos vencidos por 638.844.359 COP, bienes administrados por el Ministerio de Salud y Protección Social - MSPS, bajo el control y custodia del Grupo de Recursos Físicos, medicamentos que no fueron utilizados para garantizar el derecho fundamental a la salud de los usuarios del Sistema General de Salud. Solicitada la información de soportes por concepto del vencimiento del medicamento código 10301223 - SOFOSBUVIR 400 mg, actas de destrucción y desnaturalización, no fueron entregadas por el MSPS, de acuerdo a la siguiente respuesta: “De manera atenta se informa que NO se recibió por parte de la supervisión del Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia contrato el Medicamento SOVALDI (SOFOSBUVIR 400 MG) para realizar el proceso de disposición final en la vigencia 2022, según consta en los memorandos remitidos por el Almacén General del Ministerio con el Inventario a desnaturalizar y en los formatos Plan de Gestión Integral de Residuos PGIR ”. Con esta situación se evidencia debilidades en los mecanismos de control interno especialmente, en el seguimiento a la entrega oportuna de los medicamentos a los usuarios del Sistema General de Salud. La situación detectada, genera un presunto menoscabo a los recursos públicos del SGSSS, ocasionado la disminución del inventario por concepto de medicamentos vencidos, siendo necesario establecer el posible daño a través de una Indagación Preliminar. Respuesta entidad. Mediante oficio No 202311000161073 de respuesta de fecha 10 mayo 2023, suscrito por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Salud y Protección Social, y Radicado CGR 2023ER0099160, se recibió respuesta así: “Respuesta a radicado CGR 2023EE0063993 - AG8 - 07 3/51 “Comunicación de Observaciones. Auditoria Financiera al Ministerio de salud y Protección Social – MSPS, vigencia 2022- RAD MSPS 202342301005252… Como ya se informó al responder la observación N°3, “(…) al examinar en el Kardex los movimientos del código 10301223 - SOFOSBUVIR 400 mg durante el periodo de enero a diciembre de 2022, no se evidencia salida para destrucción/desnaturalización de dicho medicamento, por cuanto durante dicho periodo no se produjeron vencimientos que dieran lugar a tal procedimiento. (…)”; sin embargo, como igualmente lo explicamos en la respuesta presentada a la observación N°3, los vencimientos revelados en la nota contable N°29 de los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2022, corresponden a los producidos para algunas unidades del medicamento SOFOSBUVIR 400 mg, código 10301223 ocurridos en la vigencia 2020, que motivaron su reclasificación al grupo de inservibles en dicha vigencia, según Salida N°4886 de 30/09/2020 e ingreso 78 en el sistema con código 50300216, hasta su disposición final ocurrida en la vigencia 2021. La Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud, informó a la Subdirección de Gestión de Operaciones que el valor de las 3.192 tabletas del medicamento Sovaldi /Sofosbuvir 400 mg, fue reconocido por el proveedor el cual transfirió los recursos por la OPS a la ADRES, de acuerdo con los procedimientos establecidos Que el valor de las unidades vencidas de SOVALDI (Sosfosbuvir), por gestión adelantada por el Ministerio de Salud y Protección Social, fue reembolsado por el proveedor a la ADRES, quien es el comprador de este producto destinado a la atención de la HEPATITIS Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia C, quien para efectos de la distribución, el seguimiento y control, los transfiere al Ministerio de Salud y Protección Social, elemento importante de información en el análisis de lo ocurrido, que nunca se plasmó en el informe que soporta la observación, ni fue requerido al Ministerio. A manera de elemento probatorio de lo anteriormente afirmado, se anexa la imagen de la comunicación donde la Dirección de medicamentos notifica a la Subdirección de operaciones de dicho reintegro y la imagen de la operación bancaria mediante la cual se hizo el reintegro. Esta información se encuentra en los archivos del almacén del Ministerio, en los de la ADRES y disponibles para su verificación en cualquier momento. La reposición de biológicos y medicamentos de interés pública es una condición relativamente común en el contenido de los contratos o convenios que se suscriben para su adquisición en el mercado, máxime cuando la adquisición de medicamentos como el de marras, se realiza a través de compras centralizadas con la intermediación de la OPS, sin que la información sobre este procedimiento esté restringida o reservada. De otra parte, y con el propósito de evaluar la materialidad del presunto “menoscabo a los recursos públicos del SGSSS” bien vale la pena de realizar el siguiente análisis estadístico: Según lo señalado en la observación, el total de los vencimientos registrados contablemente durante la vigencia de 2022 es de $638.844.359 pesos, de los cuales $ 561.778.902 pesos corresponden al medicamento SOVALDI (Sosfosbuvir), cuyo valor fue reintegrado por el proveedor, según se demuestra con los comprobantes cuya imagen anexamos. Lo anterior indica que finalmente la pérdida real por los vencimientos registrados corresponde al total referido por el Grupo Auditor, menos el valor de lo reintegrado por su respectivo proveedor lo que deja dicho saldo en $77.065.457”. Análisis de la respuesta Analizada la respuesta presentada por el MSPS de fecha 10 mayo 2023, la CGR solicito mediante correo electrónico el día 14 de abril de 2023, los soportes del deterioro del medicamento SOVALDI, así: “en referencia al gasto por deterioro de inventarios durante la vigencia 2022, solicitamos atentamente las actas y/o soportes de destrucción/desnaturalización, por el vencimiento del medicamento SOVALDI (SOFOSBUVIR 400 MG)”… y por este mismo medio el 17 de abril se recibe la respuesta por parte del MSPS, la cual es complementada con el oficio de respuesta de fecha 10 mayo 2023, en la que se allega los soportes de la destrucción del medicamento. Por otro lado el MSPS, en la respuesta informa que los medicamentos que sufrieron deterioro fueron reemplazados por el proveedor sin costo adicional alguno, a diferencia de lo informado frente a lo observado con el Novasoft donde se indica Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia que el medicamento SOVALDI fue reintegrado en su valor. En ese orden de ideas, analizados los soportes en referencia al reintegro del medicamento SOVALDI por parte del laboratorio, los valores no coinciden, puesto que allegan un certificado de transferencia a la ADRES en divisa dólares, sin contar la conversión efectuada. El MSPS no unifica la respuesta, en referencia a los medicamentos deteriorados, precisando si fueron reintegrados en su valor o reemplazados, motivo por el cual se hace necesario adelantar Indagación Preliminar para establecer el posible daño. Así las cosas, se confirma como hallazgo, administrativo para inicio de Indagación Preliminar por parte de la Contraloría Delegada para el Sector salud. Hallazgo No 5 – Provisión Procesos Judiciales (A- D-OI) Ley 489 de 1998, “por medio de la cual se adoptan medidas en relación con el manejo de las obligaciones contingentes de las entidades estatales y se dictan otras disposiciones en materia de endeudamiento público”, señala: “Artículo 1. Manejo Presupuestal de las Contingencias. De conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto, la Nación, las Entidades Territoriales y las Entidades Descentralizadas de cualquier orden deberán incluir en sus presupuestos de servicio de deuda, las apropiaciones necesarias para cubrir las posibles pérdidas de las obligaciones contingentes a su cargo. El Gobierno Nacional reglamentará la metodología sobre los términos para la inclusión de estas obligaciones en los presupuestos de las entidades a que hace referencia el inciso anterior, pudiendo distinguir en su tratamiento las obligaciones contingentes que se hubiesen adquirido con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley y las futuras. Así mismo, el Gobierno reglamentará los eventos en los cuales dichos recursos deban ser transferidos al fondo que se crea de conformidad con el artículo siguiente. Parágrafo. Para efectos de la presente ley se entiende por obligaciones contingentes las obligaciones pecuniarias sometidas a condición”. Ley 1437 de 2011, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”, indica: “Artículo 194. Aportes al Fondo de Contingencias. Todas las entidades que constituyan una sección del Presupuesto General de la Nación deberán efectuar una valoración de sus contingencias judiciales, en los términos que defina el Gobierno Nacional, para todos los procesos judiciales que se adelanten en su contra. Con base en lo anterior, las mencionadas entidades deberán efectuar aportes al Fondo de Contingencias de que trata la Ley 448 de 1998, o las normas que la modifiquen o sustituyan, en los montos, condiciones, porcentajes, cuantías y plazos que determine el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el fin de atender, oportunamente, las obligaciones dinerarias contenidas en providencias judiciales en firme. Esta disposición también se aplicará a las entidades territoriales y demás descentralizadas Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia de todo orden obligadas al manejo presupuestal de contingencias y sometidas a dicho régimen de conformidad con la Ley 448 de 1998 y las disposiciones que la reglamenten”. Decreto 1069 de 2015, “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho”, indica: “Artículo 2.2.3.4.1.10. Funciones del apoderado. Son funciones del apoderado frente al Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI, las siguientes: 1. Registrar y actualizar de manera oportuna en el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUl, las solicitudes de conciliación extrajudicial, los procesos judiciales, y los trámites arbitrales a su cargo. 2. Validar la información de solicitudes de conciliación, procesos judiciales y trámites arbitrales a su cargo, que haya sido registrada en el Sistema por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado e informar a la Agencia, dentro de los 15 días siguientes al ingreso de la información, cualquier inconsistencia para su corrección. 3. Diligenciar y actualizar las fichas que serán presentadas para estudio en los comités de conciliación, de conformidad con los instructivos que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado expida para tal fin 4. Calificar el riesgo en cada uno de los procesos judiciales a su cargo, con una periodicidad no superior a seis (6) meses, así como cada vez que se profiera una sentencia judicial sobre el mismo, de conformidad con la metodología que determine la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. 5. Incorporar el valor de la provisión contable de los procesos a su cargo, con una periodicidad no superior a seis (6) meses, así como cada vez que se profiera una sentencia judicial sobre el mismo de conformidad con la metodología que se establezca para tal fin. Parágrafo. Cuando la representación extrajudicial y judicial sea adelantada por abogados externos a la entidad, se deberán incluir como obligaciones del contrato el cumplimiento de las responsabilidades asignadas para los apoderados en el presente artículo”. Resolución No 353 de 1 de noviembre de 2016 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, “por la cual se adopta una metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y tramites arbitrales en contra de la entidad”, indica: “Artículo 3. Metodología para el cálculo de la provisión contable. La metodología para la determinación de la provisión contable relacionada con los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales, excluye los procesos en los cuales la entidad actúa en calidad de demandante, aquellos en donde no hay pretensión económica que genere erogación, las conciliaciones judiciales y los trámites relacionados con extensión de jurisprudencia. Tras la contestación de la demanda se debe realizar el registro contable. En el evento en el que se profiera una sentencia, y/o cuando en el proceso existan elementos probatorios, jurisprudenciales y/o sustanciales que modifiquen su probabilidad de pérdida se deberá actualizar la provisión contable. En todos los casos, deberán ser los apoderados de cada proceso los encargados de evaluar la calificación del riesgo procesal Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia y, junto con el área financiera, determinar la provisión contable con el objetivo de que haya congruencia entre estos dos elementos. Parágrafo: La metodología consta de cuatro pasos en los que deben actuar el apoderado del proceso y el encargado del área financiera. Estos pasos son: 1) determinar el valor de las pretensiones, 2) ajustar el valor de las pretensiones, 3) calcular el riesgo de condena y 4) registrar el valor de las pretensiones. Artículo 4°. Determinación del valor de las pretensiones. “El primer paso que debe realizar el apoderado del proceso es determinar el valor total de las pretensiones de la demanda. A continuación, se presentan los diferentes tipos de pretensiones y la forma en que los apoderados deben calcular este valor total. En todos los casos, con independencia de si es posible determinar o no dicho valor, se debe garantizar que la información obtenida fluya en forma oportuna al área contable. a) Pretensiones determinadas: El apoderado del proceso debe definir el valor de la pretensión del demandante sumando todas las pretensiones de la demanda. b) Pretensiones indeterminadas: De ser posible, el apoderado del proceso debe determinar el valor de las pretensiones de la demanda teniendo en cuenta, entre otros: datos históricos de situaciones similares, sentencias precedentes y doctrina jurisprudencial, siempre y cuando las mismas tengan la vocación de generar erogación económica para la entidad. c) Pretensiones periódicas laborales: el apoderado del proceso debe tasar el valor de los dineros adeudados tomando como referencia, para el inicio del cálculo, la fecha indicada por el demandante y, como fecha final, la fecha estimada de pago”. Resolución 356 de 2007 de la Contaduría General de la Nación, “por la cual se adopta el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública”. Resolución 5094 de 2017, “por la cual se adopta una metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable y la evaluación del riesgo procesal de los pasivos contingentes de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales en contra del Ministerio de Salud y Protección Social”. Circular Externa 0023 de 11 de diciembre de 2015 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, señalo: “El objetivo de esta circular es establecer la metodología de reconocido valor técnico que debe ser utilizada por las diferentes entidades públicas del orden nacional para calcular la provisión contable, respecto de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales a su cargo”. Ley 87 de 1993, “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado (…): Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia “Artículo 2. objetivos del sistema de control interno. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientarán al logro de los siguientes objetivos fundamentales: (…) e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros; (…)”. Artículo 3 literal E, establece: “(…) Todas las transacciones de las entidades deberán registrarse en forma exacta veraz y oportuna, de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros (…)”. Contaduría General de la Nación, en su Régimen de Contabilidad Pública (Resolución 354 de 2007), “define la confiabilidad como características cualitativas de la información contable pública”. El Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante Resolución 355 de 2007 de la CGN, “contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP)”, establece: Numeral 8. Principios de la Contabilidad Pública sub - numeral 117, establece: “117. Devengo o Causación. Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que sucedan, con independencia del instante en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de estos. El reconocimiento se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones, o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período. (…)”. (…) 122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; (…)”. Resolución 484 de 2017, “por la cual se modifica el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades del Gobierno, y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”. Resolución 193 de 2016, (el anexo), “por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”, indica que: “3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable. Con el propósito de lograr una información financiera que cumpla con las características cualitativas previstas en los Marcos Normativos del Régimen de Contabilidad Pública, las Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia entidades deberán observar, como mínimo, los siguientes elementos y actividades…. 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible. Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información”. De acuerdo con lo establecido en el Marco normativo para las entidades de gobierno, adoptado mediante la Resolución 533 de 2015 emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) y sus modificaciones: “Los activos son recursos controlados por la entidad que resultan de un evento pasado y de los cuales se espera obtener potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros”. Una base de medición aplicable a los activos (6.3.4) es el costo. “Este es un valor de entrada, observable y específico para la entidad…. Con posterioridad al reconocimiento inicial, el costo de algunos activos se puede asignar al resultado a través de la depreciación o amortización, pero también pueden ser objeto de ajuste por el reconocimiento de pérdidas. La pérdida es el grado en que el potencial de servicio o la capacidad de generar beneficios económicos futuros provenientes de un activo han disminuido debido a cambios en la economía u otras condiciones diferentes de las de su consumo.. .. Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación en la información financiera de un hecho económico que tenga la probabilidad de generar una entrada o salida de potencial de servicio o de beneficios económicos y que tenga un valor que se pueda medir con fiabilidad... La probabilidad, como condición para el reconocimiento, se utiliza con referencia al grado de certidumbre con que el potencial de servicio o los beneficios económicos futuros asociados llegarán o saldrán de la entidad. La certidumbre correspondiente al potencial de servicio o al flujo de los beneficios económicos futuros se evalúa a partir de la información disponible…. La medición fiable, como criterio para el reconocimiento, implica que un elemento tiene un valor que se puede determinar con razonabilidad”. Resolución 080 de 2021 de la Contaduría General, “se modifica el Procedimiento contable para el registro de los procesos judiciales, arbitrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno”. Ley 734 de 2002, “por la cual se expide el Código Disciplinario Único”. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Ley 1952 de 2019, “por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”. Al examinar los reportes contables que garantizan el saldo de la cuenta contable 27 “Pasivos – Provisiones – Litigios y Demandas – Administrativas” entregados por el MSPS; se constató incorrección en su determinación, toda vez que, no se registró el valor real de la pretensión de la siguiente demanda, a saber: En la carpeta procesal del expediente con radicado 76001333301020190024600, se evidencia que el valor total de la pretensión de la demanda, fue la suma de 214.703.674,32 COP (Demanda instaurada ante el Juzgado Décimo Administrativo del Circuito de Cali el día 18 de septiembre de 2019). Pretensión que también se puede evidenciar en la sentencia de primera instancia, emitida por el Juzgado Décimo Administrativo de Oralidad del Circuito de Cali el día 24 de agosto de 2022, en donde se resumieron las pretensiones, así: “solicitando se libre mandamiento de pago por las siguientes sumas de dinero: 1º. La cantidad de $82.883.081,39 por diferencias por salarios, prestaciones sociales, cesantías, primas, indemnización por despido, etc., liquidado al 21 de febrero de 2014. 2º. La cantidad de $131.820.592,93 por intereses moratorios liquidados hasta el 18 de septiembre de 2019”. Registro que difiere del soporte contable del proceso, según el sistema Ekogui, que registra como pretensión 21.470.367.432 COP y un valor a registrar y/o reportar por 22.250.092.121 COP, como se evidencia: Tabla No.1 Proceso Judicial Cifras COP Probabilidad de Valor a Registrar en Ekogui Demandante Demandado Estado del No. de proceso Pretensión perder el caso Proceso Ministerio de Salud y Fallo Primera 21.470.367.432 Alta 22.250.092.121 Yepes, XXX 76001333301020190024600 Protección Instancia Social Fuente: Información suministrada por la Entidad - Relación de procesos judiciales cierre vigencia 2022 Elaboró: Equipo auditor. El valor del registro contable para dicho proceso es superior a la realidad de los hechos económicos, es decir, en los estados contables certificados por el MSPS al cierre de la vigencia 2022, registró de más en un 10363% el valor del proceso judicial. Lo anterior, por debilidades de control en la implementación, registro y aplicación de la metodología técnica para el cálculo de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y tramites arbitrales en contra de la entidad. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Situación que conlleva exposición a riesgos de control administrativo, afectando así la revelación y confiabilidad de la información contable enunciados en el Régimen de Contabilidad Pública, por sobre estimación en la cuenta contable 27 “Pasivos – Provisiones – Litigios y Demandas – Administrativas” por 22.035.688.447 COP. Respuesta entidad. Mediante oficio No 202311000161073 de respuesta de fecha 10 mayo 2023, suscrito por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Salud y Protección Social, y Radicado CGR 2023ER0099160, se recibió respuesta así: “Al revisar la descripción se pudo constar que en el caso del proceso No. 76001333301020190024600 se trató de un error involuntario no intencionado, que se desprende de la formulación del archivo Excel de calificación masiva de procesos judiciales, al momento de consolidar la información reportada por cada uno de los apoderados, frente a los 4.627 procesos judiciales vigentes, toda vez que el instrumento no tomó el valor en centavos (es decir la coma) sino que lo registró en pesos (con el punto en los tres últimos dígitos), pues el valor de la pretensión correspondía a 214.703.674,32 y se registró el valor numérico, sin decimales, es decir sin centavos, de: 21.470.367.432 siendo importante tener en cuenta por el Ente de control, que esta calificación se realiza de manera manual, pues es la única forma de realizarlo debido a la realidad litigiosa de la Entidad y a la multiplicidad de causas por las cuales demandan a este Ministerio, así como las decisiones judiciales que de manera general se han tomado por los jueces de la república”.(…) “En atención a lo anterior, para el cierre del primer trimestre de 2023 con corte a marzo, fue corregida esta situación en la calificación efectuada por el Grupo de Defensa Legal a los procesos judiciales vigentes, tal y como se observa en la siguiente imagen”.(…) “De acuerdo con lo anterior, la situación presentada fue corregida y subsanada en la actualidad. El Grupo de Defensa Legal realizará un análisis de causas de la situación presentada para propender por la mejora continua del procedimiento”. Análisis de la Respuesta En su respuesta, el MSPS presenta los argumentos para su defensa basándose por un lado en: “que en el caso del proceso No 76001333301020190024600 se trató de un error involuntario no intencionado, que se desprende de la formulación del archivo Excel de calificación masiva de procesos judiciales, al momento de consolidar la información reportada por cada uno de los apoderados, frente a los 4.627 procesos judiciales vigentes, toda vez que el instrumento no tomó el valor en centavos (es decir la coma) sino que lo registró en pesos (con el punto en los tres últimos dígitos), pues el valor de la pretensión correspondía a 214.703.674,32 y se registró el valor numérico, sin decimales, es decir sin centavos, de: 21.470.367.432”, y por otro en que: “para el cierre del primer trimestre de Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 2023 con corte a marzo, fue corregida esta situación”. Visto lo anterior, considera que ese error precisamente ocasionó exposición a riesgos de control administrativo, afectando la revelación y confiabilidad de la información contable enunciados en el régimen de contabilidad pública por sobrestimación en la cuenta contable, asimismo se evidencio debilidades en la aplicación de las normas que regulan la materia, toda vez que ese error persistía desde el día 18 de septiembre de 2019, (fecha en que fue instaurada la demanda) y de otra parte se evidencio que tampoco fue corregido el error con motivo de la comunicación de la sentencia No. 107 de 24 de agosto de 2022, ya que en dicha sentencia se menciona nuevamente el monto de las pretensiones del demandante, desconociendo de esta manera el artículo 2.2.3.4.1.10. del Decreto 1069 de 2015 el cual le señala las funciones que debe tener el apoderado frente al sistema único de gestión e información de la actividad litigiosa del Estado, veamos: “Funciones del apoderado. Son funciones del apoderado frente al Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado - eKOGUI, las siguientes: ...4. Calificar el riesgo en cada uno de los procesos judiciales a su cargo, con una periodicidad no superior a seis (6) meses, así como cada vez que se profiera una sentencia judicial sobre el mismo, de conformidad con la metodología que determine la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado. 5. Incorporar el valor de la provisión contable de los procesos a su cargo, con una periodicidad no superior a seis (6) meses, así como cada vez que se profiera una sentencia judicial sobre el mismo de conformidad con la metodología que se establezca para tal fin”. De acuerdo al error presentado en la determinación de la provisión arriba mencionado, es importante tener en cuenta las Normas para el Reconocimiento, Medición, Presentación y Revelación de los Hechos Económicos; toda vez que, para el caso de errores de periodos anteriores que sean materiales, para efectos de presentación, la opción de reexpresar de manera retroactiva la información comparativa afectada por el error. Igualmente, el manual de contabilidad de 2022, capitulo 8.2.2.8.3 establece “el Ministerio de Salud y Protección Social corregirá los errores de periodos anteriores, en el periodo en que se descubra el error, ajustando el valor de las partidas de activos, pasivos y patrimonio, que se vieron afectados por este. Cuando la entidad efectúe una corrección de errores de periodos anteriores, revelará lo siguiente: a) La naturaleza del error de periodos anteriores. b) El valor del ajuste para cada periodo anterior c) Justificación de las razones por la cuales se efectuó el ajuste”. Por lo anterior, la Contraloría General de la República, valida como hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria para ser trasladado a la Procuraduría General de la Nación, y otra incidencia para trasladar a la Contaduría General de la Nación, para lo de su competencia. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Hallazgo No. 6 Legalización de las Transferencias Condicionadas Vigencias 2020 y 2021 (A-D) Ley 1122 de 2007, “por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”. Artículo 37, numeral 1 que dispone: “Superintendencia Nacional de Salud, dentro del Eje de Financiamiento del sistema, deberá vigilar la eficiencia, eficacia y efectividad en la generación, flujo, administración y aplicación de los recursos del sector salud”. Resolución No 2361 de 2016, “por la cual se fijan lineamientos para la remisión de la información por parte de las entidades territoriales y otras beneficiarias por los recursos transferidos o asignados directamente y se establecen las directrices para el seguimiento y supervisión de la ejecución de dichos recurso”, señala: “Artículo 2. Cargue de información por parte de las dependencias de este Ministerio: “… Las dependencias de este Ministerio que, a partir de la presente vigencia, tramiten transferencias o asignación de recursos por medio de actos administrativos, deberán registrar en el "Aplicativo de seguimiento a recursos transferidos a entidades territoriales y beneficiarias", administrado por la Subdirección Financiera, la información allí solicitada. Tal información deberá extraerse de los antecedentes o documentos técnicos, así como del acto administrativo de asignación de transferencias de recursos. El cumplimiento de este trámite será requisito indispensable para el giro de los recursos. Parágrafo. Por una sola vez y hasta el 31 de octubre de 2016, las dependencias del Ministerio, a través de un funcionario designado para el efecto, deberán incorporar en el referido aplicativo, la información relacionada con la ejecución de transferencias o asignaciones realizadas desde el año 2011 a 2015…. “Artículo 3. Responsabilidades de las dependencias que ejecutan presupuesto: Corresponde a las dependencias de este Ministerio que ejecuten presupuesto mediante la transferencia o asignación de recursos a través de actos administrativos, además de realizar el cargue de información, efectuar la verificación y análisis de los datos reportados y de los soportes remitidos por las entidades territoriales y otras beneficiarias del nivel territorial. Igualmente, las dependencias del Ministerio o áreas técnicas a través de su jefe o director deberán adelantar las siguientes actividades: 1 realizar el seguimiento, a la ejecución de los recursos trasferidos o asignados directamente y verificar que la información haya sido incorporada en el aplicativo y remitidos los soportes conforme lo previsto en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. 2 requerir a las entidades territoriales y otras beneficiarias del nivel territorial, al finalizar la ejecución de los recursos, si producto de la ejecución se establecieron reintegros, bien sea de recursos no ejecutados o de rendimientos financieros que no hayan sido registrados y reintegrado. 3 presentar un acta a la Subdirección Financiera de este Ministerio, en un plazo no superior a treinta (30) días calendario, siguientes al requerimiento de que trata el numeral anterior, sobre el estado de los compromisos adquiridos por los beneficiarios de los recursos y de los saldos y conceptos a reintegrar”. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Guía Planeación, Asignación y Seguimiento de los Recursos Girados a Través del Mecanismo de Transferencias a Entidades Territoriales: “Establecer las actividades para la planeación, asignación y seguimiento de los recursos girados a través del mecanismo de trasferencias nacionales de responsabilidad de la Dirección de Promoción y Prevención”. Procedimientos de seguimiento a la ejecución de transferencias o asignaciones de recursos a entidades beneficiarias o ejecutoras código No. PSSP06: “Realizar seguimiento al uso de los recursos públicos girados a través de trasferencia o asignación directa a entidades beneficiarias o ejecutoras, para el cumplimiento de sus objetivos, planes, programas y proyectos con el fin de verificar la adecuada ejecución de los recursos asignados por el Ministerio de Salud y Protección Social…”. Políticas de Operación numeral 5: “… Los recursos no ejecutados por las entidades beneficiarias deben ser reintegrados a la Dirección del Tesoro Nacional junto con los rendimientos financieros que se hayan causado. Numeral 6. Es responsabilidad de las áreas técnicas el seguimiento a la ejecución de las condiciones y los recursos transferidos, de la elaboración de las actas que den cuenta de los resultados de dicho seguimiento y la elaboración de un concepto técnico de cumplimiento que dé cuenta de las condiciones técnicas y financieras vigentes al momento del cierre (Resolución 5514 de 2013, Resolución 2361 de 2016”. Decreto 4730 de 2005, “el presente decreto rige para los órganos nacionales que conforman la cobertura del Estatuto Orgánico del Presupuesto. Artículo 33. Rendimientos Financieros. Los rendimientos financieros originados con recursos de la Nación, incluidos los negocios fiduciarios, deben ser consignados en la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional en el mes siguiente de su recaudo. Se exceptúan los rendimientos financieros generados con aportes destinados a la seguridad social”. Resolución No. 1716 de 2019 del Ministerio de Salud, “por la cual se establece el procedimiento de reintegro de los recursos del SGSSS, apropiados o reconocidos sin justa causa”. “Articulo 3. Inicio del procedimiento: Cuando el Ministerio y Protección Social, la ADRES o las entidades territoriales que en ejercicio de sus competencias o actividades como participantes o actores en el flujo de recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud detecten que se presentó una presunta apropiación o reconocimiento sin justa causa de estos recursos, iniciara en forma inmediata el procedimiento de reintegro en relación con los recursos que cada uno administre”. Resoluciones mediante las cuales se efectúa las asignaciones del presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social de la vigencia fiscal 2020 y 2021: “parágrafo del Artículo 4 de la citada resolución establece que los recursos no ejecutados o comprometidos al final de la vigencia 2020 y 2021, deberán ser reintegrados a este Ministerio dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a ese término, junto con los rendimientos financieros generados desde la fecha del ingreso de los recursos a las cuentas bancarias informadas hasta la fecha del traslado efectivo de los remanentes de capital que no hubieren sido comprometidos ni ejecutados”. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Decreto Ley 111 de 1996, “por el cual el cual se compila la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto”. Ley 734 de 2002, “por la cual se expide el Código Disciplinario Único”, articulo 34. Ley 1952 de 2019, “por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”, articulo 27,38 y 39. El Ministerio de Salud Protección Social MSPS, en el marco de sus competencias y en cumplimiento de su misión, ejecuta mediante el presupuesto de gastos de inversión el rubro denominado transferencia condicionada, la cual tiene como propósito apoyar a las entidades beneficiarias, al cumplimiento de un fin, propósito, actividad o proyecto específico, el cual dependerá del cumplimiento de las condiciones establecidas en el acto administrativo de asignación. Para el seguimiento de la ejecución de las transferencias o asignaciones de recursos a entidades beneficiarias o ejecutoras cuenta con el procedimiento con el código No. PSSP06, este proceso se inicia con la notificación de la resolución de transferencia a las entidades beneficiarias y una vez realizada la confirmación del giro de los recursos por parte de del grupo tesorería y de surtir la comunicación a la entidad beneficiaria del código con el cual se identifica la asignación de los recursos en el aplicativo PISIS, las dependencias encargadas por parte del MSPS de la ejecución de los recursos trasferidos deben realizar la validación de la ejecución de los recursos de conformidad con las condiciones y criterios establecidos en el acto administrativo, verificando el cumplimiento de las obligaciones previstas en la resolución de asignación de los recursos y en caso contrario de incumplimiento debe generar acto administrativo que ordene el reintegro de los recursos. El Ministerio de Salud y Protección Social - MSP mediante Resolución 2361 de 2016, establece las directrices para el seguimiento y supervisión de la ejecución de dichos recursos y en los numerales 1 y 2 menciona que las dependencias del Ministerio o áreas técnicas a través de su jefe o director, deberán adelantar las siguientes actividades: 1. “…Realizar el seguimiento, a la ejecución de los recursos trasferidos o asignados directamente y verificar que la información haya sido incorporada en el aplicativo y remitidos los soportes conforme lo previsto en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. 2. “…Requerir a las entidades territoriales y otras beneficiarias del nivel territorial, al finalizar la ejecución de los recursos, si producto de la ejecución se establecieron reintegros, bien sea de recursos no ejecutados o de rendimientos financieros que Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia no hayan sido registrados y reintegrados, entre otras…” Realizada la verificación y análisis de la siguiente información: a)Base de datos entregadas por el MSPS a la CGR3 relacionada con los recursos asignados en el presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social de la vigencia fiscal 2020, 2021 y 2022, de las transferencias condicionadas; b) Reunión con la Dirección de Promoción y Prevención4 para validar la información de las Resoluciones 1880/2020 y 1834/2021 y c) Certificaciones bancarias de los rendimientos financieros generados a 31/12/2022 de las resoluciones No. 506/2020, 2302/2020, 1833/2021, 2386/2021 y 1001/20225, se evidenció lo siguiente: A 31/12/2022, se encuentran pendiente de legalizar 59 actos administrativos suscritos por el MSPS en las vigencias 2020 y 2021 por 978.597.304.892 COP que representa el 48% del total de recursos asignados, así: Tabla No.2 Recursos Pendientes de Legalizar Transferencias Condicionadas Vigencia 2020 y 2021 Cifras en COP VALOR LEGALIZADO TOTAL, LEGALIZADO MSPS AREA AÑO VALOR FINAL VALOR PENDIENTE ENTIDADES ENTIDADES RESPONSABLE RESOLUCIÓN ASIGNADO POR LEGALIZAR TERRITORIALES TERRITORIALES 2020 DIRECCION DE 543.777.000.000,00 543.777.000.000,00 543.777.000.000,00 0,00 DESARROLLO DE TALENTO HUMANO 2021 174.650.171.915,00 174.650.171.915,00 125.400.867.083,00 0,00 SUBTOTAL 718.427.171.915,00 718.427.171.915,00 669.177.867.083,00 0,00 DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA Y 2020 DEMOGRAFÍA 35.034.081.457,00 25.397.349.868,00 34.708.970.447,00 325.111.010,00 SUBTOTAL 35.034.081.457,00 25.397.349.868,00 34.708.970.447,00 325.111.010,00 DIRECCIÓN DE 2020 PRESTACIÓN DE 648.783.581.970,00 194.272.870.236,00 194.905.545.024,00 453.878.036.946,00 SERVICIOS Y ATENCIÓN PRIMARIA 2021 412.221.212.904,00 22.557.049.309,00 22.557.049.309,00 389.664.163.595,00 SUBTOTAL 1.061.004.794.874,00 216.829.919.545,00 217.462.594.333,00 843.542.200.541,00 DIRECCIÓN DE 2020 PROMOCIÓN Y 45.150.200.360,00 27.544.332.344,98 29.598.918.478,00 15.551.281.882,00 PREVENCIÓN 2021 52.163.024.816,00 26.250.473.145,00 27.460.691.189,00 24.702.333.627,00 SUBTOTAL 97.313.225.176,00 53.794.805.489,98 57.059.609.667,00 40.253.615.509,00 OFICINA DE GESTIÓN 2020 TERRITORIAL 24.094.311.314,00 15.892.618.285,09 16.015.474.682,00 8.078.836.632,00 3 Base de datos (hoja Excel) entregada por el Ministerio de Salud y Protección Social- MSPS y los soportes entregados a las solicitudes de información, se estableció que las áreas o dependencias del MSPS entregada correo del 22 de febrero 2023. 4 Reunión con la Dirección de Promoción y Prevención para validar la información de las Resoluciones 1880/2020 y 1834/2021 el 17 de abril de 2023. 5 Solicitud de la certificación bancaria de los rendimientos financieros generados a 31/12/2022 de las resoluciones No. 506/2020, 2302/2020, 1833/2021, 2386/2021 y 1001/2022 correo del 14 de abril 2023. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia VALOR LEGALIZADO TOTAL, LEGALIZADO MSPS AREA AÑO VALOR FINAL VALOR PENDIENTE ENTIDADES ENTIDADES RESPONSABLE RESOLUCIÓN ASIGNADO POR LEGALIZAR TERRITORIALES TERRITORIALES EMERGENCIAS Y DESASTRES 2021 39.128.136.663,00 9.385.637.806,00 9.400.433.000,00 29.727.703.663,00 SUBTOTAL 63.222.447.977,00 25.278.256.091,09 25.415.907.682,00 37.806.540.295,00 2020 OFICINA DE 23.149.296.971,00 8.406.839.480,00 8.407.110.000,00 14.742.186.971,00 PROMOCION SOCIAL 2021 42.802.101.560,00 767.952.346,00 874.450.994,00 41.927.650.566,00 SUBTOTAL 65.951.398.531,00 9.174.791.826,00 9.281.560.994,00 56.669.837.537,00 TOTAL 2.040.953.119.930,00 1.048.902.294.735,07 1.013.106.510.206,00 978.597.304.892,00 Fuente: Información entregada correo del 22 de febrero de 2023. Lo anterior se presenta por falta de control y seguimiento de las dependencias del MSPS encargadas de la supervisión de la ejecución de los recursos girados a través del mecanismo de trasferencias nacionales. Situación que conllevan al incumplimiento de los actos administrativos mediante los cuales se realizó la asignación de los recursos y de la normatividad vigente frente al seguimiento de los mismos. Respuesta Entidad Mediante oficio No 202311000161073 de respuesta de fecha 10 mayo 2023, suscrito por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Salud y Protección Social, y Radicado CGR 2023ER0099160, en la que se adjuntan las respuestas individuales de la áreas encargadas del tema, así: Respuesta remitida por la Oficina de Promoción mediante radicado 202316000166013: “Con respecto a este punto, si bien la Oficina de Promoción Social a 31 de diciembre de 2022, tiene pendiente por legalizar $56.669.837.537, en lo corrido del presente año, esta dependencia ha continuado realizando el seguimiento a las transferencias realizadas en las vigencias 2020 y 2021 y en virtud de ello, ha logrado la legalización de recursos adicionales por un monto de $7.623.583.100, por lo que a la fecha el valor pendiente por legalizar corresponde a la suma de $49.046.254.437, con la suscripción de nuevas actas de cierre y cobro, como se detalla en el siguiente”. Respuesta por parte de la Dirección de Epidemiología y Demografía radicado 202322000160793: “El Ministerio de Salud y Protección Social por medio de la Dirección de Epidemiología y Demografía efectuó la asignación de recursos a través de la Resolución 534 por medio de la cual efectuó la asignación de recursos a las 7 entidades territoriales priorizadas para el fortalecimiento de la capacidad de respuesta inmediata, eficiente y oportuna por parte de los laboratorios de salud pública ante la demanda de atenciones y pruebas confirmatorias para la población afectada en el marco de la emergencia sanitaria Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia por el nuevo coronavirus SARS-CoV2 y la Resolución 626 de 2020 por medio de la cual se efectuó la asignación de recursos a 37 Entidades Territoriales departamentales y distritales para el fortalecimiento de las capacidades de Vigilancia en Salud Pública ante la declaratoria de emergencia por el nuevo coronavirus COVID-19. Dichos recursos fueron destinados para la contratación de recurso humano, gastos logísticos, insumos y elementos de protección personal. La Dirección de Epidemiología y Demografía realizó el seguimiento tanto a la oportunidad en la incorporación de los recursos, elaboración del plan de acción, así como verificación, evaluación y seguimiento a los soportes cargados a la plataforma PISIS, por las ET trimestralmente, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Resolución 2361 de 2016 y a los lineamientos técnicos de las Resoluciones 534 y 626 de 2020. En virtud de lo anterior, a continuación, se presenta en detalle la ejecución técnica y financiera por cada entidad territorial beneficiaria de los recursos transferidos. En virtud de lo anterior y dado que a la fecha no se ha dado cumplimiento con el reintegro de los recursos solicitados por parte de las entidades territoriales anteriormente mencionadas, la Dirección de Epidemiología y Demografía proyectó las resoluciones de cobro para las entidades territoriales de Buenaventura, Caldas, Chocó, Córdoba, Santander, Sucre, Vaupés, San Andrés, Vichada y Valle del Cauca y se remitió a la Secretaría General y a la Dirección Jurídica para proceder con el procedimiento de cobro coactivo”. Respuesta de la Oficina de Gestión Territorial Emergencias y Desastres radicado 202317000165253: “La oficina realiza seguimiento constante de la ejecución de los recursos asignados a través de comunicaciones, en las cuales se indica a las beneficiarias los documentos a entregar para verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en las Resoluciones de asignación, la verificación del vehículo adquirido y su concordancia con el proyecto presentado y cofinanciado, para posteriormente realizar las actas de cierre de cada una de las transferencias plasmadas en cada una de las Resoluciones. Dando respuesta a los años de las resoluciones que indican en la tabla No. 3: Recursos pendientes de Legalizar Transferencias Condicionadas Vigencias 2020 y 2021, a continuación, relacionamos el estado actual y la ubicación de los soportes correspondientes al seguimiento y cierre efectuado”. Respuesta de la Dirección de Promoción y Prevención del MSPS Radicado No. 202321000165923 del 5 de mayo de 2023: “La Dirección de Promoción y Prevención gestiono recursos mediante el mecanismo de Transferencias condicionadas por valor de $97.313.225.176 que equivalen a 261 entidades beneficiarias, durante 2020 y 2021. Del total de las Entidades beneficiarias, se han legalizado recursos por valor de $53.794.805.489,98, que equivalen a 86 informes de cierre”. (…) Por consiguiente, El proceso de seguimiento realizado por parte de la dependencia, se ha gestionado con base en lo definido en el Resolución 2361 de 2016. A la fecha para el periodo 2020-2021 se encuentran pendientes de legalizar recursos por valor de $40.253.615.509, equivalentes a 175 informes de cierre, los cuales han sido afectados por las siguientes situaciones: En este punto es importante poner de presente que de conformidad con lo instaurado en el artículo 1º de la Constitución Política, Colombia es una república unitaria y descentralizada con organización administrativa típica del Estado unitario descentralizado, y, respecto a los servicios de salud, en su artículo 49 indica que “Los servicios de salud se organizarán en Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia forma descentralizada”. Aunado, el artículo 209 ibidem establece que la función pública se desarrolla, entre otros principios, con sujeción al principio de descentralización, por tanto, las actividades de generación de política pública, reglamentación de las leyes y emisión de regulación general se concentran en el sector central del nivel nacional, donde MSPS en su calidad de ente rector, en materia de salud pública y control de las enfermedades tiene funciones de formulación de política, coordinación y orientación, de conformidad con el artículo 2, numeral 3, del Decreto Ley 4107 de 2011, no obstante, las actividades de formulación, coordinación en la ejecución, coordinación y evaluación de política, se desconcentran en diferentes tipos de entidades y niveles administrativos del sector salud, incluidas las entidades territoriales a través de la autonomía y la descentralización territorial. Es así como la asignación de funciones de operación, ejecución y supervisión de la política pública no corresponden comúnmente a los Ministerios, sino a entidades descentralizadas territorialmente o por servicios. En el ámbito de la salud, existen funciones de supervisión y control en cabeza del Presidente de la República, delegadas legalmente a la Superintendencia Nacional de Salud (SuperSalud), no obstante, las entidades territoriales conservan facultades de vigilancia y supervisión en el sector en diferentes materias asociadas a la prestación de servicios de salud y la salud pública, además de ejecutar en algunos casos labores de inspección, vigilancia y control (IVC) de forma coordinada con la SuperSalud, en el marco de lo establecido en el artículo 118 de la Ley 1438 de 2011 que indica: “La Superintendencia Nacional de Salud ejecutará sus funciones de manera directa o por convenio interadministrativo con las direcciones departamentales o distritales de salud (…)”. Es menester destacar que, en lo que tiene que ver con las funciones de IVC del cumplimiento de las responsabilidades a cargo de las entidades territoriales, como de las EAPB y las IPS, a fin de garantizar las prestaciones de las atenciones y el adecuado y eficiente manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) está a cargo de la SuperSalud, la cual y de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley 1122 de 2007, le corresponde entre otros... Con base en el contexto anterior, a continuación, se describe control y seguimiento de la dirección sobre las resoluciones a su cargo: Programa de Tuberculosis, Resoluciones 506 de 2020, 270 de 2021 El Grupo de Gestión Integrada de las Enfermedades Emergentes, Reemergentes y Desatendidas ha realizado seguimiento y ha enviado requerimientos a las entidades territoriales beneficiarias de los recursos asignados para el cofinanciamiento de las acciones del Programa Nacional de Tuberculosis, con el propósito de que estas identifiquen los documentos que deben ser cargados en la plataforma PISIS correspondientes a las vigencias 2020-2021. Sin embargo, aún hay Entidades”. (...) “Programa de Lepra, Resoluciones 504 de 2020, 518 de 2021 El Grupo de Gestión Integrada de las Enfermedades Emergentes, Reemergentes y Desatendidas ha realizado seguimiento y ha enviado requerimientos a las entidades territoriales beneficiarias de los recursos asignados para el cofinanciamiento de las acciones del Programa Nacional de Tuberculosis, con el propósito de que estas identifiquen los documentos que deben ser cargados en la plataforma PISIS correspondientes a las vigencias 2020-2021. Sin embargo, aún hay entidades que tienen soportes pendientes por cargar en dicha plataforma, por tal razón, no se ha podido cerrar el seguimiento mediante el informe de cierre. Programa de Malaria – IREM, Resolución 2014 de 2020 Dicha Resolución fue modificada por la Resolución 2342 de diciembre 28 de 2021, modificando el Artículo 8. Reintegros”. (…) Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia “Las entidades beneficiarias que no ejecuten los recursos asignados en el artículo 1 de esta resolución, dentro de la vigencia 2022 o que los recursos se consideren no elegibles por parte de este Ministerio o de las auditorías externas deberán ser reintegrados a la cuenta del Tesoro Nacional junto con los rendimientos financieros que eventualmente pudieran generarse desde la fecha de ingreso de los recursos a las cuentas bancarias informadas hasta la fecha del traslado efectivo de los remanentes de capital que no hubieran sido ejecutados, la cual se adjunta. Como resultado de la reciente gestión realizada, se elaboraron 10 informes de cierre para remitir a la Subdirección Financiera, que corresponden a las vigencias 2020 y 2021, conforme a la información dispuesta en la plataforma PISIS y revisada por la dependencia encargada del seguimiento y que no se alcanzaron reportar en la presente auditoría: Entidad beneficiaria No Resolución Barranquilla 270-2021 Barranquilla 504-2020 Barranquilla 518-2021 Boyacá 270-2021 Cesar 270-2021 Nariño 518-2021 Valle 506-2020 Valle 270-2021 Vichada 576-2021 Vichada 610-2020”. Análisis de la respuesta En la respuesta no se presenta objeción en cuanto a las inconsistencias detectadas por la CGR, en relación a los recursos que al cierre de la vigencia 2022 se encontraban pendientes de legalizar, situación que se reconoce por cada una de las áreas encargadas de la supervisión de la ejecución de las transferencias. Se configura como hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria para ser trasladado a la procuraduría General de la Nación. Hallazgo No. 7 Activos bienes muebles FNE (A-D-OI) Manual para el manejo administrativo de bienes del Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo propósito es definir los criterios que orientan la administración de los bienes a cargo del Ministerio. Sección 6. “Bienes del Ministerio para la elaboración y rendición de inventarios y/o cuentas de los bienes muebles e inmuebles del Ministerio se orientarán por los preceptos establecidos en el Índice Universal de Inventarios, los cuales se clasifican por su clase, naturaleza, uso, destino o aplicación”. Ley 87 de 1993, “por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado: (…) Artículo 2. Objetivos del Sistema de Control Interno. Atendiendo los principios constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del Sistema de Control Interno se orientarán al logro de los siguientes objetivos fundamentales: (…) e) Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros; (…). Artículo 3. Características del Control Interno: Son características del control interno las siguientes: (…) e. Todas las transacciones de las entidades deberán registrarse en forma exacta veraz y oportuna, de forma tal que permita preparar informes operativos, administrativos y financieros (…)”. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Resolución 156 del 29 de mayo de 2018, Contaduría General de la Nación, “por la cual se modifica la Resolución 354 de 2007 que adoptó el Régimen de Contabilidad Pública”. El Plan General de Contabilidad Pública adoptado mediante Resolución 355 de 2007 de la CGN, contiene las pautas conceptuales que deben observarse para la construcción del Sistema Nacional de Contabilidad Pública (SNCP), Numeral 8. Principios de la Contabilidad Pública sub - numeral 117, establece: “(…) 117. Devengo o Causación. Los hechos financieros, económicos, sociales y ambientales deben reconocerse en el momento en que sucedan, con independencia del instante en que se produzca la corriente de efectivo o del equivalente que se deriva de estos. El reconocimiento se efectuará cuando surjan los derechos y obligaciones, o cuando la transacción u operación originada por el hecho incida en los resultados del período. (…). 122. Revelación. Los estados, informes y reportes contables deben reflejar la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, así como los resultados del desarrollo de las funciones de cometido estatal por medio de la información contenida en ellos; (…)”. Resolución 168 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera del Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el Marcado de valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”. Resolución 177 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por el cual se modifica el Marco Normativo para Empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público, el procedimiento contable para el registro de hechos económicos relacionados con la prestación de servicios de salud y se modifican los catálogos generales de cuentas del Marco Normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público y del marco normativo para entidades del Gobierno”. Resolución 218 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las Normas para reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco Normativo para entidades de Gobierno”. Resolución 219 de 2020. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifican las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, que no captan ni administran ahorro Público”. Resolución 035 de 2021. Contaduría General de la Nación. “Por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 037 de 2017 para incluir la modificación a la NIIF 16 del anexo técnico compilatorio y actualizado 1 – 2019, de las normas de información financiera, grupo Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 1, realizada mediante el Decreto 1432 de 2020”. De acuerdo con lo establecido en el Marco normativo para las entidades de gobierno, adoptado mediante la Resolución 533 de 2015 emitida por la Contaduría General de la Nación (CGN) y sus modificaciones: “Los activos son recursos controlados por la entidad que resultan de un evento pasado y de los cuales se espera obtener potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros”. “Este es un valor de entrada, observable y específico para la entidad. (…) Con posterioridad al reconocimiento inicial, el costo de algunos activos se puede asignar al resultado a través de la depreciación o amortización, pero también pueden ser objeto de ajuste por el reconocimiento de pérdidas. La pérdida es el grado en que el potencial de servicio o la capacidad de generar beneficios económicos futuros provenientes de un activo han disminuido debido a cambios en la economía u otras condiciones diferentes de las de su consumo. (…) Se denomina reconocimiento al proceso de incorporación en la información financiera de un hecho económico que tenga la probabilidad de generar una entrada o salida de potencial de servicio o de beneficios económicos y que tenga un valor que se pueda medir con fiabilidad. (…) La probabilidad, como condición para el reconocimiento, se utiliza con referencia al grado de certidumbre con que el potencial de servicio o los beneficios económicos futuros asociados llegarán o saldrán de la entidad. La certidumbre correspondiente al potencial de servicio o al flujo de los beneficios económicos futuros se evalúa a partir de la información disponible. (…) La medición fiable, como criterio para el reconocimiento, implica que un elemento tiene un valor que se puede determinar con razonabilidad”. El anexo de la Resolución 193 de 2016, por la cual se incorpora, en los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación, indica que: “3.2. Elementos y actividades de control interno para gestionar el riesgo contable. Con el propósito de lograr una información financiera que cumpla con las características cualitativas previstas en los Marcos Normativos del Régimen de Contabilidad Pública, las entidades deberán observar, como mínimo, los siguientes elementos y actividades. (…) 3.2.15. Depuración contable permanente y sostenible. Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de relevancia y representación fiel. Asimismo, las entidades adelantarán las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia información”. Resolución 484 de 2017, “por la cual se modifica el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades del Gobierno, y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015, y se dictan otras disposiciones”, Articulo 1. Ley 734 de 2002, “por la cual se expide el Código Disciplinario Único”, artículo 34. Ley 1952 de 2019, “por medio de la cual se expide el código general disciplinario se derogan la ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”. Política de los Activos del MSPS, “Propiedad Planta y Equipo: El Ministerio de Salud y Protección Social reconocerá como propiedad planta y equipo los bienes muebles o inmuebles de carácter permanente adquirido y/o transferido a cualquier título, para el funcionamiento de sus dependencias en el ámbito nacional y prestación de servicios o para la destinación determinada. Como propiedades, planta y equipo se reconocerán: 1) activos tangibles empleados por la entidad para la producción o suministro de bienes, para la prestación de servicios y para propósitos administrativos; 2) bienes muebles que se tengan para generar ingresos producto de su arrendamiento; 3) bienes inmuebles arrendados por un valor inferior al valor de mercado del arrendamiento. Los terrenos sobre los que se construyan propiedades, planta y equipo se reconocerán por separado”. De acuerdo con la información suministrada por la Entidad, al cierre del 31 de diciembre de 2022, en los Estados Contables certificados del Fondo Nacional de Estupefacientes la cuenta contable 16 del Activo – Propiedad Planta y Equipo presenta un saldo total por 6.981.386.479 COP, valor que representa el 26.90% del total de la cuenta contable del Activo. Al examinar el reporte contable de bienes muebles que garantizan el saldo de las subcuentas contables de Propiedad Planta y Equipo entregados por el FNE, como también, de acuerdo al acta de visita de Inspección, Control y Vigilancia en el marco de la auditoria financiera realizada al Fondo Nacional de Estupefacientes el día 31/03/2023, se constató debilidad en la revelación, medición y control de los Activos (bienes muebles) que reposan en las instalaciones del FNE, toda vez que, al realizar la prueba visual de existencias, se evidencio bienes muebles que no se encuentran registrados en los Estados contables al cierre de la vigencia 2022. Tabla No 3 Bienes Muebles no registrados en la contabilidad FNE Ítem Bienes muebles 1 Aire Acondicionado marca York 2 Aire Acondicionado marca York Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Ítem Bienes muebles 3 Aire Acondicionado marca York 4 Planta Eléctrica Fuente: Relación de bienes muebles físicos en las instalaciones del FNE Elaboro: Equipo Auditor Con esta situación se evidencia deficiencias en los mecanismos de control interno y en la efectividad de los controles a los procedimientos establecidos para el registro de los hechos económicos en los Estados Contables. Se genera incertidumbre sobre el saldo real de la sub cuenta contables 1655 del Activo – Propiedad Planta y Equipo – Maquinaria y Equipo cuyo saldo asciende a 0 COP, y el registro de la existencia de bienes muebles, que afecta la fiabilidad y razonabilidad de las cifras en los estados contables presentados por FNE. Respuesta entidad. Mediante oficio No 202311000161073 de respuesta de fecha 10 mayo 2023, suscrito por la Oficina de Control Interno del Ministerio de Salud y Protección Social, y Radicado CGE 2023ER0099160, se recibió respuesta así: “El Fondo Nacional de Estupefacientes según lo anteriormente mencionando, responde lo siguiente: En la vigencia 2022, El Fondo Nacional de Estupefacientes, mediante escritura pública # 0042 de 24 de enero de 2022, adquirió el inmueble ubicado en la Calle 25D N°100- 12 en la ciudad de Bogotá en donde actualmente funciona su sede. El edificio se recibió con todas sus dependencias y anexidades descritas en el acta de entrega y recibo, suscrita el 24 de enero de 2022. En el numeral 45 de dicho documento se hace referencia a 8 unidades de aire acondicionado en el primer piso y 17 en el segundo, además de 17 controles de aire acondicionado descritos en el numeral 46. En el numeral 70 del acta mencionada, se relaciona el recibo de 4 condensadores marca YORK que hacen parte del equipo de control de aires acondicionados y que se encuentran anclados a la estructura del edificio, como se puede observar en la foto de uno de ellos que se anexa al acta referida. Estos mismos equipos se reportan en la observación número 9 del Informe de Auditoría, como “aires acondicionados” con un soporte fotográfico claro que confirma su anclaje y demuestra que, a pesar de la nominación que le da el equipo auditor, corresponden a los Condensadores relacionados en el numeral 70 del acta de Entrega y recibo suscrita al recibo del inmueble adquirido por el Fondo Nacional de Estupefacientes La norma contable establece que los elementos y equipos que se encuentren anclados o Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia empotrados en la estructura del inmueble, hacen parte del mismo, y su valor debe hacer parte del que corresponde a dicho inmueble. Tal es el caso de los elementos a que se refiere la observación # 9, salvo lo que corresponde al elemento que denominan como “Planta Eléctrica” y que realmente corresponde a una subestación eléctrica montada por CODENSA para garantizar el adecuado flujo de energía para el predio, dada la condición especial del servicio que requiere. De hecho, los equipos en cuestión, hacen parte integral del bien adquirido mediante la escritura 0042 de 24 de enero de 2022 Bajo esta condición y de conformidad con las normas contables vigentes en lo que tiene que ver con las propiedades, planta y equipo, la observación y la presunta incertidumbre no tiene sustento técnico ni legal, más aún por la cuantía de $ 6.981.386.479 que se le pretende adjudicar para medir su materialidad, valor este que corresponde al valor de adquisición del bien inmueble adquirido y del que hacen parte integral los elementos en entredicho en el informe de Auditoría y sobre el cual no existe incertidumbre alguna, pues se tiene certeza, reafirmada con la visita adelantada por el Auditor, de que los elementos existen, que se hallan anclados o incrustados a la estructura y que son parte del valor pagado por el inmueble”. Análisis de respuesta Analizada la respuesta presentada por el MSPS - FNE, los bienes muebles (Aire Acondicionados y Planta Eléctrica) no se encuentran registrados como Propiedad Planta y Equipo - Activos, en los estados financieros al cierre de la vigencia 2022, al considerarlos bienes por adhesión y de la empresa CODENSA. El Fondo Nacional de Estupefacientes se rige por las políticas contables del Ministerio de Salud y Protección Social, el cuál cambiará una política contable cuando se realice una modificación al Marco Normativo para entidades de gobierno o cuando, en los casos específicos que este lo permita, la entidad considere pertinente un cambio en la misma que lleve a la representación fiel y a la relevancia de la información financiera. En el caso de que los cambios requeridos correspondan a modificaciones normativas, es responsabilidad del Coordinador del Grupo de Contabilidad, proponer los ajustes a este Manual y coordinar con el F.N.E, las diferentes mesas de trabajo para hacer las actualizaciones y socializaciones que se estimen pertinentes Revisado el contrato 039 de 2022, por medio del cual se adquiere el bien inmueble en la cláusula primera parágrafo segundo señala “en la presente promesa de compraventa se tienen incluidos todos los bienes muebles que por adherencia o incorporación se considere, como inmuebles tales como cableado para servicio de energía y teléfonos, redes alcantarillado, y redes de energía en el estado que se encuentre, de tal Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia suerte que no habrá reclamaciones por la existencia o no de las mismas...” . Así las cosas, con el presente contrato no se evidencia que los equipos en cuestión se encuentren incluidos en el traslado de dominio. De acuerdo al catálogo general de cuentas establecida por la Contaduría General de la Nación, confirma la dinámica contable para las cuentas del Activo – Propiedad Planta y Equipo – Maquinaria y Equipo, deben reconocerse el valor de la maquinaria, equipo y accesorios de propiedad de la entidad. Lo bienes muebles (Aire Acondicionados y Planta Eléctrica) son recursos controlados por la entidad, estos deben reconocerse en los estados financieros, bajo medición fiable, un valor que se puede determinar con razonabilidad. Hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario para traslado a la Procuraduría General de la Nación, y otra incidencia para trasladar a la Contaduría General de la Nación, para lo de su competencia. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 2 MATRIZ DE HALLAZGOS Auditoría Financiera Ministerio de Salud y Protección Social-MSPS-Vigencia 2022 INCIDENCIA CUANTIA DAÑO CUANTÍA N° NOMBRE DEL HALLAZGO FISCAL BENEFICIO A F D P IP OI BA PAS Propiedad Planta y Equipo 1 X 2 X X X Depreciación Edificaciones 3 X X X Registros NOVASOFT 4 Inventarios- Medicamentos X X Provisión Procesos 5 X X X Judiciales Legalización a las Transferencias Condicionadas Vigencia 6 X X 2020 y 2021 7 Activos bienes muebles FNE X X X INCIDENCIA CUANTÍA CUANTÍA RESUMEN DE HALLAZGOS DAÑO FS I CAL BENEFICIO A F D P IP OI BA PAS A Administrativo 7 F Fiscal D Disciplinario 5 P Penal IP Indagación Preliminar 1 OI Otras Incidencias 4 B A Beneficio de Auditoria Proceso Administrativo PAS Sancionatorio Elaboró: Equipo Auditor CGR. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 3 MUESTRAS 3.1 MUESTRAS CONTABLES 3.1.1 Muestra MSPS y FNE Tomando como base el análisis correspondiente a la estructura de los Estados Contables de la vigencia 2022, la valoración de la representatividad de las cuentas, la realización práctica de pruebas de recorrido y la materialidad establecida, se seleccionó las cuentas susceptibles de ser evaluadas, para efectos de determinar la razonabilidad de los estados contables, con base en un enfoque de muestreo no estadístico y en consideración a la representatividad del saldo de las cuentas contables, y lineamientos del Contralor General de la República vigencia 2022, se evaluó para auditar, las siguientes cuentas contables, a saber   A continuación, se relacionan las cuentas y sus valores de la unidad ejecutoria del Ministerios de Salud y Protección Social, así: Tabla No. 1 Muestra financiera y Contable MPS MSPS vigencia 2022 (Cifras expresadas en COP) CUENTA CONTABLE DETALLLE UNIVERSO MUESTRA PORCENTAJE Cuentas por Cuotas Partes de Cobrar Pensión 919.188.797.162 816.164.485.670 89% Inventarios Medicamentos 343.240.667.944 336.864.950.880 98% Otros Activos Gastos Diferidos por Transferencias 2.259.975.508.497 1.692.688.330.310 75% Provisiones Administrativas 351.883.792.588 343.234.152.893 98% Ingresos por Transferencias para Transferencias y programas de Salud Subvenciones 1.065.277.886.312 1.001.951.242.054 94% Gastos, deterioro y Provisiones litigios y provisiones. demandas 316.110.216.733 306.700.990.206 97% Totales 5.255.676.869.236 4.497.604.152.014 86% Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Elaboró: Equipo auditor Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Muestra de la cuenta del Activo – Cuentas por Cobrar – Cuotas partes de pensión: se analizó la gestión de cobro adelantada, con el fin de confirmar la realidad económica revelada en los estados financieros. Frente a la cuenta del Activo - Inventarios: se seleccionó para auditar el saldo y movimientos significativos de la cuenta contable de Medicamentos, frente a la cual se revisó la medición y valuación revelada en los estados financieros. Muestra de la cuenta de Otros Activos: se seleccionó para auditar el saldo y movimientos significativos de la cuenta contable de Gasto Diferido, se revisó la gestión medición y valor neto de realización de acuerdo a la normatividad. Para la cuenta del Gasto - deterioro, depreciaciones, amortizaciones y provisiones: se seleccionó para auditar el saldo y movimientos significativos de la cuenta contable de Provisiones Administrativas, se evaluará el reconocimiento de perdida por deterioro y el análisis a las estimaciones contables. Se analizaron las cuentas reciprocas, de acuerdo a los lineamientos del Contralor vigencia 2022. Muestra FNE, a continuación, se relacionan las cuentas y sus valores de la unidad ejecutoria del Fondo Nacional de Estupefacientes, así: Tabla No.2 Muestra financiera y Contable FNE vigencia 2022 Cifras expresadas en COP CUENTA CONTABLE DETALLLE UNIVERSO MUESTRA PORCENTAJE Cuentas por Cobrar Bienes Comercializados y Otras cuentas por Pagar 3.726.223.104 3.724.015.107 100% Inventarios Medicamentos 12.821.892.646 10.409.638.793 81% Propiedad, Planta y Urbanos, edificios y casas Equipo 6.981.386.479 6.283.114.031 90% Cuentas Por Pagar Bienes y Servicios 3.211.702.955 2.104.963.559 66% Totales 26.741.205.184 22.521.731.490 84% Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Elaboro: Equipo Auditor Muestra de la cuenta del Activo – Cuentas por Cobrar – Bienes Comercializados y Otras Cuentas Por Cobrar: se analizó la gestión de cobro adelantada, con el fin de confirmar la realidad económica revelada en los estados financieros. Frente a la cuenta del Activo - Inventarios: se seleccionó para auditar el saldo y movimientos significativos de la cuenta contable de Medicamentos, frente a la cual se revisó la existencia revelada en los estados financieros, como también, la cuenta contable de Propiedad Planta y Equipo – Urbanos Edificios y Casas. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Muestra de la cuenta del pasivo – Cuentas Por Pagar: se seleccionó para auditar el saldo y movimiento significativos, de la cuenta contable de Bienes y Servicios, se revisó la consistencia de información revelada en la cuenta del pasivo por pagar. En referencia a los lineamientos del Contralor, se revisó la política contable para las provisiones – deterioro sobre las cuentas por cobrar, toda vez que, de acuerdo a los saldos de las cuentas contables al cierre de la vigencia 2022, el FNE no presenta saldos por dicho concepto. De igual manera, se analizaron las cuentas reciprocas, de acuerdo a los lineamientos del Contralor vigencia 2022. 3.2 MUESTRAS PRESUPUESTALES 3.2.1 Muestras presupuesto MSPS a. Rezago Presupuestal 2022 Fueron objeto de revisión 27 reservas que representan el 100% de las reservas constituidas por 3.510.517.868 al cierre de la vigencia 2022 que fueron ejecutadas en el 2023, a continuación, se relaciona: Tabla No.3 Muestra Reservas Presupuestales constituidas Vigencia 2022 para pago en vigencia 2023 Cifras expresadas en COP Rubro Nombre Razón Social Numero Documento Valor Inicial Soporte C-1901-0300-33-0-1901167-02 REDCOMPUTO LIMITADA 578-2022 862.877.705 A-02-02-02-006-004 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 35.000.000 A-03-11-01-003-037 SUMIMAS S A S 571-2022 73.308.913 A-03-11-01-003-037 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 20.000.000 C-1901-0300-34-0-1901004-02 INSTITUTO DE EVALUACION TECNOLOGICA EN SALUD 1003-2021 53.322.142 C-1901-0300-35-0-1901002-02 CORPORACION INTEGRAL PARA EL DESARROLLO DE 0190-2022 290.547.815 LAS REGIONES C-1901-0300-28-0-1901136-02 IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA 489-2022 609.177.660 C-1901-0300-31-0-1901002-02 IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA 489-2022 9.673.196 C-1999-0300-13-0-1999054-02 IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA 489-2022 24.996.000 C-1901-0300-32-0-1901033-02 SUMIMAS S A S 571-2022 117.740.785 C-1902-0300-7-0-1902001-02 SUMIMAS S A S 571-2022 60.540.785 C-1901-0300-33-0-1901167-02 COLSOF S.A.S. 0572-2022 331.822.621 C-1999-0300-14-0-1999012-02 T&C INGENIEROS SAS 189-2022 CESIÓN Y 67.614.915 PROR No. 1 C-1901-0300-31-0-1901136-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 20.000.000 C-1902-0300-8-0-1902013-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 7.000.000 C-1901-0300-24-0-1901009-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 30.000.000 C-1901-0300-37-0-1901012-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 3.529.000 C-1901-0300-37-0-1901012-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 1.177.000 C-1901-0300-23-0-1901009-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 21.976.708 C-1999-0300-10-0-1999056-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 18.000.000 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Rubro Nombre Razón Social Numero Documento Valor Inicial Soporte C-1902-0300-10-0-1902018-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 15.000.000 C-1901-0300-32-0-1901012-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 5.000.000 C-1901-0300-36-0-1901012-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 20.000.000 C-1901-0300-26-0-1901009-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 40.000.000 C-1901-0300-35-0-1901018-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 10.000.000 C-1901-0300-28-0-1901018-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 5.000.000 C-1901-0300-29-0-1901084-02 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 SAS 1060-2022 5.000.000 C-1901-0300-29-0-1901084-02 INSTITUTO DE EVALUACION TECNOLOGICA EN SALUD 602-2021 752.212.620 TOTAL     3.510.517.867 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR En cuanto a las 905 reservas inducida constituidas bajo el amparo de articulo 27 Ley 2159/2021 y articulo 27 decreto 1793/2021 por 30.186.650.936 COP, se analizó el 27% por 7.075.596-632 COP de total de la reserva inducida, como criterio de selección se utilizó muestreo aleatorio simple con un nivel de confianza del 90%. Tabla No.4 Muestra Reservas Presupuestales Inducida Vigencia 2022 para pago en vigencia 2023 Cifras expresadas en COP Numero Rubro Descripción Tipo Documento Soporte Documento Valor Inicial Soporte A-02-02-02- Servicios de soporte Resolución 2779/22 675.437.700 008-005 Adquisición de bienes y servicios - documentos de investigación - actualización del plan de beneficios C-1902- en salud unidad de pago por Contrato de compra venta y 0300-7-0- 578-2022 904.814.929 capitación y su impacto suministros 1902001-02 presupuestal respecto a las necesidades en salud de la población nacional Adquisición de bienes y servicios - documentos de planeación - C-1901- fortalecimiento de los actores para 0300-23-0- Convenio 080-2022 953.916.740 la apropiación del enfoque 1901002-02 diferencial en la atención en salud y promoción social en salud nacional Adquisición de bienes y servicios - servicio de gestión del riesgo para C-1901- la salud pública - implementación 0300-29-0- Convenio 090-2022 778.790.260 de acciones de promoción de la 1901150-02 salud y prevención de la enfermedad. nacional Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Numero Rubro Descripción Tipo Documento Soporte Documento Valor Inicial Soporte Adquisición de bienes y servicios - C-1901- servicios de información 0300-33-0- actualizados - fortalecimiento Orden de compra 1085-2022 3.762.637.003 1901167-02 sistema de información de salud y protección social nacional Total       7.075.596.632 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR b. Muestra Rezago Presupuestal 2021 La selectiva de la muestra de las reservas presupuestales constituidas en el 2021 para ser ejecutas en el 2022, fue realizada a criterio de juicio profesional del equipo auditor, mediante un muestreo no estadístico, se tuvo en cuenta el 91% de total de las reservas ejecutadas por 128.350.375.997 COP, como se ilustra en la siguiente tabla: Tabla No.5 Muestra Reservas Presupuestales MSPS Constituidas en vigencia 2021 Ejecutadas en la vigencia 2022 Cifras expresadas en COP RUBRO FUENTE REC SIT DESCRIPCION COMPROMISO A-02 Nación 10 CSF adquisición de bienes y servicios 1.775.384.463 C-1901-0300- Nación 11 CSF fortalecimiento de la información relacionada 3.662.576.655 32 con la situación de salud de la población a nivel nacional C-1901-0300- Nación 11 CSF fortalecimiento sistema de información de 7.710.251.731 33 salud y protección social nacional A-03-03-02- Nación 11 CSF apoyo a programas de desarrollo de la salud 115.202.163.148 002 ley 100 de 1993 128.350.375.997 TOTAL         Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR c. Muestra Vigencias Futuras 2022 Se analizó el 84% de las vigencias futuras autorizadas en la vigencia 2022, como criterio de selección se utilizó muestreo aleatorio simple con un nivel de confianza del 90%. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No.6 Muestra Vigencias Futuras Aprobadas Vigencia 2022 para pago en vigencia 2023 Cifras expresadas en COP Numero Tipo Vigencia Rubro Nombre Rubro Valor Final Autorizado Autorización 63821 Excepcional 2023 C-1901-0300- mejoramiento de la capacidad 200.939.091.053,00 38 instalada asociada a la prestación de servicios de salud nacional 75322 Ordinaria 2023 C-1901-0300- fortalecimiento sistema de 32.677.934.796,00 33 información de salud y protección social nacional 196621 Excepcional 2023 C-1901-0300- mejoramiento de la capacidad 14.140.263.867,00 38 instalada asociada a la prestación de servicios de salud nacional TOTAL         247.757.289.716,00 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR d. Vigencias Futuras Ejecutadas 2022 De conformidad con el memorando de los lineamientos para la realización de auditorías financiera 2022, se evaluó el 99% de las vigencias futuras que no fueron utilizadas por 39.551.041.701COP Tabla No.7 Muestra Vigencias Futuras Perdida Apropiación Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP Numero Tipo Ano Futuro Rubro Valor Final Autorizado Valor Final Autorización Comprometido 52521 Ordinaria 2022 C-1901-0300-32 22.500.114.836 0 157921 Ordinaria 2022 C-1901-0300-29 1.651.126.865 0 158021 Ordinaria 2022 C-1901-0300-28 359.800.000 0 196621 Excepcional 2022 C-1901-0300-38 15.000.000.000 0 TOTAL       39.511.041.701,00   Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR e. Vigencias Expiradas 2022 En atención al memorando de lineamientos para la realización de auditorías se inspeccionó el 100% de las vigencias expiradas. f. Muestra Contratación Se evaluó la pertinencia del gasto tomando una muestra de 16 contratos por 553.957.883.042 COP que representa el 86% de la contratación, para la selección Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia de la muestra se utilizó muestreo aleatorio simple con un nivel de confianza del 90%. Tabla No 8 Selección Muestra Contratación vigencia 2022 Cifras expresadas en COP RUBRO PRESUPUESTAL A- FUNCIONAMIENTO C- No. CTO MODALIDAD DE SELECCIÓN / PROCESO VALOR TOTAL CONTRATO INVERSION -FOSYGA INVERSION 189 MÍNIMA_CUANTÍA C-1999-0300-14-0-1999012-02 67.614.915 190 CONCURSO_DE_MÉRITOS C-1901-0300-35-0-1901002-02 387.397.087 A-02-02-02-008-003 - C-1901-0300-31-0-1901002-02 - C- 489 CONTRATACIÓN_DIRECTA 643.846.856 1999-0300-13-0-1999054-02 C-1901-0300-33-0-1901167-02 - C-1902-0300-7-0- 572 SELECCIÓN_ABREVIADA 1902001-02 - C-1901-0300-32-0-1901033-02 - C-1901- 331.822.621 0300-33-0-1901167-02 C-1901-0300-33-0-1901167-02 - C-1902-0300-7-0- 578 SELECCIÓN_ABREVIADA 1902001-02 - C-1901-0300-32-0-1901033-02 - C-1901- 2.909.732.573 0300-33-0-1901167-02 1003 CONTRATACIÓN_DIRECTA C-1901-0300-29-0-1901150-02 24.055.894 A-03-11-01-003-037 C-1901-0300-31-01901136-02 C-1902-0300-8-0-1902013-02 C-1901-0300-24-0-1901009-02 C-1902-0300-37-0-1901012-02 C-1901-0300-37-0-1901009-02 C-1901-0300-23-0-1901009-02 C-1999-0300-10-0-1999056-02 A-02-02-02-006-004 C-1902-0300-10-0-1902018-02 1060 SELECCIÓN_ABREVIADA 821.119.197 C-1901-0300-32-0-1901012-02 C-1901-0300-36-0-1901012-02 C-1901-0300-26-0-1901009-02 C-1901-0300-35-0-1901018-02 C-1901-0300-28-0-1901018-02 C-1901-0300-29-0-1901018-02 A-05-01-02-006-007 A-02-02-02-006-004 C-1903-0300-1-0-1903023-02 C-1903-0300-1-0-1903023-02 79 RÉGIMEN_ESPECIAL C-1901-0300-23-0-1901009-02 9.146.628.334 80 RÉGIMEN_ESPECIAL C-1901-0300-23-0-1901009-02 12.952.517.500 92 RÉGIMEN_ESPECIAL C-1901-0300-28-0-19011171-02 478.352.797.925 A-03-04-01-009 101 RÉGIMEN_ESPECIAL A-03-03-02-006 9.877.003.221 C-1901-0300-29-0-1901171-02 508 SELECCIÓN_ABREVIADA C-1901-0300-33-0-1901167-02 5.836.691.674 509 SELECCIÓN_ABREVIADA C-1901-0300-33-0-1901167-02 5.535.555.554 947 LICITACIÓN_PUBLICA A-02-02-02-007-001 12.005.534.750 1011 RÉGIMEN_ESPECIAL A-03-10-02-001 5.348.560.250 1070 LICITACIÓN_PUBLICA C-1901-0300-33-0-1901167-02 9.717.004.692 TOTAL 553.957.883.042 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2022 –Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR 3.2.2 Muestras Presupuesto FNE a. Reservas Presupuestales 2022 Se seleccionó el 100% de las reservas constituidas por 51.926.636 al cierre de la vigencia 2022 para ser ejecutas en el 2023, a continuación, se relaciona en la siguiente tabla. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No.09 Muestra Reservas Presupuestales constituidas Vigencia 2022 para pago en vigencia 2023 Cifras expresadas en COP Numero Nombre Razón Rubro Tipo Documento Soporte Documento Valor Inicial Social Soporte C-1901-0300-1-0-1901003- Contrato de prestación de 02 CLARIPACK S A servicios FNE-121-2022 23.585.895 TIC AMERICA Contrato de compra venta y A-05-01-01-004-005 SAS suministros FNE 266 2022 13.904.252 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 Contrato de compra venta y A-05-01-02-006-007 SAS suministros 1060 2022 5.040.000 VIAJA POR EL MUNDO WEB / NICKISIX360 Contrato de compra venta y A-02-02-02-006-004 SAS suministros 1060 2022 960.000 VIAJA POR EL MUNDO WEB / C-1901-0300-1-0-1901003- NICKISIX360 Contrato de compra venta y 02 SAS suministros 1060 2022 2.650.064 VIAJA POR EL MUNDO WEB / C-1903-0300-1-0-1903023- NICKISIX360 Contrato de compra venta y 02 SAS suministros 1060 2022 5.786.425 Total 51.926.636 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR De las 40 reservas inducidas constituida bajo el amparo de articulo 27 Ley 2159/2021 y articulo 27 decreto 1793/2021 por 2.642.475.273 COP, fue objeto de revisión el 67% por 1.783.086.721 COP de total de la reserva inducida, para la selección de la muestra se utilizó muestreo aleatorio simple con un nivel de confianza del 90%. Tabla No.10 Muestra Reservas Presupuestales Inducida Vigencia 2022 para pago en vigencia 2023 Cifras expresadas en COP Rubro Numero Documento Soporte Valor Inicial A-05-01-01-003-005 FNE 117 2022 821.284.706 A-05-01-01-003-005 FNE - 119 -2022 233.690.820 A-05-01-01-003-005 FNE-098-2022 217.438.697 C-1999-0300-1-0-1999064-02 578-2022 510.672.499 TOTAL 1.783.086.722 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia b. Reservas Presupuestales 2021 Se examinó la ejecución y pagos de los compromisos adquiridos en la vigencia 2022 para la utilización de los cupos autorizados. c. Vigencias Futuras Autorizadas 2022 Para la selección de la muestra se utilizó el muestreo aleatorio simple con un porcentaje de confianza del 90%, utilizando como criterio rubro más representativo gastos de comercialización y producción. Tabla No.11 Muestra Vigencias Futuras Aprobadas Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP No. Rubro Vigencia Numero Documento Soporte Valor Final Autorización Presupuestal 114422 A-05 2023 715 de 2018 63,641,428 81822 A-05 2023 FNE-268-2022 30,400,000 81822 A-05 2023 FNE-270-2022 30,400,000 81822 A-05 2023 FNE-269-2022 34,400,000 81822 A-05 2023 FNE-271-2022 29,066,552 81822 A-05 2023 FNE 284 2022 30,400,000 81822 A-05 2023 FNE 285 2022 33,816,000 81822 A-05 2023 FNE-302-2022 33,995,268 81822 A-05 2023 FNE-312-2022 28,924,480 113922 A-02 2023 FNE-MC-023-2022 FNE- 343 -2022 82,925,649 TOTAL       397,969,377 COP Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR d. Vigencias Futuras Ejecutadas 2022 El análisis estuvo enfocada a verificar la utilización del recurso para el rubro de gastos de comercialización y producción de conformidad con las funciones misionales del fondo por lo tanto se tomó muestra del 63% del total de las vigencias futuras ejecutadas 2022 por este rubro. Tabla No.12 Muestra Vigencias Futuras Aprobadas Vigencia 2021 y Ejecutadas Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP Nombre Rubro Presupuestal Valor Final INVERSIONES Y GANADERÍA SANTA CLARA S.A.S A-05 146.282.724 INSTITUTO DE EVALUACION TECNOLOGICA EN SALUD A-05 306.337.150 PORTES DE COLOMBIA SAS A-05 94.219.056 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia LABORATORIOS RYAN DE COLOMBIA S.A.S. A-05 1.165.840.000 GRUNENTHAL COLOMBIANA S.A. A-05 262.620.000 LABORATORIOS SYNTHESIS S A S A-05 264.220.000 LABORATORIOS RYAN DE COLOMBIA S.A.S. A-05 653.100.000 TOTAL 2.892.618.930 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR e. Contratación Se evaluó la pertinencia del gasto tomando una muestra de 16 contratos por 23.559.755.803 COP que representa el 71% de la contratación, para la selección de la muestra se utilizó muestreo aleatorio simple con un nivel de confianza del 90%. Tabla No.13 Muestra de Contratos FNE Vigencia 2022 Cifras expresadas en COP NÚMERO DE MODALIDAD DE SELECCIÒN VALOR TOTAL (INICIAL+ADICIÓN) CONTRATO FNE-121-2022 SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA 94,343,580 FNE-266-2022 MÍNIMA CUANTÍA 13,904,252 FNE-098-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 1,572,417,000 FNE-117-2022 SUBASTA INVERSA 2,656,745,666 FNE-119-2022 SUBASTA INVERSA 937,463,030 FNE-039-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 5,505,320,000 FNE-042-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 1,426,000,000 FNE-043-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 1,124,201,166 FNE-085-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 982,791,520 FNE-086-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 950,400,000 FNE-098-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 1,572,417,000 FNE-117-2022 SUBASTA INVERSA 2,656,745,666 FNE-118-2022 SUBASTA INVERSA 1,533,700,000 FNE-041-2022 CONTRATACIÓN DIRECTA 828,163,893 FNE-114-2022 SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA 767,680,000 FNE-119-2022 SUBASTA INVERSA 937,463,030 Total   23,559,755,803 Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social, Ejecución Presupuestal 2021. Información tomada respuesta Radicado 202343000041873 del 6 /02/2023 a la solicitud de información AG8-2. 2023EE0011852 Elaboró: Equipo Auditor CGR Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 4 OBSERVACIONES VIGENTES EMITIDAS POR LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES Se realizó seguimiento a las observaciones establecidas por la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, adoptadas mediante el Proyecto de Resolución 001 del 15 de noviembre de 2022, “por la cual se propone a la honorable Cámara de Representantes NO FENECER la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro rendida por la Contraloría General de la República y el Estado de Situación Financiera (Balance General) de la Nación presentado por el Gobierno nacional- Contaduría General de la Nación, correspondientes a la vigencia fiscal 2021”, teniendo en cuenta el avance o ejecución de las acciones de mejora implementadas y los reportes según la normatividad vigente aplicable, para determinar desde los criterios de oportunidad y completitud, el grado de cumplimiento de los planes. La Gaceta del Congreso No. 1435 del miércoles 15 de noviembre de 2022, incluye observaciones contables, presupuestales, de control interno, administrativas y de plan de mejoramiento de las entidades del Estado, la cual se encuentran desarrolladas. Así mimo se verificó la información suministrada por el MSPS y el FNE en relación a las acciones de mejora correspondientes a las observaciones derivadas de los planes de mejoramiento de auditorías anteriores, de las cuales dos (2) corresponden al MSPS subsanándose una y quedando pendiente la correspondiente a la debilidad señalada así: “Se evidencia falta de control en el inventario del almacén”. Ahora, con respecto al FNE se reportan dos observaciones, una de orden contable que fue subsanada y la otra que corresponde a la matriz de autoevaluación del sistema de control interno contable reportada por las empresas, entidades, fondos y patrimonios autónomos de la nación a la comisión legal de cuentas a 31 de diciembre de 2021 donde se presentaron 49 observaciones. 1. Actividades pendientes por subsanar FNE De las 49 actividades se encuentran pendientes por subsanar 3, así: Tabla No 1 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Actividades pendientes de subsanar CALIFICACI CÓDIGO NOMBRE TIPO VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS ÓN OBSERVACION CGR 22. ¿Se calculan, de manera Los procesos provisión y amortización fueron adecuada, los calculados de conformidad con lo dispuesto en el Pendiente, como resultado de la régimen de contabilidad pública y lo establecido en valores Hojas electrónicas de auditoría financiera vigencia el manual de contabilidad y los procedimientos de la correspondiente Cálculo de 2022, se detectaron debilidades Gestión Financiera. Sin embargo, teniendo en 1.2.2.1 s a los procesos Ex SI 0,5 Depreciación, Hoja de en los valores de provisión para cuenta que la propiedad, planta y equipo se gestiona de depreciación, en un archivo Excel, se evidencian diferencias entre Cálculo de Amortización procesos judiciales en contra, amortización, lo registrado contablemente y el archivo en Excel, de Intangibles. con calificación probable. agotamiento y por lo que se recomienda nuevamente tomar Pendiente subsanar deterioro, según acciones para su conciliación. aplique? El cálculo de la depreciación se determinó sobre el 22.1 ¿Los valor del activo menos el valor residual y se Pendiente, como resultado de la cálculos de distribuyó sistemáticamente a lo largo de la vida útil Hojas electrónicas de auditoría financiera vigencia depreciación se del activo de acuerdo con las vidas útiles definidas, Cálculo de 2022, se detectaron debilidades 1.2.2.2 realizan con Ef SI 0,5 tal como lo establece el manual de políticas Depreciación, Hoja de en los procesos de cálculo de base en lo contables. Sin embargo, no se deja registro Cálculo de Amortización depreciación línea recta, para la establecido en la documental de la definición técnica de ese factor de de Intangibles. Propiedad planta y Equipo. política? depreciación por lo que se reitera la recomendación Pendiente subsanar de documentar dicho análisis técnico. 22.2 ¿La vida útil Pendiente, como resultado de la de la propiedad, auditoría financiera vigencia No fue remitido soporte técnico que evidencie la planta y equipo, 2022, se detectaron debilidades revisión del estado de los activos de propiedad, Políticas Contables 1.2.2.3 y la depreciación Ef SI 0,5 en los procesos de cálculo de planta y equipo con el fin de verificar la vida útil y la Actualizadas. son objeto de depreciación línea recta, para la depreciación al final del período contable. revisión Propiedad planta y Equipo. periódica? Pendiente subsanar Fuente: FNE. 2 Observaciones subsanadas MSPS Observación 1. La Gaceta del Congreso No. 1435 del miércoles 15 de noviembre de 2022, señala frente al MSPS la observación 1: “MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL (…) Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia F.- ENTIDADES QUE NO TIENEN ACTUALIZADA SU PÁGINA DE INTERNET CON LA INFORMACIÓN PRESUPUESTAL Y CONTABLE A 31 DE DICIEMBRE DE 2021. SON POCO CLARAS LIMITAN EL DERCHO A LA INFORMACIÓN EN TIEMPO REAL. (Información verificada en los meses mayo a julio de 2022) TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Ley 1712 del 2014 y la Resolución 1519 de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones – Min TIC. (…) N° EN ENTIDAD DEL NIVEL NACIONAL VIGENCIA FISCAL 2020 GACETA 24 CONSEJO NACIONAL PROFESIONAL DE ECONOMÌA. 27 JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ - JEP 31 REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL (El último informe de control interno contable publicado es el del 2017). 36 CORPORACIÓN DE ALTA TECNOLOGÍA PARA LA DEFENSA - CODALTEC. 60 CORPORACIÓN AUTONOMA REGIONAL DEL CAUCA - CRC. 62 SOCIEDAD GEOGRÁFICA DE COLOMBIA - ACADEMIA DE CIENCIAS GEOGRÁFICAS. 67 EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACIFICO S.A. E.S.P - DISPAC. 77 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LA ORINOQUIA - CORPORINOQUIA. 91 UNIVERSIDAD PEDAGOGICA NACIONAL 104 E.I.C.E. ADMINISTRADORA DEL MONOPOLIO RENTÍSTICO DE LOS JUEGOS DE SUERTE Y AZAR - COLJUEGOS 124 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINÚ Y SAN JORGE - CVS. 136 INSTITUTO TÉCNICO NACIONAL DE COMERCIO “SIMÓN RODRÍGUEZ” DE CALI - INTENALCO. 156 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO - GESTION GENERAL. 189 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO - INPEC. 195 CORPORACION SALUD U.N. 196 CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL URABÁ - CORPOURABÁ. 236 CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE SUCRE - CARSUCRE. 252 MINISTERIO DE SALUD Respuesta de la Entidad: Mediante memorando No 202343000120703 de 30 de marzo de 2023, la entidad se refirió a lo señalado por la Cámara de Representantes, así: “La publicación de la información Presupuestal y contable en la página de internet es una política establecida por el Ministerio de Salud y Protección Social; sin embargo, es necesario establecer la información que “debe” y “puede” estar publicada en cada periodo mensual en dicha página. Nos referimos específicamente a la información contable que se pública una vez finalizado cado trimestre, una vez se produce su cargue en Chip de la Contaduría General de la Nación, acción que ocurre generalmente posterior al veinticinco del me siguiente al de la terminación del trimestre. De esta forma, si la revisión realizada es anterior a la fecha de cargue de cargue de la información contable, es probable que pueda considerarse que la Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia información se encuentra incompleta por faltar la contable correspondiente al trimestre inmediatamente anterior. Como quiera que desconocemos la fecha en la que se realizó la revisión de la página Web del Ministerio, y la información no encontrada, no sabemos si la observación pueda estar motivada por circunstancias como la aquí expuesta” Análisis de Respuesta: La información relacionada con la ejecución presupuestal fue consultada en el sitio web de MSPS, con corte a 31 de diciembre de 2022, en la etapa de planeación la cual se encontró actualizada. Observación 2. La Gaceta del Congreso No. 1435 del miércoles 15 de noviembre de 2022, señala frente al MSPS la observación 2: “G.- OBSERVACIONES AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO CONTABLE. 1.- DEBILIDADES DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO CONTABLE REPORTADAS POR LAS EMPRESAS, ENTIDADES, FONDOS Y PATRIMONIOS AUTÓNOMOS DE LA NACIÓN A LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS PARA LA VIGENCIA FISCAL 2021: NOTA: Los soportes de esta información reposan en las carpetas de cada empresa, entidad, fondo y patrimonio autónomo, los cuales se encuentran en el archivo de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes (…) 252.- MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Debilidades: Se evidencia falta de control en el inventario del almacén. Recomendaciones: Continuar con la depuración de la cuenta de inventarios, recaudos por clasificar, cuentas de cuotas partes pasivas. (…)” Respuesta de la Entidad: Mediante memorando No 202343000120703 de 30 de marzo de 2023, la entidad se refirió a lo señalado por la Cámara de Representantes, así: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia “En el Acápite 3 del Informe de Auditoría Financiera realizado por la Contraloría General de la República al Ministerio de Salud y Protección Social, en el numeral 3.1. CONCEPTO SOBRE CONTROL INTRERNO FINANCIERO se observa en el resumen de resultados lo siguiente: RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS COMPONENTES DE CONTROL INTERNO 1 ADECUADO. CALIFICACION FINAL DEL CONTROL INTERNO FISCAL CONTABLE 1.2 0.10 CALIFICACION SOBRE LA CALIDAD Y EFICIENCIA DEL CONTROL INTERNO EFICIENTE. En lo concerniente a la Opinión sobre los Estados Contables contenida en el numeral 2.1.2. del antedicho Informe de Auditoría Financiera se indica SIN SALVEDADES. No está por demás señalar que el Ministerio realiza permanentemente actividades de conciliación y depuración de sus estados Financieros como una práctica permanente en el propósito de mantener la razonabilidad de los mismos”. Análisis de Respuesta Como resultado de la auditoria financiera vigencia 2022, resulto hallazgo en referencia a los inventarios de medicamentos, en la falta de conciliación entre la plataforma NOVASOFT y los estados financieros. 3. Observaciones subsanadas FNE Observación 1. La Gaceta del Congreso No. 1435 del miércoles 15 de noviembre de 2022, señala frente al FNE la observación 1: “FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES (…) B.- DE ORDEN CONTABLE. 1.- GENERALES: NOTA: Los soportes de esta información reposan en los expedientes de cada entidad, los cuales se encuentran en el archivo de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia 249.- U.A.E. - FNE. Revisado el Estado de Cambios en el Patrimonio encontramos en esta auditoría que el saldo del Patrimonio vigencia 2021, no concuerda con el Patrimonio del Estado de Situación Financiera así: Estado de Cambios en el Estado de Situación Saldos y Movimientos Patrimonio Financiera Vigencia 2021 Vigencia 2021 7.176.057.567 11.769.911.719 4.652.279.364,12 La Entidad presenta el siguiente Estado de Cambios en el Patrimonio a 31 de diciembre de 2021 así Saldo del patrimonio a 31 de diciembre de 2020 | $ 7.176.057.567 Variaciones patrimoniales a 31 de diciembre de 2021 $ 4.593.854.152 Saldo del patrimonio a 31 de diciembre de 2021 $11.769.911.719 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ¿A qué se debe que se presenten estas diferencias en las cifras de los Estados Financieros? Respuesta de la entidad: Mediante certificación suscrita el día 22 de febrero de 2023 se indicó que la información financiera con corte a 31 de diciembre de 2022 fue tomada fielmente de los libros de contabilidad, veamos: “CERTIFICAN QUE: La información financiera de la U.A.E Fondo Nacional de Estupefacientes. reportada a la Contaduría General de la Nación por el sistema CHIP, con corte 31 de diciembre de 2022, formatos CGN2015_001 y CGN2015_002 fueron tomados fielmente de los libros de Contabilidad registrados en el SIIF de la Unidad Ejecutora 19-01-01, llevados conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, los cuales reflejan en forma fidedigna la información financiera. económica y ambiental de la entidad, se dio cumplimiento al control interno en cuanto a la correcta preparación y presentación libres de errores significativos. Dada en Bogotá, a los (22) días del mes de febrero de 2022” Imagen 1 Fuente: información suministrada por el FNE Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Análisis de la Respuesta La Entidad indica que la información financiera de la UAE Fondo Nacional de Estupefacientes reportada a la Contaduría General de la Nación por el sistema CHIP, con corte a 31 de diciembre de 2022 fue tomada fielmente de los libros de contabilidad registrados en el SIIF de la Unidad ejecutora 19-01-01, los cuales reflejan en forma fidedigna la información financiera, por tanto la glosa es subsanada. Observación 2. La Gaceta del Congreso No. 1435 del miércoles 15 de noviembre de 2022, señala frente al FNE la observación 2: “G.- OBSERVACIONES AL SISTEMA DE CONTROL INTERNO CONTABLE. 1.- DEBILIDADES DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO CONTABLE REPORTADAS POR LAS EMPRESAS, ENTIDADES, FONDOS Y PATRIMONIOS AUTÓNOMOS DE LA NACIÓN A LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS PARA LA VIGENCIA FISCAL 2021: NOTA: Los soportes de esta información reposan en las carpetas de cada empresa, entidad, fondo y patrimonio autónomo, los cuales se encuentran en el archivo de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes 249.- U.A.E. FONDO NACIONAL DE ESTUPEFACIENTES - FNE. Debilidades: -No se cuenta con una matriz de riesgo de índole contable que le permita a la entidad identificar los riesgos y controles asociadas a las diferentes etapas del proceso contable, las cuales constituyen una acción administrativa de primer orden que busca garantizar la calidad de la información financiera. -No cuenta con indicadores financieros que brinden mayor información a la alta Dirección y a los grupos de interés dentro de los que se encuentra la ciudadanía, como la rotación de inventario, liquidez, niveles de endeudamiento, capacidad de pago, incrementos de gastos, indicadores de eficiencia, entre otros. -No han sido contemplados dentro de las políticas contables la definición de los umbrales de materialidad o importancia relativa de la información y de cada una de las partidas contables, con el fin de determinar la información que al omitirse o expresarse inadecuadamente pueda influir en las decisiones de los usuarios principales de los estados financieros. -Tampoco se ha establecido dentro de las mismas, el instrumento financiero con el cual se calculará el deterioro de las partidas que son objeto de deterioro (Cuentas por cobrar, propiedad, planta y equipo, inventarios, intangibles). Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia -Ni la identificación de los rangos a partir de los cuales se realizará el análisis del deterioro a las cuentas por cobrar por su antigüedad y morosidad. Respuesta de la entidad: El FNE allego respuesta mediante correo electrónico de fecha 10 de mayo de 2023, el cual se refirió a las debilidades señaladas así: “Debilidades: -No se cuenta con una matriz de riesgo de índole contable que le permita a la entidad identificar los riesgos y controles asociadas a las diferentes etapas del proceso contable, las cuales constituyen una acción administrativa de primer orden que busca garantizar la calidad de la información financiera. Respuesta: El FNE debido a que es una dependencia del ministerio de salud y protección social, adopta el mapa de riesgos del área contable, por lo tanto, no cuenta con uno propio. -No cuenta con indicadores financieros que brinden mayor información a la alta Dirección y a los grupos de interés dentro de los que se encuentra la ciudadanía, como la rotación de inventario, liquidez, niveles de endeudamiento, capacidad de pago, incrementos de gastos, indicadores de eficiencia, entre otros. Respuesta: El FNE desde planeación está en proceso de gestión con la subdirección administrativa y financiera del ministerio de salud y protección social para que dichos indicadores sean incluidos en el sistema integrado de gestión del fondo. -No han sido contemplados dentro de las políticas contables la definición de los umbrales de materialidad o importancia relativa de la información y de cada una de las partidas contables, con el fin de determinar la información que al omitirse o expresarse inadecuadamente pueda influir en las decisiones de los usuarios principales de los estados financieros. Respuesta: El FNE debido a que es una dependencia del ministerio de salud y protección social, adopta el manual de políticas contable, por lo tanto, no cuenta con uno propio. -Tampoco se ha establecido dentro de las mismas, el instrumento financiero con el cual se calculará el deterioro de las partidas que son objeto de deterioro (Cuentas por cobrar, propiedad, planta y equipo, inventarios, intangibles). Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia -Ni la identificación de los rangos a partir de los cuales se realizará el análisis del deterioro a las cuentas por cobrar por su antigüedad y morosidad. Respuesta: El FNE no cuenta con deterioros en las cuentas contables, ya que se realizan conciliaciones entre áreas mensualmente, como cartera e inventario físico (propiedad planta y equipo), medicamentos e intangibles. Cabe resaltar que el procedimiento y medición de los deterioros en las cuentas que son objeto de ella, se aplicara lo estipulado en el manual de políticas contables del ministerio de salud, adoptadas por el FNE”. Análisis de respuesta. Teniendo en cuenta la observación anterior se evidencia que la glosa fue subsanada de acuerdo a los soportes entregados. Observación No 3. La Gaceta del Congreso No. 1435 del miércoles 15 de noviembre de 2022, señala frente al FNE la observación 3: “matriz de autoevaluación del sistema de control interno contable reportada por las empresas, entidades, fondos y patrimonios autónomos de la nación a la comisión legal de cuentas a 31 de diciembre de 2021. se retoman las actividades reportadas como cumplidas en forma parcial o que no se cumplieron en su totalidad así: nota: los soportes de esta información reposan en las carpetas de cada empresa, entidad, fondo y patrimonio autónomo, los cuales se encuentran en el archivo de la comisión legal de cuentas de la cámara de representantes. 249.- u.a.e. Fondo Nacional de Estupefacientes - FNE. auto calificación obtenida: 4.03. “ Respuesta de la entidad y Análisis de la repuesta Teniendo en cuenta el material allegado se incluyen dos columnas evidencias y observación CGR, con el análisis y los soportes de las conclusiones así. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Tabla No 2 Respuesta de la entidad y Análisis de la repuesta TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR ELEMENTOS 1 DEL MARCO           NORMATIVO   Las políticas son aplicadas en el proceso Analizada esta contable para el reconocimiento, medición y glosa y los revelación de los hechos económicos. Sin soportes, se embargo, dentro del manual de contabilidad encuentra (página 63) se encuentra definido que: los acorde a las responsables directos del procesamiento de la 1.2 ¿Las Políticas información contable en la entidad deben políticas contables y conservar y actualizar la lista de control normativa de la establecidas establecida según procedimiento de calidad, CGN, y su son aplicadas para verificar la entrega oportuna de 1.1.3 Ef SI 0,5 manual de en el información contable por parte de cada una de Diariamente cuando contabilidad desarrollo del las áreas de gestión, con el objeto de controlar registramos los asientos razón por la cual proceso la inclusión de la totalidad de las transacciones, contables, los ingresos de se considera contable? hechos y operaciones, pese a lo anterior, al medicamentos, movimientos subsanada la verificar el cumplimiento de los controles en la de las cuentas contables, observación elaboración de los estados contables definidos manejo de la Depreciación, en el manual de contabilidad definido en el de las amortizaciones, acápite de prácticas contables específicas no ventas, Ingresos etc. En se evidenció la aplicación de tal lista de control cada cuenta se da aplicación en el Fondo Nacional de Estupefacientes. de las Políticas Contables. Analizada esta glosa y los soportes, se 1.4 ¿Las encuentra políticas Las políticas de la Entidad están diseñadas con acorde Se contables el propósito de que la información financiera evidencian lo refleje razonablemente la realidad económica propenden estados del Fondo Nacional de Estupefacientes. El Copia de los Estados 1.1.5 por la Ef SI 0,5 financieros a 31 F.N.E ha estado atento a que el Ministerio de Financieros. representació de diciembre de Salud convoque las mesas de trabajo para n fiel de la cuando se estime pertinente actualizar alguna 2022. Acorde a información de las políticas Contables. las políticas financiera? contables y normatividad de la CGR Subsanada Analizada esta El Ministerio cuenta con los siguientes glosa y los procedimientos publicados en intranet en el soportes se 3.¿La entidad Sistema Integrado que son utilizados por el FNE: evidencian los cuenta con GFIP05 Registro contable y generación de la procedimientos una política o obligación, GFIP06 Registro contable de Bienes GFIP05 registro instrumento y Movimientos de Almacén y Conciliación de contable de (procedimient Saldos,GFIP07 Registro contable de actividades bienes y o, manual, económicas y Financieras, GFIP09 Registro de movimientos de regla de demandas y litigios actualizado en diciembre de almacén y negocio, guía, 2020 y GFIP11 Identificación de Ingresos, conciliación de instructivo, reintegros y devoluciones actualizado el saldos soportes 23/11/2020. Asimismo, en el formato de etc.) Conciliaciones: Cartera y de información a comunicar se identifica el 1.1.9 tendiente a Ex SI 0,5 efectivo, Inventarios, Activos conciliaciones procedimiento aplicable, la información a facilitar el Fijos, etc. cartera y comunicar, el momento en que se comunica, los flujo de canales de comunicación utilizados y los efectivo, información usuarios internos y externos de la información. inventarios GFI relativo a los Pese a lo anterior, teniendo en cuenta la P07 Registro hechos contable de estructura del FNE, el flujo de información se económicos actividades realiza de forma verbal y a través de correos originados en económicas y electrónicos, por lo que no se evidencian cualquier Financieras, diagramas de flujo que vinculen los diferentes GFIP09 dependencia? procesos desarrollados por el FNE, en el que se Registro de identifiquen responsables y la forma como fluye demandas y y debe fluir la información financiera, por lo que litigios se recomienda su construcción puesto que la actualizado en Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR información fluye de forma distinta al Ministerio diciembre de de Salud y Protección Social. 2020 y GFIP11 Identificación de Ingresos, reintegros y devoluciones actualizado el 23/11/2020. Asimismo, en el formato de información a comunicar se identifica el procedimiento aplicable, la información a comunicar, el momento en que se comunica, los canales de comunicación utilizados y los usuarios internos y externos de la información. subsanada Mediante Resolución No. 239 del 31 de enero de 2019 se adopta el manual de políticas contables dentro del Manual de contabilidad- GFIM01,el cual sufrió una modificación el 26 de enero de 2021. Asimismo, en la Circular No. 1 del 4 de enero de 2021 y 032 del 1 de junio de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social y las Analizada esta Circulares Nos. 003 y 007 de 2021 del FNE se glosa y los establecen fechas límites para el cierre de soportes se novedades de nómina, para la realización del evidencia que inventario físico de los bienes y/o elementos que Reposa manual 3.3 ¿Existen se encuentran en bodega del almacén general, de contabilidad. procedimiento despacho de bienes y/o elementos que deban En el sitio web ser atendidos por el almacén general, para s internos intranet reposa entregar cuentas de cobro o facturas 1.1.12 documentado Ef SI 0,5 Documento GFIF04 el sistema de electrónicas a contabilidad y se definen fechas s que faciliten máximas a la ejecución de contratos. Además, gestión de la aplicación en intranet se encuentra publicado el calidad el cual de la política? procedimiento GFIP09 para el Registro de contine los procedimientos, demandas y litigios que fue actualizado en controles y diciembre de 2020 y el Procedimiento de matriz de Registro contable de Bienes y Movimientos de riesgos. Almacén y Conciliación de Saldos-GFIP06, sin Subsanada embargo, se recomienda continuar fortaleciendo estos documentos, incluyendo aquellos procedimientos, formatos o conciliaciones realizadas por el FNE para dar cumplimiento a las políticas contables establecidas para el reconocimiento, medición y revelación de los hechos económicos. 4. ¿Se ha Dentro del manual de contabilidad- GFIM01, el Analizada esta implementado cual sufrió una modificación el 26 de enero de glosa y los una política o 2021, se establece una política de propiedad, soportes se instrumento planta y equipo e inventarios. Asimismo, con evidencia que (directriz, Resolución No. 40 de 2015 se adopta el manual dentro de los procedimiento para el manejo administrativo de bienes del soportes Se anexa Archivo de control 1.1.13 , guía o Ex PARCIAL 0,3 ministerio de salud y protección social en donde allegados en Excel de los Activos. lineamiento) se establece que el FNE realizará por lo menos manual de sobre la una vez al año el levantamiento físico del contabilidad- identificación inventario de elementos devolutivos o cuando se GFIM01, el cual de los bienes produzca el retiro de un funcionario o contratista sufrió una físicos en con bienes a su cargo. Adicionalmente, se modificación el forma cuenta con el guía para la administración de 26 de enero de Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR individualizad bienes e insumos de bienes-ABIG01 aprobada 2021, se a dentro del el 19 de marzo de 2019 y el procedimiento para establece una proceso registro contable de bienes y movimientos de política de contable de la almacén y conciliación de saldos GFIP06. En propiedad, entidad? referencia con los activos fijos nuestra debilidad planta y equipo al cierre 2022,no se cuenta con un aplicativo que e inventarios. permita un mayor control individualizado de Asimismo, con estos, sin embargo se esta en desarrollo e Resolución No. implementando un software para el control de 40 de 2015 se activos fijos. adopta el manual para el manejo administrativo de bienes del ministerio de salud y protección social en donde se establece que el FNE realizará por lo menos una vez al año el levantamiento físico. subsanada Analizada esta 4.2 ¿Se Al final de la vigencia 2022, no se alcanzo a glosa y los realizar el Inventario físico una vez que soportes se verifica la estábamos esperando la Impresora ZEBRA, con evidencia los individualizaci Se anexa Archivo de control 1.1.15 Ef PARCIAL 0,3 objetivo de realizar el Inventario físico y paralelo documentos ón de los en Excel de los Activos. realizar la actualización del paqueteo. Labor allegados excel bienes programada para realizarse en el primer balance de físicos? trimestre de 2023. prueba. Subsanada Dentro del manual de políticas contables se encuentra detallada la forma de conciliar cuentas recíprocas. De otra parte, en el manual de contabilidad en las páginas 64 a 65 se 5. ¿Se cuenta establece que: el Coordinador Financiero del con una Fondo Nacional de Estupefacientes del directriz, guía Ministerio, son responsables, según sus Analizada esta o competencias, de la preparación y presentación glosa y los procedimiento de las conciliaciones (bancarias, cartera, soportes se para realizar inventario, propiedad planta y equipo activos Conciliaciones realizadas al evidencia que intangibles e ingresos). En desarrollo de lo corte diciembre 31 de 2022 ( existen políticas las anterior, informarán las novedades que se conciliaciones bancarias, contables para a 1.1.16 conciliaciones Ex SI 0,5 presenten y prepararán los requerimientos y cartera, inventario, propiedad fin de lograr una de las partidas ajustes necesarios de acuerdo con los planta y equipo activos adecuada más lineamientos dispuestos. Las partidas intangibles e ingresos) identificación y relevantes, a pendientes de conciliar, no podrán superar los medición de fin de lograr márgenes establecidos en los indicadores de conciliaciones. una adecuada gestión formulados en el Sistema de Gestión de Subsanada identificación la Calidad. Al interior del FNE existen directrices y medición? de conciliación de cuentas por cobrar, propiedad, planta y equipo, inventarios de medicamentos y cuentas por pagar. Sin embargo, dichos procedimientos y formatos no han sido documentados. 5.1 ¿Se socializan Se encuentra publicado en intranet el manual de Analizada esta estas políticas contables y mediante correo Cada vez que inicia un glosa y los directrices, electrónico se solicitan a las áreas la información contrato hay una Inducción y soportes se para realizar la verificación de los saldos Reinducción y se capacita al evidencia que guías o (depreciaciones, litigios, etc.). Sin embargo, funcionario para que pueda la entidad 1.1.17 procedimiento Ef SI 0,5 pese a que las directrices de conciliaciones de consultar los procesos en la cuenta con un s con el las partidas son conocidas por el personal Intranet, para verificar lo proceso de personal involucrado estas no se encuentran pertinente a su proceso de inducción y involucrado documentadas de tal forma que se facilite su apoyo. reinducción. en el socialización. Subsanada proceso? Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR Se realiza verificación de los saldos de depreciación y activos, cuentas recíprocas Analizada esta 5.2 ¿Se principalmente con el Ministerio de Hacienda, glosa y los verifica la inventarios de medicamentos, cuentas por soportes se aplicación de cobrar, como política interna se realiza anexo conciliación de evidencia la estas conciliación de depreciación de activos, así 1.1.18 Ef SI 0,5 operaciones reciprocas con aplicación de directrices, como verificación de los saldos de patentes, el Ministerio de hacienda. directrices, guías o ingresos, inventarios de medicamentos (de guías y procedimiento manera mensual) y en los Comités de procedimientos s? Sostenibilidad del FNE se realiza verificación del cumplimiento de los compromisos establecidos Subsanada en el acta anterior. . A través del control del cierre contable se Analizada esta asegura que las fechas de cierre sean cumplidas glosa y los y ejecutadas todas las actividades requeridas soportes se para el cierre de manera oportuna. Sin evidencia que 7.2 ¿Se embargo, pese a que dentro del manual de se encuentra contabilidad (página 63) se encuentra definido cumple con la definido los que: los responsables directos del directriz, guía, Manual de políticas responsables 1.1.24 Ef SI 0,5 procesamiento de la información contable en la lineamiento, Contables, directos del entidad deben conservar y actualizar la lista de procedimiento control establecida según procedimiento de procesamiento o instrucción? calidad, para verificar la entrega oportuna de de la información información contable por parte de cada una de contable las áreas de gestión, con el objeto de controlar Subsanada la inclusión de la totalidad de las transacciones, hechos y operaciones. Analizada esta glosa y los soportes se evidencia que con la Con Resolución No. 40 de 2015 se adopta el Resolución No. manual para el manejo administrativo de bienes 40 de 2015 se del ministerio de salud y protección social en adopta el donde se establece que el FNE realizará por lo manual para el menos una vez al año el levantamiento físico del manejo 9. ¿La entidad inventario de elementos devolutivos o cuando se administrativo tiene produzca el retiro de un funcionario o contratista de bienes del implementada con bienes a su cargo. Igualmente, el Manual ministerio de s directrices, para el Manejo Administrativo de Bienes - salud y procedimiento ABIM012numeral 8.7 y la Guía para protección s, guías o Administración de Bienes e Insumos - social en donde lineamientos ABIG013numeral 7.2, señalan que anualmente se establece se debe realizar el levantamiento de inventario para realizar que el FNE físico de bienes en servicio e informar a los Hoja electrónica en Excel del periódicament realizará por lo 1.1.28 Ex PARCIAL 0,3 responsables de los bienes lo cargado en su detalle de los activos del e inventarios y menos una vez inventario individual. Adicionalmente el Fondo FNE. cruces de Nacional de Estupefacientes periódicamente al año el información, realiza conciliaciones de cuentas por cobrar, levantamiento que le propiedad, planta y equipo, intangibles, físico del permitan inventarios de medicamentos y cuentas por inventario de verificar la elementos pagar e inventarios de medicamentos, sin existencia de devolutivos o embargo, no existen lineamientos o guías activos y cuando se documentados al interior del FNE de la forma en produzca el pasivos? que se realizan los cruces de información y las retiro de un conciliaciones. Al corte diciembre 31 de 2022 funcionario o no se alcanzó a realizar el Inventario Físico de contratista con Activos por que se tiene previsto realizar bienes a su actualización del paqueteo; Planeado para cargo. realizar en el primer trimestre de 2023. Igualmente, el Manual para el Manejo Administrativo de Bienes 9.1 ¿Se Analizada esta La Resolución fue socializada por correo socializan las Soportes enviados por glosa y los electrónico. En relación con las conciliaciones directrices, correos electrónicos entre las soportes se 1.1.29 Ef SI 0,5 efectuadas, no existen lineamientos procedimiento diferentes áreas involucradas evidencia con documentados por lo que su forma de socializar s, guías o los cruces es a través de la solicitud de en el proceso. la resolución fue lineamientos socializada por Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR con el información realizada a cada una de las áreas correo personal realizada a través de correos electrónicos. electrónico. En involucrado relación con las en el conciliaciones proceso? efectuadas, no existen lineamientos documentados por lo que su forma de socializar los cruces es a través de la solicitud de información realizada a cada una de las áreas realizada a través de correos electrónicos. Subsanada Analizada esta 9.2 ¿Se Se realizan los diferentes cruces y glosa y los conciliaciones de información, a 31/12/2022, se soportes se cumple con realizó inventario físico de medicamentos, evidencia que estas Acta de Inventario Físico de materias primas y muestras de retención, En existe 1.1.30 directrices, Ef PARCIAL 0,3 Medicamentos del mes de forma coordinada entre GIT RAO y conciliación procedimiento diciembre de 2022. Administrativa y Financiera y el Inventario de inventarios a s, guías o activos fijos con paqueteo quedo planeado para diciembre de lineamientos? el primer trimestre de 2023. 2022. Subsanada En el manual de políticas contables se estipula que los Comités de Sostenibilidad Contable 10. ¿Se tienen constituyen las instancias asesoras de las áreas establecidas de gestión de cada una de las Unidades directrices, Ejecutoras del proceso contable, en la procedimiento formulación de políticas y estrategias tendientes s, a garantizar la sostenibilidad del sistema instrucciones, contable, con información financiera confiable, o lineamientos relevante y comprensible. Adicionalmente el Analizada esta Fondo Nacional de Estupefacientes glosa y los sobre análisis, periódicamente realiza conciliaciones de Conciliaciones y actas de soportes se depuración y 1.1.31 Ex SI 0,5 cuentas por cobrar, propiedad, planta y equipo, comité de sostenibilidad evidencia lo seguimiento intangibles, inventarios de medicamentos y contable y Financiero. señalado por la de cuentas cuentas por pagar e inventarios de entidad. para el medicamentos. De otra parte, en el manual de Subsanada mejoramiento contabilidad en las páginas 64 a 65 se establece y que: el Coordinador Financiero del Fondo sostenibilidad Nacional de Estupefacientes y del Ministerio, de la calidad son responsables, según sus competencias, de de la la preparación y presentación de las información? conciliaciones (bancarias, cartera, inventario, propiedad planta y equipo activos intangibles e ingresos). Dentro de las actas de los Comités de 10.2 ¿Existen Sostenibilidad Contable se realiza seguimiento a mecanismos los compromisos adquiridos y a las decisiones para verificar tomadas acerca de la depuración, mejoramiento Analizada esta el y sostenibilidad contable en dichos Comités. Y glosa y los cumplimiento en las conciliaciones efectuadas se verifica que soportes se Acta de comité de de estas la información refleja razonablemente la realidad evidencia que 1.1.33 Ef SI 0,5 sostenibilidad contable y directrices, del FNE y se cumplen con las políticas reposan las Financiero. procedimiento contables. , se evidencia mensualmente las actas s, conciliaciones de materias primas de productos señaladas. instrucciones, en proceso en poder de terceros se controla en Subsanada o archivos en Excel y los saldo en libros están lineamientos? conciliados y la conciliación de las cuentas por cobrar corresponden a la realidad de los libros. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR Se establece como circula la información hacia el área contable en los procedimientos de: Registro de demandas y litigios-GFIP09, expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal-GFIP03, Registro presupuestal compromiso-GFIP04, Registro contable y generación de la obligación-GFIP05, Registro Se evidencian contable de Bienes y Movimientos de Almacén y procedimientos 11. ¿Se Conciliación de Saldos-GFIP06, Registro para la evidencia por contable de actividades económicas y circulación de la medio de Financieras-GFIP07, Identificación de Ingresos, información reintegros y devoluciones-GFIP11,Gestión de hacia el área flujogramas, u Se gestionará con el área de comisiones desplazamientos y viáticos-GFIP14. contable, sin otra técnica o planeación la Realización de 1.2.1.1. Asimismo, en el formato de e Información a embargo, está mecanismo, la Ex PARCIAL 0,3 un Flujograma donde se 1 comunicar por proceso-GFI, sin embargo, pendiente la forma como teniendo en cuenta la estructura del FNE, el flujo evidencia la Circulación de la creación de un circula la de información se realiza por medio de correos Información financiera. flujograma información electrónicos, por lo que no se evidencian donde indique la hacia el área diagramas de flujo que vinculen los diferentes forma como contable? procesos desarrollados por el FNE, en el que se circula la identifiquen responsables y la forma como fluye información. y debe fluir la información financiera, por lo que Subsanada se recomienda su construcción puesto que la información fluye de forma distinta al Ministerio de Salud y Protección Social. Adicionalmente, en la caracterización del proceso-Gestión Financiera se identifican los proveedores de información y los grupos de valor. La baja en cuentas en inventarios ha sido factible teniendo en cuenta que los derechos y obligaciones se encuentran individualizados en el aplicativo de Novasoft para el caso de 12.2 ¿La baja inventarios de medicamentos y en el archivo de en cuentas es Excel para el caso de la propiedad, plante y factible a equipo. Adicionalmente para el proceso de Resolución Creación del Se evidencia la 1.2.1.1. partir de la bajas se creo mediante Resolución N. 435 del 2 Comité de Bajas No. 435 del resolución Ef SI 0,5 6 individualizaci de agosto de 2022 el Comité de Bajas donde de 2 de agosto de 2022 y Actas señalada. ón de los manera Técnica se presentó para aprobación la de bajas en la vigencia 2022. Subsanada derechos y viabilidad de realizar una baja de activos fijos obligaciones? inservibles y obsoletos y de igual forma se presentó las respectivas fichas técnicas de las bajas al Comité de Sostenibilidad Contable y dentro de las actas de Comité se definen las partidas que serán objeto de ajuste. Se causan oportunamente y se registran todas 16.1 ¿Se las operaciones llevadas a cabo por la entidad verifica el de acuerdo con los cronogramas de cierre por Mensualmente periodo establecidos para el SIIF por el se realiza registro 1.2.1.3. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El FNE Lista de Chequeo de control chequeo a contable Ef SI 0,5 2 diseño una lista de chequeo en Excel en donde de actividades mensuales. través de un cronológico de se registran cada una de las actividades que chek list. los hechos deben realizarse mensualmente con el fin de Subsanada económicos? que verificar que se realiza el registro cronológico de los hechos económicos. Los documentos soporte se encuentran en el Gestor Documental Orfeo y en los equipos del FNE, teniendo en cuenta que por políticas del FNE dichos documentos no se pueden extraer 17. 2 ¿Se Existe el de las oficinas. Sin embargo, para el caso de los sistema de conservan y documentos que no se gestionan por Orfeo no Carpetas Compartidas, 1.2.1.3. gestión custodian los Ef SI 0,5 existe una política clara para su conservación y administradas por el área de 6 documental documentos custodia a partir de la pandemia, pues se sistemas. Orfeo. soporte? manejan documentos magnéticos, correos Subsanada electrónicos y otros documentos que pese a que se encuentran en los equipos del FNE pueden ser modificados y/o borrados por el propietario de cada equipo. 18.1 ¿Los La numeración es generada de forma Se evidencia lo 1.2.1.3. comprobantes automática por el SIIF. Internamente el área de Sistema de Información SIIF Ef SI 0,5 señalado. 8 de contabilidad produce un comprobante de Nación. Subsanada contabilidad contabilidad el cual se registra en el SIIF. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR se realizan cronológicam ente? Los registros contables se realizan a través del 20. ¿Existe SIIF el cual genera los consecutivos algún automáticamente, y como autocontrol el Se revisaron contador verifica su completitud tan pronto se listas de mecanismo a realiza el registro contable, a través de la chequeo que través del cual 1.2.1.3. verificación de los saldos, a partir de junio de Lista de chequeo de control evidencian la se verifique la Ex SI 0,5 13 2021 el FNE diseño una lista de chequeo en de actividades mensuales. acción realizada completitud Excel en donde se registran cada una de las para subsanar de los actividades que deben realizarse mensualmente glosa, registros con el fin de que verificar que se realiza el Subsanada contables? registro cronológico de los hechos económicos. Se revisaron 20.1 ¿Dicho listas de El mecanismo de control se realiza todos los mecanismo se chequeo que meses con el fin de realizar los registros de 1.2.1.3. aplica de Lista de chequeo de control evidencian la Ef SI 0,5 manera cronológica y a su vez que queden 14 manera de actividades mensuales. acción realizada efectuados los registros en el mes donde se permanente o genera el hecho económico. para subsanar periódica? glosa, Subsanada Pendiente, 22. ¿Se como resultado calculan, de de la auditoría manera Los procesos provisión y amortización fueron financiera adecuada, los calculados de conformidad con lo dispuesto en vigencia 2022, valores el régimen de contabilidad pública y lo se detectaron establecido en el manual de contabilidad y los correspondien Hojas electrónicas de debilidades en procedimientos de la Gestión Financiera. Sin tes a los Cálculo de Depreciación, los valores de 1.2.2.1 Ex SI 0,5 embargo, teniendo en cuenta que la propiedad, procesos de Hoja de Cálculo de provisión para planta y equipo se gestiona en un archivo Excel, depreciación, se evidencian diferencias entre lo registrado Amortización de Intangibles. procesos amortización, contablemente y el archivo en Excel, por lo que judiciales en agotamiento y se recomienda nuevamente tomar acciones contra, con deterioro, calificación para su conciliación. según probable. aplique? Pendiente subsanar Pendiente, como resultado de la auditoría El cálculo de la depreciación se determinó sobre financiera 22.1 ¿Los el valor del activo menos el valor residual y se vigencia 2022, cálculos de distribuyó sistemáticamente a lo largo de la vida se detectaron útil del activo de acuerdo con las vidas útiles Hojas electrónicas de debilidades en depreciación definidas, tal como lo establece el manual de Cálculo de Depreciación, los procesos de 1.2.2.2 se realizan Ef SI 0,5 políticas contables. Sin embargo, no se deja Hoja de Cálculo de cálculo de con base en lo registro documental de la definición técnica de Amortización de Intangibles. depreciación establecido en ese factor de depreciación por lo que se reitera línea recta, para la política? la recomendación de documentar dicho análisis la Propiedad técnico. planta y Equipo. Pendiente subsanar Pendiente, como resultado 22.2 ¿La vida de la auditoría útil de la financiera propiedad, vigencia 2022, No fue remitido soporte técnico que evidencie la se detectaron planta y revisión del estado de los activos de propiedad, Políticas Contables debilidades en 1.2.2.3 equipo, y la Ef SI 0,5 planta y equipo con el fin de verificar la vida útil Actualizadas. los procesos de depreciación y la depreciación al final del período contable. cálculo de son objeto de depreciación revisión línea recta, para periódica? la Propiedad planta y Equipo. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR Pendiente subsanar Se evidencia que el Grupo Interno de Trabajo de Recursos y Apoyo Operativo tiene identificada la edad de la cartera de venta de medicamentos y 22.3 ¿Se el Comité de Cartera, el cual fue creado y Teniendo en verifican los reglamentado con la Resolución No. 874 del cuenta la indicios de 22/09/2021, encargado de propender por la política contable generación de políticas, procedimientos y que aplica la deterioro de acciones para garantizar la recuperación de la Cuadro detallado de la entidad, esta se 1.2.2.4 los activos por Ef PARCIAL 0,3 cartera y su Depreciación. encuentra lo menos al depuración. acorde en lo final del En cuanto a los Activos Fijos establecido en periodo cuando el Grupo Interno de Trabajo de apoyo la normatividad. contable? operativo, en su revisión encuentran algún Subsanada indicio de deterioro convocan al comité de sostenibilidad Contable y Financiero para presentar a aprobación el ajuste pertinente. 23.3 ¿Se verifica que la Teniendo en No fue suministrado soporte que evidencie que medición En el tema de los Inventarios cuenta la se realiza verificación de que la medición posterior se por medicamentos Se política contable posterior del efectivo y equivalentes al efectivo, efectuó medición posterior en que aplica la efectúa con las cuentas por cobrar, inventarios, propiedad, el caso específico del entidad, esta se base en los planta y equipo, intangibles, recursos 1.2.2.8 Ef SI 0,5 medicamento METILFENID encuentra criterios entregados en administración, cuentas por ATO donde la comisión acorde en lo establecidos pagar, préstamos por pagar, provisiones por Reguladora de Precios establecido en en el marco litigios y demandas y patrimonio se efectúa con ordeno la disminución del la normatividad. normativo base en los criterios definidos en el manual de precio. . aplicable a la contabilidad. Subsanada entidad? Se revisaron 23.4 ¿La listas de actualización chequeo que de los hechos evidencian la En general la actualización de los hechos 1.2.2.9 económicos Ef SI 0,5 lista de chequeo acción realizada económicos se realiza de manera oportuna. se realiza de para subsanar manera glosa, oportuna? Subsanada . Subsanada PRESENTACI ÓN DE TIP 1.2.3.1 ESTADOS           O FINANCIEROS 24. ¿Se los estados elaboran y Se encuentran publicados los estados financieros se presentan financieros de los primeros tres trimestres de presentan en la oportunament 2022, sin embargo, los que se vienen cargando fechas los Estados Financieros en la plataforma del 1.2.3.1. e los estados establecidas y Ex SI 0,5 CHIP, en los plazos establecidos. Los Estados Financieros. 1 financieros a están correspondientes a la vigencia 2022 están para los usuarios cargarse antes del 28 de febrero en la debidamente de la plataforma del CHIP; junto con las Notas a los publicados en la información Estados Financieros. pagina web financiera? Subsanada 24.2 ¿Se cumple la los estados política, Se encuentran publicados los estados financieros se directriz, financieros de los primeros tres trimestres de presentan en la procedimiento 2022, sin embargo, no se encuentra publicado el fechas página WEB del Ministerio de 1.2.3.1. , guía o último trimestre en la WEB con el fin de establecidas y Ef SI 0,5 Salud y Pagina WEB del 3 lineamiento garantizar que la información pueda ser están F.N.E. establecida consultada por los interesados, por cuanto los debidamente para la mismos están en proceso de consolidación y publicados en la divulgación de firmas. pagina web los estados Subsanada financieros? Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR 24.3 ¿Se tienen en Se evidencian cuenta los De acuerdo a lo indicado por las personas a Actas de Comité estados cargo del proceso contable se presentan los de Cartera y Actas de Comité de Cartera y 1.2.3.1. financieros estados financieros a la Dirección para su firma, Comité de Ef SI 0,5 Comité de sostenibilidad 4 para la toma Al interior del área financiera y en los comités de sostenibilidad contable y Financiero. de decisiones cartera y sostenibilidad contable se analizan las contable y en la gestión cifras del Balance para la toma de decisiones. Financiero. de la Subsanada entidad? 26. ¿Se utiliza El FNE cuenta con los siguientes indicadores: Se evidencian un sistema de GFI 4 -FNE Porcentaje de solicitudes de Actas de Comité comisiones con lleno de requisitos, GFI 5- FNE indicadores de Cartera y Porcentaje solicitudes tramitadas lleno 1.2.3.1. para analizar Indicadores Analizados y Comité de Ex SI 0,5 requisitos y GFI 6 -FNE Porcentaje pagos 8 e interpretar presentados. sostenibilidad realizados. A partir del último trimestre de 2022 la realidad se incluye el indicador de rotación de cartera en contable y financiera de días el cual es presentado en el Comité de Financiero. la entidad? Cartera. Subsanada 26.1 ¿Los El FNE cuenta con los siguientes indicadores: GFI 4 -FNE Porcentaje de Se evidencian GFI 4 -FNE Porcentaje de solicitudes de solicitudes de comisiones Actas de Comité indicadores se comisiones con lleno de requisitos, GFI 5- FNE con lleno de requisitos, GFI de Cartera y ajustan a las 1.2.3.1. Porcentaje solicitudes tramitadas lleno 5- FNE Porcentaje solicitudes Comité de necesidades Ef SI 0,5 9 requisitos y GFI 6 -FNE Porcentaje pagos tramitadas lleno requisitos y sostenibilidad de la entidad y realizado y el indicador de rotación de cartera en GFI 6 -FNE Porcentaje pagos contable y del proceso días y veces, el cual es presentado en el Comité realizado y el indicador de Financiero. contable? de Cartera. rotación de cartera en días Subsanada 27. ¿La información Se analizaron financiera los estados presenta la La información financiera es clara, precisa y se financieros y las suficiente puede complementar con las Notas a los notas a los 1.2.3.1. Estados Financieros y Notas ilustración Ex SI 0,5 Estados financieros. Los cuadros anexos mismos los 11 a los Estados Financieros. para su permiten un mayor análisis de la información cuales siguieron adecuada presentada. de guía para comprensión esta auditoria. por parte de Subsanada los usuarios? 27.1 ¿Las notas a los estados financieros cumplen con las Se evidencia revelaciones que las notas a requeridas en los estados Las Notas a los Estados Financieros cumplen las normas financieros 1.2.3.1. con las revelaciones requeridas en las normas Notas a los Estados para el Ef SI 0,5 reflejan la 12 par5a la Medición, revelación y presentación de Financieros. reconocimient realidad los hechos económicos. o, medición, económica de la revelación y Entidad. presentación Subsanada de los hechos económicos del marco normativo aplicable? Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR De la revisión efectuada a las notas a los 27.2 ¿El estados financieros del FNE se evidencio que contenido de se tuvieron en cuenta las Notas que le aplican las notas a los a la Entidad y las plantillas soportes le permiten estados al usuario analizar los hechos económicos, Se Se evidencia financieros tuvieron en cuenta los criterios de revelación que las notas a revela en establecidos en el marco normativo para los estados entidades de gobierno y las políticas contables forma financieros 1.2.3.1. del manual de contabilidad del Ministerio de Notas a los Estados suficiente la Ef SI 0,5 reflejan la 13 Salud y Protección Social para las cuentas por Financieros. información realidad cobrar, inventarios, activos intangibles, de tipo software, bienes y servicios pagados por económica de la cualitativo y anticipado, cuentas por pagar, beneficios a los Entidad. cuantitativo empleados, otras cuentas por pagar y los Subsanada para que sea pasivos contingentes en cuentas de orden útil al acreedoras. Además, se cumplió con la usuario? estructura definida en la Resolución No. 193 del 03/12/2020 y sus anexos. 27.4 ¿Las notas explican la aplicación de Las notas a los De la revisión efectuada a las notas a los metodologías estados estados financieros del FNE analizadas por la financieros o la aplicación Oficina de Control Interno se evidenció que se Notas a los Estados están 1.2.3.1. de juicios explican los métodos de depreciación y de Financieros Correo del envió Ef SI 0,5 debidamente 15 profesionales amortización. En cuanto al registro de las de la información de certificados por en la contingencias el Fondo registra la información contingencias. el Revisor Fiscal preparación suministrada por la Defensa Judicial del de la Entidad de la Ministerio de Salud y protección Social. Subsanada información, cuando a ello hay lugar? 27.5 ¿Se corrobora que la información La información La información reportada en los estados que se ingresa presentada a Información Reportada en el 1.2.3.1. financieros corresponde con la registrada en al sistema esta los distintos Ef SI 0,5 CHIP y Balance de Prueba 16 libros en SIIF, de igual forma a la presentada debidamente usuarios de la del sistema SIIF Nación. en el CHIP. soportada. información Subsanada sea consistente? RENDICIÓN DE CUENTAS E TIP 1,3 INFORMACIÓ     OBSERVACIONES     O N A PARTES INTERESADA S 28. ¿Para las entidades obligadas a realizar rendición de En virtud del principio de transparencia la cuentas, se entidad prepara la información financiera la presentan los cual es publicada para consulta de los usuarios estados en el link transparencia, presupuesto general, Se evidencio 5.3. Información contable Min salud, Estados que la financieros en financieros - Fondo Nacional de información la misma? Si 1.3.1 Ex SI 0,5 Estupefacientes-FNE, 2022 se publican los Página WEB. financiera se la entidad no estados financieros. Sin embargo, de acuerdo encuentra en la está obligada con la estrategia de rendición de cuentas 2021- web. a rendición de 2022 se rendirán cuentas de la ejecución Subsanada cuentas, ¿se financiera, es decir, la ejecución del prepara presupuesto de funcionamiento e inversión información asociado a metas. financiera con propósitos específicos que Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR propendan por la transparencia ? 28.1 ¿Se verifica la consistencia de las cifras presentadas Se evidencio en los estados que los estados financieros Los Estados Financieros publicados en el financieros de la con las enlace de transparencia se extraen de SIIF y se entidad son 1.3.2 Ef SI 0,5 Página WEB. presentadas verifica su consistencia antes de su concordantes en la publicación. con establecido rendición de en el SIIF. cuentas o la Subsanada presentada para propósitos específicos? De la revisión efectuada a las notas a los estados financieros del FNE presenta las Notas a los Estados financieros con los respectivos 28.2 ¿Se comparativos de las vigencias 2021 y 2022, presentan donde claramente se observan las Las notas a los explicaciones variaciones. Esta información está acorde a estados que faciliten a las políticas contables del manual de financieros contabilidad del Ministerio de Salud y los diferentes están Protección Social para las cuentas por cobrar, Notas a los Estados 1.3.3 usuarios la Ef SI 0,5 debidamente inventarios, activos intangibles, software, Financieros. comprensión certificados por bienes y servicios pagados por anticipado, de la cuentas por pagar, beneficios a los empleados, el Revisor Fiscal información otras cuentas por pagar y los pasivos de la Entidad financiera contingentes en cuentas de orden acreedoras. Subsanada presentada? A demás se cumplió con Resolución No. 193 del 2016 en cuanto a la conciliación de cifras con los diferentes proveedores de la información.. GESTIÓN TIP 1,4 DEL RIESGO     OBSERVACIONES     O CONTABLE Aunque se cuentan con controles identificados en la caracterización de los riesgos GFIR01- Gestión Financiera en el Sistema de Gestión Integral-SIGI en intranet en el mapa de Se evidencia procesos de Gestión Financiera relacionados que el FNE lleva con inexactitud en liquidar y aplicar los 29. ¿Existen a cabo las impuestos y demás descuentos en la mecanismos Conciliaciones generación de las obligaciones en SIIF Nación de Inventarios de y SGR regalías y el Incumplimiento de Conciliaciones de Inventarios de identificación compromisos en la identificación de las 1.4.1 Ex PARCIAL 0,3 de Medicamentos, Cartera y Medicamentos, y monitoreo consignaciones cargadas por la DTN al Bancos. Cartera y de los riesgos portafolio del Ministerio, para la debida Bancos acorde de índole clasificación e imputación de los ingresos y se con los contable? despliegan puntos de control. Sin embargo, documentos aunque no se tienen unos riesgos específicos soportes. del área contable al interior del Fondo y en Subsanada cumplimiento de la Resolución 193 de 2016 se vienen realizando la conciliación con las diferentes proveedoras de la información financiera. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR En la caracterización de los riesgos GFIR01- Gestión Financiera en el Sistema de Gestión Integral-SIGI en intranet en el mapa de procesos de Gestión Financiera se establece la 30. ¿Se ha probabilidad e impacto para los riesgos Se evidencia establecido la relacionados con la inexactitud de en liquidar y que el FNE lleva probabilidad aplicar los impuestos y demás descuentos en la a cabo las de ocurrencia generación de las obligaciones en SIIF Nación Conciliaciones y el impacto y SGR regalías y el Incumplimiento de de Inventarios que puede compromisos en la identificación de las Conciliaciones de Inventarios de 1.4.3 tener, en la Ex PARCIAL 0,3 consignaciones cargadas por la DTN al de Medicamentos, Cartera y Medicamentos, entidad, la portafolio del Ministerio, para la debida Bancos. Cartera y materializació clasificación e imputación de los ingresos, sin Bancos acorde n de los embargo, no existe un mapa de riesgos de con los riesgos de índole contable de acuerdo a lo definido en el documentos índole numeral 3.3.1 del procedimiento para la soportes. contable? evaluación del control interno contable anexo a Subsanada la Resolución 193 de 2016 por lo que no existe medición o valoración del impacto de la materialización de los riesgos contables en cada una de las etapas del proceso contable. Se evidencia 30.1 ¿Se que el FNE lleva analizan y se a cabo las da un Conciliaciones de Inventarios tratamiento El Fondo Nacional de Estupefacientes tiene Conciliaciones de Inventarios de adecuado a previsto para la vigencia 2023 incluir en el 1.4.4 Ef PARCIAL 0,3 de Medicamentos, Cartera y Medicamentos, los riesgos de Mapa de Riesgos Institucional la elaboración de Bancos. Cartera y índole los Riesgos de Índole contable. Bancos acorde contable en con los forma documentos permanente? soportes. Subsanada Se evidencia Durante la vigencia 2022, se realizó la que el FNE lleva actualización de los lineamientos institucionales a cabo las 30.2 ¿Los de la metodología de administración de riesgo, Conciliaciones riesgos debido a la actualización metodológica de Inventarios identificados contemplada en la última versión de la Guía de Conciliaciones de Inventarios de 1.4.5 se revisan y Ef PARCIAL 0,3 administración riesgos y diseño de controles en de Medicamentos, Cartera y Medicamentos, actualizan entidades públicas, emitida por el Bancos. Cartera y periódicament Departamento Administrativo de Función Bancos acorde e? Pública. El FNE realizara la inclusión de los con los Riesgos de índole Contable en la Matriz de documentos Riesgos del FNE. soportes. Subsanada 30.4 ¿Se realizan autoevaluacio Se verifican los saldos para verificar el asiento nes periódicas correcto y se ejecutan controles como las Se evidenciaron para conciliaciones mensuales o trimestrales de las listas de determinar la cuenta, de saldos inventarios físicos y con Chequeo y Lista de Chequeo y eficacia de los saldos de los estados financieros. Además, el Conciliación 1.4.7 Ef SI 0,5 Conciliación realizadas con controles FNE diseño una lista de chequeo en Excel en realizadas con el Área Contable. implementado donde se registran cada una de las actividades el Área s en cada una que deben realizarse mensualmente con el fin Contable de las de que verificar que se realiza el registro Subsanada actividades cronológico de los hechos económicos. del proceso contable? Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia TIPO CALIFICACIÓ OBSERVACION CÓDIGO NOMBRE N VALOR OBSERVACIONES EVIDENCIAS CGR 32. ¿Dentro del plan El FNE no formuló Plan Institucional de institucional Capacitación y dentro de las capacitaciones Se evidencio y de realizadas por el FNE no se incluyeron temas analizo que Los capacitación relacionados con las competencias y funcionarios se considera actualización del personal involucrado en el encargados del proceso contable. Igualmente, dentro del Plan el desarrollo manejo Institucional de Capacitación de 2022 del Actualizaciones de presupuestal y 1.4.10 Ex SI 0,5 Ministerio de Salud y Protección Social no se Permanentes de SIIF competencias financiero son evidencia la programación de capacitaciones NACION. y para el desarrollo de competencias y capacitados actualización actualización permanente del personal SIIF Acorde a permanente involucrado en el proceso contable del las políticas del personal FNE. De manera autónoma el Personal presupuestales. involucrado Subsanada involucrado mantiene en capacitaciones en el proceso permanentes de la Profesión del Contador. contable? Se evidencio y analizo que Los funcionarios 32.1 ¿Se encargados del manejo verifica la Actualizaciones El FNE no formuló Plan Institucional de presupuestal y 1.4.11 ejecución del Ef SI 0,5 Permanentes de SIIF Capacitación para la vigencia 2022 financiero son plan de NACION. capacitados capacitación? SIIF Acorde a las políticas presupuestales. Subsanada 32.2¿Se verifica que Se evidencio los programas que el FNE lleva de a cabo actualizaciones capacitación Actualizaciones permanentes al desarrollados El FNE no formuló Plan Institucional de 1.4.12 Ef SI 0,5 Permanentes de SIIF SIIF acorde con apuntan al Capacitación para la vigencia 2022 NACION. la información mejoramiento financiera que de reposa en el competencias sistema. y Subsanada habilidades? Fuente CGR Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 5 ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADO A 31 DICIEMBRE Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 6 ESTADO DE RESULTADO CONSOLIDADO A 31 DICIEMBRE 2022 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 7 ESTADOS DE CAMBIO EN EL PATRIMONIO MSPS Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 8 USO EFICIENTE DE LA ENERGIA MSPS Y FNE El Manual de Política eficiente del manejo energético indica la gestión del uso y consumo de la energía en le MSPS para lo cual definen objetivos y acciones que se alcanzan mediante la adopción de buenas prácticas que conllevan a lograr eficiencia y mejora continua en el desempeño energético y toma de conciencia por parte de los funcionarios y contratistas que allí laboran. “Objetivo. “Proveer un marco común de referencia para la gestión del uso y el consumo de la energía en el Ministerio de Salud y Protección Social generando objetivos y acciones que se alcanzan mediante la adopción de buenas prácticas de eficiencia energética, mejora continua del desempeño energético y toma de conciencia. Objetivos Específicos: • Mejorar continuamente el desempeño energético de la entidad. • Fomentar el uso eficiente de la energía y el ahorro energético en sus instalaciones. • Velar por el cumplimiento de la legislación vigente en materia energética y con los requisitos relacionados con los usos significativos y consumos de energía. • Asegurar la disponibilidad de recursos e información para lograr los objetivos y metas energéticas. • Establecer mecanismos para recopilación de datos energéticos y gestión de consumos de electricidad. • Disminuir los costos energéticos a través de la gestión de compra de energía eléctrica. • Apoyar la compra de productos energéticamente eficientes con el fin de mejorar el desempeño energético • Usar en lo posible fuentes no convencionales de energía renovable para autoconsumo del edificio. • Verificar la mejora continua energética en toda la entidad, mediante la evaluación sistemática del desempeño. • Promover mediante sensibilización el compromiso de mejorar los hábitos de consumo de energía eléctrica por parte de los trabajadores y personal perteneciente a empresas contratistas. • Comunicar la política y el desempeño energético a todos los niveles de la entidad. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Límites y alcance. La Política de gestión energética es de aplicación en la sede del Ministerio de Salud y Protección social y su alcance cubre todas las actividades que impliquen el uso de energía eléctrica en el marco de los procesos que se realizan por funcionarios, contratistas y visitantes en el edificio Urano, ubicado en la Cra. 13 No 32-76. Términos y Definiciones Los términos relacionados a continuación están basados y referenciados para efectos del Sistema de Gestión de Energía, ya que muchos de ellos son citados directamente de la norma ISO 50001: 2018. 1. Alcance del SGEn: Grupo de actividades que una organización o entidad aborda a través de un sistema de gestión de la energía. 2. Alta Dirección: Grupo de personas que dirige y controla una entidad al más alto nivel, en el caso del Ministerio de Salud y Protección Social la lidera el señor ministro. La Alta Dirección debe demostrar liderazgo y compromiso con respecto a la mejora continua del desempeño energético y la eficacia de su Sistema de Gestión energética, esto es, asegurar que las medidas energéticas sean implementadas con eficiencia, eficacia y efectividad y aprobadas para lograr los resultados previstos. 3. Consumo de energía: cantidad de energía aplicada en cada actividad de la entidad. 4. Coordinadores y Supervisores: Se trata de los jefes de áreas con actividades comprendidas en el Sistema de Gestión de Energía. Implementan los planes de acción para la mejora continua del desempeño energético. Desempeño energético: Resultados medibles relacionados con la eficiencia energética, el uso de la energía y el consumo. Energía: capacidad de un sistema para producir un trabajo (procesos), esta puede ser electricidad, aire comprimido, combustibles, calor, vapor saturado, entre otros. 5. Eficiencia energética: relación entre el resultado de desempeño, bienes, servicio o energía y la entrada de una energía, estas cantidades deben ser mensurables. 6. Equipo de Gestión de Energía: Compuesto por la líder de gestión de energía y profesionales de dependencias que ejercen control sobre los aspectos operacionales del consumo de energía. Establecen criterios y métodos necesarios para asegurar que la planeación, operación y seguimiento del Sistema de Gestión Energético sea eficaz. 7. Líder de Gestión de Energía: Se trata de la subdirectora Administrativa como cabeza de áreas de apoyo importantes dentro del Sistema de Gestión de Energía. Se encarga de coordinar, asignar responsabilidades y gestionar las medidas requeridas para la implementación del Sistema de Gestión Energética, Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia supervisando e informando sobre el mismo a la Alta Dirección. 8. Límite: Límites físicos u organizacionales. 9. Línea base de energía: son valores de referencia que constituyen variables relacionadas con el uso y consumo de la energía establecidos para un período de tiempo que permiten comparar el desempeño energético futuro de la entidad. Revisión energética: mediante la identificación de los usos y cálculos de consumos de energía de la entidad es posible identificar su desempeño energético y las oportunidades de mejora. 10. Sistema de gestión de la energía. SGEn: Sistema de gestión para establecer una política energética, objetivos, metas energéticas, planes de acción y procesos para alcanzar los objetivos y las metas energéticas 11. Uso significativo de energía: energía necesaria para un uso y que, dentro del consumo total de la entidad, ofrece una considerable oportunidad para mejorar el desempeño energético. Introducción La Política de Gestión de la Energía es la declaración general que representa la posición de la administración del Ministerio de Salud y Protección Social con respecto a la protección de los recursos no renovables, en especial los recursos energéticos empleados en el desarrollo de sus funciones, por lo cual toma la iniciativa de implementar su Sistema de Gestión de la Energía, que contiene medidas orientadas a alcanzar la eficiencia energética y mejorar el desempeño energético mediante estrategias de optimización como Cero Pérdidas de Energía y disminución de costos asociados al consumo de la energía eléctrica. La eficiencia energética, es el resultado deseable de la gestión de los recursos que dispone el Ministerio para aportar en la conservación de los recursos naturales. Una persona, servicio o producto eficiente comprometido con el medio ambiente, además de utilizar menos recursos para realizar el mismo trabajo, también debe observar políticas de gestión eficiente de la energía, consistentes en el uso eficiente de energía y en el diseño de prácticas que conlleven a reducir la demanda de la misma, en el caso del Ministerio de Salud y Protección Social se ha establecido la Estrategia Cero Pérdidas de energía, cuyo cumplimiento conlleva a una reducción de los costos en el servicio público de energía eléctrica y, consecuentemente, en las emisiones de CO2 a la atmosfera . Con la implementación de la política en gestión de energía el Ministerio busca dar cumplimiento a disposiciones legales y regulatorias emitidas por los diferentes organismos estatales, contando con una herramienta de gestión para actuar proactivamente en la mejora de los usos y consumo de energía eléctrica. La Política de gestión energética se vincula en sus objetivos con la Política de Gestión Ambiental del Ministerio de Salud y Protección Social y desarrolla los principios de gestión ambiental en materia de energía eléctrica.” Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Política de Gestión Energética “El Ministerio de Salud y Protección Social propende por la eficiencia en el consumo y uso de los recursos energéticos, mediante el desarrollo de estrategias que promuevan el ahorro y uso eficiente del recurso y la adopción de buenas prácticas ambientales, tendientes al aumento de la eficiencia energética. Además, se compromete a realizar mejoras continuas en su Sistema de gestión de energía en los siguientes aspectos: • Contar con un Sistema de Gestión de la Energía Eléctrica con el fin de lograr la mejora continua del desempeño energético. • Impulsar iniciativas de eficiencia energética en el marco del Sistema de Gestión de Energía, asegurando que la entidad trabaje de acuerdo con los principios establecidos en esta política. • Asegurar la disponibilidad de la información y de los recursos necesarios para la adecuada gestión energética. Cumplimiento La Alta Dirección del Ministerio de Salud y Protección Social se compromete a realizar una gestión eficiente de la energía, mediante la administración del Sistema de Gestión de Energía-SGE, así como la conformación de un equipo de gestión de la energía que se encargará de ejecutar estas Directrices. Esta política es de obligatorio cumplimiento a todo nivel, por lo tanto, debe ser acatada y aplicada por los servidores públicos, contratistas y terceros que interactúen con los elementos y equipos del Ministerio de Salud y Protección Social, que requieran energía eléctrica y en consecuencia con el Sistema de Gestión de Energía.” Desarrollo al cumplimiento de la Política del Sistema de Gestión de Energía. Tendencia del consumo de la energía El MSPS ha desarrollado una política de uso eficiente de la energía eléctrica, la cual se encarga de estudiar, analizar y diseñar estrategias para disminuir el gasto energético y el uso racional del recurso por parte de la entidad. Es así, que por medio del análisis de tendencia de consumo de energía eléctrica se identifica el comportamiento del consumo presentado en la siguiente gráfica: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Grafica No 1 Tendencia del consumo de Energía de 2019 a 2022 Fuente: MSPS De acuerdo a la gráfica se puede evidenciar lo siguiente: El MSPS para el 2022 produce un aumento del consumo en un 1,7% con respecto al año 2021 de acuerdo a los datos obtenidos de los tele medidores del SGEn, la variación de consumo señala la entidad: fue de -0,7% con lo cual se puede afirmar que el consumo del año 2022 es aproximadamente igual al consumo del año 2021. Lo anterior demuestra que se ha realizado mejora continúa dado que los dos primeros meses del año 2021 la ocupación del edificio fue baja. Señala el MSPS que en el año de 2019 se realizó un traslado de cargas a un segundo transformador con el objetivo de disminuir la tarifa suponiendo con esto: “un ahorro anual de $32.000.000 desde mediados del año 2019, por diferencia de tarifa”. La tendencia en el consumo de la energía en las edificaciones del MSPS durante los últimos cuatro años, muestra un comportamiento ascendente, rescatando que para el año de 2020 y 2021 su consumo fue menor debido a las políticas de teletrabajo, originado por la pandemia del covid-19. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Grafica No 2 Tendencia del consumo de energía Fuente: MSPS En la gráfica anterior se puede evidenciar: Que en el año 2022 el valor pagado por el servicio de electricidad aumentó un 20% con respecto al año 2021. Lo anterior corresponde al aumento promedio de la tarifa de electricidad que actualmente tiene las cuentas del edificio, es decir que el valor promedio anual del Cu de electricidad ha venido en aumento año tras año. Es por ello que el MSPS recomienda: “realizar la gestión para la compra de energía Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia en el mercado No Regulado con el fin de obtener una tarifa del Cu más competitiva”. Análisis de los Usos Significativos de la Energía (USEn) En cuanto al porcentaje de consumo de energía se puede evidenciar en la siguiente gráfica, la variación de acuerdo a diferentes factores tales como datacenter, equipos regulados e iluminaciones y resto de cargas (ascensores, aires acondicionados entre otros). Grafica No. 3 Distribución consumo de energía año 2022 Fuente: MSPS La distribución de consumos permite visualizar que el mayor USEn es el asociado con la Iluminación y el resto de cargas (aire acondicionado, equipos de bombeo, extractores, equipos para preparación y cocción de alimentos, y demás), seguido por los equipos regulados (computadores, impresoras, equipos de comunicaciones, y demás). Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia En tercer lugar, se encuentra el Datacenter con un aporte del 19% al consumo total de electricidad. Revisión del cumplimiento de los objetivos y metas del SGEn del año 2022 El MSPS para la vigencia 2022 implemento una serie de actividades y metas tendientes a continuar con sus políticas de gestión de consumo eficiente de la energía eléctrica en sus diferentes edificaciones. A continuación, se muestra en las siguientes graficas el cumplimiento de las actividades y metas establecidas: Grafica No. 4 Actividades realizadas en el 2022 Fuente: MSPS Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Grafica No. 5 Planes de trabajo Fuente: MSPS Evaluación de Desempeño vigencia 2022 Resultado de las políticas implementadas y las practicas señaladas en el presente informe, la entidad obtuvo certificación ISO 50001:2018, concerniente a las actividades administrativas relacionadas con el Ministerio de salud y protección Social llevadas a cabo en la sede del edificio urbano, lo cual se aplica a organizaciones de cualquier tamaño que tiene como objetivo mantener y mejorar un sistema de gestión de energía eficiente. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Grafica No. 6 Certificación ISO 50001:2018 Fuente: MSPS CONCLUSION El MSPS ha desarrollado una política de uso eficiente de la energía eléctrica, la cual se encarga de estudiar, analizar y diseñar estrategias para disminuir el gasto energético y el uso racional del recurso por parte de la entidad. El MSPS en la vigencia 2022, da cumplimiento a lo establecido en la política eficiente del manejo energético donde se indica la gestión del uso y consumo de la energía para lo cual definen objetivos y acciones que se alcanzan mediante la adopción de buenas prácticas que conllevan a lograr eficiencia y mejora continua en el desempeño energético y toma de conciencia por parte de los funcionarios y contratistas que allí laboran. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ANEXO No. 9 PLAN DE MEJORAMIENTO Resultado del seguimiento realizado al plan de mejoramiento se dan por cerrados los siguientes hallazgos: Tabla No 1 Acciones cerradas por CGR y CI MSPS FECHA DE HALLAZGOS OBSERVACION CUMPLIMIENTO Hallazgo No 3.- Disponibilidad de la Información. 30/09/2018 Cerrar Hallazgo No 15. Comportamiento sanitario del mercurio Cerrar y consecuencias por exposición al mercurio. 15/12/2018 Hallazgo No 17. Salud humana. 31/12/2018 Cerrar Hallazgo No 18. Ecotoxicología. 30/10/2018 Cerrar Hallazgo No 3-2 INVENTARIOS FNE. 31/01/2019 Cerrar Hallazgo 2. Refrendación Reservas Presupuestales Cerrar MSPS. 31/05/2022 Hallazgo No. 5. Inventarios Medicamentos y Materias Cerrar Primas. 31/12/2019 Hallazgo 4-Programa de Atención-PAPSIVI -Víctimas del Cerrar Conflicto Armado, sentencias 082, 083 y 085 de 2018. 30/03/2020 Hallazgo 6-Ejecución programa PAPSIVI Sentencia 105 Cerrar y 106 de 2018. 30/03/2020 Hallazgo 6-Ejecución programa PAPSIVI Sentencia 105 Cerrar y 106 de 2018. 30/03/2020 Hallazgo 10. Seguimiento Recursos de Transferencias. 30/06/2022 Cerrar Hallazgo 11. Equidad de género: 30/06/2022 Cerra Hallazgo 12. Supervisión de contratos- Reporte Secop. Cerrar 30/08/2020 Hallazgo 17. Recursos Participación Ciudadana: 28/02/2021 Cerrar Hallazgo No. 1. Indicador nacional de afiliación en Salud: cerrar 30/06/2021 Hallazgo No. 19. Coordinación Interinstitucional y Cerrar Apropiación de Roles: 02/12/2022 Hallazgo No. 2. Cuenta 16 Propiedad, planta y equipo: Cerrar 31/12/2022 Hallazgo No. 6. Registro de Donaciones MSPS 2020: Cerra 15/07/2022 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia FECHA DE HALLAZGOS OBSERVACION CUMPLIMIENTO Hallazgo No. 9. Documentos que soportan entrega de Cerrar equipo biomédico: 30/10/2022 Hallazgo No. 10. Supervisión contratos. 30/10/2022 Cerrar Hallazgo No. 13. Actas de entrega. Cerrar 31/12/2022 Hallazgo No. 14. Información reportada en SECOP. Cerrar 30/10/2022 Hallazgo No. 19. Incorporación de recursos en el Cerrar presupuesto. 30/06/2022 Hallazgo No. 22. Transferencia de recursos a la ADRES originados en crédito BIRF N.9072-CO GCFF TF Cerrar N.TF0B2826. 31/12/2022 Hallazgo No. 1. Gestión oportuna sobre la validación de Cerrar los registros de negaciones. 31/12/2021 Hallazgo No. 2. Sustentación de las negaciones de Cerrar servicios. 31/12/2021 Hallazgo No.6. Reconocimiento y revelación de los recursos por concepto de la Devolución de dineros Cerra apropiados sin justa causa. 06/09/2021 Hallazgo No. 7. Firmeza para la Recuperación de los Recursos Apropiados Sin Justa Causa por barreras en la Cerra prestación del servicio. 29/07/2022 Hallazgo No. 4. Calidad y Fabricación de los Biológicos. 2022/12/30 Cerrar Hallazgo No. 6. Causal Perdida por Fallas de Cerrar Fabricación. 2022/12/30 Hallazgo No. 8. Causal Perdida por Fallas de Cerrar Fabricación. 2022/12/30 Hallazgo No. 9. Zona Franca - Frasco Vial Roto. 2022/05/30 Cerrar Hallazgo No. 11. Causal Perdida por Fallas de Cerrar Fabricación. 2022/12/30 Hallazgo No. 14. Calidad y Fabricación de los Biológicos. Cerrar 2022/12/30 Hallazgo No. 15. Desempeño del Sistema de Información Cerrar PAIWEB 2.0. 2022/07/30 Hallazgo No. 15. Desempeño del Sistema de Información Cerra PAIWEB 2.0. 2022/03/28 Hallazgo No 1-2 Secop. Cerrar 2022/11/30 Hallazgo No 1-3 Secop. Cerrar 2022/06/15 Hallazgo No 1-4 Secop. Cerrar 2022/12/30 Hallazgo No 1-5 Secop. Cerrar 2022/06/30 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia FECHA DE HALLAZGOS OBSERVACION CUMPLIMIENTO Hallazgo No 1-6 Secop. Cerrar 2022/08/30 Hallazgo 1-7 Secop. Cerrar 31/07/2022 Hallazgo No 1-8 Secop. Cerrar 2022/10/31 Hallazgo No 2 - Supervisión e interventoría - Transferencia a Título gratuito Equipo Biomédico Ctos. Cerrar 163, 178, 191 y 195 de 2020. 2022/10/13 Hallazgo No. 1. Perdida de biológicos-Atlántico. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No. 2. Perdida de biológicos-Huila. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.3. Perdida de biológicos-Nariño. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.5. Perdida de biológicos-Valle del Cauca. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.6. Perdida de biológicos-Bolívar. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.7. Perdida de biológicos-Chocó. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.8. Perdida de biológicos-Cartagena. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.9. Perdida de biológicos-Magdalena. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.11. Perdida de biológicos-Antioquía. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.13. Perdida de biológicos-Cauca. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.14. Perdida de biológicos-Cesar. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.15. Perdida de biológicos-Córdoba. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.16. Perdida de biológicos-Cundinamarca. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.17. Perdida de biológicos-Tolima. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No. 20. Perdida de biológicos-Buenaventura. 30/11/2022 Cerrar Hallazgo No.21. Perdida de biológicos- N. de Santander. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo No.22. Perdida de biológicos- Putumayo. Cerrar 30/11/2022 Hallazgo N.º 08. Identificación y Reporte Puntos de Cerrar Vacunación. 2022/10/15 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia FECHA DE HALLAZGOS OBSERVACION CUMPLIMIENTO Hallazgo N.º 09 Acompañamiento del MSPS frente a la Cerrar calidad del dato reportado. 2022/10/15 No se cierran las siguientes observaciones y continuaran vigentes. Tabla No 2 Acciones pendientes de cierre FECHA DE HALLAZGOS OBSERVACION CUMPLIMIENTO Hallazgo N.º 8. Implementación ley 1438 de 2011 30/06/2018 No se cierra Hallazgo No 4. Operación Comité de Conciliación. - Incumplimiento del artículo 9 de la Resolución MSPS 31/12/2019 000113 de 2012, No se cierra Hallazgo No 1. Comité de Conciliación. 30/05/2019 No se cierra Hallazgo No 12. Vigilancia epidemiológica y sanitaria y 31/12/2018 control de las exposiciones a mercurio. No se cierra Hallazgo No 13. Sistemas de prevención y atención. 30/09/2018 No se cierra Hallazgo No 19. Identificación de capacidades y 31/12/2018 necesidades. No se cierra Hallazgo No 20. Evaluación, seguimiento y monitoreo 30/09/2018 y control. No se cierra Hallazgo No. 7. Reporte Procesos Judiciales aplicativo 31/12/2019 eECOGUI. No se cierra Hallazgo No. 7. Reporte Procesos Judiciales aplicativo 30/06/2020 eKOGUI. No se cierra Hallazgo No. 7. Reporte Procesos Judiciales aplicativo 31/10/2020 eKOGUI. No se cierra Hallazgo No. 7. Reporte Procesos Judiciales aplicativo 31/12/2021 eKOGUI: No se cierra Hallazgo No. 9-1. Seguimiento Transferencias 31/08/2020 Entidades Territoriales y/o ESES. No se cierra Hallazgo No. 9-1. Seguimiento Transferencias 30/01/2022 Entidades Territoriales y/o ESES. No se cierra Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia FECHA DE HALLAZGOS OBSERVACION CUMPLIMIENTO Hallazgo No. 9-1. Seguimiento Transferencias 31/12/2021 Entidades Territoriales y/o ESES. No se cierra Hallazgo No. 9-2. Seguimiento Transferencias 30/06/2021 Entidades Territoriales y/o ESES. No se cierra Hallazgo No. 9-2. Seguimiento Transferencias 30/12/2022 Entidades Territoriales y/o ESES. No se cierra Hallazgo No. 9-3. Seguimiento Transferencias 30/06/2021 Entidades Territoriales y/o ESES. No se cierra Hallazgo No. 9-3. Seguimiento Transferencias 30/12/2022 Entidades Territoriales y/o ESES. No se cierra Hallazgo 8. Oportunidad en los trámites presupuestales. 31/12/2020 No se cierra Hallazgo No. 12. Transferencias a Entidades Territoriales y/o ESE para Mitigar la Pandemia por 30/10/2022 COVID. No se cierra Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia